fiscal rescatado, murió Integrantes de grupo terrorista

20 Edictos
DIARIOIMAGEN
Miércoles 15 de abril de 2015
EDICTOS, AVISOS JUDICIALES, NOTARIALES, DICTÁMENES Y CONVOCATORIAS
AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO
NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE
JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL.
“AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DE LA
JUSTICIA ORAL”
JUZGADO 59º CIVIL
SECRETARIA “A”
Exp. 1515/2008
AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO
NACIONAL QUE DICE ESTADOS
UNIDOS MEXICANOS,
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DEL DISTRITO FEDERAL
EDICTO DE REMATE.
EDICTO
SE CONVOCAN POSTORES.
EN LOS AUTOS DEL JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO, PROMOVIDO POR BANCO MERCANTIL DEL NORTE S.A. INSTITUCIÓN DE
BANCA MÚLTIPLE GRUPO FINANCIERO
BANORTE CONTRA ALEBRIJE PRODUCCIONES S.A. DE C.V. Y OTRO, EXPEDIENTE
1515/2008, LA C. JUEZ QUINCUAGÉSIMO NOVENO CIVIL, LICENCIADA MITZI AQUINO
CRUZ, DICTÓ EN SINTESIS LO SIGUIENTE:
México, Distrito Federal a veinticinco de febrero de
dos mil quince. (…) como lo solicita para que tenga
verificativo el REMATE EN PRIMERA ALMONEDA del bien hipotecado consistente en el DEPARTAMENTO ONCE DEL EDIFICIO MARCADO
CON EL NUMERO SETENTA DE LA CALLE DE
NARANJO COLONIA SANTA MARIA LA RIBERA DELEGACION CUAHUTEMOC EN ESTA
CIUDAD, se señalan las ONCE HORAS DEL
VEINTISIETE DE ABRIL DEL AÑO EN CURSO
debiendo de anunciarse el mismo por medio de EDICTOS que se publicarán DOS VECES en los Tableros
del Juzgado en los de la Secretaría de Finanzas, así
como en el periódico EL DIARIO IMAGEN, debiendo mediar entre una y otra publicación SIETE
DÍAS HÁBILES y ENTRE LA ÚLTIMA y LA FECHA DE REMATE IGUAL PLAZO, sirviendo como
base para el remate de mérito la cantidad de
$1,787,000. (UN MILLON SETECIENTOS
OCHENTA Y SIETE MIL PESOS 00/100 M.N.),
debiendo de exhibir los postores BILLETE DE DEPÓSITO expedido por BANSEFI, por el equivalente
al diez por ciento de la cantidad antes señalada y sin
cuyo requisito no serán admitidos…NOTIFÍQUESE. (…). Doy fe.-——-firma————
El C. Juez 55o. de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, señaló las
DIEZ HORAS DEL DIA VEINTISIETE DE
que tenga verificativo la audiencia de remate
en PRIMERA ALMONEDA, en el juicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido por
BANCO INBURSA, S.A., INSTITUCION
DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO INBURSA en contra de NOE BUSTAMANTE ZAMORA, expediente 516/2011,
respecto al inmueble, ubicado en AVENIDA
TRECE NUMERO 131, LOTE DE TERRENO URBANO DONDE SE ENCUENTRA
CONSTRUIDA MARCADO CON EL No. 8
DEL FRACCIONAMIENTO “PRADOS DE
BUGAMBILIA” EN LA CIUDAD DE HERMOSILLO, ESTADO DE SONORA. Sirviendo como base para el remate la cantidad de
$972,000.00 (NOVECIENTOS SETENTA Y
DOS MIL PESOS 00/100 M.N.), precio de
avalúo y siendo postura legal la que cubra las
dos terceras partes del avalúo.
México, D.F. a 22 de Enero de 2015.
LIC. ANABELL LEONOR
EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “A”
LIC. MIGUEL AUGUSTO TIBURCIO TORAL.
REYES RODRIGUEZ.
AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS MEXICANOS,
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL.
“INDICADORES SOBRE DERECHO A UN JUICIO JUSTO. NUESTRO
TRIBUNAL LÍDER EN MÉXICO Y EL MUNDO”.
