AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE CUAUTITLAN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO. GACETA MUNICIPAL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE CUAUTITLÁN IZCALLI, MÉX. Número: 126 Año: 2015 Cd. Cuautitlán Izcalli, Méx. Viernes 27 de Marzo de 2015 Ayuntamiento 2013-2015 “2015. AÑO DEL BICENTENARIO LUCTUOSO DE JOSÉ MARÍA MORELOS Y PAVÓN” SUMARIO: I. ACUERDO DE HABILITACIÓN NÚMERO DDE/CI/2013-2015/001/2015, DE FECHA VEINTISÉIS DE MARZO DE 2015, CORRESPONDIENTE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO ECONÓMICO. II. ACUERDO DE HABILITACIÓN NÚMERO DGYAJ/CI/20132015/001/2015, DE FECHA VEINTISÉIS DE MARZO DE 2015, CORRESPONDIENTE A LA DIRECCIÓN DE GOBIERNO Y ASUNTOS JURÍDICOS. III. ACUERDO DE HABILITACIÓN NÚMERO DDUYMA/CI/20132015/001/2015, DE FECHA VEINTISÉIS DE MARZO DE 2015, CORRESPONDIENTE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO Y MEDIO AMBIENTE. Año 2015 27 de Marzo www.cuautitlanizcalli.gob.mx 2 EL CIUDADANO ERIK MARTÍNEZ DOMÍNGUEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL SUSTITUTO DEL AYUNTAMIENTO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, MÉXICO, A SUS HABITANTES, SABED: QUE CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIONES II Y III DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 122 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO; 1, 2, 3, 31 FRACCIÓN I, 48 FRACCIÓN III Y 91 FRACCIÓN VIII DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO; SE HACE LA SIGUIENTE PUBLICACIÓN: I. ACUERDO DE HABILITACIÓN NÚMERO DDE/CI/2013-2015/001/2015, DE FECHA VEINTISÉIS DE MARZO DE 2015, CORRESPONDIENTE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO ECONÓMICO. DIRECCION DE DESARROLLO ECÓNOMICO ASUNTO: ACUERDO DE HABILITACION DDE/CI/2013-2015/001/2015 Cuautitlán Izcalli, Estado de México, a 26 de marzo del año dos mil quince. La suscrita Rosalba Irene García Pérez, en mi carácter de Encargada de Despacho de la Dirección de Desarrollo Económico del Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, en términos de lo dispuesto por los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 112, 113, 122, 123 y 124 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 86 y 89 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1.4, 1.5, 1.7 y 1.8 del Código Administrativo del Estado de México; 1, 3, 7, 12, 13 primer párrafo y 106 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México; 2, 5, 31 y 37 del Bando Municipal 2015 de Cuautitlán lzcalli, Estado de México; 5, 9, 11 fracción VII, 12 y 19 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de Cuautitlán lzcalli; en ejercicio de las funciones y facultades contenidas en los numerales anteriormente citados; y CONSIDERANDO 1.- Que conforme a lo dispuesto por la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, en su artículo 86, para el ejercicio de sus atribuciones y responsabilidades ejecutivas, el Ayuntamiento se auxiliara de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal, así como lo establecido en el artículo 89, donde señala que las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal, ejercerán las funciones propias de su competencia previstas en la Ley, en los Reglamentos o acuerdos expedidos por los Ayuntamientos. 2.- Que dentro de los potestades del Ayuntamiento del Municipio de Cuautitlán Izcalli, en términos de lo previsto en el artículo 123 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, está el que en el ámbito de su competencia, desempeñarán facultades normativas, para el régimen de gobierno y administración del Municipio, así como funciones de inspección, concernientes al cumplimiento de las disposiciones de observancia general aplicables. 3.- Que se considera necesario continuar con la supervisión, y cumplimiento de la actividad regulatoria en el Municipio, durante el periodo vacacional, ya que las disposiciones normativas que apruebe el Ayuntamiento son de observancia obligatorias para las autoridades municipales. Por otra parte, corresponde exclusivamente al Presidente Municipal la ejecución de las decisiones acordadas por el Ayuntamiento quien podrá ejecutarlas por si mismo o por conducto de las dependencias, entidades y/o unidades administrativas municipales. Año 2015 27 de Marzo www.cuautitlanizcalli.gob.mx 3 4.