Mayo - Universidad de Alcalá

BOLETÍN OFICIAL
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Secretaría General
SUMARIO
1. Disposiciones Generales
1.1 Publicadas en el BOE
Resolución de 20 de abril de 2015, de la Secretaría General de Universidades, por la que se
publica el Acuerdo de 20 de abril de 2015, de la Conferencia General de Política Universitaria, por
el que se determinan las fechas límite de preinscripción, de publicación de listas de admitidos y de
inicio del periodo de matriculación en las universidades públicas para el curso académico 20152016. BOE núm. 109, de 7 de mayo de 2015. .......................................................................... pág.4
2. Autoridades y Personal
2.1 Universidad de Alcalá.
2.1.1 Claustro. Sesión ordinaria de 7 de mayo de 2015
Nombramiento de Doctoras “Honoris Causa” .......................................................................... pág.5
2.1.2. Consejo de Gobierno. Sesión ordinaria de 28 de mayo de 2015
Nombramiento de Vocal del Consejo Asesor de Publicaciones ............................................... pág.5
3. Oposiciones y Concursos
3.1 Universidad de Alcalá.
3.1.1 Personal Docente e Investigador.
RESOLUCIÓN de 18 de mayo de 2015, de la Universidad de Alcalá, por la que se anuncia la
convocatoria de concurso para la provisión de plazas de profesorado temporal. BOCM núm. 124,
de 27 de mayo de 2015. ............................................................................................................ pág.6
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3.1.2 Personal de Administración y Servicios.
RESOLUCIÓN de 20 de mayo de 2015, por la que se anuncia la publicación de convocatoria de
concurso específico para la provisión de puestos vacantes en la relación de puestos de trabajo del
personal funcionario de la Universidad de Alcalá. BOCM núm. 122, de 25 de mayo de 2015. ..........
.................................................................................................................................................... pág.6
4. Otras Disposiciones.
4.1 De los Órganos de Gobierno de la Universidad de Alcalá.
4.1.1. Consejo de Gobierno. Sesión ordinaria de 28 de mayo de 2015
Acuerdos de Consejo de Gobierno.
Aprobación de la Oferta Docente de Másteres Universitarios ....................................................pág.8
Concesión de Premios Extraordinarios de Doctorado, año académico 2012-2013 .................pág.11
Aprobación de la Oferta Docente para el curso 2015-16 ...........................................................pág.12
Aprobación de la modificación de la RPT de PAS Laboral .......................................................pág.19
Aprobación o ratificación, en su caso, de Convenios. ..............................................................pág.20
Ratificación de los Premios Extraordinarios de los Estudios de Grado del Centro Universitario
Cardenal Cisneros .....................................................................................................................pág.22
Ratificación de modificaciones presupuestarias, ejercicio 2014 ...............................................pág.22
4.2 Otras.
4.2.1 Publicadas en el BOE
Becas, Ayudas y Premios ..................................................................................................... pág.23
4.2.2 Publicadas en el BOCM
ORDEN 1219/2015, de 24 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que
se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a alumnos con discapacidad que
cursan estudios universitarios o de enseñanzas artísticas superiores y por la que se convocan las
ayudas para el curso 2014-2015. BOCM núm. 107, de 7 de mayo de 2015. ......................... pág.24
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5. Anuncios.
5.1 Universidad de Alcalá.
5.1.1. Publicados en el BOE.................................................................. ...... ........................ pág.31
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Secretaría General
1. Disposiciones Generales
1.1 Publicadas en el BOE
Resolución de 20 de abril de 2015, de la Secretaría General de Universidades, por la que se
publica el Acuerdo de 20 de abril de 2015, de la Conferencia General de Política Universitaria, por
el que se determinan las fechas límite de preinscripción, de publicación de listas de admitidos y de
inicio del periodo de matriculación en las universidades públicas para el curso académico 20152016. BOE núm. 109, de 7 de mayo de 2015.
El artículo 7 del Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica
de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de grado, dispone que
«La Conferencia General de Política Universitaria, en función de las fechas fijadas para la
realización de la evaluación final de Bachillerato, fijará los plazos mínimos de preinscripción y
matriculación en las universidades públicas para permitir a los estudiantes concurrir a la oferta de
todas las universidades».
En virtud de lo anterior, la Conferencia General de Política Universitaria, en su sesión del día 20 de
abril de 2015, ha acordado las siguientes fechas límite de preinscripción, de publicación de las
listas de admisión y de inicio del periodo de matriculación en las universidades públicas para el
curso 2015-2016:
• Período para la preinscripción: deberá estar abierto hasta el 3 de julio de 2015, inclusive.
Por lo que se refiere a los estudiantes que accedan a la universidad por la vía prevista en el
artículo 9.1.b) y 9.2.b) y c) del citado Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, dicho período deberá
estar abierto hasta el 13 de julio de 2015, inclusive.
• Fecha para la publicación de la lista de admitidos: hasta el 17 de julio de 2015.
• Periodo de matriculación: deberá estar abierto desde la fecha de publicación de las lista de
admitidos.
Madrid, 20 de abril de 2015. –El Secretario General de Universidades, Juan María Vázquez Rojas.
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2. Autoridades y Personal
2.1 Universidad de Alcalá.
2.1.1 El Claustro en su sesión ordinaria de fecha 7 de mayo de 2015 acordó aprobar los
nombramientos como Doctoras “Honoris Causa” por la Universidad de Alcala a las
Doctoras:
• Dña. Leslie Crum Aiello.
• Dña. Adela Cortina Orts.
2.1.2. El Consejo de Gobierno en su sesión ordinaria de 28 de mayo de 2015 acordó el
nombramiento de D. Pedro de la Villa Polo como Vocal del Consejo Asesor de
Publicaciones
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3. Oposiciones y Concursos
3.1 Universidad de Alcalá.
3.1.1 Personal Docente e Investigador.
RESOLUCIÓN de 18 de mayo de 2015, de la Universidad de Alcalá, por la que se anuncia la
convocatoria de concurso para la provisión de plazas de profesorado temporal. BOCM núm. 124,
de 27 de mayo de 2015.
La Universidad de Alcalá ha resuelto convocar las plazas de profesorado temporal que figura en la
relación expuesta en los tablones de anuncios del Servicio de Personal Docente e Investigador,
así como en la siguiente dirección de Internet:
https://portal.uah.es/ portal/page/portal/empleo/pdi/convocatorias. Las bases de la convocatoria y
demás información adicional pueden ser consultadas en los citados tablones de anuncios y en la
dirección de Internet indicada.
Los interesados en concurrir al concurso presentarán en el Registro General de esta Universidad
(Colegio de San Ildefonso, plaza de San Diego, sin número, Alcalá de Henares) instancia según
los modelos que se facilitarán en el mismo, acompañada de los requisitos necesarios y cuantos
justificantes de los méritos estimen oportunos, que deberán relacional debidamente en la propia
instancia (posteriormente no se volverá a abrir plazo alguno para presentar méritos o justificar los
expuestos).
El plazo de presentación de instancias será de diez días, a partir del siguiente al de la publicación
de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Alcalá de Henares, a 18 de mayo de 2015. —El Rector, Fernando Galván Reula.
3.1.2 Personal de Administración y Servicios.
RESOLUCIÓN de 20 de mayo de 2015, por la que se anuncia la publicación de convocatoria de
concurso específico para la provisión de puestos vacantes en la relación de puestos de trabajos
del personal funcionario de la Universidad de Alcalá. BOCM núm. 122, de 25 de mayo de 2015.
Este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de
diciembre, de Universidades, los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Decreto 221/2003,
de 23 de octubre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
de 31 de octubre), modificados por Decreto 18/2012, de 26 de enero, y de conformidad con lo
establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; en la Ley
30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; en el Real Decreto
364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal
al Servicio de la Administración General del Estado, y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado,
anuncia la convocatoria de concurso específico para la provisión de un puesto de trabajo de
personal funcionario de administración y servicios de esta Universidad entre el personal
funcionario de carrera de esta Universidad.
Las bases de la convocatoria se publicarán en la página web en la dirección https://por
tal.uah.es/portal/pape/portal/empleo/pas/funcionario El plazo para la presentación de solicitudes se
contará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
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El resto de las actuaciones necesarias para la conclusión del concurso se publicarán en la página
anteriormente citada.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la fecha de su
publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de Madrid. Sin perjuicio de lo anterior, la presente Resolución podrá
ser recurrida potestativamente mediante recurso de reposición ante el Rector de esta Universidad,
en el plazo de un mes desde el día siguiente a dicha publicación.
En este caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que no sea resuelto
expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición
interpuesto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Alcalá de Henares, a 20 de mayo de 2015. —El Rector, PD (Resolución del Rectorado, de 18 de
marzo de 2014, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de marzo), el
Gerente, Rubén Garrido Yserte.
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4. Otras Disposiciones.