JUZGADO NOVENO DE LO FAMILIAR
EDICTO
En los autos del juicio INTESTAMENTARIO a bienes de
COVARRUBIAS RIOS MARIA DEL SOCORRO quien
falleció el once de abril del dos mil catorce en el Distrito
Federal, denunciado por ZEFERINO NOVA TORRES en
su calidad de cónyuge supérstite y los CC. AGUSTIN, MARIA DEL SOCORRO, MARIA TERESA Y PATRICIA todos de apellidos NOVA COVARRUBIAS, con el carácter
de hijos de la de cujus, en el expediente 1159/2014.- el C.
Juez dicto un auto que a la letra dice:- México Distrito Federal, a once de marzo de dos mil quince.- A sus autos,
el oficio que remite la C. Agente del Ministerio Público
de la Adscripción, a quien se le tiene desahogando la vista
dada mediante auto de fecha cinco de marzo de dos mil
quince, y atento a su contenido, con fundamento en el articulo 792 del Código de Procedimientos Civiles, se ordena
publicar edictos por TRES VECES de TRES EN TRES
DIAS en el Boletín Judicial y en el Periódico el DIARIO
IMAGEN debiendo mediar entre cada publicación dos días
hábiles, lo anterior con el objeto de que se le haga saber al
C. JOSE ARTURO NOVA COVARRUBIAS la radicación
de la presente sucesión.- En mérito de lo anterior, se instruye a la C. LETICIA FUENTES CASTILLO Encargada del turno para que dentro del término de TRES DÍAS
elabore los edictos ordenados en líneas anteriores y se
ponga de inmediato a disposición de la parte interesada.Notifíquese.- Lo proveyó y Firma la C. Jueza Noveno de
lo Familiar del Distrito Federal MAESTRA ERIKA MARLEN ZEPEDA GARCIA asistida del C. Secretario de
Acuerdos “A” LICENCIADO MARCO ANTONIO
JUÁREZ LÓPEZ. DOY FE.- OTRO AUTO.-México, Distrito Federal a dieciséis de junio del año dos mil catorce.Con el escrito de cuenta, copias que se anexan, fórmese
expediente y regístrese en el libro de Gobierno con el número que le corresponda. Se tiene a los promoventes denunciando el juicio SUCESORIO INTESTADO a bienes
de MARÍA DEL SOCORRO COVARRUBIAS RÍOS
con fundamento en los artículos 799, 800, 801 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles
se tiene por radicada dicha sucesión, gírese oficios a los
CC. Directores del Archivo Judicial y del Archivo General
de Notarias del Distrito Federal para que se sirvan informar
a este Juzgado si la autora de la presente sucesión otorgó
alguna disposición Testamentaria, debiendo la segunda dependencia requerir la consulta con la base de datos para el
REGISTRO NACIONAL DE AVISOS DE TESTAMENTO
(RENAT) y en caso afirmativo remita copia certificada de
la misma a costa de los interesados previo pago de los derechos correspondientes. DESE VISTA A LA C. AGENTE
DEL MINISTERIO PÚBLICO PARA QUE MANIFIESTE LO QUE A SU REPRESENTACIÓN SOCIAL
AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL.
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL D.F.
JUZGADO QUINCUAGÉSIMO SEGUNDO CIVIL
DE PRIMERA INSTANCIA
EDICTO.
