intendencia de montevideo departamento de desarrollo ambiental

INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO AMBIENTAL
DIVISION SANEAMIENTO
SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE SANEAMIENTO
LICITACION PÚBLICA
Nº 559/2015
“SERVICIOS DE LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO DE LA RED DE
ALCANTARILLADO DE UNA ZONA DE MONTEVIDEO
(AREAS 7 y 8)”
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO AMBIENTAL
DIVISION SANEAMIENTO
SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE SANEAMIENTO
LICITACION PÚBLICA Nº 559/2015
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
“SERVICIOS DE LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO DE LA RED DE
ALCANTARILLADO DE UNA ZONA DE MONTEVIDEO
(AREAS 7 y 8) ”.
Capítulo I: DISPOSICIONES GENERALES.
ART. 1.
REPARTICIÓN DEPARTAMENTAL A CARGO
La repartición Departamental a cargo del objeto del presente llamado es el Servicio de
Operación y Mantenimiento de Saneamiento sito en Lucas Píriz 2357/9.
ART. 2.
Art 2.1.
OBJETO DEL CONTRATO Y ACLARACIONES.
OBJETO.
El presente Pliego tiene por objeto establecer las bases y condiciones particulares que regirán
la contratación de los servicios de limpieza, mantenimiento y reparación de dos zonas de
alcantarillado definida por la Intendencia de Montevideo (IM) y otros definidos para cualquier
zona alcanzada por redes de saneamiento del Departamento de Montevideo.
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Art. 2.1.
ACLARACIONES.
El Contratista deberá tener presente que la Licitación se refiere, dentro de la zona definida, a
todas las redes de alcantarillado de propiedad municipal existentes y a las que pudiesen
construirse y recibirse definitivamente de modo oficial dentro del plazo del Contrato. Se incluyen
todos los colectores, cámaras y demás elementos componentes de la red, existentes tanto en
calzada como en aceras y/o en propiedades privadas en espacios de uso público, como ser
bocas de tormenta y sus conexiones y las acometidas domiciliarias (desde el sifón desconector
inclusive), los colectores, interceptores, etc, salvo especificación expresa en contrario.
Dado que los trabajos de este PCP requieren una atención continua, debido al tipo de
problemática que atiende, los únicos días en los cuales solo existirá Servicio de Emergencia
serán según definición del Art. 39.4. El plan de trabajo de la empresa deberá contemplar esta
situación y asegurar que no exista disminución alguna en los recursos en los restantes días del
año.
Art. 2.2.
ALCANCE DE LOS TRABAJOS.
El contrato contará con dos etapas claramente diferenciadas, en la primera etapa se realizará
un Diagnóstico exhaustivo de todos los elementos componentes de la red y a partir de éste se
efectuarán todos los trabajos de limpieza y reparación necesarios a fin de dejar la red en
correcto estado de funcionamiento y conservación.
Posteriormente en la segunda etapa se realizará el mantenimiento de los elementos según los
niveles de limpieza definidos en este Pliego de Condiciones Particulares (en adelante PCP)
según el Art. 44. También se deberán realizar todos los trabajos de reparación que surjan de
las inspecciones de seguimiento (Art. 2.2.1.2) realizadas durante esta etapa.
Ambas etapas se realizarán por sub-zonas previamente definidas, por dicho motivo se deberán
comenzar los trabajos de limpieza y reparación inmediatamente terminado el Diagnóstico de
cada sub-zona.
El área de trabajo se define como el límite correspondiente al área del Departamento de
Montevideo atendida con red pública de colectores, básicamente en el área definida en los
planos adjuntos.
El Contrato incluirá las siguientes modalidades:
Art. 2.2.1.
Trabajos de Inspección
Diagnóstico
Se realizará un relevamiento y evaluación de todo el sistema de colectores según descripción
indicada en el Art.39.1 de este PCP. Estos trabajos tendrán por objeto determinar los elementos
a ser reparados y/o limpiados.
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Se ubicarán y relevarán todos los accesos y bocas de tormenta pertenecientes a la red, estén o
no en el catastro técnico suministrado por la IM. Dicha información será posteriormente
entregada a la IM según el Art. 45, incluyendo la información que faltare.
La inspección de toda el área deberá estar culminada en el término de 12 (doce) meses
calendario de perfeccionado el Contrato. Asimismo los trabajos en cada sub-zona no podrán
realizarse en más de 3 (tres) meses. Se deberán entregar informes parciales que permitan
definir los trabajos a realizar y su cronograma por sub-zona, según lo especificado en el
Art.39.1.
La certificación del diagnóstico está incluida en el rubro “Administración del Contrato” (Ver
Art.68).
Inspección de seguimiento
Luego de finalizada la limpieza y reparación de la zona, según lo determinado durante la etapa
de diagnóstico y aprobado por la Dirección de Obra, se deberá realizar en forma continua y
sistemática inspecciones de la red, informando en forma mensual los trabajos realizados, según
descripción indicada en el Art. 39.1. La certificación de estos trabajos, está incluida en el rubro
“Administración del Contrato” (Ver Art.68).
Esta tarea tiene como objeto monitorear la red de alcantarillado definida en este PCP y poder
determinar nuevas limpiezas programadas a fin de mantener el sistema en buen estado de
mantenimiento. Las tareas de inspección pueden evidenciar nuevos problemas de conservación
(no relevados durante el Diagnóstico) que impliquen nuevos trabajos de reparación.
Las tareas antes referidas se realizarán por sub-zonas. Luego de inspeccionada cada una de
éstas, la empresa confeccionará un cronograma de trabajo, donde se contemplen las tareas de
limpieza y reparación necesarias, el cual deberá ser aprobado por la Dirección de Obra.
Art. 2.2.2.
Trabajos de Limpieza Programada
La limpieza programada del sistema surgirá de las inspecciones realizas y tendrán como fin
cumplir con los niveles de limpieza estipulados en el Art. 44 ó por indicación expresa de la
Dirección de Obra. Estos trabajos serán de tipo preventivo por estado del elemento y ocuparán
como mínimo un turno permanente de los Recursos Humano y Materiales a tales efectos.
Limpieza Programada de Colectores
A partir de las inspecciones definidas en el Art. 2.2.1 durante el transcurso del contrato, se
definirán el o los tramos de colector donde se realizarán trabajos de limpieza.
La limpieza se realizará por subzonas previamente definidas por la IM. En cada una de éstas se
procederá a limpiar los colectores que sean necesarios según los Niveles de Limpieza de este
PCP (Art. 44) o los que a juicio de la Dirección de Obra ameriten ser limpiados.
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El pago de las limpiezas realizadas en colectores en forma programada se realizará por metro
de colector considerando el tramo completo (Ver 68. Se define tramo como la longitud existente
entre dos puntos singulares del colector.
En el Art. 39.2, se definen los criterios a utilizar en la limpieza de colectores.
Limpieza Interceptores
La limpieza de los Interceptores será realizada en toda la extensión tanto de los tramos
incluidos o no en la zona y en aquellos mencionados expresamente en el Anexo III.
La limpieza de estos elementos se deberá finalizar en los primeros 12 (doce) meses del
contrato según los criterios definidos en el Art. 39.2.2. Se pagará dicha limpieza por tonelada
de sedimento extraído (Ver Art. 68).
Luego de finalizada esta primera limpieza, de forma de cumplir las condiciones estipuladas en
este PCP, se deberá realizar una inspección mensual a fin de evaluar el estado de
mantenimiento y definir la necesidad de realizar nuevas limpiezas. Dichas limpiezas también se
pagarán por precio unitario de tonelada de sedimento extraído (ver Art. 39.2.2 y Art. 68).
Art. 2.2.3.
Atención de reclamos
La empresa Contratista deberá realizar a partir del inicio del contrato todos los trabajos de
limpieza y/o desobstrucción de elementos del sistema que sean denunciados por problemas de
funcionamiento. Los reclamos llegarán vía la interface con el Sistema Único de Reclamos
(SUR), fax, e-mail o cualquier otra forma de comunicación estipulada con la Dirección de Obra.
Los trabajos se realizarán según lo indicado en el Art. 39.3 y se pagarán por precio unitario
según rubrado (Ver Art.68).
Dentro de estos trabajos se encuentran los Trabajos de Emergencia los cuales se realizarán
según lo indicado en el Art.39.4 y se pagarán por precio unitario según lo indicado en este PCP
(Ver Art. 68).
Será responsabilidad de la empresa mantener la información en el SUR actualizada con la más
completa información con que se cuente según criterios acordados con la Dirección de Obra.
