Boletín Oficial de Canarias núm. 15 1671 Viernes 23 de enero de 2015 II. Autoridades y personal Oposiciones y concursos Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad 248 Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 15 de enero de 2015, por la que se modifica la Resolución de 16 de junio de 2014, por la que se amplía la lista de empleo de los aspirantes, presentados y no seleccionados, en las pruebas selectivas para constituir lista de empleo a fin de nombrar funcionarios interinos del Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escala de Maestros de Taller de Formación Profesional Marítimo-Pesquera (Grupo A, Subgrupo A2), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, especialidad de Maniobra y Navegación (MNA). ANTECEDENTES 1. Mediante Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, de 9 de octubre de 2012, se convocaron pruebas selectivas para constituir lista de empleo a fin de nombrar funcionarios interinos del Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escala de Maestros de Taller de Formación Profesional Marítimo-Pesquera (Grupo A, Subgrupo A2), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, especialidad de Maniobra y Navegación (MNA) (BOC nº 204, de 18.10.12). 2. Por Resolución de esta Dirección General, de 31 de julio de 2013, se aprueba la lista de empleo del citado Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escala de Maestros de Taller de Formación Profesional Marítimo-Pesquera (Grupo A, Subgrupo A2) de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, especialidad de Maniobra y Navegación (MNA) (BOC nº 154, de 12.8.13). 3. La citada lista de empleo se amplía por Resolución de esta Dirección General de 16 de junio de 2014 (BOC nº 120, de 24.6.14). Frente a esta Resolución D. Francisco Javier Casanova Mendoza interpone recurso potestativo de reposición en fecha 7 de julio de 2014, cuyo objeto es la valoración de la documentación relativa al mérito de la experiencia en la Administración Pública, el cual se resuelve mediante Resolución de esta Dirección General de 15 de diciembre de 2014. 4. En esta última Resolución se hace constar en el antecedente sexto que el interesado alega en su recurso que la Administración ya poseía la documentación acreditativa del mérito de la experiencia, por lo que, según el recurrente, debió incorporarla de oficio al procedimiento administrativo. Asimismo, se recoge en la consideración jurídica quinta que existían determinados aspirantes de la lista de empleo a los cuales sí se les valoró la documentación acreditativa de la experiencia presentada fuera de plazo, porque esta constaba en otros expedientes de ampliación de listas de empleo de Formación Profesional Marítimo-Pesquera, por lo que en aplicación del Principio de Igualdad en el acceso a las funciones y cargos https://sede.gobcan.es/cpji/boc boc-a-2015-015-248 Boletín Oficial de Canarias núm. 15 1672 Viernes 23 de enero de 2015 públicos, estima el recurso de reposición y acuerda “Modificar la Resolución impugnada en los términos recogidos en el antecedente de hecho sexto y en la consideración jurídica quinta de la presente Resolución”. 5. Obra en el expediente de la convocatoria de este Departamento, aprobada por Orden de 9 de octubre de 2012, para constituir listas de empleo a fin de nombrar funcionarios interinos del Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Profesores Numerarios de Formación Profesional Marítimo-Pesquera (Grupo A, Subgrupo A1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, en la especialidad Seguridad del Buque y en el Trabajo a Bordo (SBT), que el Sr. Casanova Mendoza aportó en fecha 21 de mayo de 2013, Certificado emitido por la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas en el cual consta que el mismo tiene acreditado los siguientes extremos: “Cuerpo: Facultativo Técnico Grado Medio Escala: Maestros de Taller de F.P. Marítimo-Pesquera Especialidad: Maniobra y Navegación (MNA) Grupo: A/A2 Periodo: 02/10/2006 a 07/11/2012 (plazo presentación de solicitudes) -Antigüedad total: 06 años, 01 mes y 29 días”. 6. De conformidad con lo dispuesto en la base 11.2 de la referida convocatoria, se procede a valorar la documentación relativa al mérito de la experiencia en la Administración presentada por el interesado, siendo el resultado de la valoración 2 puntos. Sumada dicha puntuación a la obtenida en la fase de oposición resulta un total de 3,80 puntos. Por lo que pasa de la posición número 9 a la número 5 en la lista de empleo. FUNDAMENTOS DE DERECHO 1. La lista de empleo se rige por la Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, de 3 de marzo de 2011 (BOC nº 48, de 7.3.11), por la que se desarrolla, en el ámbito de la Administración General, lo dispuesto en el Decreto 74/2010, de 1 de julio, que establece el procedimiento de constitución de listas de empleo para el nombramiento de funcionarios interinos en los sectores de Administración General y docente no Universitario de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como de personal estatutario temporal en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud y se regula el funcionamiento de las listas de empleo. 