REGLAMENTO INTERNO CENTRO DE ALUMNOS(AS)

COLEGIO GALILEO
QUILLOTA
REGLAMENTO INTERNO CENTRO DE ALUMNOS(AS)
(según Decreto Nº 524/1990 modificado por el Decreto Nº 50/2006)
TÍTULO I : DEFINICIONES, FINES Y FUNCIONES.
ART. 1 : El Centro de Alumnos/as del Colegio Galileo de Quillota, es la organización
formada por los y las estudiantes de Quinto Año Básico a Primer Año de Educación
Media.
Su finalidad es servir al alumnado del Colegio Galileo, para desarrollar en ellos el
pensamiento reflexivo, el juicio crítico y la voluntad de acción; formarlos para la vida
democrática, y prepararlos para participar en los cambios culturales y sociales.
ART. 2
: Las funciones del Centro de Alumnos(as) son las siguientes:
a) Promover la creación e incremento de oportunidades para que los alumnos
manifiesten democrática y organizadamente sus intereses, inquietudes y aspiraciones.
b) Promover en el alumnado la mayor dedicación a su trabajo escolar, procurando que se
desarrolle y fortalezca un adecuado ambiente educativo y una estrecha relación
humana entre sus integrantes basada en el respeto mutuo.
c) Promover la solidaridad y el respeto mutuo a nivel de unidad educativa, incentivando la
práctica constante de los valores representativos de nuestro Colegio.
d) Orientar sus organismos y actividades hacia la consecución de las finalidades
establecidas en el presente reglamento interno.
e) Representar los problemas, necesidades y aspiraciones de sus miembros ante el
Consejo Escolar, las autoridades u organismos que corresponda.
f) Procurar el bienestar de sus miembros, tendiendo a establecer las condiciones
deseables para su pleno desarrollo.
g) Promover el ejercicio de los derechos estudiantiles y de los derechos humanos
universales a través de sus organismos, programas de trabajo y relaciones
interpersonales.
h) Designar sus representantes ante las organizaciones estudiantiles con las cuales el
Centro se relacione de acuerdo con su Reglamento
TÍTULO II : DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO.
ART. 3 : El Centro de Alumnos/as no podrá intervenir en materias técnico pedagógicas,
ni en la administración y organización del Colegio, limitándose al cumplimiento de sus
fines y objetivos.
ART. 4 : Todo bien adquirido por el Centro de Alumnos/as podrá ser utilizado por todo el
alumnado del Colegio.
ART. 5 : La directiva del Centro de Alumnos/as del Colegio Galileo, se estructura con los
siguientes organismos:
a.
b.
c.
d.
e.
La Asamblea General
La Directiva
El Consejo de Delegados de Curso
El Consejo de Curso
La Junta Electoral
A.
: De la Asamblea General.
ART. 6 : La Asamblea General estará constituÍda por todos los alumnos(as) de 5º Básico a
1er Año Medio del Colegio y le corresponde:
a. Elegir la Directiva del Centro de Alumnos.
b. Elegir la Junta electoral.
c. Aprobar el Reglamento Interno del Centro de Alumnos.
La Asamblea será convocada a través de los miembros del Consejo de Delegados, quienes
serán los portadores de la opinión de cada uno de los Cursos del Establecimiento.
B.
: De la Directiva del Centro de Alumnos(as).
ART. 7 : La Directiva del Centro de Alumnos(as), será elegida cada año en votación
universal, unipersonal, secreta e informada, dentro de los primeros 45 días del año lectivo.
Para optar a cargos de la Directiva del Centro de Alumnos(as), el postulante deberá
cumplir dos requisitos:
a. Tener a lo menos 6 meses de permanencia continua en el Colegio al momento de
postular.
b. No haber sido destituido de ningún cargo del Centro de Alumnos por infracciones a sus
Reglamento.
El procedimiento a seguir para elegir la directiva del Centro de Alumnos, será el siguiente:
a. Se constituirán listas con cuatro (4) personas cada una, indicando en cada caso el cargo
al cual postula.
b. Las listas se deberán presentar al Consejo de Delegados a lo menos 15 días hábiles
antes de la fecha de la elección.
c. Cada lista deberá presentar un Plan de Trabajo en el cual se estipule los objetivos y
metas a lograr, el cronograma de actividades y financiamiento.
d. La lista ganadora será la que obtenga la mayoría de los votos
e. Tienen derecho a voto, los miembros del Centro de Alumnos.
Nota: Los alumnos que estando presentes el día de la elección y no hagan uso de su
derecho, dicha actitud quedará registrada en su Hoja de Vida.
La Directiva estará constituida por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario y un
Tesorero.
Al Presidente, le corresponde:
- Dirigir y administrar el Centro de Alumnos.
- Elaborar y ejecutar el Plan de trabajo del Centro de Alumnos.
- Representar al Centro de Alumnos ante distintas autoridades y organismos (Dirección,
Consejo de Profesores, Consejo Escolar, etc.)
Al Vicepresidente, le corresponde:
- Reemplazar al Presidente en su ausencia.
Al Secretario, le corresponde:
- Tomar nota de todo lo tratado en las sesiones y hacer un acta que se leerá en la
Asamblea.
Al Tesorero, le corresponde:
- Elaborar el presupuesto, cobrar cuotas, llevar las cuentas de las inversiones del dinero
recaudado e informar el estado de ellas a la Asamblea general de Alumnos.
C.
: Del Consejo de Delegados.
ART. 8 : Estará formado, por un delegado de cada curso de segundo ciclo de enseñanza
básica y primer año medio. El/la Presidente/a del Consejo de Curso será por derecho
propio uno de estos delegados.
Le corresponde:
- Elaborar el Reglamento Interno de Centro de Alumnos.
- Aprobar el Plan Anual de Trabajo y Presupuesto presentado por la Directiva del Centro
de Alumnos.
- Informar y estudiar las propuestas de los distintos cursos y grupos de estudiantes.
El Consejo de Delegados será presidido por el presidente del Centro de Alumnos y se
reunirá una vez al mes en forma ordinaria, realizándose sesiones extraordinarias cuando
sea necesario. El quórum para sesionar será de dos tercios de sus miembros y los acuerdos
deberán adoptarse por simple mayoría, salvo el caso de proposición de modificación del
Reglamento, los cuales deberán aprobarse con el voto conforme de dos tercios, quórum
que también es necesario para la sesión o sesiones de reforma.
D.
: Del Consejo de Curso.
ART. 9 : Lo integran todos los alumnos y alumnas del curso respectivo. Se organiza
democráticamente, elige su directiva y representantes ante el Consejo de Delegados de
Curso, y participa activamente en los planes de trabajo preparados por los diversos
organismos del Centro de Alumnos. Es asesorado por su profesor jefe respectivo.
E.
: De la Junta Electoral.
ART. 10 : Estará compuesta a lo menos por tres miembros, ninguno de los cuales podrá
formar parte de la Directiva, del Consejo de Delegados de Curso o de los organismos y
comisiones creados por éste. Le corresponde organizar, supervigilar y calificar el proceso
eleccionario.
En el desarrollo del proceso electoral se constituirán dos mesas, que atenderán a los
electores en el siguiente orden:
Mesa Nº 1: En esta mesa sufragarán los cursos: 5º y 6º.
Mesa Nº 2: En esta mesa sufragarán los cursos 7º, 8º y 1º medio.
ART. 11 : El Centro de Alumnos tendrá un profesor asesor que será designado anualmente
por la dirección del Colegio, a partir de una terna que presentan las listas participantes a
Centro de Alumnos.