LECCIÓN Nº. 3 HISTORIA DEL DERECHO PERUANO Y

UNIVERSIDAD JOSE CARLOS MARIATEGUI
LECCIÓN Nº. 3
HISTORIA DEL DERECHO PERUANO Y DERECHOS QUE HAN
INFLUIDO EN EL:
OBJETIVOS:
1. Saber mediante la Historia del Derecho, qué derechos han influenciado en la
formación del Derecho Peruano.
2. Determinar, la importancia del estudio de la Historia del Derecho Peruano.
3. Conocer si el Derecho Romano y Canónico, tuvieron una influencia decisiva en el
estudio del Derecho patrio Español.
4. Conocer la Historiografía Jurídica del Derecho Peruano en el Siglo XX.
A.
HISTORIOGRAFÍA DE LOS DERECHOS EUROPEOS.
CONCEPTO.- Por esto se entiende la reunión, clasificación y organización de datos de
carácter jurídico dentro de los diferentes países.
Dentro de las obras escritas acerca de los Derechos y que algún modo lo han
influenciado, se encuentran:
-
B.
Derecho romano
Derecho canónico
Derechos Europeos: Francés, Alemán, Italiano, Inglés.
Derecho español
DERECHO INDIANO:
Es el derecho español dictado para América, referidos principalmente al derecho
de propiedad, condición de la mujer, derecho de familia, etc. que estudió y trató José
Maria Ots.
Asimismo, existen otros trabajos como el de Antonio Muro y Orejón sobre Ley del Nuevo
Código de Indias; Juan Manzano; y el jurista Ayala sobre las Instituciones jurídicas de la
Conquista.
Otras obras están referidas a:
- Comercio y navegación entre España y las Indias
- Los bucaneros y los piratas
- Derecho Público Indiano
- Código negrero, la magistratura indiana y las Audiencias.
En las relaciones expuestas sólo se señalan algunos de los estudios que han servido de
referencia historiográfica.
C.
LA HISTORIA JURÍDICA PERUANA.
Al referirnos a la Historia del Derecho Peruano, lo entendemos como la historia de
los sistemas jurídicos que se han sucedido en el territorio que hoy es asiento de la
República Peruana.
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En Europa el desenvolvimiento jurídico no corresponde con su proceso histórico, ya que
éste último se ve interrumpido por violencia sucesiones de pueblos, culturas y razas
diversas, en tanto que en América ocurre que la formación de las nacionalidades se ha
operado en una época reciente, cuando las nacionalidades europeas ya estaban
definidas.
La Historia del Perú se divide desde el Punto de vista cronológico en la forma siguiente:
Época Prehispánica que comprende:
1) Culturas pre incas
2) Cultura inca
Época Colonial: comprende:
Conquista
Virreinato
Época Republicana: comprende:
1) Emancipación
2) Hasta el presente
Esta misma división puede hacerse en la historiografía del Derecho Peruano.
D.
IMPORTANCIA DEL DERECHO PERUANO.
El desarrollo de las culturas pre incas, la organización del Estado inca, todas las
instituciones prehispánicas y la forma como se conectaron estas culturas con la
civilización occidental europeo de cultura jurídica muy evolucionada, constituyeron una
singular y fascinante experiencia vivida por el hombre.
En consecuencia, la formación de nuestra nacionalidad no se produjo de grupos errantes,
aborígenes bárbaros o exploradores aventureros, sino por el contrario surge de dos
civilizaciones de estado y desarrollo divergente, correspondientes a situaciones y niveles
irreconciliables, pero dotadas cada una de ellas de madurez y autenticidad.
España, que acababa de asimilar como precedente el Derecho Romano dictó para
América un Derecho especial, y que resultó precursor en algunos aspectos del Derecho
social y que contemplo graves problemas arrastrando hasta nuestro tiempo.
El Derecho de los Incas, el Derecho español y el Derecho indiano, resultaron conjuntos
de vital importancia dentro de sus respectivas.
Inmediatamente después del Descubrimiento, y ya desde la Colonia existió en América la
obsesión por imitar todo lo español.
En el S. XIX, nuestro derecho a la vez que se nacionaliza con la República, se
extranjeriza. Es decir se nacionaliza porque se concreta a lo peruano dejando lo
americano o indiano, pero se extranjeriza porque realiza una copia de doctrinas
importadas. Lo importante es sin embargo que de los distintos procesos históricos se va
formando un sistema jurídico típicamente peruano.
