Instituto Técnico Valle MANUAL DE CONVIVENCIA EDUCACION PARA EL TRABAJO Y EL DESARROLLO HUMANO Es el conjunto de normas a las que se han de ajustar las acciones educativas para que resulten, además de correctas benéficas a los estudiantes de la institución (se entiende por institución, la comunidad totalmente integrada: directivas, profesores, estudiantes, padres de familia, personal administrativo y personal de servicios). Y permite ser utilizado para atender y resolver todas las situaciones de índole académica y administrativa, que se presente entre los miembros de la comunidad educativa. 2.1.1.1. JUSTIFICACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA De acuerdo con los artículos 66 y 41 de la constitución nacional, artículo 67 de la ley general de educación que ´permite a la comunidad educativa compartir la dirección de los planteles educativos al igual que es fomento de prácticas democráticas para lograr la participación ciudadana. Por tal motivo es preciso asignar responsabilidades a todos los estamentos de la comunidad educativa en el manejo de la institución. Instituto Técnico Valle MARCO INSTITUCIONAL CAPITULO 1 CREACIÓN, PRESENTACION, OBJETIVO, NATURALEZA Y ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL Artículo 1: Creación. El INSTITUTO TECNICO VALLE “INTEV”, fue creado para la enseñanza en diferentes campos y está dirigido al personal que cumple con los requisitos mencionados más adelante en el presente manual. Artículo 2: Presentación. EL INSTITUTO TECNICO VALLE “INTEV”, a través de un proceso participativo proporciona la oportunidad al estudiante de convivir en un ambiente sano, de armonía consigo mismo y su entorno teniendo en cuenta que la educación es un instrumento de formación y desarrollo, la cual permite al individuo afianzar sus valores éticos, morales y culturales. Con lo anterior, EL INSTITUTO TECNICO VALLE “INTEV”, presenta el siguiente ”MANUAL DE CONVIVENCIA”, que contiene requisitos mínimos y perfiles exigidos de los empleados de la institución, y los requisitos mínimos y perfil de ingreso de los estudiantes, el cual se ha adecuado a la estructura actual por competencias laborales. El manual que regula la convivencia de la comunidad educativa de INTEV se fundamenta en la normatividad jurídica establecida en la constitución política, los derechos humanos, ley 115 de 1994 ley general de educación Decreto 3616 de 2005, Ley 1064 de 2006. Nuestro manual de convivencia permite verificar el cumplimiento de lo que debe hacer el personal administrativo, docentes y estudiantes constituyendo una herramienta importante ya que permite mejorar la calidad, eficacia y productividad. Siendo sus objetivos principales contribuir a la formación de personas que puedan aportar los elementos necesarios para su propia consolidación, fomentar la necesidad de auto – disciplina y voluntad de superación, facilitar la convivencia y cooperación mutua y participar en un claro conocimiento y práctica de los principios Instituto Técnico Valle del instituto proporcionando una dinámica del cambio tendiente al logro de la competitividad. El manual, se enmarca dentro de la naturaleza, la misión, visión los objetivos, principios y valores corporativos. Artículo 3: Naturaleza. EL INSTITUTO TECNICO VALLE “INTEV” es una institución de carácter privado, de responsabilidad limitada, con Nit 16739179-0. CAPITULO 2 PRINCIPIOS GENERALES Artículo 4: propósito. El propósito fundamental del Instituto Técnico Valle es contribuir con el proceso de formación para el trabajo y desarrollo humano que facilite al estudiante explorar y adquirir conocimientos esenciales que garanticen la eficacia y eficiencia basándose en un enfoque por competencias. Para este fin el instituto propiciará de manera eficaz todos los conocimientos necesarios y los estímulos que se consideren convenientes para cumplir con los objetivos tazados por la institución los cuales se fundamentan en la investigación, productividad y desarrollo social en los campos de la ciencia. CALIDAD, CLASIFICACIÓN DEBERES Y DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES CAPITULO 3 CALIDAD DE ESTUDIANTE Artículo 5: Para ser estudiante del INSTITUTO TÉCNICO VALLE, en los diferentes programas debe haberse inscrito para tal fin, haber cumplido con los requisitos Instituto Técnico Valle exigidos y realizar los trámites de matricula financiera y académica. Debe tener contrato título valor de prestación de servicios educativos (vigente), que le permite realizar formación en normas de competencia laboral, correspondientes a una titulación que conduzca a la obtención de un certificado de aptitud ocupacional por competencias otorgado por INTEV. CAPITULO 4 DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES Acorde al contrato de prestación de servicios educativos, el ESTUDIANTE tiene los siguientes derechos. Artículo 6: Derechos de los estudiantes. - Recibir un trato respetuoso por parte de condiscípulos, instructores, empleados y directivos. - Participar bajo un clima de respeto y equidad mutua de los procesos pedagógicos y de enseñanza - aprendizaje. - Contar con el debido proceso en todas las acciones administrativas y académicas relacionadas con los aspectos disciplinarios. - Recibir información sobre la estructura académico - administrativa del instituto y del reglamento estudiantil. - Concertar el plan de mejoramiento académico y/o actitudinal. - Disponer de un adecuado ambiente de trabajo académico. - Participar de actividades que propendan por el desarrollo físico, psicológico, espiritual y cultural. - Elegir y ser elegido para las funciones de monitoria u otras gestiones. Instituto Técnico Valle - Conocer los registros que se hagan sobre su comportamiento y desempeño académico en el anecdotario y/o en su hoja de vida. - Los demás que señalen la constitución y las normas del Ministerio de Educación. Artículo 7: Deberes de los estudiantes - Estar informados sobre todas las normas, reglamentos y novedades relacionadas con el proceso de formación académica. - Tener un comportamiento respetuoso y cortés con los condiscípulos, instructores, directivos y empleados de la institución. - Cumplir con el reglamento y demás normas institucionales. - Contribuir a hacer realidad los principios y objetivos del instituto y del programa técnico. - Dar adecuado uso de documentos, bienes y materiales que le sean confiados, ayudar a su conservación. - Contribuir a la preservación y al aseo de los espacios de uso común de la institución. - Evitar ejercer actos que atenten contra el buen clima organizacional, como por ejemplo promover o presionar acciones de hostilidad, rumores, enfrentamiento contra cualquier miembro de la institución. - Evitar ejercer actos de discriminación política, racial, religiosa, de género o de otra índole. - Por ningún motivo debe asistir o permanecer en la institución bajo los efectos de cualquier tipo de sustancia psicoactiva. Queda prohibido también consumir tabaco y bebidas alcohólicas en espacio de uso común y aulas de clase. Instituto Técnico Valle - Acatar el conducto regular (por instancias ante cualquier tipo de reclamo, sugerencia o petición). Cualquier tipo de reclamo o solicitud debe presentarse por escrito, máximo siete días calendario, posteriores al hecho o acción que motivo dicho (s) reclamo (s). Estos deben ser concretos, viables y verificables. - Evitar fomentar actos de indisciplina, malestar o rebelión, sin seguir el debido proceso y/o sin causas justificables. - Cancelar de forma oportuna los pagos por concepto de mensualidad. - Realizar la recuperación o refuerzos cuando lo necesite o cuando se considere necesario. Artículo 8: Pérdida de la calidad de estudiante. Se pierde la calidad de ESTUDIANTE de INTEV: - Cuando se complete el ciclo de estudios contratado. - Por retiro voluntario. - Cuando se compruebe falsedad en documentación requerida por INTEV. - Comprobada deslealtad para con el Instituto en palabras; situaciones que vayan en detrimento de la filosofía del Instituto. - Si está en situación de bajo rendimiento académico y no se acatan las recomendaciones. - Si el estudiante incurre en una falta considerada grave. - Si se está en mora con el pago de sus compromisos. - Padecer una enfermedad infecto- contagiosa debidamente diagnosticada por el médico, que amenace la salud de los demás miembros de la comunidad educativa. Parágrafo primero: INTEV, no reintegra dinero por concepto de matrícula o cuota de financiación a quienes pierdan su calidad de ESTUDIANTE. Por cualquiera de las causales estipuladas en el artículo décimo. Instituto Técnico Valle CAPITULO 5 DE LAS INSCRIPCIONES, ADMISIONES, MATRÍCULAS, CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS Y REINTEGROS. DE LA INSCRIPCION Artículo 9: La inscripción. Se entiende por inscripción el acto por el cual el aspirante solicita la admisión a cualquiera de las titulaciones ofrecidas por la Institución y cancela los derechos correspondientes. Se diligencia además el formato de admisión que se entrega en el momento de ser inscrito en el INSTITUTO, dicho formato consta de: datos personales del aspirante, programa al cual se inscribe, información de sus familiares o acudiente, referencias personales, solicitud de financiación e información general relacionada con pagos, uniforme, requisitos de prácticas y horarios de inicio