A los efectos de la certificación de la liquidación de los trabajos mensuales realizados, sólo se
aceptarán aquellos que se encuentren debidamente reportados en el Sistema Único de
Reclamos.
La atención de Reclamos, sobretodo en momentos de lluvias intensas requiere disponer de
personal y equipamiento adicional, lo que deberá ser previsto en su dimensionado por el
Contratista.
Art. 2.2.4.
Trabajos de Reparación
Serán las actividades destinadas a solucionar situaciones que se presenten durante el decurso
del Contrato y no permitan el correcto funcionamiento de las redes. Se incluyen en listado no
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exhaustivo, hundimientos en colectores, tapas faltantes, roturas de planchas de bocas de
tormenta, roturas de tapas y rejillas, así como de cualquiera de los demás elementos que
forman parte de la red.
Estos trabajos se certificarán y pagarán por precios unitarios, de acuerdo con los diferentes
rubros (Ver Art. 68) establecidos en el Formulario Propuesta.
El contrato está previsto para la ejecución de Reparaciones de Colectores, Conexiones,
Registros, etc. existentes y no para la realización de colectores nuevos, salvo extensiones
menores de algún tramo de colector que pueda estar asociado a la realización de conexión
nueva.
Art. 2.2.5.
Construcción de nuevas conexiones domiciliarias.
Serán los trabajos correspondientes a la ejecución de nuevas conexiones domiciliarias a la red
de colectores. Se realizarán por indicación de la Dirección de la Obra.
Estos trabajos se certificarán y pagarán por precios unitarios, de acuerdo con los diferentes
rubros (Ver Art. 68) establecidos en el Formulario Propuesta.
Art. 2.2.6.
Construcción de Bocas de Tormenta
Serán los trabajos correspondientes a la ejecución de Construcción de Bocas de Tormenta. Se
realizarán por indicación de la Dirección de la Obra.
Estos trabajos se certificarán y pagarán por precios unitarios, de acuerdo con los diferentes
rubros (Ver Art. 68) establecidos en el Formulario Propuesta.
ART. 3.
DEFINICIONES.
En los Documentos de la Licitación y el Contrato, las palabras y expresiones que a continuación
se indican tendrán los significados que aquí se les asigna, con excepción de aquellos casos en
que el contexto lo exija de otro modo:
•
Contratante, Administración o Propietario: significa la Intendencia de
Montevideo, representada en este caso por el Director de Obra (o
eventualmente otro que se designe en su lugar).
•
Contratista: proponente cuya oferta ha sido aceptada por el Contratante y
que ha suscrito con éste el correspondiente Contrato.
•
Subcontratista: cualquier persona física o jurídica, empresa o consorcio que,
con el consentimiento del Contratante, tenga un contrato con el Contratista
para la ejecución o suministro de alguna parte de la obra o trabajos.
•
Licitante, Oferente, Proponente o simplemente Empresa: la persona física o
jurídica, empresa o consorcio, que presente una oferta para ejecutar la obra,
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de conformidad con los Documentos de Licitación, obrando por sí o por
medio de sus representantes.
•
Adjudicatario: oferente que haya sido notificado de la aceptación de su oferta
por el Contratante.
•
Representante Técnico: Ingeniero Civil designado por el Adjudicatario según
las especificaciones del este PCP y aprobado por el Propietario.
•
Director de Obra o Director de los Trabajos: cualquier Ingeniero Civil
designado por el Propietario (y notificado por escrito al Contratista) para
actuar como director para el propósito de este Contrato
•
Contrato: conjunto de obligaciones formalizado entre el Contratante y el
Contratista para la ejecución de las tareas de rehabilitación inicial,
mantenimiento, conservación, y demás actividades conexas descritas en las
presentes bases.
•
Documentos que forman parte del marco jurídico del Contrato: Documentos
de la Licitación, según se detallan en el Art. 8 de este Pliego, Oferta del
Adjudicatario, garantía de fiel cumplimiento de contrato, planos y
especificaciones, consultas y respuestas que se realicen de acuerdo al Art.
13 del presente Pliego de Condiciones Particulares.
•
Precio contratado: significa el precio pagadero al Contratista de conformidad
con el Contrato, a cambio del debido y pleno cumplimiento de sus
obligaciones.
•
Obra: se refiere con criterio general a los trabajos de construcción, limpieza,
mantenimiento y conservación y a todos aquéllos definidos en este Pliego de
Condiciones Generales.
•
Colector: tramo de tubería circular entre dos puntos notables (accesibles o
no), con definición de posición en ambos extremos (x,y,z) en coordenadas
asociadas a los sistemas de referencia de la Intendencia de Montevideo, en
espacios públicos.
•
Colector Interno: Idéntica definición que el caso anterior, para elementos que
se encuentran ubicados en espacios privados de uso público y con libre
acceso.
•
Conexión: tramo de tubería que une un predio de uso privado, a efectos de
su saneamiento y que se une a un Colector o Colector Interno, presentando
una cámara al final de las instalaciones internas y a menos de 1,5 mts del
límite con el espacio de uso público como único punto de acometida para su
conservación, mantenimiento y desobstrucción.
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•
Planos: significa los documentos gráficos a que hace referencia este Pliego
de Condiciones Generales y que forman parte de los recaudos, así como sus
modificaciones posteriores que apruebe por escrito la Dirección de Obra.
•
Plazos: cuando no se establezca expresamente lo contrario, los plazos
indicados en los Documentos de la Licitación se computarán en días
calendario.
•
Limpieza, mantenimiento y conservación: conjunto de actividades de
acondicionamiento y reparación, destinadas a permitir el correcto
funcionamiento hidráulico de los diferentes componentes de la red de
colectores y a prevenir daños, asegurar su estabilidad estructural y
estanqueidad o a reparar defectos determinados y concretos.
•
Hundimiento: rotura y/o fisuración de caños colectores, conexiones
domiciliarias y/o registros (cámaras de inspección y pozos de bajada),
ocasionando oquedades que puedan generar fuga de materiales en el
entorno de la red de saneamiento o problemas estructurales.
•
Emergencia: daño imprevisto o situación de riesgo que experimentan los
componentes de la red por obra de las fuerzas de la naturaleza o de la
intervención humana, que obstaculiza o impide su normal uso.
•
Módulo de un número: entero más próximo.
ART. 4.
Art. 4.1.
PLAZOS DEL CONTRATO.
Plazo del Contrato
El plazo de contratación de los servicios licitados es de 3 (tres) años contados a partir de la
fecha de inicio del contrato de acuerdo a lo establecido en el Art. 4.2 pudiéndose prorrogar, por
2 (dos) años más, de común acuerdo entre las partes, previa resolución expresa de la
Intendencia de Montevideo.
En caso de no existir acuerdo, por parte de la Empresa contratada en la aprobación de la
prórroga, estará obligada a continuar con los trabajos adjudicados, por un período máximo de
doce (12) meses a partir del vencimiento del plazo contractual.
En todos los casos las obligaciones contractuales deberán seguir prestándose en las mismas
condiciones técnicas y económicas, ajustándose los precios exclusivamente por la fórmula
paramétrica del Art. 70.
Si por circunstancias debidamente justificadas, cualquiera de ambas partes considera
conveniente la cancelación del Contrato antes de finalizar los períodos indicados anteriormente,
deberá comunicarlo a la otra con un mínimo de 6 (seis) meses de antelación, sin perjuicio de
las responsabilidades y obligaciones contractuales.
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En caso de que sea el Contratista el que proponga la cancelación, la Intendencia de
Montevideo resolverá libremente sobre su aceptación y en caso positivo, determinará si
corresponde la pérdida del depósito de garantía de fiel cumplimiento de contrato.
Art. 4.2.
Plazo de inicio y parcial de los trabajos.
Los trabajos deberán iniciarse dentro de los 30 (treinta) días calendario de perfeccionado el
Contrato. En caso de dificultades para contar con el servicio en ese lapso con todo el
equipamiento, maquinaria y vehículos comprometidos, el Contratista podrá solicitar una
prórroga a la Dirección de Obra del Contrato, 10 (diez) días antes de su vencimiento. La
Dirección de Obra comunicará dentro de las 48 horas de recibida la solicitud, la aceptación de
la misma. La prórroga no podrá superar los 120 (ciento veinte) días calendario (llevando el
plazo total de inicio a un máximo de 150 días). La petición podrá ser realizada una única vez y
deberá ir acompañada de toda la documentación que pruebe su necesidad ineludible, no
admitiéndose ninguna reiteración una vez aceptada por la Intendencia de Montevideo.
