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Boletín Oficial de Canarias núm. 15
1671
Viernes 23 de enero de 2015
II. Autoridades y personal
Oposiciones y concursos
Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad
248 Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 15 de enero de 2015, por
la que se modifica la Resolución de 16 de junio de 2014, por la que se amplía la
lista de empleo de los aspirantes, presentados y no seleccionados, en las pruebas
selectivas para constituir lista de empleo a fin de nombrar funcionarios interinos
del Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escala de Maestros de Taller de Formación Profesional Marítimo-Pesquera (Grupo A, Subgrupo A2), de la
Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, especialidad de
Maniobra y Navegación (MNA).
ANTECEDENTES
1. Mediante Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, de 9 de octubre
de 2012, se convocaron pruebas selectivas para constituir lista de empleo a fin de nombrar
funcionarios interinos del Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escala de Maestros de Taller de Formación Profesional Marítimo-Pesquera (Grupo A, Subgrupo A2), de la
Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, especialidad de Maniobra
y Navegación (MNA) (BOC nº 204, de 18.10.12).
2. Por Resolución de esta Dirección General, de 31 de julio de 2013, se aprueba la lista
de empleo del citado Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escala de Maestros
de Taller de Formación Profesional Marítimo-Pesquera (Grupo A, Subgrupo A2) de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, especialidad de Maniobra y
Navegación (MNA) (BOC nº 154, de 12.8.13).
3. La citada lista de empleo se amplía por Resolución de esta Dirección General de 16
de junio de 2014 (BOC nº 120, de 24.6.14). Frente a esta Resolución D. Francisco Javier
Casanova Mendoza interpone recurso potestativo de reposición en fecha 7 de julio de 2014,
cuyo objeto es la valoración de la documentación relativa al mérito de la experiencia en la
Administración Pública, el cual se resuelve mediante Resolución de esta Dirección General
de 15 de diciembre de 2014.
4. En esta última Resolución se hace constar en el antecedente sexto que el interesado
alega en su recurso que la Administración ya poseía la documentación acreditativa del mérito de la experiencia, por lo que, según el recurrente, debió incorporarla de oficio al procedimiento administrativo. Asimismo, se recoge en la consideración jurídica quinta que existían
determinados aspirantes de la lista de empleo a los cuales sí se les valoró la documentación
acreditativa de la experiencia presentada fuera de plazo, porque esta constaba en otros expedientes de ampliación de listas de empleo de Formación Profesional Marítimo-Pesquera,
por lo que en aplicación del Principio de Igualdad en el acceso a las funciones y cargos
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2015-015-248
Boletín Oficial de Canarias núm. 15
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públicos, estima el recurso de reposición y acuerda “Modificar la Resolución impugnada en
los términos recogidos en el antecedente de hecho sexto y en la consideración jurídica quinta
de la presente Resolución”.
5. Obra en el expediente de la convocatoria de este Departamento, aprobada por Orden
de 9 de octubre de 2012, para constituir listas de empleo a fin de nombrar funcionarios
interinos del Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Profesores Numerarios de Formación
Profesional Marítimo-Pesquera (Grupo A, Subgrupo A1), de la Administración Pública de la
Comunidad Autónoma de Canarias, en la especialidad Seguridad del Buque y en el Trabajo
a Bordo (SBT), que el Sr. Casanova Mendoza aportó en fecha 21 de mayo de 2013, Certificado emitido por la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas en el cual consta
que el mismo tiene acreditado los siguientes extremos:
“Cuerpo: Facultativo Técnico Grado Medio
Escala: Maestros de Taller de F.P. Marítimo-Pesquera
Especialidad: Maniobra y Navegación (MNA)
Grupo: A/A2
Periodo: 02/10/2006 a 07/11/2012 (plazo presentación de solicitudes)
-Antigüedad total: 06 años, 01 mes y 29 días”.
6. De conformidad con lo dispuesto en la base 11.2 de la referida convocatoria, se procede a valorar la documentación relativa al mérito de la experiencia en la Administración
presentada por el interesado, siendo el resultado de la valoración 2 puntos. Sumada dicha
puntuación a la obtenida en la fase de oposición resulta un total de 3,80 puntos. Por lo que
pasa de la posición número 9 a la número 5 en la lista de empleo.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
1. La lista de empleo se rige por la Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia e
Igualdad, de 3 de marzo de 2011 (BOC nº 48, de 7.3.11), por la que se desarrolla, en el
ámbito de la Administración General, lo dispuesto en el Decreto 74/2010, de 1 de julio, que
establece el procedimiento de constitución de listas de empleo para el nombramiento de
funcionarios interinos en los sectores de Administración General y docente no Universitario
de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como de personal
estatutario temporal en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario
de la Salud y se regula el funcionamiento de las listas de empleo.
