Untitled - Corte de Cuentas de la República

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Lic. Johel Humberto Valiente
Presidente de la Corte de Cuentas
Primer Magistrado de la Corte de Cuentas
Segundo Magistrado de la Corte de Cuentas
Licda. Joyce Marvely Hernández de Aguilar
Coordinadora de Diseño
Celdas Estudio
Diseño y Diagramación
Contenido
Mensaje del Presidente de la Corte de Cuentas de la República
3
Presidente de la Corte de Cuentas presenta Informe de Labores 2014 a la Asamblea Legislativa
5
CCR formula el Plan Quinquenal 2015 - 2019
8
Presidente Johel Humberto Valiente divulga Manual de Auditoría Gubernamental
11
Corte de Cuentas crea Subdirección de Control de Calidad de la Auditoría
12
Conferencia sobre Corrupción y Blanqueo de Capitales. Una mirada a través del jurista español
Rafael Rebollo
13
Infográfico: mecanismos y procedimiento de la denuncia ciudadana
14
El Derecho de Acceso a la Información Pública y el Derecho a la Protección de Datos Personales.
El equilibrio entre ambos derechos. Por: Lic. Salvador Molina, Participación Ciudadana de la Corte
de Cuentas.
16
Importancias de las Tecnologías de la Información (TIC´S). Por: Lic. José Salvador Monterrosa,
Auditor TI-Dirección de Auditoría 7, Corte de Cuentas de la República
19
Conferencia sobre “Delito Tributario” en la CCR
22
Corte de Cuentas recupera más de medio millón de dólares por entrega de finiquitos electorales
23
2
Corte de Cuentas de la República
MENSAJE
DEL PRESIDENTE
DE LA CORTE DE
CUENTAS DE LA
REPÚBLICA
LIC. JOHEL
HUMBERTO
VALIENTE
El 18 de marzo tuve el honor de presentar ante
la honorable Asamblea Legislativa, el Informe de
Labores de la Corte de Cuentas de la República,
período fiscal 2014, que plasma el accionar de
esta Administración que presido y que comparto
con los señores Magistrados Raúl Antonio López y
Marco Antonio Grande.
Los principales logros alcanzados a lo largo
del mencionado ejercicio fiscal, han tenido
como particular propósito mejorar los procesos
sustantivos de la Institución encaminados a
fortalecer la transparencia, la fiscalización, el
control de los recursos públicos, el combate de
actividades ilícitas, la participación ciudadana
como visora de los actos de los servidores del
pueblo, así como potenciar las capacidades del
talento humano hacia una conjunción armónica de
trabajo al servicio de los intereses nacionales.
Nuestro trabajo, en términos concretos, es
salvaguardar la riqueza nacional, tratando de que
los recursos lleguen a todos con planes, programas
y proyectos de alcance nacional, contando con
un presupuesto asignado a la Institución de
$37,400,00.00 (treinta y siete millones, cuatrocientos
mil dólares), monto que fue administrado bajo
criterios de transparencia, racionalidad, economía,
eficiencia y legalidad. Se estableció una ejecución
presupuestaria del 97.27%, equivalente a 36,
380,811.35 dólares.
Desde esta perspectiva, planteo los temas que
considero han tenido mayor impacto en la vida
nacional, insistiendo en que la totalidad de
acciones se refleja en la Memoria que está en poder
de los señores diputados y que todo ciudadano
puede consultar para estar al tanto de lo que hace
su Organismo Superior de Control. Nosotros lo
resumimos en cinco capítulos, a saber:
En el primer capítulo se presentan los resultados
obtenidos
de
las
acciones
estratégicas
institucionales, las cuales estuvieron orientadas
a los siguientes objetivos: Fortalecer el Sistema
Nacional de Control y Auditoría de la Gestión
Pública (SINCAGP); Promover y fomentar la
participación ciudadana a través de la denuncia
responsable; Incrementar y fortalecer las relaciones
de cooperación técnica y financiera con organismos
nacionales e internacionales; Mejorar la plataforma
tecnológica en apoyo a la operatividad institucional;
Modernizar y fortalecer el proceso jurisdiccional.
El segundo capítulo se refiere a la gestión del
proceso administrativo de la fiscalización realizada
por el área de auditoría, en el que se desarrollaron
933 acciones de control; de éstas, 276 corresponden
a auditorías financieras, operativas y de gestión a los
Corte de Cuentas de la República
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sistemas informáticos; 657 a exámenes especiales,
dentro de los que se encuentran incorporadas las
denuncias ciudadanas, y se realizaron 98 peritajes.
Además, se muestran los resultados que generaron
los Informes de Auditoría relacionados con los
hallazgos, los montos observados, la evaluación de
servicios y proyectos, así como la contribución de la
labor fiscalizadora.
En el tercer capítulo se detalla la gestión
jurisdiccional realizada por las Cámaras en Primera
Instancia, donde se muestran el total de sentencias
emitidas, evidenciando el compromiso institucional
por mantener la pronta y cumplida justicia en materia
de rendición de cuentas; así como la labor ejecutada
por la Cámara de Segunda Instancia de esta Corte,
la cual resolvió 412 recursos, correspondientes a
383 apelaciones y 29 revisiones, lo cual representó
un incremento del 59% de sentencias, respecto del
año anterior.
El cuarto capítulo corresponde a la gestión de
apoyo y soporte administrativo, dentro de lo cual
se destaca lo siguiente:
• Relaciones con organismos nacionales e
internaciones, que permitió al Organismo
Superior de Control del Estado salvadoreño
firmar Convenios de Cooperación Técnica y
Financiera, contribuyendo de esta manera a
fortalecer la labor de fiscalización.
•
•
Adopción e implementación de herramientas
con estándares internacionales, como
la Norma Internacional de las Entidades
Fiscalizadoras Superiores (ISSAI), Marco
para la Medición del Desempeño de las
Entidades Fiscalizadoras Superiores (MMDEFS), Programa de Creación de Capacidades
de la INTOSAI (International Organization
of Supreme Audit Institutions); todas ellas
propiciaron el desarrollo y modernización de
este Ente Fiscalizador del Estado.
Desarrollo y ejecución de un Plan de Acciones
Estratégicas que permitió dar soporte a los
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procesos sustantivos de la Institución.
• Se dio inicio a la Formulación del Plan
Estratégico Quinquenal 2015-2019.
