En Madrid, a 13 de abril de 2015, en los locales del Comité de Competición y Disciplina Deportiva de la Federación Madrileña de Pádel, y bajo la presidencia de D. Víctor P. Martín Torres, tiene lugar la presente reunión donde se han tomado las siguientes resoluciones: Inscrita en el Registro de Federaciones deportivas de la Comunidad de Madrid con el nº. 58 C.I.F.: V-82126533 Ha tenido entrada en este Comité, la resolución de la Comisión Jurídica del Deporte de la Comunidad de Madrid, de 27 de marzo de 2015, y en virtud de la cual se resuelve el recurso de apelación interpuesto por Alejandro Ovejero Walfisch, Presidente el Club Las Encinas, contra la resolución de este Comité, de fecha 18 de diciembre de 2014, en el expediente 2/2014. La resolución de dicho recurso es del siguiente tenor literal: “ESTIMAR PARCIALMENTE EL RECURSO INTERPUESTO POR D. ALEJANDRO OVEJERO WALFISCH, PRESIDENTE DEL CLUB LAS ENCINAS DE BOADILLA IMPUGNANDO LA RESOLUCIÓN 2/2014, DE 18 DE DICIEMBRE DE 2014 DEL COMITÉ DE COMPETICIÓN Y DISCIPLINA DEPORTIVA DE LA FEDERACIÓN MADRILEÑA DE PADEL ORDENANDO LA PÉRDIDA DE 1O PUNTOS DE LA CLASIFICACIÓN AL EQUIPO DE VETERANOS DEL CLUB REEBOK SPORT LA FINCA, EN LA COMPETICIÓN DE LA TEMPORADA 2013-2014, SIN APLICACIÓN DEL DESCENSO DE CATEGORÍA POR TAL CIRCUNSTANCIA, SEGÚN LO PREVISTO EN EL FUNDAMENTO JURÍDICO SEXTO DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN Y SIN PERJUICIO DE LAS MEDIDAS DE CARÁCTER DEPORTIVO QUE, EN LA ACTUAL TEMPORADA DEPORTIVA 2014-2015, PUEDA TOMAR, EN SU CASO, LA FEDERACIÓN MADRILEÑA DE PÁDEL.” A la vista de lo anterior procede tomar los siguientes ACUERDO: 1) Se deja sin efecto el acuerdo de fecha 12 de enero de 2015, por el que se acordaba proceder a la ejecución de la resolución de este Comité, de 18 de diciembre de 2014, por lo que procede restituir al club REEBOK LA FINCA los cinco puntos de los que fue privado en la clasificación de la presente liga. 2) Aplíquese la sanción de 10 puntos establecida en la resolución de la de la Comisión Jurídica del Deporte de la Comunidad de Madrid, de 27 de marzo de 2015, sobre los puntos obtenidos por dicho club en su clasificación correspondiente a la temporada 2013/2014. Póngase esta resolución en conocimiento de la FMP, a fin de su inmediata ejecución. Fdo. Víctor P. Martín Torres Presidente C.C.D.D. FMP 1
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