CONCEJO MUNICIPAL DE CAJICÁ ACUERDO 03 DE 2015 (18 de Abril) “POR EL CUAL SE DEROGA EL ACUERDO 22 DE NOVIEMBRE 27 DE 2009, SE MODIFICA PARCIALMENTE EL ACUERDO 14 DE 2014, SE ADOPTA LA NUEVA PLANTA DE PERSONAL DEL CONCEJO MUNICIPAL DE CAJICA, SE DETERMINA SU NOMENCLATURA Y CLASIFICACIÓN DE EMPLEOS, SE FIJA LA CORRESPONDIENTE ESCALA SALARIAL Y SE DICTAN OTRAS DISPOCICIONES” El Concejo municipal de Cajicá, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial las conferidas en la Constitución Política, Ley 136 de 1994 y los artículos 13 y 28 del Decreto 785 de 2005 y Decreto 2484 de 2014 y, CONSIDERANDO 1. Que el artículo 313 numeral 6 de la Constitución Política establece que corresponde a los Concejos Municipales( ...), determinar la estructura de la administración municipal y las funciones de sus dependencias; las escalas de remuneración correspondientes a las distintas categorías de empleo( ... ). 2. Que la Constitución Política establece en el artículo 209 que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley. 3. Que a su vez el artículo 3 de la Ley 489 de 1998 determina que la función administrativa se desarrollará conforme a los principios constitucionales, en particular los atinentes a la buena fe, igualdad, moralidad, celeridad, economía, imparcialidad, eficacia, eficiencia, participación, publicidad, responsabilidad y transparencia. 4. Con base en estos postulados que son rectores de la función administrativa y de lo previsto para el efecto por la Ley 1551 de 2012, la Ley 489 de 1998, la Ley 909 de 2004, el Decreto Nacional 1227 de 2005, por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública, que sustentan el proyecto de acuerdo por el cual se modifica la planta de personal de la Corporación, la cual se diseñó, con el fin de implementar su nueva estructura organizacional permitiendo con ello el fortalecimiento de la institucionalidad y garantizando una gestión orientada a la oportuna y adecuada prestación del servicio y de las funciones públicas que por Constitución y Ley se encuentran a cargo de la Corporación Acuerdo 03 de 2015 Calle2a. No. 4-07 teléfonos 8797806 – 8662608 - www.concejo.cajica-cundinamarca.gov.co Página 1 de 16 CONCEJO MUNICIPAL DE CAJICÁ 5. Que el artículo 18 de la ley 1551 de 2012, establece que es atribución del Honorable Concejo Municipal, organizar y dictar las normas necesarias para el funcionamiento de la administración local 6. Que mediante la Ley 909 de 2004 "Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones”, reguló las estructuras administrativas de las entidades estatales como también el empleo público y sus funciones, por lo que el Concejo Municipal debe ajustarse a los preceptos de la citada norma, de igual manera regula la necesidad de contar con estudios técnicos que soporten la creación de cargos o modificación de plantas de personal, lo cual debe obedecer a las reales necesidades del servicio. 7. Que el Decreto 2484 de 2014 establece en su artículo 5 que en los cargos en los cuales se exijan aprobación de estudios o título profesional se deberá identificar los núcleos básicos de conocimiento de acuerdo a lo contemplado en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior. 8. Que el Decreto Nacional No. 785 de 2005 reglamentario de la Ley 909 de 2004, estableció las nuevas nominaciones, requisitos y equivalencias de los Empleos públicos. 9. Que el Concejo municipal elaboró el correspondiente estudio técnico para la modificación de la planta de personal, acorde con lo exigido por las disposiciones legales vigentes, el cual soporta y hace parte integral del presente proyecto de Acuerdo. 10. Que el alcalde municipal de Cajicá, mediante decreto 074 de octubre 29 de 2014, clasifico al municipio de Cajicá en categoría segunda para el año 2015. 11. Que el Acuerdo 14 de 2014 el cual establece el reglamento interno del Concejo Municipal, señala a lo largo de su texto como funcionario al Secretario General lo cual se modificara con el presente Acuerdo. 12. Que se cuenta con el certificado de viabilidad presupuestal de fecha 09 de Marzo de 2015 el cual soporta financiera y presupuestalmente la posibilidad de realizar traslados presupuestales que permitan acreditar los rubros correspondientes a nómina y así dar viabilidad a la creación de cargos al interior del Concejo Municipal y por ende la aprobación del presente proyecto de Acuerdo. 