REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN DENOMINADA - Coca-Cola

REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN DENOMINADA:
“RUTA TAPA”
DEFINICIONES
moción.
o utiliza los productos participantes.
- Ganador: Participante que resulta favorecido con alguno de los premios objeto de la
promoción.
- Patrocinador: Embotelladora Central, S. A.
- Premio: Corresponde a los premios que se describen más adelante y pueden ser obtenidos
con la taparroscas de color AMARILLA de los productos participantes, de conformidad con la
mecánica que abajo se describe.
- Productos Participantes: Son los productos que el patrocinador ha destinado a la presente
promoción que tendrán taparrosca color AMARILLA. Los productos participantes se describen
en el punto 1.3 de este Reglamento.
- Reglamento: Conjunto de reglas y/o directrices que regulan la promoción denominada
“RUTA TAPA” contenidos en el presente documento.
I. Consideraciones de Aplicación General
1.1- El Patrocinador de la promoción es la compañía EMBOTELLADORA CENTRAL, S. A., con
domicilio en 26 calle 6-02 zona 11, ciudad de Guatemala.
consumidor en la compra de productos participantes de la promoción.
1.3- Podrán participar en la promoción todas las personas que compren los productos
participantes en las presentaciones que adelante se indican, siempre y cuando cumplan con
el presente Reglamento - en adelante serán denominadas participantes de la promoción-.
En este sentido, se entenderá que los participantes de la promoción conocen y aceptan
voluntariamente las condiciones, obligaciones y responsabilidades que trae consigo la misma
y el presente Reglamento con el solo hecho de solicitar el producto promocional según el
procedimiento que aquí se indica, obligándose a cumplirlo.
1.4- El patrocinador ha establecido como productos participantes las marcas de bebidas
“Coca-Cola” que se indican abajo, siempre y cuando estos productos sean producidos y/o
comercializados por Embotelladora Central, S. A.
Se detallan a continuación los productos y presentaciones participantes son los siguientes:
Coca Cola 2 litros Retornable y Coca Cola 1 litro en envase de vidrio, siempre y cuando
éstos tengan una taparrosca color amarillo. Lo anterior significa que las presentaciones
anteriormente indicadas, para poder participar, deberán tener la taparrosca original de color
amarillo original que haya colocado el patrocinador, marcada con las palabra “RUTA”, siempre
y cuando ésta no presente siempre que la misma no presente ningún tipo de alteración,
tachadura, borrón o similar y que además cuente con el plástico protector interno en perfecto
estado y sin ningún tipo de alteraciones o modificaciones.
II. Premios
Los premios que el patrocinador ha destinado para la presente promoción son los que se
detallan a continuación. Lo anterior no obliga a la empresa patrocinadora a hacer efectiva la
entrega de las cantidades indicadas, sino que únicamente serán entregadas las cantidades que
derive de los canjes válidamente solicitados, hasta el número máximo indicado a continuación:
Cantidad
Descripción Premio
15 televisiones,
30 microondas,
20 planchas,
20 reproductores de
DVD,
20 olla multifunción,
400 toppers,
100 platos,
200 delantales,
100 guantes de cocina,
200 agarradores de
cocina.
Televisiones de 24 pulgadas, marca LG modelo 24MT45A, con
precio global Q22,635.00 (Q1,509.00); Microondas digital de 0.6
pies, marca Frigidaire, modelo FMDL17S3GLW, con precio global
Q14,970.00 (Q499.00); Planchas de ropa a vapor y en seco,
marca WIDMIRE, modelo IRWM06,con precio global Q1,380.00
(Q69.00); Olla multifunción pequeña, marca BYD modelo
RC3203, con precio global Q2,780.00 (Q139.00); Reproductores
de DVD, marca LG, modelo DP132, con precio global Q5,380.00
(Q269.00); Topper con logo Coca Cola, item 510012, con precio
global Q2,200.00 (Q150.00); Platos de malinina con logo Coca
Cola, Item 100006,con precio global Q1,000.00 (Q10.00); Delantales tipo gabacha, con precio global Q3,300.00 (Q16.50.00);
Guantes de cocina, con precio global Q700.00 (Q7.00); 200
agarradores de cocina,con precio global Q1,300.00 (Q6.50.00)
La cantidad indicada es el número total de premios que se han destinado a la presente
promoción, lo cual no obliga al patrocinador a hacer la entrega de dicha cantidad, sino
únicamente la correspondiente a los canjes realizados conforme a lo indicado en el presente
reglamento.