o finalización de clases. Todo el formato debe ser diligenciado no se permiten espacios en blanco. Mediante este acto el aspirante solicita ser admitido al INTEV. DE LOS REQUISITOS DE INGRESO Artículo 10: De los requisitos de ingreso. En concordancia con nuestra misión y acorde al perfil de ingreso institucional INTEV, se exigen los siguientes requisitos, que son variables en conformidad con la titulación elegida: La documentación que se anexa a la solicitud de ingreso como manifestación de interés y acatamiento a los requerimientos institucionales será verificada y cualquier falsedad o incongruencia en sus datos será motivo de desaprobación. DE LAS ADMISIONES Y SELECCIONES Artículo 11: De las admisiones y selecciones. Se entiende por admisión el acto por el cual el instituto, previo proceso de selección, le otorga al aspirante el derecho a matricularse a la titulación de su preferencia. Todo aspirante a ingresar al instituto Instituto Técnico Valle debe diligenciar la solicitud de inscripción ante la secretaría de acuerdo con el procedimiento. Artículo 12: La admisión tiene el siguiente proceso. Para estar formalmente inscrito el aspirante a ingresar debe cumplir con el siguiente proceso: - El aspirante se inscribe en la titulación de su preferencia. - Diligenciar formulario de inscripción - Firma del contrato de prestación de servicios educativos. DE LAS MATRICULAS Artículo 13: Matrícula. La matrícula es el acto que le confiere al aspirante la calidad de estudiante, el cual se compromete a acatar y cumplir el plan de estudios del programa respetivo, el reglamento de la institución y las demás normas establecidas por el INTEV. La matrícula da derecho a cursar el nivel de formación previsto para el respectivo período académico y deberá renovarse dentro de los plazos señalados en el calendario académico de la Institución. Se distinguen dos tipos de matrícula no excluyentes a saber: - Matrícula financiera - Matrícula académica Parágrafo 1: La matrícula, como toda declaración de voluntad, implica una relación contractual con derechos y deberes recíprocos, entre la Institución y el estudiante. Artículo 14: requisitos para la matrícula Matrícula financiera: - Cancelar en la secretaría de la institución el valor total o parcial (cuota inicial). - Si solicita crédito personal mediante el diligenciamiento de la solicitud de financiación. - Después de aprobado el trámite realiza matricula académica. Instituto Técnico Valle Son requisitos para la matricula académica los siguientes: - Recibo de pago de cuota inicial titulación elegida. - Certificado del grado de bachillerato y/o constancia original de 9° grado (No copias) - Dos fotos 3x4 fondo azul. - Copia del documento de identidad. - Hoja de matrícula debidamente diligenciada. - Contrato de prestación del servicio educativo firmado. Esta se hace con la misma hoja de matrícula. - Exámenes de laboratorio exigidos por La institución según programa al cual - Pago del carnet estudiantil - Fotocopia carné de EPS o SISBEN - Carpeta colgante color según programa Parágrafo 2. Es requisito indispensable para efectuar matricula académica, haber llevado a cabo previamente la matricula financiera y firmar el contrato educativo. Artículo 15: modificación de matrícula. La matrícula académica puede ser modificada por el cambio de grupo de módulos, previa y formalmente justificación ante la coordinación académica de programas técnicos que debe autorizarlo previa consulta con la dirección, dentro de las tres primeras semanas de clase. Cualquier modificación que el estudiante haga y se realice fuera de estos términos será el responsable y asumirá las consecuencias académicas generadas. Parágrafo 3: los estudiantes no podrán efectuar cambio de grupo sin autorización previa de la coordinación académica de programas técnicos. Artículo 16: devolución del pago de matrícula. No se devuelve pago de inscripción, matrícula ni de carnet. Instituto Técnico Valle Parágrafo 4: La cuota solo se devuelve cuando el estudiante matriculado decide retirarse por cualquier motivo, antes de dar inicio a un programa y pasando formalmente una carta donde explique el motivo de su retiro. Una vez el estudiante ingrese y transcurrida la primera semana de clase y durante este periodo el estudiante no ha solicitado el reintegro correspondiente no tendrá derecho a desembolso alguno. Artículo 17: Contrato de prestación de servicios educativos. Es un documento contractual por el cual las partes contratantes (INSTITUTO INTEV Y ESTUDIANTES), se comprometen a cumplir las obligaciones derivadas del servicio educativo. Con la legalización del contrato título valor de servicios educativos, EL ESTUDIANTE acepta los principios, objetivos y valores de la institución, se compromete a cumplir y respetar las indicaciones, orientaciones, reglamentos del INTEV, como también a cancelar los compromisos económicos adquiridos y a responder por los daños que pueda causar. Por su parte EL INTEV, asume la responsabilidad de desarrollar la titulación o programa de educación permanente que EL ESTUDIANTE por vocación ha elegido, proporcionando para ello los recursos didácticos requeridos y los instructores que el proceso requiera. Artículo 18: Cancelación del contrato de prestación de servicio educativo. INTEV, procede a la cancelación del contrato de prestación del servicio educativo de manera unilateral en caso de: - Reincidencia en indisciplina. - NO ACATAR las recomendaciones de la COORDINACION ACADEMICA, para aplicar sanos correctivos de sus faltas, una vez agotados todos los recursos que se ofrecen para que el ESTUDIANTE reflexione. - Atraso en la cancelación de su mensualidad. Instituto Técnico Valle Artículo 19: Componentes de la titulación. El INTEV, en el proceso de inducción dará a conocer las normas de competencia, módulos, elementos o unidades y resultados de aprendizaje de la titulación elegida por el estudiante. DE LOS REINTEGROS Artículo 20: se entiende por reintegro la autorización de vinculación dada por el director a un estudiante después de que ha dejado de serlo por un y por motivo justificable. Siempre y cuando no haya sido retirado por faltas disciplinarias. Parágrafo 1: Los estudiantes a reintegro tendrá un plazo máximo de un semestre para solicitar reintegro sin que este cause nueva cancelación de matrícula y quince días máximos para que el instituto, considere la solicitud. Una vez autorizado, la coordinación académica ubicará al estudiante en el plan de estudios dependiendo del módulo o módulos que dicho estudiante ya haya cumplido. Parágrafo 2: no se considera reintegro de estudiantes, al aspirante que haya mostrado faltas graves. Parágrafo 3: los aspirantes de reintegro deben presentar solicitud por escrito dirigida a la dirección donde se sustente las razones o motivos de su iniciativa académica. Parágrafo 4: si la persona solicita reintegro después de vencido el plazo máximo de seis meses, no se tendrá en cuenta los módulos vistos anteriormente en el programa y debe iniciar de nuevo el programa o presentar una evaluación de suficiencia en caso de ser admitido nuevamente. Instituto Técnico Valle CAPITULO 6 OTROS COSTOS Y TARIFAS SEMESTRE Artículo 21: El valor semestral será impuesto de acuerdo al índice de inflación y el estudiante podrá cancelarlo en su totalidad o hacer créditos personales, que le permitan hacer abonos mensuales (mensualidades). Artículo 22: Los incrementos anuales, estarán sujetos a los permitidos por la ley y autorizados por el consejo de dirección. Artículo 23: INTEV, podrá hacer concesiones, rebajas o acuerdos, encaminados a proporcionar facilidades de ingreso a estudiantes que cumplan con los siguientes requisitos: - Personas que provengan de asociaciones, agrupaciones o delegaciones y que tengan la intención de ingresar en su totalidad al mismo semestre y de contraprestaciones propias de los convenios docencia servicio. - Personas que hayan realizado cursos o seminarios de actualización en INTEV. - Hermanos o miembros de una misma familia. Artículo 24: De la perdida de la beca o descuento especial. El ESTUDIANTE puede perder su privilegio de beca por las siguientes causales: - Si su desempeño académico es deficiente - Si se atrasa en la cancelación de sus mensualidades. . - Si presenta faltas disciplinarias graves, y se opone a las determinaciones del presente manual de convivencia. Instituto Técnico Valle DE LOS PAGOS Artículo 25. Cuotas mensuales: cuando se considere el pago por cuotas de la titulación, este deberá ser cancelado durante los cinco primeros días de cada mes. Artículo 26: convenios de pago. Cuando el estudiante tenga inconvenientes para cancelar en la fecha establecida, deberá solicitar un acuerdo de pago, para este fin debe acercarse a secretaria general y entregar su solicitud, (con la respectiva certificación de la empresa donde conste la fecha de pago si es empleado para ser estudiada) y se dará respuesta a los ocho días. Parágrafo 1: Durante la mora en el pago de las cuotas mensuales EL ESTUDIANTE, cancelará al INTEV los recargos establecidos por la institución del saldo en mora sin que su reconocimiento impida su cobro judicial o extrajudicial. En el evento de cobro judicial o extrajudicial, los honorarios del profesional se cobrarán de manera independiente al ESTUDIANTE o codeudor del ESTUDIANTE. CAPITULO 7 DEL PROCESO