Aquí tienes el Informe de Control y Auditoría

informe
control y
auditoría
interna
2015
INTRODUCCIÓN
Tras las modificaciones introducidas por la Ley Orgánica 3/2015, de 30 de
marzo, de control de la actividad económico-financiera de los Partidos Políticos,
en la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos
políticos, publicada en el BOE el 31 de marzo, la Comisión Ejecutiva Federal, a
través de su Secretario de Organización, ha dado instrucciones a la Gerencia
Federal con el fin de adaptar los procedimientos internos de Control y Gestión a
las nuevas exigencias normativas. Muchas de estas nuevas exigencias
normativas ya estaban aplicándose, por propia iniciativa, en el funcionamiento
interno del PSOE.
La Ley de financiación de partidos políticos implanta la figura del responsable
de la gestión económico-financiera y su comparecencia ante la Comisión
Mixta del Tribunal de Cuentas. A este respecto, el vigente reglamento de la
Comisión Ejecutiva federal del PSOE establece que “el Director Gerente dirige
las estructuras de apoyo funcional, la gestión patrimonial, la gestión de
recursos humanos y la formulación de las cuentas del Partido, con lo
apoderamientos suficientes. Responde ante la Comisión Ejecutiva Federal y, a
petición de ésta, puede participar en sus reuniones y trabajos.”
El Comité Federal, máximo órgano del Partido entre Congresos, aprobará un
“Estatuto del Gerente Federal”, y hará extensiva esta regulación a todos los
responsables económicos y de gestión en los distintos ámbitos del Partido,
tanto autonómicos, como provinciales, así como a los responsables de esta
materia en las fundaciones vinculadas.
INFORME CONTROL Y AUDITORÍA INTERNA 2015
El Partido Socialista ha realizado un esfuerzo importante en cuanto a
publicidad y transparencia se refiere, adelantándose a lo prevenido ahora por
la Ley, que amplía la información económica y contable que, de acuerdo con el
principio de transparencia, los partidos políticos y las fundaciones y entidades
vinculadas o dependientes de ellos han de hacer pública.
En lo que se refiere a la reforma que esta Ley introduce en la Ley Orgánica del
Tribunal de Cuentas, cabe destacar la referencia a que la función fiscalizadora
se extienda a verificar el sometimiento de la actividad económico-financiera del
sector público a los principios de transparencia, sostenibilidad ambiental e
igualdad de género.
La Gerencia de la CEF ha creado la UNIDAD DE CONTROL DE GESTIÓN,
desde la que se viene desarrollando la modelización de un procedimiento que
facilite el análisis de los datos resultantes de los libros, verificando la correcta
actuación sobre los criterios contables que reflejen la imagen fiel, que garantice
los procedimientos internos de la gestión económica administrativa, y que
optimice los recursos disponibles.
ACCIONES Y METODOLOGÍA DE LA UNIDAD DE CONTROL DE GESTIÓN
PARA EL EJERCICIO 2015
Siguiendo el protocolo establecido, la acción verificadora y de control se
establece para la Unidad de Control de Gestión para el ejercicio 2015 sobre
dos aspectos que permiten estructurar la acción de la gestión de control interno
de manera diferencial:
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1. Sobre el conjunto de métodos y procedimientos
Establece los procedimientos y estándares de actuación, comprende
los planes de la organización y los métodos existentes que permiten
establecer y transmitir las políticas en materia administrativa y de gestión
desde la Gerencia al resto de la organización, se definen los principios
de actuación contemplados en la actual normativa vigente, aportando los
mecanismos de auditoría interna que permitan un mejor análisis y
evaluación de los recursos, al tiempo que faciliten la acción fiscalizadora
del Tribunal de Cuentas, incorporando a las cuentas del partido los
principios de transparencia y publicidad de sus cuentas.
-
De
Carácter
Patrimonial.
Se
establece
como
prioritaria
la
Incorporación de activos al inventario de bienes inmuebles.
- Se fija como obligatoria la Implantación del presupuesto anual, para
el ámbito de las Federaciones Territoriales y CEF, incorporando criterios
de control presupuestario, labor que realizará la propia Unidad de
Control de Gestión.
-Principales hitos ejercidos sobre la gestión presupuestaria:
•
Análisis del gasto con criterios de orden y fiabilidad en la
ejecución y mejora de ratios.
•
Análisis de los ingresos con ajustes técnicos buscando la
reducción de los recursos procedentes de la financiación externa,
y del coste financiero.
- Se facilitará la aplicación de criterios y metodología aplicables que
mejoren la gestión de los recursos lo que permitirá continuar la
reducción del gasto, con especial atención a los que, por su volumen o
por su rigidez apalancan el balance:
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•
Adecuación de los costes salariales a las posibilidades de cada
nivel de la organización
•
Reducción de la deuda
•
Reducción de los costes financieros
- Se establecerán criterios objetivos para la ejecución e intervención
rápida, en el caso de que la CEF así lo estime, sobre la actividad
económica de cualquier unidad de gestión del partido, a tenor de las
atribuciones contempladas en los Estatutos Federales del Partido
- Se hará un especial seguimiento sobre el cumplimiento de las
obligaciones fiscales, tributarias y obligaciones de pago con las
administraciones de carácter local, autonómico y/o estatal.