4.1 De los Órganos de Gobierno de la Universidad de Alcalá.
4.1.1 El Consejo de Gobierno en la sesión ordinaria de 28 de mayo de 2015 acordó:
Aprobar la Oferta Docente de Másteres universitarios para el curso académico 2015-2016
MÁSTER UNIVERSITARIO EN
ACCESO A LA ABOGACÍA
AMÉRICA LATINA Y LA UNIÓN EUROPEA: UNA COOPERACIÓN ESTRATÉGICA
ANÁLISIS ECONÓMICO APLICADO
ANTROPOLOGÍA FÍSICA: EVOLUCIÓN Y BIODIVERSIDAD HUMANAS
ARQUEOLOGÍA Y GESTIÓN DE PATRIMONIO EN EL INTERIOR DE LA PENÍNSULA IBÉRICA (AGEPIPE)
ARQUITECTURA
ASTROBIOLOGÍA
ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD Y APOYOS EDUCATIVOS
AUDITORIA DE CUENTAS
BANCA Y FINANZAS
CIENCIA Y TECNOLOGÍA DESDE EL ESPACIO
CIENCIAS ACTUARIALES Y FINANCIERAS
CIENCIAS POLICIALES
INCIDENCIAS
OBSERVACIONES
OK
ok
OK
Oferta el plan 120 para finalizar y el de 60.
Interuniversitario con UAM y UCM. Coordina
UAM. También matrícula UAH
OK
OK
OK
OK
OK
OK
ok
ok
OK
COMUNICACIÓN INTERCULTURAL, INTERPRETACIÓN Y TRADUCCIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS
OK
OK
CONTABILIDAD, AUDITORIA Y SUS EFECTOS EN LOS MERCADOS DE CAPITALES
DERECHO
OK
ok
Interuniversitario con UAM. Coordina UAM.
No matricula UAH
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DESCUBRIMIENTO DE FÁRMACOS
DIANAS TERAPEÚTICAS DE SEÑALIZACIÓN CELULAR: INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO
DIRECCIÓN DE ORGANIZACIONES E INSTALACIONES DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y DEL DEPORTE
DIRECCIÓN DE PROYECTOS INFORMÁTICOS
DOCENCIA UNIVERSITARIA
DOCUMENTACIÓN, ARCHIVOS Y BIBLIOTECAS
ENSEÑANZA DEL INGLÉS COMO LENGUA EXTRANJERA
EVOLUCIÓN HUMANA
FARMACIA Y TECNOLOGÍA FARMACÉUTICA
FILOLOGÍA CLÁSICA
FISIOTERAPIA MANUAL DEL APARATO LOCOMOTOR
FORMACIÓN DE PROFESORES DE ESPAÑOL
FORMACIÓN DEL PROFESORADO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA, BACHILLERATO, FORMACIÓN PROFESIONAL Y
ENSEÑANZA DE IDIOMAS
GENÉTICA Y BIOLOGÍA CELULAR
GESTIÓN Y APLICACIÓN DEL CONOCIMIENTO DEL AUTOCUIDADO EN ENFERMERÍA
HIDROLOGÍA Y GESTIÓN DE LOS RECURSOS HÍDRICOS
INGENIERÍA INDUSTRIAL
INGENIERÍA DE TELECOMUNICACIÓN
INGENIERÍA DEL SOFTWARE PARA LA WEB
INVESTIGACIÓN EN CIENCIAS
INVESTIGACIÓN EN CIENCIAS DE LA VISIÓN
INVESTIGACIÓN LITERARIA Y TEATRAL
Interuniversitario con UCM y USPCEU.
Coordina UCM. También matricula UAH
OK
OK
OK
OK
ok
ok
OK
OK
Interuniversitario con UBU. Coordina UBU. No
matricula UAH
OK
Interuniversitario con UCM. Coordina UCM.
Matricula UAH
OK
Interuniversitario con UCM y UAM. Coordina
UCM. No matricula UAH.
ok
OK
ok
Interuniversitario con UCM y UAM. Coordina
UAM. También matricula UAH
OK
OK
ok
OK
OK
OK
Llegará la oferta el 30 de mayo
Interuniversitario con UCM, Murcia, Navarra,
Santiago, Valladolid y CSIC. Coordina: UVA. No
matricula UAH
OK
OK
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INTERNATIONAL BUSSINES ADMINISTRATION
MANAGEMENT Y GESTIÓN DE CAMBIO
MEDIOS EN RED Y CIENCIA DE LA WEB
MEMORIA Y CRÍTICA DE LA EDUCACIÓN
MICROBIOLOGÍA APLICADA A LA SALUD PÚBLICA E INVESTIGACIÓN EN ENFERMEDADES INFECCIOSAS
OK
ok
OK
Interuniversitario con UNED. Coordina UNED.
No matricula UAH
OK
OK
PALEONTOLOGÍA AVANZADA
PROTECCIÓN INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
PROYECTO AVANZADO EN ARQUITECTURA Y CIUDAD
PSICOPEDAGOGÍA
QUÍMICA FINA
RESTAURACIÓN DE ECOSISTEMAS
SALUD PÚBLICA
SISTEMAS ELECTRÓNICOS AVANZADOS, SISTEMAS INTELIGENTES
TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN GEOGRÁFICA
Interuniversitario con UCM. Coordina UCM.
También matricula UAH
OK
OK
OK
ok
OK
OK
OK
OK
OK
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Aprobar la concesión de los Premios Extraordinarios de Doctorado, año académico 20122013.
La Comisión de Estudios Oficiales de Posgrado y Doctorado, en su sesión ordinaria de fecha 25
de mayo de 2015, acordó la concesión de los siguientes premios extraordinarios de doctorado a
las tesis leídas en el año académico 2012-13. La distribución de los premios se ha realizado por
cada una de las siguientes ramas de conocimiento:
ARTES Y HUMANIDADES
1. Sancho Pascual, María
2. Monjelat, Natalia Gabriela
3. Álvarez Layna, José Ramón
CIENCIAS
1. López López, María
2. Alves Ventura dos Santos, Cecilia Isabel
3. Ibáñez Ruiz, Clara
4. Esteve Gil, Clara
CIENCIAS DE LA SALUD
1. Rodríguez Berriguete, Gonzalo
2. Hernández Breijo, Francisco de Borja
3. Conde Agudelo, Agustín
4. Vaquerizo García, Víctor
5. Pérez López, Marta
6. Sanchís Bonet, Ángeles
7. Monasor Pascual, Ángela
8. Nieto Alonso, Elena
CIENCIAS SOCIALES Y JURÍDICAS
1. Dueñas Fernández, Diego
2. Fernández Bermejo, Daniel
INGENIERÍA Y ARQUITECTURA
1. Ser Lorente, Javier del
2. Miguel Jiménez, Juan Manuel
3. García Núñez, Enrique
4. Carro Calvo, Leopoldo
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Aprobar la Oferta Docente para el curso 2015-16
OFERTA DOCENTE
CURSO 2015/2016
(Grados y Planes no renovados)
Dirección de Organización Docente
Vicerrectorado de Docencia y Estudiantes
El presente informe sobre la oferta docente para el próximo curso académico 2015-16
tiene un carácter descriptivo, pues su objetivo es detallar el estado de la oferta particular de los 39
grados que se imparten en la UAH, especialmente en lo que se refiere a cambios en la impartición
de asignaturas optativas y transversales. En los casos en los que se ha visto una falta de
adecuación entre la oferta, por un lado, y la racionalización de los recursos o los requerimientos
específicos de los propios planes de estudio, por otro, se han introducido los comentarios y
alegaciones propuestos por la Comisión de Docencia, reunida a tal efecto el pasado lunes 18 de
mayo de 2015. Por mandato de esta Comisión, y con el fin de contribuir a la mejora de la oferta
docente de nuestros grados, se ha contactado con los Decanatos y Escuelas afectadas,
solicitando una revisión de la oferta, en el sentido que se acaba de exponer y que se detallará a lo
largo de este documento en el lugar que corresponda.
Como nota positiva, es muy importante resaltar el ejercicio de responsabilidad que han
realizado las Facultades y Escuelas de nuestra Universidad para presentar la oferta docente
completa de todos los grados impartidos, en el tiempo y forma requeridos. Esto supone que el
proceso de matricula de nuestros estudiantes, que comenzará a mediados del mes de julio, no se
verá afectado por modificaciones sustanciales de última hora. Por todo ello, desde el
Vicerrectorado de Docencia y Estudiantes y, especialmente, desde la Dirección de Organización
Docente, queremos hacer constar nuestro agradecimiento por el nivel de compromiso y la agilidad
que han mostrados los responsables de los grados, en la toma de decisiones que se ha llevado a
cabo tanto en los Consejos de Departamento como en las Juntas de Centro respectivas. Con este
espíritu de compromiso, y la colaboración de todos los docentes de la universidad, continuaremos
trabajando para mejorar la calidad de los estudios que impartimos.
PLANES NO RENOVADOS
Para el curso 2015-16, los Planes no renovados que ofrece la UAH no tienen ya
asignaturas con docencia, sino sólo con derecho a examen; en la mayor parte de los casos para
los últimos años, 4º, 5º y, en el caso de Medicina, 6º. Por lo tanto, el próximo curso académico
todos los grados de la Universidad habrán completado su implantación. Esto se aplica igualmente
a dos, de los tres dobles grados, que se comenzaron a impartir en fecha posterior: el Doble Grado
en Turismo y Administración y Dirección de Empresas, así como el Doble Grado en Derecho y
Administración y Dirección de Empresas. Por último, el Doble grado en Humanidades y Educación
Primaria, de reciente implantación, comenzará el curso próximo su segundo año.