• Ejecución de acciones que permitieron
mantener la Certificación ISO 9001:2008
en los Procesos de Auditoría y Juicios de
Cuentas.
• Apoyo a los procesos electorales del país,
entregando 2,978 Constancias de Finiquitos
a candidatos para diputados y alcaldes,
en el marco del fortalecimiento de la
institucionalidad y democracia del país.
En lo correspondiente al capítulo quinto, se
presenta la gestión de transparencia institucional
y apertura a la ciudadanía, en el que se impulsó
interna y externamente el cumplimiento de las
Normas Constitucionales y las disposiciones
establecidas en la Ley de Acceso a la Información
Pública (LAIP), con el objeto de garantizar el acceso
de toda persona a la información generada por
esta Institución; asimismo, se abrieron espacios de
participación ciudadana, generando un incremento
de un 76% en la interposición de la denuncia.
Esta Presidencia valora grandemente la creación de
estructuras que dan mayor universo de acción a la
Corte de Cuentas de la República. Hemos creado
la Dirección de Transparencia, la Subdirección de
Ingresos Públicos, la Subdirección de Control de
Calidad de las Auditorías, la Regional de la ciudad
de San Vicente que, junto con sus similares de Santa
Ana y San Miguel nos permite tener un mapeo
nacional y posibilita el acercamiento a los ciudadanos
que requieren de los servicios inmediatos de sus
instituciones. No hemos incrementado el recurso
humano; hemos reubicado personas en puestos
estratégicos para la institución.
Vamos por el camino correcto; queremos estar
cerca de la gente y lo demostramos con hechos.
Gracias al talento humano institucional que es
un valioso soporte para hacer realidad nuestros
proyectos, planes y programas.
Corte de Cuentas de la República
PRESIDENTE DE LA CORTE DE CUENTAS
PRESENTA INFORME DE LABORES 2014 A LA
ASAMBLEA LEGISLATIVA
El Presidente de la Corte de Cuentas de la
República, Lic. Johel Humberto Valiente, presentó
el 18 de marzo el Informe de Labores 2014 ante
el Pleno Legislativo, cumpliendo con el mandato
constitucional establecido en los Artículos 199 de la
Constitución de la República y 111 del Reglamento
Interno de este Órgano de Estado.
Acompañaron al Lic. Valiente, los licenciados
Raúl Antonio López y Marco Antonio Grande,
Magistrados de esta Entidad Fiscalizadora. Durante
la presentación del informe correspondiente al
ejercicio fiscal 2014, el Presidente de la Corte
de Cuentas destacó que se ha promovido el
reconocimiento del quehacer institucional y se
ha cumplido con el compromiso de trabajar de
manera armónica con todos los sectores sociales,
para fortalecer y propiciar el buen uso de los
recursos del Estado, en beneficio de la sociedad
salvadoreña.
La labor de fiscalización se constituyó mediante
dos Unidades Presupuestarias en las que se definió
para cada una, dos líneas de trabajo; en ese sentido,
el presupuesto asignado a la Institución fue de
$37,400,00.00 monto que fue administrado bajo
criterios de TRANSPARENCIA, RACIONALIDAD,
ECONOMÍA, EFICIENCIA Y LEGALIDAD, logrando
con ello una ejecución presupuestaria del 97.27%,
equivalente a $36,380,811.35.
Corte de Cuentas de la República
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El Presidente Johel Humberto Valiente y Magistrados
Raúl Antonio López y Marco Antonio Grande,
presentaron el Informe de Labores 2014 en Sesión
Plenaria realizada en el salón Azul de la Asamblea
Legislativa, el 18 de marzo del presente año. Los
funcionarios abrieron en la legislatura el período de
lectura de informes de las distintas instancias de la
Administración Pública.
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Corte de Cuentas de la República
Artículo 199 de la Constitución de la
República.
Artículo 111 del Reglamento Interno
de la Asamblea Legislativa
Art. 199.- El Presidente de la Corte
de Cuentas rendirá anualmente a
la Asamblea Legislativa un informe
detallado y documentado de las
labores de la Corte. Esta obligación
deberá cumplirse dentro de los tres
meses siguientes a la terminación del
año fiscal.
ARTÍCULO
111.Informe
del
Presidente de la Corte de Cuentas de
la República La Asamblea, en sesión
plenaria, recibirá personalmente del
Presidente de la Corte de Cuentas
de la República, el informe anual de
labores de la Institución, dentro de los
tres meses siguientes a la terminación
del año fiscal. Este informe deberá
ser detallado y documentado, de
manera que ilustre adecuadamente a
la Asamblea.
El incumplimiento de esta obligación
se considerará causa justa de
destitución del Presidente de ese
organismo.
Corte de Cuentas de la República
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CCR FORMULA EL PLAN
QUINQUENAL 2015 – 2019
La Corte de Cuentas de la República inició el
2 de febrero, la ejecución de un Plan de Acción
aprobado por la Presidencia, para la formulación,
implementación y medición del Plan Estratégico
Quinquenal (PEQ) 2015-2019.
El Director de Planificación y Desarrollo
Institucional, Lic. Marco Vinicio Escobar, dio a
conocer el Plan de Acción que define las líneas de
trabajo y los responsables de liderarlas, quedando
conformados seis equipos de trabajo (un
Comité para el Pensamiento Estratégico y cinco
comisiones) con 50 servidores representativos de
todas las unidades organizativas.
La CCR, con el apoyo del Banco Interamericano
de Desarrollo, realizó un diagnóstico institucional
resultante de la aplicación del Marco de Medición
del Desempeño de Entidades Fiscalizadoras
Superiores (conocido por sus siglas en inglés,
como MMD o SAI/PMF),metodología de la
Organización Internacional de EFS (INTOSAI)
para medir, monitorear, gestionar e informar el
desempeño de una EFS.
8
Y es a partir de esta evaluación que la Corte ha
definido las seis líneas de acción, siendo estas:
el fortalecimiento de la rendición de cuentas,
el mejoramiento de la calidad de los procesos
de auditoría y de los juicios de cuentas, el
aseguramiento de la existencia de los recursos,
habilidades y conocimientos necesarios para que
la CCR cumpla efectivamente con sus propósitos
institucionales y legales; las comunicaciones y
tecnologías (TIC`S) y el marco legal actual de la
CCR, que serán analizadas en su profundidad por
el Comité y las comisiones de trabajo.