- Que de conformidad con lo publicado en la Gaceta Municipal de Cuautitlán Izcalli número 112, de fecha dieciocho de diciembre del año dos mil catorce, relativo al desahogo del punto ocho de la Centésima Décima Primera Sesión del Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli México 2013-2015, con carácter ordinaria, de tipo pública, en el que se aprobó el Calendario Oficial que regirá durante el año 2015, en el Ayuntamiento y Administración Pública Municipal de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, se contempla como primer periodo A vacacional del año 2015, el comprendido del 30 de Marzo al 03 de Abril del año 2015. 5.- Que conforme a lo previsto en el artículo 12 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, los actos y los procedimientos administrativos deberán de realizarse en días y horas hábiles y, considerando que son días hábiles todos los del año, excluyendo sábados, domingos y aquellos que se señalen en el calendario oficial correspondiente, que deberá publicarse en la Gaceta del Gobierno o en la del Municipio cuando se trate del calendario municipal, se hace necesario para dar continuidad a los procedimientos normativos de supervisión y regulación habilitar los días necesarios. 6.- Que el artículo 13 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, faculta a las autoridades Administrativas para habilitar días y horas inhábiles cuando hubiese causa urgente que lo exija; es por ello, que se propone acordar en este acto, la habilitación de días inhábiles, que comprenden del 30 de Marzo al 03 de Abril del año 2015, con la finalidad de desahogar todas las actuaciones necesarias y cuyo objetivo se indicada en el considerado dos del presente acuerdo. En mérito de lo expuesto y fundado se emite el siguiente: ACUERDO Único.- Se habilitan los días comprendidos del 30 de Marzo al 03 de Abril del año 2015, con la finalidad de desahogar todas las actuaciones necesarias, y cuyo objetivo se indicada en el considerado dos del presente acuerdo, dentro de la competencia de esta Dirección. TRANSITORIO Único.- Publíquese el presente Acuerdo en Gaceta Municipal, surtiendo sus efectos en sus términos. ATENTAMENTE “Gobierno con Actitud” Rúbrica Rosalba Irene García Pérez Encargada de Despacho de la Dirección de Desarrollo Económico Año 2015 27 de Marzo www.cuautitlanizcalli.gob.mx 4 II. ACUERDO DE HABILITACIÓN NÚMERO DGYAJ/CI/2013-2015/001/2015, DE FECHA VEINTISÉIS DE MARZO DE 2015, CORRESPONDIENTE A LA DIRECCIÓN DE GOBIERNO Y ASUNTOS JURÍDICOS. DIRECCION DE GOBIERNO Y ASUNTOS JURIDICOS ASUNTO: ACUERDO DE HABILITACION DGYAJ/CI/2013-2015/001/2015 Cuautitlán Izcalli, Estado de México, a 26 de marzo del año dos mil quince. El suscrito José Benjamín López Robles, en mi carácter de Encargado de Despacho de la Dirección de Gobierno y Asuntos Jurídicos del Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, en términos de lo dispuesto por los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 112, 113, 122, 123 y 124 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 86 y 89 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1.4, 1.5, 1.7 y 1.8 del Código Administrativo del Estado de México; 1, 3, 7, 12, 13 primer párrafo y 106 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México; 2, 5, 31 y 37 del Bando Municipal 2015 de Cuautitlán lzcalli, Estado de México; 5, 9, 11 fracción IV, 12 y 16 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de Cuautitlán lzcalli; en ejercicio de las funciones y facultades contenidas en los numerales anteriormente citados; y CONSIDERANDO 1.- Que conforme a lo dispuesto por la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, en su artículo 86, para el ejercicio de sus atribuciones y responsabilidades ejecutivas, el Ayuntamiento se auxiliara de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal, así como lo establecido en el artículo 89, donde señala que las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal, ejercerán las funciones propias de su competencia previstas en la Ley, en los Reglamentos o acuerdos expedidos por los Ayuntamientos. 2.- Que dentro de los potestades del Ayuntamiento del Municipio de Cuautitlán Izcalli, en términos de lo previsto en el artículo 123 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, está el que en el ámbito de su competencia, desempeñarán facultades normativas, para el régimen de gobierno y administración del Municipio, así como funciones de inspección, concernientes al cumplimiento de las disposiciones de observancia general aplicables. 