Durante el lapso antes mencionado el contratista realizará el relevamiento de diagnóstico,
donde detallará el estado de la infraestructura objeto del contrato, materializándose el mismo en
informe a ser presentado a la Dirección de Obra. El mismo contará con información como
mínimo a:
•
Estado general de limpieza, indicando en distancia no mayor a 100 m,
depósitos de material existente, su altura respecto al zampeado y estimación
de volumen.
•
Relevamiento visual con indicación de estado de estructuras de hormigón de
los perfiles y colectores visitables. Se estimará alcance del daño, su
ubicación, área afectada y profundidad aparente del daño.
•
Bocas de tormenta, indicando estado de conservación y limpieza.
•
Elementos de acceso existentes con indicación de estado.
•
El relevamiento se presentará con la debida información de ubicación en
coordenadas x e y en Sistema de Información Geográfica de la IM (UTM –
Universal Transverse Mercator sistema utilizado por GPSs convencionales y
por ejemplo sistemas como Google Earth)
Una vez comenzados los trabajos deberán desarrollarse de manera que al cumplirse 180
(ciento ochenta) días calendario de iniciados se haya alcanzado los niveles de servicio exigidos
(Art. 44) pues de lo contrario, a partir de ese momento, serán de aplicación los descuentos en
los pagos mensuales previstos en el Art. 63 y eventualmente, la multa indicada en el Art. 58.2.
También en ese plazo deberá haberse completado el relevamiento de los metrajes de interés
para los pagos de los diferentes rubros (Art. 39.1 y Art 39.2)
La empresa Adjudicataria deberá presentar a la Dirección de Obra de la Intendencia de
Montevideo dentro de los 15 días siguientes a la fecha de perfeccionado el Contrato, la
documentación que acredite la disponibilidad en los plazos previstos de los equipos a utilizar.
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La presentación establecerá concretamente la fecha de recepción de los mismos y los tiempos
asociados a que el mismo esté operativo al cien por ciento de su capacidad.
El incumplimiento en la entrega de tal documentación implicará las sanciones estipuladas en el
Capítulo V.
ART. 5.
ZONA DE DESARROLLO DE LOS TRABAJOS.
El límite a que se refieren los Arts. 14 del PGCOA y 80 del PCGCO coincidirán con el
correspondiente al área del Departamento de Montevideo atendida con red pública de
colectores.
Independientemente de ello, se define en el presente PCP un área de la Ciudad de Montevideo,
donde la gestión integral del Saneamiento del área, estará a cargo exclusivo de la Contratista.
(Ver Anexo III)
ART. 6.
AMPLIACIONES Y REDUCCIONES DEL CONTRATO —
AUMENTO O DISMINUCION EN LA CANTIDAD DE LOS
TRABAJOS — IMPREVISTOS.
La Intendencia de Montevideo podrá:
•
Ampliar o reducir el área de desarrollo de los servicios contratados, de
acuerdo con lo establecido en el Art. 15 del Pliego Único de Bases y
Condiciones Generales para los Contratos de Suministros y Servicios no
Personales y los Arts. 80 y 81 del PCGCO.
•
Aumentar o disminuir las cantidades de determinados trabajos especificados
en el rubrado, en las condiciones del Art. 14 del PGCOA y parcialmente de
los Arts. 81 y 83 del PCGCO. Estos últimos se consideran modificados en el
sentido de que no regirán los porcentajes allí establecidos, pues el Director
de Obra podrá variar en más o menos la cantidad de unidades a ejecutar de
los diferentes rubros, e inclusive suprimir algunos totalmente, sin derecho a
reclamo e indemnización alguna por parte del Contratista.
•
Indicar trabajos extraordinarios o imprevistos, en las condiciones del Art. 84
del PCGCO, estableciéndose en un 15% (quince por ciento) el porcentaje
correspondiente.
ART. 7.
SUBCONTRATOS.
El Contratista solicitará por escrito el consentimiento de la Intendencia de Montevideo de todos
los subcontratos que adjudique en virtud del Contrato. En cualquier caso la subcontratación no
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lo eximirá de ninguna de sus responsabilidades y obligaciones, por lo que serán de su exclusiva
responsabilidad los actos, hechos, faltas y negligencias del subcontratista.
En particular atenderá todo lo dispuesto en las leyes de tercerizaciones (18.098 y 18.099 en
concordancia con la ley 18.251) y se compromete al cumplimiento de todo lo dispuesto, en
particular a la entrega de la información solicitada por estas a efectos del seguimiento mensual
por parte de la Administración.
ART. 8.
DOCUMENTOS DE LA LICITACION.
Los Documentos de la Licitación contienen una descripción de los bienes y servicios que se
requieren, los procedimientos de licitación y las condiciones contractuales:
•
Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de
Suministros y Servicios no Personales (Art. 47 del Texto Ordenado de la Ley
de Contabilidad y Administración Financiera, TOCAF).
•
Pliego de Condiciones Generales para la Construcción de Obras (en
adelante PCGCO) correspondiente al Capítulo I, del Título II De las
Licitaciones para la Construcción de Obras del Volumen VIII Contratos de la
Administración del Digesto Departamental.
•
Pliego General de Condiciones para Obras de Alcantarillado (en adelante
PGCOA), correspondiente al Capítulo VIIII, del Título II De las Licitaciones
para la Construcción de Obras del Volumen VIII Contratos de la
Administración del Digesto Departamental..
•
Pliego General de Condiciones para la Construcción de Pavimentos de
Hormigón (en adelante PGCCPH), correspondiente al Capítulo II, del Título II
De las Licitaciones para la Construcción de Obras del Volumen VIII Contratos
de la Administración del Digesto Departamental
•
Pliego General de Condiciones para la Ejecución de Mezclas Asfálticas en
Caliente (en adelante PGCEMAC), correspondiente al Capítulo III, del Título
II De las Licitaciones para la Construcción de Obras del Volumen VIII
Contratos de la Administración del Digesto Departamental
•
Pliego General de Condiciones Generales para la Construcción de
Pavimentos Económicos con Base de Tosca y con Carpeta de Pedregullo,
correspondiente al Capítulo IV, del Título II De las Licitaciones para la
Construcción de Obras del Volumen VIII Contratos de la Administración del
Digesto Departamental
•
Pliego General de Condiciones Generales para la Construcción de Firmes de
Tosca, correspondiente al Capítulo V, del Título II De las Licitaciones para la
Construcción de Obras del Volumen VIII Contratos de la Administración del
Digesto Departamental
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•
Pliego General de Condiciones para la Construcción de Veredas (en adelante
PGCCV), correspondiente al Capítulo VI, del Título II De las Licitaciones para
la Construcción de Obras del Volumen VIII Contratos de la Administración del
Digesto Departamental
•
Pliego de Condiciones Generales para la Construcción de Alcantarillas y
demás Obras de Arte de Hormigón y Hormigón Armado, correspondiente al
Capítulo IX, del Título II De las Licitaciones para la Construcción de Obras
del Volumen VIII Contratos de la Administración del Digesto Departamental
•
Normas UNIT 1114:2007, 1115:2007 y 1125:2007, de acuerdo a lo
establecido en la Resolución Nº 1821/12, en lo referente a elementos de
Señalización para su utilización en obras y eventos en la vía pública y las
modificaciones en el Capítulo Único, Título VI “De la señalización de obras en
la vía pública”, Parte Reglamentaria, Libro IV “Del tránsito público” del
Volumen V “Tránsito y Transporte” del Digesto.
•
Indicaciones de documento correspondiente a Presentación de Proyectos
ante el Servicio de Estudios y Proyectos de Saneamiento. En particular el
capítulo 2 Criterios de Diseño.
•
y demás pliegos que puedan ser de aplicación de la División Vialidad y
Alumbrado Público del Departamento de Acondicionamiento Urbano.
•
Títulos II y III, “De las Remociones en la Vía Pública”, del Volumen VII del
Digesto Municipal -“De las Obras”-.
•
El presente Pliego de Condiciones Particulares (en adelante PCP).
Serán también de aplicación para la realización de los trabajos las órdenes e instrucciones que
diere el Director de Obra.
ART. 9.
PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTAS
Las ofertas deberán mantenerse por un plazo mínimo de ciento veinte (120) días calendarios
contados a partir del día siguiente al acto de apertura.
ART. 10.
CONTRADICCION ENTRE RECAUDOS.
Cuando no exista una estricta correspondencia entre las disposiciones de los Pliegos y Normas
citados y este PCP, se tomará como válido lo establecido en este último, considerándose
modificadas las estipulaciones de los primeros.