CORRESPONDA. Gírese oficio al C. DIRECTOR EJECUTIVO DE ASUNTOS JURIDICOS DEL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA
DEL DISTRITO FEDERAL haciéndoles de su conocimiento la radicación de la presente sucesión para los efectos legales a que haya lugar. En el domicilio señalado NOTIFIQUESE DE FORMA PERSONAL a la C. ANA BERTHA
NOVA COVARRUBIAS a efecto de que comparezcan a
deducir sus posibles derechos hereditarios que le pudieran
corresponder. Notifíquese personalmente a MARITZA,
FRANCISCO JAVIER y MARÍA DEL SOCORRO GABRIELA todos de apellidos NOVA JUÁREZ a fin de que
señalen nombre y domicilio del albacea de la sucesión a
bienes de JAVIER NOVA COVARRUBIAS a fin de hacerle
de su conocimiento la radicación de la presente sucesión
y comparezca a deducir sus posibles derechos hereditarios
que la pudieran corresponder. Tomando en consideración
que el domicilio de los antes referidos se encuentra fuera
de la jurisdicción de este Juzgado líbrese atento EXHORTO
con los anexos e insertos necesarios AL C. JUEZ COMPETENTE EN CUAUTITLAN IZCALLI, ESTADO DE
MÉXICO a fin de que se sirva notificar a los C.C. MARITZA, FRANCISCO JAVIER y MARÍA DEL SOCORRO
GABRIELA todos de apellidos NOVA JUÁREZ como se
encuentra ordenado, facultando al C. Juez Exhortado con
plenitud de jurisdicción a acordar todo tipo de promociones
tendientes a diligenciar lo ordenado por la suscrita y el mismo no sea devuelto hasta su total diligenciación. Por otro
lado tomando en consideración que los interesados refieren
que desconocen el domicilio del C. JOSÉ ARTURO NOVA
COBARRUBIAS a fin de hacerle de su conocimiento la
radicación de la presente sucesión se ordena girar atentos
OFICIOS a los C.C. Representantes Legales de INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, INSTITUTO
DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS
TRABAJADORES DEL ESTADO, DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD (como usuario)
y SECRETARIA DE TRANSPORTE Y VIALIDAD DEL
DISTRITO FEDERAL a efecto de que informen al suscrito
sí en los archivos a su cargo obra registro alguno del domicilio del C. JOSÉ ARTURO NOVA COBARRUBIAS,
y en caso afirmativo lo proporcionen a la brevedad posible,
en el entendido de que respecto del oficio dirigido a la Secretaría de Trasportes y Vialidad se deberá girar a través
de la Primera Secretaría de Acuerdos de la Presidencia y
del Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, MTRA. MARÍA DEL SOCORRO RAZO ZAMORA,
debiéndose entregar el informe respectivo por conducto de
personal adscrito a este Juzgado y al efecto se autoriza al
JUZGADO 17º CIVIL
EXP:1272/2010
SRIA. “B”
NOTIFÍQUESE A: PIÑA YAÑEZ JUAN ANTONIO Y SANCHEZ CARDONA JUANA OLGA.
Calle Claudio Bernard Nº 60, 5º Piso, Colonia de los
Doctores, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06720,
México D.F.
E D I C T O DE REMATE
JUZGADO 52º. CIVIL
SRIA. “B”
EXP. NÚM. 148/2013
ABRIL DEL AÑO DOS MIL QUINCE, para
EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “B”.
México, Distrito Federal a veintiséis
de febrero del año dos mil quince.
AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL
QUE DICE ESTADOS UNIDOS MEXICANOS,
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DEL DISTRITO FEDERAL.
“AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN
DE LA JUSTICIA ORAL”
En los autos del juicio Especial Hipotecario promovido
por HSBC MÉXICO, S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA
MÚLTIPLE GRUPO FINANCIERO HSBC, DIVISIÓN
FIDUCIARIA COMO FIDUCIARIO EN EL FIDEICOMISO IDENTIFICADO CON EL NÚMERO F/262757,
en contra de ANA LAURA SALDIERNA LUQUE, EXPEDIENTE 148/2013 por proveído de fecha cinco de febrero de dos mil quince se ordenó sacar a REMATE EN
TERCERA ALMONEDA sin sujeción a tipo, respecto
del inmueble ubicado en la VIVIENDA NÚMERO CUARENTA Y CINCO DEL CONDOMINIO MARCADO
CON EL NÚMERO OFICIAL VEINTINUEVE DE LA
CALLE LIBERTAD LOTE NÚMERO QUINCE DE
LA MANZANA VEINTISÉIS DEL CONJUNTO URBANO DENOMINADO “LOS HÉROES”, UBICADO
EN EL MUNICIPIO DE IXTAPALUCA, ESTADO DE
MÉXICO, en el entendimiento que la subasta en Segunda
Almoneda sirvió como base $257,600.00 (DOSCIENTOS
CINCUENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS PESOS
00/100 M.N.), sirviendo como postura legal la que cubra
las dos terceras partes de la cantidad antes señalada. Y para
tomar parte en la subasta, deberán los licitadores consignar
previamente ante este Juzgado billete de depósito por el diez
por ciento del valor del bien embargado, sin cuyo requisito
no serán admitidos. Se señalan LAS NUEVE HORAS CON
TREINTA MINUTOS DEL DIA VEINTISIETE DE
ABRIL DE DOS MIL QUINCE procede a realizar dicha
subasta en almoneda pública, por medio de edictos que se
fijarán por DOS VECES, en la inteligencia que entre las
publicaciones deberá mediar entre una y otro publicación
SIETE DÍAS HÁBILES y entre la última publicación y
la fecha de remate de igual plazo, en los siguientes medios
de difusión: Tableros de aviso de este Juzgado, Tesorería
del Distrito Federal y en el periódico DIARIO IMAGEN.
