JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 5 DE ALZIRA N.I.G.:46017-41-2-2014-0000465 Procedimiento: EJECUCION HIPOTECARIA - 000086/2014-B De: D/ña. BANCO DE SABADELL SA Procurador/a Sr/a. ROMEU MALDONADO, ARACELI Contra: D/ña. GAYANE GRIGORYAN y ARTAK GRIGORYAN Procurador/a Sr/a. MELIO SOLER, CRISTINA y MELIO SOLER, CRISTINA EDICTO D/Dª ROSA MARÍA ESPÍ MASCARELL Secretario/a del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de ALZIRA (VALENCIA) HAGO SABER:Que en el proceso de ejecución seguido en dicho Juzgado con el nº 000086/2014 a instancia de BANCO DE SABADELL SA contra GAYANE GRIGORYAN y ARTAK GRIGORYAN sobre reclamación de cantidad, se ha acordado sacar a pública subasta, por un plazo de veinte días, los bienes que, con su precio de tasación se enumeran a continuación: BIENES QUE SE SACAN A SUBASTA Y SU VALORACIÓN: URBANA.- Apartamento número catorce. vivienda de la tercera planta alta, del edificio sito en Alzira, C/ Simat, número uno, situado a la derecha entrando al edificio por una escalera recayente a dicha calle, por la que tiene su acceso, estando señalada su puerta con el número 5 de dicha escalera. Linda: Sur, con la calle de su situación; Este, C/ Gómez clemente; Oeste, con la caja de escalera común y Norte, con el gran patio central de luces del edificio y el apartamento número veintitrés. Inscrita ene l Registro de la Propiedad de Alzira 2, al tomo 1.826, libro 652 de Alzira, folio 133, inscripción 2ª. FINCA REGISTRAL Nº 23.396 Valor a efectos de subasta: 186.870 euros La subasta tendrá lugar en la sede de este Juzgado Plaza del Sufragio,9 , el día 1 DE ABRIL DE 2015 a las 10:15 HORAS CONDICIONES DE LA SUBASTA: 1.-Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos: 1º.-Identificarse de forma suficiente. 2º.-Declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta. 3º.-Presentar resguardo de que han depositado en la Cuenta de Depósitos y Consignacionesde este Juzgado en el BANCO DE SANTANDER nº 4542-0000-06-0086-14 o de que han prestado aval bancario por el 5 por 100 del valor de tasación de los bienes. Cuando el licitador realice el depósito con las cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, se hará constar así en el resguardo a los efectos de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 652 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil. 2.-Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultas de ceder el remate a un tercero. 3.-Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado y con las condiciones expresadas anteriormente. 4.-Cuando la mejor postura sea igual o superior al 70 por 100 del avalúo, se aprobará el remate a favor del mejor postor. Si fuere inferior, se estará a lo previsto en el artículo 670 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil. 5.-Que la certificación registral está de manifiesto en la Secretaría de este Juzgado y los bienes se sacan a subasta sin suplir previamente la falta de títulos de propiedad, estándose a lo prevenido en la regla 5ª del artículo 140 del Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria, entendiéndose por el mero hecho de participar en la subasta que los postores aceptan esta situación, así como que las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor, continuarán subsistentes y que el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudicase a su favor. 6.- No consta en el proceso si el inmueble que se subasta se encuentra o no ocupado por personas distintas del ejecutado. 7.- Que durante el plazo de veinte días de antelación en que se debe anunciar la subasta, cualquier interesado en la misma podrá solicitar del tribunal inspeccionar el inmueble o inmuebles hipotecados, quien lo comunicará a quien estuviere en la posesión, solicitando su consentimiento. Cuando el poseedor consienta la inspección del inmueble y colabore adecuadamente ane los requerimientos del tribunal para facilitar el mejor desarrollo de la subasta del bien hipotecado, podrá solicitar al tribunal una reducción de la deuda hipotecaria de hasta un 2% del valor por el que el bien hubiera sido adjudicado. El Tribunal, atendidas las circunstancias, y previa audiencia del ejecutante por plazo no superior a cinco días, decidirá lo que proceda dentro del máximo deducible. 8.- Si por fuerza mayor, causas ajenas al Juzgado o por error se hubiere señalado un Domingo o día festivo y no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora eñalados, se entenderá que se celebrará al siguiente día hábil, a la misma hora, exceptuando los sábados. 9.- Se hace constar que la vivienda objeto de subasta es vivienda habitual. 10.- En el supuesto de que la notificación al ejecutado en forma ordinaria resultara negativa, sirva la publicación del presente edicto de notificación en legal forma. Y a los efectos de su publicación en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Portal de subastas de la Administración de Justicia, expido y firmo la presente. En ALZIRA (VALENCIA) a veintidós de enero de dos mil quince EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL
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