Bases Legales Encuesta

BASES DEL CONCURSO
"ENCUESTA ONLlNE”
DE
RENDIC HERMANOS S.A.
El concurso denominado “ ENCUESTA ONLlNE “ es organizado por RENDIC HERMANOS S.A., R.U.T.
Nº 81.537.600-5, representado para estos efectos por don Tomás Durandeau Labarca, cédula
nacional de identidad Nº 13.549.674-K y por don José Ahumada Ormeño, cédula nacional de
identidad N° 10.794.714-0, todos domiciliados en Cerro El Plomo Nº 5680, Piso 13º, comuna de Las
Condes, Santiago. El Concurso ( e n a d e l a n t e e l “ C o n c u r s o ” ) se regirá por las siguientes
Bases del Concurso (en adelante las “Bases”).
1.
REQUISITOS CONCURSO.
a)
Sólo podrán participar en el Concurso aquellas personas que sean chilenas o nacionalizadas, que
cuenten con cédula nacional de identidad vigente y que ingresen sus datos en el sitio web
www.unimarc.cl/encuesta.
b) Serán nulas todas las participaciones que se encuentren con datos adulterados, falsificados o bien,
incompletos. En caso de tratarse de algún defecto de sistema, calificado así por Rendic Hermanos
S.A., exclusivamente y sin ulterior reclamo, se procederá al correcto registro de los datos.
c)
El Concurso se encuentra limitado a la cantidad de premios indicados y a la vigencia de la misma.
d) No podrán participar en el Concurso los trabajadores permanentes o temporales de SMU S.A.,
Rendic Hermanos S.A., Súper 10 S.A., Telemercados Europa S.A., Construmart S.A., Ok Market
S.A., Unired S.A y Supermercados del Sur Limitada.
e) No podrán participar en el concurso todos los colaboradores o trabajadores de agencias o
empresas externas que colaboren en el desarrollo de la promoción. En este caso específicamente
no podrán participar colaboradores de la Agencia Dittborn & Unzueta.
2.
PARTICIPANTES.
Podrán participar en la Promoción cualquier persona mayor de edad, residente en Chile y que hayan hecho
efectiva su visita a cualquier a los locales activos en la promoción (Ver Anexo 2) durante la vigencia de la
promoción. Para poder participar de la promoción deberán registrar el código de la boleta electrónica que
aparece en las boletas de acuerdo a las instrucciones indicadas en cada sitio web. (Ver Anexo 1 para mayor
información respecto al código de la boleta electrónica).
A estas personas se les denominará en adelante los "Participantes" o el "Participante".
3.
DINÁMICA DE LA PROMOCIÓN
La Empresa una promoción denominada "Encuesta Online", en adelante la "Promoción", cuya vigencia se
extiende desde el día 6 de Abril de 2015 y el día el 31 de Mayo de 2015, ambas fechas inclusive. La Promoción
consiste en que toda persona que ingrese a cualquiera de los siguientes sitios web:


www.unimarc.cl/encuesta
www.unimarc.cl/encuesta2
En adelante conjuntamente como los "Sitios" y considerados individualmente como el "Sitio", y conteste la
encuesta que allí se despliegue, automáticamente participará del sorteo mensual de una tarjeta de regalo de
$100.000 (cien mil pesos) correspondiente a esa encuesta, de acuerdo a lo señalado en el presente
instrumento.
4.
GANADOR Y PREMIO
Las personas que cumplan con las condiciones indicadas, podrán participar en el sorteo de una tarjeta
de regalo de $100.000 (cien mil pesos) cada una, en adelante también los "Premios".
Durante la vigencia de la Promoción, se realizarán 2 diferentes encuestas y se sortearán un total de
1 Premio, por medio de sorteo y se realizará en las fechas señaladas en la Cláusula Sexta de estas
Bases.
El Premio podrá ser utilizado sólo en locales Unimarc, Mayorista 10 y Ok Market, dentro del plazo de
un año contado desde la fecha de emisión del Premio. Se podrán realizar una o más compras con el
Premio, hasta por un valor total de $100.000 (cien mil pesos), no siendo posible utilizarlo para
canjear la totalidad o saldo del mismo por dinero.
Los Participantes podrán participar y optar a ganarse un Premio en cada oportunidad en que se realice
una encuesta durante la vigencia de la Promoción.
La Promoción no es acumulable con otras promociones, descuentos u ofertas en dinero u otros bienes.
5.
SORTEO
El sistema seleccionará al ganador mediante un sistema informático aleatorio, en el cual se sorteará 1 giftcard
de $100.000 (cien mil pesos) . Este sorteo será realizado en las oficinas de la Agencia Dittborn y Unzueta
ubicadas en Avenida Isidora Goyenechea 3477 – Piso 8, comuna de Las Condes, Región Metropolitana,
pudiendo estar presente un representante del Organizador designado al efecto.
