GACETA MUNICIPAL - Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
CUAUTITLAN IZCALLI,
ESTADO DE MÉXICO.
GACETA MUNICIPAL
PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE CUAUTITLÁN IZCALLI, MÉX.
Número: 131
Año: 2015
Cd. Cuautitlán Izcalli, Méx. Miercoles 06 de Mayo de 2015
Ayuntamiento
2013-2015
“2015. AÑO DEL BICENTENARIO LUCTUOSO DE JOSÉ MARÍA MORELOS Y PAVÓN”
SUMARIO:
I.
APROBACIÓN PARA DEJAR SIN EFECTOS PARCIALMENTE LA LICENCIA TEMPORAL
OTORGADA AL C. ALFONSO MONROY LOBERA PARA SEPARARSE DEL EJERCICIO DE
SUS FUNCIONES COMO DÉCIMO SEXTO REGIDOR DEL AYUNTAMIENTO DE
CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO 2013-2015, QUEDANDO COMPRENDIDA
DEL 07 DE MARZO AL 29 DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL QUINCE, REINCORPORÁNDOSE
AL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES.
II.
APROBACIÓN DE: 1).- DEL REFRENDO DE LOS RECURSOS DISPONIBLES DEL
EJERCICIO FISCAL 2014, CORRESPONDIENTE AL PROGRAMA DE EMPLEO TEMPORAL
(PET) 2014, PARA SER EJERCIDO EN EL EJERCICIO FISCAL 2015; 2).- DE LA
MODIFICACIÓN DEL ACUERDO RECAÍDO AL PUNTO QUINTO DEL ORDEN DEL DÍA DE
LA CENTÉSIMA DÉCIMA SÉPTIMA SESIÓN DEL AYUNTAMIENTO, DE FECHA 11 DE
FEBRERO DE 2015, EN EL QUE SE APROBÓ EL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y
EGRESOS DEFINITIVO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015, DEL MUNICIPIO DE
CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO, RELATIVO A LA AMPLIACIÓN DEL
CAPÍTULO
4200
PARTICIPACIONES,
APORTACIONES,
TRANSFERENCIAS,
ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS, PARA QUEDAR EN $1,102,172,277.21
(UN MIL CIENTO DOS MILLONES CIENTO SETENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA
Y SIETE PESOS 21/100 M.N.); ASÍ COMO 3).- DE LA MODIFICACIÓN DEL ACUERDO
RECAÍDO AL PUNTO QUINTO DEL ORDEN DEL DÍA DE LA CENTÉSIMA DÉCIMA
SÉPTIMA SESIÓN DEL AYUNTAMIENTO, DE FECHA 11 DE FEBRERO DE 2015, EN EL
QUE SE APROBÓ EL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS DEFINITIVO PARA EL
EJERCICIO FISCAL 2015, DEL MUNICIPIO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE
MÉXICO, RELATIVO A LA AMPLIACIÓN DE LOS CAPÍTULOS: 2000.- MATERIALES Y
SUMINISTROS, PARA QUEDAR EN $105,654,856.67 (CIENTO CINCO MILLONES
SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS
67/100 M.N.); Y 4000.- TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS
AYUDAS PARA QUEDAR EN $174,667,693.94 (CIENTO SETENTA Y CUATRO MILLONES
SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES PESOS 94/100
M.N.); DERIVADOS DEL REFRENDO DE DICHOS RECURSOS, DE CONFORMIDAD CON
EL DICTAMEN QUE EMITE LA COMISIÓN EDILICIA DE HACIENDA.
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EL CIUDADANO ERIK MARTÍNEZ DOMÍNGUEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL SUSTITUTO
DEL AYUNTAMIENTO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, MÉXICO, A SUS HABITANTES, SABED:
QUE CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIONES II Y III DE
LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 122 DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO; 1, 2 , 3 y 91
FRACCIÓN VIII DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO, 50 DEL
REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO Y DE LAS COMISIONES EDILICIAS DEL
MUNICIPIO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, MÉXICO, 2013-2015; EL AYUNTAMIENTO DE CUAUTITLÀN
IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO, 2013-2015 EXPIDE EL PRESENTE:
I.