2. El artículo 53 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia e
Igualdad, aprobado por el Decreto 331/2011, de 22 de diciembre, recoge las competencias
del titular de la Dirección General de la Función Pública.
De acuerdo con todo lo anterior, esta Dirección General
R E S U E L V E:
Único.- Modificar la Resolución de esta Dirección General de 16 de junio de 2014, por
la que amplía la lista de empleo de los aspirantes, presentados y no seleccionados, en las
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boc-a-2015-015-248
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pruebas selectivas para constituir lista de empleo a fin de nombrar funcionarios interinos del
Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escala de Maestros de Taller de Formación Profesional Marítimo-Pesquera (Grupo A, Subgrupo A2), de la Administración Pública
de la Comunidad Autónoma de Canarias, Especialidad de Maniobra y Navegación (MNA),
convocadas
OrdenEspecialidad
de la Consejería
de Presidencia,
Justicia
Igualdad, de
de octubre
Autónoma de por
Canarias,
de Maniobra
y Navegación
(MNA),e convocadas
por9Orden
de la
consejería
de la
Presidencia,
de
2012, de
siguienteJusticia
forma:e Igualdad, de 9 de octubre de 2012, de la siguiente forma:
ORDEN
NOMBRE
APELLIDOS
5
6
FRANCISCO
JAVIER
MARGARITA
7
GENOVEVA
8
TOMAS
CASANOVA
MENDOZA
MEDEROS MARTÍN
VELÁZQUEZ
RODRÍGUEZ
GÓMEZ POCH
9
CARMEN ROSA GARCÍA PERDOMO
10
11
12
13
14
D.N.I.
PUNTUACIÓN
OPOSICIÓN
PUNTUACIÓN
CONCURSO
PUNTUACIÓN
TOTAL
43772318Y
1,80
2,00
3,80
43750223Z
1,32
2,00
3,32
45447411D
1,28
2,00
3,28
78558245C
1,92
1,05
2,97
78408937M
1,08
1,35
2,43
JOSÉ ISRAEL
MARTÍN MORALES
78544645J
1,64
---
1,64
JONAY
JIMÉNEZ MESA
43829352T
1,16
0,37
1,53
NAST
VICTOR
ANTONIO
MORILLO LESME
78696022G
1,32
---
1,32
MARRERO FARIÑA
78699051C
1,32
---
1,32
45703980J
0,64
0,25
0,89
43829167E
0,88
---
0,88
GARCÍA RIVERO
43368332S
0,84
---
0,84
CONCEPCIÓN
FELIPE
42194704P
0,48
---
0,48
MORILLO LESME
78721003F
0,20
---
0,20
MIRELLA
15
EVELYN
16
DAMIÁN
MARTÍN
17
NANCY
18
THAIS
VICTORIA
MARTÍN
PLASENCIA
QUINTERO
CABRERA
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer
en
vía administrativa
recurso que
potestativo
ante el Director
General
de laenFunContra
la presente Resolución,
pone findea reposición
la vía administrativa,
se podrá
interponer
vía
administrativa
potestativo
reposición
ante
el Director
General
de la de
Función
Pública, en en
el
ción
Pública, recurso
en el plazo
de undemes
contado
a partir
del día
siguiente
su publicación
plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su publicación en los términos previstos en los
los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
de
Régimen Jurídico
de lasy Administraciones
y del Procedimiento
Administrativo
Administraciones
Públicas
del ProcedimientoPúblicas
Administrativo
Común, o bien,
interponer,
Común,
o bien,
interponer,
directamente, el recurso
ante el Juzdirectamente,
el recurso
contencioso-administrativo
ante elcontencioso-administrativo
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
de Santa
de Tenerife, a tenor de lo regulado
el artículo
en relación
con el de
artículo
14.2 de
gado
de Cruz
lo Contencioso-Administrativo
de en
Santa
Cruz8.2.a),
de Tenerife,
a tenor
lo regulado
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de
en
el artículo 8.2.a), en relación con el artículo 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, regudos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación. En el caso de presentar recurso
ladora
de ladeJurisdicción
Contencioso-Administrativa,
en el plazo de dos meseshasta
contados
potestativo
reposición, no
se podrá interponer recurso contencioso-administrativo
que sea
resuelva
el recurso
reposición o se
presuntapotestativo
del mismo, de
y
partir
delexpresamente
día siguiente
al de sudepublicación.
Enproduzca
el caso ladedesestimación
presentar recurso
todo
ello
sin
perjuicio
de
cualquier
otro
que
pudiera
interponerse.
reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva
En Santa Cruz deelTenerife,
expresamente
recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo,
y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Santa Cruz de Tenerife, a 15 deEL
enero
de 2015.El Director General de la Función PúbliDIRECTOR
GENERAL
ca, Aarón Afonso González.
https://sede.gobcan.es/cpji/boc
boc-a-2015-015-248