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Capítulo II: PRESENTACION DE PROPUESTAS.
ART. 11.
DOCUMENTACION E INFORMACION NECESARIA.
Las propuestas serán redactadas en idioma español, escritas en forma mecanografiada,
debidamente firmadas por el representante de la empresa, foliadas en el margen inferior
izquierdo de la misma, y se presentarán en dos vías (original y copia), con excepción del
material gráfico que la empresa suministre, el cual podrá ser presentado en una sola vía.
Las ofertas podrán presentarse personalmente en el Servicio de Compras, o enviarse por
correo contra recibo, o por FAX (19501915), no siendo de recibo si llegaren con posterioridad a
la hora dispuesta para el comienzo del acto de apertura. Las ofertas que se presenten antes del
acto de apertura, deberán dejarse en el buzón en el día correspondiente a la apertura.
Las ofertas y los sobres deberán venir correctamente identificados con nombre del oferente,
número proveedor y/o número de R.U.T., tipo y número de licitación, fecha y hora de apertura.
Los Oferentes deberán presentar su propuesta en el lugar, día y hora que se indique en la
convocatoria y en estricto acuerdo al formulario propuesta, planillas y cuadros que integran este
PCP, con las aclaraciones que se indican en los Art. 16 y Art. 17, en dos sobres cerrados
perfectamente identificados que se rotularán:
SOBRE Nº I: Información de la Empresa y Oferta Técnica y Metodológica.
SOBRE Nº II: Formulario Propuesta.
Toda la documentación contenida en ellos deberá contar de original y copia (en número que se
indica más adelante) y estar perfectamente foliada, considerándose la información del primero
como prevaleciente sobre la de las segundas en caso de discrepancias. No podrán existir
textos entrelineados, raspaduras ni tachaduras, salvo cuando resultara imprescindible para
corregir errores, en cuyo caso las enmiendas deberán ser perfectamente salvadas. La oferta en
papel será también presentada en CD conteniendo toda la oferta en archivos pdf. La memoria,
las planillas indicadas en los distintos Anexos al igual que los Cuadros y la Planilla de Rubros y
Metrajes serán presentadas además en archivos editables del tipo Word, Excel o similar.
Todas las fojas del original deberán estar firmadas por el representante del Licitante, quien a su
vez firmará junto a las eventuales correcciones que pudieran existir.
La persona que entregue la Oferta deberá exhibir su Cédula de Identidad y presentar adjunto a
ella la documentación exigida a continuación, la que deberá estar fuera de los sobres para
permitir su control.
A) Documentación obligatoria a presentar por el oferente en el acto de apertura: Se
deberá exhibir original y una copia simple para adjuntar al expediente.
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1.Certificado del MTOP
Certificado de Capacidad de Contratación (Decreto del Poder Ejecutivo 208/2009) extendido
por el Registro Nacional de Empresas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, que
deberá acreditar que el Oferente se encuentra apto para ofertar y contratar con el Estado de
acuerdo a la Categoría II - Ingeniería y en las Especialidades - B, D y F (original y una copia
común).
2. Carta intención, si se presenta un proyecto de consorcio.
B) Los oferentes podrán presentar en el acto de apertura, conjuntamente con su oferta, la
documentación exigida en el literal C) del presente artículo.
C) Documentación a presentar por el adjudicatario:
1) Notarial: El oferente que resulte adjudicatario, en caso de ser una persona jurídica, deberá
presentar, en caso de no haberlo hecho conjuntamente con la oferta, un certificado notarial que
acredite que el firmante de la oferta tiene facultades suficientes para representar a la empresa
en esta clase de actos. El Escribano certificará además, la existencia, vigencia de la sociedad y
quiénes son los directores o administradores, a los efectos de lo previsto en el artículo 6° la Ley
17.957 y su modificativa Ley 18.244 y el cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 17.904 art.13,
y Ley Nº 18.930 (Convergencia Técnica en Materia de Transparencia Fiscal Internacional), en
caso de corresponder.
2) BSE: El oferente que resulte adjudicatario, al momento del depósito de la Garantía de Fiel
Cumplimiento de Contrato deberá presentar, de no haberlo hecho conjuntamente con la oferta,
la Constancia de Seguro contra Riesgos de Accidentes de Trabajo y Enfermedades
Profesionales dispuesta por el artículo 61 de la ley 16.074, expedida por el Banco de Seguros
del Estado, vigente.
Si se trata de una persona jurídica extranjera deberá presentar la documentación que acredite
la personería jurídica y vigencia, debidamente legalizada y traducida en su caso, y acreditar
domicilio en Montevideo. Asimismo, podrán hacerlo por sí o representados por personas
autorizadas, mediante poder correspondiente.
Si el oferente es una persona física, deberá adjuntar fotocopia de su cédula de identidad.
Pago de Pliego: De comprobarse que no fue abonado el precio de los recaudos, la oferta será
rechazada sin derecho a reclamación alguna
a)Se aclara que para poder realizar observaciones en el acto de apertura de los Sobre Nº I o Nº
II, el compareciente deberá presentar, además, en dicho acto, en caso de no coincidir con el
firmante de la propuesta, Poder o Carta Poder extendida por Escribano Público que lo autorice
a representar al Oferente en la Licitación (original y una copia, que deberá ser autenticada, en
caso de que el original no pueda permanecer en poder de la Intendencia de Montevideo).
La oferta, por su parte, constará de los documentos indicados a continuación:
En el Sobre Nº I:
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Toda la información y documentación solicitada en el Art. 16, "INFORMACION DE LA
EMPRESA Y OFERTA TECNICA Y METODOLOGICA.
Deberá presentarse original y reproducción común y CD conteniendo la versión digital en pdf y
en los documentos editables que correspondan de toda la documentación.
En el Sobre Nº II:
Formulario Propuesta incluyendo Carta de Presentación y Planilla de Rubros, Metrajes y
Precios Unitarios (original y tres reproducciones comunes y CD conteniendo la versión digital en
pdf y de los documentos editables que correspondan de toda la documentación).
ART. 12.
CAPACIDAD JURIDICA.
Podrán presentarse a la presente licitación, las personas físicas o jurídicas, nacionales o
extranjeras, y consorcios, que acrediten solvencia técnica y financiera de acuerdo a las
disposiciones del presente Pliego Particular de Condiciones. La persona jurídica nacional
deberá presentar testimonio por exhibición del contrato social inscripto en el Registro de
Personas Jurídicas, con constancia notarial de vigencia.
Las personas jurídicas extranjeras deberán presentar la documentación que acredite la
personería jurídica y vigencia, debidamente legalizada y traducida en su caso, y acreditar
domicilio en Montevideo. Asimismo, podrán hacerlo por sí o representados por personas
autorizadas, mediante poder correspondiente.
Cuando en representación de una persona jurídica concurra algún miembro de la misma deberá
justificar documentalmente que está facultado para ello.
El contrato se otorgará con una sola persona física o jurídica. No obstante podrá concertarse
con dos o más personas o entidades siempre que éstas se obliguen en forma solidaria,
expresamente, y por escrito respecto de la I.M. Los derechos de la I.M. frente a las mismas
serán en todo los casos indivisibles.
Para el caso de Sociedades Comerciales, todos los socios serán solidariamente responsables
del cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que asuma la sociedad en caso de
adjudicársele el contrato.
Si la oferente fuera una Sociedad Anónima (SA) o Asociación Civil con fines de lucro (AC),
deberá incluir el nombre de sus directores, los cuales serán solidariamente responsables del
cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que asuma la oferente en caso de
adjudicársele el contrato.
Si se produce la desvinculación del socio en el caso de la sociedad personal, o Director de la
S.A. o de la A.C., la I.M. podrá relevarlo de su responsabilidad futura. El contratista no podrá
transformarse en otro tipo de sociedad, ni fusionarse, ni ser absorbida por otra, sin la previa
autorización por escrito de la I.M.
Cualquier modificación en la integración del Directorio, deberá ser comunicada por escrito
previamente a la I.M., y ésta podrá aceptarlo o no.
Página 15
Consorcios: Se admitirá la presentación de consorcios ya constituidos o a constituirse con una
carta intención.
Frente a la I.M todas las empresas que integren el consorcio serán solidariamente
responsables.
En este último caso, si su propuesta fuera seleccionada como la más conveniente, antes de
dictada la resolución de adjudicación los oferentes deberán cumplir con los requisitos
establecidos por la ley N° 16.060 y presentar el co ntrato de consorcio debidamente inscripto y
publicado, en un plazo de sesenta (60) días corridos contados desde la notificación de la
resolución de adjudicación.
