GACETA MUNICIPAL - Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
CUAUTITLAN IZCALLI,
ESTADO DE MÉXICO.
GACETA MUNICIPAL
PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE CUAUTITLÁN IZCALLI, MÉX.
Número: 126
Año: 2015
Cd. Cuautitlán Izcalli, Méx. Viernes 27 de Marzo de 2015
Ayuntamiento
2013-2015
“2015. AÑO DEL BICENTENARIO LUCTUOSO DE JOSÉ MARÍA MORELOS Y PAVÓN”
SUMARIO:
I. ACUERDO DE HABILITACIÓN NÚMERO DDE/CI/2013-2015/001/2015,
DE FECHA VEINTISÉIS DE MARZO DE 2015, CORRESPONDIENTE A
LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO ECONÓMICO.
II. ACUERDO
DE
HABILITACIÓN
NÚMERO
DGYAJ/CI/20132015/001/2015, DE FECHA VEINTISÉIS DE MARZO DE 2015,
CORRESPONDIENTE A LA DIRECCIÓN DE GOBIERNO Y ASUNTOS
JURÍDICOS.
III. ACUERDO
DE
HABILITACIÓN
NÚMERO
DDUYMA/CI/20132015/001/2015, DE FECHA VEINTISÉIS DE MARZO DE 2015,
CORRESPONDIENTE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO Y
MEDIO AMBIENTE.
Año 2015
27 de Marzo
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EL CIUDADANO ERIK MARTÍNEZ DOMÍNGUEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL SUSTITUTO
DEL AYUNTAMIENTO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, MÉXICO, A SUS HABITANTES, SABED:
QUE CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIONES II Y III DE
LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 122 DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO; 1, 2, 3, 31 FRACCIÓN
I, 48 FRACCIÓN III Y 91 FRACCIÓN VIII DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE
MÉXICO; SE HACE LA SIGUIENTE PUBLICACIÓN:
I. ACUERDO DE HABILITACIÓN NÚMERO DDE/CI/2013-2015/001/2015, DE FECHA
VEINTISÉIS DE MARZO DE 2015, CORRESPONDIENTE A LA DIRECCIÓN DE
DESARROLLO ECONÓMICO.
DIRECCION DE DESARROLLO ECÓNOMICO
ASUNTO: ACUERDO DE HABILITACION
DDE/CI/2013-2015/001/2015
Cuautitlán Izcalli, Estado de México, a 26 de marzo del año dos mil quince.
La suscrita Rosalba Irene García Pérez, en mi carácter de Encargada de Despacho de la Dirección de
Desarrollo Económico del Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, en términos de lo
dispuesto por los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 112, 113,
122, 123 y 124 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 86 y 89 de la Ley
Orgánica Municipal del Estado de México; 1.4, 1.5, 1.7 y 1.8 del Código Administrativo del Estado de
México; 1, 3, 7, 12, 13 primer párrafo y 106 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado
de México; 2, 5, 31 y 37 del Bando Municipal 2015 de Cuautitlán lzcalli, Estado de México; 5, 9, 11
fracción VII, 12 y 19 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de Cuautitlán
lzcalli; en ejercicio de las funciones y facultades contenidas en los numerales anteriormente citados; y
CONSIDERANDO
1.- Que conforme a lo dispuesto por la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, en su artículo 86,
para el ejercicio de sus atribuciones y responsabilidades ejecutivas, el Ayuntamiento se auxiliara de las
Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal, así como lo establecido en el
artículo 89, donde señala que las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal,
ejercerán las funciones propias de su competencia previstas en la Ley, en los Reglamentos o acuerdos
expedidos por los Ayuntamientos.
2.- Que dentro de los potestades del Ayuntamiento del Municipio de Cuautitlán Izcalli, en términos de
lo previsto en el artículo 123 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, está el
que en el ámbito de su competencia, desempeñarán facultades normativas, para el régimen de
gobierno y administración del Municipio, así como funciones de inspección, concernientes al
cumplimiento de las disposiciones de observancia general aplicables.
3.- Que se considera necesario continuar con la supervisión, y cumplimiento de la actividad regulatoria
en el Municipio, durante el periodo vacacional, ya que las disposiciones normativas que apruebe el
Ayuntamiento son de observancia obligatorias para las autoridades municipales. Por otra parte,
corresponde exclusivamente al Presidente Municipal la ejecución de las decisiones acordadas por el
Ayuntamiento quien podrá ejecutarlas por si mismo o por conducto de las dependencias, entidades y/o
unidades administrativas municipales.
