PREGUNTAS FRECUENTES OPERACIÓN RENTA 2015

PREGUNTAS FRECUENTES OPERACIÓN RENTA 2015
1. ¿Qué es la Operación Renta?
Es el proceso donde las empresas y/o personas naturales definidos como contribuyentes, según la Ley de
Renta, deben declarar y pagar sus impuestos. Esto se efectúa una vez al año, en el mes de abril.
2. ¿Qué transacciones se consideran en la Operación Renta 2015?
Se consideran todas aquellas transacciones ejecutadas en el año 2014.
3. ¿Qué es la Franquicia Tributaria de Capacitación SENCE?
Es un incentivo tributario para los contribuyentes clasificados en Primera Categoría de la Ley de Impuesto a
la Renta, del cual podrán descontar los gastos incurridos en programas de capacitación y/o evaluación y
certificación de competencias laborales (EyCCL) de sus trabajadores, potenciales trabajadores y ex
trabajadores.
No podrán hacer uso de este beneficio aquellos cuyas rentas provengan únicamente de las letras c) y d) del
Nº 2 del artículo 20 de la ley Nº 19.518.
4. ¿Cómo se relaciona la Operación Renta con la Franquicia Tributaria de capacitación SENCE?
Aquellas empresas que utilizaron la Franquicia Tributaria de capacitación durante el año 2014, podrán
descontar de sus impuestos los gastos incurridos en capacitación y/o evaluación (EyCCL). Para esto, las
empresas deben presentar una Declaración Jurada Anual Notarial ante SENCE, la que contiene el pago de
las cotizaciones previsionales y de salud de sus trabajadores, junto con el total de remuneraciones
imponibles, enteradas al 31 de diciembre de 2014. Esta puede ser entregada en las Direcciones Regionales
o en su respectivo OTIC.
5. ¿Cómo se rebaja la Franquicia Tributaria de Capacitación SENCE vía Operación Renta?
Una vez entregado el Formulario de Declaración Jurada en la Dirección Regional SENCE o su OTIC
respectivo, la empresa podrá obtener, a partir del 26 de marzo de 2015, el “certificado de liquidación”
emitido por SENCE. En él se registran las actividades de capacitación y acciones de evaluación y
certificación de competencias laborales que liquidó la empresa ante SENCE, y/o los aportes enterados al
OTIC. SENCE visará aquellas actividades o aportes, registrando en dicho certificado una suma de dinero
total, la que se deberá ingresar en el formulario Número 22 de Declaración de Renta, en la glosa “Crédito
por Gastos de Capacitación”. Luego de ingresar dicho monto en el formulario, el SII calculará la inversión
certificada por SENCE y la rebajará del pago de impuestos. En el caso de estar exenta del pago de impuestos
por ley expresa o por pérdida del ejercicio, el Estado reembolsará a la empresa los gastos visados por
SENCE, hasta los topes máximos establecidos en la Ley Nº 19.518.
6. ¿Cuáles son las fechas claves en el proceso de Operación Renta - Franquicia Tributaria?
19 de enero – desde este día estará disponible el formulario para descargar la Declaración Jurada e ingresar
los antecedentes.
2 de marzo – último día para liquidar las acciones de capacitación y/o EyCCL del año 2014.
26 de marzo – se podrá obtener su certificado de liquidación de acciones de capacitación, con el cual, se
acredita el gasto incurrido por la empresa para presentar la información a SII.
7. ¿Cuáles son las opciones para obtener, completar y entregar el Formulario Declaración Jurada Anual
Notarial?
Existen 3 opciones:
1. El contribuyente con clave internet SENCE podrá hacer el trámite en www.sence.cl, para ello debe ir a
la sección Operación Renta, en el banner “Ingreso Empresa” e ingresar sus datos para acceder a la
plataforma y completar la “Declaración Jurada Notarial sobre retención y pago de cotizaciones
previsionales 2014”. Al llenar el formulario, presionar botón “enviar”. Luego, imprimirlo y firmarlo ante
notario. Una vez notariado, presentarlo en la dirección regional de SENCE correspondiente al domicilio
de la empresa o en su OTIC respectivo.