El patrocinador se reserva el derecho de reemplazar, a su entera discrecionalidad, dichos
premios por otro u otros de similares características, en cualquier momento de vigencia de
la promoción.
La cantidad indicada es el número total de premios que se han destinado a la presente
promoción. Esto no obliga a la empresa patrocinadora a hacer efectiva la entrega de las
cantidades indicadas de premios sino que únicamente será entregada la cantidad de premios
que reclamen los ganadores, hasta el número máximo indicado.
La entrega de los premios es personal, y se hará únicamente a la persona que entregó las
taparroscas contramarcadas, razón por la cual ningún apoderado y/o representante podrá
apersonarse a recibir el mismo en nombre del ganador.
III. Forma de participar y Mecánica de Canje.
El objeto de la presente promoción consiste en que el destinatario participante pueda,
dentro de los plazos indicados, participar en la activación de la Ruta Tapa Amarilla y resultar
ganador de uno de los premios descritos en la presente promoción al seguir la mecánica que
se describe a continuación.
Un camión debidamente identificado con la marca Coca-Cola y con esta promoción (por
medio de material publicitario promocional, exhibiciones, afiches y/o mantas alusivas) estará
visitando diferentes comunidades del 196 de marzo al 3 de mayo de 2015 de acuerdo con
el cronograma establecido en el cuadro 3.2.1 y el personal autorizado e identificado del
patrocinador elegirá al azar 5 hogares para que puedan participar en la promoción.
Cuadro 3.2.1
Para participar, el consumidor deberá:
Recolectar durante el periodo promocional, la mayor cantidad de taparrosca de color
amarillo y debidamente contramarcadas con la palabra “RUTA” definidos en el punto 1.4 del
presente reglamento.
Ser elegido al azar por el personal autorizado del patrocinador. Queda a discreción del
patrocinador la elección de los participantes.
Entregar las taparroscas válidas al patrocinador en el momento que le sea solicitado por
el personal autorizado.
No se realizarán canjes de consumidores que no cumplan con los requisitos anteriores.
a. Mecánica de participación para obtener Premios Electrodomésticos:
Al llegar el camión identificado con esta promoción a la comunidad previamente seleccionada,
el patrocinador elegirá al azar 5 hogares donde solicitará a una persona por hogar que
demuestre ser mayor de edad (por medio de la presentación del documento de identidad válido
y vigente en el país), y que entregue las taparroscas amarillas debidamente contramarcadas
con la palabra “RUTA” previamente recolectadas, a fin de premiarle según escala de premios
de electrodomésticos que abajo se detalla. No se permitirá que al momento de la elección
del hogar por parte del patrocinador, los miembros del hogar soliciten taparroscas a terceros
externos a su hogar (vecinos, familiares u otros), ni tampoco se permitirá que vaya a comprar
producto participante para poder optar o completar la cantidad de taparroscas para optar
por los premios de electrodomésticos. Es decir, solo participan con las taparroscas que tengan
en el hogar al momento de la elección.
En caso que no se encuentre ninguna persona mayor de edad debidamente identificado en
el hogar seleccionado o no cuenten con la cantidad de taparroscas requeridas, se tendrá por
descalificado automáticamente ese hogar y se elegirá otro hogar al azar; hasta un máximo de
10 intentos. Únicamente se premiará por cada comunidad un máximo de 5 hogares.
Los premios corresponderán al número de taparroscas amarillas contramarcadas entregadas
en dicho acto, de conformidad con la siguiente tabla de canje:
Premio
1 Televisiones de 24 pulgadas, marca LG modelo 24MT45A
Cantidad
15 taparroscas
1 Microondas digital de 0.6 pies, marca Frigidaire, modelo FM12 taparroscas
DL17S3GLW
1 Olla multifunción pequeña, marca BYD modelo RC3203
10 taparroscas
1 Reproductores de DVD, marca LG, modelo DP132
10 taparroscas
1 Planchas de ropa a vapor y en seco, marca WIDMIRE, modelo
5 taparroscas
IRWM06
Se entregará como máximo un premio por hogar, el cual será elegido por el participante
de acuerdo con el número de taparroscas amarillas contramarcadas entregadas en el acto.