DE EVALUACIÓN Y PROMOCION Artículo 27: La evaluación en INTEV es un medio de valoración permanente, por esta razón se verifica en forma objetiva y continua, la evolución, características y rendimiento académico del educando teniendo en cuenta los aspectos cognoscitivos, psicomotores, y conativos. La evaluación, está comprometida al alcance de los logros en los aprendizajes efectivamente trazados a través de la acción y previstos en los diseños y planes de la institución, por tanto, la evaluación considerará el nivel de logro de los aprendizajes de los educandos en el proceso de formación; La calidad del proceso de formación, y el impacto de la formación en el desarrollo del medio productivo social. Instituto Técnico Valle El modelo pedagógico, aborda la evaluación como parte integral y constitutiva del proceso de formación, y en el cual participa activamente el educando que busca promover el espíritu investigativo, la autonomía personal, la creatividad y el ejercicio del criterio. En la toma de las decisiones. Las evaluaciones están destinadas a evaluar la aplicación de dicho conocimiento en prácticas reales con resultados concretos y medibles en el proceso de formación tanto en la etapa lectiva como en la productiva. Parágrafo 1. El área responsable de realizar modificaciones al presente Manual, es el Consejo de Dirección, a partir de las propuestas presentadas por las instancias relacionadas con el proceso de evaluación. Parágrafo 2. Estas propuestas deben obedecer a: ajustes por políticas institucionales; evaluación y recomendaciones a partir de la aplicación de los procedimientos; utilización del manual en general. Artículo 28: El plan de evaluación. El diseño curricular deberá incluir el plan de evaluación, con sus criterios y evidencias de aprendizaje, así como las técnicas e instrumentos de evaluación, entendida la evaluación como el conjunto de juicios sobre el avance logrado por el educando en la apropiación de conocimientos, habilidades de pensamiento, motoras y actitudes. La evaluación del aprendizaje del educando, será continua, integral, cualitativa y se expresará en informes descriptivos que respondan a estas características. Se presentarán de manera comprensible para que permita a los educandos, docentes, y sitios de práctica, apreciar el avance en la formación y proponer las acciones necesarias para continuar adecuadamente el proceso educativo. Artículo 29: Objeto de la evaluación. La evaluación tiene como objeto identificar los logros de aprendizaje de los educandos los cuales se evidencian durante el proceso de formación. La evaluación de los logros del aprendizaje del educando busca: Comprobar el desempeño de los logros y de los aprendizajes planteados en la estructura curricular y en las titulaciones del sector productivo, colaborar a la Instituto Técnico Valle identificación de las limitaciones o dificultades para cimentar los logros del procedimiento formativo; brindar al educando oportunidades para desarrollar destrezas, habilidades, ser creativo, crítico y analítico; facilitar al docente información para reorientar o fortalecer sus experiencias formativas y en general su gestión docente; facilitar al educando información que le permita tomar decisiones frente a su propio proceso de Formación. La competencia laboral es la aplicación de conocimientos, habilidades, destrezas, valores y comportamientos que permitan la realización personal y un desempeño laboral acorde con las con las necesidades del país. Artículo 30: Componentes de la competencia. Cada competencia incluye un conjunto de criterios de realización, que determinan el nivel aceptable del resultado y proporcionan un referente preciso para la evaluación del desempeño de la persona en el contexto productivo. Estos criterios de realización o desempeño, serán denominados “indicadores de logro” de los aprendizajes. El indicador de logro del aprendizaje es el referente que se toma como muestra para considerar alcanzado el mismo. Describe la calidad del resultado del aprendizaje del educando. Artículo 31: El proceso de evaluación. Los procesos evaluativos tienen sentido en la medida en que permiten observar y comprender tanto lo que se está obteniendo, como aquello que no se alcanza a obtener o que presenta dificultades en este proceso participan diferentes actores los cuales permiten a los estudiantes convertir las debilidades en fortalezas. Los indicadores de logro suministran información que debe ser ordenada y procesada de acuerdo con criterios, procedimientos e instrumentos diseñados para tal fin. Sin embargo, obtener y procesar dicha información no constituye por sí sólo la evaluación del rendimiento escolar de un educando, pues ésta requiere, además, de una actividad que compromete al educador como orientador y a los educandos como partícipes activos de su propia formación integral. Instituto Técnico Valle Artículo 32: actividades, técnicas y estrategias. La selección de actividades, técnicas y estrategias para la evaluación por parte del docente depende, entre otras Cosas, del nivel de acercamiento que el estudiante y el docente tengan del objeto de conocimiento y de los logros de los aprendizajes planteados en el diseño curricular. Algunas técnicas que pueden utilizarse con este propósito son las siguientes: Observación: Es un proceso perceptivo que se orienta con una guía, a la obtención de información de indicadores de logro. Estudio de caso y resolución de problemas: aplica el análisis y toma de decisiones sobre una situación o problema planteado. Proyectos: Permite la integración de estructuras conceptuales adquiridas o construidas por el estudiante, con la orientación y asesoría del docente. Solución de problemas o necesidades individuales o sociales y la creación de prototipos, experimentos o de producción económica que afirmen su aprendizaje y que permite evaluar todo tipo de indicador de logro. Ensayo: Es un escrito orientado por el docente y elaborado por el estudiante sobre un tema o problemática donde éste demuestra el grado de apropiación del conocimiento, las habilidades de pensamiento (análisis, síntesis, comprensión y la transferencia), habilidad de comunicación escrita, creatividad e imaginación, como resultado del estudio y trabajo de consulta. Relatoría: Es una síntesis escrita y como tal, integra los elementos constitutivos de una temática particular específica desarrollada a través de la comprensión y la discusión crítica de dicha temática y que permite inferir los niveles de logro del estudiante respecto de su conocimiento y comprensión, coherencia, pertinencia, concordancia. Mapas conceptuales: Permite representar gráficamente una estructura relacional de conceptos de la cual se puede inferir el desarrollo cognoscitivo y cognitivo del estudiante con respecto a un área de conocimiento o experiencia particular. Preguntas: Es una de las técnicas más utilizadas por los docentes, como insta la Instituto Técnico Valle indagación, la duda, la reflexión de si las cosas o fenómenos son o no son como se creían. Artículo 33: otras técnicas que son útiles para evaluar los aprendizajes que pueden ser utilizados por el docente, tales como: mesa redonda, conversatorio, entrevista, pruebas de comprensión, análisis, discusión crítica y en general, de apropiación de conceptos foro, panel, seminarios, talleres el resultado ; de la aplicación de las técnicas debe permitir apreciar el proceso de organización de los aprendizajes que ha elaborado el estudiante y de sus capacidades Para producir formas alternativas de solución de problemas. Es importante que las pruebas basadas exclusivamente en la reproducción memorística no se deban tener en cuenta en la evaluación del rendimiento, ya que no permite el desarrollo de aprendizaje autónomo y crítico. La empresa como parte integrante del proceso de formación, desempeña un papel importante, en tanto que permite la aplicación real de los conocimientos teóricos y prácticos adquiridos durante la formación. La función evaluadora de la empresa consiste en la orientación, seguimiento y valoración del desempeño del estudiante en ella, esta es responsabilidad directa del jefe inmediato del educando en la empresa. Para el registro de la evaluación se utilizará el formato diseñado para tal fin. El Jefe inmediato, como consecuencia de la evaluación puede y/o debe establecer la recuperación que se consignará en el formato. Artículo 34: COMITÉ EVALUACION Y DE SEGUIMIENTO. EL comité es un ente de carácter consultivo y asesor para el Coordinador Académico, integrado por el Coordinador y un docente por programa, así como por los docentes que participan en el proceso formativo del educando. Es el organismo mediador fundamental entre las diferentes instancias relacionadas con el proceso de evaluación, para propiciar espacios de análisis y reflexión en un marco de tolerancia y respeto a la Instituto Técnico Valle individualidad, la pluralidad y la diferencia. Sus conceptos se consignarán en el formato diseñado para tal fin y se refrendan en el Acta del Comité. La aprobación de las competencias en su componente teórico se notificara por parte del docente a la coordinación académica al finalizar el módulo así: Se manejaran notas numéricas de uno punto cero (1.0) a cinco punto cero (5.0). Comprendidos en los siguientes rangos: 1.0 – 2.1 Desempeño Deficiente 