APROBACIÓN PARA DEJAR SIN EFECTOS PARCIALMENTE LA LICENCIA TEMPORAL
OTORGADA AL C. ALFONSO MONROY LOBERA PARA SEPARARSE DEL EJERCICIO DE
SUS FUNCIONES COMO DÉCIMO SEXTO REGIDOR DEL AYUNTAMIENTO DE
CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO 2013-2015, QUEDANDO COMPRENDIDA
DEL 07 DE MARZO AL 29 DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL QUINCE, REINCORPORÁNDOSE
AL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES.
DURANTE EL DESAHOGO DEL PUNTO CUATRO DE LA CENTÉSIMA VIGÉSIMA NOVENA SESIÓN
DEL AYUNTAMIENTO CON CARÁCTER ORDINARIA DE TIPO PÚBLICA, CELEBRADA DURANTE
EL DÍA TREINTA DE ABRIL DE DOS MIL QUINCE, EL AYUNTAMIENTO TUVO A BIEN APROBAR
LO SIGUIENTE:
El C. Erik Martínez Domínguez, Presidente Municipal Sustituto del Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli,
México, con fundamento en lo señalado por los artículos 116 de la Constitución Política del Estado
Libre y Soberano de México; 48 fracción I de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; y 53
fracción III del Reglamento Interior del Ayuntamiento y de las Comisiones Edilicias, del Municipio de
Cuautitlán Izcalli, México, somete a consideración del Ayuntamiento el asunto relativo a la Aprobación,
en su caso, para dejar sin efectos parcialmente la Licencia Temporal otorgada al C. Alfonso Monroy
Lobera para separarse del ejercicio de sus funciones como Décimo Sexto Regidor del Ayuntamiento de
Cuautitlán Izcalli, Estado de México 2013-2015, quedando comprendida del 07 de Marzo al 29 de Abril
del año dos mil quince, reincorporándose al ejercicio de sus funciones. Aprobándose por
Unanimidad. Bajo el siguiente:
En términos de lo dispuesto por los artículos 115 fracciones I y II de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 112, 113, 116, 122, 123 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 3,
27 primer párrafo, y 31 fracciones I y XXXIX de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 27 del Bando
Municipal 2015 de Cuautitlán Izcalli, Estado de México; 3, 4, 7 y 53 fracción III del Reglamento Interior del
Ayuntamiento y de las Comisiones Edilicias, del Municipio de Cuautitlán Izcalli, México 2013-2015, se incluye
dentro del Orden del Día de la Sesión del Ayuntamiento, el siguiente:
PUNTO DE ACUERDO
APROBACIÓN, EN SU CASO, PARA DEJAR SIN EFECTOS PARCIALMENTE LA LICENCIA TEMPORAL
OTORGADA AL C. ALFONSO MONROY LOBERA PARA SEPARARSE DEL EJERCICIO DE SUS
FUNCIONES COMO DÉCIMO SEXTO REGIDOR DEL AYUNTAMIENTO DE CUAUTITLAN IZCALLI, ESTADO
DE MÉXICO 2013-2015, QUEDANDO COMPRENDIDA DEL 07 DE MARZO AL 29 DE ABRIL DEL AÑO DOS
MIL QUINCE, REINCORPORANDOSE AL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES.
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Lo anterior bajo la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Con el fin de ejercer sus derechos político electorales, y estar en aptitud de participar con las prerrogativas que
como ciudadano le asisten, establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la
Constitución del Estado Libre y Soberano de México; el C. Alfonso Monroy Lobera en su carácter de Décimo
Sexto Regidor Propietario, solicitó a este Órgano Colegiado de decisión la Aprobación de la Licencia temporal
para separarse del ejercicio de sus funciones como Décimo Sexto Regidor del Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli,
Estado de México 2013-2015, por el Período comprendido del 07 de Marzo al 07 de junio del año dos mil quince,
actuando bajo la hipótesis prevista en el artículo 40 inciso c) de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México
que indica que “los miembros del ayuntamiento necesitan licencia del mismo, para separarse temporal o
definitivamente del ejercicio de sus funciones…”., y que las faltas temporales que excedan de quince días
naturales serán aprobadas por el Ayuntamiento cuando exista causa justificada; siendo consideradas como
causas justificadas, entre otras, la indicada en el inciso “c) Para contender como candidato en un proceso
electoral federal o local”.