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GRADOS
ESCUELA DE ARQUITECTURA
En la Escuela de Arquitectura se imparten tres grados, uno de ellos, Arquitectura, en
extinción. Se oferta un curso 0, de “Introducción a la Arquitectura”, como se ha venido haciendo en
años anteriores. En cuanto a asignaturas transversales, para el campus de Alcalá se añaden 2
asignaturas, que oferta el Departamento de Ciencias de la computación, a la oferta de 6 que ya
existía. En el campus de Guadalajara se oferta una asignatura, dirigida especialmente al grado en
Ciencia y Tecnología de la Edificación.
GRADO EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LA EDIFICACIÓN
Este grado se imparte en el Campus de Guadalajara. Mantiene la oferta docente de años
anteriores, aunque se modifica la distribución en grupos en algunas asignaturas. Asimismo, se
mantiene la oferta de 7 optativas, y se oferta un curso de adaptación.
GRADO EN FUNDAMENTOS DE ARQUITECTURA Y URBANISMO
Se mantiene la oferta, y una asignatura, “Construcciones arquitectónicas III”, ofrece uno de
sus tres grupos en inglés.
GRADO EN ARQUITECTURA
Se queda sin docencia en 3º curso, impartiéndose únicamente 4º y 5º.
ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR
En la Escuela Politécnica Superior se imparten 8 grados. La oferta de asignaturas
transversales se mantiene en 8, una de las cuales se imparte en español y en inglés.
GRADO EN INGENIERIA ELECTRÓNICA DE COMUNICACIONES
GRADO EN INGENIERÍA EN SISTEMAS DE TELECOMUNICACIÓN
GRADO EN INGENIERÍA EN TECNOLOGÍAS DE TELECOMUNICACIÓN
GRADO EN INGENIERÍA TELEMÁTICA
Estos cuatro grados, que comparten un tronco común en 1º y 2º curso, mantienen la oferta de
optativas de años anteriores, tanto generales como orientadas, y únicamente modifican el título de
varias asignaturas que ofertan en inglés.
Sin embargo, la asignatura básica “Economía de la empresa”, que oferta el Dpto. de
Economía y Dirección de Empresas en la EPS, reduce el número de grupos en que se subdivide la
asignatura.
GRADO EN INGENIERÍA EN ELECTRÓNICA Y AUTOMÁTICA INDUSTRIAL
Mantienen la oferta, aunque se modifica el número de grupos en que se dividen las
asignaturas, y se incluyen 5 asignaturas en inglés.
GRADO EN INGENIERÍA DE COMPUTADORES
Mantienen la oferta, modificando únicamente el tamaño de los grupos e incluyendo una
asignatura en inglés.
GRADO EN SISTEMAS DE INFORMACIÓN
Mantienen la oferta, modificando únicamente el tamaño de los grupos e incluyendo una
asignatura en inglés.
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GRADO EN INGENIERÍA INFORMÁTICA
Eliminan de la oferta el itinerario “Ingeniería del conocimiento”, que tenía 4 asignaturas
optativas, dejando otros dos, “Ingeniería del software” y “Redes avanzadas”, así como 8 optativas
más fuera de itinerario, cuya oferta se comparte con otros grados que se imparten en la Escuela.
FACULTAD DE BIOLOGIA, CIENCIAS AMBIENTALES
Y QUIMICA
En la Facultad de Biología, Ciencias Ambientales y Química se imparten cuatro grados y una
amplia diversidad de asignaturas transversales. La oferta mayor proviene de Ciencias
Ambientales, con 10 asignaturas, muy específicas de este área, una de las cuales se imparte online. Biología y Química, por otro lado, mantienen la oferta de una transversal respectivamente.
Dado el elevado número de asignaturas optativas que se ofertan en los grados de Biología
sanitaria, Ciencias Ambientales y Química, así como de transversales por parte de Ciencias
Ambientales, la Comisión de docencia ha solicitado una revisión de la oferta, con el fin de
conseguir una mayor racionalización y ajuste entre el número de asignaturas y la opcionalidad de
los alumnos. Como se reiterará posteriormente, la alta oferta perjudica tanto a alumnos (que
pueden ver su elección finalmente desprogramada) como al departamento, pues las asignaturas
optativas con meno de 10 alumnos y las transversales con menos de 30 no computan a efectos de
reparto económico, según acuerdo de Consejo de Gobierno.
GRADO EN BIOLOGÍA
Este grado oferta una asignatura básica de 3º curso en inglés. Como novedad, incluyen 5
asignaturas optativas nuevas dirigidas a aquellos alumnos que no consigan plaza en las Prácticas
externas. En este plan de estudios los alumnos tienen que cursar 7 optativas (ó 10, si no hacen
prácticas), en uno de los tres itinerarios que se ofertan (de 7 asignaturas cada uno).
GRADO EN BIOLOGÍA SANITARIA
Se ha desprogramado una asignatura optativa que se ofertaba en uno de sus itinerarios, por
lo que quedan 9 en el itinerario de “Biomedicina”, y 5 en “Control sanitario”. En este grado, los
alumnos tienen que cursar sólo 5 optativas, porque las prácticas externas son obligatorias.
GRADO EN CIENCIAS AMBIENTALES
Para este grado, se oferta un Curso 0 de Química, así como 15 asignaturas optativas y
prácticas externas, para una opción de 6, que tienen que cursar los alumnos. También la oferta de
transversales específicas de la titulación es excesiva.
GRADO EN QUIMICA
En este grado, como en los dos anteriores, se supera la mínima optatividad, pues se ofertan
11 asignatura optativas (fuera de itinerario), aunque los alumnos tienen que cursar únicamente 3
(ó 6, si no hacen prácticas externas).
FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS, EMPRESARIALES Y TURISMO
Esta Facultad es responsable de la impartición de 6 grados completos y un doble grado, y
co-responsable (con la Facultad de Derecho) de la implantación de un segundo doble grado. Los
detalles de este último doble grado, por lo tanto, se incluyen en ambas Facultades. En cuanto a la
oferta de asignaturas transversales, se ofrecen 8 en el campus de Alcalá y 7 en el campus de
Guadalajara. Con respecto a la oferta de asignaturas optativas, la Comisión de Docencia ha
estimado que se debe corregir el exceso puesto que, aunque muchas de ellas son compartidas
por varias titulaciones, el número no se justifica por la elección que tienen que realizar los
alumnos. Se propone que se utilicen estos recursos para ampliar los desdobles en asignaturas
básicas y obligatorias, contribuyendo así a mejorar la calidad de la docencia.
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DOBLE GRADO EN DERECHO Y ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN DE EMPRESAS
La única novedad de este doble grado es que, desde la Faculta de Derecho, se oferta la
asignatura básica “Introducción al Derecho Administrativo” en inglés.
DOBLE GRADO EN TURISMO Y ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN DE EMPRESAS
No hay cambios.
GRADO EN ECONOMÍA
Se añaden 10 asignaturas optativas nuevas a la oferta (3, por parte del Dpto. de Economía, y
7, por parte del Dpto. de Economía y Dirección de Empresa). Muchas de estas asignaturas se
ofertan también para el resto de grados que se imparten en la Facultad, como se detallará a
continuación. Asimismo, proponen desdoblar el grupo de tarde, si la matrícula de alumnos lo
justifica.
GRADO EN ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN DE EMPRESAS
Para el campus de Alcalá hay 8 asignaturas optativas nuevas, de las referidas anteriormente,
y compartidas, a su vez, con otros grados. Para la impartición de este Grado en Guadalajara, hay
dos optativas nuevas, y se propone que si éstas no alcanzan el número mínimo de alumnos, se
impartan en Alcalá. En este sentido, se ha contactado ya con el centro porque la Comisión de
Docencia ha alegado que los alumnos deben recibir la docencia de las asignaturas de sus gados
en los campus en los que se han matriculado. Si el número de asignaturas optativas ofertado se
adecua a la demanda, no tiene por qué darse la circunstancia de que algunas de ellas tengan un
insuficiente número de alumnos para su impartición.
GRADO EN CONTABILIDAD Y FINANZAS
Hay cuatro optativas nuevas, de las referidas anteriormente.
GRADO EN ECONOMÍA Y NEGOCIOS INTERNACIONALES
Este grado inició el curso pasado la modalidad bilingüe, para el grupo de la mañana, que
recibe docencia en inglés. Para el grupo de la tarde se propone desdoblar si la matrícula del
número de alumnos lo hace necesario. En cuanto a oferta de optativas, se incluyen dos nuevas y
se desprograma una.
GRADO EN TURISMO
Se añaden 5 optativas nuevas (que comparten con ADE) y se desprograma una.
FACULTAD DE DERECHO
Esta Facultad es responsable de la impartición del Grado en Derecho y co-responsable del
Doble Grado en Derecho y Administración y Dirección de Empresas. Como en años anteriores, se
sigue ofertando un Curso 0, titulado “Introducción a los estudios de Derecho”, y 9 asignaturas
transversales (una de ellas en inglés), a las que se añaden 4 más, de nueva oferta en inglés, con
el doble carácter de optativas para la titulación y transversales para alumnos de otras Facultades.