13. La Secretaria de Hacienda emitió certificado de disponibilidad presupuestal No. 2015000818 de fecha 08 de abril de 2015 como soporte del Acuerdo. 14. Que es deber del Honorable Concejo Municipal, proceder de conformidad con la Constitución y las normas vigentes. En mérito de lo expuesto Acuerdo 03 de 2015 Calle2a. No. 4-07 teléfonos 8797806 – 8662608 - www.concejo.cajica-cundinamarca.gov.co Página 2 de 16 CONCEJO MUNICIPAL DE CAJICÁ ACUERDA ARTÍCULO PRIMERO. Deróguese el Acuerdo 22 de Noviembre 27 de 2009 “POR EL CUAL SE REORGANIZA LA PLANTA DE PERSONAL, SE AJUSTA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES Y SE DETERMINAN LAS ESCALAS SALARIALES PARA LOS EMPLEOS DEL CONCEJO MUNICIPAL DE CAJICA CUNDINAMARCA”. ARTICULO SEGUNDO: Adóptese la planta de personal del Concejo Municipal de Cajicá, la cual estará conformada así: N. CARGOS DENOMINACIÓN EMPLEO NIVEL CÓDIGO GRADO UNO (1) Profesional Especializado Profesional 222 04 UNO (1) Secretario Ejecutivo Asistencial 425 05 UNO (1) Auxiliar Administrativo Asistencial 407 04 UNO (1) Auxiliar de servicios generales Asistencial 470 01 ARTÍCULO TERCERO: Fijar con base en el nivel jerárquico establecido en el artículo segundo del presente Acuerdo la siguiente escala salarial mensual para los funcionarios del Concejo Municipal de Cajicá teniendo en cuenta la nomenclatura y clasificación de empleos así: NIVEL ASISTENCIAL GRADO ESCALA SALARIAL 01 02 03 04 05 800.000 950.000 1.250.000 1.500.000 1.700.000 NIVEL PROFESIONAL GRADO ESCALA SALARIAL 01 1.950.000 02 2.250.000 03 2.500.000 04 2.700.000 05 3.000.000 ARTÍCULO CUARTO: Ajustar el manual específico de funciones y competencias laborales para los empleos que conforman la planta de personal del Concejo Municipal de Cajicá cuyas funciones serán las siguientes: Acuerdo 03 de 2015 Calle2a. No. 4-07 teléfonos 8797806 – 8662608 - www.concejo.cajica-cundinamarca.gov.co Página 3 de 16 CONCEJO MUNICIPAL DE CAJICÁ MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS I. IDENTIFICACIÓN DEL CARGO Nivel del Empleo Profesional Denominación del Empleo Profesional Especializado Código 222 Grado 04 No. De Cargos (01) Dependencia Concejo Municipal Naturaleza del Cargo Carrera Administrativa Jefe Inmediato Presidente del Concejo y Concejales II. PROPÓSITO PRINCIPAL Desarrollar actividades tendientes a la mejora administrativa y financiera del concejo municipal, formulando y verificando las actividades, legales, contractuales, financieras y administrativas. III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES GENERALES 1. Velar y verificar que los demás funcionarios de la Corporación cumplan con lo estipulado en los diferentes procesos y procedimientos adoptados. 2. Apoyar al presidente y mesa directiva en el cumplimiento de las actividades incluidas en los procesos de apoyo y de planeación estratégica adoptados por la entidad. 3. Llevar y mantener actualizados los registros de carácter técnico, administrativo o financiero de la corporación, verificar su exactitud y presentar los informes correspondientes. 4. Llevar a cabo el proceso de contratación de la Corporación en sus diferentes etapas junto con el presidente de la corporación, de conformidad con el procedimiento adoptado por el Concejo. 5. Realizar la correspondiente supervisión e interventoría de la gestión contractual realizada por el concejo municipal. 6. Adelantar y rendir los informes solicitados por los entes controladores o cualquier dependencia o institución que lo solicite en materia administrativa. 7. Dirigir y coordinar el registro y control de los inventarios de bienes muebles e inmuebles de propiedad del concejo municipal, de conformidad con las normas legales 8. Ser responsable y encargado de la transferencia documental y actividades archivísticas definidas en la ley. 9. Participar en las actividades institucionales que se desarrollen en apoyo de la gestión del Talento Humano 10. Colaborar con la mesa directiva en lo relacionado con los procedimientos de selección de personal, elaboración de novedades de nómina, seguridad social, liquidación de honorarios, elaboración de actos administrativos relacionados, Acuerdo 03 de 2015 Calle2a. No. 4-07 teléfonos 8797806 – 8662608 - www.concejo.cajica-cundinamarca.gov.co Página 4 de 16 CONCEJO MUNICIPAL DE CAJICÁ estudio de necesidades de dotación, recepción y verificación, como revisión de las historias laborales elaboradas por solicitud de los usuarios. 