Informe de Evaluacion Preliminar IP-007-2015

FONDO DE DESARROLLO DE PROYECTOS DE CUNDINAMARCA – FONDECUN
EMPRESA DE LICORES DE CUNDINAMARCA-ELC
CONVENIO INTERADMINISTRATIVO DE GERENCIA DE PROYECTOS
No. 077-2013
CONVOCATORIA PÚBLICA IP-007-2015
“OBRAS DE REPOSICION Y MANTENIMIENTO DE CUBIERTA, DE LAS INSTALACIONES DE
LA EMPRESA DE LICORES DE CUNDINAMARCA, UBICADAS EN EL MUNICIPIO DE COTA”
INFORME DE EVALUACIÓN PRELIMINAR
7 de abril de 2015
CONTENIDO:
GENERALIDADES ................................................................................................................................... 1
EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS ......................................................................................................... 2
CONCLUSIÓN DE LA PRIMERA FASE DE EVALUACIÓN ................................................................................ 6
GENERALIDADES
En desarrollo del proceso de Invitación Pública No. IP-007-2015, cuyo objeto consiste en contratar
la: “OBRAS DE REPOSICION Y MANTENIMIENTO DE CUBIERTA, DE LAS INSTALACIONES DE
LA EMPRESA DE LICORES DE CUNDINAMARCA, UBICADAS EN EL MUNICIPIO DE COTA”, el
comité evaluador presenta el Informe de Evaluación Preliminar, así:
El día 6 de marzo de 2015, se expidió y se publicó en la página web de FONDECUN,
www.fondecun.gov.co, la comunicación mediante la cual se da apertura al proceso de selección IP007-2015, en marco del Convenio Interadministrativo de Gerencia de Proyectos No. 077-2013, así
como las reglas de participación definitivas del mismo.
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Teléfono: 356 2006
Edificio Panorama – Bogotá D.C., Colombia
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El proceso de selección se cerró en la ciudad de Bogotá D.C. (Oficinas de FONDECUN) el día 24 de
marzo de 2015 a las 10:00 a.m.; para el efecto se diligenció el acto de cierre y el registro de entrega
de propuestas.
En virtud de lo anterior y vencido el plazo para la presentación de propuestas se presentaron los
siguientes proponentes:
No.
Nombre y/o razón social de los proponentes
1
CONSORCIO METALURGICO NACIONAL LTDA. – COLMENA LTDA.
2
DINACOL
EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
1.
CONSORCIO METALURGICO NACIONAL LTDA. – COLMENA LTDA.
Aspectos Jurídicos:
Con la documentación aportada en su propuesta y en los documentos aportados como respuesta a
los requerimientos realizados por el comité evaluador, el proponente da cumplimiento a la totalidad
de requisitos establecidos en cuanto al componente jurídico contenido en el numeral 3.2.1 de las
reglas de participación.
En ese orden de ideas, el proponente obtiene una evaluación de CUMPLE en los requisitos
establecidos en el aspecto jurídico.
Aspectos Financieros:
Al verificar los índices financieros, empleando la información suministrada por el proponente en el
Formato 12 para acreditar su capacidad financiera, se encontró que el proponente cuenta con un
Índice de Liquidez de 1,07, tal y como se puede apreciar en el Anexo de Evaluación Financiera, valor
con el cual NO CUMPLE el requisito exigido en el numeral 3.2.2.2 de las Reglas de Participación,
que establece lo siguiente:
“3.2.2.2. Índice de Liquidez (IL):
El proponente deberá acreditar un Índice de Liquides superior a uno punto tres (1,3).”
(Subrayado fuera de texto)
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En consecuencia, el proponente se encuentra incurso en la causal de rechazo g) del numeral 2.4.8
de las reglas de participación, que establece que será causal de rechazo del proponente:
“g) Cuando el proponente no cumpla con la totalidad de los aspectos jurídicos y/o
financieros y/o técnicos.”
Así las cosas, el resultado de la evaluación del Componente Financiero del proceso, es que el
proponente NO CUMPLE con la totalidad de los requisitos establecidos en las reglas de
participación establecidas en el numeral 3.2.2 de las reglas de participación, y por tanto no se
encuentra habilitado para continuar en la segunda fase de evaluación del proceso.