Con esta nueva oferta, el número de transversales ascendería a 14. Aunque la cifra resulta, a
primera vista, excesivo, hasta el curso próximo no se podría valorar la demanda real que tendrán
las nuevas asignaturas propuestas, especialmente por parte de otras titulaciones.
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GRADO EN DERECHO
Se oferta la asignatura básica, “Introducción al Derecho Administrativo”, en inglés, y se
eliminan 3 asignaturas optativas, apostando por la internacionalización e introduciendo como
novedad la oferta de un nuevo itinerario. Se trata de una línea bilingüe, que incluye la impartición
de 5 asignaturas optativas en inglés. De entre éstas, 4 vienen propuestas por el Dpto. de Ciencias
Jurídicas, y una nueva, de Inglés Jurídico, por el Dpto. de Filología Moderna. Las 4 optativas
propias de materias de Derecho se ofertan también como asignaturas transversales, con el fin de
captar un mayor número de alumnos.
DOBLE GRADO EN DERECHO Y ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN DE EMPRESAS
La única novedad, como se ha detallado anteriormente, es la inclusión de una asignatura
básica en inglés.
FACULTAD DE EDUCACION
La Facultad de Educación, ubicada en el Campus de Guadalajara, oferta dos grados,
Magisterio de Educación Infantil y Magisterio de Educación Primaria, y es co-responsable del
doble grado en Humanidades y Magisterio de Educación Primaria, junto a la Facultad de Filosofía
y Letras. En cuanto a asignaturas transversales, se ofertan 5, una menos que el año anterior, dado
que deja de ofrecerse una, propuesta por el área de francés.
GRADO EN MAGISTERIO DE EDUCACIÓN INFANTIL
Este grado presenta pocas novedades con respecto al curso anterior, salvo la eliminación de
la opción de francés en la asignatura básica de Lengua extranjera, por falta de demanda, dejando
sólo la opción de inglés. En cuanto a optatividad, se mantiene en el mínimo estipulado, ofertando 6
menciones de 4 optativas cada una: Expresión artística integral, Necesidades educativas
especiales, Lengua y literatura españolas, Lengua extranjera, Conocimiento del entorno y El hecho
religioso y su didáctica.
GRADO EN MAGISTERIO DE EDUCACIÓN PRIMARIA
De igual manera, este grado presenta pocas novedades, excepto la continuidad con la oferta
de un grupo bilingüe, que comienza este año 3º curso. Igualmente, se mantiene la mínima
optatividad y se ofertan 6 menciones con 4 optativas en cada una de ellas, que son: Las artes,
Necesidades educativas especiales, Lengua y literatura españolas, Lengua extranjera, Educación
física y El hecho religioso y su didáctica.
DOBLE GRADO EN HUMANIDADES Y MAGISTERIO DE EDUCACIÓN PRIMARIA
Este doble grado comienza la implantación de su segundo curso, y se propone desdoblar
varias asignaturas, manteniendo el grupo propio de Humanidades y haciendo grupo nuevo para
alumnos del doble grado. La Comisión de Docencia hizo alegaciones a esta subdivisión que, dado
que competen sólo a la Facultad de Filosofía y Letras, se comentarán más adelante.
FACULTAD DE FARMACIA
La Facultad de Farmacia imparte únicamente el Grado de Farmacia, y para el curso
académico 2015-16 presenta pocas novedades. Se continúa ofertando un curso 0 de Química
(específica para alumnos de Farmacia), y también se siguen ofertando dos asignaturas
transversales. Por otro lado, de nuevo mantienen una oferta muy elevada de asignaturas
optativas, que ya hizo notar la Comisión de Docencia el curso pasado.
16
BOLETÍN OFICIAL
Mayo 2015
Secretaría General
GRADO EN FARMACIA
Este grado imparte dos asignaturas básicas en inglés. En cuanto a las optativas, la oferta es
muy alta, con 16 asignaturas, para una elección de 6, que deben realizar los alumnos. La
Comisión de Docencia reitera su recomendación de que la oferta se reduzca a no más de 10
asignaturas, pues algunas de éstas a corren el riesgo de tener que desprogramarse una vez
comenzado el curso, con el consecuente perjuicio para el alumno, además de que aminoran el
reparto económico del Departamento, ya que toda asignatura optativa que tenga menos de 10
alumnos no computa a efectos de reparto económico.
FACULTAD DE FILOSOFIA Y LETRAS
La Facultad de Filosofía y Letras imparte 7 grados completos y es co-responsable de la
impartición de un doble grado en Humanidades y Magisterio de Educación Primaria. En cuanto a
la oferta de asignaturas transversales, se imparten 14 en el campus de Alcalá y 4 en el campus de
Guadalajara. A partir del curso que viene éstas irán en banda horaria única, para hacer su elección
compatible con los horarios de los grados que se imparten tanto en el edificio de Educación como
en su anexo (destinado a la docencia de Lenguas Modernas y Traducción, y Comunicación
Audiovisual).
GRADO EN ESTUDIOS HISPÁNICOS
Hay pocas novedades con respecto al curso anterior, salvo que en la asignatura básica de
Idioma moderno se retira la oferta de francés, por falta de demanda, y se mantienen las de inglés,
alemán y árabe. En cuanto a asignaturas optativas, se ofertan 17, repartidas en tres itinerarios,
pues los alumnos tienen que cursar 8 ó 10 (si no hacen prácticas externas).
GRADO EN ESTUDIOS INGLESES
Este grado presenta la misma oferta que el curso anterior, en cuanto a número de optativas,
14, para una elección de 7 ó 9, dependiendo de si se hacen prácticas externas o no. Se modifican
únicamente el título y contenidos de una de ellas, y el Dpto. mantiene en este grado la mínima
optatividad, aunque amplía su oferta con una nueva asignatura para el Grado en Derecho.
GRADO EN LENGUAS MODERNAS Y TRADUCCIÓN
Este grado se imparte en los dos campus de Alcalá y Guadalajara, y mantiene la misma
política de oferta de optativas, ajustándose al mínimo en ambos. Para el curso próximo se
modifican también los títulos y contenidos de algunas asignaturas optativas.
GRADO EN COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
Este grado se imparte en el campus de Guadalajara. Se mantiene la misma oferta que el
curso anterior. Dado carácter técnico de algunas asignaturas, éstas se imparten de forma conjunta
con los Dptos. de Ciencias de la Computación y de Teoría de la Señal. En total, ofertan 18
asignaturas optativas, divididas en dos itinerarios, y una de ellas tiene docencia en inglés.
GRADO EN HISTORIA
Para el curso próximo se oferta de nuevo un número muy alto de asignaturas optativas. Es
un total de 26 (la modificación ha supuesto eliminar 3, pero añadir 2), para una elección por parte
de los alumnos de 5, u 8 si no hacen prácticas externas. La Comisión de Docencia ha solicitado al
Centro que haga una modificación de su oferta reduciéndola a la mitad, puesto que, según lo ya
expuesto, muchas de estas asignaturas corren el riesgo de tener que desprogramarse una vez
comenzado el curso, con el consecuente perjuicio para el alumno, además de que aminoran el
reparto económico del Departamento, ya que toda asignatura optativa que tenga menos de 10
alumnos no computa económicamente.
17
BOLETÍN OFICIAL
Mayo 2015
Secretaría General
GRADO EN HUMANIDADES
La única novedad es la incorporación de alemán como opción, en la asignatura Idioma
Moderno II (ya que el curso pasado se incorporó en Idioma Moderno I). La oferta de optativas es
equilibrada, eliminando una con respecto al año anterior. En esta titulación, los alumnos tienen que
cursar 7 ó 10 optativas (dependiendo de si hacen prácticas externas) y se presenta una oferta de
14.
DOBLE GRADO EN HUMANIDADES Y MAGISTERIO DE EDUCACIÓN PRIMARIA
Se implanta el segundo curso de este doble grado, y el centro ha propuesto el desdoble de
grupos para varias asignaturas de Humanidades (a excepción del Idioma Moderno: inglés, árabe y
alemán), manteniendo el grupo propio de Humanidades, y creando grupo nuevo para alumnos del
doble grado. La Comisión de Docencia estima que esta subdivisión debe hacerse de forma
proporcional, manteniendo la mitad de alumnos en cada grupo, pues el espíritu del Doble Grado
debe perseguir la interacción entre los alumnos de las diferentes titulaciones y deben evitarse
desajustes.
FACULTAD DE MEDICINA Y CIENCIAS DE LA SALUD
En esta Facultad se imparten 5 grados y, en general, presenta pocas variaciones con
respecto al curso anterior. En cuanto a la oferta de asignaturas transversales para el campus de
Alcalá, Enfermería mantiene su oferta de 3, Ciencias de la Actividad Física y Deporte propone 2
(aunque en una de ellas se abre un grupo de impartición en inglés), Fisioterapia oferta una (que en
realidad forma parte de un Programa de actividades en Fisioterapia solidaria), y Medicina añade
una más a la que ya tenía, ofreciendo 3 en total. En cuanto al campus de Guadalajara, Enfermería
mantiene su oferta de 6 asignaturas transversales, y cambia los contenidos de una de ellas.
GRADO EN CIENCIAS DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y DEL DEPORTE
Se mantiene la oferta del curso anterior pero, en dos asignaturas, que están subdivididas en
tres grupos de prácticas, se imparte uno en inglés.