De tal solicitud el Ayuntamiento Constitucional de Cuautitlán Izcalli 2013-2015, tomó conocimiento y se pronunció
por su aprobación mediante el acuerdo recaído al punto número siete del orden del día de la Centésima
Vigésima Segunda Sesión del Ayuntamiento de fecha 06 de marzo del año dos mil quince, procediendo a llamar
al C. Oscar Bautista Gómez quien rindió protesta de ley y entró en funciones de manera temporal en su carácter
de Décimo Sexto Regidor Suplente.
Así mismo, y en virtud de que el proceso interno en su etapa de selección y postulación de candidatos por el
Instituto Político afín al C. Alfonso Monroy Lobera ha concluido, sin que el mismo haya sido postulado para
contender por cargo de elección para el proceso federal o local, es que mediante oficio de fecha 29 de abril del
año dos mil quince, en ejercicio de las facultades y derechos que le asisten, ha presentado solicitud para que,
atendiendo a que no se materializaron los supuestos previstos en el ordenamiento y motivación que le dieron
origen a la solicitud de licencia para separarse temporalmente de su encargo, es decir, no participará en la
próxima contienda electoral federal o localmente, derivado de los procesos de selección y postulación del
Instituto Político al que pertenece, es que se hace necesario el pronunciamiento de este Órgano Colegiado en
términos de lo previsto en el artículo 29 segundo párrafo de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México,
respecto a la solicitud formulada por el C. Alfonso Monroy Lobera en su carácter de Décimo Sexto Regidor
Propietario del Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli 2013-2015, atendiendo a la exposición que realiza, para dejar
sin efectos parcialmente la licencia otorgada por lo que hace a su período de vigencia, para quedar como lo
solicita, del 07 de marzo al 29 de abril del año dos mil quince, reincorporándose en consecuencia a sus
funciones, en cumplimiento de la obligación prevista en la fracción IV del artículo 36 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos.
Lo anterior tiene su fundamento en lo siguiente:
Los artículos 36 fracción IV, 115 fracción I primer párrafo y fracción II párrafo segundo de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos prevén que son obligaciones del ciudadano de la República el desempeñar los
cargos de elección popular de la Federación o de los Estados, que en ningún caso serán gratuito, así como que
los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático,
laico y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el
municipio libre, conforme a las bases siguiente, y que cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de
elección popular directa, integrado por un Presidente Municipal y el número de regidores y síndicos que la ley
determine. La competencia que esta Constitución otorga al gobierno municipal se ejercerá por el Ayuntamiento
de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el gobierno del Estado. Así como que
los ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán
expedir las legislaturas de los Estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y
disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la
administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su
competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal.
Los artículos 112 primer párrafo, 113, 114 Segundo Párrafo, 116 primer párrafo, 117 segundo párrafo, 118
segundo párrafo, y 122 primer párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México,
disponen que la base de la división territorial y de la organización política y administrativa del Estado, es el
municipio libre. Que las facultades que la Constitución de la República y el presente ordenamiento otorgan al
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gobierno municipal se ejercerá por el ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna
entre éste y el gobierno del Estado., así como que cada municipio será gobernado por un ayuntamiento con la
competencia que le otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la presente Constitución y
las leyes que de ellas emanen y que el cargo de miembro del ayuntamiento no es renunciable, sino por justa
causa que calificará el ayuntamiento ante el que se presentará la renuncia y quien conocerá también de las
licencias de sus miembros. Que los ayuntamientos serán asamblea deliberante y tendrán autoridad y
competencia propias en los asuntos que se sometan a su decisión, pero la ejecución de esta corresponderá
exclusivamente a los presidentes municipales, quienes durarán en sus funciones tres años. Así mismo que los
ayuntamientos de los municipios podrán tener síndicos y regidores electos según el principio de representación
proporcional de acuerdo a los requisitos y reglas de asignación que establezca la ley de la materia., y que los
regidores de mayoría relativa y de representación proporcional tendrán los mismos derechos y obligaciones,
conforme a la ley de la materia. Los síndicos electos por ambas fórmulas tendrán las atribuciones que les señale
la ley; indicando que los ayuntamientos de los municipios tienen las atribuciones que establecen la Constitución
Federal, esta Constitución, y demás disposiciones legales aplicables.
