edictos, avisos judiciales, notariales, dictámenes y convocatorias

20 Edictos
DIARIOIMAGEN
Lunes 20 de abril de 2015
EDICTOS, AVISOS JUDICIALES, NOTARIALES, DICTÁMENES Y CONVOCATORIAS
AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO
NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE
JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL.
JUZGADO VIGÉSIMO NOVENO DE LO
CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
EDICTO
PRIMERA ALMONEDA Y PÚBLICA
SUBASTA
SE CONVOCAN POSTORES
En los autos del Juicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido por HIPOTECARIA
CASA MEXICANA S.A. DE C.V. SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, E.N.R. en contra de TORRES TOLEDO RICARDO, del expediente número
1619/2009. EL C. JUEZ VIGÉSIMO NOVENO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, mediante auto
de fecha diecisiete de febrero del año dos mil
quince, señaló LAS DIEZ HORAS CON
TREINTA MINUTOS DEL DIA TREINTA
DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL QUINCE,
para que tenga verificativo la audiencia de REMATE EN PRIMERA ALMONEDA Y PUBLICA SUBASTA, del bien Inmueble Hipotecado y que es el Ubicado CASA MARCADA CON EL NUMERO DIECISIETE, CALLE MAR ARABIGO, UBICADA EN EL
LOTE UNO, MANZANA CIENTO VEINTINUEVE, SUPERMANZANA DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO DEL CONDOMINIO “CASAS DEL MAR” EN LA CIUDAD DE CANCUN MUNICIPIO DE BENITO JUAREZ DEL ESTADO DE QUINTANA ROO. Siendo postura legal la que cubra
las dos terceras partes de la cantidad de
$176,500.00 (CIENTO SETENTA Y SEIS
MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.).
Precio de avalúo que obra en autos.
México, D.F. a 26 de Febrero del año 2015.
LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “A”
DEL JUZGADO 29º CIVIL
LIC. MARIA SUSANA LEOS GODINEZ
AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO
NACIONAL QUE DICE ESTADOS
UNIDOS MEXICANOS,
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DEL DISTRITO FEDERAL.
JUZGADO DÉCIMO SEXTO
DE LO FAMILIAR
AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL.
JUZGADO CUADRAGÉSIMO PRIMERO DE LO CIVIL.
ATENTAMENTE
México, D.F. a 19 de febrero del 2015.
LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS
LIC. SARVIA ISABEL TORRES
PLASCENCIA.
AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO
NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE
JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL
JUZGADO PRIMERO
DE LO CIVIL DEL DF
JUZGADO 18 CIVIL
EXPEDIENTE: 594/2004
SECRETARIA “B”
EDICTOS
SE CONVOCAN POSTORES
EDICTO DE REMATE.
En los autos del juicio CONTROVERSIA DE ARRENDAMIENTO promovido por ARAMBURU PIÑAN BARBARA PATRICIA GUADALUPE en contra de MARIA SOFIA LOPEZ
CISNEROS Y OTRO, expediente 1326/2012, secretaria “B”, En cumplimiento a lo ordenado
por auto de fecha veinticinco de febrero de dos mil quince que en su parte conducente dice. …
“México Distrito Federal a veinticinco de febrero del año dos mil quince. Agréguese a su autos
el escrito de la parte actora ”(…)”, a quien se le tiene por hechas las manifestaciones que hace
valer y con fundamento en lo dispuesto por el Articulo 566 del Código de Procedimientos Civiles
se le tiene por exhibido el certificado de libertad de existencia o inexistencia de gravamen,
limitaciones de dominio y anotaciones preventivas único, del folio real numero 369619, de
fecha dieciséis de febrero de dos mil quince, en cumplimiento a lo ordenado por auto de fecha
diez de febrero del año en curso. Como lo solicita y visto el estado procesal de los presentes autos,
con apoyo en los artículos 511, 566, 567, 570, 572 y demás relativos del Código de Procedimientos
Civiles, se ordena sacar a Pública Subasta respecto del bien inmueble embargado consistente en
el ubicado en: CALLE INGENIEROS MILITARES NÚMERO 90, COLONIA EL PERIODISTA,
MIGUEL HIDALGO, DISTRITO FEDERAL, con la superficie, medidas y linderos descritos en
autos, para que tenga verificativo la diligencia de REMATE EN PRIMERA ALMONEDA se
señalan las ONCE HORAS DEL DÍA TREINTA DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL QUINCE,
debiéndose convocar postores por medio de edictos que se publicarán en los Tableros de Avisos
del Juzgado, en los de la Tesorería del Distrito Federal y el Periódico el Diario Imagen, por dos
veces, debiendo mediar entre una y otra publicación siete días hábiles y entre la última y la fecha
del remate, igual plazo, sirviendo de base para el remate la cantidad que resulta respecto a los
derechos de Copropiedad del Cincuenta por ciento del inmueble que le corresponde a la
parte demandada el cual asciende a la cantidad de $2’645,500.00 (DOS MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes de dicha cantidad y para intervenir
en la subasta, los licitadores deberán consignar previamente a este Juzgado, mediante billete de
depósito una cantidad igual al diez por ciento del valor del bien que sirve de base para el remate,
sin cuyo requisito no serán admitidos, con fundamento en lo dispuesto por el articulo 574 del
Código de Procedimientos Civiles, “(…)”. Notifíquese.- lo proveyó y firma la C. Juez Cuadragésimo
Primero de lo Civil en el Distrito Federal, Licenciada ANA MERCEDES MEDINA GUERRA,
ante su C. Secretario de Acuerdos “B”, Licenciado GILBERTO EDMUNDO OVANDO CAMACHO, que da fe. DOY FE.