La historia del Derecho peruano, es la historia de la formación paulatina de un derecho
genuino o nacional, con el bagaje de diversas influencias recibidas y que fueron
extranjeras en un principio pero al recibir la influencia propia, pasa por un proceso de
nacionalización y se convierte en autentico derecho peruano.
E.
LA HISTORIOGRAFÍA JURÍDICA DEL DERECHO PERUANO EN LA COLONIA.
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a)
EN LA COLONIA.
El Derecho Romano y el Derecho Canónico tuvieron una influencia decisiva
en el estudio del llamado Derecho patrio español, así como en el campo judicial.
Inclusive el Derecho Indiano tuvo bases teológicas, canónicas y romanas que
nacionales y de la misma manera éstos influyeron en el Derecho natural de la
Escuela española.
Los primeros ensayos de Historia jurídica peruana están representados por las
obras de los siguientes cronistas:
-
Polo de Ondegardo, Santillan, Matienzo y otros funcionarios y juristas coloniales
sobre las Instituciones del Estado Inca.
Juan de Solórzano, Antonio de León Pinelo, Gaspar de Escalona, fueron juristas
especializados en literatura jurídica colonial.
Vicente Paz y Cañete hizo manuscritos sobre la historia de Potosí, que se
guarda en el Archivo de Indias y refiere el régimen jurídico de la mita.
S. XVIII, aumentaron los estudios dedicados al Derecho peruano, pero se
referían principalmente al Derecho actual, mas no al histórico. En esta época se
puso de moda el estudio del Derecho Natural, con supremacía de la razón pura
como base de las normas.
A fines de este siglo se publicó “El Mercurio Peruano” por un grupo de sabios
denominada Sociedad natural, geografía, historia, pero sólo dedicaron pequeños
trabajos a la investigación histórico–jurídica, como, “El reglamento de Aguas que
rigió hasta la Época Republicana” de Cerdan; y otra obra, “Disertación Histórica y
política sobre el comercio del Perú” de Baquijano y carrillo.
b)
EN LA REPUBLICA.
En los primeros años del S. XIX se inició la preparación del C. C. que
posteriormente se dictó en el año 1852, y tuvo como característica principal que
recibió la influencia del Derecho codificador, centralizador y de inspiración
extranjera, en perjuicio de la comunidad indígena y con un criterio racionalista es
decir eminentemente antihistórico, y en desmedro de las costumbres locales. Sin
embargo cabe mencionar algunas obras de las que surge la primera influencia de la
Escuela Histórica del Derecho:
A. 1853, En el diario “El Heraldo”, Toribio Pacheco empezó la publicación de
artículos sobre las Constituciones del Perú, que fueron el inicio de la
transformación constitucional y de reformas en el Derecho Político.
B. 1860 a 1863, se publicó la “Revista de Lima” en la cual colaboradores de ésta
comentaron sobre el flamante Código Penal, pero acentuó los valores históricos
antes que los jurídicos. Entre otras publicaciones tenemos las siguientes:
a. “Ojeada sobre la esclavitud bajo el régimen colonial” de Manuel de
Mendiburu;
b. “Voto consultivo” de José Antonio de La valle y otros trabajos más.
C. 1860, se empieza la publicación del “Diccionario de la Legislación Peruana” por
Francisco García Calderón; estudió principalmente las instituciones vigentes,
conclusiones a las coloniales. En esta obra se analizó toda la obra legal
existente en el Perú hasta entonces; y nos interesa desde el punto de vista de la
historiografía jurídica correspondiente a la época colonial:
a. Código Civil y Código de Enjuiciamientos civiles.
b. Constitución Política de la República.
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c.
d.
e.
f.
g.
h.
i.
j.
Reglamento de Tribunales.
Código de Comercio y su Reglamento.
Ordenanza de Minería.
Tratados Internacionales con países de Europa y América.
Ordenanza del Ejército y de la Armada.
Las Leyes de las Partidas.
Recopilación de Castilla.
El moralista filatélico de Matraya, compiló decretos, leyes, reglamentos y
resoluciones de 1821 hasta 1859.
k. “Política Indiana” de Solórzano.
c)
EN EL PRESENTE SIGLO
Con la aparición de la obra “La Gaceta Judicial”, en 1874 se incrementaron
los estudios sobre Derecho Comparado y de historia jurídica efectuados por Manuel
Atanasio Fuentes, José Antonio Barrenechea, y Ramón Alzadora; y se creó la
cátedra de Historia del Derecho Peruano.
