RESOLUCION No. 001 FEBRERO 26 DE 2015 ACTA DE JUNTA DIRECTIVA No 81 Por lo cual se reglamenta la elección de delegados a las Asambleas General Ordinaria y Extraordinarias del Fondo de Ahorro Empleados Rayco –FAER -, para el período 2015 – 2016. La Junta Directiva del Fondo de Ahorro Empleados Rayco –FAER-, en uso de sus facultades legales y estatutarias y especialmente las conferidas en el artículo 45 de los estatutos y, CONSIDERANDO: 1. Que el artículo 29 de la ley 79 de 1988 dispone que los estatutos podrán establecer que la Asamblea General de Asociados sea sustituida por Asamblea General de Delegados, en razón al número de Asociados. 2. Que el artículo 45 de los Estatutos del FONDO DE AHORRO EMPLEADOS RAYCO –FAE- faculta a La Junta Directiva para reglamentar la elección de delegados para las asambleas ordinarias y extraordinarias. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: Reglamentar la elección de delegados para las asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias del FONDO DE AHORRO EMPLEADOS RAYCO FAER, para el periodo 2015 – 2016, de acuerdo con el Artículo 45 de los Estatutos vigentes. ARTICULO SEGUNDO: Cuando el número de asociados sea superior a 300, la ubicación geográfica sea muy dispersa y su participación resulte demasiado onerosa, la Asamblea General de Asociados se podrá remplazar por Asamblea General de Delegados. Solo participaran en la elección de delegados, para elegir y ser elegidos, los asociados hábiles. Se consideran como asociados hábiles los asociados que el día 28 de febrero de 2015 hayan pagado sus obligaciones por todo concepto a 31 de Diciembre de 2014. PARAGRAFO 1: Los Asociados nuevos que ingresaron al Fondo, desde Febrero 28 de 2014 hasta el 31 de Diciembre de 2014 y que a la fecha del 28 de febrero de 2015 se encuentren al día por todo concepto con corte a 31 de diciembre de 2014 solo serán hábiles para elegir. Los asociados que ingresaron a FAER con posterioridad a 31 de Diciembre de 2014, no se consideran hábiles para elegir ni ser elegidos. PARAGRAFO 2: Para ser elegidos como delegados se requiere una antigüedad de un (1) año como asociado al fondo de empleados FAER con corte a Diciembre 31 de 2014, conforme a los requisitos establecidos para ser miembros de la Junta Directiva y del Comité de Control Social Artículo 53 inciso a) y Artículo 69 inciso b) respectivamente. ARTICULO TERCERO: El Comité de Control Social verificará las listas de asociados hábiles e inhábiles que elabore la administración. Surtido este procedimiento FAER publicará la lista de asociados inhábiles a partir del día 1 de Marzo de 2015, por un término de 5 días hábiles en la cartelera de la oficina de la cooperativa SANDERCOOP de acuerdo al Artículo 44 de los Estatutos. ARTICULO CUARTO: Los asociados hábiles elegirán el número de delegados con sus respectivos suplentes, teniendo en cuenta la relación de 1 por cada 25 asociados. El número de delegados será de 27 asociados con sus respectivos suplentes. PARAGRAFO: Cuando al dividir el número de asociados entre 25, la operación matemática no de un número exacto, en todo caso siempre significará un delegado más. ARTICULO QUINTO: FAER conformará una comisión central de elecciones y escrutinios, integrada por cinco (5) miembros así: 1 miembro de la Junta Directiva, un miembro del Comité de Control Social el Gerente y 2 asociados escogidos por la Junta Directiva. Estos 2 últimos no podrán ser miembros de la Junta Directiva ni del Comité de control social. ARTICULO SEXTO: La votación se realizará el día 25 de Marzo de 2015 hasta las 4:00 p.m en la oficina de FAER o al correo electrónico [email protected] diligenciando el formato diseñado para tal fin. Cerradas las votaciones en la oficina de FAER la comisión central de escrutinios, procederá a realizar el conteo de los votos. Acto seguido la comisión central de escrutinios levantará un acta suscrita por sus integrantes y expedirá cartas a los asociados que resulten elegidos como delegados para asistir a la Asamblea. PARAGRAFO: Antes de hacer el escrutinio la comisión central verificará que el número de votos sea igual al número de votantes. Si apareciere un mayor número de votos que el de votantes, se sacarán al azar el número de votos sobrantes y se quemaran sin ser identificados. ARTICULO OCTAVO: Para que las elecciones tengan validez, será necesario que en la votación hayan intervenido cuando menos el 10% de los asociados hábiles. ARTICULO NOVENO: El sistema de elección de delegados será el cociente electoral. ARTICULO DECIMO: Los asociados aspirantes a ser delegados deberán inscribirse con su respectivo suplente. Se señala como fecha para inscribirse hasta el 24 Marzo a las 12:00 m a fin de recibir única y exclusivamente en las oficinas de FAER o en el correo [email protected] la inscripción, previo el lleno de los requisitos legales. Las inscripciones se enumerarán exclusivamente en el orden de llegada en el que se presentaren, registrando firma, sello y hora, la cual demostrará que la inscripción se hizo dentro de la fecha límite. El funcionario encargado en FAER de recibir la inscripción de los aspirantes es ADRIANA PATRICIA GOMEZ SERRANO. El listado de aspirantes será publicado para información de los asociados en la página web de FAER el día 24 de Marzo de 2015 antes de las 3:00 p.m. PARAGRAFO 1: En caso de empate entre 2 o más aspirantes, una vez realizada la elección de delegados éste se dirimirá según el orden de inscripción. PARAGRAFO 2: Los delegados que aspiren a los cargos de Junta Directiva y Comité de Control Social deben cumplir con los requisitos señalados en los Artículos 53 y 69 de los Estatutos. ARTICULO DECIMO PRIMERO: Los aspirantes deberán enviar la siguiente información: Nombre del Asociado, cédula de ciudadanía y firma del Asociado autorizando su inclusión en el listado. ARTICULO DECIMO SEGUNDO: Contra la presente Resolución proceden los recursos de conformidad con lo preceptuado en la ley. COMUNIQUESE, NOTIFIQUESE Y CUMPLASE. Dado en Bucaramanga, a los 26 días del mes de Febrero de 2014. RAFAEL EDUARDO ARDILA Presidente LEYDI CAVIEDES CASTRO Secretaria (Original firmado)
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