REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL DESPENSAS PARA FAMILIAS VULNERABLES REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL DESPENSAS PARA FAMILIAS VULNERABLES Para los efectos de las presentes reglas de operación se entenderá por: MUNICIPIO: El Municipio de Valle de Santiago, Gto. AYUNTAMIENTO: El H. Ayuntamiento de Valle de Santiago, Gto. PROGRAMA. El Programa social de apoyo alimentario para familias vulnerables. APOYO ALIMENTARIO. Productos de la canasta básica alimentaria que contribuyan a una nutrición familiar adecuada. BENEFICIARIO O BENEFICIARIA. Las personas o familias en condiciones de vulnerabilidad. REGLAS DE OPERACIÓN: Conjunto de disposiciones o lineamientos que determinan la forma de operar el Programa, de observancia general y obligatoria para todos los participantes en su operación. PERSONAS. Individuos avecindados del Municipio de Valle de Santiago, Gto. OBJETIVOS. General. Contribuir a mejorar el estado nutricional de los sujetos vulnerables de Valle de 1 REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL DESPENSAS PARA FAMILIAS VULNERABLES Santiago, Gto., al otorgarles un apoyo con productos de la canasta básica alimentaria, a fin de mejorar su calidad de vida. Objetivo específico. Contribuir a mitigar problemas de alimentación de las personas en situación vulnerable por su condición de edad, sexo, estado civil, estado de salud, situación económica o social. LINEAMIENTOS. Cobertura. El programa tiene cobertura en cabecera municipal, colonias y comunidades del Municipio, donde habita la población objetivo. Se atenderán en forma prioritaria e integral las carencias de las personas que residan en el Municipio en condiciones vulnerables que les impida el acceso a una adecuada alimentación. El programa estará sujeto a la disponibilidad presupuestal para su operación y su puesta en marcha. Población objetivo. La población objetivo del programa son las personas que residen habitualmente en el Municipio y que se encuentren en condiciones vulnerables, especialmente madres solteras, mujeres en periodo de gestación y/o lactancia, abandonadas, viudas, personas adultas mayores, personas con capacidades diferentes, 2 REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL DESPENSAS PARA FAMILIAS VULNERABLES personas adultas mayores desempleadas, jóvenes desempleados, estudiantes, niños menores de cinco años en desnutrición o en riesgo de estarlo, hogares con menores inscritos en educación básica en escuelas públicas. Criterios y requisitos de elegibilidad Son elegibles aquellas personas que en razón de sus ingresos, no cuenten con recursos suficientes para adquirir los productos alimenticios que requieren para satisfacer sus necesidades alimentarias. Las que previamente podrán ser identificas por: Personal adscrito a las áreas de Desarrollo Social y Rural, Copladem, Educación, Comude, Delegados de Comunidades, Secretaría Particular del Presidente Municipal y Regidores del H. Ayuntamiento, según corresponda. Para acceder al programa deberán cumplirse los siguientes requisitos: A. Solicitar el apoyo del programa de manera personal ante la Secretaría Particular de Presidencia Municipal del Municipio de Valle de Santiago, Gto., y/o a través del personal descrito en el párrafo anterior según corresponda. B. Encontrarse dentro de la población objetivo del programa, lo que podrá acreditar mediante escrito donde manifieste bajo protestad de decir verdad sus condiciones socioeconómicas; y C. Presentar copia de la identificación oficial. Derechos 3 REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL DESPENSAS PARA FAMILIAS VULNERABLES Las personas beneficiadas del Programa tienen derecho a: A. Recibir información y orientación clara, sencilla y oportuna sobre la operación del Programa. B. Recibir atención oportuna a sus solicitudes de apoyo. C. Recibir oportuna y gratuitamente los apoyos y beneficios del Programa. Compromisos Las personas beneficiarias del Programa adquieren el compromiso de destinar el apoyo recibido al mejoramiento de su alimentación. Mecánica de Operación Las solicitudes de apoyo serán recibidas en la Secretaría Particular de Presidencia Municipal para su autorización, la cual deberá traer anexa copia de la identificación de los solicitantes. Programación y Presupuesto. El Presidente Municipal determinará el universo de atención y proyección del programa para el ejercicio fiscal correspondiente y solicitará al Ayuntamiento su inclusión en el Presupuesto de Egresos del Municipio para la operación del programa. Autorizado el presupuesto, la Secretaría Particular integra el expediente técnico y una vez validado, se solicita la liberación del recurso financiero asignado al programa y se inicia el proceso de adquisición. 4 REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL DESPENSAS PARA FAMILIAS VULNERABLES Entrega de apoyos Se entregaran en forma gratuita a las personas o familias seleccionadas por el programa, un paquete con algunos productos de la canasta básica alimentaria, integrado por insumos básicos de contenido nutricional La Secretaria Particular deberá de contar con los listados de la entrega de despensas, debidamente firmados por los beneficiarios. Las despensas NO deberán ser entregadas en casas particulares de funcionarios públicos, líderes o representantes de colonos, delegados, ni en lugares de índole partidista. Las despensas deberán ser trasladadas para su entrega en vehículos asignados a Presidencia Municipal, nunca en alguno que contenga información o calcomanías de partidos políticos o de promociónales. Seguimiento, Control y Auditoría Seguimiento Con el propósito de promover la mejora continua de la operación del Programa, el Presidente Municipal a través de la Tesorería Municipal llevará a cabo el seguimiento del ejercicio del recurso municipal, acciones ejecutadas, resultados y metas alcanzadas. Control y Auditoría Debido al impacto del Programa por las características de su cobertura a nivel 5 REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL DESPENSAS PARA FAMILIAS VULNERABLES municipal, así como por la importancia de los recursos asignados, la Contraloría Municipal se encargará de vigilar que se cumpla con la normatividad aplicable en la materia y en las Reglas vigentes. Transparencia del Programa El Padrón Único de Beneficiarios es el documento que contiene los datos de los beneficiarios así como la firma que acredita que recibieron el apoyo. Acciones de Blindaje Electoral En la operación y ejecución de los recursos municipales y proyectos sujetos a las presentes Reglas de Operación, se deberán observar y atender las medidas de carácter permanente, así como aquellas específicas que sean emitidas de forma previa para los procesos electorales federales, estatales y municipales, y que se deriven de las disposiciones en materia de legalidad y transparencia, con el objeto de garantizar su correcta aplicación. TRANSITORIOS Artículo Primero.- Los presentes lineamientos entraran en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado. Artículo Segundo.- Se derogan todas las disposiciones administrativas de carácter municipal que se hayan emitido con anterioridad, incluyendo acuerdos de ayuntamiento, que se opongan a lo establecido en el presente cuerpo normativo. Artículo Tercero.- En tanto no sean expedidos nuevos lineamientos, se continuarán aplicando los vigentes a la fecha. 6
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