La obra jurídica desde el punto de vista histórico, empezó su florecimiento desde
años antes al presente siglo, tal como veremos ahora:
− 1874: Manuel Atanasio Fuentes publicó “El Derecho Constitucional Universal, la
Historia del Derecho Público Peruano”, en la cual se clasificó por materias las
disposiciones constitucionales vigentes en los principales países del mundo, así
como un estudio de la Organización Inca y de la Organización española.
Incluyó en un apéndice, los Códigos Civil, Penal y de Enjuiciamientos Civiles, las
Leyes de Imprenta, de propiedad literaria, de la Guardia Nacional, etc.
− 1874: José Antonio Barrenechea, publica en el diario “La Gaceta Judicial”,
lechones sobre Legislación Civil comparada, así como conceptos de Historia
del Derecho, división de historia externa a interna; estudios del Derecho Civil
positivo en Oriente, Israel, Grecia, Egipto, Derecho romano y la influencia del
cristianismo y de los germanos. Las Instituciones Incas, la época colonial, la
abolición de la esclavitud, ley sobre mayorazgo, etc.
− 1876: Ramón Alzadora, fue nombrado Catedrático del curso de Historia del
Derecho Romano y en el mismo año publicó un libro denominado “Curso de
Historia del Derecho Peruano”, que guarda el mérito de ser el único que existió
durante mucho tiempo y que compiló los conocimientos de la época en forma
clara y sistemática.
Posteriormente aparecieron otros trabajos que tuvieron más carácter histórico que
jurídico, como la obra de Enrique Torres Saldazando y F. C. Coronel Z.
− 1901: El Dr. Eleodoro Romero Romaña, que siguió la huella del Dr. Alzadora,
publicó el libro “Derecho Peruano”, haciendo crítica a la Constitución de 1812 y
sobre las Ordenanzas españolas referidas a la Hacienda Pública, así como las
Instituciones del C. C. que rigieron durante la época Colonial y reseñó decretos,
leyes, reglamentos, estatutos y constituciones que rigieron el Perú.
− 1905: Pedro M. Olivera, presentó como tesis universitaria “La Política Económica
de la Metrópoli” y en 1914 presentó estudios sobre reforma del C. C.
− 1918: Alfonso Benavides Loredo, presentó “Antecedentes de los Códigos
Peruanos” y “Bosquejos sobre la evolución político y jurídica de la época
republicana del Perú”.
− 1918: José Manuel Osores, con su obra “El medio y la Legislación”
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− 1918: César Antonio Ugarte, “los antecedentes históricos del régimen agrario
peruano”
− 1927: David Pareja, “Los jurisconsultos de la Colonia”.
− 1927: Alberto Ulloa, “Organización social y legal del trabajo en el Perú”; Estuardo
Núñez: “La influencia de las ideas jurídicas alemanas en el Perú”.
− Liderando Castro Pozo: “Del ayllu al cooperativismo”
− Horacio H. Urteaga: “trabajos sobre el Imperio incaico y la organización judicial de
los Incas y en la Colonia”.
− Víctor M. Maúrtua, sobre: “Recopilación de las leyes de Indias”.
AUTOEVALUACIÓN
CONTESTE BREVEMENTE.
1. ¿Cuáles son las obras escritas acerca de los Derechos y
que de algún modo lo han influenciado en la formación
del Derecho Peruano?
2. ¿Explique brevemente la Historiografía jurídica DEL
Derecho Peruano en la Colonia?
3. ¿Cuál es la Historiografía Jurídica en el presente
siglo?
4. ¿Cuál es la Importancia del Derecho Peruano?
MARCA (V) SI ES VERDADERO Y (F) SI ES FALSO.
1. El derecho indiano, es el derecho español dictado para
América.
(
)
2. Al
referirnos
a
la
Historia
Jurídica
Peruana,
entendemos como la Historia de los sistemas jurídicos
que han sucedido en el territorio que hoy es asiento de
la República Peruana. (
)
3. La Historia del Perú cronológicamente se divide en:
ÉPOCA Prehispánica; Colonial y Republicana.
(
)
4. ”El Mercurio Peruano” fue publicado por la Sociedad
Amantes del País. (
)
5. En 1853, Toribio Palacios publicó el diario “EL
HERALDO”. (
)
6. En 1876, Ramón Alzadora fue nombrado Catedrático del
Curso de Historia del Derecho Peruano. (
)
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