“De este modo, todas las unidades organizativas
quedan vinculadas y revestidas con el proceso
de construcción de un nuevo modelo de gestión
institucional, a partir de los lineamientos de la
INTOSAI, que han sido acoplados por las EFS
de la mayoría de los países del mundo“ explicó
el Lic. Escobar.
El Plan Quinquenal 2015-2019 marca
la ruta del trabajo de nuestra
Entidad Fiscalizadora Superior.
Corte de Cuentas de la República
Funcionarios y técnicos de la institución, miembros del Comité para el
Pensamiento Estratégico y miembros de las comisiones de trabajo, afinan detalles
del Plan que está por implementarse en la Corte de Cuentas de la República
Corte de Cuentas de la República
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El Comité para el Pensamiento Estratégico
sostuvo a mediados de febrero su primera reunión
de trabajo y se tiene previsto que el PEQ 20152019 del Organismo Superior de Control esté
diseñado a más tardar en marzo y echarlo a andar
a la brevedad posible.
Por más de 50 años, la INTOSAI ha proporcionado
un marco institucional para la transferencia y el
aumento de conocimientos que buscan mejorar a
nivel mundial la fiscalización pública exterior y, por
lo tanto, fortalecer la posición, la competencia y
el prestigio de las distintas EFS en sus respectivos
países.
Comisiones que trabajan en la formulación del
PEQ 2015-2019
En el proceso de construcción de un nuevo
modelo de gestión del Organismo Superior de
Control del Estado salvadoreño, los equipos
definidos por la Presidencia de la institución para
la formulación, implementación y medición del
Plan Estratégico Quinquenal (PEQ) 2015-2019,
han intensificado su trabajo desde el pasado mes
de febrero, según calendarización.
En total son cinco las comisiones que trabajan en
este esfuerzo: Comisión para el Análisis Interno de
la Institución, Comisión para el Fortalecimiento y
Calidad del Proceso de Fiscalización, Comisión
para el Análisis Tecnológico de la Institución,
Comisión para el Fortalecimiento y Calidad
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del Proceso Jurisdiccional y Comisión para
la Definición de la Normativa de Monitoreo y
Cumplimiento del PEQ. 2015-2019.
A finales de febrero, el Presidente de la CCR,
Lic. Johel Humberto Valiente, aprobó un Plan
de Acción que establece las líneas de trabajo y
los responsables de liderarlas: 50 servidores de
todas las unidades organizativas, integrados en
un Comité para el Pensamiento Estratégico y
cinco comisiones. La Corte tiene previsto que
su PEQ quede diseñado, a más tardar en marzo,
para ejecutarlo a la brevedad posible; para ello,
el Comité para el Pensamiento Estratégico y la
Comisión para el Análisis Interno de la Institución,
ha sostenido reuniones permanentes.
Mediante la aplicación de la metodología de
la Organización Internacional de Entidades
Fiscalizadoras Superiores, INTOSAI, denominada
“Marco de Medición del Desempeño de
Entidades Fiscalizadoras Superiores” (MMD o
SAI/PMF, por sus siglas en inglés), la CCR elaboró
el diagnóstico, a partir del cual ha definido las
líneas de acción que permitirán acortar la brecha
entre el desempeño institucional actual y los
estándares internacionales utilizados por las EFS
del mundo.
De ahí que estos equipos de trabajo, estudiarán
a profundidad las líneas de acción detalladas
anteriormente.
Corte de Cuentas de la República
El presidente de la Institución,
Lic. Johel Humberto Valiente,
dijo que el Manual de Auditoría
Gubernamental ya está vigente
para las instituciones públicas.
PRESIDENTE JOHEL HUMBERTO VALIENTE
DIVULGA MANUAL DE AUDITORÍA
GUBERNAMENTAL
La Corte de Cuentas de la República se encuentra
actualmente actualizando su normativa a fin de
modernizar el proceso de auditoría de la gestión
gubernamental.
En este marco, la CCR ha concluido la elaboración del
nuevo Manual de Auditoría Gubernamental (MAG)
que contribuirá a que los auditores gubernamentales
dispongan de un instrumento técnico para el
desarrollo de su trabajo de auditoría, en sus
diferentes modalidades, permitiéndoles incrementar
la eficiencia, eficacia, excelencia y efectividad en el
desempeño de sus funciones.
En febrero de 2014, el Ente Fiscalizador emitió las
nuevas Normas de Auditoría Gubernamental (NAGs)
y las Normas de Auditoría Interna Gubernamental
(NAIGs), las cuales junto al MAG permitirá que las
entidades públicas auditadas mejoren su gestión
para beneficio de nuestra población, al lograr el
cumplimiento de las recomendaciones de auditoría.
“Desde mi llegada a la Institución he tenido el privilegio
de trabajar en forma conjunta con profesionales
de alto nivel técnico que han capitalizado muchas
experiencias en beneficio de la institución; y como
resultado del esfuerzo del trabajo en equipo realizado,
podemos disponer de este instrumento técnico que
contiene los procedimientos correspondientes a las
fases de Planificación, Ejecución e Informe, los cuales
servirán de guía en el desarrollo de las Auditorías
Financieras, Auditorías Operativas o de Gestión y
Auditorías de Examen Especial en las entidades
públicas”, ha manifestado el Presidente de la CCR,
Lic. Johel Humberto Valiente.
Puede ser consultado en el sitio web de la institución:
www.cortedecuentas.gob.sv/transparencia/marco-normativo
Corte de Cuentas de la República
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El presidente Johel Humberto Valiente inauguró
oficialmente la Subdirección de Control de Calidad de
la Auditoría, que depende organizacionalmente de la
Dirección de Auditoría Interna.
CORTE DE CUENTAS CREA
SUBDIRECCIÓN DE CONTROL DE
CALIDAD DE LA AUDITORÍA
En el marco del proceso de modernización
de la fiscalización y el control que le compete
desarrollar a la Corte de Cuentas de la República,
el Presidente Lic. Johel Humberto Valiente, y los
señores Magistrados, licenciados Raúl Antonio
López y Marco Antonio Grande, informaron de
la creación de la Subdirección de Control de
Calidad de la Auditoría.
Esta nueva unidad dependerá de la Dirección
de Auditoría Interna, y dentro de sus funciones
estará maximizar el impacto de los procesos
de auditoría, garantizando que se ejecuten de
manera ecuánime.