2.2 2.9 Desempeño Bajo. • 3.0 3.9 Desempeño Básico. • 4.0 4.5 Desempeño Alto. • 4.6 5.0 Desempeño Superior. Artículo 35: se considera no aprobado el módulo o una unidad de aprendizaje cuando al computar las evaluaciones parciales se obtiene una nota definitiva inferior a tres, cero (3.0). Desempeño Básico Artículo 36: la nota final se obtendrá computando las notas de las evaluaciones parciales de conocimiento, de producto y de desempeño. Artículo 37: las notas obtenidas en cada módulo se publicarán en las carteleras de la institución para información y verificación, igualmente podrán ser consultadas en coordinación. Parágrafo: Artículo 38: en caso de que la calificación publicada no concuerde con la calificación obtenida por el estudiante, éste reclamará ante la Coordinación de programas técnicos para su correspondiente corrección dentro de un plazo no superior a quince días hábiles siguientes a la publicación. Instituto Técnico Valle Artículo 39: cuando una evaluación sea anulada por fraude, se calificará con cero, cero (0.0) y el docente informará por escrito a la Coordinación de programa técnicos. CAPITULO 8 DE LOS PLANES DE MEJORAMIENTO Artículo 40: recuperaciones. El instructor en cada módulo recomendará las tutorías preventivas a estudiantes que requieran de acompañamiento y refuerzo. Y que hayan tenido una evaluación de desempeño bajo al finalizar el modulo. Sin embargo, si persiste la falencia y no cumple los logros esperados de una unidad o de un módulo de formación, el estudiante, presentará la correspondiente recuperación mediante un plan de mejoramiento en una fecha concordada entre el docente y el estudiante, para este fin puede ser asistido con tutorías preventivas o correctivas personalizadas o en grupo conducentes a guiar y facilitar al estudiante para la elaboración de las evidencias del correspondiente. En cualquiera de los casos, estas tendrán un costo adicional establecido por la institución, establecido según la duración del plan de mejoramiento. Los planes de mejoramiento tienen la finalidad de fortalecer el proceso de formación al proporcionar al estudiante oportunidades cuando presenta dificultades de índole académico o latitudinal permitiendo alcanzar los logros que presentan dificultades. El cumplimiento del desarrollo de un módulo de formación se retrasa en los siguientes casos: Por inasistencia conforme al promedio de permisividad establecido por cada unidad. Por no alcanzar la realización de evidencias. Instituto Técnico Valle CAPITULO 9 DEL PORTAFOLIO DE EVIDENCIAS Es una producción personal que recopila todo el proceso que el estudiante ha realizado en un módulo respectivo. El portafolio contiene: registro de inscripción, las evaluaciones requeridas por la norma de competencia, listas de chequeo de desempeño y producto, planes de mejoramiento y el concepto de cumple o aun no cumple. CAPITULO 10 DE LAS PRÁCTICAS El estudiante además de haber aprobado la parte teórica debe aprobar todas las prácticas que se hayan programado en el programa y que se realizan en un orden lógico de acuerdo al avance que se contempla en cada semestre. Para tener el derecho a realizar estas, es fundamental que el estudiante cumpla una serie de requisitos como son: Portar el uniforme correspondiente según la práctica y el carnet de identificación Haber cursado y aprobado todos los módulos teóricos que sirven como soporte a la practica Tener vigente la póliza de responsabilidad civil, riesgo biológico y estudiantil Presentar la copia del carnet de vacunas exigidas Estar afiliado a una entidad promotora de salud Cumplir con las otras normas que establezca la institución y que permiten el adecuado cumplimiento de las mismas Firmar el contrato de la práctica. EVALUACION DE PRACTICAS: Los siguientes son criterios de evaluación definidos para cada uno de los desempeños de prácticas Instituto Técnico Valle Desempeño Superior Descripción: asume un comportamiento excelente acorde con los valores de cada unidad de enseñanza aprendizaje y modulo, alcanzando óptimamente los logros planteados y ejecutando de manera apropiada los procesos que le permitan enriquecer su aprendizaje. Criterios de Evaluación • Participa activamente en el desarrollo de las diferentes actividades en el sitio de practicas Trabaja de manera constante y enriquece al grupo. • Maneja adecuadamente las enseñanzas aprendidas y las relaciona con experiencias vividas, adoptando una posición crítica. • Respeta en las actividades planteadas, tanto por el docente como por sus compañeros. • Contribuye a la dinámica de grupo con su excelente comportamiento y actitud. • Consulta diversas fuentes de manera que enriquece las enseñanzas vistas en clase. • Asume con responsabilidad y dedicación sus compromisos académicos. • Presenta a tiempo sus trabajos, consultas, actividades desarrolladas en clase y las argumenta con propiedad. • Ante sus ausencias presenta excusas justificadas sin que su proceso de aprendizaje se vea afectado. • Alcanza los logros propuestos durante el periodo. • Su comportamiento es adecuado y mantiene buenas relaciones con todas las personas de la comunidad educativa. • Demuestra sentido de pertenencia. Instituto Técnico Valle 2. Desempeño Alto Descripción: mantiene una actitud positiva y un comportamiento sobresaliente acorde con los valores de cada modulo, alcanzando satisfactoriamente los logros planteados en su proceso de aprendizaje. Criterios de Evaluación • Maneja y argumenta las enseñanzas aprendidas en clase. • Participa moderadamente en el desarrollo de las actividades. • Reconoce y supera sus dificultades de comportamiento. • Su comportamiento favorece la dinámica de grupo. • Aporta ideas que aclaran las posibles dudas que surjan durante el proceso. • Busca información en diferentes fuentes para afianzar sus enseñanzas. • Presenta a tiempo sus trabajos, consultas y actividades. • Alcanza todos los logros propuestos. • Presenta faltas de asistencia justificadas. • Demuestra sentido de pertenencia. Desempeño Básico Descripción: presenta una actitud y comportamiento aceptable ante los valores de cada modulo, cumpliendo los requerimientos mínimos para alcanzar los desempeños necesarios en las competencias. Instituto Técnico Valle Criterios de Evaluación • Participa eventualmente. • Trabaja de manera inconstante. • Relaciona las enseñanzas aprendidas con experiencias de su vida, pero necesita de colaboración para hacerlo. • Es inconstante en la presentación de sus trabajos, consultas y tareas; las argumenta con dificultad. • Presenta debilidades al argumentar las enseñanzas vistas. • Demuestra un comportamiento académico y formativo inconstante. • Alcanza los desempeños mínimos con actividades complementarias dentro del período académico. • Es inconstante en la presentación de la justificación de faltas de asistencia. • Desarrolla un mínimo de actividades curriculares requeridas. • Manifiesta sentido de pertenencia. Desempeño Bajo Descripción: Presenta una actitud insuficiente y de desinterés ante los valores y ante los requerimientos mínimos para alcanzar los desempeños necesarios en las competencias. Criterios de Evaluación • Presenta un ritmo de trabajo inconstante, lo que dificulta el progreso en su desempeño académico. Instituto Técnico Valle • Manifiesta poco interés por aclarar las dudas sobre las temáticas trabajadas. • Registra eventualmente sus consultas y el desarrollo de las temáticas. • Necesita ayuda constante para profundizar conceptos. • • Presenta deficiencias en la elaboración argumentativa y en la producción escrita. Evidencia desinterés frente a sus compromisos académicos. • Afecta con su comportamiento la dinámica del grupo. • Presenta debilidades para alcanzar los desempeños mínimos y requiere actividades de refuerzo y superación, sin embargo, después de realizadas las actividades de nivelación no alcanza los logros previstos. • Presenta faltas de asistencia injustificadas. • Presenta dificultades de comportamiento. • Carece de sentido de pertenencia. CAPITULO 11 DE LAS CERTIFICACIONES Artículo 41: El INTEV, sólo expide certificaciones de asistencia y de finalización de un módulo siempre y cuando se hayan obtenido los logros teóricos y prácticos PARAGRAFO: para solicitar cualquier tipo de certificado, el estudiante debe estar financieramente a paz y salvo con la respectiva cuota del mes que solicita el certificado y el costo es de medio salario mínimo legal vigente diario si es de notas y un cuarto de salario mínimo legal vigente diario si es de matrícula. Artículo 42: Todo certificado diferente al de matrícula deberá solicitarse a la institución con un mínimo de siete (7) días calendario de anticipación en relación a la fecha de entrega del mismo pretendida por el solicitante. Instituto Técnico Valle CAPITULO 12 PARA EFECTOS DE LA CERTIFICACIÓN Artículo 43: Para optar el certificado de Aptitud Ocupacional el ESTUDIANTE deberá haber cumplido con todos los procesos reglamentarios establecidos por INTEV. Artículo 44: El certificado será otorgado en ceremonia colectiva, en fecha previamente fijada por el calendario académico y EL ESTUDIANTE, deberá cumplir con todos los requisitos reglamentarios dentro del plazo determinado por INTEV. Parágrafo 1: Igualmente se podrá otorgar de manera individual a solicitud del estudiante en fecha posterior a la ceremonia