DECRETO EDIL N° 051/2015 - Gobierno Autónomo Municipal de

DECRETO EDIL N° 051/2015
Cochabamba, 01 de junio de 2015
CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado, establece en su Artículo 283,
que el gobierno autónomo municipal está constituido por un Concejo Municipal con facultad
deliberativa, fiscalizadora y legislativa municipal en el ámbito de sus competencias; y un
órgano ejecutivo, presidido por la Alcaldesa o el Alcalde.
Que, la Ley Nº 482 de Gobiernos Autónomos Municipales indica en su Artículo 25°.(Aprobación de la estructura organizativa). I. El Órgano Ejecutivo aprobará su estructura
organizativa mediante Decreto Municipal. Asimismo, el Artículo 26 establece que La
Alcaldesa o Alcalde Municipal, tiene las siguientes atribuciones: 9. Designar mediante
Decreto Edil, a las Máximas Autoridades Ejecutivas de las Empresas Municipales y de las
Entidades Descentralizadas Municipales, en función a los principios de equidad social y de
género en la participación e igualdad y complementariedad.
Que, la Ley Municipal Nº 0026/2014 del Concejo Municipal, de 09 de abril de 2014, señala en
su Artículo 26, que el Decreto Edil es el instrumento normativo expreso que la Máxima
Autoridad Ejecutiva del Órgano Ejecutivo dicta conforme sus competencias y atribuciones
para determinados asuntos administrativos.
Que, en aplicación a la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 482 de Gobiernos
Autónomos Municipales, la Ley Municipal Nº 0026/2014 del Concejo Municipal, MARVELL
JOSÉ MARÍA LEYES JUSTINIANO, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de
Cochabamba.
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Se agradece y prescinde de los servicios que venía prestando el
Ing. Álvaro Nogales Heredia, como GERENTE GENERAL de la Unidad Municipal
Descentralizada de Mantenimiento, Infraestructura, Prevención de Riesgos y Emergencias Proyecto de Mantenimiento (UMMIPRE-PROMAN).
ARTÍCULO SEGUNDO.- El Ing. Álvaro Nogales Heredia, debe hacer entrega de los activos
bajo su cargo, también debe entregar toda la documentación que se halle en su poder a quien
corresponda en el plazo de máximo de tres días hábiles con su informe conforme establece el
artículo adicional único del Decreto Supremo Nº 0718, de 01 de diciembre de 2010 y la Ley
Nº 1178 de Administración de Control Gubernamentales. Asimismo, en el plazo de 30 días
debe realizar su Declaración Jurada de Bienes y Rentas por dejación de cargo ante la
Contraloría General del Estado. Además, debe cumplir con todas las formalidades exigidas
bajo exclusiva responsabilidad funcionaria y sea con las previsiones administrativas y/o
legales para tal efecto.
ARTÍCULO TERCERO.- Se abroga el Decreto Edil Nº 022/2015, 05 de marzo de 2015 y
toda disposición de igual o menor jerarquía contraria al presente Decreto Edil.
ARTÍCULO CUARTO.- Recursos Humanos de UMMIPRE-PROMAN, queda como
responsable del cumplimiento de la presente disposición.
Regístrese, Notifíquese y Cúmplase.
1