Aunque la persona cuente con más tapas/chapas de las requeridas para el premio, sólo podrá
elegir un premio, de acuerdo con la cantidad de taparroscas entregadas al patrocinador.
El patrocinador se reserva el derecho de cambiar, ampliar o reducir a su discreción el número
de comunidades visitadas por la Ruta Tapa Amarilla, así como las fechas en las que se
realizarán las visitas, siendo que para ello deberá publicar dicho cambio.
b. Mecánica para participar por los premios instantáneos de la Ruleta:
Si el hogar seleccionado por el patrocinador no cuenta con la mínima cantidad de taparroscas
amarillas contramarcadas con la palabra “RUTA” para hacerse acreedor de alguno de los
premios anteriormente descritos, quedará descalificado automáticamente para optar por los
premios de electrodomésticos antes indicados; no obstante, si el participante del hogar
elegido cuenta con al menos tres taparroscas amarillas contramarcadas con la palabra RUTA
podrá girar la ruleta electrónica que al efecto lleva el camión del patrocinador para optar por
un premio instantáneo. Sólo podrá girarse la ruleta máximo una vez por hogar seleccionado.
Si el hogar seleccionado no cuenta con las tres taparroscas mencionadas, el patrocinador le
dará la oportunidad a la persona participante mayor de edad debidamente identificada de
comprar en el establecimiento más cercano de su elección uno de los productos participantes
indicados en el punto 1.4 del presente reglamento. Si el participante voluntariamente realiza
la compra y entrega al patrocinador la taparrosca amarilla contramarcada, tendrá derecho
de girar la ruleta para ser acreedor de un premio instantáneo. Los premios instantáneos
corresponden a los artículos indicados el apartado II Premios.
Las opciones antes indicadas son excluyentes entre sí; es decir si la cantidad de taparrosca
que tiene el participante al momento de la visita no le alcanzan para participar por los premios
de electrodomésticos, automáticamente se descarta esa opción y se procede a validar si
cuenta con tres taparroscas que le dan derecho para girar la ruleta electrónica; si no cuenta
con éstas, se le da la oportunidad que de manera voluntaria el participante compre producto
participante para obtener el derecho a girar la ruleta electrónica. En caso que no cumpla con
alguna de las tres condiciones anteriores, se tendrá por descartado el participante del hogar
elegido y se procederá a seleccionar otro hogar. No obstante, si el hogar seleccionado no
cuenta con taparroscas contramarcadas del todo, o bien no hay una persona mayor de edad
con un documento de identidad válido y vigente en Guatemala, el patrocinador procederá a
elegir un nuevo hogar dentro de la comunidad que se esté visitando.
En el caso de los consumidores de los hogares que no fueron seleccionados en la comunidad
tendrán la oportunidad de girar la ruleta por una única vez por hogar, si entregan 3
taparroscas amarillas contramarcadas con la palabra RUTA, hasta un máximo de 50 hogares
por comunidad, de acuerdo con el cronograma indicado. Una persona no podrá participar
en la ruleta más de una vez aunque tenga más de tres taparroscas amarillas contramarcadas.
Se establece un máximo de 50 hogares por comunidad para que puedan optar por el
derecho de girar la ruleta para ganar premios instantáneos. Dicha participación se realizará de
acuerdo al orden de llegada de los participantes siempre y cuando cumplan con los requisitos
establecidos (mayor de edad, contar con un documento de identidad válido y vigente en
Guatemala, entregar las tres taparroscas contramarcadas y no más de un premio por hogar).
Queda a criterio del patrocinador la elección y anulación de participantes en caso de no
cumplir con lo indicado en el reglamento.
El patrocinador se reserva el derecho revisar que las taparroscas que el participante le
entregue sean válidas, de acuerdo con lo establecido en el punto 1.4.
IV. PERIODO DE DURACIÓN DE LA PROMOCIÓN: 5.1.- La promoción es por tiempo limitado, iniciando el 14 de marzo al 26 de abril del 2015 o
hasta que se agoten las existencias, lo que suceda primero. Finalizado el plazo caducará el
derecho al canje, por lo que el patrocinador no reconocerá producto promocional alguno, ni
tendrá obligación alguna con ningún destinatario de la promoción.