Si la propuesta es presentada por dos o más empresas formando un consorcio, sin perjuicio de
cumplir con las disposiciones anteriores, deberán establecer un domicilio único que será el
domicilio legal del consorcio y unificar la representación por medio de poder con facultades
suficientes para actuar en nombre de aquél. Las notificaciones que se realicen al mandatario se
considerarán válidamente hechas al consorcio. Las empresas que integran el consorcio o
asociación asumen la responsabilidad solidaria y mancomunada por todas y cada una de las
obligaciones emergentes del contrato, debiendo incluir en la propuesta una declaración suscrita
por todos los miembros del consorcio asumiendo tal responsabilidad.
Se aclara que en caso de consorcios, cada firma que forma parte del mismo deberá cumplir los
requisitos exigidos a las personas jurídicas individualmente y la documentación deberá
presentarla en conjunto bajo el nombre del consorcio, pero indicando el nombre de la firma
consorciada. A los efectos de la evaluación se considerarán los antecedentes en la proporción
de la participación de cada empresa constituyente.
ART. 13.
PLAZO Y FORMA DE PRESENTACION DE CONSULTAS SOBRE
EL LLAMADO - PRORROGA.
Solo los adquirentes del pliego podrán realizar consultas o solicitar aclaraciones sobre el texto
de este pliego, hasta cinco (5) días hábiles antes del plazo fijado para la apertura de las ofertas.
Las consultas se harán por escrito y se presentarán personalmente en el Servicio de Compras,
Sector Santiago de Chile del Edificio Sede, con acceso sobre la Avenida 18 de Julio, en el
horario de 10:15 a 15:30 horas, por e-mail a Consulta Pliegos Compras
<[email protected]> o vía FAX 1950 1915, no considerándose las
realizadas con posterioridad al plazo señalado.
Tales preguntas y sus correspondientes respuestas tendrán carácter vinculante y por ende,
pasarán a formar parte de las bases de este llamado.
La Intendencia de Montevideo, responderá las solicitudes que reciba y enviará copia escrita de
sus respuestas a todas los interesados que hayan comprado el pliego, incluyendo la pregunta
sin identificar su origen. Las consultas y respuestas podrán ser consultadas además, en la
Página 16
página web de la Intendencia de Montevideo (www.montevideo.gub.uy entrar Servicios on line –
Cartelera de Compras y buscar el número de la licitación).
En el mismo plazo y de la misma forma indicada para las consultas, los adquirentes del pliego,
podrán solicitar prórroga de fecha de apertura de ofertas.
ART. 14.
IDIOMA DE LA OFERTA.
La Oferta y toda la correspondencia y documentos relativos a ella que intercambien el Licitante
y el Propietario deberán redactarse en español. Se podrá incorporar material pre-impreso en
otro idioma, con la condición de que vaya acompañado de una traducción al español, la cual
prevalecerá a los efectos de la correspondiente interpretación.
ART. 15.
INSPECCION DEL EMPLAZAMIENTO.
El Licitante podrá inspeccionar y examinar la zona afectada por los trabajos y sus alrededores,
antes de presentar su propuesta, no admitiéndose como excusa no haber verificado las
infraestructuras objeto del presente llamado.
El objeto es asegurarse toda la información sobre la estructura y naturaleza del trabajo y de los
materiales y equipos necesarios para llevar a cabo los servicios, así como los medios de
acceso, y en general, toda información necesaria relativa a riesgos y demás circunstancias que
pudieran influir en su propuesta.
El oferente deberá solicitar por escrito al Servicio de Compras, autorización a efectos del
ingreso a las infraestructuras de saneamiento, la cual le será concedida entre los dos a cuatro
días hábiles siguientes a su solicitud, si las condiciones climáticas lo permiten.
ART. 16.
Art. 16.1.
INFORMACION DE LA EMPRESA Y OFERTA TECNICA Y
METODOLOGICA (SOBRE Nº I).
GENERALIDADES.
Las firmas interesadas deberán llenar todos los formularios que se presentan en este PCP; su
diseño es únicamente a título informativo, pudiendo el Licitante conformar otros cuadros con
igual formato - por ejemplo con mayor número de columnas para adicionar otra información -,
aunque en este caso serán de su responsabilidad los errores que se presenten en el estudio de
su oferta de no ser correctamente comprendidos. En todos los casos, si la información a ser
suministrada superase el espacio previsto, podrán agregarse hojas adicionales, pero siguiendo
siempre el mismo esquema patrón.
La información deberá ser presentada para todos los Cuadros del ANEXO I en formato digital
de tablas tipo Excel o similar además del original y copias en papel (ante discrepancias vale el
Página 17
original en papel), de forma tal que la misma pueda ser filtrada y analizada. Si la información no
fuera presentada en este formato, se considerará nulos los puntajes que se analizan para cada
tabla faltante.
Se señala:
1. Que en caso de consorcios, cada firma integrante deberá llenar los
formularios individualmente y entregarlos en conjunto bajo la oferta del
Consorcio, pero identificándose claramente.
2. Que el Licitante deberá presentar en el Sobre Nº I toda la información
solicitada en los artículos siguientes, esté o no prevista específicamente en
un formulario y la considere o no calificada.
3. Que también podrá presentar otra información complementaria que entienda
corresponde a su calificación como empresa.
4. Que se deberá presentar el Curriculum Vitae (firmado) de todo el personal a
ser calificado según el 20.1.4,
5. Que la información que se suministre lo será en carácter de Declaración
Jurada, pudiendo la Intendencia de Montevideo exigir la presentación de
cartas o documentos probatorios cuando lo considere conveniente.
Art. 16.2.
ANTECEDENTES LEGALES Y DOCUMENTACIÓN REQUERIDA.
Se deberá presentar:
•
Copia autenticada de los estatutos o documentos constitutivos de la
firma.
•
Domicilio a todos los efectos legales, que deberá ubicarse en el
Departamento de Montevideo.
•
Declaración jurada de la firma de no hallarse en interdicción judicial ni
de haber tramitado o estar tramitando quiebras, concordatos, moratorias o
cesación de pagos.
•
Certificado de solvencia emitido por una entidad bancaria de primer
nivel del país de origen, el cual de no ser Uruguay, deberá ser avalado por
un banco nacional.
•
Para empresas extranjeras, certificado de idoneidad emitido por la
Cámara de la Construcción u otra entidad similar del país de procedencia.
•
En caso de consorcios, además:
a. Se deberá cumplir con el Art. 501 a 509 inclusive de la Ley 16.060 de
Sociedades Comerciales.
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b. Copia autenticada del contrato de constitución del Consorcio o de la carta
intención de constituirlo, que deberá indicar el porcentaje de participación
en el total de cada una de las firmas integrantes.
La Empresa deberá cumplir en su totalidad con las disposiciones legales pertinentes y en
particular con los requisitos establecidos por la Dirección General Impositiva, Banco de
Previsión Social, estar incluida en el Registro de Proveedores del Estado y en el Registro de
Proveedores de la Administración; de ser representante para el Uruguay de una firma
extranjera, tendrá que cumplir con los requisitos de la ley de Representantes de Empresas
Extranjeras y estar, por tanto, inscripta en el registro del Ministerio de Economía y Finanzas.
Art. 16.3.
Experiencia de la empresa
El Licitante deberá presentar la siguiente información:
•
Los años que ha estado trabajando como contratista bajo la firma comercial
actual.
•
Listado y montos de contratos de servicios y obras:
•
•
Servicios de: Limpieza y Mantenimiento de Redes de Saneamiento;
Operación de Estaciones de Bombeo; Plantas de Tratamiento;
Reparaciones de Conexiones a Redes de Saneamiento y/o Servicios
asociados a Contratos de Gestión de Reparaciones en la Vía Pública y
Construcciones de elementos de Redes de Saneamiento, realizados en
los últimos 10 (diez) años. Para cada uno de ellos se indicará
denominación y ubicación, características, propietario (con dirección
postal y fax), lapso y monto total del Contrato (previstos y realmente
insumidos). En caso de que un contrato hubiera abarcado diversas áreas
de actuación (p.e. incluido obras viales y de alcantarillado sanitario), los
lapsos y montos a detallar incluirán también los correspondientes a los
trabajos de interés para la calificación (Art. 20.1). Asimismo, de haber
sido la participación en consorcio o como subcontratista, se especificará
la cuota parte que le correspondió a la Empresa y el tipo de trabajo que
efectivamente ejecutó.
