ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS PUNTO 16 DEL ORDEN DEL DÍA HONORARIOS DE MIEMBROS DE JUNTA DIRECTIVA PARA LA VIGENCIA DE ABRIL DE 2015 A MARZO 2016 CONSIDERANDO: 1. Que la remuneración que actualmente reciben los miembros de Junta Directiva de Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. ISA, por su asistencia a las reuniones de Junta Directiva y de comités de la Junta Directiva es de cuatro punto cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes (4.5 SMLMV). 2. Que es función de la Asamblea General de Accionistas fijar los honorarios por la asistencia a las reuniones de Junta Directiva y de sus Comités. 3. Que se considera importante que los honorarios se determinen en Unidades de Valor Tributario (UVT), debido a que éstas se calculan con base en el dato de inflación anual publicado por el DANE, mientras que el Salario Mínimo Mensual Vigente tiene en cuenta factores de equidad salarial para personas de bajos ingresos además de la inflación. 4. Que en la reforma de Estatutos Sociales de ISA presentada en la Asamblea General Ordinaria de Accionistas del 27 de Marzo de 2015, los temas asociados a solución de conflictos y topes en funciones de Junta Directiva, se modificaron de unidad de medida, pasando de Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes a Unidades de Valor Tributario (UVT). 5. Que esta proposición de fijación de honorarios no constituye un incremento en el valor de los mismos. PROPONE: Aprobar como honorarios a los miembros de Junta Directiva de Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. la suma equivalente a ciento tres (103) Unidades de Valor Tributario (UVT) por cada reunión a la que asistan de Junta Directiva y de Comités de Junta Directiva para la vigencia de abril de 2015 a marzo 2016.
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