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Mugenat. Mutua Colaboradora
con la Seguridad Social nº 10
Ayuda social
Ayudas sociales para Trabajadores Autónomos
Ayuda Especial para evitar el cierre del negocio
Por sus características especiales, los trabajadores autónomos
que se encuentran en situación de incapacidad temporal por
accidente laboral, pueden sufrir una pérdida de ingresos que
provoque una situación de vulnerabilidad en su núcleo
familiar.
Prestación de Incapacidad Temporal
La prestación económica del trabajador autónomo en situación de incapacidad temporal por
accidente laboral es el 75% de la base reguladora del mes anterior al accidente.
Si tenemos en cuenta que aproximadamente el 80% de trabajadores autónomos cotizan por la
base de cotización mínima, que para el ejercicio 2015 es de 884,40€, la prestación por incapacidad
temporal resultante sería de 663,3€ mensuales.
Durante la situación de incapacidad temporal, el trabajador autónomo puede darse de baja y dejar
de pagar la cuota establecida (264,44€ mensuales si se trata de la cotización mínima), aunque esto
supondría no cotizar a la seguridad social durante el periodo en el que se encuentre en esta
situación.
Para acceder a la prestación por incapacidad temporal, además de acreditar los requisitos
generales exigidos, el autónomo deberá notificar a la Seguridad Social la baja y la situación en
que queda la actividad, indicando quién va a gestionar directamente el negocio o en su caso, el
cese temporal o definitivo de la actividad.
Cese de Actividad
El Cese de actividad o como se denomina comúnmente, paro de los autónomos se aprobó en
2010 con la Ley 32/2010. Se trata de una prestación de carácter voluntario y, para su cobro es
necesario cotizar durante al menos 12 meses aplicando un tipo adicional del 2,2% sobre la base
imponible.
Cuando se produce una situación de cese de actividad de forma posterior a la de Incapacidad
Temporal por accidente laboral, el trabajador autónomo puede continuar percibiendo la
prestación por incapacidad temporal, en la misma cuantía que la prestación por cese de actividad
(siempre que haya cotizado el tiempo suficiente por esta prestación), hasta el alta laboral. Desde
ese momento, el trabajador autónomo percibirá la prestación por cese de actividad que le
corresponda y se le descontará el tiempo permanecido en situación de incapacidad temporal
durante el periodo de cese de actividad.
Ayuda social
Mugenat. Mutua Colaboradora
con la Seguridad Social nº 10
Objeto de la Ayuda Social para evitar el cierre del negocio
Ayuda económica para la contratación de un trabajador o para la ampliación del horario de un
trabajador ya contratado, que evite el cierre del negocio del trabajador autónomo durante el
periodo de incapacidad temporal por accidente laboral, con el objetivo de:
• Evitar la pérdida de ingresos económicos en el núcleo familiar del autónomo.
• Evitar la pérdida de clientes en el negocio.
• Fomentar la contratación.
Requisitos para acceder a la ayuda:
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Encontrarse en situación de incapacidad temporal por accidente laboral.
Encontrarse en situación de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos.
Haber tramitado la solicitud de la prestación de incapacidad temporal (pago directo).
Presentar TA 521 de alta de autónomo o el contrato de régimen general de la persona
contratada.
Cuantía de la ayuda:
• Ayuda mensual cuya cuantía se calculará en función del importe que justifique el trabajador
como coste de la contratación.
• También se tendrá en cuenta la valoración de la situación sociofamiliar realizada por la
trabajadora social.
• El importe máximo de la ayuda será de:
- Contratación de un trabajador autónomo: 884,4€ mensuales durante un máximo de
12 meses.
- Contratación de un trabajador en el régimen general: El importe será el establecido
como salario mínimo para el sector en el que se produzca la contratación, durante un
máximo de 12 meses.
La ayuda se tramitará mensualmente tras recibir comprobante del pago efectuado por parte del
trabajador autónomo.
Además de esta ayuda económica, se facilitará al trabajador autónomo el asesoramiento e
información necesario para facilitar los trámites de la contratación y prevención de
riesgos laborales.
Dirección Servicios Asistenciales
Coordinación Trabajo Social
Abril 2015
[email protected]