11. Planear, organizar, coordinar y evaluar los programas y procesos relacionados con la selección, vinculación, inducción y reinducción de personal; evaluación y calificación del desempeño, permanencia, promoción, gestión y retiro 12. Velar por el desarrollo del sistema de control interno, así como por el acatamiento a sus principios y procesos. 13. Firmar junto con la Mesa Directiva, las Resoluciones y así certificar la fidelidad de su contenido. IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. Los servicios administrativos internos, funcionan de manera adecuada garantizando la buena marcha del Concejo Municipal. 2. El manejo del personal en cuanto a vinculación desarrollo y retiro se realiza tomando como base la normatividad legal. 3. Los métodos y procedimientos para el manejo del Archivo, responden oportunamente a las necesidades de los usuarios y a las del concejo municipal. 4. Los asuntos jurídicos relacionados con la contratación administrativa se ajustan a los manuales de procesos y procedimientos y en consecuencia, están acordes a la normativa que regula la materia. 5. El proceso contractual del concejo municipal funcionan en todas sus etapas de manera efectiva y oportuna, respondiendo a las necesidades de la Entidad para el cumplimiento de los cometidos estatales. V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES 1. Constitución Política 2. Normas de Administración Pública 3. Normas de Administración de Personal 4. Normas del Régimen Contractual 5. Manual de Funciones 6. Manual de procesos y procedimientos 7. Conocimiento del Reglamento Interno de la Corporación. 8. Conocimientos sobre el Modelo Estándar de Control Interno MECI. 9. Protocolo de atención al público. 10. Demás Normas legales que rigen las actividades encomendadas. VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA ESTUDIOS EXPERIENCIA Título profesional en Ciencia Administrativas, jurídicas, Administración Dos (2) años de experiencia en cargos Publica, Administración de Empresas. relacionados Título de Posgrado. Tarjeta o matricula profesional en los casos reglamentados por la ley Acuerdo 03 de 2015 Calle2a. No. 4-07 teléfonos 8797806 – 8662608 - www.concejo.cajica-cundinamarca.gov.co Página 5 de 16 CONCEJO MUNICIPAL DE CAJICÁ VII. NUCLEOS BASICOS DEL CONOCIMIENTO ÁREA DEL CONOCIMIENTO CIENCIAS SOCIALES Y HUMANAS ECONOMÍA, ADMINISTRACIÓN, CONTADURÍA Y AFINES NÚCLEO BÁSICO DEL CONOCIMIENTO Ciencia Política Derecho y Afines Administración Contaduría Pública Economía I. IDENTIFICACIÓN DEL CARGO Nivel del Empleo Denominación del Empleo Asistencial Secretario Ejecutivo Código 425 Grado No. De Cargos Naturaleza del Cargo 05 (01) Periodo fijo – elección anual Dependencia Jefe Inmediato Concejo municipal Concejales y Profesional Especializado II. PROPÓSITO PRINCIPAL Apoyar las actividades requeridas por la mesa directiva y los concejales así como la Atención a público, digitar actas de la plenaria y las comisiones del Concejo, organizar, clasificar y llevar el control de la documentación y de la información aplicando las respectivas normas de gestión documental, para asegurar la oportuna atención de los servicios. III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES GENERALES 1. Asistir a las sesiones plenarias y de comisiones y prestar las labores necesarias para su normal y adecuado funcionamiento. 2. Realizar la convocatoria a sesiones que se programen por autorización del Presidente y de la Mesa Directiva. 3. Firmar los Acuerdos y Actas de acuerdo con la sana costumbre y el reglamento, así como certificar la fidelidad de su contenido. 4. Informar sobre los resultados de toda clase de votación que se cumpla en la Corporación; 5. Recibir la inscripción de constitución de las Bancadas existentes al interior del Concejo Municipal y publicar los documentos constitutivos de las mismas. 6. Registrar y certificar la asistencia de los Concejales a las Sesiones Plenarias y de Acuerdo 03 de 2015 Calle2a. No. 4-07 teléfonos 8797806 – 8662608 - www.concejo.cajica-cundinamarca.gov.co Página 6 de 16 CONCEJO MUNICIPAL DE CAJICÁ comisión permanente. 7. Preparar el proyecto de cronograma de agenda de sesiones para los periodos ordinarios y extraordinarios de sesiones, promover la convocatoria oportuna a reunión de comité político; promover la amplia publicación y enviar a todos los funcionarios, juntas de acción comunal, citados e invitados la agenda aprobada con la oportunidad requerida. 