Para dar seguimiento a este proceso de
modernización, se realizarán eventos de
capacitación dirigidos a los auditores y jefes
de equipos de las oficinas centrales y de las
Oficinas Regionales de San Miguel, Santa Ana y
San Vicente, a fin de que el personal operativo
expanda sus conocimientos en el Proceso de
Control de Calidad durante y después de la
Auditoría.
“Es de interés de esta Presidencia que se
intensifiquen los procesos de calidad en la
auditoría ya que la CCR las realiza para que la
12
gestión gubernamental en general, sea ejecutada
aplicando criterios
de eficacia, eficiencia,
excelencia, calidad y economía, logrando a
través de nuestro trabajo, mayor bienestar y
calidad de vida a la población salvadoreña,”
señaló el Presidente.
Fungirá como Subdirector de Control de Calidad
de la Auditoría, el Lic. José Santiago Portillo, a
quien le corresponderá coordinar el trabajo
de los Revisores de Calidad, llamados por el
titular de la CCR “aliados de los auditores”,
en tanto tendrán la responsabilidad de brindar
acompañamiento técnico en el proceso de las
auditorías, para ir creando una cultura de calidad
que mejore sustancialmente los productos que
genera la Corte.
La creación de esta Subdirección tiene su
fundamento técnico en las Normas Internacionales
de
Entidades
Fiscalizadoras
Superiores
(ISSAIs) de la Organización Internacional de
Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI),
específicamente la número 40 que se refiere a
la responsabilidad de los líderes de las EFS para
garantizar la calidad, incorporando actividades
de monitoreo o de revisión en los procesos de
auditoría.
Corte de Cuentas de la República
PALABRAS. El Primer Magistrado de la CCR, Lic.
Raúl Antonio López, hizo la presentación oficial
del jurista español, Dr. Rafael Rebollo Vargas.
CONFERENCIA SOBRE CORRUPCIÓN Y
BLANQUEO DE CAPITALES. UNA MIRADA
A TRAVÉS DEL JURISTA ESPAÑOL RAFAEL
REBOLLO
EL abogado español, Rafael Rebollo Vargas,
abarrotó a finales de enero las instalaciones del
auditorio de la Corte de Cuentas de la República y
ante más de 500 servidores públicos de la institución
fustigó como una lacra de enormes proporciones
los delitos de corrupción y el lavado de dinero o
blanqueo de capitales.
“La corrupción es muy difícil de detectar, algunas
prácticas hasta parecen normales: el hecho que se
pague y que se reciba. La corrupción política es una
de las enfermedades más crueles y más dolorosas de
una sociedad democrática. La acumulación de casos
de corrupción política en un Estado democrático
nos lleva a convertirnos en un Estado realmente
fallido”, fueron frases punzantes del reconocido
conferenciante europeo, profesor de Derecho
Penal de la Universidad de Barcelona, España,
quien junto con su coetáneo Luis Gracia Martín, han
pasado en los últimos días por nuestro Organismo
Superior de Control para hablarnos de temas
candentes y de actualidad como es la corrupción,
el lavado de dinero y los delitos tributarios, temas
de interés para nuestros funcionarios y técnicos que
en el quehacer diario se enfrentan a ilícitos cada vez
más complicados y difíciles.
El propósito precisamente de esta ponencia del
jurista Rebollo Vargas fue que magistrados, jueces
de cuentas, colaboradores jurídicos, auditores y
técnicos de la CCR conocieran las herramientas
legales que se deben emplear para combatir
y reducir los niveles de corrupción en la esfera
pública.
Puso de manifiesto Rebollo Vargas que los actos
de corrupción se encuentran en estrecha relación
con los delitos de blanqueo de capitales, porque
se convierten en el instrumento necesario para el
disfrute y el aprovechamiento de los ingresos de
ilícitos. La corrupción facilita el lavado de activos,
corrompiendo a los funcionarios encargados
de perseguir y sancionar el delito, como son las
policías y los tribunales de justicia. El flagelo ese
ocasiona serias consecuencias a una Nación, matizó
el conferenciante.
Calificó además a la corrupción como uno de
los grandes obstáculos para el desarrollo y el
crecimiento económico de un país y es amenaza
para el desarrollo político y económico de los
Estados.
Dijo claramente que los actos de corrupción
afectan de manera directa la credibilidad, la
honra y el prestigio de personas e instituciones
y por su complejidad es difícil de perseguir
policial y judicialmente, dado la inmediatez de
las transacciones, la facilidad de desplazamiento
y la utilización de medios técnicos altamente
sofisticados. A todo esto se suma la colaboración
de algunos de los mejores expertos en la ingeniería
financiera para hacerlo aún más invisible.
El blanqueo de dinero no solo es el ingreso que
proviene del narcotráfico, sino los dineros que un
funcionario recibe como resultado de sobornos a
cambio de permisos, autorizaciones y licencias para
desarrollar actividades ilícitas, sentenció.
Corte de Cuentas de la República
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14
Corte de Cuentas de la República
Corte de Cuentas de la República
15
EL DERECHO
DE ACCESO A LA
INFORMACIÓN PÚBLICA
Y EL DERECHO A LA
PROTECCIÓN DE
DATOS PERSONALES.
EL EQUILIBRIO ENTRE
AMBOS DERECHOS
Por: Lic. Salvador Molina, Jefe del
Departamento de Participación Ciudadana,
Corte de Cuentas de la República.
Desde que se comenzó a hablar en las diferentes
latitudes sobre el Derecho a la Protección de
Datos Personales y más recientemente del
Derecho de Acceso a la Información Pública,
ambos con asidero y fundamento constitucional,
se comenzó a tener choques de pensamiento
en relación a la prevalencia de ambos derechos
, y en las distintas sociedades en que se tiene
dentro de sus sistemas jurídicos y nuestro país
no es la excepción, para que exista en algún
momento diferentes criterios en relación a la
prevalencia de alguno de estos derechos sobre
el otro; en relación a lo cual no podemos dejar
de mencionar que ambos se sustentan en una
base constitucional y que representan un paso
adelante en la consolidación de la democracia
en nuestro país
Por una parte, el Derecho de Acceso a la
Información Pública, viene a romper con el
principio denominado ARCANA IMPERI o
Imperio del Secreto, que se refiere precisamente
a privilegiar la secretidad de las cuestiones de
Estado, es decir, en donde el principio imperante
era o ha sido la secretidad de la información
pública, que ha tenido a su base la estructura del
Poder Político.