Año 2015
27 de Marzo
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4.- Que de conformidad con lo publicado en la Gaceta Municipal de Cuautitlán Izcalli número 112, de
fecha dieciocho de diciembre del año dos mil catorce, relativo al desahogo del punto ocho de la
Centésima Décima Primera Sesión del Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli México 2013-2015, con
carácter ordinaria, de tipo pública, en el que se aprobó el Calendario Oficial que regirá durante el año
2015, en el Ayuntamiento y Administración Pública Municipal de Cuautitlán Izcalli, Estado de México,
se contempla como primer periodo A vacacional del año 2015, el comprendido del 30 de Marzo al 03
de Abril del año 2015.
5.- Que conforme a lo previsto en el artículo 12 del Código de Procedimientos Administrativos del
Estado de México, los actos y los procedimientos administrativos deberán de realizarse en días y
horas hábiles y, considerando que son días hábiles todos los del año, excluyendo sábados, domingos
y aquellos que se señalen en el calendario oficial correspondiente, que deberá publicarse en la Gaceta
del Gobierno o en la del Municipio cuando se trate del calendario municipal, se hace necesario para
dar continuidad a los procedimientos normativos de supervisión y regulación habilitar los días
necesarios.
6.- Que el artículo 13 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, faculta a las
autoridades Administrativas para habilitar días y horas inhábiles cuando hubiese causa urgente que lo
exija; es por ello, que se propone acordar en este acto, la habilitación de días inhábiles, que
comprenden del 30 de Marzo al 03 de Abril del año 2015, con la finalidad de desahogar todas las
actuaciones necesarias y cuyo objetivo se indicada en el considerado dos del presente acuerdo.
En mérito de lo expuesto y fundado se emite el siguiente:
ACUERDO
Único.- Se habilitan los días comprendidos del 30 de Marzo al 03 de Abril del año 2015, con la finalidad
de desahogar todas las actuaciones necesarias, y cuyo objetivo se indicada en el considerado dos del
presente acuerdo, dentro de la competencia de esta Dirección.
TRANSITORIO
Único.- Publíquese el presente Acuerdo en Gaceta Municipal, surtiendo sus efectos en sus términos.
ATENTAMENTE
“Gobierno con Actitud”
Rúbrica
Rosalba Irene García Pérez
Encargada de Despacho de la Dirección de Desarrollo Económico
Año 2015
27 de Marzo
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II. ACUERDO DE HABILITACIÓN NÚMERO DGYAJ/CI/2013-2015/001/2015, DE FECHA
VEINTISÉIS DE MARZO DE 2015, CORRESPONDIENTE A LA DIRECCIÓN DE
GOBIERNO Y ASUNTOS JURÍDICOS.
DIRECCION DE GOBIERNO Y ASUNTOS JURIDICOS
ASUNTO: ACUERDO DE HABILITACION
DGYAJ/CI/2013-2015/001/2015
Cuautitlán Izcalli, Estado de México, a 26 de marzo del año dos mil quince.
El suscrito José Benjamín López Robles, en mi carácter de Encargado de Despacho de la Dirección de
Gobierno y Asuntos Jurídicos del Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, en términos de lo
dispuesto por los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 112, 113,
122, 123 y 124 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 86 y 89 de la Ley
Orgánica Municipal del Estado de México; 1.4, 1.5, 1.7 y 1.8 del Código Administrativo del Estado de
México; 1, 3, 7, 12, 13 primer párrafo y 106 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado
de México; 2, 5, 31 y 37 del Bando Municipal 2015 de Cuautitlán lzcalli, Estado de México; 5, 9, 11
fracción IV, 12 y 16 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de Cuautitlán
lzcalli; en ejercicio de las funciones y facultades contenidas en los numerales anteriormente citados; y
CONSIDERANDO
1.- Que conforme a lo dispuesto por la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, en su artículo 86,
para el ejercicio de sus atribuciones y responsabilidades ejecutivas, el Ayuntamiento se auxiliara de las
Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal, así como lo establecido en el
artículo 89, donde señala que las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal,
ejercerán las funciones propias de su competencia previstas en la Ley, en los Reglamentos o acuerdos
expedidos por los Ayuntamientos.