Los artículos 3, 27, 29 segundo párrafo 40 y 41 tercer párrafo de la Ley Orgánica Municipal del Estado de
México, prevén que los municipios del Estado regularán su funcionamiento de conformidad con lo que establece
esta Ley, los Bandos municipales, reglamentos y demás disposiciones legales aplicables; que los ayuntamientos
como órganos deliberantes, deberán resolver colegiadamente los asuntos de su competencia; que los
ayuntamientos podrán sesionar con la asistencia de la mayoría de sus integrantes y sus acuerdos se tomarán por
mayoría de votos de sus miembros presentes. Quien presida la sesión, tendrá voto de calidad. Los
ayuntamientos no podrán revocar sus acuerdos sino en aquellos casos en que se hayan dictado en
contravención a la Ley, lo exija el interés público o hayan desaparecido las causas que lo motivaron, y siguiendo
el procedimiento y las formalidades que fueron necesarios para tomar los mismos, en cuyo caso se seguirán las
formalidades de ley; que los miembros del ayuntamiento necesitan licencia del mismo para separarse temporal o
definitivamente del ejercicio de sus funciones y que las faltas de los regidores no se cubrirán, cuando no excedan
de quince días y haya el número suficiente de miembros que marca la ley para que los actos del ayuntamiento
tengan validez; cuando no haya ese número, o las faltas excedieran el plazo indicado, se llamará al suplente
respectivo.
Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, se solicita de este Ayuntamiento la aprobación del siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- SE APRUEBA DEJAR SIN EFECTOS PARCIALMENTE LA LICENCIA TEMPORAL OTORGADA AL
C. ALFONSO MONROY LOBERA PARA SEPARARSE DEL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES COMO DÉCIMO
SEXTO REGIDOR DEL AYUNTAMIENTO DE CUAUTITLAN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO 2013-2015,
QUEDANDO COMPRENDIDA DEL 07 DE MARZO AL 29 DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL QUINCE,
REINCORPORANDOSE AL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES, POR LAS RAZONES INDICADAS EN LA
EXPOSICION DE MOTIVOS DEL PRESENTE ACUERDO.
SEGUNDO.- CÌTESE AL C. ALFONSO MONROY LOBERA PARA REINCORPORARSE SIN MAYOR TRÀMITE
O DILACIÒN AL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES COMO DÉCIMO SEXTO REGIDOR DEL AYUNTAMIENTO
DE CUAUTITLAN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO 2013-2015.
TERCERO.- HAGASÈ DEL CONOCIMIENTO DE EL C. OSCAR BAUTISTA GÓMEZ EN SU CARÁCTER DE
DÉCIMO SEXTO REGIDOR SUPLENTE, PARA LOS EFECTOS CORRESPONDIENTES.
CUARTO.- PUBLÍQUESE EL PRESENTE ACUERDO EN LA GACETA MUNICIPAL DE CUAUTITLÁN IZCALLI.
QUINTO.- CÚMPLASE.
TRANSITORIOS
ÙNICO.- El presente acuerdo surtirá sus efectos al momento de su aprobación, en sus términos.
Dado en el Palacio Municipal, de Cuautitlán Izcalli, México, en la Centésima Vigésima Novena Sesión del
Ayuntamiento, de carácter Ordinaria, de Tipo Pública, a los treinta días del mes de Abril del año dos mil quince.
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II.