Como bien lo expresó el Relator Especial para la
Libertad de Expresión de las Naciones Unidas,
en su informe anual en 1999, con respecto
16
al derecho del público a la información: “La
información permite que las personas escruten
las acciones del gobierno y es la base para un
debate apropiado, e informado sobre tales
acciones. Sin embargo, la mayoría de los
gobiernos prefieren conducir la cosa pública
en secreto, en Swahili, una de las palabras que
denominan al gobierno significa: secreto feroz.
Inclusive los gobiernos democráticos prefieren
realizar la mayor parte de sus actividades fuera
de la mirada del público.
Quedando a discreción de los funcionarios de
turno cuál es la información que proporcionarán,
lo cual privilegia los temas de tráfico de
influencia, fomento de la corrupción, manejo
de información privilegiada en grupos de poder
cercanos a los funcionarios que manejan este
tipo de información.
Hoy por hoy, hemos alcanzado un enorme
logro con la promulgación y posterior vigencia
de la Ley de Acceso a la Información Pública
(LAIP), gracias al impulso y lucha, previa a su
vigencia, con el concurso del llamado Grupo
Promotor de esa iniciativa de Ley, el que estaba
integrado por las prestigiosas universidades
Dr. José Matías Delgado, y José Simeón Cañas
(UCA), y otros centros de pensamiento como
FUSADES. Pasando del estadio de la Arcana
Imperio, a la etapa de máxima divulgación de la
Corte de Cuentas de la República
información, en donde la citada ley ha dejado
claro la prevalencia del principio de máxima
publicidad de la información pública en poder
de los entes estatales y sus dependencias, salvo
las excepciones expresamente establecidas por
la referida Ley; y que en caso de duda se deberá
de hacer prevalecer el criterio de la publicidad
de tal información.
Es importante no omitir que la protección de
datos personales es un derecho humano de
rango constitucional cuyo objetivo es proteger
los datos e información de carácter privado de
sus respectivos titulares, la cual se sustenta en
los derechos a la intimidad y en el derecho a la
privacidad. No obstante, no hay una regulación
de ley secundaria específica para este derecho
que necesitaría de una normativa específica
para cubrir todas las aristas que el mismo tiene;
pero sí existe regulación sobre el mismo dentro
de la Ley de Acceso a la Información Pública,
en el Titulo III de ese cuerpo de Ley, que se
refiere precisamente a los datos personales y su
protección.
Resulta claro que ambos derechos en comento
son pilares para el fortalecimiento de la
democracia y, a la vez, que este régimen debe
garantizar los mismos, para producir un círculo
virtuoso en torno al impulso de la transparencia,
la gobernabilidad y la madurez de esta.
JERARQUÍA DE AMBOS DERECHOS
Hemos dicho que ambos derechos tienen sus
fundamentos en nuestra Carta Magna, por ello
tienen igual nivel normativo:
El primero se basa en el Derecho a la Libertad
de Expresión, el que presupone el Derecho
de Acceso a la Información Pública; y en el
presupuesto de que toda persona tiene derecho
a hacer peticiones por escrito a las autoridades
legalmente establecidas, y a que se le haga
saber lo resuelto, de acuerdo al Art. 18 de la
Constitución de la República, el cual ha sido
desarrollado en la LAIP.
El segundo, el Derecho a la Protección de Datos
Personales se basa en la autodeterminación
informativa incluido en el Art. 2 de nuestra
Constitución, así como en otros derechos
de igual rango como la inviolabilidad de
correspondencia, el derecho a la propia
imagen, etc., asimismo ambos derechos
tienen un fundamento extra constitucional,
en instrumentos internacionales de Derechos
Humanos, para el caso ambos están consagrados
en la Declaración Universal de Derechos
Humanos, en donde el Art. 19 de esta normativa
de reconocimiento internacional establece : “
Todo individuo tiene derecho a la Libertad de
opinión y expresión; este derecho incluye el de
no ser molestado a causa de sus opiniones , el
de investigar y recibir informaciones y opiniones,
… por cualquier medio de expresión”. De igual
forma el Art. 12 de dicha Declaración Universal
reza: “Nadie podrá ser objeto de injerencias
en su vida privada, su familia……toda persona
tiene derecho a la protección de la ley contra
tales injerencias y ataques “.
El presente artículo reviste trascendental
importancia ya que en el ejercicio de sus
aplicaciones, los derechos en comento pueden
entrar en colisión, aunque otras veces se
pueden complementar, siendo un caso concreto
de ello cuando alguna entidad pública debe
rendir cuentas a las personas. Ocurriendo con
mayor frecuencia lo primero, debido que los
entes de gobierno y sus dependencias reúnen
gran cantidad de datos personales lo cual
en determinados casos provoca situaciones
de conflicto en relación con el acceso a la
información confidencial. Estos últimos deben
ser protegidos por los entes estatales que los
tienen y representan la excepción a la aplicación
del principio de máxima divulgación regulado
en los Art. 31 y 32 que señalan los deberes de
los entes obligados en relación a la protección
de los datos personales.
Es importante apuntar en los casos de conflictos
de intereses y colisiones referidos, debe de
establecerse una frontera y/o un equilibrio entre
el acceso a la información y la protección de
datos personales. Este es uno de los aspectos
más delicados de la dogmática jurídica de
los derechos fundamentales, en el sentido de
establecer una solución en aquellos casos que
tales derechos parecen colisionar.
En este caso la dogmática ha recomendado buscar
los puntos de contacto en lugar de los puntos de
conflicto, al efecto de encontrar acercamientos
Corte de Cuentas de la República
17
interpretativos, para que las colisiones no sean
insalvables, sin causar perjuicio a uno u otro derecho
o al menos tratar de encontrar una justificación
razonablemente justa para cada caso concreto, sin
que se sacrifique uno en perjuicio del otro.
Este conflicto de derechos es una realidad que se
ha dado en otros países que han implementado
leyes de acceso a la información pública, y que
hoy también en nuestro país se hacen presentes, y
al minuto se comienzan a presentar divergencias
de opiniones en relación a proporcionar o no
información que está en poder de una entidad
pública y que contenga datos personales.
entregará información requerida, en los casos de
aquella que fuere clasificada de acuerdo a sus
reglas como Información Reservada ; y tampoco
la que se califique de acuerdo a la misma ley
como información confidencial, que es la que
contiene datos personales y sensibles .