colectiva, acordada entre las partes. CAPITULO 13 DEL RECONOCIMIENTO DE SABERES Y VALORACION DE RECONOCIMIENTO DE SABERES DE NORMAS DE COMPETENCIAS PARA CANDIDATOS QUE DEMUESTEN CONOCIMIENTO EXPERIENCIA Y PRÁCTICA PREVIAMENTE ADQUIRIDAS RECONOCIMIENTOD E SABERES Artículo 45: Procedimiento. Los casos de solicitud de reconocimiento de saberes de normas de competencia laboral se presentarán a la secretaría general, y dirigido a la dirección, quien a su vez designará al coordinador académico de programas técnicos para iniciar el proceso de reconocimiento de saberes y verificación de la información entregada y evaluación de las normas de competencia de la titulación que se ostenta reconocer. En caso que el aspirante no presente certificado que compruebe sus estudios, experiencia y práctica de la competencia a reconocer deberá iniciar desde el primer semestre. Instituto Técnico Valle Artículo 46: evaluación de valoración de reconocimiento de saberes. Se entiende por evaluación de valoración de conocimientos la prueba autorizada por Coordinación de programas técnicos, que se presenta por una sola vez para garantizar la idoneidad en el conocimiento de la temática de uno o vario módulos cuando haya cursados estos en otra institución. Artículo 47: las evaluaciones de valoración de reconocimiento de saberes deberán ser solicitadas de manera formal por el interesado y las aplicará el profesor asignado por la Coordinación académica de programas técnicos. La calificación debe ser igual o superior a 3.5 para certificar el módulo. Artículo 48: Requisitos para solicitud de Reconocimiento de saberes: - Dirigir solicitud para el reconocimiento a secretaría general. - Certificado de notas original de la institución de la cual viene y serán objeto de estudio - Copia de cédula de ciudadanía. - Dos fotos 3 x 4 fondo blanco Artículo 49: Mecanismos para efectos de reconocimiento de saberes y valoración de conocimientos. El aspirante de reconocimiento de saberes de una titulación o plan de estudios debe: - presentar la carta de solicitud y anexar los requisitos exigidos para efectos de estudiarla por la dirección. - Presentar una entrevista personal en coordinación académica de programas técnicos donde se ampliará la información y requisitos al respecto. - El aspirante a realizar el reconocimiento e saberes y/o obtener el certificado de aptitud ocupacional debe cancelar el costo de las evaluaciones de Instituto Técnico Valle reconocimiento de saberes, el cual se dará a conocer antes de comenzar cualquier proceso académico. - Una vez hecho este proceso se procederá a ubicar al estudiante es el ciclo que corresponda y se establece el tiempo que deberá cumplir para culminar el programa al cual solicito. Parágrafo 1: bajo ninguna circunstancia los valores cancelados por estos conceptos son reembolsables, ni transferibles a terceros. CAPITULO 14 DE LOS ESTÍMULOS ACADÉMICOS Artículo 50: de las distinciones. El instituto otorgará las siguientes: Notas de felicitación con anexo a su hoja de vida - Mención de honor por rendimiento académico, excelencia - Mención al mejor compañero por colaboración, compañerismo - Mención al esfuerzo Parágrafo 1: Se realizaran otras distinciones durante el desarrollo del programa con copia a la hoja de vida. CAPITULO 15 DE LAS SANCIONES Artículo 51: El instituto podrá imponer a los estudiantes las siguientes sanciones, una vez cumplido el debido proceso. Amonestación verbal. Será impuesta por el instructor del módulo o por el coordinador académico, cada ocasión que el estudiante interfiera el normal desarrollo de cualquier actividad, sea esta académica, disciplinaria y/o Instituto Técnico Valle administrativa. De este tipo de amonestaciones la persona que le imp-a debe presentar un informe con copia al estudiante y al archivo académico. Amonestación escrita. Se realiza en la hoja de anecdotario puede ser impuesta por el instructor, coordinador académico o dirección general. Este tipo de amonestación aplica en cualquier caso de reincidencia de hecho que haya ocasionado amonestación verbal contra miembro de la institución o por contravención continuada de cualquier estatus o norma de la institución. Matrícula condicional. Por faltas consideradas graves. Es el acto mediante el cual se subordina la permanencia del estudiante a su buen comportamiento y demás exigencias académicas y legales que se formulen como resultado de la investigación. Cancelación de la matrícula. Se procederá a desvincular al estudiante por varios semestres académicos o por término definitivo dependiendo de su gravedad. En caso de producirse la expulsión del estudiante por una falta considerada muy grave, este no podrá ser admitido posteriormente a ninguno de los programas ofrecidos por la institución. Artículo 52: intensidad de las faltas. Las faltas disciplinarias para efecto de las sanciones a tomarse se calificarán como: Leves o graves atendiendo a la naturaleza y sus efectos, las modalidades y circunstancias del hecho, los motivos determinantes y los antecedentes del ESTUDIANTE. Artículo 53: falta leve. Definición. Las faltas leves, son aquellas que deben ser corregidas porque, además de causar algún malestar, expresan un comportamiento inadecuado del estudiante que, de alguna manera lesiona los derechos de los demás. DEBIDO PROCESO ANTE UNA FALTA LEVE. Ante una falta considerada leve se procede de la siguiente manera: El instructor o el coordinador dialoga con el estudiante. - Dos veces la misma falta leve ocasiona una amonestación verbal, instructor realiza el informe debido. Instituto Técnico Valle - Incurrir en la misma falta por tercera ocasión, se realiza acta en la coordinación, se dialogara con el estudiante mediante acta de compromiso y se realizará la anotación en la hoja de anecdotario del ESTUDIANTE. - Ante la reincidencia de una falta leve se le dará tratamiento de falta grave. Considerase faltas leves: Salida del Instituto sin previo aviso, inasistencia a clases, no portar el uniforme reglamentario, apariencia personal sucia y descuidada, portar el uniforme incompleto, ser descortés y displicente, llegar tarde a clase, no asistir a la jornada académica completa sin justa causa, vender comestibles u otros artículos dentro de las aulas o en cualquier dependencia del INTEV, fraude en valoraciones o trabajos académicos, desacato, utilizar expresiones de irrespeto y grosería, comer alimentos en los sitios no autorizados. Artículo 54. Falta grave. Definición. Se consideran faltas graves las que atentan contra la vida, honra y bienes de los demás, la Institución y en general de la comunidad educativa, la convivencia pacífica y el buen nombre del INSTITUTO, tendrán un tratamiento especial, en este caso el estudiante firmara el compromiso académico disciplinario, donde se especificaran las condiciones de la institución y pueden conducir a: pérdida de la calidad de ESTUDIANTE, matrícula condicional. - Son faltas graves: Reincidencia en faltas leves (3) veces - Inasistencia colectiva de varios estudiantes como manifestación de desacato. Agresión verbal o de hecho contra cualquier persona de la comunidad educativa. - Uso del lenguaje y actitudes groseras y vulgares, tanto verbal como escrito. - Incitación al desorden o indisciplina que implique la suspensión de actividades académicas normales o la alteración del orden institucional. - Fumar, ingerir bebidas alcohólicas, sustancias alucinógenas o fármacodependientes dentro de INTEV, o fuera de ella portando el uniforme. - Portar el uniforme en sitios como: bares, grilles o billares. - Difamación comprobada de cualquier miembro de la comunidad educativa. - Utilizar de manera negativa el nombre o el carné del INTEV. Instituto Técnico Valle - Actos de indisciplina, injuria u ofensas graves. - Agresión física, moral o discriminación a cualquier miembro de la comunidad educativa. Artículo 55: Faltas graves que causan la cancelación automática de la matricula una vez comprobados los hechos: - Suplantación de personalidad y falsificación o sustracción de documentos Escándalo público donde se compromete el buen nombre de INTEV. - Vandalismo: daños graves en las instalaciones y bienes de la institución - Porte de armas - Acoso sexual a cualquier miembro de la comunidad educativa - Expendio de drogas alucinógenas - Hurto o daño premeditado en el material de enseñanza, mobiliario, en las instalaciones del INTEV, las pertenencias ajenas tanto en la institución como en los sitios de práctica. - Cancelación de matriculas cuando el estudiante: Cometa faltas graves o participe en actos que atenten contra la estabilidad de la Institución y la integridad física y/o psicológica de cualquier miembro de esta dentro o fuera del establecimiento educativo. CAPITULO 15 JORNADA Y REGLAMENTO INTERNO DE LA JORNADA ACADÉMICA Artículo 56: El programa tendrá dos jornadas en la semana de lunes a jueves de las 8:30 a las 11:30 horas y de las 2:00 a las 5:00 horas y dos jornadas los sábados de 8:00 a las 12:00 y de 2:00 a las 6:00. La parte práctica que posee cada módulo se realizara dentro del tiempo estipulado. La institución acordará previamente los horarios y sus fechas respectivas, dependiendo de las circunstancias. Instituto Técnico Valle CAPITULO 21 DE LOS PROCESOS Artículo 57: asistencia a clases. La asistencia a clases es obligatoria, para los programas de modalidad presencial. El