3.- Que se considera necesario continuar con la supervisión, y cumplimiento de la actividad regulatoria en el Municipio, durante el periodo vacacional, ya que las disposiciones normativas que apruebe el Ayuntamiento son de observancia obligatorias para las autoridades municipales. Por otra parte, corresponde exclusivamente al Presidente Municipal la ejecución de las decisiones acordadas por el Ayuntamiento quien podrá ejecutarlas por sí mismo o por conducto de las dependencias, entidades y/o unidades administrativas municipales. 4.- Que de conformidad con lo publicado en la Gaceta Municipal de Cuautitlán Izcalli número 112, de fecha dieciocho de diciembre del año dos mil catorce, relativo al desahogo del punto ocho de la Centésima Décima Primera Sesión del Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli México 2013-2015, con carácter ordinaria, de tipo pública, en el que se aprobó el Calendario Oficial que regirá durante el año 2015, en el Ayuntamiento y Administración Pública Municipal de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, se contempla como primer periodo A vacacional del año 2015, el comprendido del 30 de Marzo al 03 de Abril del año 2015. 5.- Que conforme a lo previsto en el artículo 12 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, los actos y los procedimientos administrativos deberán de realizarse en días y Año 2015 27 de Marzo www.cuautitlanizcalli.gob.mx 5 horas hábiles y, considerando que son días hábiles todos los del año, excluyendo sábados, domingos y aquellos que se señalen en el calendario oficial correspondiente, que deberá publicarse en la Gaceta del Gobierno o en la del Municipio cuando se trate del calendario municipal, se hace necesario para dar continuidad a los procedimientos normativos de supervisión y regulación habilitar los días necesarios. 6.- Que el artículo 13 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, faculta a las autoridades Administrativas para habilitar días y horas inhábiles cuando hubiese causa urgente que lo exija; es por ello, que se propone acordar en este acto, la habilitación de días inhábiles, que comprenden del 30 de Marzo al 03 de Abril del año 2015, con la finalidad de desahogar todas las actuaciones necesarias y cuyo objetivo se indicada en el considerado dos del presente acuerdo. En mérito de lo expuesto y fundado se emite el siguiente: ACUERDO Único.- Se habilitan los días comprendidos del 30 de Marzo al 03 de Abril del año 2015, con la finalidad de desahogar todas las actuaciones necesarias, y cuyo objetivo se indicada en el considerado dos del presente acuerdo, dentro de la competencia de esta Dirección. TRANSITORIO Único.- Publíquese el presente Acuerdo en Gaceta Municipal, surtiendo sus efectos en sus términos. ATENTAMENTE “Gobierno con Actitud” Rúbrica José Benjamín López Robles Encargado de Despacho de la Dirección de Gobierno y Asuntos Jurídicos Año 2015 27 de Marzo www.cuautitlanizcalli.gob.mx 6 III. ACUERDO DE HABILITACIÓN NÚMERO DDUYMA/CI/2013-2015/001/2015, DE FECHA VEINTISÉIS DE MARZO DE 2015, CORRESPONDIENTE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO Y MEDIO AMBIENTE. DIRECCION DE DESARROLLO URBANO Y MEDIO AMBIENTE ASUNTO: ACUERDO DE HABILITACION DDUYMA/CI/2013-2015/001/2015 Cuautitlán Izcalli, Estado de México, a 26 de marzo del año dos mil quince. La suscrita Melisanda Espinosa Peña, en mi carácter de Directora de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente del Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, en términos de lo dispuesto por los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 112, 113, 122, 123 y 124 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 86 y 89 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1.4, 1.5, 1.7 y 1.8 del Código Administrativo del Estado de México; 1, 3, 7, 12, 13 primer párrafo y 106 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México; 2, 5, 31 y 37 del Bando Municipal 2015 de Cuautitlán lzcalli, Estado de México; 5, 9, 11 fracción IX, 12 y 21 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de Cuautitlán lzcalli; en ejercicio de las funciones y facultades contenidas en los numerales anteriormente citados; y CONSIDERANDO 1.