2.- Que dentro de los potestades del Ayuntamiento del Municipio de Cuautitlán Izcalli, en términos de
lo previsto en el artículo 123 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, está el
que en el ámbito de su competencia, desempeñarán facultades normativas, para el régimen de
gobierno y administración del Municipio, así como funciones de inspección, concernientes al
cumplimiento de las disposiciones de observancia general aplicables.
3.- Que se considera necesario continuar con la supervisión, y cumplimiento de la actividad regulatoria
en el Municipio, durante el periodo vacacional, ya que las disposiciones normativas que apruebe el
Ayuntamiento son de observancia obligatorias para las autoridades municipales. Por otra parte,
corresponde exclusivamente al Presidente Municipal la ejecución de las decisiones acordadas por el
Ayuntamiento quien podrá ejecutarlas por sí mismo o por conducto de las dependencias, entidades y/o
unidades administrativas municipales.
4.- Que de conformidad con lo publicado en la Gaceta Municipal de Cuautitlán Izcalli número 112, de
fecha dieciocho de diciembre del año dos mil catorce, relativo al desahogo del punto ocho de la
Centésima Décima Primera Sesión del Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli México 2013-2015, con
carácter ordinaria, de tipo pública, en el que se aprobó el Calendario Oficial que regirá durante el año
2015, en el Ayuntamiento y Administración Pública Municipal de Cuautitlán Izcalli, Estado de México,
se contempla como primer periodo A vacacional del año 2015, el comprendido del 30 de Marzo al 03
de Abril del año 2015.
5.- Que conforme a lo previsto en el artículo 12 del Código de Procedimientos Administrativos del
Estado de México, los actos y los procedimientos administrativos deberán de realizarse en días y
Año 2015
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horas hábiles y, considerando que son días hábiles todos los del año, excluyendo sábados, domingos
y aquellos que se señalen en el calendario oficial correspondiente, que deberá publicarse en la Gaceta
del Gobierno o en la del Municipio cuando se trate del calendario municipal, se hace necesario para
dar continuidad a los procedimientos normativos de supervisión y regulación habilitar los días
necesarios.
6.- Que el artículo 13 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, faculta a las
autoridades Administrativas para habilitar días y horas inhábiles cuando hubiese causa urgente que lo
exija; es por ello, que se propone acordar en este acto, la habilitación de días inhábiles, que
comprenden del 30 de Marzo al 03 de Abril del año 2015, con la finalidad de desahogar todas las
actuaciones necesarias y cuyo objetivo se indicada en el considerado dos del presente acuerdo.
En mérito de lo expuesto y fundado se emite el siguiente:
ACUERDO
Único.- Se habilitan los días comprendidos del 30 de Marzo al 03 de Abril del año 2015, con la finalidad
de desahogar todas las actuaciones necesarias, y cuyo objetivo se indicada en el considerado dos del
presente acuerdo, dentro de la competencia de esta Dirección.
TRANSITORIO
Único.- Publíquese el presente Acuerdo en Gaceta Municipal, surtiendo sus efectos en sus términos.
ATENTAMENTE
“Gobierno con Actitud”
Rúbrica
José Benjamín López Robles
Encargado de Despacho de la Dirección de Gobierno y Asuntos Jurídicos
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27 de Marzo
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III. ACUERDO DE HABILITACIÓN NÚMERO DDUYMA/CI/2013-2015/001/2015, DE
FECHA VEINTISÉIS DE MARZO DE 2015, CORRESPONDIENTE A LA DIRECCIÓN
DE DESARROLLO URBANO Y MEDIO AMBIENTE.
DIRECCION DE DESARROLLO URBANO Y MEDIO AMBIENTE
ASUNTO: ACUERDO DE HABILITACION
DDUYMA/CI/2013-2015/001/2015
Cuautitlán Izcalli, Estado de México, a 26 de marzo del año dos mil quince.