Tal como arriba se indica, se entenderá finalizada esta promoción si el total de tapas previstas
para canje se han utilizado para efectos del canje antes de la fecha de vencimiento del plazo
promocional.
5.2.- El patrocinador se reserva el derecho de modificar en cualquier momento el plazo de
vigencia de la promoción, así como el plazo para el canje, con el sólo hecho de comunicarlo
mediante una publicación en la página web www.coca-cola.com.gt o por medio de una
publicación por el mismo medio donde se publicó el reglamento.
V. CONDICIONES Y LIMITACIONES
Condiciones y Limitaciones Generales
5.1. Se entenderá que todo destinatario de la promoción que decida participar en ella conoce
y acepta las condiciones, responsabilidades y limitaciones establecidas en este Reglamento
y en los documentos a que éste hace referencia.vv
5.2. Una vez vencido o finalizado el plazo para realizar el canje, caducará la posibilidad de
canje del participante;
5.3. El destinatario de la promoción que decida participar en ella tiene por entendido que este
Reglamento se basa en el ordenamiento jurídico guatemalteco; sin embargo, el patrocinador
se reserva el derecho de modificar el presente reglamento en cualquier momento y resolver
a su entera discreción cualquier situación que se presente durante su vigencia y que no se
contemple en el mismo.
5.4. Bajo ninguna forma las taparroscas son negociables y no pueden ser reclamados por
dinero u otros objetos que no sean los premios especificados por el patrocinador en este
reglamento.
5.5 Ni el patrocinador de esta promoción ni The Coca-Cola Company, sus filiales, agencias,
distribuidores y/o representantes, asumen responsabilidad alguna por la negativa a cambiar
taparroscas contramarcadas que contravengan lo establecido en este Reglamento o bien
cuando se solicite el canje posterior al vencimiento del plazo promocional.
5.6. El patrocinador no es responsable en ninguna medida por ningún eventual gasto en que
deba incurrir un destinatario de la promoción para participar y/o realizar el canje.
5.7. El patrocinador tendrá la facultad unilateral de modificar las condiciones del presente
reglamento total o parcialmente y en general tendrá también la facultad unilateral de dar
por terminada anticipadamente la promoción o incluso suspenderla, con la única obligación
de notificar por medio de redes sociales o menciones de TV las modificaciones del presente
reglamento total o parcialmente siempre y cuando con ello no atente contra los derechos
adquiridos por los participantes de la promoción; y en general tendrá también la facultad
de informar a Gobernación departamental la finalización anticipada o incluso la suspensión
si detecta defraudaciones o situaciones que imposibiliten llevar a buen término la presente
promoción. Adicionalmente, se dará un aviso a través del mismo lugar donde se publicó
dicho reglamento.
5.8. El presente reglamento no obliga al patrocinador con determinada persona o determinada
colectividad sino sólo con quien acepte los términos del presente reglamento y sus eventuales
modificaciones.
5.9. En la publicidad de la presente promoción se hace referencia a la frase “Aplican
Restricciones”, lo cual significa que existen condiciones y limitaciones, las cuales se consignan
en el presente Reglamento.
5.10. La responsabilidad del Patrocinador concluye al momento de realizar el canje de los
premios siempre que el destinatario de la promoción haya solicitado el canje de acuerdo con
lo establecido en el presente reglamento.
5.11. La Promoción es por tiempo limitado.
5.12. Los destinatarios de la promoción que deseen participar y realizar el canje, lo hacen
conociendo y aceptando que dicho canje y su obligatoriedad se encuentra sujeto a la
existencia y disponibilidad de producto participante tanto a nivel general como en el centro
de canje específico al que se dirija.
5.13. Si una persona no acepta el premio, el derecho a canje del premio se considera renunciado
y extinguido en relación con el participante y no le asistirá derecho a reclamo o indemnización
alguna.
No podrán participar en esta promoción los empleados la empresa, el personal de su agencia
de publicidad, y proveedores involucrados en la promoción.
5.14 El Patrocinador se reserva el derecho de modificar este reglamento en cualquier
momento para introducir todas aquellas modificaciones necesarias para la buena marcha de
la promoción.