Pero se presenta a su vez una excepción para
poderla divulgar, en los siguientes casos:
a)
En relación con la información reservada,
aplicando lo regulado en el artículo 29 en
la Ley de Acceso a la Información Pública,
en donde le da la facultad al Instituto de
Acceso a la Información, para que resuelva
sobre los casos de divergencia de opinión en
cuanto a la procedencia o no para divulgar
información reservada, en cuyo caso per-se,
dicha entidad podrá apoyarse en la prueba
del daño, para decidir la procedencia o no
de dar tal información.
b)
En el caso de información confidencial, que
contenga datos personales , nuestra ley de
la materia aplica una excepción general
que consiste en no dar información que
contenga tales datos , estableciendo de
manera imperativa en su Art. 34 que los
entes obligados deberán proporcionar
datos personales sin el consentimiento
de su titular, en los casos concretamente
definidos de forma expresa en el referido
Artículo, el cual es claro para dar solución
a cualquier conflicto que se presente una
controversia en la aplicación de los referidos
derechos, lográndose con ellos establecer
un balance o equilibrio entre ambos.
Esta situación amerita un análisis serio y una
interpretación de cada caso.
Ya en otros países que tienen leyes que regulan
ambos derechos, han optado por ciertas
pruebas, por medio de las cuales se valora por
la Institución rectora del acceso a la información
pública, el grado de interés general de conocer
una determinada información sobre el interés
privado de protegerla.
Nuestra ley de país no reguló en forma expresa
estos tipos de pruebas, denominadas: prueba
del interés público y prueba del daño al
interés protegido por ley; lo cual me parece
pragmático para dar salida al aparente choque
de intereses entre los derechos apuntados, con
el fin de encontrar la solución razonablemente
justa de cada caso concreto , nuestra ley ha
dejado plasmado en el contenido de su cuerpo
normativo que la regla general es la máxima
divulgación de la información en poder de los
entes obligados, y que solo por excepción no
18
Corte de Cuentas de la República
IMPORTANCIA
DE LAS
TECNOLOGÍAS DE
LA INFORMACIÓN
(TIC’S)
Por : Lic. José Salvador Monterrosa
Auditor TI-Dirección Auditoria 7
Corte de Cuentas de la República
Hablando hace unos días atrás con algunos
administradores de la información digital,
de diferentes compañías que hacen uso de
dispositivos electrónicos para el manejo de
información, nos hicimos algunas preguntas
como las siguientes: qué es información
digital, qué información resguardar, cómo
hacer y determinar las características de la
información en crítica, sensible, privada y
pública? Dónde las resguardo, la información
interna o externamente; esto nació por lo que
muchas personas llamadas hackers, publican
información que para muchos privada, para
otros, públicas, para muy pocos crítica y para
otros sensible, tema que hoy día tiene de pelos
a los diferentes gerentes de TI y proveedores
de servicios tecnológicos relacionados con
información, ya que estás personas tienen
acceso a los servidores que aparentemente
resguardan la información, de sus clientes, lo cual
concluimos que la tecnología de la información
está disponible por igual para todas las
organizaciones y sus usuarios. La diferenciación
está en el manejo de la información producida
por dicha tecnología, y no existe ningún sistema
seguro en su totalidad, y la generalidad es que
la información es accedida desde dentro hacia
fuera de las compañías, ya que el 80% de los
problemas de seguridad de la información
están dentro de las propias empresas, y el 85%
de los problemas internos de seguridad son
causados por fallas humanas, sin mala intención,
y la falta de una campaña integrada entre la alta
administración y sus empleados para mitigar
los riegos de acceso no autorizado y robo de la
información.
La era digital ha cambiado la vida para muchas
compañías, unas han alcanzado (ganancias)
grandes cantidades de dinero con el tema
de manejo seguridad de la información; otras
compañías han visto literalmente la quiebra
por no implementar acciones que conllevan a
reguardar la información de sus clientes, por lo
que, los diferentes usuarios internos de niveles
bajos medios y alta dirección de organización
deben ser conscientes de su papel, minimizando
el riesgo y creando un nivel eficaz de seguridad.
Los gerentes de TI deben de tomar muy en
cuenta que la seguridad no es un esfuerzo de
única vez, ya que “la buena seguridad mejorará
la reputación, la confidencialidad y la confianza
de otros con quienes se dirige el negocio;
puede ahorrar tiempo y dinero”.
El objetivo de la seguridad de información
es proteger los intereses de aquellos que
confían en la información y en los sistemas y
comunicaciones que la entregan, del daño
resultante de fracasos de: disponibilidad;
confidencialidad; la información se revela solo
a aquellos que tienen derecho para conocerla;
integridad, la información es protegida contra
la modificación no autorizada y la autenticidad
y no repudio, que puede confiarse en el
intercambio de transacciones e información, la
protección se logra a través de los resguardos
técnicos y no-técnicos, que varían según los
tipos de usuarios y, algo muy interesante que
para muchas compañías que se conformaron
con la implementación de procesos que en
la actualidad no son viables y no garantizan
la confidencialidad de la información digital
Corte de Cuentas de la República
19
procesada, necesariamente se debe seguir
el paso de los cambios tecnológicos para la
seguridad de la información.
¿Qué es información digital?
El concepto de información digital se aplica para
todo aquello que está representado mediante
ceros y unos dentro de las bases de datos de los
sistemas de información instaladas dentro de una
computadora.
La información digital no sólo son textos, también
se incluyen las imágenes, el audio y el video
que al igual que los textos tienen diferentes
formatos, codificaciones y representaciones en
el mundo digital, convertidos a formato digital
y almacenados en archivos que se distinguen
unos de otros mediante el empleo de etiquetas
pegadas al nombre que distinguen su naturaleza
(doc, txt, jpg, gif, wav, etc).
Es aquí donde el trabajo de una biblioteca digital
dentro de las compañías se vuelve más complejo, ya
que para conformar el repositorio de información
se deben encontrar estándares eficientes para
resguardar y clasificar la información en texto,
imágenes, audio y video, el estándar para la
representación del texto es el SGML siendo esta
una tendencia mundial, ya que sus bondades y
características para la estructuración de texto lo
hacen un buen aliado de las bibliotecas digitales
dentro de las compañías.