- Que conforme a lo dispuesto por la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, en su artículo 86, para el ejercicio de sus atribuciones y responsabilidades ejecutivas, el Ayuntamiento se auxiliara de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal, así como lo establecido en el artículo 89, donde señala que las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal, ejercerán las funciones propias de su competencia previstas en la Ley, en los Reglamentos o acuerdos expedidos por los Ayuntamientos. 2.- Que dentro de los potestades del Ayuntamiento del Municipio de Cuautitlán Izcalli, en términos de lo previsto en el artículo 123 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, está el que en el ámbito de su competencia, desempeñarán facultades normativas, para el régimen de gobierno y administración del Municipio, así como funciones de inspección, concernientes al cumplimiento de las disposiciones de observancia general aplicables. 3.- Que se considera necesario continuar con la supervisión, y cumplimiento de la actividad regulatoria en el Municipio, durante el periodo vacacional, ya que las disposiciones normativas que apruebe el Ayuntamiento son de observancia obligatorias para las autoridades municipales. Por otra parte, corresponde exclusivamente al Presidente Municipal la ejecución de las decisiones acordadas por el Ayuntamiento quien podrá ejecutarlas por si mismo o por conducto de las dependencias, entidades y/o unidades administrativas municipales. 4.- Que de conformidad con lo publicado en la Gaceta Municipal de Cuautitlán Izcalli número 112, de fecha dieciocho de diciembre del año dos mil catorce, relativo al desahogo del punto ocho de la Centésima Décima Primera Sesión del Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli México 2013-2015, con carácter ordinaria, de tipo pública, en el que se aprobó el Calendario Oficial que regirá durante el año 2015, en el Ayuntamiento y Administración Pública Municipal de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, se contempla como primer periodo A vacacional del año 2015, el comprendido del 30 de Marzo al 03 de Abril del año 2015. 5.- Que conforme a lo previsto en el artículo 12 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, los actos y los procedimientos administrativos deberán de realizarse en días y Año 2015 27 de Marzo www.cuautitlanizcalli.gob.mx 7 horas hábiles y, considerando que son días hábiles todos los del año, excluyendo sábados, domingos y aquellos que se señalen en el calendario oficial correspondiente, que deberá publicarse en la Gaceta del Gobierno o en la del Municipio cuando se trate del calendario municipal, se hace necesario para dar continuidad a los procedimientos normativos de supervisión y regulación habilitar los días necesarios. 6.- Que el artículo 13 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, faculta a las autoridades Administrativas para habilitar días y horas inhábiles cuando hubiese causa urgente que lo exija; es por ello, que se propone acordar en este acto, la habilitación de días inhábiles, que comprenden del 30 de Marzo al 03 de Abril del año 2015, con la finalidad de desahogar todas las actuaciones necesarias y cuyo objetivo se indicada en el considerado dos del presente acuerdo. En mérito de lo expuesto y fundado se emite el siguiente: ACUERDO Único.- Se habilitan los días comprendidos del 30 de Marzo al 03 de Abril del año 2015, con la finalidad de desahogar todas las actuaciones necesarias, y cuyo objetivo se indicada en el considerado dos del presente acuerdo, dentro de la competencia de esta Dirección. TRANSITORIO Único.- Publíquese el presente Acuerdo en Gaceta Municipal, surtiendo sus efectos en sus términos. ATENTAMENTE “Gobierno con Actitud” Rúbrica Melisanda Espinosa Peña Directora de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente Año 2015 27 de Marzo www.cuautitlanizcalli.gob.mx 8 SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO El C. Secretario del Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, C. JUAN MANUEL GANDARA MORENO, en uso de las facultades que le confieren las fracciones VIII y XIII del artículo 91 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, certificó y ordenó la publicación de esta Gaceta Municipal para el conocimiento de los vecinos de Cuautitlán Izcalli. Año 2015 27 de Marzo www.cuautitlanizcalli.gob.mx 9 Año 2015 27 de Marzo www.cuautitlanizcalli.gob.mx
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