SE CONVOCAN POSTORES
LA C. SECRETARIO DE ACUERDOS “B”
LICENCIADA GUILLERMINA BARRANCO RAMOS
México, Distrito Federal, a 9 de febrero del año 2015
C. DELFINO GRACIDA GUZMÁN previa identificación
correspondiente. Asimismo se indica que se les concede a
dichos representantes legales un término de CINCO DÍAS
para rendir la información solicitada, apercibidos que de
no hacerlo así se hará efectiva en su contra una medida de
apremio consistente en una multa por la cantidad de SEIS
MIL PESOS, lo anterior de conformidad con el artículo 73
del Código de Procedimientos Civiles. Se les tiene nombrado como representante común a la C. MARÍA DEL SOCORRO NOVA COBARRUBIAS. Se hace notar a los promoventes que los oficios ordenados serán entregados previamente sea proporcionado el RFC, fecha de nacimiento
y lugar de origen de la persona buscada, lo anterior para
evitar informes homónimos. Por señalado domicilio para
oír y recibir notificaciones y por autorizadas a las personas
que menciona para los fines que indica. En cumplimiento
a la circular 6/2012, se hace del conocimiento de las partes
que el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal,
motivado por el interés de que las personas que tienen algún
litigio cuenten con otra opción para solucionar su conflicto,
proporciona los servicios de mediación a través de su centro
de Justicia Alternativa, donde se les atenderá en forma gratuita, la mediación no es asesoría jurídica. El centro se encuentra ubicado en Avenida Niños Héroes 133, Colonia
Doctores, Delegación Cuauhtémoc, D.F., C.P. 06720 con
el Teléfono 51341100 extensiones 1460 y 2362, Servicio
de Mediación Familiar 5514 28 60 y 5514 58 22
[email protected]. Con fundamento en lo
dispuesto por el artículo 17 fracción I, inciso g), 38 y 39,
y segundo párrafo de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Distrito Federal, se requiere al (los)
actor (es) para que en el término de tres días contados a partir
de que surta efectos el presente proveído, y al (los) demandado
(s) en el mismo término a partir de la fecha del emplazamiento,
otorguen su consentimiento por escrito para restringir el acceso
público a su información confidencial, en el entendido de que
omisión a desahogar dicho requerimiento, establecerá su negativa para que dicha negativa sea pública. Con fundamento
en el artículo 28 del Reglamento del Sistema Institucional de
Archivos del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de
la Judicatura del Distrito Federal, se hace del conocimiento
de las partes que una vez que concluya el presente juicio se
procederá a su destrucción en el término de seis meses contados
a partir de que se haya notificado la resolución mediante la
que se dé por concluido el juicio, por lo que en dicho término
las partes interesadas que hayan presentado o lleguen a presentar pruebas, muestras o documentos, una vez concluido el
juicio deberá solicitar a este juzgado la devolución de los mismos. Asimismo se hace saber que se encuentra a disposición
de los interesados en el archivo de este Juzgado el Reglamento
en cita para conocimiento del público. NOTIFIQUESE. Lo
proveyó y firma la C. Juez Noveno Familiar del Distrito Federal
por ministerio de ley LICENCIADA CARMEN MORALES
LEAL, ante la C. Secretaria Conciliadora LICENCIADA ANA
LAURA MARTINEZ LIMA de conformidad con lo dispuesto
por el artículo 60 de la Ley Orgánica de este H. Tribunal que
autoriza y da fe.- DOY FE.-
EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “A”
LIC. MARCO ANTONIO JUAREZ LOPEZ
En cumplimiento a lo ordenado en auto dictado en audiencia previa y de conciliación de fecha veintiséis de
enero, así como a lo ordenado en auto de fecha veinte de febrero del año en curso, dictado en los autos del