GRADO EN ENFERMERÍA
Se mantiene la oferta de 6 optativas en el campus de Alcalá y de 7 en el campus de
Guadalajara, para una elección de 2 asignaturas por parte de los alumnos.
GRADO EN FISIOTERAPIA
Se mantiene la oferta de 5 optativas, igual que el curso pasado. Se trata de una propuesta
equilibrada, puesto que los alumnos tienen que cursar 3.
GRADO EN MEDICINA
Como novedad, se implanta 6º curso, que incluye Prácticas tuteladas en diversas áreas y el
Trabajo Fin de Grado.
18
BOLETÍN OFICIAL
Mayo 2015
Secretaría General
Aprobar la modificación de la RPT de PAS Laboral
PROPUESTA MODIFICACIÓN DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DE PERSONAL LABORAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS
UNIDAD / SUBUNIDAD CONSIDERADA: AL100 GERENCIA/AL130 COORDINACIÓN DE SERVICIOS GENERALES
COD.
Plaza
Descripción de Plaza
Especialidad
Gr. Niv Cjef.
MOD.
MB
Servicios Generales
C C1
L390TCN1 TÉCNICO ESPECIALISTA I CONDUCTOR
MA
L390TCN1 TÉCNICO ESPECIALISTA I CONDUCTOR/A
Conductor
C
C1
MB
L390TCN2 CONDUCTOR/A GERENCIA/RECTORADO
Servicios Generales
C
C2
MA
L390TCN2 CONDUCTOR/A GERENCIA/RECTORADO
Conductor
C
C2
MB
L390TCN3 TÉCNICO ESPECIALISTA II CONDUCTOR
Servicios Generales
C
C2
MA
L390TCN3 TÉCNICO ESPECIALISTA II CONDUCTOR/A
MB
L390TCN4 TÉCNICO ESPECIALISTA II CONDUCTOR
MA
MB
L390TCN4 TÉCNICO ESPECIALISTA II CONDUCTOR/A
L0000013
TÉCNICO ESPECIALISTA III CONDUCTOR
Jorn.
Titulación / Formación
M
Carnet conducir B2
ARNR-COV
M
Permiso de conducción Clase
B
ARNR-COV
Carnet conducir B2
ARNR-COV
Permiso de conducción Clase
B
ARNR-COV
M
Carnet conducir B2
ARNR-COV
ARNR-COV
ARNR-COV
MT y
ROT
MT y
ROT
Conductor
C
C2
M
Permiso de conducción Clase
B
Servicios Generales
C
C2
MT
Carnet conducir B2
Conductor
C
C2
MT
Servicios Generales
C
C3
MT
Permiso de conducción Clase
B
Carnet conducir B2
Permiso de conducción Clase
B
UNIDAD / SUBUNIDAD CONSIDERADA: AL401 OFICINA DE GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS Y MANTENIMIENTO/AL420 SERVICIO DE MANTENIMIENTO
COD.
Plaza
Descripción de Plaza
Especialidad
Gr. Niv Cjef.
Jorn.
Titulación / Formación
MOD.
MA
A
L0000013
TÉCNICO ESPECIALISTA III CONDUCTOR/A
TÉCNICO ESPECIALISTA I MANTENIMIENTO-ALMACÉN
Conductor
Mantenimiento.Multifunción
C
C
C3
C1
Observaciones
ARNR-COV
MT
MT
Claves
MB. Modificación: situación anterior.
MA. Modificación: nueva situación.
ARNR-COV. A regularizar nivel retributivo con ocasión de vacante.
19
Observaciones
A amortizar con ocasión de
vacante
BOLETÍN OFICIAL
Mayo 2015
Secretaría General
Aprobar o ratificar, en su caso, los siguientes Convenios:
Vicerrectorado de Investigación y Transferencia
•
Aprobación del Acuerdo entre las Universidades de Alcalá, Castilla-La Mancha, Francisco
de Vitoria, Salamanca, Girona, Málaga, la Fundación Universia y Banco Santander para
la creación de la Red de Cátedras Santander de Responsabilidad Social.
•
Aprobación del Convenio de Colaboración entre la Universidad de Alcalá y la Universidad
de San Jorge para la Investigación de la Comunicación en el Ámbito Penitenciario.
•
Aprobación del Convenio de Colaboración entre la Universidad de Alcalá, el
Ayuntamiento de Peralejos de las Truchas y el Parque Científico y Tecnológico de
Castilla-La Mancha para la investigación a través de la creación de un Observatorio
Astronómico en Peralejos de las Truchas.
•
Aprobación del Acuerdo entre la Fundación Canis Majoris y la Universidad de Alcalá para
la modificación del Convenio Específico entre la Fundación Canis Majoris y la
Universidad de Alcalá para la Convocatoria de la Ayuda a la Investigación “Elena
Pessino”.
Vicerrectorado de Posgrado y Educación Permanente
•
Aprobación del Convenio de Cotutela Internacional de Tesis entre la Universidad Paris
Ouest Nanterre la Défense y la Universidad de Alcalá.
Vicerrectorado de Relaciones Internacionales
•
Aprobación del Acuerdo de Cooperación entre la Universidad de Casablanca Hassan II y
la Universidad de Alcalá.
•
Aprobación del Convenio de Cooperación entre la Universidad Mohammed V de Rabat y
la Universidad de Alcalá.
Vicerrectorado de Extensión Universitaria y Relaciones Institucionales
•
Aprobación del Modelo-Tipo de Convenio de Colaboración Interuniversitaria entre la
Universidad de Alcalá y otra Universidad.
•
Ratificación del Convenio de Colaboración entre la Institución Ferial de Madrid (IFEMA) y
la Universidad de Alcalá.
Vicerrectorado de Docencia y Estudiantes
•
Aprobación del Convenio entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación,
Cultura y Deporte) y la Universidad de Alcalá para el desarrollo del Programa “Carné
Joven Comunidad de Madrid”.
Vicerrectorado de Coordinación y Comunicación
•
Aprobación del Acuerdo Marco de Colaboración entre la Universidad de Alcalá y Shine
Iberia.
•
Aprobación de la Adenda al Convenio de Colaboración entre la Universidad de Alcalá, la
Fundación General de la Universidad de Alcalá y la Fundación Instituto de Cultura
Gitana.
Vicerrectorado del Campus de Guadalajara
•
Aprobación del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Educación, Cultura y
Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la Universidad de Alcalá
para la mejora de la formación del profesorado en plurilingüismo.
•
Aprobación del Convenio de Colaboración entre la Diputación Provincial de Guadalajara
y la Universidad de Alcalá, a través de su Centro Internacional de Estudios Históricos
Cisneros (CIEHC), para el año 2015.
20
BOLETÍN OFICIAL
Mayo 2015
Secretaría General
Informe sobre Convenios suscritos al amparo del acuerdo del Consejo de Gobierno de
21 de marzo de 2013, por el que se autoriza a los Vicerrectores a la suscripción de
Convenios que se ajusten a determinados Modelos-Tipo.
Vicerrectorado de Relaciones Internacionales
•
Acta de Renovación del Convenio Marco entre la Universidad de Alcalá y la Universidad
Metropolitana de Ciencias de la Educación (Chile).
•
Convenio para el Desarrollo de Programas de Cooperación Educativa entre la
Universidad de Alcalá y el CC Gredos San Diego de Alcalá (España).
•
Convenio de Colaboración entre la Universidad de Alcalá y la Asamblea Comarcal de
Cruz Roja Española en la Comunidad de Madrid para la realización de Actividades
Solidarias y de Cooperación (España).
•
Convenio Marco de Cooperación entre la Universidad de Alcalá y la Universidad de
Lenguas Extranjeras de Dalian (China).
•
Convenio de Colaboración entre la Universidad de Alcalá y Ecologistas en Acción-Alcalá
de Henares para la realización de actividades solidarias y de cooperación (España).
•
Convenio de Colaboración entre la Universidad de Alcalá y la Asociación de vecinos “El
Val” para la realización de actividades solidarias y de cooperación (España).
•
Convenio Marco de Colaboración Interuniversitaria entre la Universidad de Alcalá y la
Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (República Dominicana).
Vicerrectorado de Extensión Universitaria y Relaciones Institucionales
•
•
•
•
•
•
•
•
•
Convenio de Colaboración interuniversitario entre la Universidad de Alcalá y la
Universidad Técnica Particular de Loja para el reconocimiento conjunto del curso
denominado: “Creación de recursos digitales accesibles” (Ecuador).
Convenio de Colaboración interuniversitario entre la Universidad de Alcalá y la
Universidad Técnica Particular de Loja para el reconocimiento conjunto del curso
denominado: “Análisis y corrección de problemas de accesibilidad en páginas y
aplicaciones web” (Ecuador).
Convenio de Colaboración interuniversitario entre la Universidad de Alcalá y la Fundación
Universitaria Católica del Norte, para el reconocimiento conjunto del curso denominado:
“Creación de recursos digitales accesibles” (Colombia).
Convenio de Colaboración interuniversitario entre la Universidad de Alcalá y la Fundación
Universitaria Católica del Norte, para el reconocimiento conjunto del curso denominado:
“Administrador de redes sociales (Community manager)” (Colombia).