El premio no será transferible a otra persona y no será canjeable por otra cosa o especie. La entrega del
premio podrá ser modificada por circunstancias de caso fortuito o de fuerza mayor determinada por Rendic
Hermanos S.A y según las disponibilidades del caso.
El patrocinador no se hace responsable por accidentes o problemas de cualquier índole que tengan el
ganador y/o su(s) acompañante(s) con ocasión de la utilización del premio.
6.
DURACIÓN DEL CONCURSO.
Promoción válida del día 13 de Abril al día 31 de Mayo de 2015, ambas fechas inclusive. El plazo vencerá
a las 23:59 horas del día 31 de Mayo de 2015. Expirado el plazo recién mencionado se dará por
finalizado el Concurso.
7.
DECLARACIONES DE PATROCINADORES.
a) Los premios no serán canjeables por otra cosa o especie, adaptable o condicionado
a petición del ganador.
b) Queda establecido expresamente que todo gasto no incluido en el premio será de exclusivo
costo y responsabilidad del ganador, por lo que todo otro gasto, futuras contribuciones e
impuestos inherentes al premio, retiro, uso y disfrute, incluyendo sin implicar limitaciones,
seguros e indemnizaciones de cualquier tipo, etc., serán de cuenta y cargo del mismo, como
también todos los gastos de traslado y alojamiento para reclamar y/o recibir el premio, serán
de cargo del participante ganador.
c)
El ganador previo a la recepción del premio, deberá acreditar su identidad con su respectiva
Cédula Nacional de Identidad.
d) El ganador deberá firmar simultáneamente un recibo de premio y renuncia de acciones
contenidos en el Anexo de las presentes Bases, sin firmar ese documento no se le podrá
hacer entrega del premio.
e)
8.
Será de cargo del ganador cumplir con los trámites necesarios y contar con toda la
documentación requerida por las instituciones u organismos correspondientes, para hacer
efectivo el premio.
AMBITO DE APLICACIÓN.
El Concurso se desarrollará a nivel nacional y será de carácter masivo.
El Concurso, sus condiciones y requisitos se informarán y dará a conocer por los medios que los
patrocinadores a su juicio exclusivo califiquen.
9.
MODIFICACIÓN DE LAS BASES.
El patrocinador podrá modificar o extender la vigencia del Concurso, cuando lo requiera.
Asimismo, el patrocinador podrán modificar los premios incluidos en el Concurso y sus condiciones, por
otros de similar o diferente valor, modificar el lugar del sorteo o de retiro del Premio y/o terminar
anticipadamente el Concurso, informando previamente a los consumidores, o al ganador según sea el caso,
todo lo cual no generará responsabilidad ni compensaciones a favor de terceros o de los participantes.
10.
RESPONSABILIDAD.
El patrocinador no se hacen responsables de que una vez cumplida la fecha de término del Concurso, siga
circulando publicidad con referencia a éste.
Asimismo, no se harán responsables si el ganador no pudiera hacer efectivo su premio, ya sea por motivo
de salud (enfermedad o accidente), por incapacidad física, por asuntos laborales o personales. Cualquier
impedimento del ganador, que no le permita hacer efectivo el premio, lo descalificará de manera
automática.
El Patrocinador no se hacen responsable de los daños o perjuicios que el premio objeto de estas bases
pueda sufrir a contar del instante que el ganador lo reciba materialmente.
La no reclamación en el momento de la entrega del Premio, implicará la aceptación de parte del ganador
y su representante, del perfecto cumplimiento de lo promocionado, por lo tanto, el ganador y su
representante legal renuncian a cualquier reclamo posterior o acción legal en contra de el patrocinador.
En consecuencia, una vez entregado el premio, no habrá derecho a reclamo posterior.
11.
ACEPTACIÓN DE LAS BASES.
La participación en este Concurso requiere el conocimiento y aceptación de estas Bases.
12.
PARTICIPACIÓN EN DIFUSIÓN DE CONCURSO.
El ganador se compromete a prestar colaboración con el objeto de favorecer la difusión de dicho
acontecimiento por los medios que el patrocinador determine, a favor de la necesaria transparencia
que exige la fe pública. De esta forma será condición para recibir, retirar y hacer efectivo el premio,
que el ganador participe de las actividades, promociones, eventos, programas o difusión que l el
patrocinador determine.
Asimismo todo participante del Concurso o sus representantes legales, autorizan desde ya expresamente
a el patrocinador, sin necesidad de una autorización especial, a utilizar la información recaudada a partir
de la misma y a difundir sus nombres e imágenes mediante la toma de fotografías y/o videos, vinculado
con su participación en el Concurso, renunciando todos ellos a recibir cualquier compensación, sea en
dinero o en especie. Además, se faculta a el patrocinador para exhibir y/o publicitar a cualquiera de los
participantes, a través de los medios y en la forma que lo estimen conveniente.