Los riesgos actuales: ¿Por qué la Seguridad de
Información es importante?: esta es una pregunta
muy interesante que se hacen los diferentes
usuarios y alta dirección de organización, debido
a que si invierten recursos económicos, materiales
y humanos para que aparentemente información
sea segura, confidencia y oportuna.
•
Las nuevas tecnologías introducen nuevas
funcionalidades, así como nuevos y
complejos riesgos.
•
Aumenta la dependencia de TI y significa
un impacto más grave cuando hay una falla
de seguridad.
•
Deben protegerse los datos personales y
empresariales como parte de la expansión
del comercio electrónico.
•
Las mejoras a la seguridad de información,
puede llevar a obtener una mejora en la
ventaja competitiva, puede generar la
20
confianza y puede reforzar la ‘performance’
comercial.
¿Qué información resguardar?
Esto dependerá de la clasificación y necesidad
del tipo de información que se maneja, tema muy
subjetivo debido a que para unos la información
que manejan es sensible y para otros la misma
información no representa ningún peligro; muchos
gerentes de TI y dueños de procesos dentro
de las compañías no saben qué información
resguardar, es un tema de discordia debido a que
no se cuenta con procedimientos de Inventario
de Información, para determinar la valoración de
criterios de selección de información, términos de
su valor, sensibilidad, criticidad y requerimientos
legales y determinar los niveles de seguridad
a implementar; por un lado el gerente de TI,
manifiesta que se invierte en dispositivos de
almacenamiento (cintas magnéticas y discos
duros de servidores), y la realización de estudios
de proyección de crecimiento mediante el
monitoreo de la información digital que transita
por toda la compañía valorando las necesidades
reales de los usuarios y análisis de alternativas
para su resguardo y, por otro lado, los dueños de
los procesos manifiestan que toda la información
procesada hay que resguardar y proporcionarle el
debido cuidado, todo esto hace que no pongan
en acuerdo para implementar procedimientos de
respaldos tomando en cuenta la característica de
la información y su clasificación:
a) Datos personales: la información privada
concerniente a una persona, identificada
o identificable, relativa a su nacionalidad,
domicilio, patrimonio, dirección electrónica,
número telefónico u otra análoga.
b)
Datos personales sensibles: los que
corresponden a una persona en lo
referente al credo, religión, origen étnico,
filiación o ideologías políticas, afiliación
sindical, preferencias sexuales, salud física
y mental, situación moral y familiar y otras
informaciones íntimas de similar naturaleza
o que pudieran afectar el derecho al honor,
a la intimidad personal y familiar y a la
propia imagen.
c)
Información pública: es aquella en poder
de los entes obligados contenida en
documentos, archivos, datos, bases de
datos, comunicaciones y todo tipo de
registros que documenten el ejercicio de
Corte de Cuentas de la República
sus facultades o actividades, que consten
en cualquier medio, ya sea impreso, óptico
o electrónico, independientemente de
su fuente, fecha de elaboración, y que
no sea confidencial. Dicha información
podrá haber sido generada, obtenida,
transformada o conservada por éstos a
cualquier título.
información clasificada privada, sensible, critica
y publica, para dar a conocer toda aquella
información de interés público y adopten un
conjunto mínimo de controles de seguridad para
proteger su información.
d)
Información oficiosa: es aquella información
pública que los entes obligados deberán
difundir al público en virtud de esta ley sin
necesidad de solicitud directa.
e)
Información
reservada:
es
aquella
información
pública
cuyo
acceso
se restringe de manera expresa de
conformidad con esta ley, en razón de
un interés general durante un período
determinado y por causas justificadas.
Este debe de depender de las políticas
implementadas y valorando el costo beneficio
para determinar los niveles de criticidad, para el
control de información y la valoración de criterios
de selección de información, términos de su
valor, sensibilidad y criticidad y estableciendo los
pasos necesarios para estabilizar la información
y las operaciones informáticas, en caso de
producirse una eventualidad que afecte la
información digital resguardada.
¿Cómo hacer y determinar las características
de la información en crítica, sensible, privada
y pública?
En la seguridad de la información es importante
señalar que el manejo está basado en la
tecnología y debemos de saber que puede ser
confidencial: la información está centralizada y
puede tener un alto valor. Puede ser divulgada,
mal utilizada, ser robada, borrada o saboteada.
Esto afecta su disponibilidad y la pone en riesgo.
La información es poder, y según las posibilidades
estratégicas que ofrece tener acceso a cierta
información; esta se clasifica como:
Crítica: Es indispensable para la operación de la
empresa.
Valiosa: Es un activo de la empresa y muy valioso.
Sensible: Debe de ser conocida por las personas
autorizadas
Actualmente existe una Ley de Acceso a la
Información Pública, (LAIP), en el Gobierno
Publico que tiene como propósito garantizar
el derecho de acceso de toda persona a la
información pública y toda persona tiene derecho
a solicitar y recibir información generada,
administrada o en poder de las instituciones
públicas, aseveración muy comprometedora,
a mi punto de vista las instituciones públicas
y privadas tienen que tener un inventario de
¿Dónde resguardo la información, interna o
externamente?
Si se ha decidido tercerizar o subirlo a la nube la
información para su resguardo, esto implica dejar
de tener control sobre ellos. Nunca se puede
estar seguro de quién accede a esa información
o si está o no protegida como debe ser.
Eso un riesgo para usuarios particulares pero
aún más para las empresas. Ellas deben confiar
informaciones internas y confidenciales a un
tercero, que puede o no ser fiable.
•
Desde hace un tiempo atrás vengo
escuchando hablar de resguardar la
información en la nube, terminología
utilizada por los grades proveedores de
TI, como iCloud de aple, google, yahoo,
microsoft a través de Windows Live
Essentials, SkyDrive, amazon entre otros,
que proporcionan servicios de resguardo y
disponibilidad de información en cualquier
lugar que te encuentres; muchos aseguran
que la “resguardar la información en la
nube” puede ayudar a que las empresas
satisfagan los altos requerimientos de
bajo costo total de propiedad (TCO),
alto retorno de la inversión (ROI), mayor
eficiencia, aprovisionamiento dinámico
de la información. Sin embargo, muchos
profesionales de TI afirman que los riesgos
elevados asociados a confiar activos de
información a la nube deben entenderse
claramente y ser manejados por las partes
relevantes interesadas.