Aspectos Técnicos:
Experiencia especifica del proponente
Con la documentación aportada en su propuesta y en los documentos aportados como respuesta a
los requerimientos realizados por el comité evaluador, el proponente acredita la siguiente
experiencia:
SUMINISTRO DE CUBIERTAS Y CANALES DE LA OBRA PLANTA INDUSTRIAL IBERPLAST Contrato No. 11005767
Fecha de Terminación: 25/03/2013
Valor:
$3.437.069.556
SMMLV:
5.830,48
SUMINISTRO E INSTALACION DE CUBIERTAS METALICA CALIBRE 24 Y CUBIERTA
TRASLUCIDA - PROYECTO ADECUACIONES EL ROSAL - Oferta Mercantil No. 4333690036
Fecha de Terminación: 08/02/2012
Valor:
$ 759.983.438,83
SMMLV:
1.341,07
REVISION ESTRUCTURA METALICA SW CUBIERTA SUMINISTRO E INSTALACION DE
CUBIERTA METALICA STANDING SEAM C-24 Y CUBIERTA TRASLUCIDA - Contrato No. 002
Fecha de Terminación: 06/08/2012
Valor:
$ 927.115.436
SMMLV:
1.635,99
Adicionalmente a los contratos mencionados anteriormente se relaciona en el formato 06 el contrato
cuyo objeto corresponde a: “SUMINISTRO E INSTALACION DE CUBIERTA METALICA SIN
TRASLAPO (STANDING SEAM), STEEL TOPO SSS MARCA COLMENA”, suscrito con EMECON,
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del cual no se aportó certificación alguna ni en la propuesta ni en la respuesta dada a los
requerimientos realizados por el comité evaluador, que le permitieran al comité verificar si dicha
experiencia se ajustaba a las condiciones establecidas en las reglas de participación.
En la documentación aportada como respuesta a los requerimientos realizados por el comité
evaluador, el proponente CONSORCIO METALURGICO NACIONAL LTDA. – COLMENA LTDA.
Manifiesta no disponer de las certificaciones del contrato ejecutado debido a que la entidad
contratante no se lo ha suministrado, igualmente manifiesta que en aplicación del numeral 3.2.1.1 se
anexaron los contratos y otrosí con el fin de que la entidad verificara su experiencia. Se procedió
nuevamente a revisar todos y cada uno de los documentos aportados junto con la propuesta no
encontrándose ningún documento que haga referencia al mencionado contrato cuyo objeto se indicó
en párrafo anterior.
Producto de la revisión realizada se observó que se relacionan documentos de un proyecto cuyo
objeto corresponde a: “CONSTRUCCION DE LA PLANTA DE PRODUCCION DE ENVASE,
CAJAS Y TAPAS COMPAÑÍA IBEROAMERICANA DE PLASTICOS S.A. – IBERPLAST EN EL
MUNICIPIO DE MADRID, CUNDINAMARCA”, suscrito bajo el No. 11002493, el cual no se
encuentra relacionado en el Formato 06 de la propuesta, no obstante se anexa minuta del contrato,
especificaciones técnicas, cronograma de obra, ítems constructivos, reglamentos, y otrosíes del
contrato principal.
El numeral 3.2.1.1 de las reglas de participación citado en la respuesta del proponente indica lo
siguiente:
“Sólo será aceptable la experiencia que sea verificable documentalmente, ya sea a través de copias
de los documentos contractuales de los contratos o el que haga sus veces, y/o actas de liquidación,
y/o actas o documentos de entrega de los resultados de la consultoría, y/o actas o documentos
donde se verifique la realización del contrato. Cualquiera de los documentos anteriormente
mencionados deberá venir acompañado de la certificación del contratante.” (Subrayado y
negrilla fuera de texto)
Es claro que para que los mencionados documentos puedan ser tenidos en cuenta debe existir
certificación mediante la cual se acredite la ejecución satisfactoria del contrato, así como también el
valor finalmente pagado y la fecha en la cual se culminaron los trabajos, recordemos que el cálculo
del valor expresado en SMMLV debe hacerse con base en la fecha de terminación.
Así las cosas de la experiencia relacionada y soportada en la propuesta solo son válidos para
efectos de evaluación los tres primeros relacionados en este documento, los cuales acreditan un
total de 8.807,54 SMMLV, incumpliendo lo establecido en la viñeta 4 del numeral 3.2.3.1 que cita lo
siguiente:
“Los contratos acreditados deberán sumar, en su conjunto, un valor ejecutado igual o superior a UNO
PUNTO CINCO (1.5) VECES el valor del presupuesto oficial, expresado en SMMLV.”
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Recordemos que el propuesto oficial del proceso de selección expresado en SMMLV corresponde a
9.922,66, por lo tanto la sumatoria de los contratos como mínimo debe acreditar 14.883,99 SMMLV
De acuerdo con lo anterior el proponente incurre en las causales de rechazo g y h que citan
respectivamente que será causal de rechazo del proponente:
“Cuando el proponente no cumpla con la totalidad de los aspectos jurídicos y/o financieros y/o
técnicos.”