•
Obras de: Construcción de Redes de Saneamiento; Plantas de
Tratamiento; Estaciones de Bombeo; Construcción de Conexiones a
Redes de Saneamiento; y/o servicios en la Vía Pública. A efectos de la
evaluación, aplican las mismas consideraciones que para el caso
Servicios.
El oferente podrá así mismo presentar antecedentes que a su juicio puedan
ser considerados a los efectos de su evaluación por parte de la Comisión de
Adjudicación del Contrato. Sólo serán computados contratos vinculados con
prestaciones de Servicios y/o Reparaciones / Mantenimientos, con aplicación
de Sistema de Gestión que permita a la Comisión Asesora, verificar los
Página 19
antededentes. Estos Antecedentes quedarán a exclusiva consideración de la
Comisión Asesora.
Art. 16.4.
•
Si ha dejado en los últimos 10 (diez) años de cumplir con algún contrato que
se le había adjudicado y de ser así, identificarlo y explicar motivos.
•
Listado de juicios o arbitrajes durante los últimos 5 (cinco) años relativos a
contratos anteriores o en ejecución.
Situación patrimonial y financiera
El Licitante deberá adjuntar copia de los balances de los 3 (tres) últimos ejercicios, firmados por
Contador Público. Asimismo, llenará un cuadro que refleje el resumen del Activo, Pasivo,
Patrimonio y Ventas de esos ejercicios, acompañando en hojas separadas los detalles
respectivos, todo expresado en dólares americanos (U$S).
Complementariamente deberá proporcionar información económica y financiera posterior al
cierre del último balance, que permita evaluar el nivel de actividad y la solvencia actual de la
firma.
A efectos de la conversión a dólares americanos de los montos en pesos uruguayos,
primeramente se indexará utilizando la variación del Índice de los Precios al Consumo,
publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas, y luego se hará la transformación de
monedas con la cotización promedio del dólar interbancario. Los valores a emplear son los
correspondientes al mes anterior al de apertura de la licitación y el anterior a la fecha de interés
en cada caso.
Art. 16.5.
OFERTA TÉCNICA Y METODOLÓGICA PARA LA EJECUCIÓN DE LOS
TRABAJOS.
Art. 16.5.1.
Generalidades.
El Licitante deberá presentar un Programa de Trabajo General que garantice la correcta
ejecución de los servicios descritos en este PCP. Dentro del Programa se incluirá la información
solicitada a continuación.
Art. 16.5.2.
Memoria Descriptiva.
Deberá atender y realizar expresa mención en la misma a los temas que sin ser exhaustivos se
enumeran en general y aquellos que el contratista considere de acuerdo con su Know How, a
efectos de su evaluación. Comprenderá:
•
Las tareas a realizar detallando el personal y equipos a asignar a cada una
de ellas. Así como también los procedimientos que las tareas demanden.
Página 20
•
Las metodologías de trabajo (incluyendo aspectos de seguridad e higiene) y
de relevamiento de mantenimiento y conservación de todos los elementos de
la red. La sistemática definida debe contemplar las diferentes secciones y
características de los colectores y demás elementos comprendidos en el
Contrato.
•
El diseño, desarrollo, definición y planificación de sistemas y procedimientos
de calidad y más en general, las actividades que incluirá la implantación de
sistemas de calidad y de aseguramiento de la calidad.
•
Todo otro detalle que a juicio del Licitante sirva para el estudio de su plan.
En consecuencia, la Memoria Descriptiva deberá precisar explícitamente los
sistemas de trabajo (PROCEDIMIENTOS), los equipos (RRMM) y personal
(RRHH) a utilizar en su inspección, limpieza, desobstrucción y reparación,
detallando según los distintos elementos objeto del Contrato, que se clasificarán
de la siguiente forma (en listado no taxativo):
i.
Colectores circulares de diámetro menor o igual a 0,50 m.
ii.
Colectores circulares de diámetro mayor a 0,50 m.
iii.
Colectores ovoides de menos de 1,50 m de altura.
iv.
Colectores ovoides de más de 1,50 m de altura.
v.
Perfiles especiales con cuneta.
vi.
Perfiles especiales sin cuneta.
vii. Interceptores y/o perfiles especiales.
viii. Bocas de tormenta.
ix.
Conexiones
Esta memoria:
•
Constituirá un compromiso contractual en caso de que la Empresa resulte
adjudicataria, que no podrá ser variado, salvo los ajustes que se introduzcan
en los planes mensuales correspondientes o autorización o exigencia
expresa del Director de Obra para mejor realización de los servicios,
rendimiento de los equipos u otras razones justificadas.
•
Deberá ser lo suficientemente detallada para mostrar que los procedimientos
de trabajo propuestos producirán los resultados previstos, y en
consecuencia, permitirá inferir con suficiente certeza que los precios incluidos
en el Sobre Nº II fueron correctamente estimados.
•
Será de total responsabilidad del Oferente, quien asumirá todos los riesgos
por el fracaso de los procedimientos propuestos. La Intendencia de
Montevideo no reconocerá ningún costo extra a ser abonado al Contratista
en caso de tener que modificarse la forma de realización de los trabajos y
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resultara necesario, por ejemplo, emplear equipos complementarios o
diferentes o usar mano de obra de modo más intensivo, independientemente
de la calificación que hubiera recibido la metodología en la etapa de
calificación de la propuesta.
El formato de presentación de la memoria será del tipo “cartillas” o “planillas” del tipo utilizadas
para la definición de las tareas que aplican para los sistemas de “calidad”. Las mismas serán
sintéticas, pero inclusivas de las tareas, los elementos de la red susceptibles de actuación,
plazos, dedicaciones, responsables, reportes en el Sistema de Gestión utilizado por la IdeM
(Sistema Único de Reclamos – SUR) y compromisos a asumir en general, distinguiendo por tipo
de trabajo ya sea predictivo o correctivo.
La confección de la documentación será en formato y redacción tal que sea utilizada por todo el
personal del contrato, quién además de conocerla se comprometerá a su estricto cumplimiento,
siendo responsabilidad de la empresa y del Representante Técnico el cabal cumplimiento de
esta documentación.
Este formato a utilizar para la presentación de la Memoria será, salvo por correcciones de
ajuste por normativa o similar, la documentación de base para la tramitación de sistema de
auditoría de seguimiento del contrato. El sistema de auditoría estará mencionado a texto
expreso en esta memoria, con indicación de alcance del mismo, el que como mínimo será
suficiente para entregar información mensual de cumplimiento con los respectivos indicadores
(cantidad de trabajos por tipo, tiempos de ejecución de los trabajos por tipo, rendimientos por
cantidades realizadas según tipo, etc.) que se establezcan para el contrato.
Art. 16.5.3.
Personal del Contrato.
Esta información se refiere a la lista del personal responsable a emplear, como ser
Representante Técnico, técnicos, capataces, supervisores, técnico en prevención, incluyendo la
dedicación horaria prevista y experiencia correspondiente, con agregación del Curriculum Vitae.
En particular el Representante Técnico será un Ingeniero Civil con actuación profesional de un
mínimo de 5 (cinco) años y que deberá tener una dedicación mínima de 6 (seis) horas diarias
de labor en estos trabajos. Así mismo en dicho horario deberá estar presente durante por lo
menos 4 horas diarias en turno matutino durante las recorridas de seguimiento de contrato y
efectuando las tareas propias de Dirección de Obra en campo.
El personal en general deberá cumplir con las disposiciones de los Decretos del Poder
Ejecutivo 481/009 y 283/996, indicándose los responsables de la elaboración y presentación de
la correspondiente documentación ante las reparticiones correspondientes y el seguimiento
para el cumplimiento de las mismas.
Se confeccionarán los CVs de forma de atender las calificaciones del (Art. 20.1.4)
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Art. 16.5.4.
Equipos, maquinaria y vehículos.
El Licitante deberá especificar en su oferta los equipos, maquinaria y vehículos que,
debidamente justificados, se compromete a disponer para la realización del servicio, indicando
expresamente en la oferta su modo de tenencia y lapso en el cual se encontrará disponible para
prestar servicios en el contrato a partir de la fecha de perfección del Contrato y que como
mínimos serán los siguientes:
1. Equipo Combinado de succión y alta presión para limpieza de colectores:
•
Capaz de arrastrar sólidos secos, húmedos o líquidos, en forma indistinta.
•
Capacidad carga mínima 4,5 m³.
