Or igin al República de Colombia Ministerio de Salud y Protección Social Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – INVIMA RESOLUCIÓN No. 2015015939 DE 24 de Abril de 2015 Por la cual se concede un Registro Sanitario El Director de Alimentos y Bebidas del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos INVIMA, en ejercicio de las facultades legales conferidas en el Decreto 2078 del 2012, con base en lo previsto por la Ley 9a. de 1979, el Decreto Reglamentario 3075 de 1997 y Decreto Reglamentario 612 de 2000. y Decreto Reglamentario 612 de 2000 oc um en to RESUELVE Inf orm ac ión de lD ARTICULO PRIMERO.- Conceder REGISTRO SANITARIO por el término de 10 años al producto que se describe a continuación: REGISTRO SANITARIO No.: RSAV13I19815 VIGENTE HASTA: EXPEDIENTE: 20092232 RADICACIÓN: 2015050927 MODALIDAD: FABRICAR Y VENDER PRODUCTO: CONCENTRADO PARA PREPARAR BEBIDA DE TÉ VERDE (CAMELLIA SINENSIS) VARIEDADES: 1) CON FLOR DE JAMAICA (HIBISCUS SABDARIFFA). 2) CON ESPIRULINA (SPIRULINA). 3) CON CLOROFILA. 4) CON TÉ VERDE (CAMELLIA SINENSIS). 5) CON MANZANILLA (MATRICARIA CHAMOMILLA). 6) CON ARANDANO ROJO (CRAMBERRY). 7) CON ALOE VERA (ALOE VERA). 8) CON BERENJENA (SOLANUM MELONGENA). 9) CON POLEN (ALNUS LUTINOSA). 10) CON GUARANA (PAULLINIA CUPANA). 11) CON ANIS (PIMPINELLA ANISUM). 12) CON COLAGENO. 13) CON CANELA (CINNAMOMUM ZEYLANICOM). 14) CON APIO (APIUM GRAVEOLENS). 15) CON HIERBABUENA (MENTA SPICATA). 16) CON MORINGA. 17) CON PITAYA. 18) CON AMARANTO. 19) CON ESPINACA Y ESPIRULINA. SABORES IDENTICO AL NATURAL A UVA, MANZANA, DURAZNO, FLOR DE JAMAICA, CLOROFILA, MANZANILLA, PIÑA, ALCACHOFA, TORONJIL, ANIS, FRUTOS ROJOS, HIERBABUENA, SPIRULINA, LIMÓN, NARANJA, CIRUELA, MENTA, ZANAHORIA, ACAIBERRY, PANELA-LIMÓN, MANDARINA, CARDAMOMO, CRAMBERRY, LULO, MORA, NISPERO, CARAMELO, CANELA, GUANABANA, CEREZA, FRESA, VAINILLA, MELOCOTÓN, TORONJA, MIEL DE ABEJAS. MARCA: BRILPROS, FARMAGOLD, SAMORE, ONCOF, FELAM, RAZAN, UCPROL, GREAT VALVE, COMERCIALIZADORA PROLIFE S.A.S, DISNATURA, BIO-MED-CIM, CI MEDINAL, AT-FLEX, UREZIM, VERAFEM, MEGA C, CERVIOFOR, PREZOL, CASCABEL, PADER, FERMENEX, HIMOSTAN, ASDRULFORTE, ASTRIN, GINOHEN, BIOLHEP, ZULFAB, DIUXOL, HEPFLEX, SDELLPLUS, CHANCAPLEX, UREZIL, DIRXIOL, HEPXIOL, PRIBAIN, DEP-BRAN, CHOLA-XER, ARTOR, CIRJAN, FLEB-CIM, AMARSULF, BIOFEM, PREXAEX, BRONXOL, NEVICLIA, UTELVIOL, CLOROFIL-LER, DISTCORAL, LER, PODNATURAL, CHANKBIL, MIOLIQUID, COMERCIALIZADORA NATURAL SUPPLY, HEPZUL, LIN-CHIN-D, UC-PLIR, GRAVILA, CHANKSOL, CIRQSON, HYD, PRODUCTORA Y COMERCIALIZADORASAS-LER, MELITTA, CASA VERDE, REUKLIR, HIGKOL, FERVITAN, PARAISO, CLOROL-FILA, MARKETING, BERENLIN, CLOROL-PHILA, PREXFLEX, ROYAL, HYM, NUTREMED, BEOFEM, PREXAFER, HEP-SOL, TRIBULIS-T, HEP-TOL, SPIRULIN, HEP-MOL, TEA