registro de asistencia se llevará por el profesor del módulo respectivo. Parágrafo 1: la falta de asistencia injustificada al 20% de la intensidad horaria del periodo académico respectivo, en cualquier tipo de módulo o unidad de aprendizaje será causal de la no aprobación de ésta, independientemente de las notas obtenidas en las evaluaciones. Parágrafo 2: en caso de una causa justificada, se reevaluará el porcentaje en horas, para este fin el estudiante presentará su justificación dentro de los (4) días hábiles siguientes al momento de su expedición. Parágrafo 3: para que se tenga como válida la certificación médica de incapacidad, se requiere que esta provenga de la Entidad Promotora de Salud que afilia al estudiante y que sea presentada ante la Coordinación de programas técnicos. Parágrafo 4: con la finalidad de asegurar la objetividad y garantía de igualdad a todos los estudiantes en el control de la asistencia, los docentes deberán consignar en el seguimiento las inasistencias detectadas en cada jornada académica de trabajo presencial. Artículo 58: el docente deberá presentar un informe escrito a la Coordinación académico de programas técnicos con copia a la secretaría general, de los estudiantes que acumularon faltas de asistencia suficientes para la no aprobación del módulo. Este informe será suministrado en el momento en que el estudiante supere el máximo de inasistencias establecido. Instituto Técnico Valle Artículo 59: evaluaciones supletorias. Son aquellas que se presentan en fechas distintas a las señaladas para evaluaciones regulares, solo se realizan cuando por causa justificada el estudiante no haya podido presentarlas oportunamente. Parágrafo 1: los supletorios serán presentados exclusivamente en las fechas que se fijen en el calendario académico. Transcurrida la fecha estipulada se perderá el derecho a realizarlo y la nota será 1.0. Parágrafo 2: el estudiante que no presente el supletorio en la fecha fijada por enfermedad o fuerza mayor, debida y oportunamente justificada, por escrito, ante la Coordinación de programas técnicos podrá ser autorizado para la realización de una evaluación supletoria excepcional. Artículo 60 para efectos de la realización del supletorio, el estudiante debe cancelar previamente el valor correspondiente a dicha evaluación en la secretaría general (dos salario mínimo legales diario vigente). Artículo 61: supletorio de clase. Es aquel que se presenta cuando se han realizado clases prácticas en las cuales se ha evaluado el desempeño del estudiante, por tanto el docente establecerá el número de horas que requiere el estudiante para ser evaluado. Artículo 62: para la realización del supletorio de clase el estudiante debe cancelar el valor correspondiente a cada hora fijada por el docente en secretaría. Artículo 63: repetición de una unidad de aprendizaje o un módulo por pérdida total: El módulo o una unidad de aprendizaje se debe repetir cuando el estudiante obtiene una nota inferior a 2.2, es decir un desempeño deficiente o cuando ha acumulado un número superior de inasistencias a las permitidas, cuando al realizar un plan de mejoramiento no recupera los logros correspondientes o cuando no se presenta a realizar el plan de mejoramiento en la fecha acordada. Instituto Técnico Valle Parágrafo 1: en caso de pérdida de módulo el estudiante debe repetir el módulo o la unidad correspondiente, lo que genera un costo adicional establecido por la institución el cual será cancelado previamente en secretaría general (el treinta por ciento del valor del semestre) Artículo 64: Conducto regular para la realización de un supletorio de clase. Corresponde al coordinador académico ejercer el control de asistencia de todos los programas y verificar el debido cumplimiento de la realización de los supletorios de clases. El supletorio de clase se realiza cuando se lleva a cabo una clase práctica que es difícil de recuperar de otro modo. Artículo 65: proceso para mejoramiento de competencias. El Instructor y el estudiante deben identificar y reconocer los factores que no permiten el proceso de aprendizaje y que afectan el buen rendimiento académico. El instructor remite al estudiante al coordinador académico el cual elaborara un informe y establece medios de recuperación acentuara la competencia o competencias que específicamente se vayan a trabajar. Si es necesario realizar la recuperación tendrá un costo adicional. (Dos salarios mínimos legales diarios vigentes) CAPITULO 16 DEL REGLAMENTO INTERNO Y OTRAS DISPOSICIONES Artículo 66: La modificación del presente reglamento solo podrá hacerse previo estudio de propuestas, hecha por el consejo de dirección. Ante tal efecto se nombrará un comité de modificación establecido por ambos consejos. Instituto Técnico Valle CAPITULO 17 CARACTERÍSTICAS, DERECHOS Y DEBERES DE LOS INSTRUCTORES O DOCENTES Artículo 67: Para ser Instructor del EL INSTITUTO TÉCNICO VALLLE “INTEV”, debe poseer título universitario expedido por universidad, aprobado por el Ministerio de Educación Nacional, tener mínimo 1 año de experiencia laboral y/o una experiencia como docente no inferior a un año. PARAGRAFO 1. El Instructor o docente del plantel debe: 1. enseñar con el ejemplo, ser capaz de controlar y mejorar sus pensamientos y conductas de manera autónoma y ser fiel al cumplimiento de su deber. 2. conocer a los educandos, y la cultura en que se hallan inmersos; ser capaz de deliberar, juzgar y actuar con acierto, en actitud de apertura y aceptación; de ceder cuando es necesario y de cumplir lo prometido. 3. Interpretar, argumentar vivencias a través del lenguaje y el uso prudente de la palabra. 4. Poseer una preparación profesional muy sólida,. Actualizándose en los campos del saber, ser dinamizador de la cultura ser investigador, innovador y creativo. 5. Valorar la vida, ser solidario. 6. Estar comprometido con el aprender y adquirir cada día nuevos conocimientos, para cambiar como persona y como educador profesional y para desarrollar nuevas destrezas y desempeños cambien su forma de vivir y de educar y obtener el verdadero cambio actitudinal que haga posible la verdadera libertad de enseñanza. 7. Utilizar creativamente, a través de la propia formación y la comunicación constructiva, las posibilidades educativas de los sistemas y del Internet. Aprovechar los avances científicos. PARAGRAFO 2: De los deberes de los catedráticos: 1. La relación instructor y/o docente – educando debe caracterizarse por el respeto, la fraternidad y la justicia. Instituto Técnico Valle 2. Disponer de 8 días para registrar novedades académicas. 3. Exigir puntualidad, buena presentación personal, respeto y orden en clases. 4. Todos los estipulados en la ley 115 de 1994 Decreto 1860 de 1194. 5. Informar cualquier anomalía que atente contra el buen nombre de la Institución. 6. Hacer uso del diferente recurso que tiene la institución para ser motivadora sus clases. 7. Realizar como mínimo una práctica dentro del modulo 8. Informar por escrito de las prácticas a realizarse por fuera de la institución. 9. controlar la asistencia de los estudiantes. PARAGRAFO 3: De los Derechos de los Instructores y/o docentes: Son todos aquellos relacionados o derivados de las normas legales que le competen según la constitución Nacional. Ley 115/94 decreto 1860/94. PARAGRAFO 4: De la Evaluación al docente e instructor: A los docentes e instructores de la institución se les realizara evaluaciones periódicas de su actitud, frente a su trabajo y desempeño comporta mental con los educandos, su metodología, su pedagogía, objetivos, logros y metas durante el modulo. Estas evaluaciones serán hechas a todos los docentes por la coordinación académica de la institución a la mitad del módulo y finalizando el modulo CAPITULO 18 DE LOS DERECHOS Y DEBERES DEL INSTITUTO Artículo 68. Deberes del instituto. En cumplimiento de las normas vigentes para el servicio educativo y en concordancia con el objeto del contrato título valor de servicios educativos, el Instituto tiene las siguientes obligaciones: - Ofrecer una capacitación de acuerdo a los fines de la educación colombiana, mediante los lineamientos del Ministerio de Educación Nacional, decreto Instituto Técnico Valle vigente. Desarrollar la capacitación y formación de la titulación que el ESTUDIANTE ha elegido. - El Instituto se compromete a reponer las clases, que por motivos circunstanciales e imprevistos del docente u otro no se realicen. - A desarrollar los planes propuestos para cada titulación. - Otorgar certificado de aptitud ocupacional siempre y cuando el ESTUDIANTE realice y apruebe la titulación teórico práctico y se encuentre a paz y salvo con la Institución. - Favorecer el acercamiento y diálogo constructivo de toda la comunidad educativa. - Garantizar al ESTUDIANTE, el cumplimiento de los objetivos y planes curriculares establecidos para cada titulación. - Mantener siempre EL INSTITUTO, en debido orden y aseo - Ofrecer al ESTUDIANTE, atención inmediata a fin de que el pueda transmitir sus inquietudes o dificultades. - Ofrecer asesoría psicológica costo adicional - Desarrollar hábitos de lectura, auto aprendizaje, estudio e investigación que favorezcan y mejoren el nivel de cultura de la comunidad estudiantil. Garantizar la puntual y respetuosa asistencia del instructor a clases y prácticas. El INSTITUTO se reserva