Corte de Cuentas de la República
21
Ponente. Jurista español Luis
Gracia Martín, exponiendo sobre
Delito Tributario.
Servidores públicos de la Corte
de Cuentas y otras instituciones
escucharon con atención la ponencia
de Gracia Martín.
CONFERENCIA SOBRE “DELITO
TRIBUTARIO” EN LA CCR
Alrededor de 400 servidores públicos entre jueces
de cuentas, colaboradores jurídicos y auditores
de la Corte de Cuentas así como técnicos del
Ministerio de Hacienda y Fiscalía General de la
República, participaron en la conferencia magistral
que sobre Delito Tributario impartió el reconocido
jurista español Luis Gracia Martín.
“La criminalidad fiscal o tributaria amenaza
gravemente a la democracia de cualquier Estado”,
dijo de entrada el doctor Gracia Martín, en el marco
de la Conferencia organizada por la Presidencia de
la Corte de Cuentas de la República y que captó la
atención no solo en nuestro Organismo Superior de
Control sino en analistas y críticos de la situación
política en El Salvador.
El ponente, un destacado catedrático de la
Universidad de Zaragoza y autor de una veintena de
libros sobre distintas facetas del Derecho, señaló
enfáticamente en una parte de su alocución que
“el criminal económico, el defraudador fiscal, el
delincuente financiero es poseedor de características
comunes, son narcisistas, egoístas e hipócritas, que
están convencidos de que la Ley no está hecha para
ellos; están enfocados exclusivamente en cumplir
sus propósitos de enriquecimiento ilícito, están
dispuestos a todo”.
Advirtió que “Es imposible imaginar la comisión
del delito económico sin la complicidad de los
funcionarios públicos, a quienes hizo la siguiente
exhortación: “La corrupción y el fraude son factores
que amenazan la existencia del Estado; por ello
deben ser combatidos con nuestras armas (la
Ley) y nuestras fuerzas, aunque por sus propias
características sea difícil de erradicar.
22
En toda su intervención el jurista español adornó
con ejemplos su variada tesis del Delito Tributario,
asumiendo total conocimiento de casos típicos
registrados en su país y que han salpicado hasta a la
misma corona española pasando por toda clase de
funcionarios calificados de proclives a apoderarse
de caudales públicos y que han rozado las cárceles
de aquel país.
Estimaciones optimistas consideran que anualmente
se produce una evasión tributaria de 90 mil millones
de euros, cantidad con la cual se podrían cubrir
gastos de las pensiones y del desempleo del país
ibérico. “Los perjuicios económicos producidos
por el delito tributario nos hacen víctimas a todos,
puesto que el Estado no puede contar con esos
recursos defraudados, y se ve en la obligación de
elevar el Impuesto sobre la Renta, el mismo IVA,
para alcanzar la suma y pagar los gastos previstos
en el Presupuesto Anual, abundó más adelante
el reconocido disertante, para quien si el Estado
lograse erradicar el fraude fiscal, podría reducir el
impuesto sobre la renta en un 30 o 35 por ciento.
También mencionó a varios países latinoamericanos
con hechos concretos de defraudación al Estado.
Fortunas mal habidas, cuestionó.
Luego de su intervención de casi tres horas,
Gracia Martín compartió y respondió a muchas
preguntas de la audiencia. Una aprobación a lo
expuesto por el disertante-acucioso y crítico, con
conocimiento profundo del tema- se dejó escuchar
entre los asistentes, todos profesionales y técnicos
de la Corte de Cuentas, Ministerio de Hacienda y
Fiscalía General de la República, tres entes públicos
llamados a combatir este tipo de delito de cuello
blanco.
Corte de Cuentas de la República
CORTE DE CUENTAS RECUPERA MÁS
DE MEDIO MILLÓN DE DÓLARES POR
ENTREGA DE FINIQUITOS ELECTORALES
INFORMAN. Primer Magistrado, Lic. Raúl Antonio
López y Segundo Magistrado, Lic. Marco Antonio
Grande, informan sobre la recuperación que hizo
la CCR en el caso de la entrega de finiquitos. Lo
recuperado pasó al Fondo General de la Nación.
Los medios de información atendieron la convocatoria
sobre la entrega de finiquitos y montos recuperados.
La Corte de Cuentas de la República informó
que ha recuperado $770,374.33 para el Estado
salvadoreño, en concepto de multas pagadas
por los candidatos a diputados y alcaldes que
solicitaron sus constancias de finiquitos para
fines electorales, requisito exigido por el Tribunal
Supremo Electoral para poder participar en las
elecciones legislativas y municipales del 01 de
marzo del presente año.
había visto que la Corte de Cuentas recuperara
una cantidad tan importante para las arcas del
Estado. El dinero ya fue depositado ante el
Ministerio de Hacienda y ante las instituciones
a las cuales fueron mal administrados los fondos
“señalaron.
En conferencia de prensa brindada por
autoridades de esta institución se explicó a los
medios de comunicación que el requisito para
emitir el finiquito a cualquier candidato que
pretenda competir en los comicios electorales es
“que no tengan sentencia condenatoria firme,
pendiente de pago”.
Los funcionarios expresaron su satisfacción
porque la Corte de Cuentas le ha devuelto al
Estado salvadoreño más de medio millón de
dólares, y destacaron la ardua labor desarrollada
por el talento humano de esta institución para
la entrega de las constancias. “Nunca antes se
En total, la Corte de Cuentas recibió 3,595
solicitudes de finiquitos para fines electorales
por parte de los diferentes partidos políticos que
participarón en las pasadas elecciones.
El artículo 52, inciso final de la Ley de la CCR
establece que “para optar a cargos públicos o de
elección popular se exigirá finiquito de la Corte,
de conformidad a la Constitución y las Leyes.
El Art. 160, inciso “f” del Código Electoral mandata
que junto a la solicitud de inscripción de planillas
o candidaturas no partidarias se deben presentar
ante el Tribunal Supremo Electoral, entre otros
documentos, el finiquito, certificación o constancia
extendida por la CCR, de no tener pendiente al
momento de la solicitud, sentencia ejecutoriada.
Corte de Cuentas de la República
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