DECRETO EDIL N° 052/2015 Cochabamba, 02 de junio de 2015 CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado, establece en su Artículo 283, que el gobierno autónomo municipal está constituido por un Concejo Municipal con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa municipal en el ámbito de sus competencias; y un órgano ejecutivo, presidido por la Alcaldesa o el Alcalde. Que, la Ley Nº 482 de Gobiernos Autónomos Municipales indica en su Artículo 25°.(Aprobación de la estructura organizativa). I. El Órgano Ejecutivo aprobará su estructura organizativa mediante Decreto Municipal. Asimismo, el Artículo 26 establece que La Alcaldesa o Alcalde Municipal, tiene las siguientes atribuciones: 8. Designar mediante Decreto Edil, a las Secretarias y Secretarios Municipales Que, el Decreto Municipal N° 034/2015, 27 de Marzo de 2015, modifica y complementa el Decreto Municipal Nº 018/2014, de 27 de agosto de 2014, en los artículos contenidos en el Capítulo I Estructura Organizativa y de Funcionamiento, estableciendo en su artículo 2 que las actividades del Órgano Ejecutivo del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, se ejecutarán a través de las siguientes Secretarías Municipales: 10.Secretaría de Salud. Que, la Ley Municipal Nº 0026/2014 del Concejo Municipal, de 09 de abril de 2014, señala en su Artículo 26, que el Decreto Edil es el instrumento normativo expreso que la Máxima Autoridad Ejecutiva del Órgano Ejecutivo dicta conforme sus competencias y atribuciones para determinados asuntos administrativos. Que, mediante nota de 02 de junio de 2015, la Dra. Jenny Giovanna Almanza Arandia, pone a Disposición el Cargo de Secretaría de Salud del GAMC. Que, en aplicación a la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 482 de Gobiernos Autónomos Municipales, la Ley Municipal Nº 0026/2014 del Concejo Municipal, MARVELL JOSÉ MARÍA LEYES JUSTINIANO, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba. DECRETA: ARTÍCULO PRIMERO.- Se acepta la renuncia de la Dra. Jenny Giovanna Almanza Arandia, asimismo, se agradece y prescinde de sus servicios como Secretaria Municipal de la Secretaría de Salud. ARTÍCULO SEGUNDO.- La Dra. Jenny Giovanna Almanza Arandia, debe hacer entrega de los activos bajo su cargo a la Dirección de Bienes Municipales, también debe entregar toda la documentación que se halle en su poder a quien corresponda en el plazo de máximo de tres días hábiles con su informe conforme establece el artículo adicional único del Decreto Supremo Nº 0718, de 01 de diciembre de 2010 y la Ley Nº 1178 de Administración de Control Gubernamentales. Asimismo, en el plazo de 30 días debe realizar su Declaración Jurada de Bienes y Rentas por dejación de cargo ante la Contraloría General del Estado y su posterior presentación a la Dirección de Recursos Humanos. Además, debe cumplir con todas las formalidades exigidas bajo exclusiva responsabilidad funcionaria y sea con las previsiones administrativas y/o legales para tal efecto. ARTÍCULO TERCERO.- Se abroga el Decreto Edil Nº 026/2014, de 24 de diciembre de 2014 y toda disposición de igual o menor jerarquía contraria al presente Decreto Edil. ARTÍCULO CUARTO.- La Dirección de Recursos Humanos, queda como responsable del cumplimiento de la presente disposición. Regístrese, Notifíquese y Cúmplase. 1
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