8. Ser el encargado y directo responsable del proceso de digitación y aprobación de actas de sesiones plenarias y de comisión, promoviendo su oportuna publicación y disposición para la comunidad. 9. Ser responsable de la grabación y emisión de las sesiones plenarias en los medios idóneos. 10. Recepcionar las solicitudes de cabildo abierto por parte de la ciudadanía, difundir y efectuar las publicaciones en caso de ser positiva la petición. 11. Recepcionar los proyectos de acuerdo, hacer revisión documental de conformidad con formato y realizar las devoluciones que sean del caso; clasificarlos para ser remitidos a las comisiones permanentes; elaborar con base en lo aprobado por la comisión y la plenaria el Acuerdo correspondiente, ordenar su publicación en la página web y enviarlo a sanción de manera oportuna. 12. Coordinar y organizar los elementos de información primaria, sistemas de información y comunicación en la Corporación. 13. Ser director de las publicaciones y distribución de la Gaceta del Concejo Municipal. IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. El cumplimiento de lo estipulado en el reglamento interno del Concejo Municipal facilita la planeación y ejecución de acciones, garantiza la oportuna toma de decisiones en beneficio del Municipio. 2. La coordinación de la agenda de sus directivas facilita la interrelación con los usuarios y garantiza la confiabilidad en los procesos que desarrolla la corporación. 3. La correspondencia, soportes documentales, actas, acuerdos y demás documentos serán revisados, radicados y controlados de acuerdo con los procedimientos establecidos. 5. El buen manejo del proceso de sistemas de información regula el buen desempeño de los funcionarios que hacen uso de ellos y mejora la capacidad de optimizar la prestación del servicio y la comunicación con la comunidad. 7. Responder por la disponibilidad, uso, custodia y buen manejo de los elementos Acuerdo 03 de 2015 Calle2a. No. 4-07 teléfonos 8797806 – 8662608 - www.concejo.cajica-cundinamarca.gov.co Página 7 de 16 CONCEJO MUNICIPAL DE CAJICÁ de oficina, documentos y registros de información a su cargo. 9. La procura que se cumpla la agenda de trabajo aprobada por el comité de control político y la promoción y ejecución de acciones de concertación política facilita el ejercicio de las funciones dentro de los procesos Normativos. 10. La Comunidad será atendida, guiada e informada según los requerimientos en los temas relacionados con procedimientos y actividades Propias de Corporación. 11. El cumplimiento de las actividades incluidas en los procesos de planeación estratégica y apoyo permiten lograr una cohesión que focalice el esfuerzo de la corporación al logro de un fin común en beneficio de la ciudadanía control Político por parte del Concejo Municipal 12. La oportuna inscripción y orientación a la comunidad para la participación en las sesiones de la corporación. V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES Conocimientos en Administración Pública. Informática básica. Técnicas de archivo. Manejo de inventarios. Manejo de agenda y personal. Redacción y técnicas de secretariado - Conocimiento del Reglamento Interno de la Corporación. VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA ESTUDIOS EXPERIENCIA Según lo establecido en la Ley 136 de 1994 y el Reglamento Interno del Concejo Municipal. I. IDENTIFICACIÓN DEL CARGO Nivel del Empleo Asistencial Denominación del Empleo Código Auxiliar Administrativo 407 Grado No. De Cargos Naturaleza del Cargo 04 (01) Carrera Administrativa Dependencia Jefe Inmediato Concejo Municipal Profesional Especializado Acuerdo 03 de 2015 Calle2a. No. 4-07 teléfonos 8797806 – 8662608 - www.concejo.cajica-cundinamarca.gov.co Página 8 de 16 CONCEJO MUNICIPAL DE CAJICÁ II. PROPÓSITO PRINCIPAL Atención a público, apoyar la digitación de las actas de la plenaria y las comisiones del Concejo cuando sea necesario, organizar, clasificar y llevar el control de la documentación y de la información aplicando las respectivas normas de gestión documental, para asegurar la oportuna atención de los servicios y servir de apoyo a la Secretario Ejecutivo. III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES 1. Recibir y dar trámite a todo documento o petición que llegue al Concejo con destino a la Presidencia y funcionarios de la Corporación. 