“Cuando FONDECUN haya solicitado subsanar algún documento o exigido alguna aclaración, y el
proponente no lo corrija o no lo entregue en los plazos o condiciones que determine la Entidad y
como consecuencia este, no cumpla con la totalidad de requisitos jurídicos y/o financieros y/o
técnicos, establecidos en las presentes reglas de participación.”
En ese orden de ideas, el proponente obtiene una evaluación de NO CUMPLE en los requisitos
establecidos en el aspecto técnico. (Ver anexo)
2.
DINACOL
Aspectos Jurídicos:
Con la documentación aportada en su propuesta y en los documentos aportados como respuesta a
los requerimientos realizados por el comité evaluador, el proponente da cumplimiento a la totalidad
de requisitos establecidos en cuanto al componente jurídico contenido en el numeral 3.2.1 de las
reglas de participación.
En ese orden de ideas, el proponente obtiene una evaluación de CUMPLE en los requisitos
establecidos en el aspecto jurídico.
Aspectos Financieros:
Al verificar los índices financieros, empleando la información suministrada por el proponente en el
Formato 12 para acreditar su capacidad financiera, se encontró que el proponente cuenta con un
Índice de Endeudamiento de 0.703 tal y como se puede apreciar en el Anexo de Evaluación
Financiera, valor con el cual NO CUMPLE el requisito exigido en el numeral 3.2.2.2 de las Reglas de
Participación, que establece lo siguiente:
“3.2.2.1. Índice de Endeudamiento (IE)
El proponente deberá contar con un Índice de Endeudamiento igual o inferior a cero punto
setenta (0.70).” (Subrayado y negrilla fuera de texto)
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En consecuencia, el proponente se encuentra incurso en la causal de rechazo g) del numeral 2.4.8
de las reglas de participación, que establece que será causal de rechazo del proponente:
“g) Cuando el proponente no cumpla con la totalidad de los aspectos jurídicos y/o
financieros y/o técnicos.”
Así las cosas, el resultado de la evaluación del Componente Financiero del proceso, es que el
proponente NO CUMPLE con la totalidad de los requisitos establecidos en las reglas de
participación establecidas en el numeral 3.2.2 de las reglas de participación, y por tanto no se
encuentra habilitado para continuar en la segunda fase de evaluación del proceso.
Aspectos Técnicos:
Experiencia especifica del proponente
Con la documentación aportada en su propuesta, el proponente da cumplimiento a la totalidad de
requisitos establecidos en cuanto al componente Técnico contenido en el numeral 3.2.3 de las reglas
de participación, como se observa en el anexo de la evaluación.
En ese orden de ideas, el proponente obtiene una evaluación de CUMPLE en los requisitos
establecidos en el aspecto técnico.
CONCLUSIÓN DE LA PRIMERA FASE DE EVALUACIÓN
Como producto de la verificación y evaluación de los aspectos jurídicos, financieros y técnicos, el
comité evaluador informa que, de conformidad con lo establecido en las reglas de participación, el
resultado de la evaluación a la fecha del presente informe, es el siguiente:
PRIMERA FASE
No.
PROPONENTE
1
2
ASPECTOS
TÉCNICOS
HABILITADOS PARA LA
SEGUNDA FASE
NO CUMPLE
NO CUMPLE
NO HABILITADO
NO CUMPLE
CUMPLE
NO HABILITADO
ASPECTOS
JURÍDICOS
ASPECTOS
FINANCIERO
CONSORCIO METALURGICO
NACIONAL LTDA. – COLMENA LTDA.
CUMPLE
DINACOL
CUMPLE
Este informe permanecerá a disposición de los interesados y los proponentes en las oficinas de
FONDECUN, Calle 31 No. 13 A 51, Oficina 339 Edificio panorama Bogotá D.C. – Colombia, para su
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revisión y observaciones de acuerdo con lo señalado en el numeral 2.1 de las reglas de participación
definitivas, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a su publicación.
Dado en Bogotá D.C., el día siete (07) del mes de abril de 2015.
COMITÉ EVALUADOR,
ORIGINAL FIRMADO
MARTHA LUCIA ALVARADO PANIAGUA
Asesor Jurídico
ORIGINAL FIRMADO
JAIRO CALDERÓN TIQUE
Grupo de Apoyo a la Gestión Precontractual
ORIGINAL FIRMADO
PATSY JOHANNA GÓMEZ V.
Grupo de Apoyo a la Gestión Precontractual
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