EL CENTRO NACIONAL DE AUDITORIA

Bogotá D.C., marzo 17 de 2015.
Señores:
CONDOMINIO LAGOS DEL PEÑON
Ciudad.Asunto: Informe Ejecutivo de Auditoría Externa
En cumplimiento de la disposición de Asamblea General Extraordinaria del Condominio
Lagos del Peñón, efectuada el día 4 de junio de 2014 para la realización de una auditoría
externa integral para los años 2011, 2012 y 2013, de manera atenta presentamos el resumen
de nuestro informe, surgido de las pruebas realizadas.
Durante los meses de octubre y noviembre de 2014, se efectuó trabajo de campo en las
instalaciones del Condominio, que nos permite emitir el informe y algunas recomendaciones
de sencilla aplicación en el proceso contable – administrativo, con el fin de dar adecuado
cumplimiento a los planes y objetivos organizacionales.
Frente a la razón que origina la auditoría, de acuerdo con acta de Asamblea en la que no se
aprobaron los estados financieros de la vigencia fiscal 2013, concluimos que los Estados
Financieros del año 2013, debidamente presentados y certificados por representante Legal y
Contador y dictaminados por la revisoría fiscal, no reflejan aspectos que hagan presumir que
los mismos no presenten razonablemente la situación financiera de la Copropiedad.
Principales hallazgos
o El Contrato para la vigilancia privada no cumple con las normas establecidas por la
Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, generando diferentes riesgos.
o El contrato con la administradora debe ser a término fijo, de acuerdo con los estatutos.
o Las liquidaciones voluntarias que asumió el Condominio como deudor solidario frente a sus
trabajadores, fue propiciada por el incumplimiento de los pagos a una cooperativa, por no
contarse con el flujo de caja necesario en ese momento, las cuales fueron avaladas por los
órganos encargados y se encuentran pagadas en su totalidad.
o Se evaluó el préstamo otorgado por el Dr. Félix Duran al Condominio, con una tasa efectiva
inferior al 1% mensual (Diferente al valor acordado en acta), en momentos en que se debía
cumplir con el contrato de compra de la planta de tratamiento de agua.
o Los estados financieros del momento, junto con las políticas de las entidades bancarias,
hacían difícil una financiación diferente a la adoptada por la copropiedad.
o No obstante, en el reglamento de copropiedad existe prohibición para que los miembros del
Consejo de Administración contraten con la Copropiedad.
o El reglamento de la Copropiedad se refiere a la unidad de caja para administración de los
recursos, por lo cual no se advierte incumplimiento en la ejecución de recursos recaudados
por diferentes conceptos. Tal es el caso de la liquidación de la Inmobiliaria El Peñón, donde
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se recupera un valor cercano a los $160 millones, que podrían ser ejecutados de acuerdo
con necesidades de la Copropiedad.
o Los miembros del Consejo de Administración son beneficiarios de un descuento del 50% de
sus expensas mensuales, de acuerdo con el reglamento de la Copropiedad.
o Los gastos ocasionados por el daño que sufrió el lago por falta de mantenimiento, pusieron
en riesgo la salud, el valor comercial de los inmuebles y la proyección del Condominio.
o La gestión administrativa para recuperación del lago permite que la Copropiedad se
encuentre en crecimiento, generando beneficio para los propietarios. Por información de la
administración la curva de crecimiento ha pasado del 43% a un 70% actual.
o Se evidenció un incumplimiento de los acuerdos de pago autorizados con descuentos de
intereses a copropietarios morosos, que finalmente no son cumplidos.
o Es recomendable hacer un estudio de los cobros proyectados al Hotel Monasterio, (Uno de
los deudores de cartera más alta). De Igual manera, revisar la destinación con documentos
del mismo Hotel.
o El presupuesto de ingresos efectivamente ejecutado es inferior al presupuestado de gastos,
situación que afecta de manera importante el flujo de caja regular.
Otros aspectos observados:
o Se facilitó por parte de la Administración la información y entrega de documentación
necesaria para llevar a cabo nuestra auditoria a cabalidad.
o Las instalaciones físicas donde funciona la Administración del Condominio no son acordes
con las construcciones existentes en el Condominio.
Recomendaciones generales
o Revisar el estatuto en la capacidad de contratación ilimitada del Consejo de Administración.
o Revisión del concepto de unidad de caja expresado en el Reglamento de la Copropiedad.
o Revisión de los descuentos autorizados para los integrantes del Consejo de Administración.
o Revisión de los Contratos de Vigilancia y los de Asesoría Jurídica.
Atentamente,
Carlos Humberto Hernández Nope
Delegado del Centro Nacional de Auditoría Ltda.
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