2. Recopilar, elaborar y presentar al profesional especializado para su verificación las historias laborales y su posterior envió al interesado. 3. Servir de apoyo en la digitación de las actas de sesiones plenarias y de comisión. 4. Diligenciamiento de formatos de inventarios. 5. Recepcionar, direccionar, remitir y archivar derechos de petición, quejas y reclamos, efectuar atención directa por ventanilla. 6. Efectuar inscripción de participación ciudadana en sesiones de la corporación y elaborar el orden del día. 7. Recibir capacitación, implementar aplicaciones, realizar pruebas, solicitar ajustes sobre sistemas de información, reproducir copias y guardar archivos. 8. Conjuntamente con el Profesional Especializado elaborar cronograma, hacer seguimiento a los procesos de archivo y servir de soporte en la organización de archivo y transferencia documental. 9. Asistir a las sesiones plenarias y de comisión y prestar las labores de apoyo necesarias. 10. Servir de apoyo a las labores de los Concejales, al profesional Especializado, Secretaria Ejecutiva cuando lo requieran y efectuar diligencias externas cuando las necesidades de la corporación lo requieran. IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO) 1. El cumplimiento de lo estipulado en el reglamento interno del Concejo ayuda al desarrollo integral de la corporación, al cumplimiento de las metas trazadas por los Concejales y a la prestación de un mejor servicio con calidad y efectividad. 2. El público será atendido, guiado, e informado según los requerimientos en los temas relacionados con procedimientos y actividades propias de la dependencia. 3. El archivo se organiza, clasifica y se mantiene de acuerdo con las normas y Acuerdo 03 de 2015 Calle2a. No. 4-07 teléfonos 8797806 – 8662608 - www.concejo.cajica-cundinamarca.gov.co Página 9 de 16 CONCEJO MUNICIPAL DE CAJICÁ procedimientos establecidos sobre el particular. 4. La papelería, muebles, elementos devolutivos y útiles necesarios deberán estar preparados y controlados según las necesidades del normal funcionamiento de la dependencia. 5. La información de correspondencia se mantendrá actualizada en forma eficiente de acuerdo con los parámetros establecidos por el área respectiva. 6. La discrecionalidad en el manejo de la información y comunicación garantiza la confiabilidad en los procesos de la corporación y facilita el desempeño de las funciones y el cumplimiento oportuno de los compromisos de la entidad. 7. La asistencia y cumplimiento a las reuniones y sesiones de la corporación, facilita la conservación documental de las decisiones que en ellas se tomen. 8. La oportuna elaboración de los oficios, memorandos y actas del Concejo y su conservación ayudan a la mejor y más ordenada marcha de la entidad. 9. Los sistemas de registro y control de información guardada son plenamente confiables. V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES 1. 2. 3. 4. 5. 6. Conocimientos en informática, sistemas Windows (Word, Excel entre otros). Manejo de agenda y archivo. Redacción y técnicas de secretariado. Conocimiento del Reglamento Interno de la Corporación. Manejo de información documental. Disponibilidad para manejo de información confidencial y atención de público. VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA ESTUDIOS Título de bachiller secretariado. EXPERIENCIA - Curso de Dos años de relacionados. experiencia Acuerdo 03 de 2015 Calle2a. No. 4-07 teléfonos 8797806 – 8662608 - www.concejo.cajica-cundinamarca.gov.co Página 10 de 16 en cargos CONCEJO MUNICIPAL DE CAJICÁ I. IDENTIFICACIÓN DEL CARGO Nivel del Empleo Denominación del Empleo Asistencial Auxiliar de Servicios Generales Código Grado No. De Cargos 470 01 (01) Naturaleza del Cargo Dependencia Jefe Inmediato Carrera Administrativa Concejo Municipal Profesional Especializado II. PROPÓSITO PRINCIPAL Apoyar las actividades de organización, limpieza y mantenimiento del Concejo municipal de Cajicá, a fin de dar cumplimiento con la misión institucional. III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES GENERALES 1. Orientar a los usuarios y suministrar la información que les sea solicitada, de conformidad con los procedimientos establecidos. 2. Realizar labores propias de los servicios generales que demande el área para colaborar con el cumplimiento de la Misión. 3. Solicitar oportunamente al funcionario encargado, los elementos de aseo y demás que requiera para cumplir con las funciones encomendadas. 