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A LOS SEÑORES MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Señores Magistrados del Tribunal Constitucional,
Habiendo quedado al voto la acción de inconstitucionalidad en contra de la obligación de auditar a las empresas grandes del país, respaldada por cinco mil ciudadanos, el
Colegio de Contadores Públicos de Lima respetuosamente señala:
Si bien la iniciativa es un pedido ciudadano, es evidente que su motivación proviene de algunos grupos económicos que ven contrario a sus intereses la implantación y
mantenimiento de políticas anticorrupción, así como la lucha contra este flagelo y sus prácticas insanas del lavado de activos, empleo informal y evasión tributaria.
Contrario a lo que manifiestan quienes respaldan el pedido de inconstitucionalidad del artículo 5° de la Ley N° 29720, la auditoría de estados financieros de las empresas:
(i) no propicia acciones especulativas que distorsionan el mercado; (ii) no genera inseguridad ciudadana exponiendo a los empresarios al ataque de bandas criminales; y
(iii) no es un negocio cautivo para unas pocas empresas auditoras. La referida norma legal no infringe por acción u omisión alguna norma o principio
constitucional. NO EXISTE VIOLACIÓN AL DERECHO A LA INTIMIDAD, NO SE VULNERA LA RESERVA TRIBUTARIA NI EL SECRETO BANCARIO.
En la actualidad, de las 6,000 empresas que tienen la obligación de ser auditadas, el 60% ya lo venía haciendo por propia decisión; el servicio profesional es brindado a través
de más de 350 firmas auditoras del país; y desde hace más de veinte años, la información financiera y el nombre de los principales ejecutivos de 10,000 empresas peruanas,
es de conocimiento público a través de una publicación especializada, que no es ni ha sido objetada por ningún empresario, empresa o gremio empresarial.
Es un error considerar que la obligación de hacer transparente la información financiera debe ser exclusiva de las empresas que cotizan en Bolsa. Debe entenderse que una
empresa grande que no cotiza en Bolsa también es de interés público, pues es parte interesada para el Estado, el sistema financiero, los proveedores, los clientes y los
trabajadores.
Les invocamos señores Magistrados a declarar IMPROCEDENTE la demanda de inconstitucionalidad del artículo 5° de la Ley 29720 (Expediente 009-2014PI/TC)
NO A LA DECLARACIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD DEL ART. 5° DE LA LEY 29720
Argumentos de los que
pretenden se declare
inconstitucional el artículo 5°
de la Ley Nº 29720
Argumentos del Colegio de Contadores Públicos de Lima a favor de la vigencia
del artículo 5° de la Ley 29720
INCORRECTO
CORRECTO
Beneficia a diez
empresas auditoras.
Existen más de 350 sociedades de auditoría habilitadas en el país brindando sus servicios profesionales a
las empresas que voluntariamente solicitan servicios de auditoría para dar confiabilidad a su información
financiera.
Genera inseguridad
personal a de los
accionistas y directores.
Aceptar esta afirmación implicaría admitir que los accionistas y directores de las empresas que actualmente
cotizan en Bolsa viven en un ambiente de inseguridad, como consecuencia de la difusión de la información
financiera auditada, la cual desde hace más de dos décadas publica la Superintendencia de Mercado de
Valores - SMV.
La auditoría de estados financieros para empresas que no cotizan valores publicamente ha sido
implementada por gobiernos de casi todos los países del mundo como son: Argentina, Australia,
Austria, Bélgica, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Corea, Ecuador, España, Finlandia, Francia, Holanda,
Japón, Irlanda, Italia, Noruega, Nueva Zelanda, México, Panamá, Reino Unido, Rusia, Rumania y Suiza,
entre otros.
Vulnera el derecho a
la intimidad.
La publicación de estados financieros auditados no vulnera la intimidad ni la reserva de información tributaria
y bancaria. Existen publicaciones, como Top 10,000, que difunden el ranking de las empresas indicando su
nivel de ingresos, rentabilidad, gerencia, entre otras informaciones. Ninguna empresa, empresario o ejecutivo
ha denunciado a la citada publicación por la violación del derecho a la intimidad.
Genera información
innecesaria
La obligación de preparar estados financieros ya existe por mandato de Ley. Lo que hace la auditoría es
verificar que los estados financieros de la empresa hayan sido preparados de acuerdo con Normas
Internacionales de Información Financiera - NIIF. Además, las auditorías proveen recomendaciones de
mejoras en los sistemas de control interno administrativo y operacional, sistemas informáticos, evalúan las
contingencias tributarias, laborales y legales en general y se pronuncia sobre todo aquello que se le encargue
al auditor en relación con su trabajo principal. Los beneficiarios de esta información comprobada son, además
de las empresas, los inversores, proveedores de bienes y servicios financieros y no financieros, clientes,
trabajadores, SUNAT y otros; es decir, la sociedad en general.
Afecta la competitividad y
eficiencia
Contar con información financiera auditada permite a las empresas grandes que no cotizan en Bolsa un
mayor acceso a créditos a menores tasas de interés y una mejora en su competitividad y eficiencia.
Propicia maniobras
especulativas contra la
empresa
Por el contrario, las auditorías de estados financieros previenen a las empresas de la comisión de
errores materiales, de fraudes financieros o fraudes tributarios, incluyendo el lavado de activos, lo
que contribuye al fortalecimiento de la salud financiera de la empresa y del país.
El informe Doing Business del Banco Mundial considera que una mayor transparencia en la difusión
de la información financiera de las empresas genera un mejor ambiente de negocios en los países y
los hace más atractivos para la inversión.
Vulnera la reserva tributaria y
el secreto bancario
La auditoría de los estados financieros no atenta contra la reserva tributaria y el secreto bancario; una
prueba de ello es que más del 50% de las empresas (3,000 de las 6,000 que, por aplicación de la Ley
N° 29720, tienen la obligación de presentar sus estados financieros auditados a la SMV) lo venían
haciendo voluntariamente por el principio de transparencia.
Carece de sustento
técnico
El Banco Mundial, en el documento “PERU: Informe sobre el Cumplimiento de Normas y Códigos (ROSC)
Contabilidad y Auditoría” recomienda: “A las empresas peruanas más grandes que no cotizan valores
públicamente se les debe exigir por mandato de ley la presentación de estados financieros anuales,
en conformidad con las NIIF y auditados, los mismos que deben estar a disposición del público.”
Además el BM concluye que “Contar con prácticas sólidas de contabilidad, auditoría y de información
financiera es escencial para promover el crecimiento a través del sector privado, que sea sostenible
y equitativo, así como para fortalecer la gobernabilidad y la rendición de cuentas”.
CPCC ELSA ROSARIO UGARTE VÁSQUEZ
30.04.2015
Decana
COLEGIO DE
CONTADORES PÚBLICOS
DE LIMA