VERD, HEP-ZUT, CHAN K SEL, ARTOFAT,, ARTOFAM, CHANKSUL, ARTOFUN, CIRJON, CIRJEN, VERAFEMA, CIRJUN, VERAFEME, MANZANIXA, MANZANILA, CLAMBERR-T, MANZANI-TA, CRAMBERREL, CRAMBERRE-POD, POD-CRAMBER, Or igin al República de Colombia Ministerio de Salud y Protección Social Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – INVIMA RESOLUCIÓN No. 2015015939 DE 24 de Abril de 2015 Por la cual se concede un Registro Sanitario El Director de Alimentos y Bebidas del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos INVIMA, en ejercicio de las facultades legales conferidas en el Decreto 2078 del 2012, con base en lo previsto por la Ley 9a. de 1979, el Decreto Reglamentario 3075 de 1997 y Decreto Reglamentario 612 de 2000. y Decreto Reglamentario 612 de 2000 oc um en to UC-PLOT, POD-CLOROFIL, UC-PLUT, POD-ALOE, UC-PRUL, PRESPLEX, FLOR-DE-JAICA, PRESFLET, FLOR-DE-JAMA, UL-PLEL PRESENTACIONES COMERCIALES: FRASCO PVC (POLIVINILCLORURO) BLANCO, TRANPARENTE, ÁMBAR POR 60mL, 120mL, 240mL, 360mL, 500mL, 700mL, 900mL y 1000mL. FRASCO PVC (POLIVINILCLORURO) BLANCO, TRANSPARENTE, ÁMBAR DOYPACK POR 90mL, 100mL, 200mL, 400mL, 500mL y 1000mL. SACHET POR 30mL, 50mL, 60mL y 100mL. TITULAR(ES): ORREGO JARAMILLO SANDRA MILENA PROPIETARIA DEL ESTABLECIMIENTO DE COMERCIO LABORATORIO DISNATURA con domicilio en CALI - VALLE FABRICANTE(S): ORREGO JARAMILLO SANDRA MILENA PROPIETARIA DEL ESTABLECIMIENTO DE COMERCIO LABORATORIO DISNATURA con domicilio en CALI - VALLE lD ARTICULO SEGUNDO:- Contra la presente resolución procede únicamente el Recurso de Reposición, que deberá interponerse ante EL DIRECTOR DE ALIMENTOS Y BEBIDAS DEL INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS INVIMA dentro de los DIEZ (10) días siguientes a la notificación personal, de conformidad con lo señalado en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Una vez ejecutoriado quedará culminado el procedimiento administrativo. de ARTICULO TERCERO:- Los derechos que se deriven de esta Resolución quedarán sujetos al control posterior que debe realizar el INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS INVIMA de conformidad con lo previsto por el Artículo 2 del Decreto 612 de 2000. ARTICULO CUARTO:-La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria. Inf orm ac ión COMUNIQUESE, NOTIFIQUESE Y CUMPLASE Dada en Bogotá D.C. el 24 de Abril de 2015 Este espacio, hasta la firma se considera en blanco. LUIS EDUARDO VIÑAS RAMOS DIRECTOR DE ALIMENTOS Y BEBIDAS Proyecto : Revisión Legal: Sandra Milena Alba Mancipe. Código 1476 _______ Revisión Técnica: Erika Elizabeth Araque Mieth 1356 _______
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