NUEVO REGIMEN DE PANTACIONES DE VIÑEDO

 Nuevo régimen de plantaciones de viñedo
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La nueva PAC establece una prórroga de la actual prohibición de nuevas
plantaciones.
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Los actuales derechos de plantación desaparecerán como tales en enero
de 2016.
Según el borrador del Real Decreto, el Ministerio pretende regular la conversión de
esos derechos de replantación en autorizaciones, a partir del 15 de septiembre y
hasta el 31 de diciembre de 2020, con el fin de que los viticultores puedan planificar
sus plantaciones y evitar la concentración de las plantaciones de viña en los tres
primeros años de este nuevo sistema.
También se regulan las autorizaciones administrativas de plantaciones de
viñedo a partir del 1 de enero de 2016 y hasta el 31 de diciembre de 2030. Desde el
próximo año únicamente podrá plantarse viñedo con autorización. Quien plante sin
autorización estará obligado al arranque y se la aplicará una sanción.
Las autorizaciones administrativas de plantación tendrán las siguientes
características:
1) Tendrán un periodo de validez de tres años desde su concesión y podrán
conllevar sanciones administrativas si no se utilizan.
2) No podrán ser transferidos. En todo caso, lo que se podrá transferir será la
viña (tierra con plantación).
La autorización de plantación, con un máximo anual del 1% de la superficie
plantada de viñedo a 31 de julio del año anterior, tendrá 3 años de validez desde la
concesión.
NO TRANSFERIBLES
Al contrario de los aún vigentes derechos de plantación, las autorizaciones no serán
transferibles. A pesar de ello, los derechos que se hayan concedido antes del 31 de
diciembre de 2015 y que, siendo válidos no se hayan utilizado, se podrán convertir en
autorizaciones desde el 15 de septiembre hasta finales del 2020, siempre que se
solicite a la autoridad competente.
El Estado podrá aplicar a nivel nacional un porcentaje menor al cupo anual del
1% de autorización de nuevas plantaciones, pero siempre superior al 0%, y también
limitar la emisión de autorizaciones en superficies DOP/IGP siempre que lo justifique
por riesgo de sobreproducción ó devaluación significativa de una DOP/IGP.
El nuevo Real Decreto que regulará las autorizaciones de plantación de viñedo
incluirá
un
procedimiento
de
concesión
prioritaria,
teniendo
en
cuenta
las
recomendaciones de la Organizaciones Profesionales del sector. También legislará
cuestiones
importantes
como:
arranques,
plantaciones
ilegales,
variedades
autorizadas…; cuestiones de las que informaremos puntualmente a nuestros afiliados
en cuanto se publique el Real decreto.
El Ministerio de Agricultura ya tiene redactado el borrador sobre la nueva
normativa que modificará el régimen regulador del potencial vitivinícola español a partir
del 2.016 y, esencialmente, lo referente a la conversión de los actuales derechos de
plantación de viñedo por autorizaciones administrativas de plantación.