5.15 El Patrocinador podrá terminar de manera anticipada o suspender la presente promoción,
sin asumir responsabilidad alguna por razones de seguridad, fuerza mayor, fallas técnicas,
oportunidad, cualquier otro evento fuera del control razonable de éste o si se llegaren a
detectar defraudaciones, En este caso, también se comunicará públicamente las causas por
las cuales la promoción ha sido suspendida.
5.16 El patrocinador se reserva el derecho de realizar la correcta interpretación de las
condiciones, así como de definir las reglas aplicables a cualquier situación no prevista en
este reglamento.
5.17 Con su participación, el participante autoriza al Patrocinador a que su nombre e imagen
aparezcan en publicaciones y demás medios publicitarios y en general en todo material de
divulgación de las actividades posteriores a la promoción, como entrega y recibo de los
premios, sin que implique remuneración o compensación adicional, ni reclamos por derechos
de imagen, los cuales se tienen por cedidos temporalmente pero sólo para los efectos de
divulgación del resultado de esta promoción.
a. Se entenderá que todo destinatario de la promoción que decida participar en ella
conoce y acepta las condiciones, responsabilidades y limitaciones establecidas en este
Reglamento. Igualmente se entenderá que conoce las condiciones del premio al que
esta promoción se refiere.
b. El patrocinador se reserva el derecho de exigirle al ganador y sus acompañantes que,
mediante documento escrito, manifieste su aceptación de este Reglamento y de los
documentos a que éste hace referencia, así como de las responsabilidades vinculantes
que le supondría solicitar el canje de un premio de esta promoción. La negativa, por
parte del participante que desee canjear un premio y/o sus acompañantes, a firmar
o aceptar cualquiera de las condiciones o beneficios de este Reglamento, eximirá de
la responsabilidad de canjear el premio al patrocinador y no tendrá responsabilidad
alguna con el ganador y/o su acompañante.
c. La promoción es por tiempo limitado.
d. El premio no es reembolsable en dinero.
e. Ningún participante podrá resultar favorecido más de una vez en esta promoción.
f. Perderá el premio de inmediato cualquier ganador y/o acompañante que se presente
bajo los efectos del alcohol o drogas, portando bebidas alcohólicas, armas de fuego,
objetos punzocortantes, recipientes de cualquier tipo, paquetes de cigarros abiertos,
artículos inflamables. Si el organizador requiere hacer revisión corporal previo a la
subida al Camión de la Rumba de Coca Cola, la persona podrá negarse, no obstante
será potestad del organizador rechazar el ingreso en ese momento. En este caso, la
persona perderá total o parcialmente su premio, a criterio del patrocinador. Lo mismo
sucederá en caso de duda sobre el estado etílico o de estupefacientes de la persona,
lo cual quedará a total discrecionalidad del organizador y/o del patrocinador.
g. El ganador y/o acompañante que no se presente dentro del plazo citado al lugar
indicado anteriormente en el horario que el patrocinador le indique, o bien aun
haciéndolo no lleve consigo los requisitos descritos en el presente reglamento para
entregarle el premio, perderá su derecho a reclamarlo.
h. La entrega de los premios es personal, razón por la cual ningún apoderado y/o
representante podrá apersonarse a retirar el mismo en nombre del ganador.
SEPTIMA. Responsabilidad General y Restricciones
a. La responsabilidad del organizador y del patrocinador termina en el momento en que
el ganador que cuente con las condiciones estipuladas en este reglamento recibe
el premio respectivo. En consecuencia, el participante de la promoción, se obliga a
revisar con el patrocinador todo lo referente al premio, una vez que se ha recibido el
premio exime de toda responsabilidad a la empresa patrocinadora por la condiciones
del mismo.
b. El destinatario de la promoción que decida participar en ella tiene por entendido
que este Reglamento se basa en el ordenamiento jurídico panameño; sin embargo, el
patrocinador se reserva el derecho de modificar el presente reglamento en cualquier
momento y resolver y definir, a su entera discreción, cualquier situación que se presente
y que no se contemple en el mismo.
c. Bajo ninguna forma o circunstancia los premios son transferibles, negociables y no
pueden ser reclamados por dinero u otros objetos que no sean los especificados en
este reglamento por el patrocinador.
d. El patrocinador no es responsable en ninguna medida por ningún eventual gasto en
que deba incurrir un participante de la promoción para participar o bien un ganador a
efectos de canjear su premio, lo cual correrá de su propio peculio.
