BOLETÍN OFICIAL Mayo 2015 Secretaría General SUMARIO 1. Disposiciones Generales 1.1 Publicadas en el BOE Resolución de 20 de abril de 2015, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo de 20 de abril de 2015, de la Conferencia General de Política Universitaria, por el que se determinan las fechas límite de preinscripción, de publicación de listas de admitidos y de inicio del periodo de matriculación en las universidades públicas para el curso académico 20152016. BOE núm. 109, de 7 de mayo de 2015. .......................................................................... pág.4 2. Autoridades y Personal 2.1 Universidad de Alcalá. 2.1.1 Claustro. Sesión ordinaria de 7 de mayo de 2015 Nombramiento de Doctoras “Honoris Causa” .......................................................................... pág.5 2.1.2. Consejo de Gobierno. Sesión ordinaria de 28 de mayo de 2015 Nombramiento de Vocal del Consejo Asesor de Publicaciones ............................................... pág.5 3. Oposiciones y Concursos 3.1 Universidad de Alcalá. 3.1.1 Personal Docente e Investigador. RESOLUCIÓN de 18 de mayo de 2015, de la Universidad de Alcalá, por la que se anuncia la convocatoria de concurso para la provisión de plazas de profesorado temporal. BOCM núm. 124, de 27 de mayo de 2015. ............................................................................................................ pág.6 1 BOLETÍN OFICIAL Mayo 2015 Secretaría General 3.1.2 Personal de Administración y Servicios. RESOLUCIÓN de 20 de mayo de 2015, por la que se anuncia la publicación de convocatoria de concurso específico para la provisión de puestos vacantes en la relación de puestos de trabajo del personal funcionario de la Universidad de Alcalá. BOCM núm. 122, de 25 de mayo de 2015. .......... .................................................................................................................................................... pág.6 4. Otras Disposiciones. 4.1 De los Órganos de Gobierno de la Universidad de Alcalá. 4.1.1. Consejo de Gobierno. Sesión ordinaria de 28 de mayo de 2015 Acuerdos de Consejo de Gobierno. Aprobación de la Oferta Docente de Másteres Universitarios ....................................................pág.8 Concesión de Premios Extraordinarios de Doctorado, año académico 2012-2013 .................pág.11 Aprobación de la Oferta Docente para el curso 2015-16 ...........................................................pág.12 Aprobación de la modificación de la RPT de PAS Laboral .......................................................pág.19 Aprobación o ratificación, en su caso, de Convenios. ..............................................................pág.20 Ratificación de los Premios Extraordinarios de los Estudios de Grado del Centro Universitario Cardenal Cisneros .....................................................................................................................pág.22 Ratificación de modificaciones presupuestarias, ejercicio 2014 ...............................................pág.22 4.2 Otras. 4.2.1 Publicadas en el BOE Becas, Ayudas y Premios ..................................................................................................... pág.23 4.2.2 Publicadas en el BOCM ORDEN 1219/2015, de 24 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a alumnos con discapacidad que cursan estudios universitarios o de enseñanzas artísticas superiores y por la que se convocan las ayudas para el curso 2014-2015. BOCM núm. 107, de 7 de mayo de 2015. ......................... pág.24 2 BOLETÍN OFICIAL Mayo 2015 Secretaría General 5. Anuncios. 5.1 Universidad de Alcalá. 5.1.1. Publicados en el BOE.................................................................. ...... ........................ pág.31 3 BOLETÍN OFICIAL Mayo 2015 Secretaría General 1. Disposiciones Generales 1.1 Publicadas en el BOE Resolución de 20 de abril de 2015, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo de 20 de abril de 2015, de la Conferencia General de Política Universitaria, por el que se determinan las fechas límite de preinscripción, de publicación de listas de admitidos y de inicio del periodo de matriculación en las universidades públicas para el curso académico 20152016. BOE núm. 109, de 7 de mayo de 2015. El artículo 7 del Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de grado, dispone que «La Conferencia General de Política Universitaria, en función de las fechas fijadas para la realización de la evaluación final de Bachillerato, fijará los plazos mínimos de preinscripción y matriculación en las universidades públicas para permitir a los estudiantes concurrir a la oferta de todas las universidades». En virtud de lo anterior, la Conferencia General de Política Universitaria, en su sesión del día 20 de abril de 2015, ha acordado las siguientes fechas límite de preinscripción, de publicación de las listas de admisión y de inicio del periodo de matriculación en las universidades públicas para el curso 2015-2016: • Período para la preinscripción: deberá estar abierto hasta el 3 de julio de 2015, inclusive. Por lo que se refiere a los estudiantes que accedan a la universidad por la vía prevista en el artículo 9.1.b) y 9.2.b) y c) del citado Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, dicho período deberá estar abierto hasta el 13 de julio de 2015, inclusive. • Fecha para la publicación de la lista de admitidos: hasta el 17 de julio de 2015. • Periodo de matriculación: deberá estar abierto desde la fecha de publicación de las lista de admitidos. Madrid, 20 de abril de 2015. –El Secretario General de Universidades, Juan María Vázquez Rojas. 4 BOLETÍN OFICIAL Mayo 2015 Secretaría General 2. Autoridades y Personal 2.1 Universidad de Alcalá. 2.1.1 El Claustro en su sesión ordinaria de fecha 7 de mayo de 2015 acordó aprobar los nombramientos como Doctoras “Honoris Causa” por la Universidad de Alcala a las Doctoras: • Dña. Leslie Crum Aiello. • Dña. Adela Cortina Orts. 2.1.2. El Consejo de Gobierno en su sesión ordinaria de 28 de mayo de 2015 acordó el nombramiento de D. Pedro de la Villa Polo como Vocal del Consejo Asesor de Publicaciones 5 BOLETÍN OFICIAL Mayo 2015 Secretaría General 3. Oposiciones y Concursos 3.1 Universidad de Alcalá. 3.1.1 Personal Docente e Investigador. RESOLUCIÓN de 18 de mayo de 2015, de la Universidad de Alcalá, por la que se anuncia la convocatoria de concurso para la provisión de plazas de profesorado temporal. BOCM núm. 124, de 27 de mayo de 2015. La Universidad de Alcalá ha resuelto convocar las plazas de profesorado temporal que figura en la relación expuesta en los tablones de anuncios del Servicio de Personal Docente e Investigador, así como en la siguiente dirección de Internet: https://portal.uah.es/ portal/page/portal/empleo/pdi/convocatorias. Las bases de la convocatoria y demás información adicional pueden ser consultadas en los citados tablones de anuncios y en la dirección de Internet indicada. Los interesados en concurrir al concurso presentarán en el Registro General de esta Universidad (Colegio de San Ildefonso, plaza de San Diego, sin número, Alcalá de Henares) instancia según los modelos que se facilitarán en el mismo, acompañada de los requisitos necesarios y cuantos justificantes de los méritos estimen oportunos, que deberán relacional debidamente en la propia instancia (posteriormente no se volverá a abrir plazo alguno para presentar méritos o justificar los expuestos). El plazo de presentación de instancias será de diez días, a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Alcalá de Henares, a 18 de mayo de 2015. —El Rector, Fernando Galván Reula. 3.1.2 Personal de Administración y Servicios. RESOLUCIÓN de 20 de mayo de 2015, por la que se anuncia la publicación de convocatoria de concurso específico para la provisión de puestos vacantes en la relación de puestos de trabajos del personal funcionario de la Universidad de Alcalá. BOCM núm. 122, de 25 de mayo de 2015. Este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Decreto 221/2003, de 23 de octubre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 31 de octubre), modificados por Decreto 18/2012, de 26 de enero, y de conformidad con lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado, y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, anuncia la convocatoria de concurso específico para la provisión de un puesto de trabajo de personal funcionario de administración y servicios de esta Universidad entre el personal funcionario de carrera de esta Universidad. Las bases de la convocatoria se publicarán en la página web en la dirección https://por tal.uah.es/portal/pape/portal/empleo/pas/funcionario El plazo para la presentación de solicitudes se contará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. 6 BOLETÍN OFICIAL Mayo 2015 Secretaría General El resto de las actuaciones necesarias para la conclusión del concurso se publicarán en la página anteriormente citada. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la fecha de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid. Sin perjuicio de lo anterior, la presente Resolución podrá ser recurrida potestativamente mediante recurso de reposición ante el Rector de esta Universidad, en el plazo de un mes desde el día siguiente a dicha publicación. En este caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Alcalá de Henares, a 20 de mayo de 2015. —El Rector, PD (Resolución del Rectorado, de 18 de marzo de 2014, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de marzo), el Gerente, Rubén Garrido Yserte. 7 BOLETÍN OFICIAL Mayo 2015 Secretaría General 4. Otras Disposiciones. 4.1 De los Órganos de Gobierno de la Universidad de Alcalá. 4.1.1 El Consejo de Gobierno en la sesión ordinaria de 28 de mayo de 2015 acordó: Aprobar la Oferta Docente de Másteres universitarios para el curso académico 2015-2016 MÁSTER UNIVERSITARIO EN ACCESO A LA ABOGACÍA AMÉRICA LATINA Y LA UNIÓN EUROPEA: UNA COOPERACIÓN ESTRATÉGICA ANÁLISIS ECONÓMICO APLICADO ANTROPOLOGÍA FÍSICA: EVOLUCIÓN Y BIODIVERSIDAD HUMANAS ARQUEOLOGÍA Y GESTIÓN DE PATRIMONIO EN EL INTERIOR DE LA PENÍNSULA IBÉRICA (AGEPIPE) ARQUITECTURA ASTROBIOLOGÍA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD Y APOYOS EDUCATIVOS AUDITORIA DE CUENTAS BANCA Y FINANZAS CIENCIA Y TECNOLOGÍA DESDE EL ESPACIO CIENCIAS ACTUARIALES Y FINANCIERAS CIENCIAS POLICIALES INCIDENCIAS OBSERVACIONES OK ok OK Oferta el plan 120 para finalizar y el de 60. Interuniversitario con UAM y UCM. Coordina UAM. También matrícula UAH OK OK OK OK OK OK ok ok OK COMUNICACIÓN INTERCULTURAL, INTERPRETACIÓN Y TRADUCCIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS OK OK CONTABILIDAD, AUDITORIA Y SUS EFECTOS EN LOS MERCADOS DE CAPITALES DERECHO OK ok Interuniversitario con UAM. Coordina UAM. No matricula UAH 8 BOLETÍN OFICIAL Mayo 2015 Secretaría General DESCUBRIMIENTO DE FÁRMACOS DIANAS TERAPEÚTICAS DE SEÑALIZACIÓN CELULAR: INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO DIRECCIÓN DE ORGANIZACIONES E INSTALACIONES DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y DEL DEPORTE DIRECCIÓN DE PROYECTOS INFORMÁTICOS DOCENCIA UNIVERSITARIA DOCUMENTACIÓN, ARCHIVOS Y BIBLIOTECAS ENSEÑANZA DEL INGLÉS COMO LENGUA EXTRANJERA EVOLUCIÓN HUMANA FARMACIA Y TECNOLOGÍA FARMACÉUTICA FILOLOGÍA CLÁSICA FISIOTERAPIA MANUAL DEL APARATO LOCOMOTOR FORMACIÓN DE PROFESORES DE ESPAÑOL FORMACIÓN DEL PROFESORADO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA, BACHILLERATO, FORMACIÓN PROFESIONAL Y ENSEÑANZA DE IDIOMAS GENÉTICA Y BIOLOGÍA CELULAR GESTIÓN Y APLICACIÓN DEL CONOCIMIENTO DEL AUTOCUIDADO EN ENFERMERÍA HIDROLOGÍA Y GESTIÓN DE LOS RECURSOS HÍDRICOS INGENIERÍA INDUSTRIAL INGENIERÍA DE TELECOMUNICACIÓN INGENIERÍA DEL SOFTWARE PARA LA WEB INVESTIGACIÓN EN CIENCIAS INVESTIGACIÓN EN CIENCIAS DE LA VISIÓN INVESTIGACIÓN LITERARIA Y TEATRAL Interuniversitario con UCM y USPCEU. Coordina UCM. También matricula UAH OK OK OK OK ok ok OK OK Interuniversitario con UBU. Coordina UBU. No matricula UAH OK Interuniversitario con UCM. Coordina UCM. Matricula UAH OK Interuniversitario con UCM y UAM. Coordina UCM. No matricula UAH. ok OK ok Interuniversitario con UCM y UAM. Coordina UAM. También matricula UAH OK OK ok OK OK OK Llegará la oferta el 30 de mayo Interuniversitario con UCM, Murcia, Navarra, Santiago, Valladolid y CSIC. Coordina: UVA. No matricula UAH OK OK 9 BOLETÍN OFICIAL Mayo 2015 Secretaría General INTERNATIONAL BUSSINES ADMINISTRATION MANAGEMENT Y GESTIÓN DE CAMBIO MEDIOS EN RED Y CIENCIA DE LA WEB MEMORIA Y CRÍTICA DE LA EDUCACIÓN MICROBIOLOGÍA APLICADA A LA SALUD PÚBLICA E INVESTIGACIÓN EN ENFERMEDADES INFECCIOSAS OK ok OK Interuniversitario con UNED. Coordina UNED. No matricula UAH OK OK PALEONTOLOGÍA AVANZADA PROTECCIÓN INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS PROYECTO AVANZADO EN ARQUITECTURA Y CIUDAD PSICOPEDAGOGÍA QUÍMICA FINA RESTAURACIÓN DE ECOSISTEMAS SALUD PÚBLICA SISTEMAS ELECTRÓNICOS AVANZADOS, SISTEMAS INTELIGENTES TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN GEOGRÁFICA Interuniversitario con UCM. Coordina UCM. También matricula UAH OK OK OK ok OK OK OK OK OK 10 BOLETÍN OFICIAL Mayo 2015 Secretaría General Aprobar la concesión de los Premios Extraordinarios de Doctorado, año académico 20122013. La Comisión de Estudios Oficiales de Posgrado y Doctorado, en su sesión ordinaria de fecha 25 de mayo de 2015, acordó la concesión de los siguientes premios extraordinarios de doctorado a las tesis leídas en el año académico 2012-13. La distribución de los premios se ha realizado por cada una de las siguientes ramas de conocimiento: ARTES Y HUMANIDADES 1. Sancho Pascual, María 2. Monjelat, Natalia Gabriela 3. Álvarez Layna, José Ramón CIENCIAS 1. López López, María 2. Alves Ventura dos Santos, Cecilia Isabel 3. Ibáñez Ruiz, Clara 4. Esteve Gil, Clara CIENCIAS DE LA SALUD 1. Rodríguez Berriguete, Gonzalo 2. Hernández Breijo, Francisco de Borja 3. Conde Agudelo, Agustín 4. Vaquerizo García, Víctor 5. Pérez López, Marta 6. Sanchís Bonet, Ángeles 7. Monasor Pascual, Ángela 8. Nieto Alonso, Elena CIENCIAS SOCIALES Y JURÍDICAS 1. Dueñas Fernández, Diego 2. Fernández Bermejo, Daniel INGENIERÍA Y ARQUITECTURA 1. Ser Lorente, Javier del 2. Miguel Jiménez, Juan Manuel 3. García Núñez, Enrique 4. Carro Calvo, Leopoldo 11 BOLETÍN OFICIAL Mayo 2015 Secretaría General Aprobar la Oferta Docente para el curso 2015-16 OFERTA DOCENTE CURSO 2015/2016 (Grados y Planes no renovados) Dirección de Organización Docente Vicerrectorado de Docencia y Estudiantes El presente informe sobre la oferta docente para el próximo curso académico 2015-16 tiene un carácter descriptivo, pues su objetivo es detallar el estado de la oferta particular de los 39 grados que se imparten en la UAH, especialmente en lo que se refiere a cambios en la impartición de asignaturas optativas y transversales. En los casos en los que se ha visto una falta de adecuación entre la oferta, por un lado, y la racionalización de los recursos o los requerimientos específicos de los propios planes de estudio, por otro, se han introducido los comentarios y alegaciones propuestos por la Comisión de Docencia, reunida a tal efecto el pasado lunes 18 de mayo de 2015. Por mandato de esta Comisión, y con el fin de contribuir a la mejora de la oferta docente de nuestros grados, se ha contactado con los Decanatos y Escuelas afectadas, solicitando una revisión de la oferta, en el sentido que se acaba de exponer y que se detallará a lo largo de este documento en el lugar que corresponda. Como nota positiva, es muy importante resaltar el ejercicio de responsabilidad que han realizado las Facultades y Escuelas de nuestra Universidad para presentar la oferta docente completa de todos los grados impartidos, en el tiempo y forma requeridos. Esto supone que el proceso de matricula de nuestros estudiantes, que comenzará a mediados del mes de julio, no se verá afectado por modificaciones sustanciales de última hora. Por todo ello, desde el Vicerrectorado de Docencia y Estudiantes y, especialmente, desde la Dirección de Organización Docente, queremos hacer constar nuestro agradecimiento por el nivel de compromiso y la agilidad que han mostrados los responsables de los grados, en la toma de decisiones que se ha llevado a cabo tanto en los Consejos de Departamento como en las Juntas de Centro respectivas. Con este espíritu de compromiso, y la colaboración de todos los docentes de la universidad, continuaremos trabajando para mejorar la calidad de los estudios que impartimos. PLANES NO RENOVADOS Para el curso 2015-16, los Planes no renovados que ofrece la UAH no tienen ya asignaturas con docencia, sino sólo con derecho a examen; en la mayor parte de los casos para los últimos años, 4º, 5º y, en el caso de Medicina, 6º. Por lo tanto, el próximo curso académico todos los grados de la Universidad habrán completado su implantación. Esto se aplica igualmente a dos, de los tres dobles grados, que se comenzaron a impartir en fecha posterior: el Doble Grado en Turismo y Administración y Dirección de Empresas, así como el Doble Grado en Derecho y Administración y Dirección de Empresas. Por último, el Doble grado en Humanidades y Educación Primaria, de reciente implantación, comenzará el curso próximo su segundo año. 12 BOLETÍN OFICIAL Mayo 2015 Secretaría General GRADOS ESCUELA DE ARQUITECTURA En la Escuela de Arquitectura se imparten tres grados, uno de ellos, Arquitectura, en extinción. Se oferta un curso 0, de “Introducción a la Arquitectura”, como se ha venido haciendo en años anteriores. En cuanto a asignaturas transversales, para el campus de Alcalá se añaden 2 asignaturas, que oferta el Departamento de Ciencias de la computación, a la oferta de 6 que ya existía. En el campus de Guadalajara se oferta una asignatura, dirigida especialmente al grado en Ciencia y Tecnología de la Edificación. GRADO EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LA EDIFICACIÓN Este grado se imparte en el Campus de Guadalajara. Mantiene la oferta docente de años anteriores, aunque se modifica la distribución en grupos en algunas asignaturas. Asimismo, se mantiene la oferta de 7 optativas, y se oferta un curso de adaptación. GRADO EN FUNDAMENTOS DE ARQUITECTURA Y URBANISMO Se mantiene la oferta, y una asignatura, “Construcciones arquitectónicas III”, ofrece uno de sus tres grupos en inglés. GRADO EN ARQUITECTURA Se queda sin docencia en 3º curso, impartiéndose únicamente 4º y 5º. ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR En la Escuela Politécnica Superior se imparten 8 grados. La oferta de asignaturas transversales se mantiene en 8, una de las cuales se imparte en español y en inglés. GRADO EN INGENIERIA ELECTRÓNICA DE COMUNICACIONES GRADO EN INGENIERÍA EN SISTEMAS DE TELECOMUNICACIÓN GRADO EN INGENIERÍA EN TECNOLOGÍAS DE TELECOMUNICACIÓN GRADO EN INGENIERÍA TELEMÁTICA Estos cuatro grados, que comparten un tronco común en 1º y 2º curso, mantienen la oferta de optativas de años anteriores, tanto generales como orientadas, y únicamente modifican el título de varias asignaturas que ofertan en inglés. Sin embargo, la asignatura básica “Economía de la empresa”, que oferta el Dpto. de Economía y Dirección de Empresas en la EPS, reduce el número de grupos en que se subdivide la asignatura. GRADO EN INGENIERÍA EN ELECTRÓNICA Y AUTOMÁTICA INDUSTRIAL Mantienen la oferta, aunque se modifica el número de grupos en que se dividen las asignaturas, y se incluyen 5 asignaturas en inglés. GRADO EN INGENIERÍA DE COMPUTADORES Mantienen la oferta, modificando únicamente el tamaño de los grupos e incluyendo una asignatura en inglés. GRADO EN SISTEMAS DE INFORMACIÓN Mantienen la oferta, modificando únicamente el tamaño de los grupos e incluyendo una asignatura en inglés. 13 BOLETÍN OFICIAL Mayo 2015 Secretaría General GRADO EN INGENIERÍA INFORMÁTICA Eliminan de la oferta el itinerario “Ingeniería del conocimiento”, que tenía 4 asignaturas optativas, dejando otros dos, “Ingeniería del software” y “Redes avanzadas”, así como 8 optativas más fuera de itinerario, cuya oferta se comparte con otros grados que se imparten en la Escuela. FACULTAD DE BIOLOGIA, CIENCIAS AMBIENTALES Y QUIMICA En la Facultad de Biología, Ciencias Ambientales y Química se imparten cuatro grados y una amplia diversidad de asignaturas transversales. La oferta mayor proviene de Ciencias Ambientales, con 10 asignaturas, muy específicas de este área, una de las cuales se imparte online. Biología y Química, por otro lado, mantienen la oferta de una transversal respectivamente. Dado el elevado número de asignaturas optativas que se ofertan en los grados de Biología sanitaria, Ciencias Ambientales y Química, así como de transversales por parte de Ciencias Ambientales, la Comisión de docencia ha solicitado una revisión de la oferta, con el fin de conseguir una mayor racionalización y ajuste entre el número de asignaturas y la opcionalidad de los alumnos. Como se reiterará posteriormente, la alta oferta perjudica tanto a alumnos (que pueden ver su elección finalmente desprogramada) como al departamento, pues las asignaturas optativas con meno de 10 alumnos y las transversales con menos de 30 no computan a efectos de reparto económico, según acuerdo de Consejo de Gobierno. GRADO EN BIOLOGÍA Este grado oferta una asignatura básica de 3º curso en inglés. Como novedad, incluyen 5 asignaturas optativas nuevas dirigidas a aquellos alumnos que no consigan plaza en las Prácticas externas. En este plan de estudios los alumnos tienen que cursar 7 optativas (ó 10, si no hacen prácticas), en uno de los tres itinerarios que se ofertan (de 7 asignaturas cada uno). GRADO EN BIOLOGÍA SANITARIA Se ha desprogramado una asignatura optativa que se ofertaba en uno de sus itinerarios, por lo que quedan 9 en el itinerario de “Biomedicina”, y 5 en “Control sanitario”. En este grado, los alumnos tienen que cursar sólo 5 optativas, porque las prácticas externas son obligatorias. GRADO EN CIENCIAS AMBIENTALES Para este grado, se oferta un Curso 0 de Química, así como 15 asignaturas optativas y prácticas externas, para una opción de 6, que tienen que cursar los alumnos. También la oferta de transversales específicas de la titulación es excesiva. GRADO EN QUIMICA En este grado, como en los dos anteriores, se supera la mínima optatividad, pues se ofertan 11 asignatura optativas (fuera de itinerario), aunque los alumnos tienen que cursar únicamente 3 (ó 6, si no hacen prácticas externas). FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS, EMPRESARIALES Y TURISMO Esta Facultad es responsable de la impartición de 6 grados completos y un doble grado, y co-responsable (con la Facultad de Derecho) de la implantación de un segundo doble grado. Los detalles de este último doble grado, por lo tanto, se incluyen en ambas Facultades. En cuanto a la oferta de asignaturas transversales, se ofrecen 8 en el campus de Alcalá y 7 en el campus de Guadalajara. Con respecto a la oferta de asignaturas optativas, la Comisión de Docencia ha estimado que se debe corregir el exceso puesto que, aunque muchas de ellas son compartidas por varias titulaciones, el número no se justifica por la elección que tienen que realizar los alumnos. Se propone que se utilicen estos recursos para ampliar los desdobles en asignaturas básicas y obligatorias, contribuyendo así a mejorar la calidad de la docencia. 14 BOLETÍN OFICIAL Mayo 2015 Secretaría General DOBLE GRADO EN DERECHO Y ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN DE EMPRESAS La única novedad de este doble grado es que, desde la Faculta de Derecho, se oferta la asignatura básica “Introducción al Derecho Administrativo” en inglés. DOBLE GRADO EN TURISMO Y ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN DE EMPRESAS No hay cambios. GRADO EN ECONOMÍA Se añaden 10 asignaturas optativas nuevas a la oferta (3, por parte del Dpto. de Economía, y 7, por parte del Dpto. de Economía y Dirección de Empresa). Muchas de estas asignaturas se ofertan también para el resto de grados que se imparten en la Facultad, como se detallará a continuación. Asimismo, proponen desdoblar el grupo de tarde, si la matrícula de alumnos lo justifica. GRADO EN ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN DE EMPRESAS Para el campus de Alcalá hay 8 asignaturas optativas nuevas, de las referidas anteriormente, y compartidas, a su vez, con otros grados. Para la impartición de este Grado en Guadalajara, hay dos optativas nuevas, y se propone que si éstas no alcanzan el número mínimo de alumnos, se impartan en Alcalá. En este sentido, se ha contactado ya con el centro porque la Comisión de Docencia ha alegado que los alumnos deben recibir la docencia de las asignaturas de sus gados en los campus en los que se han matriculado. Si el número de asignaturas optativas ofertado se adecua a la demanda, no tiene por qué darse la circunstancia de que algunas de ellas tengan un insuficiente número de alumnos para su impartición. GRADO EN CONTABILIDAD Y FINANZAS Hay cuatro optativas nuevas, de las referidas anteriormente. GRADO EN ECONOMÍA Y NEGOCIOS INTERNACIONALES Este grado inició el curso pasado la modalidad bilingüe, para el grupo de la mañana, que recibe docencia en inglés. Para el grupo de la tarde se propone desdoblar si la matrícula del número de alumnos lo hace necesario. En cuanto a oferta de optativas, se incluyen dos nuevas y se desprograma una. GRADO EN TURISMO Se añaden 5 optativas nuevas (que comparten con ADE) y se desprograma una. FACULTAD DE DERECHO Esta Facultad es responsable de la impartición del Grado en Derecho y co-responsable del Doble Grado en Derecho y Administración y Dirección de Empresas. Como en años anteriores, se sigue ofertando un Curso 0, titulado “Introducción a los estudios de Derecho”, y 9 asignaturas transversales (una de ellas en inglés), a las que se añaden 4 más, de nueva oferta en inglés, con el doble carácter de optativas para la titulación y transversales para alumnos de otras Facultades. Con esta nueva oferta, el número de transversales ascendería a 14. Aunque la cifra resulta, a primera vista, excesivo, hasta el curso próximo no se podría valorar la demanda real que tendrán las nuevas asignaturas propuestas, especialmente por parte de otras titulaciones. 