2. El artículo 53 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, aprobado por el Decreto 331/2011, de 22 de diciembre, recoge las competencias del titular de la Dirección General de la Función Pública. De acuerdo con todo lo anterior, esta Dirección General R E S U E L V E: Único.- Modificar la Resolución de esta Dirección General de 16 de junio de 2014, por la que amplía la lista de empleo de los aspirantes, presentados y no seleccionados, en las https://sede.gobcan.es/cpji/boc boc-a-2015-015-248 Boletín Oficial de Canarias núm. 15 1673 Viernes 23 de enero de 2015 pruebas selectivas para constituir lista de empleo a fin de nombrar funcionarios interinos del Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escala de Maestros de Taller de Formación Profesional Marítimo-Pesquera (Grupo A, Subgrupo A2), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, Especialidad de Maniobra y Navegación (MNA), convocadas OrdenEspecialidad de la Consejería de Presidencia, Justicia Igualdad, de de octubre Autónoma de por Canarias, de Maniobra y Navegación (MNA),e convocadas por9Orden de la consejería de la Presidencia, de 2012, de siguienteJusticia forma:e Igualdad, de 9 de octubre de 2012, de la siguiente forma: ORDEN NOMBRE APELLIDOS 5 6 FRANCISCO JAVIER MARGARITA 7 GENOVEVA 8 TOMAS CASANOVA MENDOZA MEDEROS MARTÍN VELÁZQUEZ RODRÍGUEZ GÓMEZ POCH 9 CARMEN ROSA GARCÍA PERDOMO 10 11 12 13 14 D.N.I. PUNTUACIÓN OPOSICIÓN PUNTUACIÓN CONCURSO PUNTUACIÓN TOTAL 43772318Y 1,80 2,00 3,80 43750223Z 1,32 2,00 3,32 45447411D 1,28 2,00 3,28 78558245C 1,92 1,05 2,97 78408937M 1,08 1,35 2,43 JOSÉ ISRAEL MARTÍN MORALES 78544645J 1,64 --- 1,64 JONAY JIMÉNEZ MESA 43829352T 1,16 0,37 1,53 NAST VICTOR ANTONIO MORILLO LESME 78696022G 1,32 --- 1,32 MARRERO FARIÑA 78699051C 1,32 --- 1,32 45703980J 0,64 0,25 0,89 43829167E 0,88 --- 0,88 GARCÍA RIVERO 43368332S 0,84 --- 0,84 CONCEPCIÓN FELIPE 42194704P 0,48 --- 0,48 MORILLO LESME 78721003F 0,20 --- 0,20 MIRELLA 15 EVELYN 16 DAMIÁN MARTÍN 17 NANCY 18 THAIS VICTORIA MARTÍN PLASENCIA QUINTERO CABRERA Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer en vía administrativa recurso que potestativo ante el Director General de laenFunContra la presente Resolución, pone findea reposición la vía administrativa, se podrá interponer vía administrativa potestativo reposición ante el Director General de la de Función Pública, en en el ción Pública, recurso en el plazo de undemes contado a partir del día siguiente su publicación plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su publicación en los términos previstos en los los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las de Régimen Jurídico de lasy Administraciones y del Procedimiento Administrativo Administraciones Públicas del ProcedimientoPúblicas Administrativo Común, o bien, interponer, Común, o bien, interponer, directamente, el recurso ante el Juzdirectamente, el recurso contencioso-administrativo ante elcontencioso-administrativo Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa de Tenerife, a tenor de lo regulado el artículo en relación con el de artículo 14.2 de gado de Cruz lo Contencioso-Administrativo de en Santa Cruz8.2.a), de Tenerife, a tenor lo regulado la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de en el artículo 8.2.a), en relación con el artículo 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, regudos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación. En el caso de presentar recurso ladora de ladeJurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meseshasta contados potestativo reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo que sea resuelva el recurso reposición o se presuntapotestativo del mismo, de y partir delexpresamente día siguiente al de sudepublicación. Enproduzca el caso ladedesestimación presentar recurso todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse. reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva En Santa Cruz deelTenerife, expresamente recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse. Santa Cruz de Tenerife, a 15 deEL enero de 2015.El Director General de la Función PúbliDIRECTOR GENERAL ca, Aarón Afonso González. https://sede.gobcan.es/cpji/boc boc-a-2015-015-248
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