e. Ni el patrocinador de esta promoción, ni el organizador, The Coca-Cola Company, y
sus filiales, agencias, distribuidores o representantes, asumen responsabilidad alguna
por querellas, juicios, daños, pérdidas o perjuicios ocasionados durante el viaje o bien
la participación del ganador y/o acompañantes en el evento Carnavales Chitré 2014 al
cual se haga acreedor el ganador.
f. Si una persona no acepta el premio o sus condiciones, se considera renunciado
y extinguido en relación con el favorecido y no le asistirá derecho a reclamo o
indemnización alguna.
g. El patrocinador tendrá la facultad unilateral de modificar las condiciones del presente
reglamento total o parcialmente siempre y cuando ello no atente contra los derechos
adquiridos por los participantes de la promoción; y en general tendrá también la facultad
unilateral de dar por terminada anticipadamente la promoción o incluso suspenderla
si detecta defraudaciones o situaciones que imposibiliten llevar a buen término la
presente promoción, con la única obligación de notificar a los participantes mediante
un aviso a través del mismo medio por el que se da a conocer este reglamento.
h. El presente reglamento no obliga al patrocinador con determinada persona o
determinada colectividad sino sólo con quién acepte los términos del presente
reglamento y sus eventuales modificaciones.
i. En la publicidad de la presente promoción se hace referencia a la frase “Aplican
Restricciones”, lo cual significa que existen condiciones y limitaciones, las cuales se
consignan en el presente Reglamento.
j. No podrán participar los empleados del patrocinador, el personal de sus agencias de
publicidad, funcionarios externos y proveedores involucrados en la promoción.
k. Los ganadores y acompañantes participarán y viajarán bajo su propio riesgo y seguridad;
por lo que el patrocinador no se hace responsable por ningún percance o situación
que pueda ocurrir a los ganadores y acompañantes durante los traslados o bien su
estadía en los Carnavales de Chitré 2015. Los ganadores y sus acompañantes liberan
al patrocinador y al organizador, de cualquier responsabilidad sobre servicios o gastos
adicionales que incurran y no estén establecidos en el reglamento de la promoción.
l. Si durante la realización del evento se produce algún accidente que provoque lesiones,
hospitalización, muerte, gastos médicos, rehabilitación u otros; el organizador hará
todo lo que esté a su alcance para brindar la AYUDA que sea necesaria para localizar
a los paramédicos, Cruz Roja, Bomberos, Seguridad u otros, con lo cual termina la
responsabilidad del patrocinador y no podrá exigirse reclamos ni indemnización alguna
en este sentido.
OCTAVA. Suspensión y Situaciones Especiales
El Patrocinador podrá terminar de manera anticipada o suspender la presente promoción,
sin asumir responsabilidad alguna, por razones de seguridad, oportunidad o si se llegaren a
detectar defraudaciones o cualquier otra irregularidad. En este caso, también se comunicará
públicamente las causas por las cuales la promoción ha sido suspendida y por ende, a partir
de esa fecha se dejará de activar el sitio web.
El patrocinador de esta promoción y el organizador pueden revocar en cualquier momento
el premio y todos sus beneficios al ganador o a cualquiera de sus acompañantes, sin
responsabilidad alguna para ninguna de ambas empresas, si el ganador o sus acompañantes
incumplen o irrespetan cualquier norma, directriz o solicitud que haga el patrocinador o el
organizador o no se sujetan a buenas costumbres o si por algún motivo ponen en riesgo la
seguridad de la actividad.
El ganador y sus acompañantes serán financieramente responsables por todos los daños
causados por su conducta, incluyendo daños a terceros, daños a bienes y cualquier otro.
NOVENA. Información Adicional
El ganador y sus acompañantes, autorizan al patrocinador a que utilice su imagen y nombre
en medios publicitarios para fines promocionales sin compromisos de remuneración alguna,
siendo entendido su consentimiento con el solo hecho de canjear los premios.
Para mayor información o consultas se puede llamar al Centro de Información y Servicio al
cliente al siguiente número telefónico (507) 800-COKE (800-2653) dentro del siguiente
horario de atención: De Lunes a Viernes de 8:00 am a 5:00 pm.