15 BOLETÍN OFICIAL Mayo 2015 Secretaría General GRADO EN DERECHO Se oferta la asignatura básica, “Introducción al Derecho Administrativo”, en inglés, y se eliminan 3 asignaturas optativas, apostando por la internacionalización e introduciendo como novedad la oferta de un nuevo itinerario. Se trata de una línea bilingüe, que incluye la impartición de 5 asignaturas optativas en inglés. De entre éstas, 4 vienen propuestas por el Dpto. de Ciencias Jurídicas, y una nueva, de Inglés Jurídico, por el Dpto. de Filología Moderna. Las 4 optativas propias de materias de Derecho se ofertan también como asignaturas transversales, con el fin de captar un mayor número de alumnos. DOBLE GRADO EN DERECHO Y ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN DE EMPRESAS La única novedad, como se ha detallado anteriormente, es la inclusión de una asignatura básica en inglés. FACULTAD DE EDUCACION La Facultad de Educación, ubicada en el Campus de Guadalajara, oferta dos grados, Magisterio de Educación Infantil y Magisterio de Educación Primaria, y es co-responsable del doble grado en Humanidades y Magisterio de Educación Primaria, junto a la Facultad de Filosofía y Letras. En cuanto a asignaturas transversales, se ofertan 5, una menos que el año anterior, dado que deja de ofrecerse una, propuesta por el área de francés. GRADO EN MAGISTERIO DE EDUCACIÓN INFANTIL Este grado presenta pocas novedades con respecto al curso anterior, salvo la eliminación de la opción de francés en la asignatura básica de Lengua extranjera, por falta de demanda, dejando sólo la opción de inglés. En cuanto a optatividad, se mantiene en el mínimo estipulado, ofertando 6 menciones de 4 optativas cada una: Expresión artística integral, Necesidades educativas especiales, Lengua y literatura españolas, Lengua extranjera, Conocimiento del entorno y El hecho religioso y su didáctica. GRADO EN MAGISTERIO DE EDUCACIÓN PRIMARIA De igual manera, este grado presenta pocas novedades, excepto la continuidad con la oferta de un grupo bilingüe, que comienza este año 3º curso. Igualmente, se mantiene la mínima optatividad y se ofertan 6 menciones con 4 optativas en cada una de ellas, que son: Las artes, Necesidades educativas especiales, Lengua y literatura españolas, Lengua extranjera, Educación física y El hecho religioso y su didáctica. DOBLE GRADO EN HUMANIDADES Y MAGISTERIO DE EDUCACIÓN PRIMARIA Este doble grado comienza la implantación de su segundo curso, y se propone desdoblar varias asignaturas, manteniendo el grupo propio de Humanidades y haciendo grupo nuevo para alumnos del doble grado. La Comisión de Docencia hizo alegaciones a esta subdivisión que, dado que competen sólo a la Facultad de Filosofía y Letras, se comentarán más adelante. FACULTAD DE FARMACIA La Facultad de Farmacia imparte únicamente el Grado de Farmacia, y para el curso académico 2015-16 presenta pocas novedades. Se continúa ofertando un curso 0 de Química (específica para alumnos de Farmacia), y también se siguen ofertando dos asignaturas transversales. Por otro lado, de nuevo mantienen una oferta muy elevada de asignaturas optativas, que ya hizo notar la Comisión de Docencia el curso pasado. 16 BOLETÍN OFICIAL Mayo 2015 Secretaría General GRADO EN FARMACIA Este grado imparte dos asignaturas básicas en inglés. En cuanto a las optativas, la oferta es muy alta, con 16 asignaturas, para una elección de 6, que deben realizar los alumnos. La Comisión de Docencia reitera su recomendación de que la oferta se reduzca a no más de 10 asignaturas, pues algunas de éstas a corren el riesgo de tener que desprogramarse una vez comenzado el curso, con el consecuente perjuicio para el alumno, además de que aminoran el reparto económico del Departamento, ya que toda asignatura optativa que tenga menos de 10 alumnos no computa a efectos de reparto económico. FACULTAD DE FILOSOFIA Y LETRAS La Facultad de Filosofía y Letras imparte 7 grados completos y es co-responsable de la impartición de un doble grado en Humanidades y Magisterio de Educación Primaria. En cuanto a la oferta de asignaturas transversales, se imparten 14 en el campus de Alcalá y 4 en el campus de Guadalajara. A partir del curso que viene éstas irán en banda horaria única, para hacer su elección compatible con los horarios de los grados que se imparten tanto en el edificio de Educación como en su anexo (destinado a la docencia de Lenguas Modernas y Traducción, y Comunicación Audiovisual). GRADO EN ESTUDIOS HISPÁNICOS Hay pocas novedades con respecto al curso anterior, salvo que en la asignatura básica de Idioma moderno se retira la oferta de francés, por falta de demanda, y se mantienen las de inglés, alemán y árabe. En cuanto a asignaturas optativas, se ofertan 17, repartidas en tres itinerarios, pues los alumnos tienen que cursar 8 ó 10 (si no hacen prácticas externas). GRADO EN ESTUDIOS INGLESES Este grado presenta la misma oferta que el curso anterior, en cuanto a número de optativas, 14, para una elección de 7 ó 9, dependiendo de si se hacen prácticas externas o no. Se modifican únicamente el título y contenidos de una de ellas, y el Dpto. mantiene en este grado la mínima optatividad, aunque amplía su oferta con una nueva asignatura para el Grado en Derecho. GRADO EN LENGUAS MODERNAS Y TRADUCCIÓN Este grado se imparte en los dos campus de Alcalá y Guadalajara, y mantiene la misma política de oferta de optativas, ajustándose al mínimo en ambos. Para el curso próximo se modifican también los títulos y contenidos de algunas asignaturas optativas. GRADO EN COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL Este grado se imparte en el campus de Guadalajara. Se mantiene la misma oferta que el curso anterior. Dado carácter técnico de algunas asignaturas, éstas se imparten de forma conjunta con los Dptos. de Ciencias de la Computación y de Teoría de la Señal. En total, ofertan 18 asignaturas optativas, divididas en dos itinerarios, y una de ellas tiene docencia en inglés. GRADO EN HISTORIA Para el curso próximo se oferta de nuevo un número muy alto de asignaturas optativas. Es un total de 26 (la modificación ha supuesto eliminar 3, pero añadir 2), para una elección por parte de los alumnos de 5, u 8 si no hacen prácticas externas. La Comisión de Docencia ha solicitado al Centro que haga una modificación de su oferta reduciéndola a la mitad, puesto que, según lo ya expuesto, muchas de estas asignaturas corren el riesgo de tener que desprogramarse una vez comenzado el curso, con el consecuente perjuicio para el alumno, además de que aminoran el reparto económico del Departamento, ya que toda asignatura optativa que tenga menos de 10 alumnos no computa económicamente. 17 BOLETÍN OFICIAL Mayo 2015 Secretaría General GRADO EN HUMANIDADES La única novedad es la incorporación de alemán como opción, en la asignatura Idioma Moderno II (ya que el curso pasado se incorporó en Idioma Moderno I). La oferta de optativas es equilibrada, eliminando una con respecto al año anterior. En esta titulación, los alumnos tienen que cursar 7 ó 10 optativas (dependiendo de si hacen prácticas externas) y se presenta una oferta de 14. DOBLE GRADO EN HUMANIDADES Y MAGISTERIO DE EDUCACIÓN PRIMARIA Se implanta el segundo curso de este doble grado, y el centro ha propuesto el desdoble de grupos para varias asignaturas de Humanidades (a excepción del Idioma Moderno: inglés, árabe y alemán), manteniendo el grupo propio de Humanidades, y creando grupo nuevo para alumnos del doble grado. La Comisión de Docencia estima que esta subdivisión debe hacerse de forma proporcional, manteniendo la mitad de alumnos en cada grupo, pues el espíritu del Doble Grado debe perseguir la interacción entre los alumnos de las diferentes titulaciones y deben evitarse desajustes. FACULTAD DE MEDICINA Y CIENCIAS DE LA SALUD En esta Facultad se imparten 5 grados y, en general, presenta pocas variaciones con respecto al curso anterior. En cuanto a la oferta de asignaturas transversales para el campus de Alcalá, Enfermería mantiene su oferta de 3, Ciencias de la Actividad Física y Deporte propone 2 (aunque en una de ellas se abre un grupo de impartición en inglés), Fisioterapia oferta una (que en realidad forma parte de un Programa de actividades en Fisioterapia solidaria), y Medicina añade una más a la que ya tenía, ofreciendo 3 en total. En cuanto al campus de Guadalajara, Enfermería mantiene su oferta de 6 asignaturas transversales, y cambia los contenidos de una de ellas. GRADO EN CIENCIAS DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y DEL DEPORTE Se mantiene la oferta del curso anterior pero, en dos asignaturas, que están subdivididas en tres grupos de prácticas, se imparte uno en inglés. GRADO EN ENFERMERÍA Se mantiene la oferta de 6 optativas en el campus de Alcalá y de 7 en el campus de Guadalajara, para una elección de 2 asignaturas por parte de los alumnos. GRADO EN FISIOTERAPIA Se mantiene la oferta de 5 optativas, igual que el curso pasado. Se trata de una propuesta equilibrada, puesto que los alumnos tienen que cursar 3. GRADO EN MEDICINA Como novedad, se implanta 6º curso, que incluye Prácticas tuteladas en diversas áreas y el Trabajo Fin de Grado. 