2. El contribuyente podrá descargar el Formulario en formato Word desde www.sence.cl, en la sección
“Operación Renta”, completarlo e imprimirlo para firmar ante notario. Una vez notariado, presentarlo
en la dirección regional de SENCE correspondiente al domicilio de la empresa o en su OTIC respectivo.
3. El contribuyente que no disponga de acceso a internet podrá retirar el Formulario impreso en las
direcciones regionales de SENCE o en su respectivo OTIC. Debiendo completarlo y firmarlo ante notario.
Una vez notariado, presentarlo en la dirección regional de SENCE correspondiente al domicilio de la
empresa o en las oficinas de su OTIC.
8. ¿Existen plazos para presentar el Formulario Declaración Jurada Anual Notarial al SENCE?
Si bien el Formulario puede ser presentado durante todo el año, para el proceso Operación Renta 2015, se
recomienda presentarlo hasta el 16 de Marzo de 2015 para que así puedan descargar su certificado a
contar del 26 de marzo. Aquellos que sean presentados después de esa fecha, obtendrán su certificado a la
semana subsiguiente de su entrega.
9. ¿Qué información debe contener el Formulario Declaración Jurada Anual Notarial?
-
Datos del declarante (persona natural o jurídica),
Monto anual pagado a cada institución de previsión y seguridad social,
Monto anual pagado a cada institución de salud
Monto total de la planilla anual de remuneraciones imponibles
Datos relativos al tamaño de la empresa (Nº de trabajadores, volumen de ventas y total de acciones
de capacitación).
10. ¿Qué se entiende por remuneración imponible para efectos del cálculo del 1% de la planilla de
remuneración anual?
Es la suma total pagada por una empresa a sus trabajadores, durante un año calendario, como
consecuencia de un contrato de trabajo y por la cual se pagan cotizaciones con un tope de 72,3 UF (artículo
16º del DL Nº3.500 del sistema de pensiones).
11. ¿Qué se entiende por “Dotación Anual de Trabajadores” de la empresa?
Es el Nº total de trabajadores que hayan estado trabajando durante el año 2014 en la empresa.
12. ¿Qué se entiende por “Total de acciones de capacitación”?
Se refiere al total de capacitaciones y/o acciones de evaluación, que hayan utilizado la Franquicia
Tributaria, ya sea en forma directa o intermediada por un OTIC.
13. ¿Qué es el Certificado de Liquidación?
Es un registro de todos los gastos imputables de las actividades de capacitación y/o evaluación de
certificación de competencias laborales que liquidó la empresa ante SENCE, o bien, los aportes enterados
al OTIC. Donde SENCE visa aquellas actividades o aportes, registrando en dicho certificado una suma total
de dinero, la que se deberá ingresar en el Formulario Nº 22 de Declaración de Renta del SII.
14. ¿Existen requisitos obligatorios para las empresas que quieran obtener de SENCE el Certificado de
Liquidación?
Si, existen 4 requisitos obligatorios:
1. Ser contribuyente de Primera Categoría
2. Contar con una Planilla anual de remuneraciones superior a 35 UTM.
3. Entregar Formulario Declaración Jurada Anual Notarial sobre retención y pago de cotizaciones
previsionales año 2014.
4. Haber pagado las cotizaciones previsionales correspondientes a las remuneraciones del año 2014
de todos sus trabajadores.
15. ¿Cuándo y dónde se podrá obtener el Certificado de Liquidación?
Todas aquellas empresas que entreguen su Formulario de Declaración Jurada Anual Notarial entre el 19 de
Enero y el 16 de marzo de 2015, podrán descargar su certificado a contar del 26 de marzo de 2015 en
www.sence.cl. Si éstas son presentadas después del 16 de marzo el certificado estará disponible a la
semana subsiguiente de su entrega, siempre y cuando haya cumplido con todos los requisitos.
¿Dónde? Desde la web o en su respectivo OTIC.