México, D.F. A 26 de Febrero de 2015.
SECRETARIO DE ACUERDOS “B”
LICENCIADO GILBERTO EDMUNDO OVANDO CAMACHO
AL CALCE UN SELLO CON EL
ESCUDO NACIONAL QUE DICE
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS,
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DEL DISTRITO FEDERAL
JUZGADO QUINCUAGÉSIMO
QUINTO DE LO CIVIL
EDICTO
En los autos del juicio CONTROVERSIA
DEL ORDEN FAMILIAR (INCIDENTE
DE REDUCCIÓN DE PENSIÓN ALIMENTICIA) promovido por GARCÍA
CORTES LETICIA en contra de JOSÉ ANHUAR FLORES GARCÍA expediente número 912/07 radicado en el Juzgado Décimo
Sexto de lo Familiar, el juez LICENCIADO
JUAN ESTRADA NEGRETE dicto un auto
de fecha nueve de agosto del año dos mil doce
y cinco de febrero del año dos mil quince, en
el cual Se tiene por presentado al C. JOSÉ
ANHUAR FLORES GARCÍA por su propio
derecho, promoviendo INCIDENTE DE REDUCCIÓN DE PENSIÓN ALIMENTICIA
en contra de la C. LETICIA GARCÍA CORTÉS en representación de su menor hija
CINTHYA MICHELLE FLORES GARCÍA.Se admite a trámite con fundamento en lo previsto por el artículo 955 del Código de Procedimientos Civiles.- Con las copias simples exhibidas, dese vista a la demandada incidentista
mediante NOTIFICACIÓN PERSONAL,
para que dentro del término de TRES DÍAS,
manifieste lo que a su derecho convenga, apercibida que de no hacerlo así, se le tendrá por
contestada la demanda Incidental en sentido
negativo, de conformidad con lo dispuesto por
los artículos 956 y 271 del Código Adjetivo
de la materia.- Con fundamento en lo previsto
en el artículo 955 del Ordenamiento Legal en
cita, se le admiten las pruebas ofrecidas.
AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO
NACIONAL QUE DICE ESTADOS
UNIDOS MEXICANOS,
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DEL DISTRITO FEDERAL.
EDICTO DE
EMPLAZAMIENTO
C. MANUEL OCTAVIO ESPEJO
PANTOJA y ADRIANA
CARDENAS TORRES.
El C. Juez 55º De lo Civil de esta Ciudad,
ordenó emplazar por edictos a los demandados MANUEL OCTAVIO ESPEJO
PANTOJA y ADRIANA CARDENAS
TORRES, en el presente juicio con fundamento en el artículo 122 del Código
Adjetivo Civil, fracción II, deducido del
juicio EJECUTIVO MERCANTIL promovido por TU CASA EXPRESS S.A.
DE C.V., en contra de MANUEL OCTAVIO ESPEJO PANTOJA Y OTRO, expediente número 416/14, concediéndose
al codemandado mencionados en un termino de CUARENTA DÍAS, para que
comparezcan ante el local del Juzgado a
recibir las copias simples de la demanda
y demás anexos que se encuentran a su
disposición en la secretaria para que proceda a dar contestación a la demanda entablada en su contra, opongan excepciones haga valer sus defensas, quedando a
su disposición las copias simples de traslado en la Secretaria “B” de este Juzgado.
México, D.F., a 30 de Enero del 2015.
C. SECRETARIO DE ACUERDOS “B”.
LIC. ANABELL LEONOR
REYES RODRIGUEZ
SE CONVOCAN POSTORES.