•
El sistema de succión de tipo vacío relativo con alto caudal de aire
circulante, debiendo ser capaz de obtener un caudal de aire limpio
mínimo de 2700 ft³/ minuto a 35 cm Hg.
•
El sistema de alta presión será de Pmáx. no menor a 2000 psi (136 kg/cm²)
y caudal a presión máxima no menor a 55 galones/minuto (208 lts/min).
•
Longitud manguera mayor a 500 ft (150metros).
•
Capacidad tanque de agua mínimo 3500 litros.
2. Equipo desobstructor de conexiones domiciliarias y/o colectores internos. La
empresa presentará la opción más conveniente según su “Know How”.
Independientemente de ello, el equipo deberá ser de tamaño y condiciones
tales que pueda ser fácilmente transportable, de dimensiones tales que
pueda ingresar a ubicación de cámaras en lugares donde no pueda
accederse con equipos combinados de limpieza de colectores (garajes,
sótanos, pasillos de distribución de viviendas y/o todos aquellos espacios de
uso público en predios privados), con el conjunto de punteros y/o
herramientas adecuados para la desobstrucción de conexiones y/o
colectores internos con materiales varios, en particular materia orgánica
(especialmente grasas), textiles (trapos), raíces y arena. A título de ejemplo
se indica:
•
El equipo que permita por acción mecánica de giro de varillas o cables en
ambas direcciones con velocidad variable, controlable por el operador,
contando con al menos 3 velocidades en marcha adelante y 1 velocidad
en marcha atrás. El equipo dispondrá de embrague para accionamiento
del cable, fácil de usar y de activación instantánea. Deberá contar con
motor a explosión de potencia no menor a 5,5 HP. Herramientas para giro
manual de los resortes.
•
Sistema de Inyección de agua a presión o similar, con caudal y presión
suficientes para actuar en rangos de colectores de hasta 200 mm. Deberá
Página 23
disponerse de sistema de suministro de agua, en forma continua para la
realización de los trabajos, previendo las contingencias que ello implique.
3. Cisterna (nodriza) para transporte de agua (autopropulsada o remolcada). Su
capacidad será de al menos 8.000 lts y además deberá asegurar el
suministro de agua sin interrupciones en la prestación del servicio del equipo
de alta presión.
4. Camión barométrico con al menos 8.000 litros de capacidad y 50 metros
útiles de manguera. El equipo deberá ser tal que pueda trabajar en
condiciones normales con el total de metros de manguera exigida.
5. Sistema de transporte de los residuos sólidos provenientes de la limpieza de
colectores, bocas de tormenta, etc., que deberá ser siempre estanco. Puede
ser autopropulsado (depósito montado sobre camión) o constituido por
volquetas estándar adaptadas u otro tipo de contenedores trasladados
mediante camión apropiado.
6. Vehículos para transporte de personal de la empresa, inspección de trabajos
y realización de emergencias (cantidad a juicio del Contratista).
7. Bomba de achique capaz de erogar como mínimo 50 m3/h contra una altura
de 15 metros de columna de agua y con pasaje de solido mínimo de 50 mm.
8. Vehículos con conductor de cilindrada igual o superior a 1.800 cc para uso de
la Dirección de obra, según detalle en estos recaudos (Art.37).
9. Grúas y/o guinches para el retiro de sedimentos de grandes colectores (a
juicio del Contratista).
10. Equipamiento de seguridad para trabajo dentro de colectores transitables,
incluyendo medidores de gases, instalación eléctrica en baja tensión,
iluminación antideflagrante, servicios de primeros auxilios, ventilación
forzada, etc., según sea necesario (detallar).
11. Equipo de inspección de relevamiento inicial de la Red de colectores que
permita registrar el estado de los elementos de la red mediante filmación o
fotografía digital (QuickView o similar). Las características de este equipo
deberán ser tales que permita registrar el total del sistema de colectores, en
forma trazable y documentable.
12. Equipamiento de inspección de colectores. Este equipamiento permitirá la
inspección detallada de tramos de colectores que sean objeto de
relevamiento en detalle. No se considera un equipo esencial, pero si puede
ser de utilidad para el contratista.
13. Equipamiento de inspección de conexiones. Este equipamiento será requisito
de utilización exclusiva en el contrato y permitirá documentar las
inspecciones de conexiones que le sean solicitadas al contratista. Así mismo,
los resultados de esta inspección y su documentación trazable, será el único
Página 24
mecanismo reconocido por la IdeM a efectos de justificar el buen o mal
estado y/o funcionamiento de una conexión.
Además de estos mínimos, se deberá indicar en la oferta:
a. Los vehículos y camiones para traslado de personal y transporte de
materiales y herramientas, grúas livianas o güinches, bombas de achique,
minipala cargadora, retroexcavadora, maquinaria y equipos complementarios
(p.e. Bucket Machine, otro camión de succión/inyección, etc.), que el Licitante
también se compromete a asignar, teniendo libertad absoluta de proponer los
que justifique debidamente y crea conveniente para la realización de los
servicios. Se deberá indicar la dedicación mínima prevista.
b. Las instalaciones para mantenimiento, lavado, garaje, etc.
En todos los casos se deberá incluir:
1. Una descripción de cada equipo con especificación de sus características
(marca, rendimiento, potencia, etc.), acompañando si fuera necesario con
catálogos.
2. Indicación si van a ser o son de su propiedad, alquilados u otra modalidad.
3. Idem si son nuevos o usados (en este caso, señalar la fecha de adquisición y
su matrícula o licencia de uso, de forma que pueda identificarse claramente
su antigüedad).
Se considerará también:
a. Que todos los vehículos del Contratista, como así también los asignados a la
Dirección de Obra, deberán estar dotados de un sistema de comunicación
(Art. 37).
b. Que todos los vehículos del Adjudicatario deberán llevar un logotipo que los
identifique claramente y haga referencia al Contrato. Tanto el diseño del logo
como los colores que se elijan deberán ser aprobados por la Dirección de
Obra según la reglamentación vigente de Comunicación Institucional de la
IM.
c. Que todos los equipos y elementos asignados al Contrato deberán estar
siempre y permanentemente en las debidas condiciones de conservación,
aseo y mantenimiento, debiendo ser sustituidos inmediatamente por otros de
características no inferiores en caso de presentar disfunciones.
d. Que los medidores de gases deberán determinar al menos concentraciones
de oxígeno, monóxido de carbono, gas sulfhídrico y gases explosivos. Su
número permitirá que uno quede a disposición del personal de inspección de
IM durante todo el plazo contractual, y que cada cuadrilla de limpieza de
colectores transitables cuente con una unidad en forma permanente.
Página 25
e. Que la calibración de dichos medidores se realizará dos veces al año como
mínimo y cuantas otras veces sea solicitado por el Director de Obra, siendo
este servicio de cargo y costo de la Empresa.
La IM a su solo juicio tendrá la potestad de solicitar a la empresa Adjudicataria las pruebas
adicionales que entienda necesario al equipamiento ofertado a fin de comprobar
fehacientemente el cumplimiento de las características solicitada en este PCP. Dichas pruebas
serán de cargo de la empresa Adjudicataria y serán realizadas por una entidad certificadora
(UNIT, LATU, Facultad de Ingeniería o similar).
ART. 17.
FORMULARIO PROPUESTA (SOBRE Nº II).
El Licitante presentará la documentación correspondiente al FORMULARIO DE PROPUESTA
en Sobre identificado con Nº II donde establecerá en su propuesta los costos unitarios en pesos
uruguayos que exigirá para la ejecución de los trabajos, desglosados en los rubros que se
indican en este PCP. Se entenderá que:
a. Se encuentran incluidos todos los impuestos correspondientes, salvo
indicación expresa en contrario.
b. Incluyen los aportes por cargas sociales del personal a emplearse, que serán
de cargo del Contratista, y todos los impuestos, tributos, derechos, licencias y
otros gravámenes que legalmente también le correspondan.
c. En caso de incluirse números con decimales, por así presentarse o por
aplicación de alguna cláusula general de descuento que ofrezca el
Proponente, se tomará su módulo como valor del precio unitario (es decir, el
entero más próximo).
El Formulario Propuesta se deberá ajustar estrictamente en su redacción y formato al texto y
planillas del Art. 72, aunque éstas últimas podrán sufrir ajustes en su diseño.
Se deberá presentar cotización independiente para cada una de las zonas licitadas según
Anexo II, presentando ambas Planillas de Rubros y Metrajes según el Art. 72.3, una para cada
una de las zonas.
ART. 18.
MEJORAS Y SERVICIOS COMPLEMENTARIOS.