18 BOLETÍN OFICIAL Mayo 2015 Secretaría General Aprobar la modificación de la RPT de PAS Laboral PROPUESTA MODIFICACIÓN DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DE PERSONAL LABORAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS UNIDAD / SUBUNIDAD CONSIDERADA: AL100 GERENCIA/AL130 COORDINACIÓN DE SERVICIOS GENERALES COD. Plaza Descripción de Plaza Especialidad Gr. Niv Cjef. MOD. MB Servicios Generales C C1 L390TCN1 TÉCNICO ESPECIALISTA I CONDUCTOR MA L390TCN1 TÉCNICO ESPECIALISTA I CONDUCTOR/A Conductor C C1 MB L390TCN2 CONDUCTOR/A GERENCIA/RECTORADO Servicios Generales C C2 MA L390TCN2 CONDUCTOR/A GERENCIA/RECTORADO Conductor C C2 MB L390TCN3 TÉCNICO ESPECIALISTA II CONDUCTOR Servicios Generales C C2 MA L390TCN3 TÉCNICO ESPECIALISTA II CONDUCTOR/A MB L390TCN4 TÉCNICO ESPECIALISTA II CONDUCTOR MA MB L390TCN4 TÉCNICO ESPECIALISTA II CONDUCTOR/A L0000013 TÉCNICO ESPECIALISTA III CONDUCTOR Jorn. Titulación / Formación M Carnet conducir B2 ARNR-COV M Permiso de conducción Clase B ARNR-COV Carnet conducir B2 ARNR-COV Permiso de conducción Clase B ARNR-COV M Carnet conducir B2 ARNR-COV ARNR-COV ARNR-COV MT y ROT MT y ROT Conductor C C2 M Permiso de conducción Clase B Servicios Generales C C2 MT Carnet conducir B2 Conductor C C2 MT Servicios Generales C C3 MT Permiso de conducción Clase B Carnet conducir B2 Permiso de conducción Clase B UNIDAD / SUBUNIDAD CONSIDERADA: AL401 OFICINA DE GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS Y MANTENIMIENTO/AL420 SERVICIO DE MANTENIMIENTO COD. Plaza Descripción de Plaza Especialidad Gr. Niv Cjef. Jorn. Titulación / Formación MOD. MA A L0000013 TÉCNICO ESPECIALISTA III CONDUCTOR/A TÉCNICO ESPECIALISTA I MANTENIMIENTO-ALMACÉN Conductor Mantenimiento.Multifunción C C C3 C1 Observaciones ARNR-COV MT MT Claves MB. Modificación: situación anterior. MA. Modificación: nueva situación. ARNR-COV. A regularizar nivel retributivo con ocasión de vacante. 19 Observaciones A amortizar con ocasión de vacante BOLETÍN OFICIAL Mayo 2015 Secretaría General Aprobar o ratificar, en su caso, los siguientes Convenios: Vicerrectorado de Investigación y Transferencia • Aprobación del Acuerdo entre las Universidades de Alcalá, Castilla-La Mancha, Francisco de Vitoria, Salamanca, Girona, Málaga, la Fundación Universia y Banco Santander para la creación de la Red de Cátedras Santander de Responsabilidad Social. • Aprobación del Convenio de Colaboración entre la Universidad de Alcalá y la Universidad de San Jorge para la Investigación de la Comunicación en el Ámbito Penitenciario. • Aprobación del Convenio de Colaboración entre la Universidad de Alcalá, el Ayuntamiento de Peralejos de las Truchas y el Parque Científico y Tecnológico de Castilla-La Mancha para la investigación a través de la creación de un Observatorio Astronómico en Peralejos de las Truchas. • Aprobación del Acuerdo entre la Fundación Canis Majoris y la Universidad de Alcalá para la modificación del Convenio Específico entre la Fundación Canis Majoris y la Universidad de Alcalá para la Convocatoria de la Ayuda a la Investigación “Elena Pessino”. Vicerrectorado de Posgrado y Educación Permanente • Aprobación del Convenio de Cotutela Internacional de Tesis entre la Universidad Paris Ouest Nanterre la Défense y la Universidad de Alcalá. Vicerrectorado de Relaciones Internacionales • Aprobación del Acuerdo de Cooperación entre la Universidad de Casablanca Hassan II y la Universidad de Alcalá. • Aprobación del Convenio de Cooperación entre la Universidad Mohammed V de Rabat y la Universidad de Alcalá. Vicerrectorado de Extensión Universitaria y Relaciones Institucionales • Aprobación del Modelo-Tipo de Convenio de Colaboración Interuniversitaria entre la Universidad de Alcalá y otra Universidad. • Ratificación del Convenio de Colaboración entre la Institución Ferial de Madrid (IFEMA) y la Universidad de Alcalá. Vicerrectorado de Docencia y Estudiantes • Aprobación del Convenio entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Cultura y Deporte) y la Universidad de Alcalá para el desarrollo del Programa “Carné Joven Comunidad de Madrid”. Vicerrectorado de Coordinación y Comunicación • Aprobación del Acuerdo Marco de Colaboración entre la Universidad de Alcalá y Shine Iberia. • Aprobación de la Adenda al Convenio de Colaboración entre la Universidad de Alcalá, la Fundación General de la Universidad de Alcalá y la Fundación Instituto de Cultura Gitana. Vicerrectorado del Campus de Guadalajara • Aprobación del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la Universidad de Alcalá para la mejora de la formación del profesorado en plurilingüismo. • Aprobación del Convenio de Colaboración entre la Diputación Provincial de Guadalajara y la Universidad de Alcalá, a través de su Centro Internacional de Estudios Históricos Cisneros (CIEHC), para el año 2015. 20 BOLETÍN OFICIAL Mayo 2015 Secretaría General Informe sobre Convenios suscritos al amparo del acuerdo del Consejo de Gobierno de 21 de marzo de 2013, por el que se autoriza a los Vicerrectores a la suscripción de Convenios que se ajusten a determinados Modelos-Tipo. Vicerrectorado de Relaciones Internacionales • Acta de Renovación del Convenio Marco entre la Universidad de Alcalá y la Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación (Chile). • Convenio para el Desarrollo de Programas de Cooperación Educativa entre la Universidad de Alcalá y el CC Gredos San Diego de Alcalá (España). • Convenio de Colaboración entre la Universidad de Alcalá y la Asamblea Comarcal de Cruz Roja Española en la Comunidad de Madrid para la realización de Actividades Solidarias y de Cooperación (España). • Convenio Marco de Cooperación entre la Universidad de Alcalá y la Universidad de Lenguas Extranjeras de Dalian (China). • Convenio de Colaboración entre la Universidad de Alcalá y Ecologistas en Acción-Alcalá de Henares para la realización de actividades solidarias y de cooperación (España). • Convenio de Colaboración entre la Universidad de Alcalá y la Asociación de vecinos “El Val” para la realización de actividades solidarias y de cooperación (España). • Convenio Marco de Colaboración Interuniversitaria entre la Universidad de Alcalá y la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (República Dominicana). Vicerrectorado de Extensión Universitaria y Relaciones Institucionales • • • • • • • • • Convenio de Colaboración interuniversitario entre la Universidad de Alcalá y la Universidad Técnica Particular de Loja para el reconocimiento conjunto del curso denominado: “Creación de recursos digitales accesibles” (Ecuador). Convenio de Colaboración interuniversitario entre la Universidad de Alcalá y la Universidad Técnica Particular de Loja para el reconocimiento conjunto del curso denominado: “Análisis y corrección de problemas de accesibilidad en páginas y aplicaciones web” (Ecuador). Convenio de Colaboración interuniversitario entre la Universidad de Alcalá y la Fundación Universitaria Católica del Norte, para el reconocimiento conjunto del curso denominado: “Creación de recursos digitales accesibles” (Colombia). Convenio de Colaboración interuniversitario entre la Universidad de Alcalá y la Fundación Universitaria Católica del Norte, para el reconocimiento conjunto del curso denominado: “Administrador de redes sociales (Community manager)” (Colombia). Convenio de Colaboración interuniversitario entre la Universidad de Alcalá y la Fundación Universitaria Católica del Norte, para el reconocimiento conjunto del curso denominado: “Acreditación europea de ofimática ECDL básico” (Colombia). Convenio de Colaboración interuniversitario entre la Universidad de Alcalá y la Universidad Politécnica el Salvador, para el reconocimiento conjunto del curso denominado: “Creación de recursos digitales accesibles” (El Salvador). Convenio de Colaboración interuniversitario entre la Universidad de Alcalá y la Universidad Politécnica el Salvador, para el reconocimiento conjunto del curso denominado: “Acreditación europea de ofimática ECDL básico” (El Salvador). Convenio de Colaboración interuniversitario entre la Universidad de Alcalá y la Universidad Politécnica el Salvador, para el reconocimiento conjunto del curso denominado: “Análisis y corrección de problemas de accesibilidad en páginas y aplicaciones web” (El Salvador). Convenio de Colaboración interuniversitario entre la Universidad de Alcalá y la Universidad Politécnica el Salvador, para el reconocimiento conjunto del curso denominado: “Administrador de redes sociales (Community manager)” (El Salvador). 21 BOLETÍN OFICIAL Mayo 2015 Secretaría General Ratificar los Premios Extraordinarios de los Estudios de Grado del Centro Universitario Cardenal Cisneros. o o o o o o Grado en Educación Social: Dª Raquel Marín Calatayud Grado en Magisterio en Educación Infantil: D. Fernando Ramos Trillo Grado en Magisterio en Educación Primaria: Dª Rut Martín González Grado en Magisterio en Educación Infantil, Opción Bilingüe (Inglés): Dª Carmen Gómez Serrano. Grado en Magisterio en Educación Primaria, Opción Bilingüe (Inglés): Dª Leticia de la Serna Martínez. Grado en Magisterio en Educación Primaria Semipresencial: Dª Antía Collazo Dacosta. Ratificar modificaciones presupuestarias, ejercicio 2014. 22 BOLETÍN OFICIAL Mayo 2015 Secretaría General 4.2 Otras. 