juicio ESPECIAL HIPOTECARIO, promovido por RECUPERADORA DE DEUDA HIPOTECARIA DE
R.L. DE C.V. HOY SU CESIONARIO ALVAREZ NOYOLA JOSE DE JESUS, en contra de PIÑA YAÑEZ
JUAN ANTONIO Y SANCHEZ CARDONA JUANA OLGA, la C. JUEZ DÉCIMO SÉPTIMO CIVIL DEL
DISTRITO FEDERAL, ordenó hacer de su conocimiento lo siguiente:
México Distrito Federal, siendo las DIEZ HORAS DEL DIA VEINTISEIS DE ENERO DEL AÑO DOS
MIL QUINCE, día y hora señalados para que tenga verificativo la audiencia previa y de conciliación en el
presente juicio. La Secretaría certifica que NO comparecen la aparte actora, tampoco comparecen los codemandados, ni persona alguna que legalmente les representen. LA C. JUEZ DECIMO SEPTIMO DE LO
CIVIL, LICENCIADA MARIA DEL ROSARIO MANCERA PEREZ, DECLARA ABIERTA LA AUDIENCIA. La Secretaría certifica que no hay promoción pendiente de acuerdo por así manifestarlo los encargados
de la Oficialía de Partes y del Archivo de este H. Juzgado a mi cargo. Acto seguido procede a depurar el
procedimiento y sin excepciones ni defensas opuestas por los codemandados, toda vez que no dieron contestación a la incoada en su contra dentro del término conferido para ello. Acto seguido se procede al estudio
de la legitimación procesal de las partes, por lo que respecta a la parte actora, la misma comparece en
términos del instrumento número nueve mil cuatrocientos ochenta y seis de fecha diecisiete de diciembre
del año dos mil doce pasado ante la fe del Notario Público número doscientos cuarenta y nueve del Distrito
Federal, licenciado RAUL RODRIGUEZ PIÑA, cuyo primer testimonio, obra junto con su escrito inicial
de demanda. Y sin que pueda estudiar la legitimación procesal de los codemandados, ya que no contestaron
dentro del término conferido la incoada en su contra. A continuación se pasa a la etapa de conciliación, y
sin que se pueda llegar a un arreglo dada la inasistencia de la parte actora y de los codemandados a la presente
audiencia. Y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 277 y 290 del Código de Procedimientos
Civiles, se abre el presente juicio a prueba por el término de DIEZ DIAS COMUNES PARA LAS PARTES
proceda la Secretaría a realizar el cómputo correspondiente. Y toda vez que los codemandados fueron emplazados a través de edictos, por lo que con fundamento en lo dispuesto por el artículo 639 del Código de
Procedimientos Civiles, hágaseles del conocimiento a dichos codemandados que se abre el presente juicio
a prueba por el referido término común de DIEZ DIAS, a través de edictos que se manda a publicar en el
BOLETIN JUDICIAL y en el Periódico DIARIO IMAGEN por dos veces de tres en tres días, para los efectos
legales conducentes. Con lo que termina la presente audiencia siendo las DIEZ HORAS CON DIEZ MINUTOS
DEL DIA EN QUE SE ACTUA, firmando al margen y al calce los que en ella intervinieron en unión de la
C. Juez y la C. Secretaria Conciliadora LICENCIADA GABRIELA YOLANDA BARCENAS LOZANO
que autoriza y da fe.
México, Distrito Federal, a veinte de febrero del año dos mil quince.
A sus autos el escrito de cuenta de la parte actora, como lo solicita elabórense de nueva cuenta y póngase a
su disposición los edictos ordenados en la audiencia del veintiséis de enero del presente año.-Notifíquese.Lo proveyó y firma LA C. JUEZ DECIMO SEPTIMO DE LO CIVIL Licenciada MARIA DEL ROSARIO
MANCERA PEREZ ante el C. Secretario de Acuerdos, Licenciado ARTURO LANGARICA ANDONEGUI,
que autoriza y da fe.- DOY FE. 1272/2010.
México D.F. A 24 de febrero de 2015
EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS
LIC. ARTURO LANGARICA ANDONEGUI
PARA SU PUBLICACIÓN POR DOS VECES DE TRES EN TRES DÍAS.
AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS MEXICANOS,
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL
JUZGADO QUINCUAGÉSIMO OCTAVO DE LO CIVIL
EDICTO
SE NOTIFICAN PUNTOS RESOLUTIVOS DE SENTENCIA DEFINITIVA:
En los autos del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido por SOLIDA ADMINISTRADORA DE PORTAFOLIOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO
MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA GRUPO FINANCIERO BANORTE en contra de VAZQUEZ VAZQUEZ
JUAN FELIPE Y ALICIA BARRUETA VALDEZ DE VAZQUEZ, expediente número 781/2011. La C. Juez
Interina Quincuagésimo Octavo de lo Civil del Distrito Federal, por auto de fecha dieciocho de febrero y por
sentencia definitiva de seis de febrero ambos del año dos mil quince, que en su parte conducente dicen: “…como
lo solicita y a efecto de notificar a los demandados JUAN FELIPE VÁZQUEZ VÁZQUEZ Y ALICIA BARRUETA
VALDEZ DE VÁZQUEZ los puntos resolutivos de la sentencia definitiva de seis de febrero del dos mil quince,
por lo que deberá hacerse por medio de edictos…”. Y PUNTOS RESOLUTIVOS PRIMERO.- Ha procedido
la vía especial hipotecaria, en la que la parte actora, SÓLIDA ADMINISTRADORA DE PORTAFOLIOS S.A.
DE C.V., ahora (SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO BANORTE), probó parcialmente su acción en contra de JUAN FELIPE VÁZQUEZ VÁZQUEZ
Y ALICIA BARRUETA VALDEZ DE VÁZQUEZ, quienes no opusieron excepciones y defensas al constituirse
en rebeldía. SEGUNDO.- Se condena a JUAN FELIPE VÁZQUEZ VÁZQUEZ Y ALICIA BARRUETA VALDÉZ
DE VÁZQUEZ a pagar a SÓLIDA ADMINISTRADORA DE PORTAFOLIOS S.A. DE C.V., ahora (SOCIEDAD
FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO BANORTE), por
concepto de suerte principal la cantidad de $34,533.35 (TREINTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS TREINTA
Y TRES PESOS 35/100 M.N.). TERCERO.- Se condena a JUAN FELIPE VÁZQUEZ VÁZQUEZ Y ALICIA
BARRUETA VALDEZ DE VÁZQUEZ a pagar a SÓLIDA ADMINISTRADORA DE PORTAFOLIOS S.A.
DE C.V., ahora (SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA, GRUPO
FINANCIERO BANORTE), los intereses ordinarios pactados respecto a la amortización mensual vencida,
siendo la correspondiente del dieciséis de julio al quince de agosto de dos mil cuatro, conforme a la tasa pactada
en la cláusula sexta del contrato de apertura de crédito con interés y garantía hipotecaria base de la acción, los
que deberán ser cuantificados en ejecución de sentencia. CUARTO.- Se condena a JUAN FELIPE VÁZQUEZ
VÁZQUEZ Y ALICIA BARRUETA VALDÉZ DE VÁZQUEZ a pagar a SÓLIDA ADMINISTRADORA DE
PORTAFOLIOS S.A. DE C.V., ahora (SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO BANORTE), los intereses moratorios, generados desde el quince de julio
de dos mil cuatro y hasta su total solución del juicio, a las tasas pactadas por las partes en la cláusula décima del
contrato base de la acción, los cuales deberán ser cuantificados en ejecución de sentencia. QUINTO.- Concediéndose
a los demandados el término de CINCO DÍAS contados a partir en que la presente resolución sea legalmente
ejecutable, para que hagan pago de la cantidad líquida a la que son condenados, apercibidos que en caso de no
hacerlo se procederá al trance y remate del bien inmueble otorgado en garantía para el cumplimiento de sus obligaciones. SEXTO.- Se condena a JUAN FELIPE VÁZQUEZ VÁZQUEZ Y ALICIA BARRUETA VALDÉZ
DE VÁZQUEZ al pago de las costas causadas en esta instancia a favor de la actora. SÉPTIMO.- Notifíquese y
guárdese en el legajo de sentencias copia autorizada de la presente resolución. ASI, DEFINITIVAMENTE
juzgando lo resolvió y firma el C. Juez Interina Quincuagésimo Octavo de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia
del Distrito Federal, Licenciada IRMA GARCÍA MORALES, ante el C. Secretario de Acuerdos “A”, por
Ministerio de Ley Licenciado, LUIS ARMANDO VARGAS MARRÓN, que autoriza y da fe.- - - - - - - - MÉXICO, D.F. a 3 de marzo de 2015
EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS POR MINISTERIO DE LEY
LIC. LUIS ARMANDO VARGAS MARRÓN