ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD

ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD
En Punta Arenas, con fecha [Indicar fecha], entre quienes ejecutan el
presente Programa de Apoyo al Entorno Emprendedor, en adelante “Eleva
Patagonia” por una parte; y por la otra, [Individualizar], en adelante “OTRO”,
ambas partes en su conjunto denominadas las “Partes”, se ha acordado el
siguiente contrato de confidencialidad:
PRIMERO.Por el presente instrumento, las Partes acuerdan que toda información que
cada una tome conocimiento de la otra con motivo, ocasión y/o causa de su
relación mutua, deberá ser considerada Información Confidencial.
Para dichos efectos, se entenderá como “Información Confidencial” todo tipo
de información y/o idea de cualquier especie, tangible o intangible,
relacionada de cualquier forma con las actividades de las Partes, o de sus
sociedades relacionadas, de sus trabajadores, clientes o asociados
comerciales, que tenga o pueda tener valor comercial, o cualquier otra
utilidad para los negocios actuales o futuros de las Partes, y toda aquella
información cuya divulgación o revelación no autorizada pueda causar daño a
los intereses de las Partes, aun cuando dicha información no haya sido
definida expresamente como confidencial.
Sólo a título ejemplar, y sin que la siguiente enumeración sea taxativa ni
importe una limitación, la Información Confidencial incluye entre otras
materias:
1.- Toda información escrita, gráfica, computacional, electrónica o de
cualquier otra especie referente a los contenidos creativos, historia,
operaciones, ventas, marketing, aspectos legales, situación financiera y
económica de cualquiera de las Partes, incluyendo documentos, archivos,
estados financieros, información contable, contratos, informes, correos
electrónicos, memorandos, soportes audiovisuales y cualquier otra
información relacionada con las partes u otras empresas relacionadas, esté o
no especificada como confidencial;
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2.- Toda información comunicada oralmente por cualquiera de las Partes a
la otra, por cualquier Representante Validado de éstas;
3.- El código fuente y objeto de cualquier programa computacional
desarrollado, licenciado o adquirido por cualquiera de las Partes, así como
sus manuales, documentación preparatoria y comentarios al código fuente;
4.- Todo material, muestra, fórmula, proceso, sistema, patente de
invención, modelo de utilidad, marcas, diseño, tecnología, descubrimientos,
know-how, ideas de negocios, etc., y los derechos relacionados con lo
anterior, sean o no patentables y/o registrables; y
5.- Toda otra información no contemplada en los números anteriores, y
que en definitiva pueda ser útil para la competencia, ya sea directa o
indirecta de cualquiera de las Partes.
SEGUNDO.En virtud de lo anterior, y con respecto a la Información Confidencial, las
Partes se obligan recíprocamente a lo siguiente:
1.- No hacer uso ni poner a disposición, vender, divulgar, reproducir, o de
cualquier manera comunicar dicha Información Confidencial a terceras
personas, a no ser que fuere procedente en el cumplimiento de alguna
actividad que específicamente se le hubiere encomendado por un
Representante Validado de la parte contraria, sea durante o una vez
terminada la relación mutua.
2.- Mantener bajo custodia todos y cada uno de los documentos, CDs,
cintas magnéticas, e-mail u otros soportes físicos o electrónicos que
contengan Información Confidencial, que hubiere recibido o pertenezcan a la
parte contraria. La custodia mencionada supone que ellos se guardarán
reservadamente y sólo tendrán acceso a la información allí contenida
aquellas personas que previamente hayan sido expresamente autorizadas
por cualquier Representante Validado de la parte contraria de donde dicha
Información Confidencial emane.
3.- Si cualquiera de las Partes quisiere o debiere comunicar a terceras
personas, asesores o a otras empresas proveedoras, suyas o de la parte
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contraria, cualquier tipo de Información Confidencial, requerirá la
autorización previa y expresa de alguno de los Representantes Validados de
la contraparte. Esta autorización podrá darse por un Representante Validado
por cualquier medio escrito, incluyéndose fax, telegrama, correos, correo
electrónico y otros. Las Partes deberán comunicar a las personas o entidades
que tengan acceso a la Información Confidencial, previo a la entrega de la
misma, el hecho de quedar sujetas a las mismas normas que dispone el
presente contrato de confidencialidad.
4.- Las Partes no podrán atribuirse ni dar a conocer de forma alguna,
contenidos protegidos por derechos de autor, marcas comerciales y otras
cosas incorporales susceptibles de someterse al registro de propiedades
intelectuales o industriales, que haya conocido con ocasión de su relación
con la parte contraria. La prohibición antes mencionada supone que
cualquiera de las Partes no podrá intentar inscribir en el Registro de
Propiedad Intelectual o Industrial, a su nombre ni al de terceras personas,
alguna de las cosas incorporales que lleguen a su conocimiento con ocasión
de su relación con la parte contraria.
5.- Las Partes se comprometen a dar aviso por escrito y sin tardanza a
cualquier Representante Validado de la parte contraria, en caso de enterarse
de cualquier apropiación indebida, divulgación o uso no autorizados de la
Información Confidencial por cualquier persona o entidad, y a adoptar las
medidas necesarias dentro del más inmediato plazo para restringir, reducir o
remediar de otro modo la apropiación, divulgación o uso indebidos de esa
Información Confidencial.
TERCERO.A)
Para efectos de este contrato, serán Representantes Validados de
“Eleva Patagonia” las siguientes personas o quienes los reemplacen en sus
cargos:
1.- Pedro Fecci Gallardo (Representante Legal).
2.- Mauricio Ojeda Silva (Director del Proyecto).
B)
Para efectos de este contrato, serán Representantes Validados de
OTRO las siguientes personas o quienes los reemplacen en sus cargos:
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1.- [Indicar nombre y cargo]
2.- [Indicar nombre y cargo]
CUARTO.Las obligaciones de confidencialidad que emanan de este acuerdo se
mantendrán vigentes entre y para cada parte hasta que la Información
Confidencial de una pase al dominio público por causa no imputable a la otra.
QUINTO.Para todos los efectos Eleva Patagonia se reserva el derecho de hacer
promoción de las actividades que desarrolla y de los resultados de la misma,
esto incluye imágenes, vídeos, notas, noticias, etc. captados dentro del
Seminario Inspiracional, 3 días de Workshop, Jornadas de Mentoría, Demo
Day, conexión con inversionistas y el potencial levantamiento de
financiamiento, entre otros. Además, de estimarlo conveniente, Eleva
Patagonia podrá publicitar a través de diversos medios de comunicación los
resultados más destacados de cada proyecto de negocio, sin que esto vaya
en prejuicio o signifique un menos cabo de quien tiene la propiedad
intelectual del mismo.
Así mismo y en razón de que Eleva Patagonia se enmarca en un Programa de
Apoyo al Entorno Emprendedor, este tendrá la obligación de enterar toda la
información que Corfo requiera para la rendición de cuentas y supervisión del
mismo. Esto involucra todo tipo de actividad que se relacione con el presente
programa, lo cual es entendido y aceptado por las partes.
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ELEVA PATAGONIA
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