EN LOS AUTOS DEL EXPEDIENTE
1329/10, RELATIVO AL JUICIO ORDINARIO CIVIL PROMOVIDO POR REYNOSO
AHUATZIN REMEDIOS GERMAN., EN
CONTRA DE JORGE REYNOSO AHUATZIN SU SUC. LA C. JUEZ PRIMERO DE LO
CIVIL, MEDIANTE PROVEIDO DE AUDIENCIA DE FECHA DIEZ DE MARZO
DEL AÑO DOS MIL QUINCE, ORDENÓ
SACAR A REMATE EN TERCERA ALMONEDA, EL INMUEBLE UBICADO EN
AVENIDA EUGENIA 1653 LOCAL 1, COLONIA VERTIZ NARVARTE, DELEGACIÓN BENITO JUÁREZ C.P. 03600 MÉXICO DISTRITO FEDERAL. TENIÉNDOSE COMO PRECIO DEL INMUEBLE LA
CANTIDAD UN MILLON OCHENTA Y
NUEVE MIL SEISCIENTOS PESOS 00/100
M.N., SIN SUJECION AL TIPO EN VIRTUD
DE TRATARSE DE TERCERA ALMONEDA SIRVIENDO COMO POSTURA LEGAL
AQUELLA QUE CUBRA LAS DOS TERCERAS PARTES DEL PRECIO ANTES CITADO, SEÑALÁNDOSE LAS DIEZ HORAS DEL DÍA TREINTA DE ABRIL DEL
AÑO DOS MIL QUINCE, PARA QUE SE
LLEVE A CABO LA SUBASTA PÚBLICA
EN EL LOCAL DE ÉSTE JUZGADO, DEBIENDO LOS LICITADORES PARA TOMAR PARTE EN LA SUBASTA, CONSIGNAR PREVIAMENTE MEDIANTE BILLETE DE DEPÓSITO, UNA CANTIDAD
IGUAL AL DIEZ POR CIENTO EFECTIVO
DEL VALOR QUE SIRVIÓ DE BASE PARA
LA SEGUNDA ALMONEDA SIN CUYO
REQUISITO NO SERÁN ADMITIDOS.
EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS
LIC. VICTOR MANUEL SILVEYRA GOMEZ
AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL
JUZGADO TRIGÉSIMO NOVENO DE LO CIVIL
EDICTO
En los autos relativos al Juicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido por BANCO INVEX, S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA
MÚLTIPLE, INVEX GRUPO FINANCIERO, FIDUCIARIO en contra de JORGE
GONZÁLEZ PEÑA. Bajo el Numero de Expediente 261/2013.- El C. Juez Trigésimo Noveno de lo Civil del Distrito Federal, dictó
autos de fechas veintitrés de febrero del dos mil
quince y tres de septiembre del dos mil trece.Con fundamento en lo dispuesto por el artículo
122 fracción II del Código de Procedimientos
Civiles, se ordena emplazar al demandado JORGE GONZALEZ PEÑA, conforme a lo ordenado por auto de fecha tres de septiembre del
año dos mil trece, por medio de edictos que se
publicaran por tres veces de tres en tres días,
debiendo mediar entre cada publicación dos
días hábiles, en el BOLETÍN JUDICIAL, así
como en el periódico “DIARIO IMAGEN”,
haciéndoseles de su conocimiento que cuenta
con un término de TREINTA DÍAS para dar
contestación a la demanda, contados a partir del
día siguiente de la última de las publicaciones,
por lo que se ponen a su disposición las copias
de traslado en la Secretaría “A” de este Juzgado.-NOTIFÍQUESE .—————
—————-OTRO AUTO——————
México Distrito Federal, a tres de septiembre
de dos mil trece.- Con el escrito de demanda,
un poder en copia certificada, un contrato,
una constancia de detalle de inscripción contrato hipoteca, un comprobante de inscripción, doce copias simples, un estado de cuenta certificado, tres testimonios notariales certificados, un juego de copias simples y un
juego de copias para traslado, documentos
que se ordena guardar en el seguro del juzgado, fórmese expediente y regístrese en el
EDICTOS
SE CONVOCAN POSTORES.
Libro de Gobierno como corresponda, se tiene por presentado a SALVADOR LOPEZ
VERGARA FLORES, en su carácter de
apoderado de la parte actora BANCO INVEX, S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA
MÚLTIPLE, INVEX GRUPO FINANCIERO, FIDUCIARIO personalidad que
se le acredita y se le reconoce al tenor en términos del poder que en copia certificada se
exhibe, mismo que se manda agregar a los
presentes autos para constancia, se le tiene
demandado en la vía ESPECIAL HIPOTECARIA de: JORGE GONZALEZ PEÑA, las prestaciones que indica en el proemio
de su demanda. Con apoyo en lo dispuesto
por los artículos 468, 469, 470, 471, 479 y
demás relativos y aplicables del Código de
Procedimientos Civiles se admite el presente
juicio, por tanto se ordena emplazar a la parte
demandada y córrasele traslado con las copias
simples debidamente selladas y cotejadas,
previniéndolo para que en un término de
QUINCE DÍAS, MAS UNO EN RAZÓN
A LA DISTANCIA, produzca su contestación a la demanda, apercibido que de no hacerlo se continuará el juicio en su rebeldía,
asimismo se le previene para que señalen domicilio dentro de la jurisdicción de este Juzgado, ya que de no hacerlo, las subsecuentes
notificaciones, aún personales les surtirán
por Boletín Judicial, como lo dispone el artículo 637 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal. PROCEDIMIENTO AL QUE SE APLICAN LAS
REFORMAS PUBLICADAS EN LA GACETA DE GOBIERNO DEL DISTRITO
FEDERAL DE FECHA DIEZ DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL NUEVE. Toda
vez que el domicilio de los codemandados
se encuentra fuera de la jurisdicción de este
Juzgado, gírese atento exhorto al C. JUEZ
EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “A”