4.2.1 Publicadas en el BOE Becas, Ayudas y premios Resolución de 23 de abril de 2015, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se convoca el Premio INAP 2015 para tesis doctorales. BOE núm. 107, de 5 de mayo de 2015. Resolución de 20 de abril de 2015, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se convocan becas de introducción a la investigación para estudiantes de posgrado, en el marco del Programa «Junta para la Ampliación de Estudios». BOE núm. 107, de 5 de mayo de 2015. Resolución de 30 de abril de 2015, de la Presidencia del Tribunal Constitucional, por la que se publica el Acuerdo del Pleno del Tribunal Constitucional por el que se convoca beca de formación en biblioteconomía y documentación relacionada con los fondos bibliográficos del Tribunal Constitucional. BOE núm. 112, de 11 de mayo de 2015. Resolución de 30 de abril de 2015, de la Presidencia del Tribunal Constitucional, por la que se publica el Acuerdo del Pleno del Tribunal Constitucional por el que se convocan becas de formación relacionadas con la doctrina constitucional. BOE núm. 112, 11 de mayo de 2015. Acuerdo de 30 de abril de 2015, de la Junta Electoral Central, por el que se convocan becas para la formación práctica de documentalistas. BOE núm. 112, de 11 de mayo de 2015 Resolución de 20 de abril de 2015, de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2015 de ayudas para acciones de dinamización de la comunicación de resultados científico-técnicos o de la innovación en congresos internacionales de alto nivel, contempladas en el Programa Estatal de I+D+I Orientada a los Retos de la Sociedad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016. BOE núm. 114, de 13 de mayo de 2015. Resolución de 5 de mayo de 2015, de la Dirección General de Política Universitaria, por la que se publican los beneficiarios de becas de carácter general para alumnado que cursa estudios postobligatorios universitarios en el curso 2014-2015. BOE núm. 115, de 14 de mayo de 2015. Resolución de 7 de mayo de 2015, de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, por la que se convocan becas de formación de postgraduados. BOE núm. 116, de 15 de mayo de 2015. Resolución de 14 de mayo de 2015, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se modifica la de 26 de diciembre de 2014, por la que se convocan ayudas para la formación de profesorado universitario, de los subprogramas de Formación y de Movilidad incluidos en el Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016. BOE núm. 124 de 25 de mayo de 2015. Resolución de 14 de mayo de 2015, de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, por la que se convocan becas de formación. BOE núm. 124, de 25 de mayo de 2015. Resolución 3D0/38047/2015, de 19 de mayo, del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas», por la que se convocan becas de formación. BOE núm. 126 de 27 de mayo de 2015. 23 BOLETÍN OFICIAL Mayo 2015 Secretaría General 4.2.2 Publicadas en el BOCM ORDEN 1219/2015, de 24 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a alumnos con discapacidad que cursan estudios universitarios o de enseñanzas artísticas superiores y por la que se convocan las ayudas para el curso 2014-2015. BOCM núm. 107, de 7 de mayo de 2015. El artículo 49 de la Constitución española establece la obligación de los poderes públicos de realizar una política de integración de los discapacitados físicos, sensoriales y psíquicos, a los que prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute de los derechos que corresponden a todos los ciudadanos. En desarrollo de este derecho, el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, establece la obligación de las Administraciones Públicas de garantizar que las ayudas y subvenciones públicas promuevan la efectividad del derecho a la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad. Con el fin de promocionar la integración de las personas con capacidades diversas en el ámbito de la Educación Superior, en la presente Orden se establece la regulación y se aprueba la convocatoria, para el curso 2014-2015, de un sistema de ayudas económicas destinadas a estimular y apoyar la formación de los alumnos universitarios y de enseñanzas artísticas superiores con discapacidad que cursen estudios en centros de enseñanzas artísticas superiores o universidades de la Comunidad de Madrid y centros adscritos a las mismas con sede en la Comunidad de Madrid. La regulación de la convocatoria tiene entre sus objetivos realizar un reparto equitativo de las ayudas, que parte del principio de invertir más en quien más lo necesita. Los requisitos necesarios consistirán en la acreditación del reconocimiento del grado de discapacidad pertinente y la matriculación en una universidad o centro de enseñanzas artísticas superiores de la Comunidad de Madrid. Por cuanto antecede, de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica de Universidades 6/2001, de 21 de diciembre, modificada por la Ley 4/2007, de 12 de abril; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y demás normativa vigente, y en virtud de las competencias que me confiere el Decreto 126/2012, de 25 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, DISPONGO Capítulo I Bases reguladoras Artículo 1 Régimen aplicable y carácter de las ayudas Las ayudas que se otorgan al amparo de estas bases tendrán el carácter de subvención en régimen de concurrencia competitiva y se regirán por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y demás normativa vigente de general aplicación. 24 BOLETÍN OFICIAL Mayo 2015 Secretaría General Artículo 2 Finalidad de la subvención La presente Orden tiene por finalidad contribuir a hacer efectivo el principio de igualdad, mediante un sistema de ayudas económicas destinadas a aquellos estudiantes universitarios y de enseñanzas artísticas superiores desfavorecidos por sus circunstancias físicas, psíquicas o sensoriales, que cursen alguna de las enseñanzas contempladas en esta Orden, en los centros de enseñanzas artísticas superiores o en las universidades de la Comunidad de Madrid y centros adscritos a las mismas con sede en la Comunidad de Madrid. Artículo 3 Objeto y cuantía de las ayudas 1. Las ayudas reguladas mediante la presente Orden tienen por objeto fomentar y facilitar el desarrollo de los estudios de los alumnos con discapacidad igual o superior a 33 por 100 en condiciones económicas de independencia, a cuyo fin los beneficiarios podrán destinar libremente los fondos concedidos a costear su propio mantenimiento. 2. La cuantía de la ayuda será el resultado de multiplicar el porcentaje del grado de discapacidad del solicitante por el coeficiente multiplicador correspondiente, conforme a la siguiente distribución: a) Grado de discapacidad superior o igual al 33 por 100 e inferior o igual al 49 por 100. El coeficiente multiplicador será de 10 euros. b) Grado de discapacidad superior o igual al 50 por 100 e inferior o igual al 70 por 100. El coeficiente multiplicador será de 12 euros. c) Grado de discapacidad superior al 70 por 100. El coeficiente multiplicador será de 15 euros. 3. El crédito presupuestario anual disponible para estas ayudas se establecerá en la correspondiente convocatoria. Artículo 4 Enseñanzas comprendidas 1. Podrán acogerse a las presentes ayudas los alumnos matriculados en alguna de las siguientes enseñanzas: a) Enseñanzas universitarias adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos oficiales de Grado y de Máster. b) Enseñanzas universitarias conducentes a los títulos oficiales de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico y Arquitecto Técnico. c) Complementos de formación para acceso al Máster, Grado o para proseguir estudios oficiales de licenciatura. d) Enseñanzas artísticas superiores adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a los títulos oficiales de Titulado Superior o de Máster en Enseñanzas Artísticas. e) Enseñanzas artísticas superiores derivadas de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo. 2. Quedan expresamente excluidas del ámbito de aplicación de esta Orden las ayudas para la realización de estudios correspondientes al tercer ciclo o doctorado, estudios de especialización y títulos propios de las universidades, de centros adscritos y de centros de enseñanzas artísticas superiores. Artículo 5 Beneficiarios y requisitos generales Podrán acogerse a las ayudas previstas en las presentes bases, aquellos alumnos en los que concurran las circunstancias siguientes: 25 BOLETÍN OFICIAL Mayo 2015 Secretaría General 1. Tener una discapacidad legalmente reconocida en grado igual o superior al 33 por 100. En aplicación del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, se considerará que presentan una discapacidad en grado igual o superior al 33 por 100 los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, y a los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad. En los supuestos anteriores, los interesados podrán acreditar un mayor grado de discapacidad mediante los documentos previstos en el artículo 2.2 del Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre. 2. Estar matriculado en alguna de las enseñanzas previstas en el artículo 4.1 de las presentes bases reguladoras, durante el curso académico que se especifique en la convocatoria, en una universidad de la Comunidad de Madrid o en un centro adscrito a la misma cuya sede se encuentre en la Comunidad