4. Mantener bien presentadas y en condiciones de aseo y desinfección las instalaciones del concejo municipal para cumplir con las funciones asignadas. 5. Efectuar diligencias externas cuando las necesidades del servicio lo requieran, para facilitar el cumplimiento de las labores encomendadas. 6. Ejercer el autocontrol en todas las funciones que le sean asignadas para garantizar su correcta ejecución. 7. Manejar los canales internos y externos de comunicación para dar a conocer sus actividades. 8. Apoyar las actividades realizadas por el concejo municipal 9. Asistir a las sesiones plenarias y de comisión y prestar las labores de apoyo necesarias. 10. Las demás que le sean asignadas por autoridad competente, de acuerdo con el área de desempeño Acuerdo 03 de 2015 Calle2a. No. 4-07 teléfonos 8797806 – 8662608 - www.concejo.cajica-cundinamarca.gov.co Página 11 de 16 CONCEJO MUNICIPAL DE CAJICÁ 1. 2. 3. 4. 5. IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES Las labores propias de los servicios generales que requiere el área de desempeño se realizan oportunamente colaborando con el cumplimiento de la Misión. Los elementos de aseo y demás, requeridos, se solicitan oportunamente al funcionario encargado, permitiendo el cumplimiento de las funciones encomendadas. Las oficinas y espacios del concejo municipal permanecen bien presentadas, aseadas y desinfectadas, cumpliendo con las funciones asignadas. Las diligencias externas que se requieren por necesidades servicio se efectúan facilitando el cumplimiento de las labores encomendadas. Las funciones asignadas se desarrollan correctamente. V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES 1. 2. 3. 4. 5. 6. Manual de Funciones Manual de procesos y procedimientos Conocimiento del Reglamento Interno de la Corporación. Conocimientos sobre el Modelo Estándar de Control Interno MECI. Protocolo de atención al público. Demás Normas legales que rigen las actividades encomendadas. VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA ESTUDIOS EXPERIENCIA Cinco (5) años de educación básica Un (1) año de experiencia en cargos Primaria. relacionados ARTÍCULO QUINTO: A partir del Primero (1) de junio de Dos Mil Quince (2015) la asignación básica mensual de los empleados del concejo municipal de Cajicá, será la siguiente: CARGO NIVEL CÓDIGO GRADO SALARIO Profesional Especializado Profesional 222 04 $2,700,000 Secretaria Ejecutivo Asistencial 425 05 $1.700,000 Auxiliar Administrativo Asistencial 407 04 $1,500,000 Auxiliar de Servicios Generales Asistencial 470 01 $ 800,000 Acuerdo 03 de 2015 Calle2a. No. 4-07 teléfonos 8797806 – 8662608 - www.concejo.cajica-cundinamarca.gov.co Página 12 de 16 CONCEJO MUNICIPAL DE CAJICÁ ARTICULO SEXTO: Los cargos contemplados en el presente Acuerdo Municipal, son de carrera administrativa y se rigen por las normas legales vigentes sobre la materia, con excepción del cargo de Secretario Ejecutivo que se regula por disposición en la Constitución Nacional, la ley 136 de 1994 y las del disposiciones del Reglamento Interno del Concejo Municipal. ARTICULO SEPTIMO: De acuerdo a la planta de personal adoptada en los artículos precedentes, modifíquese el titulo VI, Artículos 48 – capitulo II artículos 49 y 50 del Acuerdo 14 de 2014 los cuales quedaran así: í “TÍTULO VI FUNCIONARIOS DEL CONCEJO MUNICIPAL DE CAJICA ARTÍCULO 48.- El Concejo Municipal de Cajicá contara con cuatro (4) funcionarios de planta, de los cuales tres (3) serán de carrera administrativa y uno de elección anual, de acuerdo con las siguientes denominaciones y funciones. a. PROFESIONAL ESPECIALIZADO: Funciones del Profesional Especializado.- Son funciones y deberes: 1. Velar y verificar que los demás funcionarios de la Corporación cumplan con lo estipulado en los diferentes procesos y procedimientos adoptados. 2. Apoyar al presidente y mesa directiva en el cumplimiento de las actividades incluidas en los procesos de apoyo y de planeación estratégica adoptados por la entidad. 3. Llevar y mantener actualizados los registros de carácter técnico, administrativo o financiero de la corporación, verificar su exactitud y presentar los informes correspondientes. 4. Llevar a cabo el proceso de contratación de la Corporación en sus diferentes etapas junto con el presidente de la corporación, de conformidad con el procedimiento adoptado por el Concejo. 