para sí el derecho de contratación del profesional y su estancia en la institución depende de factores de desempeño ajenos a la voluntad del ESTUDIANTE, de igual manera si un profesional renuncia, la institución procederá a realizar una nueva contratación con otro profesional. Artículo 69: Derechos de INTEV. - Exigir el cumplimiento del presente manual de convivencia. - Asegurar su espíritu de empresa educativa, mediante la recuperación de los costos incurridos en el servicio, y a exigir y lograr el pago de los derechos, Instituto Técnico Valle correspondientes a mensualidades y otros cobros, por todos los medios lícitos que tenga a su alcance. CAPITULO 19 GOBIERNO INSTITUCIONAL Artículo 70: En cumplimiento del Artículo 19 del Decreto 1860/94, se organiza el gobierno escolar para la participación democrática de todos los estamentos que conforman la comunidad educativa, según lo dispuesto en la ley 115 de 1194 articulo 142. La principal función es servir de órgano consultor al consejo Directivo en la revisión de las propuestas del proyecto Educativo (PEI). PARAGRAFO UNO. De los Órganos del gobierno Escolar: El gobierno escolar está constituido por los siguientes órganos a. Del consejo directivo. Es la instancia directiva del gobierno escolar, encargada de resolver conflictos, adoptar y aprobar el reglamento institucional. Su orientación es académica y administrativa. Está integrada por: 1. El director General, quien lo preside y convocara ordinariamente cado dos meses y extraordinariamente cuando lo considere conveniente. 2. El Coordinador Académico. 3. Representante de los propietarios 4. Representante del personal docente, elegido por ellos mismos (serán dos cuando se trate del primer consejo de dirección. Art. 20) Funciones del Consejo de Dirección. El Consejo de Dirección es el máximo órgano de dirección pedagógica de este tipo de instituciones Art. 21, Dec. 114/96, sus funciones son las siguientes: Instituto Técnico Valle • Tomar decisiones que afecten la organización pedagógica que no sean competencia de otra autoridad (Secretaria de Educación). • Adoptar los reglamentos para la organización y funcionamiento, en especial el Reglamento Pedagógico. • Definir los costos educativos y adoptar las tarifas educativas (Art. 27, Decreto 114/96) • Ejecutar la evaluación institucional y de programas. • Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, sociales, culturales, deportivas, recreativas. • Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre estudiantes, docentes y administrativos. • Darse su propio reglamento. • Cerrar alguno o todos los programas (Art. 22, Decreto 114/96) • Las demás que le corresponden conforme a la ley y los reglamentos de la institución. b. Del consejo Académico Como instancia superior para participar en la orientación pedagógica, estará integrado por: 1. El director General, quien lo preside 2. El coordinador Académico 3. Un docente por cada área definida en el plan de estudios. 4. Representante de los estudiantes, elegido por ellos mismos. Funciones del Consejo Académico Son funciones del Consejo Académico las siguientes: • Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes necesarios para lograr la excelencia. • Organiza el plan de estudios y orientar su ejecución. • El consejo académico emitirá sus decisiones mediante acuerdos, constituye quórum para deliberar la mitad mas uno Instituto Técnico Valle c. Del Director General: Es la principal autoridad del plantel, el representante legal ante las autoridades educativas y el ejecutor de las decisiones de gobierno escolar. Como es el representante de la institución ante las autoridades educativas y ejecutor de las decisiones del gobierno escolar. Funciones del Director General • Orientar la ejecución del proyecto educativo institucional (PEI). • Velar por el cumplimiento de las funciones de los docentes y el oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para el desarrollo normal del plantel. • Promover el proceso de mejoramiento continuo de la calidad de la educación en la institución. • Mantener activas las relaciones con la autoridad educativa y con la comunidad local, para el continuo progreso académico y el mejoramiento de la calidad de vida de la comunidad. • Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa. • Orientar el proceso educativo con la asistencia del consejo Académico. • Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuye la ley, los reglamentos y el presente manual de convivencia. • Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas a favor del mejoramiento del proyecto educativo institucional (PEI). • Promover actividades de beneficio social que vinculen al plantel con la comunidad local. • Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del Estado, relacionadas con la prestación del servicio público de educación. • Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el proyecto educativo (PEI). Instituto Técnico Valle • Emitir resoluciones de carácter interno que permitan el mejor cumplimiento de las actividades de la institución. d. Del comité de convivencia y auto evaluación institucional El comité de convivencia es la instancia que fomenta la armonía y la convivencia en la comunidad educativa promueve actividades para fortalecer el crecimiento en valores de los integrantes de la INSTITUCION, evalúa y media los conflictos que se presenten dentro del plantel, lleva a cabo el seguimiento del cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Manual de Convivencia y en legislación vigente. Este comité estará integrado por: 1. El director, quien lo preside y lo convocara. 2. Dos representantes de los catedráticos. 3. Un representante del Personal Administrativo. 4. Dos estudiantes de diferentes semestres y jornadas. Funciones del comité de convivencia y auto evaluación institucional. a. Tomar las decisiones y resolver en primera instancia los conflictos de convivencia que se presenten en la institución. b. Diseñar e implantar los instrumentos necesarios para una sana convivencia. c. Servir de catalizador y regulador de propuestas y actividades sociales que estén en concordancia con los objetivos de la institución. d. Presenta y aplica las políticas y estrategias de autoevaluación con fines de mejoramiento de los programas e. Realizan las prácticas de autoevaluación en los programas cada año. Hace explicita la publicación de los resultados de la autoevaluación oportunamente para su amplia difusión Instituto Técnico Valle PARAGRAFO 1: DEL CONDUCTO REGULAR: De acuerdo con esta visión, los estímulos y reconocimientos, la solución de problemas y conflictos, se hará siguiendo el conducto regular, según corresponda, de acuerdo con las funciones de la instancia e injerencia de la misma en el caso de determinar y bajo el principio de subsidiaridad (delegación y respeto vertical de autoridad y consensos). 1. Si se trata de conflictos de índole académico: 1. Estudiante 2. Profesor 3. Coordinación Académica 4. Consejo Académico 5. Director General 6. Consejo Directivo *El educando presentara personalmente por escrito en original y copia la queja, reclamo o revisión de una nota o calificación al consejo académico *Del escrito se correrá traslado al docente, para que realice sus descargos, por espacio de tres días hábiles. *Entregado los descargos o aclaración, el consejo definirá la solución a seguir *De la resolución o acta que solucione la queja, reclamo o revisión se notificara a las partes. *La no aceptación de la solución, se podrá recurrir por única vez al consejo directivo quien fallara definitivamente. 2. Si se trata de conflictos disciplinarios o de convivencia. 1. Estudiante 2. Profesor 3. Comité de convivencia y Autoevaluación 4. Consejo Directivo Instituto Técnico Valle * La solución del problema se notificara a las partes quienes tendrán como única instancia el Consejo Directivo y este será quien tome la decisión final. PARAGRAFO: todos y cada uno de los miembros de la comunidad Educativa respetara y velara por el cumplimiento del conducto regular establecido en el presente Manual CAPITULO 20 DE LA SELECCIÓN Y CLASIFICACIÓN DEL PERSONAL QUE LABORA EN EL INSTITUTO Artículo 71: EL proceso de selección incluye los siguientes pasos: - Presentar hoja de vida con los correspondientes soportes a secretaría general para su estudio - Presentar entrevista con coordinador académico Cumplir con el perfil requerido para el cargo. - Conocer el manual de convivencia de la institución Artículo 72: El nombramiento y la contratación estarán a cargo de la dirección o siguiendo los parámetros establecidos por la junta de socios. Instituto Técnico Valle CAPITULO 21 DEL PERSONAL DIRECTIVO ADMINISTRATIVO, DOCENTES E INSTRUCTORES Artículo 73: Director general quien tiene como función del cargo: planear, organizar, dirigir, realizar, supervisar y evaluar las actividades necesarias para lograr que los objetivos y las metas propuestas en los planes y programas que ofrece el instituto sean óptimos. Artículo 74: Coordinación general académica de programas técnicos. Coordinar las actividades teórico practicas necesarias que conduzcan al buen desarrollo de los diferentes programas así como acciones y actividades que faciliten el cumplimiento de los objetivos y metas de los planes y programas de capacitación que desarrolla el instituto. Dependencia jerárquica dirección