Los participantes autorizan expresamente que la fotografía e información proporcionada en la
participación y toda aquella que sea recolectada o almacenada durante la vigencia del Concurso,
incluyendo aquella relativa a la adquisición, contratación y uso de productos y servicios, sea tratada
y comunicada por Rendic Hermanos S.A., sus filiales, sus sociedades controladoras y las sociedades que
estén bajo el control común de SMU S.A.
Los participantes facultan a Rendic Hermanos S.A. a entregar a terceros, no individualizados en el párrafo
anterior, información agregada que no incluya información de carácter personal que individualice e
identifique al participante.
Para el cumplimiento de los fines de respaldo y/o procesamiento, los datos personales y la demás
información de los participantes puede ser almacenada y/o procesada por terceros distintos del
patrocinador , ya sea en Chile o en el extranjero.
13. PROTOCOLIZACIÓN DE LAS BASES
Las presentes Bases y su protocolización quedarán a disposición del público en la Notaría de Santiago, de
don Iván Torrealba Acevedo, ubicada en calle Huérfanos Nº 979, of. 501, piso 5, de la comuna y ciudad
de Santiago, en (www.facebook.com/unimarc o www.unimarc.cl) como asimismo, será informada al
público a través de los distintos medios publicitarios que el patrocinador libremente determine.
La personería de don Tomás Durandeau Labarca y don José Ahumada Ormeño para representar a RENDIC
HERMANOS S.A. consta de Escritura Pública de fecha 27 de diciembre de 2013, otorgada en la Notaría de
Santiago de don Iván Torrealba Acevedo.
Santiago, 07 de abril de 2015
ANEXO 1.Identificador de Boleta
Los clientes que participen en la promoción, deberán hacer válida su visita al supermercado Ingresando el
código de la boleta electrónica, el cual se muestra a continuación:
Anexo 2.Locales
Unimarc
N°
LOCAL
44
LAS REJAS
49
VICUÑA P19
58
CONCHA Y TORO
357 GRECIA
477 CURAUMA
35
CURACAVI I
36
LAMPA
41
IGNACIO CARRERA PINTO
43
BATUCO
45
2° TRANSVERSAL MAIPU
61
SAN BERNARDO I
62
CARRASCAL
325 IRARRAZAVAL
326 ESCUELA MILITAR
327 MANQUEHUE
328 GRAN AVENIDA I
331 DIEGO PORTALES
347 SILVA CARVALLO
352 VILLA OLIMPICA
353 JUAN ANTONIO RIOS
475 ESTADO
481 DORSAL
482 ABRAZO DE MAIPU
580 PUDAHUEL
586 BUIN MAIPO
903 HUECHURABA FONTOVA
905 VICENTE VALDES
910 MAIPU CAMINO MELIPILLA
911 MAIPU 4 PONIENTE
953 CONSISTORIAL
980 MAIPU EL ROSAL
51
QUILLOTA I
53
SAN FELIPE
54
LOS ANDES
92
LIMACHE
343 4 PONIENTE
466 QUILLOTA III
468 VALPARAISO
550 LLAY LLAY II
902 VILLA ALEMANA III
Mayorista 10
N°
Local
3024
M10 PEÑAFLOR
3162
M10 PUENTE ALTO II
3008
M10 VALPARAÍSO
3041
M10 SAN FELIPE
3042
M10 LA CALERA
3048
M10 SAN ANTONIO
3049
M10 VILLA ALEMANA
3021
M10 RANCAGUA II
ANEXO 4
RECIBO DE PREMIO Y RENUNCIA DE ACCIONES
En
,a_
de
de 2015
Yo,
, profesión u oficio
domiciliado en
, de nacionalidad
, cédula nacional de identidad N°
, de la ciudad de
,estado civil
,
, declaro:
Que con fecha de hoy, he recibido de parte de Rendic Hermanos S.A. una
Giftcard por $_________, correspondiente al premio del concurso “ENCUESTA ONLINE”
promovido por dicha empresa, del cual resulté ser ganador con fecha.
De esta forma y habiendo recibido a entera satisfacción y conformidad el producto antes
señalado, expresamente vengo en renunciar a ejercer cualquier tipo de reclamo o acción judicial
en contra de rendic hermanos S.A. en relación de las obligaciones que hubieren podido
corresponderle para conmigo en virtud del concurso promovido por ésta denominado
“ENCUESTA ONLINE”. A mayor abundamiento, declaro expresamente que Rendic Hermanos S.A.,
nada me adeuda ni mantiene obligación pendiente de cualquier especie con relación a mi
persona.
(firma) (nombre del ganador)