5. Realizar la correspondiente supervisión e interventoría de la gestión contractual realizada por el concejo municipal. 6. Adelantar y rendir los informes solicitados por los entes controladores o cualquier dependencia o institución que lo solicite en materia administrativa. 7. Dirigir y coordinar el registro y control de los inventarios de bienes muebles e inmuebles de propiedad del concejo municipal, de conformidad con las normas legales 8. Ser responsable y encargado de la transferencia documental y actividades archivísticas definidas en la ley. 9. Participar en las actividades institucionales que se desarrollen en apoyo de la gestión del Talento Humano. 10. Colaborar con la mesa directiva en lo relacionado con los procedimientos de selección de personal, elaboración de novedades de nómina, seguridad social, liquidación de honorarios, elaboración de actos administrativos relacionados, estudio de necesidades Acuerdo 03 de 2015 Calle2a. No. 4-07 teléfonos 8797806 – 8662608 - www.concejo.cajica-cundinamarca.gov.co Página 13 de 16 CONCEJO MUNICIPAL DE CAJICÁ de dotación, recepción y verificación, como revisión de las historias laborales elaboradas por solicitud de los usuarios. 11. Planear, organizar, coordinar y evaluar los programas y procesos relacionados con la selección, vinculación, inducción y reinducción de personal; evaluación y calificación del desempeño, permanencia, promoción, gestión y retiro. 12. Velar por el desarrollo del sistema de control interno, así como por el acatamiento a sus principios y procesos. 13. Firmar junto con la Mesa Directiva, las Resoluciones y así certificar la fidelidad de su contenido. b. SECRETARIO EJECUTIVO.- Funciones del Secretario Ejecutivo del Concejo.- Son funciones y deberes : 1. Asistir a las sesiones plenarias y de comisiones y prestar las labores necesarias para su normal y adecuado funcionamiento. 2. Realizar la convocatoria a sesiones que se programen por autorización del Presidente y de la Mesa Directiva. 3. Firmar los Acuerdos y Actas de acuerdo con la sana costumbre y el reglamento, así como certificar la fidelidad de su contenido. 4. Informar sobre los resultados de toda clase de votación que se cumpla en la Corporación; 5. Recibir la inscripción de constitución de las Bancadas existentes al interior del Concejo Municipal y publicar los documentos constitutivos de las mismas. 6. Registrar y certificar la asistencia de los Concejales a las Sesiones Plenarias y de comisión permanente. 7. Preparar el proyecto de cronograma de agenda de sesiones para los periodos ordinarios y extraordinarios de sesiones, promover la convocatoria oportuna a reunión de comité político; promover la amplia publicación y enviar a todos los funcionarios, juntas de acción comunal, citados e invitados la agenda aprobada con la oportunidad requerida. 8. Ser el encargado y directo responsable del proceso de digitación y aprobación de actas de sesiones plenarias y de comisión, promoviendo su oportuna publicación y disposición para la comunidad. 9. Ser responsable de la grabación y emisión de las sesiones plenarias en los medios idóneos. 10. Recepcionar las solicitudes de cabildo abierto por parte de la ciudadanía, difundir y efectuar las publicaciones en caso de ser positiva la petición. 11. Recepcionar los proyectos de acuerdo, hacer revisión documental de conformidad con formato y realizar las devoluciones que sean del caso; clasificarlos para ser remitidos a las comisiones permanentes; elaborar con base en lo aprobado por la comisión y la plenaria el Acuerdo correspondiente, ordenar su publicación en la página web y enviarlo a sanción de manera oportuna. 12. Coordinar y organizar los elementos de información primaria, sistemas de información y comunicación en la Corporación. Acuerdo 03 de 2015 Calle2a. No. 4-07 teléfonos 8797806 – 8662608 - www.concejo.cajica-cundinamarca.gov.co Página 14 de 16 CONCEJO MUNICIPAL DE CAJICÁ 13. Ser director de las publicaciones y distribución de la Gaceta del Concejo Municipal. c. AUXILIAR ADMINISTRATIVO.- Funciones del Auxiliar Administrativo del Concejo.Son funciones y deberes : 1. Recibir y dar trámite a todo documento o petición que llegue al Concejo con destino a la Presidencia y funcionarios de la Corporación. 2. Recopilar, elaborar y presentar al profesional especializado para su verificación las historias laborales y su posterior envió al interesado. 