16. ¿Cómo se descarga el Certificado de Liquidación emitido por SENCE, para la Operación Renta 2015?
La empresa debe dirigirse a su escritorio privado de SENCE (el mismo donde realiza la Operación de
Franquicia Tributaria durante el año) e ingresar con su clave de usuario. Una vez ingresada, diríjase al link
“Descarga de Certificado de Liquidación”. Este documento podrá ser descargado en cualquier periodo del
año.
17. ¿Qué pasa si la empresa registra deuda previsional?
La emisión del certificado es bloqueada, hasta que la empresa regularice la deuda con el IPS y acredite ante
SENCE que no tiene deudas previsionales, presentando el certificado de IPS o comprobantes de pago de la
deuda.
Nota: NO se aceptarán certificados emitidos por la Dirección del Trabajo o Boletín Comercial.
18. ¿El crédito por capacitación SENCE puede ser devuelto si la empresa registra pérdidas?
Sí, el crédito por capacitación SENCE tiene el carácter de Pago Provisional Mensual (PPM), el que es
deducible de los impuestos mensuales y anuales, por lo que si la empresa registra pérdidas tendrá derecho
a pedir su devolución en forma anual.
19. ¿Existe alguna manera de traspasar el crédito tributario del Servicio Nacional de Capacitación y
Empleo (SENCE) para el próximo año si no se ocupa en su totalidad?
No, no es posible traspasar el crédito por gastos de capacitación y/o evaluación (SENCE) para el próximo
año o para ejercicios siguientes.
20. ¿Las empresas con clave internet SENCE que olvidaron o extraviaron su clave, pueden recuperarla?
Sí. Las empresas deben canalizar su solicitud de recuperación de clave al correo institucional
[email protected]. Junto a la solicitud, debe enunciar obligatoriamente el nombre y rut de la
empresa y del representante legal, como también el correo de contacto donde quiere recibir la respuesta.
21. ¿Cuáles son las Direcciones Regionales SENCE. Su ubicación y teléfono de contacto?
Arica y Parinacota. Avenida 18 de septiembre Nº 1378, Arica. Teléfonos: (58) 2230 386 – 2230 257
Tarapacá. Manuel Castro Ramos Nº 2259, Iquique. Teléfonos: (57) 443 395 – 443 396 – 443 397
Antofagasta. Av. José Miguel Carrera Nº 1701, piso 6, Antofagasta. Teléfonos: (55) 459 000 – 459 002
Atacama. Maipú Nº 355, Copiapó. Teléfonos: (52) 530 200 – 530 201
Coquimbo. Gandarillas Nº 810, La Serena. Teléfonos: (51) 211 956
Valparaíso. Avenida Brasil Nº 1265, Piso 6, Valparaíso. Teléfono: (32) 2154 000
O’Higgins. Campos Nº 241, Piso 6, Rancagua. Teléfonos: (72) 236 550 – 237 390
Maule. 3 Oriente Nº 1298, Talca. Teléfonos: (71) 227 143 – 223 146 - 228 574
Bío Bío. O’Higgins Nº 437 / 445, Piso 2, Concepción. Teléfonos: (41) 210 9100
Araucanía. Andrés Bello Nº 770, Temuco. Teléfonos: (45) 2957 900
Los Ríos. O’Higgins Nº 116, Valdivia. Teléfonos: (63) 340 123
Los Lagos. Urmeneta Nº 690, Puerto Montt. Teléfonos: (65) 364 800 – 364 806 – 364 808
Aysén. Moraleda Nº 569, Coyhaique. Teléfonos: (67) 252 910 – 252 940 – 252 944
Magallanes. Calle Magallanes Nº 538, Punta Arenas. Teléfonos: (61) 227 850 – 222 625 – 223 829
Metropolitana. Teatinos Nº 370, primer piso, Santiago. Teléfono: (2) 2870 6100
Las plataformas de atención a público de las 15 Direcciones Regionales atienden en horario de oficina, de
Lunes a Viernes de 09:00 a 14:00.