Convenio de Colaboración interuniversitario entre la Universidad de Alcalá y la Fundación
Universitaria Católica del Norte, para el reconocimiento conjunto del curso denominado:
“Acreditación europea de ofimática ECDL básico” (Colombia).
Convenio de Colaboración interuniversitario entre la Universidad de Alcalá y la
Universidad Politécnica el Salvador, para el reconocimiento conjunto del curso
denominado: “Creación de recursos digitales accesibles” (El Salvador).
Convenio de Colaboración interuniversitario entre la Universidad de Alcalá y la
Universidad Politécnica el Salvador, para el reconocimiento conjunto del curso
denominado: “Acreditación europea de ofimática ECDL básico” (El Salvador).
Convenio de Colaboración interuniversitario entre la Universidad de Alcalá y la
Universidad Politécnica el Salvador, para el reconocimiento conjunto del curso
denominado: “Análisis y corrección de problemas de accesibilidad en páginas y
aplicaciones web” (El Salvador).
Convenio de Colaboración interuniversitario entre la Universidad de Alcalá y la
Universidad Politécnica el Salvador, para el reconocimiento conjunto del curso
denominado: “Administrador de redes sociales (Community manager)” (El Salvador).
21
BOLETÍN OFICIAL
Mayo 2015
Secretaría General
Ratificar los Premios Extraordinarios de los Estudios de Grado del Centro Universitario
Cardenal Cisneros.
o
o
o
o
o
o
Grado en Educación Social: Dª Raquel Marín Calatayud
Grado en Magisterio en Educación Infantil: D. Fernando Ramos Trillo
Grado en Magisterio en Educación Primaria: Dª Rut Martín González
Grado en Magisterio en Educación Infantil, Opción Bilingüe (Inglés): Dª Carmen
Gómez Serrano.
Grado en Magisterio en Educación Primaria, Opción Bilingüe (Inglés): Dª Leticia
de la Serna Martínez.
Grado en Magisterio en Educación Primaria Semipresencial:
Dª Antía Collazo
Dacosta.
Ratificar modificaciones presupuestarias, ejercicio 2014.
22
BOLETÍN OFICIAL
Mayo 2015
Secretaría General
4.2 Otras.
4.2.1 Publicadas en el BOE
Becas, Ayudas y premios
Resolución de 23 de abril de 2015, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se
convoca el Premio INAP 2015 para tesis doctorales. BOE núm. 107, de 5 de mayo de 2015.
Resolución de 20 de abril de 2015, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de
Investigaciones Científicas, por la que se convocan becas de introducción a la investigación para
estudiantes de posgrado, en el marco del Programa «Junta para la Ampliación de Estudios». BOE
núm. 107, de 5 de mayo de 2015.
Resolución de 30 de abril de 2015, de la Presidencia del Tribunal Constitucional, por la que se
publica el Acuerdo del Pleno del Tribunal Constitucional por el que se convoca beca de formación
en biblioteconomía y documentación relacionada con los fondos bibliográficos del Tribunal
Constitucional. BOE núm. 112, de 11 de mayo de 2015.
Resolución de 30 de abril de 2015, de la Presidencia del Tribunal Constitucional, por la que se
publica el Acuerdo del Pleno del Tribunal Constitucional por el que se convocan becas de
formación relacionadas con la doctrina constitucional. BOE núm. 112, 11 de mayo de 2015.
Acuerdo de 30 de abril de 2015, de la Junta Electoral Central, por el que se convocan becas para
la formación práctica de documentalistas. BOE núm. 112, de 11 de mayo de 2015
Resolución de 20 de abril de 2015, de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e
Innovación, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2015 de ayudas para acciones de
dinamización de la comunicación de resultados científico-técnicos o de la innovación en congresos
internacionales de alto nivel, contempladas en el Programa Estatal de I+D+I Orientada a los Retos
de la Sociedad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación
2013-2016. BOE núm. 114, de 13 de mayo de 2015.
Resolución de 5 de mayo de 2015, de la Dirección General de Política Universitaria, por la que se
publican los beneficiarios de becas de carácter general para alumnado que cursa estudios
postobligatorios universitarios en el curso 2014-2015. BOE núm. 115, de 14 de mayo de 2015.
Resolución de 7 de mayo de 2015, de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, por la que se
convocan becas de formación de postgraduados. BOE núm. 116, de 15 de mayo de 2015.
Resolución de 14 de mayo de 2015, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación
Profesional y Universidades, por la que se modifica la de 26 de diciembre de 2014, por la que se
convocan ayudas para la formación de profesorado universitario, de los subprogramas de
Formación y de Movilidad incluidos en el Programa Estatal de Promoción del Talento y su
Empleabilidad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación
2013-2016. BOE núm. 124 de 25 de mayo de 2015.
Resolución de 14 de mayo de 2015, de la Agencia Española de Medicamentos y Productos
Sanitarios, por la que se convocan becas de formación. BOE núm. 124, de 25 de mayo de 2015.
Resolución 3D0/38047/2015, de 19 de mayo, del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial
«Esteban Terradas», por la que se convocan becas de formación. BOE núm. 126 de 27 de mayo
de 2015.
23
BOLETÍN OFICIAL
Mayo 2015
Secretaría General
4.2.2
Publicadas en el BOCM
ORDEN 1219/2015, de 24 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que
se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a alumnos con discapacidad que
cursan estudios universitarios o de enseñanzas artísticas superiores y por la que se convocan las
ayudas para el curso 2014-2015. BOCM núm. 107, de 7 de mayo de 2015.
El artículo 49 de la Constitución española establece la obligación de los poderes públicos de
realizar una política de integración de los discapacitados físicos, sensoriales y psíquicos, a los que
prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute
de los derechos que corresponden a todos los ciudadanos.
En desarrollo de este derecho, el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que
se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad
y de su Inclusión Social, establece la obligación de las Administraciones Públicas de garantizar
que las ayudas y subvenciones públicas promuevan la efectividad del derecho a la igualdad de
oportunidades de las personas con discapacidad.
Con el fin de promocionar la integración de las personas con capacidades diversas en el ámbito de
la Educación Superior, en la presente Orden se establece la regulación y se aprueba la
convocatoria, para el curso 2014-2015, de un sistema de ayudas económicas destinadas a
estimular y apoyar la formación de los alumnos universitarios y de enseñanzas artísticas
superiores con discapacidad que cursen estudios en centros de enseñanzas artísticas superiores
o universidades de la Comunidad de Madrid y centros adscritos a las mismas con sede en la
Comunidad de Madrid.
La regulación de la convocatoria tiene entre sus objetivos realizar un reparto equitativo de las
ayudas, que parte del principio de invertir más en quien más lo necesita. Los requisitos necesarios
consistirán en la acreditación del reconocimiento del grado de discapacidad pertinente y la
matriculación en una universidad o centro de enseñanzas artísticas superiores de la Comunidad
de Madrid.
Por cuanto antecede, de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica de Universidades 6/2001,
de 21 de diciembre, modificada por la Ley 4/2007, de 12 de abril; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, de Educación; la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,
y demás normativa vigente, y en virtud de las competencias que me confiere el Decreto 126/2012,
de 25 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Educación, Juventud y Deporte,
DISPONGO
Capítulo I
Bases reguladoras
Artículo 1
Régimen aplicable y carácter de las ayudas
Las ayudas que se otorgan al amparo de estas bases tendrán el carácter de subvención en
régimen de concurrencia competitiva y se regirán por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones; la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y
demás normativa vigente de general aplicación.
24
BOLETÍN OFICIAL
Mayo 2015
Secretaría General
Artículo 2
Finalidad de la subvención
La presente Orden tiene por finalidad contribuir a hacer efectivo el principio de igualdad, mediante
un sistema de ayudas económicas destinadas a aquellos estudiantes universitarios y de
enseñanzas artísticas superiores desfavorecidos por sus circunstancias físicas, psíquicas o
sensoriales, que cursen alguna de las enseñanzas contempladas en esta Orden, en los centros de
enseñanzas artísticas superiores o en las universidades de la Comunidad de Madrid y centros
adscritos a las mismas con sede en la Comunidad de Madrid.
Artículo 3
Objeto y cuantía de las ayudas
1. Las ayudas reguladas mediante la presente Orden tienen por objeto fomentar y facilitar el
desarrollo de los estudios de los alumnos con discapacidad igual o superior a 33 por 100
en condiciones económicas de independencia, a cuyo fin los beneficiarios podrán destinar
libremente los fondos concedidos a costear su propio mantenimiento.
2.
La cuantía de la ayuda será el resultado de multiplicar el porcentaje del grado de
discapacidad del solicitante por el coeficiente multiplicador correspondiente, conforme a la
siguiente distribución:
a) Grado de discapacidad superior o igual al 33 por 100 e inferior o igual al 49 por 100.
El coeficiente multiplicador será de 10 euros.
b) Grado de discapacidad superior o igual al 50 por 100 e inferior o igual al 70 por 100.
El coeficiente multiplicador será de 12 euros.
c) Grado de discapacidad superior al 70 por 100. El coeficiente multiplicador será de 15
euros.
3. El crédito presupuestario anual disponible para estas ayudas se establecerá en la
correspondiente convocatoria.