- Se finalizará la implantación de la gestión centralizada de RRHH, lo
que permite un control sobe las plantillas y recursos del conjunto de la
organización.
-Se publicará en la página Web del Partido toda la información
económica que se considere relevante.
2. Sobre la actividad económico financiera y contable.
La Unidad de Control de Gestión analizará y valorará las actuaciones en
materia económica, financiera y contable, verificando la fiabilidad de las
anotaciones en libros, estableciendo puntos sensibles de análisis y
sometiendo a control la evolución de las variables relevantes del
balance.
En particular, durante 2015 se procederá a la puesta en marcha de:
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•
Un sistema de gestión de contabilidades de Federaciones y
Agrupaciones Locales a través de una aplicación informática
única.
•
Unificación de criterios contables, siguiendo las recomendaciones
del Tribunal de Cuentas recogidas en los informes auditores
•
Identificación de valoración de los activos inmuebles – suelo –
vuelo- y amortización contable
•
Instrucciones precisas y recordatorios permanentes, conforme a
la legalidad vigente, tanto a la organización como las entidades
financieras colaboradoras, sobre el tratamiento administrativocontable de las partidas correspondientes a donaciones de
personas físicas y jurídicas, en especial en lo relativo a la cuantía,
e identificación del afiliado y/o donante.
•
Observancia del cumplimiento normativo en materia de cuotas de
afiliados, donaciones y aportaciones, en cumplimiento con la
obligatoriedad de identificación del donante y/o afiliado y con los
límites de cuantía establecidos en la Ley. Tal y como previene la
Ley, las aportaciones efectuadas al Partido por parte de personas
no afiliadas que tengan la condición de electos, de altos cargos de
todas las Administraciones Públicas o del Sector Público Estatal,
Autonómico y Local, se consideran a todos los efectos
aportaciones
de
afiliados
cuando
así
lo
manifiesten
los
aportantes.Se circunscribe a afiliados la posibilidad de abonar
cuotas y aportaciones al partido, excluyendo a adheridos y
simpatizantes, cuyas aportaciones tendrán la consideración de
donaciones.
•
En cumplimiento de lo previsto por la Ley Orgánica de control de
la actividad económico financiera de los Partidos Políticos, se
establecen los mecanismos internos necesarios para regular el
cauce a través del cual han de realizarse las donaciones, la
recepción de éstas mediante mecanismos de financiación
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participativa, la previsión de supuestos de devolución de
donaciones indebidas y de ingreso en el Tesoro; con especial
observancia a la prohibición de donaciones a los partidos políticos
procedentes de personas jurídicas y de condonaciones de deuda
por entidades de crédito.
•
El Comité Federal, máximo órgano del Partido entre congresos,
es el responsable de la aprobación de los presupuestos del
Partido, tal y como establece el artículo 7 p) de su Reglamento.
PROCESOS ELECTORALES 2015
Se han establecido límites de gasto y control, implantando criterios de
austeridad de gasto sobre los presupuestos para actividades propias y de
campañas. Esta práctica habitual del PSOE se ve refrendada por el reciente
cambio normativo en esta materia, que establece que el Tribunal de
Cuentas, cuando sea competente en la fiscalización del proceso electoral
convocado, comunicará en la forma en que se determine la cifra máxima
individualizada de gasto electoral correspondiente a cada una de las
formaciones políticas concurrentes con representación en el Congreso de
los Diputados, inmediatamente después de que el acuerdo de proclamación
de candidaturas sea firme. Además, remitirá la relación de las cifras
máximas de gasto electoral de estas formaciones a la Junta Electoral
competente a los efectos de que sean la referencia, si procediere, para el
cálculo de las sanciones previstas en la ley.
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RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN
Los procedimientos de contratación del partido Socialista se ajustarán a los
principios de publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad,
igualdad y no discriminación sin perjuicio del respeto a la autonomía de la
voluntad y de la confidencialidad cuando sea procedente. Para ello, el
PSOE elaborará, aprobará y publicará en su página Web unas instrucciones
internas en materia de contratación que se adecuarán a lo previsto en el
apartado anterior.
PREVISIONES PARA 2015
- Durante el ejercicio 2015 se procederá al estudio y planificación del
proyecto de gestión integrada para la consolidación contable y
administrativa de toda la estructura del Partido. En cumplimiento de la
normativa vigente que indica que aquellos partidos políticos que tengan
reconocida en sus estatutos autonomía de gestión económica a sus
asambleas locales dispondrán de un plazo de un año desde la entrada en
vigor de la Ley Orgánica 3/2015, de 30 de marzo, de control de la actividad
económico-financiera de los Partidos Políticos, para hacer efectiva la
consolidación de las cuentas de nivel local.
- Definición de los procedimientos de gestión que definan la nueva
estructura administrativa:
•
Agrupamiento y consolidación de las estructuras administrativas de
las Agrupaciones Locales en el ámbito Provincial, para lo que se
creará la figura del administrador provincial.
•
Reducción de costes de funcionamiento, como consecuencia del
agrupamiento administrativo, en el ámbito de la gestión y del control
de la actividad y de la tesorería.
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