La suscrita Melisanda Espinosa Peña, en mi carácter de Directora de Desarrollo Urbano y Medio
Ambiente del Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, en términos de lo dispuesto por los
artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 112, 113, 122, 123 y 124 de
la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 86 y 89 de la Ley Orgánica Municipal
del Estado de México; 1.4, 1.5, 1.7 y 1.8 del Código Administrativo del Estado de México; 1, 3, 7, 12,
13 primer párrafo y 106 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México; 2, 5, 31 y
37 del Bando Municipal 2015 de Cuautitlán lzcalli, Estado de México; 5, 9, 11 fracción IX, 12 y 21 del
Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de Cuautitlán lzcalli; en ejercicio de
las funciones y facultades contenidas en los numerales anteriormente citados; y
CONSIDERANDO
1.- Que conforme a lo dispuesto por la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, en su artículo 86,
para el ejercicio de sus atribuciones y responsabilidades ejecutivas, el Ayuntamiento se auxiliara de las
Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal, así como lo establecido en el
artículo 89, donde señala que las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal,
ejercerán las funciones propias de su competencia previstas en la Ley, en los Reglamentos o acuerdos
expedidos por los Ayuntamientos.
2.- Que dentro de los potestades del Ayuntamiento del Municipio de Cuautitlán Izcalli, en términos de
lo previsto en el artículo 123 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, está el
que en el ámbito de su competencia, desempeñarán facultades normativas, para el régimen de
gobierno y administración del Municipio, así como funciones de inspección, concernientes al
cumplimiento de las disposiciones de observancia general aplicables.
3.- Que se considera necesario continuar con la supervisión, y cumplimiento de la actividad regulatoria
en el Municipio, durante el periodo vacacional, ya que las disposiciones normativas que apruebe el
Ayuntamiento son de observancia obligatorias para las autoridades municipales. Por otra parte,
corresponde exclusivamente al Presidente Municipal la ejecución de las decisiones acordadas por el
Ayuntamiento quien podrá ejecutarlas por si mismo o por conducto de las dependencias, entidades y/o
unidades administrativas municipales.
4.- Que de conformidad con lo publicado en la Gaceta Municipal de Cuautitlán Izcalli número 112, de
fecha dieciocho de diciembre del año dos mil catorce, relativo al desahogo del punto ocho de la
Centésima Décima Primera Sesión del Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli México 2013-2015, con
carácter ordinaria, de tipo pública, en el que se aprobó el Calendario Oficial que regirá durante el año
2015, en el Ayuntamiento y Administración Pública Municipal de Cuautitlán Izcalli, Estado de México,
se contempla como primer periodo A vacacional del año 2015, el comprendido del 30 de Marzo al 03
de Abril del año 2015.
5.- Que conforme a lo previsto en el artículo 12 del Código de Procedimientos Administrativos del
Estado de México, los actos y los procedimientos administrativos deberán de realizarse en días y
Año 2015
27 de Marzo
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horas hábiles y, considerando que son días hábiles todos los del año, excluyendo sábados, domingos
y aquellos que se señalen en el calendario oficial correspondiente, que deberá publicarse en la Gaceta
del Gobierno o en la del Municipio cuando se trate del calendario municipal, se hace necesario para
dar continuidad a los procedimientos normativos de supervisión y regulación habilitar los días
necesarios.
6.- Que el artículo 13 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, faculta a las
autoridades Administrativas para habilitar días y horas inhábiles cuando hubiese causa urgente que lo
exija; es por ello, que se propone acordar en este acto, la habilitación de días inhábiles, que
comprenden del 30 de Marzo al 03 de Abril del año 2015, con la finalidad de desahogar todas las
actuaciones necesarias y cuyo objetivo se indicada en el considerado dos del presente acuerdo.
En mérito de lo expuesto y fundado se emite el siguiente:
ACUERDO
Único.- Se habilitan los días comprendidos del 30 de Marzo al 03 de Abril del año 2015, con la finalidad
de desahogar todas las actuaciones necesarias, y cuyo objetivo se indicada en el considerado dos del
presente acuerdo, dentro de la competencia de esta Dirección.
TRANSITORIO
Único.- Publíquese el presente Acuerdo en Gaceta Municipal, surtiendo sus efectos en sus términos.
ATENTAMENTE
“Gobierno con Actitud”
Rúbrica
Melisanda Espinosa Peña
Directora de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente
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SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO
El C. Secretario del Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, Estado de
México, C. JUAN MANUEL GANDARA MORENO, en uso de las
facultades que le confieren las fracciones VIII y XIII del artículo 91 de la
Ley Orgánica Municipal del Estado de México, certificó y ordenó la
publicación de esta Gaceta Municipal para el conocimiento de los
vecinos de Cuautitlán Izcalli.
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Año 2015
27 de Marzo
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