de Madrid, o en un centro superior de enseñanzas artísticas de la Comunidad de Madrid, conforme a los siguientes criterios: a) Los alumnos incluidos en el intervalo del 33 al 49 por 100 de grado de discapacidad deberán haberse matriculado en, al menos, 30 créditos o en tres asignaturas en el supuesto de estudios no renovados. b) Los alumnos incluidos en el intervalo del 50 al 70 por 100 de grado de discapacidad deberán haberse matriculado en, al menos, 20 créditos o de dos asignaturas en el supuesto de estudios no renovados. c) Los alumnos con grados de discapacidad superiores al 70 por 100 deberán haberse matriculado en, al menos, 10 créditos o de una asignatura en el supuesto de estudios no renovados. Los requisitos establecidos deberán cumplirse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Artículo 6 Solicitudes y plazo de presentación 1. Solicitudes: El modelo de solicitud, cuyo impreso figura como Anexo I a esta Orden, podrá descargarse también en formato pdf en las páginas web: www.emes.es y www.madrid.org Una vez cumplimentado, deberá presentarse con la firma del interesado, adjuntando la documentación requerida, en el plazo que se establezca en la convocatoria. Las solicitudes irán dirigidas a la Dirección General competente en materia de universidades y enseñanzas artísticas superiores y podrán presentarse en el registro, ya sea de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas o de Ayuntamientos adheridos al correspondiente Convenio, y en las Oficinas de Correos y en las Representaciones Diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero, de conformidad con el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. En el caso de envío postal, la solicitud y documentación anexa, se presentará en sobre abierto, con objeto de que en la cabecera de la primera hoja de la solicitud se haga constar con claridad el nombre de la oficina y la fecha, el lugar, la hora y minuto de su admisión, de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que regula la Prestación de los Servicios Postales. En el supuesto de presentación por vía telemática, una vez cumplimentada la solicitud, se enviará a través del Registro Telemático de la Consejería competente en materia de universidades y enseñanzas artísticas superiores, junto con el resto de la documentación requerida, la cual se anexará a la misma en formato digital con la suficiente calidad que permita su correcta visualización; para todo lo cual es necesario disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid que podrá obtenerse a través de la dirección www.madrid.org, todo ello, de conformidad con lo establecido en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, y demás normativa autonómica aplicable. 26 BOLETÍN OFICIAL Mayo 2015 Secretaría General 2. El plazo de presentación de las solicitudes será el que se establezca en la correspondiente convocatoria. Artículo 7 Documentación a aportar Los interesados deberán acompañar a su solicitud la documentación siguiente: a) Fotocopia del DNI o NIE. Previa autorización del solicitante, la Consejería de Educación, Juventud y Deporte comprobará de oficio la validez del DNI o NIE mediante consulta telemática al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, no siendo en este caso necesario aportar este documento y únicamente se deberá consignar el número del DNI o NIE en el impreso de solicitud. En el caso de solicitantes extranjeros únicamente se podrá aportar fotocopia del pasaporte en el supuesto de que el interesado no tenga expedido número de DNI o NIE. b) Original o copia compulsada, autenticada, cotejada o con código seguro de verificación vinculado a la Administración Pública, órgano o entidad firmante y que permita, en todo caso, la comprobación de la integridad del documento mediante el acceso a la Sede Electrónica correspondiente, de alguno de los siguientes documentos: — Tarjeta acreditativa del grado de discapacidad. — Certificado vigente acreditativo de la discapacidad, expedido por el órgano competente de la Comunidad de Madrid, o por los órganos competentes de cualquier otra Administración Pública española, en el que se indique el grado de discapacidad. En la solicitud podrá autorizarse a la Consejería convocante la consulta telemática del grado de discapacidad del solicitante ante los órganos competentes de la Comunidad de Madrid. c) En el caso de solicitantes que acrediten su discapacidad por ser pensionistas de la Seguridad Social que tienen reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, deberán aportar el original o copia compulsada o autenticada de la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) reconociendo la condición de pensionista por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez. En la solicitud podrá autorizarse a la Consejería convocante la consulta telemática del grado de discapacidad del solicitante ante el correspondiente órgano. d) En el caso de solicitantes que acrediten su discapacidad por ser pensionistas de clases pasivas que tienen reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad, deberán aportar el original o copia compulsada o autenticada de la resolución del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas o del Ministerio de Defensa reconociendo la pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad. e) Documento acreditativo de la entidad bancaria donde consten los datos bancarios completos (código IBAN, entidad, sucursal, dígito de control y número de cuenta) del beneficiario de la ayuda como titular o cotitular de la cuenta. f) Acreditación mediante declaración responsable, incluida en el modelo de solicitud, de no encontrarse incurso en los supuestos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones. La Dirección General competente en materia de universidades y enseñanzas artísticas superiores solicitará de oficio a las universidades y los centros superiores de enseñanzas artísticas la acreditación de los requisitos de matriculación de los solicitantes, así como los datos y certificados que se consideren necesarios para un mejor seguimiento del procedimiento de adjudicación. Artículo 8 Comisión de Selección La evaluación de las solicitudes será realizada por una Comisión de Selección presidida por el titular de la Dirección General competente en materia de universidades y enseñanzas artísticas superiores o persona que le sustituya y de la que formarán parte un máximo de dos expertos y dos funcionarios de dicha Dirección General, uno de los cuales será designado secretario, todos ellos nombrados por el Director General. Artículo 9 Funciones de la Comisión de Selección 1. Corresponderá a la Comisión de Selección: 27 BOLETÍN OFICIAL Mayo 2015 Secretaría General a) Comprobar que el solicitante reúne los requisitos y su documentación se ajusta a lo dispuesto en la presente Orden. b) Resolver las cuestiones que suscite la evaluación de las circunstancias que concurren en cada solicitante. c) Proponer la concesión o denegación de las ayudas hasta el límite del crédito presupuestario disponible para este fin. 2. La Comisión de Selección podrá solicitar de otros órganos administrativos y requerir a los interesados, aquellos datos complementarios que estime necesarios para el cumplimiento de su función evaluadora. Artículo 10 Instrucción Las solicitudes presentadas serán examinadas por la Dirección General competente en materia de universidades y enseñanzas artísticas superiores, como órgano instructor del procedimiento, verificando el cumplimiento de los requisitos exigidos por parte de los solicitantes. Si la solicitud no reúne los requisitos indicados, el órgano instructor requerirá a los interesados para que en el plazo de diez días subsanen la falta o acompañen los documentos preceptivos, con indicación de que, si no lo hicieren, se les tendrá por desistidos de su solicitud, archivándose sin más trámite. El requerimiento de subsanación previsto en el párrafo anterior, se realizará a través de resolución que se publicará en el tablón de anuncios de la Consejería convocante. Asimismo, podrá ser consultada a través de las páginas: www.emes.es y www.madrid.org Artículo 11 Determinación de la concesión de las ayudas 1. Una vez concluido el plazo de subsanación, la Comisión de Selección evaluará las solicitudes presentadas, así como las alegaciones y/o subsanaciones realizadas por los interesados. Procediendo a ordenar a los solicitantes en una sola relación priorizada de mayor a menor grado de discapacidad, hasta agotar el crédito presupuestario disponible para este fin. Si fuera necesario establecer un criterio adicional de asignación se tendrá en cuenta la fecha y hora de entrada de la solicitud en el Registro. Tras lo cual redactará propuesta de resolución definitiva, especificando los criterios de valoración seguidos para efectuarla. 2. Formulada la Propuesta de Resolución de ayudas por la Comisión de Selección con expresión de la cuantía, tanto individual como acumulada que aquellas importen, se elevará por el titular de la Dirección General competente en materia de universidades y enseñanzas artísticas superiores al titular de la Consejería convocante. 