APROBACIÓN DE: 1).- DEL REFRENDO DE LOS RECURSOS DISPONIBLES DEL
EJERCICIO FISCAL 2014, CORRESPONDIENTE AL PROGRAMA DE EMPLEO TEMPORAL
(PET) 2014, PARA SER EJERCIDO EN EL EJERCICIO FISCAL 2015; 2).- DE LA
MODIFICACIÓN DEL ACUERDO RECAÍDO AL PUNTO QUINTO DEL ORDEN DEL DÍA DE
LA CENTÉSIMA DÉCIMA SÉPTIMA SESIÓN DEL AYUNTAMIENTO, DE FECHA 11 DE
FEBRERO DE 2015, EN EL QUE SE APROBÓ EL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y
EGRESOS DEFINITIVO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015, DEL MUNICIPIO DE
CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO, RELATIVO A LA AMPLIACIÓN DEL
CAPÍTULO
4200
PARTICIPACIONES,
APORTACIONES,
TRANSFERENCIAS,
ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS, PARA QUEDAR EN $1,102,172,277.21
(UN MIL CIENTO DOS MILLONES CIENTO SETENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA
Y SIETE PESOS 21/100 M.N.); ASÍ COMO 3).- DE LA MODIFICACIÓN DEL ACUERDO
RECAÍDO AL PUNTO QUINTO DEL ORDEN DEL DÍA DE LA CENTÉSIMA DÉCIMA
SÉPTIMA SESIÓN DEL AYUNTAMIENTO, DE FECHA 11 DE FEBRERO DE 2015, EN EL
QUE SE APROBÓ EL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS DEFINITIVO PARA EL
EJERCICIO FISCAL 2015, DEL MUNICIPIO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE
MÉXICO, RELATIVO A LA AMPLIACIÓN DE LOS CAPÍTULOS: 2000.- MATERIALES Y
SUMINISTROS, PARA QUEDAR EN $105,654,856.67 (CIENTO CINCO MILLONES
SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS
67/100 M.N.); Y 4000.- TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS
AYUDAS PARA QUEDAR EN $174,667,693.94 (CIENTO SETENTA Y CUATRO MILLONES
SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES PESOS 94/100
M.N.); DERIVADOS DEL REFRENDO DE DICHOS RECURSOS, DE CONFORMIDAD CON
EL DICTAMEN QUE EMITE LA COMISIÓN EDILICIA DE HACIENDA.
DURANTE EL DESAHOGO DEL PUNTO SEIS DE LA CENTÉSIMA VIGÉSIMA NOVENA SESIÓN
DEL AYUNTAMIENTO CON CARÁCTER ORDINARIA DE TIPO PÚBLICA, CELEBRADA DURANTE
EL DÍA TREINTA DE ABRIL DE DOS MIL QUINCE, EL AYUNTAMIENTO TUVO A BIEN APROBAR
LO SIGUIENTE:
El C. Erik Martínez Domínguez, Presidente Municipal Sustituto del Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli,
México, con fundamento en lo señalado por los artículos 116 de la Constitución Política del Estado
Libre y Soberano de México; 48 fracción I de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; y 53
fracción III del Reglamento Interior del Ayuntamiento y de las Comisiones Edilicias, del Municipio de
Cuautitlán Izcalli, México, somete a consideración del Ayuntamiento, el asunto relativo a la Aprobación,
en su caso, de: 1).- Del Refrendo de los Recursos Disponibles del Ejercicio Fiscal 2014,
correspondiente al Programa de Empleo Temporal (PET) 2014, para ser ejercido en el Ejercicio Fiscal
2015; 2).- De la Modificación del Acuerdo Recaído al Punto Quinto del Orden del Día de la Centésima
Décima Séptima Sesión del Ayuntamiento, de fecha 11 de Febrero de 2015, en el que se aprobó el
Presupuesto de Ingresos y Egresos Definitivo para el Ejercicio Fiscal 2015, del Municipio de Cuautitlán
Izcalli, Estado de México, relativo a la Ampliación del Capítulo 4200 Participaciones, Aportaciones,
Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas, para quedar en $1,102,172,277.21 (UN MIL
CIENTO DOS MILLONES CIENTO SETENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE PESOS
21/100 M.N.); así como 3).- De la Modificación del Acuerdo Recaído al Punto Quinto del Orden del Día
de la Centésima Décima Séptima Sesión del Ayuntamiento, de fecha 11 de Febrero de 2015, en el que
se aprobó el Presupuesto de Ingresos y Egresos Definitivo para el Ejercicio Fiscal 2015, del Municipio
de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, relativo a la Ampliación de los Capítulos: 2000.- Materiales y
Suministros, para quedar en $105,654,856.67 (CIENTO CINCO MILLONES SEISCIENTOS
CINCUENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS 67/100 M.N.); y 4000.Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas para quedar en $174,667,693.94 (CIENTO
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SETENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS NOVENTA
Y TRES PESOS 94/100 M.N.); derivados del Refrendo de dichos recursos, de conformidad con el
Dictamen que emite la Comisión Edilicia de Hacienda. Aprobándose por Unanimidad. Bajo el
siguiente:
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SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO
El C. Secretario del Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, Estado de
México, C. JUAN MANUEL GANDARA MORENO, en uso de las
facultades que le confieren las fracciones VIII y XIII del artículo 91 de la
Ley Orgánica Municipal del Estado de México, certificó y ordenó la
publicación de esta Gaceta Municipal para el conocimiento de los
vecinos de Cuautitlán Izcalli.
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AYUNTAMIENTO DE CUAUTITLÁN IZCALLI
2013-2015
C. ERIK MARTÍNEZ DOMÍNGUEZ
PRESIDENTE MUNICIPAL SUSTITUTO
DEL AYUNTAMIENTO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, MÉXICO.
RÚBRICA
C. GONZALO VEGA DUARTE
PRIMER SÍNDICO MUNICIPAL
RÚBRICA
C. MARÍA DE JESÚS MEJÍA ZAVALA
SEGUNDO SÍNDICO MUNICIPAL
RÚBRICA
C. JUAN CARLOS REYES IBARRA
TERCER SÍNDICO MUNICIPAL
RÚBRICA
C. RODRIGO PALMA ÁLVAREZ
PRIMER REGIDOR
RÚBRICA
C. RUBÉN DAVID VÁZQUEZ ESPARRAGOZA
SEGUNDO REGIDOR
RÚBRICA
C. ALEJANDRO GUEVARA BAEZ
TERCER REGIDOR
RÚBRICA
C. MIGUEL ÁNGEL MANILLA TOLEDO
CUARTO REGIDOR
RÚBRICA
C. CARLOS ALBERTO MENDIETA VILLAGRÁN
QUINTO REGIDOR
RÚBRICA
C. ARMANDO MEDINA BECERRIL
SEXTO REGIDOR
RÚBRICA
C. GUILLERMO BENÍTEZ HERNÁNDEZ
SÉPTIMO REGIDOR
RÚBRICA
C. ELIZABETH DUCOING LÓPEZ
OCTAVO REGIDOR
RÚBRICA
C. ROSA MARÍA BARRAGÁN CERVANTES
NOVENO REGIDOR
RÚBRICA
C. APOLONIO RAMÓN TORREZ ARANA
DÉCIMO REGIDOR
RÚBRICA
C. IBISSMAR MAGAÑA SÁNCHEZ
DÉCIMO PRIMER REGIDOR
RÚBRICA
C. ARTURO RODRÍGUEZ RIVERA
DÉCIMO SEGUNDO REGIDOR
RÚBRICA
C. MAURILIO CONTRERAS SUÁREZ
DÉCIMO TERCER REGIDOR
RÚBRICA
C. SOLEDAD CAMACHO MONROY
DÉCIMA CUARTA REGIDORA SUPLENTE
RÚBRICA
C. CHRISTOPHER MORENO ROJAS
DÉCIMO QUINTO REGIDOR
RÚBRICA
C. ALFONSO MONROY LOBERA
DÉCIMO SEXTO REGIDOR
RÚBRICA
C. JUAN MANUEL GÁNDARA MORENO
SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO.
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