Artículo 4
Enseñanzas comprendidas
1. Podrán acogerse a las presentes ayudas los alumnos matriculados en alguna de las
siguientes enseñanzas:
a) Enseñanzas universitarias adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior
conducentes a títulos oficiales de Grado y de Máster.
b) Enseñanzas universitarias conducentes a los títulos oficiales de Licenciado, Ingeniero,
Arquitecto, Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico y Arquitecto Técnico.
c) Complementos de formación para acceso al Máster, Grado o para proseguir estudios
oficiales de licenciatura.
d) Enseñanzas artísticas superiores adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior
conducentes a los títulos oficiales de Titulado Superior o de Máster en Enseñanzas
Artísticas.
e) Enseñanzas artísticas superiores derivadas de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre,
de Ordenación General del Sistema Educativo.
2. Quedan expresamente excluidas del ámbito de aplicación de esta Orden las ayudas para
la realización de estudios correspondientes al tercer ciclo o doctorado, estudios de
especialización y títulos propios de las universidades, de centros adscritos y de centros
de enseñanzas artísticas superiores.
Artículo 5
Beneficiarios y requisitos generales
Podrán acogerse a las ayudas previstas en las presentes bases, aquellos alumnos en los que
concurran las circunstancias siguientes:
25
BOLETÍN OFICIAL
Mayo 2015
Secretaría General
1. Tener una discapacidad legalmente reconocida en grado igual o superior al 33 por 100.
En aplicación del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con
Discapacidad y de su Inclusión Social, se considerará que presentan una discapacidad en
grado igual o superior al 33 por 100 los pensionistas de la Seguridad Social que tengan
reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran
invalidez, y a los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de
jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad. En los
supuestos anteriores, los interesados podrán acreditar un mayor grado de discapacidad
mediante los documentos previstos en el artículo 2.2 del Real Decreto 1414/2006, de 1 de
diciembre. 2. Estar matriculado en alguna de las enseñanzas previstas en el artículo 4.1 de
las presentes bases reguladoras, durante el curso académico que se especifique en la
convocatoria, en una universidad de la Comunidad de Madrid o en un centro adscrito a la
misma cuya sede se encuentre en la Comunidad de Madrid, o en un centro superior de
enseñanzas artísticas de la Comunidad de Madrid, conforme a los siguientes criterios:
a) Los alumnos incluidos en el intervalo del 33 al 49 por 100 de grado de discapacidad
deberán haberse matriculado en, al menos, 30 créditos o en tres asignaturas en el supuesto
de estudios no renovados.
b) Los alumnos incluidos en el intervalo del 50 al 70 por 100 de grado de discapacidad
deberán haberse matriculado en, al menos, 20 créditos o de dos asignaturas en el supuesto
de estudios no renovados.
c) Los alumnos con grados de discapacidad superiores al 70 por 100 deberán haberse
matriculado en, al menos, 10 créditos o de una asignatura en el supuesto de estudios no
renovados.
Los requisitos establecidos deberán cumplirse en el día de finalización del plazo de
presentación de solicitudes.
Artículo 6
Solicitudes y plazo de presentación
1. Solicitudes: El modelo de solicitud, cuyo impreso figura como Anexo I a esta Orden, podrá
descargarse también en formato pdf en las páginas web: www.emes.es y www.madrid.org
Una vez cumplimentado, deberá presentarse con la firma del interesado, adjuntando la
documentación requerida, en el plazo que se establezca en la convocatoria.
Las solicitudes irán dirigidas a la Dirección General competente en materia de universidades
y enseñanzas artísticas superiores y podrán presentarse en el registro, ya sea de la
Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades
Autónomas o de Ayuntamientos adheridos al correspondiente Convenio, y en las Oficinas
de Correos y en las Representaciones Diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el
extranjero, de conformidad con el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
En el caso de envío postal, la solicitud y documentación anexa, se presentará en sobre
abierto, con objeto de que en la cabecera de la primera hoja de la solicitud se haga constar
con claridad el nombre de la oficina y la fecha, el lugar, la hora y minuto de su admisión, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 31 del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre,
por el que se aprueba el Reglamento que regula la Prestación de los Servicios Postales. En
el supuesto de presentación por vía telemática, una vez cumplimentada la solicitud, se
enviará a través del Registro Telemático de la Consejería competente en materia de
universidades y enseñanzas artísticas superiores, junto con el resto de la documentación
requerida, la cual se anexará a la misma en formato digital con la suficiente calidad que
permita su correcta visualización; para todo lo cual es necesario disponer de uno de los
certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid que podrá obtenerse a
través de la dirección www.madrid.org, todo ello, de conformidad con lo establecido en la
Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios
Públicos, y demás normativa autonómica aplicable.
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2. El plazo de presentación de las solicitudes será el que se establezca en la
correspondiente convocatoria.
Artículo 7
Documentación a aportar
Los interesados deberán acompañar a su solicitud la documentación siguiente:
a) Fotocopia del DNI o NIE. Previa autorización del solicitante, la Consejería de Educación,
Juventud y Deporte comprobará de oficio la validez del DNI o NIE mediante consulta
telemática al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, no siendo en este caso
necesario aportar este documento y únicamente se deberá consignar el número del DNI o
NIE en el impreso de solicitud. En el caso de solicitantes extranjeros únicamente se podrá
aportar fotocopia del pasaporte en el supuesto de que el interesado no tenga expedido
número de DNI o NIE.
b) Original o copia compulsada, autenticada, cotejada o con código seguro de verificación
vinculado a la Administración Pública, órgano o entidad firmante y que permita, en todo
caso, la comprobación de la integridad del documento mediante el acceso a la Sede
Electrónica correspondiente, de alguno de los siguientes documentos:
— Tarjeta acreditativa del grado de discapacidad.
— Certificado vigente acreditativo de la discapacidad, expedido por el órgano competente
de la Comunidad de Madrid, o por los órganos competentes de cualquier otra
Administración Pública española, en el que se indique el grado de discapacidad. En la
solicitud podrá autorizarse a la Consejería convocante la consulta telemática del grado de
discapacidad del solicitante ante los órganos competentes de la Comunidad de Madrid.
c) En el caso de solicitantes que acrediten su discapacidad por ser pensionistas de la
Seguridad Social que tienen reconocida una pensión de incapacidad permanente en el
grado de total, absoluta o gran invalidez, deberán aportar el original o copia compulsada o
autenticada de la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)
reconociendo la condición de pensionista por incapacidad permanente total, absoluta o gran
invalidez. En la solicitud podrá autorizarse a la Consejería convocante la consulta telemática
del grado de discapacidad del solicitante ante el correspondiente órgano.
d) En el caso de solicitantes que acrediten su discapacidad por ser pensionistas de clases
pasivas que tienen reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad
permanente para el servicio o inutilidad, deberán aportar el original o copia compulsada o
autenticada de la resolución del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas o del
Ministerio de Defensa reconociendo la pensión de jubilación o retiro por incapacidad
permanente para el servicio o inutilidad.
e) Documento acreditativo de la entidad bancaria donde consten los datos bancarios
completos (código IBAN, entidad, sucursal, dígito de control y número de cuenta) del
beneficiario de la ayuda como titular o cotitular de la cuenta.
f) Acreditación mediante declaración responsable, incluida en el modelo de solicitud, de no
encontrarse incurso en los supuestos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003,
General de Subvenciones. La Dirección General competente en materia de universidades y
enseñanzas artísticas superiores solicitará de oficio a las universidades y los centros
superiores de enseñanzas artísticas la acreditación de los requisitos de matriculación de los
solicitantes, así como los datos y certificados que se consideren necesarios para un mejor
seguimiento del procedimiento de adjudicación.
Artículo 8
Comisión de Selección
La evaluación de las solicitudes será realizada por una Comisión de Selección presidida por el
titular de la Dirección General competente en materia de universidades y enseñanzas artísticas
superiores o persona que le sustituya y de la que formarán parte un máximo de dos expertos y dos
funcionarios de dicha Dirección General, uno de los cuales será designado secretario, todos ellos
nombrados por el Director General.
Artículo 9
Funciones de la Comisión de Selección
1. Corresponderá a la Comisión de Selección:
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a) Comprobar que el solicitante reúne los requisitos y su documentación se ajusta a lo
dispuesto en la presente Orden.
b) Resolver las cuestiones que suscite la evaluación de las circunstancias que concurren en
cada solicitante.
c) Proponer la concesión o denegación de las ayudas hasta el límite del crédito
presupuestario disponible para este fin.
2. La Comisión de Selección podrá solicitar de otros órganos administrativos y requerir a los
interesados, aquellos datos complementarios que estime necesarios para el cumplimiento de
su función evaluadora.
Artículo 10
Instrucción
Las solicitudes presentadas serán examinadas por la Dirección General competente en materia de
universidades y enseñanzas artísticas superiores, como órgano instructor del procedimiento,
verificando el cumplimiento de los requisitos exigidos por parte de los solicitantes.
Si la solicitud no reúne los requisitos indicados, el órgano instructor requerirá a los interesados
para que en el plazo de diez días subsanen la falta o acompañen los documentos preceptivos, con
indicación de que, si no lo hicieren, se les tendrá por desistidos de su solicitud, archivándose sin
más trámite.