3. El titular de la Consejería convocante resolverá mediante orden la concesión y denegación de las ayudas, en el plazo de seis meses, contados desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. La resolución de la convocatoria, que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, podrá ser consultada por los interesados en el Centro de Información y Asesoramiento Universitario (calle Alcalá, número 32, planta baja, Madrid) y en las páginas: www.emes.es y www.madrid.org 4. Si no se hubiera dictado Resolución expresa en el plazo al que se refiere el apartado anterior, las solicitudes podrán entenderse desestimadas por silencio administrativo, de conformidad con el artículo 44.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Artículo 12 Pago de las ayudas Resuelta la convocatoria, la Consejería convocante procederá a efectuar el pago a cada beneficiario en la cuantía que proceda y sin que esté sujeto a retención alguna. Los beneficiarios de estas ayudas, quedan exonerados de acreditar el cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, por aplicación de lo establecido en el artículo 3.1.a) de la Orden 2532/1998, de 29 de septiembre, del Consejero de Hacienda. Artículo 13 Obligaciones de los beneficiarios La concesión de la ayuda comporta las siguientes obligaciones de los beneficiarios: 28 BOLETÍN OFICIAL Mayo 2015 Secretaría General a) Asistir a las actividades lectivas. b) Poner en conocimiento de la Dirección General competente en materia de universidades y enseñanzas artísticas superiores cualquier cambio en las circunstancias bajo las que la ayuda fue concedida. c) Cooperar con la administración educativa en cuantas actividades de inspección y verificación pueda llevar a cabo. Artículo 14 Compatibilidad Estas ayudas son compatibles con otras que por el mismo concepto pudieran concederse por parte de otras entidades públicas o privadas. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión podrá dar lugar a la modificación de la subvención otorgada. Artículo 15 Revocación de las ayudas 1. Si con posterioridad a la concesión de la ayuda aparecieran indicios de que el interesado hubiese ocultado o falseado datos, la Dirección General competente en materia de universidades y enseñanzas artísticas superiores incoará el procedimiento para la revocación de la ayuda. 2. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que impone la presente Orden, dará lugar a la revocación de la ayuda concedida, con devolución de las cantidades percibidas y su interés de demora, previa instrucción para su exigencia del procedimiento que determina la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid. Artículo 16 Control y seguimiento 1. La Dirección General competente en materia de universidades y enseñanzas artísticas superiores realizará de oficio las actuaciones que estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba resolverse la adjudicación de las ayudas, pudiendo requerir a las universidades y centros de enseñanzas artísticas superiores correspondientes la comprobación de cuantos datos sean necesarios. 2. La Cámara de Cuentas, la Consejería convocante y la Intervención General de la Comunidad de Madrid, podrán realizar mediante los procedimientos legales pertinentes las comprobaciones necesarias respecto del destino y aplicación de los fondos. 3. Los beneficiarios de las ayudas están obligados al sometimiento a las actuaciones de comprobación a efectuar por la entidad concedente o la entidad colaboradora, en su caso, y a las de control de la actividad económico-financiera que correspondan a la Intervención General de la Comunidad de Madrid, Cámara de Cuentas, Tribunal de Cuentas u otros órganos competentes. 4. En el caso de comisión de infracciones, será de aplicación el régimen sancionador previsto en la normativa vigente en materia de subvenciones. Artículo 17 Recurso contra la Orden de bases reguladoras Contra la Orden por la que se aprueban las bases reguladoras cabe interponer, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, contado a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Capítulo II Convocatoria Artículo 18 Convocatoria Se convocan en régimen de concurrencia competitiva, ayudas destinadas a aquellos estudiantes con discapacidad igual o superior a 33 por 100 que realicen estudios en las universidades de la Comunidad de Madrid y centros adscritos a las mismas con sede en la Comunidad de Madrid o centros de enseñanzas artísticas superiores de la Comunidad de Madrid, durante el curso 20142015, conforme a las bases reguladoras contenidas en el capítulo I. 29 BOLETÍN OFICIAL Mayo 2015 Secretaría General Artículo 19 Objeto de la convocatoria La presente convocatoria tiene por finalidad la de contribuir a hacer efectivo el principio de igualdad, mediante un sistema de ayudas económicas destinadas a aquellos estudiantes universitarios y de enseñanzas artísticas superiores desfavorecidos por sus circunstancias físicas, psíquicas o sensoriales, que cursen estudios en las centros de enseñanzas artísticas superiores o universidades de la Comunidad de Madrid y centros adscritos a las mismas con sede en la Comunidad de Madrid. Artículo 20 Beneficiarios y requisitos generales Podrán acogerse a las ayudas previstas en la presente convocatoria, aquellos alumnos en los que concurran las siguientes circunstancias: a) Tener una discapacidad legalmente reconocida igual o superior al 33 por 100. b) Estar matriculado durante el curso académico 2014-2015, conforme con lo establecido en el artículo 5.2 de las bases reguladoras, en una universidad de la Comunidad de Madrid o en un centro adscrito a la misma cuya sede se encuentre en la Comunidad de Madrid o en un centro superior de enseñanzas artísticas de la Comunidad de Madrid. c) Presentar la correspondiente solicitud en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. d) Presentar, junto con la solicitud, la documentación recogida en el artículo 7 de las bases reguladoras. Artículo 21 Cuantía de las ayudas y forma de pago La determinación de la concesión de las ayudas se realizará por la Comisión de Selección conforme a los criterios establecidos en el artículo 11 de las bases reguladoras. La cuantía de la ayuda dependerá del grado reconocido de discapacidad del solicitante, según lo dispuesto en el artículo 3 de la presente Orden. Por Orden de la Consejera de Educación, Juventud y Deporte se resolverá la concesión y denegación de las ayudas, en el plazo de seis meses, contados desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. La resolución de la convocatoria, que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, podrá ser consultada por los interesados en el Centro de Información y Asesoramiento Universitario (calle Alcalá, número 32, planta baja, Madrid) y en las páginas: www.emes.es y www.madrid.org Artículo 22 Financiación de las ayudas El gasto que generen las ayudas, por importe máximo de 225.000 euros, se financiará con cargo al subconcepto 45200 del programa 322C (Universidades), de los vigentes Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid. Artículo 23 Recursos Contra la presente convocatoria, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, Juventud y Deporte, en el plazo de un mes, o bien directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, computados tanto este como aquel a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. DISPOSICIÓN FINAL Se faculta a la Dirección General de Universidades e Investigación para dictar los actos necesarios para el desarrollo, aplicación e interpretación de esta Orden. Madrid, a 24 de abril de 2015. La Consejera de Educación, Juventud y Deporte, LUCÍA FIGAR DE LACALLE 30 BOLETÍN OFICIAL Mayo 2015 Secretaría General 5. Anuncios. 5.1 Universidad de Alcalá. 5.1.1. Publicados en el BOE Anuncio de Resolución de la Universidad de Alcalá sobre extravío de título universitario. BOE núm. 111, de 9 de mayo de 2015. Anuncio de la Universidad de Alcalá por el que se convoca licitación para la adjudicación de los servicios de asistencia a alumnos con necesidades especiales. BOE núm. 105, de 14 de mayo de 2015. Anuncio de la Universidad de Alcalá por el que se convoca licitación del suministro, con todos los servicios necesarios, de la infraestructura Hardware y software necesaria para la implantación, gestión del cambio y prestación de servicios de centralitas VoIP. BOE núm. 125, de 26 de mayo de 2015. Anuncio de Resolución de la Universidad de Alcalá sobre extravío de título universitario. BOE núm. 127 de 28 de mayo de 2015. Anuncio de Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Alcalá sobre extravío de título universitario. BOE núm. 129, de 30 de mayo de 2015. Anuncio de Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Alcalá sobre extravío de título universitario. BOE núm. 129, de 30 de mayo de 2015. 31
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