3. Servir de apoyo en la digitación de las actas de sesiones plenarias y de comisión. 4. Diligenciamiento de formatos de inventarios. 5. Recepcionar, direccionar, remitir y archivar derechos de petición, quejas y reclamos, efectuar atención directa por ventanilla. 6. Efectuar inscripción de participación ciudadana en sesiones de la corporación y elaborar el orden del día. 7. Recibir capacitación, implementar aplicaciones, realizar pruebas, solicitar ajustes sobre sistemas de información, reproducir copias y guardar archivos. 8. Conjuntamente con el Profesional Especializado elaborar cronograma, hacer seguimiento a los procesos de archivo y servir de soporte en la organización de archivo y transferencia documental. 9. Asistir a las sesiones plenarias y de comisión y prestar las labores de apoyo necesarias. 10. Servir de apoyo a las labores de los Concejales, al profesional Especializado, Secretaria Ejecutiva cuando lo requieran y efectuar diligencias externas cuando las necesidades de la corporación lo requieran. d. AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES: Funciones del Auxiliar de Servicios Generales del Concejo.- Son funciones y deberes : 1. Orientar a los usuarios y suministrar la información que les sea solicitada, de conformidad con los procedimientos establecidos. 2. Realizar labores propias de los servicios generales que demande el área para colaborar con el cumplimiento de la Misión. 3. Solicitar oportunamente al funcionario encargado, los elementos de aseo y demás que requiera para cumplir con las funciones encomendadas. 4. Mantener bien presentadas y en condiciones de aseo y desinfección las instalaciones del concejo municipal para cumplir con las funciones asignadas. 5. Efectuar diligencias externas cuando las necesidades del servicio lo requieran, para facilitar el cumplimiento de las labores encomendadas. 6. Ejercer el autocontrol en todas las funciones que le sean asignadas para garantizar su correcta ejecución. Acuerdo 03 de 2015 Calle2a. No. 4-07 teléfonos 8797806 – 8662608 - www.concejo.cajica-cundinamarca.gov.co Página 15 de 16 CONCEJO MUNICIPAL DE CAJICÁ 7. Manejar los canales internos y externos de comunicación para dar a conocer sus actividades. 8. Apoyar las actividades realizadas por el concejo municipal. 9. Asistir a las sesiones plenarias y de comisión y prestar las labores de apoyo necesarias. 10. Las demás que le sean asignadas por autoridad competente, de acuerdo con el área de desempeño. ARTÍCULO 49.-: Las faltas absolutas del Secretario Ejecutivo se suplen con una nueva elección, dentro de los treinta días siguientes, salvo casos en que no esté reunida la Corporación, elección que se efectuara en la primera sesión ordinaria convocada. En caso de falta temporal, la Mesa Directiva dispondrá lo pertinente. No puede ser designado Secretario en propiedad, un miembro del Concejo. CAPITULO II OTRAS DISPOSICIONES ARTÍCULO 50.- Las denominaciones, grados, códigos, competencias comunes, propósito general, requisitos, contribuciones individuales y los conocimientos básicos esenciales para los cargos establecidos están contemplados en el Acuerdo Municipal No. 03 de 2015”. ARTÍCULO OCTAVO: Modifíquese el termino Secretaria General por el de Secretaria Ejecutiva a lo largo del Acuerdo 14 de 2014. ARTÍCULO NOVENO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación, publicación, previa sanción, surte efectos fiscales a partir del primero (1) de junio de 2015; derogando las disposiciones que sean contrarias, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE Dado en el Salón de sesiones del Honorable Concejo Municipal de Cajicá, a los dieciocho (18) días del mes de Abril de Dos Mil Quince (2015), después de haber surtido los debates reglamentarios así: apelación al archivo realizado en la comisión segunda el 16 de Marzo, aprobación de apelación por parte de la plenaria el 25 de Marzo, reasignación de estudio a la comisión primera, la cual aprobó el proyecto en primer debate el día catorce (14) de Abril; segundo debate en plenaria el día dieciocho (18) de Abril de Dos Mil Quince (2015). JUAN CARLOS CARREÑO O. Presidente BENJAMIN FORERO CUERVO Primer Vicepresidente CARLOS JAVIER LOPEZ ACUÑA Segundo Vicepresidente DIANA MARCELA GONZALEZ L. Secretaria General Acuerdo 03 de 2015 Calle2a. No. 4-07 teléfonos 8797806 – 8662608 - www.concejo.cajica-cundinamarca.gov.co Página 16 de 16
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