LIC. ERIC ALBERTO MILLÁN ROMERO.
EN LOS AUTOS DEL JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO promovido por INSTITUTO DEL
FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA
LOS TRABAJADORES (INFONAVIT) en contra
de VERA GALLARDO RANULFO GERMAN expediente número 594/2004 LA C. JUEZ INTERINA
DECIMO OCTAVO DE LO CIVIL POR AUTO
DEL CINCO DE LOS CURSANTES se señalan
las DIEZ HORAS DEL DÍA TREINTA DE
ABRIL DE DOS MIL QUINCE, para que tenga
verificativo la diligencia de remate en primera almoneda del bien hipotecado consistente en el DEPARTAMENTO MARCADO CON EL NÚMERO CINCO DE LA MANZANA SETENTA Y
SEIS, LOTE SEIS DIAGONAL SIETE UBICADO EN LA CALLE BOSQUE DE ROBLES
CON EL NÚMERO OFICIAL VEINTICINCO
DIAGONAL VEINTITRÉS DEL FRACCIONAMIENTO “BOSQUES DEL VALLE”, SEGUNDA SECCIÓN EN EL MUNICIPIO DE
COACALCO DE BERRIOZÁBAL DISTRITO
DE TLALNEPANTLA, ESTADO DE MÉXICO,
cuyas características obran en autos, sirviendo de
base para tal efecto la cantidad de $273,000.00
(DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MIL PESOS
00/100 M.N.), que es el precio más alto de los avalúos rendidos en autos, siendo postura legal aquella
que cubra las dos terceras partes de la cantidad antes
referida; debiendo los posibles licitadores dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 574 del Código de Procedimientos Civiles.
MEXICO D.F. A 11 DE MARZO DE 2015
EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “B”
LIC. JOEL MORENO RIVERA
COMPETENTE EN EL MUNICIPIO
DE CORREGIDORA, ESTADO DE
QUERETARO, para efecto de que en auxilio de las labores de este Juzgado, proceda a
dar cumplimiento a este auto, facultándolo
en los términos que señala la actora en su escrito inicial. Asimismo deberá el Juez exhortado prevenir al enjuiciado, para que señale
domicilio dentro de esta jurisdicción de este
juzgado, apercibidos que de no hacerlo las
subsecuentes notificaciones aún personales
le surtirán por Boletín Judicial. A efecto de
dar cumplimiento a lo anterior, se le previene
a la parte actora para que exhiba recibo de
pago por concepto de las copias necesarias
para integrar el exhorto, en el término de tres
días, de conformidad con el artículo 271 del
Código Financiero para el Distrito Federal.
Por autorizados a las personas que se mencionan en términos del artículo 112 párrafo
cuarto del Código de Procedimientos Civiles
se tiene por autorizadas a las personas que
mencionan en el ocurso que se provee para
que interpongan los recursos que procedan,
ofrecer e intervenir en el desahogo de pruebas, intervenir en la diligenciación de exhortos, alegar en las audiencias, pedir se dicte
sentencia para evitar la consumación del término de caducidad por inactividad procesal,
y realizar cualquier acto que resulte ser necesario para la defensa de los derechos del
autorizante, debiendo de registrar su cédula
profesional en el libro que para tal efecto se
lleva en este juzgado o acreditar haberla registrado en la Primera Secretaría de Acuerdos
de la Presidencia de este Tribunal, en el entendido que el autorizado que no cumpla con
lo antes señalado, perderá las facultades para
las cuales se le ha autorizado y únicamente
estará autorizado para oír y recibir notificaciones y documentos. Se tienen por autorizadas a las personas que refiere en el ocurso
que se provee, únicamente para oír y recibir
notificaciones y documentos; por señalado
el domicilio que indica para los mismos efectos. En cuanto a las pruebas que ofrece, se
reserva la admisión de las mismas, las cuales
serán acordadas en el momento procesal
oportuno.-Notifíquese.-