general. Artículo 75. Contador. Mantener al día la contabilidad pagos parafiscales e impuestos generados lo cual será sustentado mensualmente con el balance general. Realizar todas las operaciones contables con sus soportes respectivos y visto bueno de la dirección general. Dependencia jerárquica: Dirección General. Artículo 76. Secretaria general. Ejecución de labores de oficina y de asistencia administrativa o académica que sirven de apoyo para la prestación de los servicios y programas que ofrece el instituto. Artículo 80. Instructores y Docentes. Es el educador nombrado por las directivas para dirigir, conducir, orientar y animar una asignatura. Es el responsable inmediato del desarrollo armónico, de la formación humana e integral de sus educandos. Instituto Técnico Valle CAPITULO 22 DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO TECNICO VALLE Artículo 78: Son derechos de los trabajadores - Recibir buen trato - Recibir cumplidamente su contribución salarial de acuerdo a lo pactado - Recibir de la Institución los recursos necesarios para el buen cumplimiento de sus funciones. - Ser escuchado por las directivas del plantel y por quienes tienen responsabilidad académica y administrativa. - Ser escuchados cuando consideren que han sido injustamente afectados. - Recibir los estímulos establecidos por el INSTITUTO, cuando su labor lo amerite. - Recibir capacitación que conlleve al mejoramiento de su desempeño profesional. - A utilizar los recursos físicos y humanos del INSTITUTO, para lograr su mejoramiento profesional. - Participar en la organización del INSTITUTO, a través de comités de acuerdo con sus capacidades. Artículo 79: De los deberes del trabajador de INTEV Es deber del trabajador: - Orientar y facilitar el proceso de enseñanza aprendizaje. - Educar de acuerdo con las proyecciones Institucionales. - Asumir permanentemente una actitud de compromiso e identidad con el Instituto. - Velar por el cumplimiento de las normas y disposiciones que contempla el presente manual de convivencia. Instituto Técnico Valle - Cumplir eficientemente, con las cláusulas estipuladas en su contrato de trabajo. - Cumplir con las obligaciones estipuladas en el manual de funciones. - Responder puntualmente por las tareas asignadas en las jornadas académicas. - Participar en las actividades ordinarias y extraordinarias programadas por el INSTITUTO, tales como: Reuniones, evaluaciones, salidas pedagógicas, encuentros, jornadas sociales, culturales y asistir a los actos de certificación y clausuras. - Presentarse al INSTITUTO en óptimas condiciones para desempeñar sus labores. - Tratar con dignidad y sigilo los asuntos que puedan atentar contra el buen nombre del INSTITUTO. - Inculcar y forjar en el ESTUDIANTE, sentimientos de solidaridad, compañerismo y comprensión hacia los demás. - Colaborar con todo el equipo en las actividades extracurriculares que se desarrollen. - Mantener buenas relaciones con los diferentes agentes educativos. - Respetar los derechos de las personas y evitar comentarios contrarios a la vida y honra de los demás. - Atender al ESTUDIANTE que solicite información u orientación en el momento y lugar adecuado. - Cumplir con su horario laboral. - Informar de su ausencia a la dependencia correspondiente con los comprobantes requeridos. - Solicitar permiso para ausentarse de la jornada de trabajo ante la autoridad competente. Instituto Técnico Valle - Ser honesto, veraz, leal, responsable y prudente en el desempeño de su cargo. - Mantener en completo orden y limpieza el sitio de trabajo e implementos a su cargo. - Orienta, acompaña, diligencia las solicitudes del cliente. Parágrafo 1: Bajo ninguna circunstancia un trabajador del instituto realizará o aceptará actividades extracurriculares de índole personal o social con ESTUDIANTES, tampoco en ninguna actividad institucional se autoriza ingerir bebidas alcohólicas, ni fumar. Un trabajador del INSTITUTO no podrá sostener relaciones amorosas con un ESTUDIANTE, utilizar los recursos físicos y humanos del INSTITUTO, para lograr su mejoramiento profesional, Participar en la organización del INSTITUTO, a través de comités de acuerdo con sus capacidades. DE LAS SANCIONES PARA EL PERSONAL QUE LABORA EN INTEV Artículo 80: El personal que labora en INTEV, será sancionado por no cumplir con el código sustantivo de trabajo, los términos del contrato laboral, los reglamentos internos de trabajo, de higiene y seguridad industrial o manual de convivencia. CAPITULO 23 DISPOSICIONES VARIAS. Artículo 81: Toda comunicación formal que dirija un ESTUDIANTE o TRABAJADOR, deberá presentarla con copia para que sea válido, tanto el original como la copia, requieren la firma de quien la recibe. Instituto Técnico Valle CAPITULO 24 DERECHOS DE CERTIFICACIÓN REQUISITOS PARA OPTAR POR EL CERTIFICADO DE APTITUD OCUPACIONAL Artículo 82: Para que los estudiantes del INTEV, obtengan su CERTIFICADO DE APTITUD OCUPACIONAL, LA INSTITUCIÓN EXIGE: - Encontrarse a paz y salvo con todas los módulos de formación por competencias. - Encontrarse a paz y salvo en materia financiera. CAPITULO 25 SEGUIMIENTO DE EGRESADOS Artículo 83: Objetivo General Promover la comunicación permanente de los egresados de enfermería con el programa mismo, con el ánimo de generar y fortalecer la vinculación con la vida académica de la institución. Articulo 84: Objetivos específicos 1. Estimar la contribución social que los egresados han realizado en el medio externo, así como el reconocimiento que este otorga. 2. Establecer el grado de satisfacción que los egresados expresan de su formación técnica 3. Ubicar laboralmente, en la medida de lo posible, a los recién egresados 4. Estimular el perfeccionamiento l de los egresados a partir de la difusión e incorporación de estos a programas de actualización. 5. Derivar de sus aportes renovaciones y ajustes de tipo curricular. Instituto Técnico Valle PARAGRAFO 1: Conformar la Asociación de Egresados, Las políticas de egresados de Técnico Laboral Auxiliar en enfermería y/o Salud Oral se encuentren enmarcados en el Plan de Acción de la institución, derivándose del sub. proyecto “Sistema de Acompañamiento de Egresados” que hace referencia al seguimiento y ubicación de las actividades que desarrollan los egresados, así como también a la necesidad de crear “un sistema que permita hacer el acompañamiento de los egresados para establecer, entre otros aspectos, dónde se encuentran, qué hacen, qué tanto su desempeño de sus funciones es una expresión adecuada de los fines y del compromiso social de la institución y cuánta aproximación hay entre la formación que la institución ofrece y el ejercicio real de los egresados.” 1 PARAGRAFO 2: Para poder realizar un estudio de seguimiento y desempeño de acuerdo a criterios como: empleo, comunidades académicas, asociaciones científicas, académicas, servicio en sectores público y privado, entre otros, de los programa técnicos a partir de que sea aprobado – realizara actividades encaminadas, en primera instancia, a detectar en donde están ubicados los egresados. Para ello se actualizara la base de datos de los mismos de acuerdo a los siguientes criterios: 1. Recolección de la base de datos de egresados existentes, basados en fuentes de apoyo como: formularios de inscripción, hojas de vida y demás documentos existentes en la facultad. (ver anexo: Formato Formulario de entrevista a egresados.) 2. Paulatina depuración de la base de datos en orden cronológico. 3. Actualización de datos por medio del diseño de un formato el cual proporcionará la información necesaria para conocer la situación laboral, ubicación y desempeño actual de cada egresado. (ver anexo: Formato de la encuesta aplicada a los egresados 4. Una vez obtenida la actualización de datos proceder a involucrarlos en todas las actividades que la Facultad de Comunicación realice. 1 Plan general de intev Instituto Técnico Valle 5. Se realizara espacios de participación para egresados por medio de distintos eventos como mesas de trabajo, seminarios, conferencias, charlas entre otras con el fin de hacer un análisis de la situación actual de los egresados. PARAGRAFO 3: RESULTADOS OBTENIDOS Luego de la consecución de los objetivos planteados. En una primera parte del proceso en la recolección de la información que permita el perfeccionamiento de la base de datos para, posteriormente, aplicar el formato de seguimiento que nos permitirá tener una información más clara sobre la percepción del Egresado en temas relacionados con su desempeño Laboral y su deseo de seguir vinculado con la Institución CAPITULO 26 REGLAMENTO PARA EL PERSONAL QUE LABORA EN INTEV Artículo 85: está ajustado teniendo en cuenta el manual de funciones y competencias laborales, para los empleos que conforman la planta de personal del INSTITUTO TECNICO VALLE “INTEV”, cuyas funciones deberán ser cumplidas con criterios de eficiencia y eficacia en orden y logro de la misión, objetivos y funciones que la ley y los reglamentos le señalan al INSTITUTO TECNICO VALLE “INTEV” Artículo 86: Dicho reglamento empieza a regir a partir de la fecha de promulgación. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE ELBER NATES Director General YENNY ROZO Directora Administrativa Dado en la ciudad de Yumbo, a los 30 días del mes de junio
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