El requerimiento de subsanación previsto en el párrafo anterior, se realizará a través de resolución
que se publicará en el tablón de anuncios de la Consejería convocante. Asimismo, podrá ser
consultada a través de las páginas: www.emes.es y www.madrid.org
Artículo 11
Determinación de la concesión de las ayudas
1.
Una vez concluido el plazo de subsanación, la Comisión de Selección evaluará las
solicitudes presentadas, así como las alegaciones y/o subsanaciones realizadas por los
interesados.
Procediendo a ordenar a los solicitantes en una sola relación priorizada de mayor a menor
grado de discapacidad, hasta agotar el crédito presupuestario disponible para este fin. Si
fuera necesario establecer un criterio adicional de asignación se tendrá en cuenta la fecha y
hora de entrada de la solicitud en el Registro. Tras lo cual redactará propuesta de resolución
definitiva, especificando los criterios de valoración seguidos para efectuarla.
2. Formulada la Propuesta de Resolución de ayudas por la Comisión de Selección con
expresión de la cuantía, tanto individual como acumulada que aquellas importen, se elevará
por el titular de la Dirección General competente en materia de universidades y enseñanzas
artísticas superiores al titular de la Consejería convocante.
3. El titular de la Consejería convocante resolverá mediante orden la concesión y denegación
de las ayudas, en el plazo de seis meses, contados desde la finalización del plazo de
presentación de solicitudes. La resolución de la convocatoria, que será publicada en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, podrá ser consultada por los
interesados en el Centro de Información y Asesoramiento Universitario (calle Alcalá, número
32, planta baja, Madrid) y en las páginas: www.emes.es y www.madrid.org
4. Si no se hubiera dictado Resolución expresa en el plazo al que se refiere el apartado
anterior, las solicitudes podrán entenderse desestimadas por silencio administrativo, de
conformidad con el artículo 44.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Artículo 12
Pago de las ayudas
Resuelta la convocatoria, la Consejería convocante procederá a efectuar el pago a cada
beneficiario en la cuantía que proceda y sin que esté sujeto a retención alguna.
Los beneficiarios de estas ayudas, quedan exonerados de acreditar el cumplimiento de
obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, por aplicación de lo establecido en el
artículo 3.1.a) de la Orden 2532/1998, de 29 de septiembre, del Consejero de Hacienda.
Artículo 13
Obligaciones de los beneficiarios
La concesión de la ayuda comporta las siguientes obligaciones de los beneficiarios:
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a) Asistir a las actividades lectivas.
b) Poner en conocimiento de la Dirección General competente en materia de universidades y
enseñanzas artísticas superiores cualquier cambio en las circunstancias bajo las que la ayuda fue
concedida. c) Cooperar con la administración educativa en cuantas actividades de inspección y
verificación pueda llevar a cabo.
Artículo 14
Compatibilidad
Estas ayudas son compatibles con otras que por el mismo concepto pudieran concederse por
parte de otras entidades públicas o privadas.
Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión podrá dar lugar a la
modificación de la subvención otorgada.
Artículo 15
Revocación de las ayudas
1. Si con posterioridad a la concesión de la ayuda aparecieran indicios de que el interesado
hubiese ocultado o falseado datos, la Dirección General competente en materia de universidades y
enseñanzas artísticas superiores incoará el procedimiento para la revocación de la ayuda.
2. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que impone la presente Orden, dará lugar a
la revocación de la ayuda concedida, con devolución de las cantidades percibidas y su interés de
demora, previa instrucción para su exigencia del procedimiento que determina la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, y la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad de Madrid.
Artículo 16
Control y seguimiento
1. La Dirección General competente en materia de universidades y enseñanzas artísticas
superiores realizará de oficio las actuaciones que estime necesarias para la determinación,
conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba resolverse la
adjudicación de las ayudas, pudiendo requerir a las universidades y centros de enseñanzas
artísticas superiores correspondientes la comprobación de cuantos datos sean necesarios.
2. La Cámara de Cuentas, la Consejería convocante y la Intervención General de la
Comunidad de Madrid, podrán realizar mediante los procedimientos legales pertinentes las
comprobaciones necesarias respecto del destino y aplicación de los fondos.
3. Los beneficiarios de las ayudas están obligados al sometimiento a las actuaciones de
comprobación a efectuar por la entidad concedente o la entidad colaboradora, en su caso, y
a las de control de la actividad económico-financiera que correspondan a la Intervención
General de la Comunidad de Madrid, Cámara de Cuentas, Tribunal de Cuentas u otros
órganos competentes.
4. En el caso de comisión de infracciones, será de aplicación el régimen sancionador
previsto en la normativa vigente en materia de subvenciones.
Artículo 17
Recurso contra la Orden de bases reguladoras
Contra la Orden por la que se aprueban las bases reguladoras cabe interponer, en el plazo de dos
meses, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de Madrid, contado a partir del día siguiente a su publicación en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Capítulo II Convocatoria
Artículo 18
Convocatoria
Se convocan en régimen de concurrencia competitiva, ayudas destinadas a aquellos estudiantes
con discapacidad igual o superior a 33 por 100 que realicen estudios en las universidades de la
Comunidad de Madrid y centros adscritos a las mismas con sede en la Comunidad de Madrid o
centros de enseñanzas artísticas superiores de la Comunidad de Madrid, durante el curso 20142015, conforme a las bases reguladoras contenidas en el capítulo I.
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Artículo 19
Objeto de la convocatoria
La presente convocatoria tiene por finalidad la de contribuir a hacer efectivo el principio de
igualdad, mediante un sistema de ayudas económicas destinadas a aquellos estudiantes
universitarios y de enseñanzas artísticas superiores desfavorecidos por sus circunstancias físicas,
psíquicas o sensoriales, que cursen estudios en las centros de enseñanzas artísticas superiores o
universidades de la Comunidad de Madrid y centros adscritos a las mismas con sede en la
Comunidad de Madrid.
Artículo 20
Beneficiarios y requisitos generales
Podrán acogerse a las ayudas previstas en la presente convocatoria, aquellos alumnos en los que
concurran las siguientes circunstancias:
a) Tener una discapacidad legalmente reconocida igual o superior al 33 por 100.
b) Estar matriculado durante el curso académico 2014-2015, conforme con lo establecido en el
artículo 5.2 de las bases reguladoras, en una universidad de la Comunidad de Madrid o en un
centro adscrito a la misma cuya sede se encuentre en la Comunidad de Madrid o en un centro
superior de enseñanzas artísticas de la Comunidad de Madrid.
c) Presentar la correspondiente solicitud en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del
siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
d) Presentar, junto con la solicitud, la documentación recogida en el artículo 7 de las bases
reguladoras.
Artículo 21
Cuantía de las ayudas y forma de pago
La determinación de la concesión de las ayudas se realizará por la Comisión de Selección
conforme a los criterios establecidos en el artículo 11 de las bases reguladoras.
La cuantía de la ayuda dependerá del grado reconocido de discapacidad del solicitante, según lo
dispuesto en el artículo 3 de la presente Orden.
Por Orden de la Consejera de Educación, Juventud y Deporte se resolverá la concesión y
denegación de las ayudas, en el plazo de seis meses, contados desde la finalización del plazo de
presentación de solicitudes.
La resolución de la convocatoria, que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, podrá ser consultada por los interesados en el Centro de Información
y Asesoramiento Universitario (calle Alcalá, número 32, planta baja, Madrid) y en las páginas:
www.emes.es y www.madrid.org
Artículo 22
Financiación de las ayudas
El gasto que generen las ayudas, por importe máximo de 225.000 euros, se financiará con cargo
al subconcepto 45200 del programa 322C (Universidades), de los vigentes Presupuestos
Generales de la Comunidad de Madrid.
Artículo 23
Recursos
Contra la presente convocatoria, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso
potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, Juventud y Deporte, en el plazo de un
mes, o bien directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia
de Madrid, en el plazo de dos meses, computados tanto este como aquel a partir del día siguiente
al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
DISPOSICIÓN FINAL
Se faculta a la Dirección General de Universidades e Investigación para dictar los actos necesarios
para el desarrollo, aplicación e interpretación de esta Orden.
Madrid, a 24 de abril de 2015.
La Consejera de Educación, Juventud y Deporte,
LUCÍA FIGAR DE LACALLE
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5. Anuncios.
5.1 Universidad de Alcalá.
5.1.1. Publicados en el BOE
Anuncio de Resolución de la Universidad de Alcalá sobre extravío de título universitario. BOE núm.
111, de 9 de mayo de 2015.
Anuncio de la Universidad de Alcalá por el que se convoca licitación para la adjudicación de los
servicios de asistencia a alumnos con necesidades especiales. BOE núm. 105, de 14 de mayo de
2015.
Anuncio de la Universidad de Alcalá por el que se convoca licitación del suministro, con todos los
servicios necesarios, de la infraestructura Hardware y software necesaria para la implantación,
gestión del cambio y prestación de servicios de centralitas VoIP. BOE núm. 125, de 26 de mayo de
2015.
Anuncio de Resolución de la Universidad de Alcalá sobre extravío de título universitario. BOE núm.
127 de 28 de mayo de 2015.
Anuncio de Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Alcalá sobre extravío de título
universitario. BOE núm. 129, de 30 de mayo de 2015.
Anuncio de Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Alcalá sobre extravío de título
universitario. BOE núm. 129, de 30 de mayo de 2015.
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