Los oferentes tendrán libertad para ofrecer todas cuantas mejoras o servicios complementarios
consideren conveniente aportar al Contrato y todas las técnicas que juzguen interesantes para
la modernización y mejora de la gestión de la red, aun cuando no tengan relación directa con el
objetivo básico de su limpieza y mantenimiento.
En ese caso, deberán complementar su Programa de Trabajo General describiendo y
explicando separadamente todos los elementos del ofrecimiento (en el Sobre NºI), y valorarlos
económicamente para justificar los sobreprecios correspondientes (en el Sobre Nº II).
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Se indicará claramente si la mejora consiste en la prestación del servicio o trabajo sugerido en
forma permanente durante toda la duración del Contrato, o si lo es únicamente en forma
esporádica, en cuyo caso deberá concretarse el índice de utilización que se ofrece, o
finalmente, si se trata de un equipo o instalación de apoyo que quedará o no en propiedad
municipal al final de la relación contractual.
Obviamente, el Contratista también tendrá libertad para ofrecer esas mejoras, servicios o
técnicas durante el desarrollo de los trabajos, pero en ese caso se aplicará el procedimiento del
Art. 84 del PCGCO para fijar la retribución correspondiente.
Página 27
Capítulo III: CALIFICACION DE PROPUESTAS Y ADJUDICACION.
ART. 19.
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE OFERTA MÁS
CONVENIENTE.
El procedimiento que se presenta en este PCP para la selección del Contratista será el único
valedero y se considerará que el Licitante lo acepta por la mera presentación de su oferta, no
aceptándose reclamación de ningún tipo en ese sentido.
El sistema para elegir la oferta más conveniente para la Administración tendrá dos etapas; en la
primera, se seleccionarán aquéllas consideradas adecuadas en función exclusivamente de las
propuestas técnicas, para luego, en una segunda etapa, proceder a realizar la elección de una
de ellas a partir de la comparación de los precios ofertados, según se establece en el Art, 23.
ART. 20.
Art. 20.1.
CALIFICACION DE PROPUESTAS.
CAPACIDAD DE LAS EMPRESAS.
Antes de proceder a la evaluación detallada, la Intendencia determinará si cada oferta se ajusta
sustancialmente a los documentos de la licitación. Para los fines de esta cláusula, se considera
que una oferta se ajusta sustancialmente a los documentos de la licitación cuando satisfaga
todas las condiciones estipuladas en dichos documentos.
Será rechazada la oferta que no se ajuste sustancialmente a los documentos de la licitación, no
admitiéndose correcciones posteriores que modifiquen la misma.
Siempre que se trate de errores u omisiones de naturaleza subsanable, se podrá corregir el
error o solicitar que, en un plazo breve, el oferente suministre la información faltante.
Cumplida esta etapa, se evaluará la totalidad de las ofertas que se ajusten a los documentos de
la licitación, y para juzgar la capacidad de los proponentes se utilizará exclusivamente la
información contenida en los Sobre Nº I y los criterios y puntajes que se indican a continuación
y en los siguientes artículos para los distintos parámetros de calificación:
Página 28
Item
Características
Art. 16.3
Art. 16.4
Experiencia de la empresa
Situación patrimonial y financiera
Puntuación
Mínima
Aceptable
7
10
Art.16.5.2
Memoria descriptiva
15
Art. 16.5.3
Art.16.5.4
Personal del contrato
Equipos, maquinaria y vehículos
TOTAL
10
28
70
Puntuación
Máxima Posible
13
12
25
15
35
100
NOTAS IMPORTANTES:
a) El Licitante no será preseleccionado y en consecuencia descalificado, si no
alcanza los puntajes mínimos aceptables en uno cualquiera de los ítems y/o
la suma del puntaje no alcanza los 70 puntos mínimos indicados en la tabla.
b) En caso de existir ofrecimientos complementarios comprendidos en el
alcance del Art. 18 no se les considerará al evaluar la propuesta técnica y
metodológica y en los ítems que corresponda, aun cuando tuvieran una
relación directa con el objetivo básico del Contrato. Sin embargo si resultaran
de interés de la Intendencia de Montevideo los sobreprecios
correspondientes podrán ser incorporados al monto de adjudicación.
c) El puntaje máximo posible por ítem será el indicado en la columna
“Puntuación Máxima Posible”, aunque la suma pudiera ser mayor a este
valor.
d) El oferente presentará los cuadros correspondientes a los efectos del
presente Art. 20 de Calificación de Propuestas con la autoevaluación
realizada y la justificación de obtención de los puntajes
correspondientes que surgen de su propio análisis. Los puntajes serán
validados o corregidos tanto a la baja como al alza por la Comisión de
Adjudicación.
En caso de ofertas en Consorcio:
1. Cada una de las firmas integrantes será evaluada por separado.
2. Para el ítem "Equipos, maquinaria y vehículos", el puntaje del Consorcio será
la suma de los puntajes de cada firma.
3. Para los ítems "Situación patrimonial y financiera" y "Experiencia de la
Empresa” se tomará como puntaje del Consorcio el resultante de ponderar
los obtenidos por las distintas firmas integrantes en forma independiente, en
función de sus porcentajes de participación en el total.
Página 29
4. Para los restantes ítems, se procederá como en el caso de una oferta
presentada por una única firma, pues se trata de información a suministrar en
forma conjunta por todas las integrantes del Consorcio.
Art. 20.1.1.
Experiencia de la Empresa.
Se evaluará la experiencia de la empresa en:
a) Contratos de limpieza y mantenimiento de redes de colectores. Se otorgará 1
(uno) punto por año de contrato o fracción realizado en Uruguay o 1 (uno)
cuando esto fuera en el exterior, siempre que el contrato sea para extensión
no menor a 100 km de red de colectores. Para ser considerada la
documentación, deberá estar certificada por el contratante.
Puntuación máxima = 5,5 puntos.
b) Contratos de obras de redes de colectores, plantas de tratamiento y
estaciones de bombeo. Se otorgará 1 (un) punto por obra construida en
Uruguay de por lo menos US$ 250.000 (doscientos cincuenta mil dólares
americanos), incluyendo IVA, cargas sociales e impuestos en general, y 0,5
(medio) punto cuando fuere en el exterior, en iguales condiciones.
Puntuación máxima = 5 puntos.
c) Otros Contratos de Servicios / Mantenimientos que sean presentados y
valuados como experiencia por la Comisión de Adjudicaciones, serán
valorados con 0,5 puntos adicionales para cualesquiera de los casos.
Puntuación máxima = 1,5 puntos.
d) Otros Contratos Reparaciones que sean presentados y valuados como
experiencia por la Comisión de Adjudicaciones, serán valorados con 0,5
puntos adicionales para cualesquiera de los casos.
Puntuación máxima = 1 puntos.
Notas:
1. Si la Empresa tiene antecedentes de haber dejado contratos sin terminar por
causas no justificadas, se descontará 2 (dos) puntos por cada rescisión.
2. En este artículo se considerarán únicamente las fracciones mayores o
iguales a 6 (seis) meses. En los siguientes no se considerarán las fracciones.
3. Estarán excluidos a los efectos del numeral a) limpiezas y/o mantenimientos
correspondientes a los períodos en general de 1 (un) año establecido en los
contratos de realización de redes de saneamiento de Obras Nuevas, salvo
que se demuestre y acredite por el contratante la utilización de equipamiento
mecanizado para su mantenimiento.
Página 30
Art. 20.1.2.
Situación patrimonial y financiera.
El valor de 6 (seis) puntos se otorgará a empresas que cumplan en forma simultánea con lo
siguiente:
•
Patrimonio mínimo de US$ 600.000 (seiscientos mil dólares americanos) de
acuerdo al último balance.
•
Monto de ventas mínimo de US$ 800.000 (ochocientos mil dólares
americanos) correspondiente al promedio de los tres últimos ejercicios.
Se asignarán además puntajes complementarios de acuerdo a las siguientes escalas:
a) Monto del patrimonio en dólares americanos (US$) (último balance):
Puntos
•
De US$ 600.000 hasta US$ 1:000.000.
1
•
De US$ 1:000.000 hasta US$ 2:000.000.
2
•
Más de US$ 2:000.000.
3
El valor del presente literal se sumará al valor de cumplimiento mínimo de 6 puntos, de
evaluación general, a razón del puntaje asociado a la escala de ponderación anterior.
b) Monto de las ventas en dólares americanos (US$) (promedio tres últimos
ejercicios):
Puntos
•
De US$ 1:000.000 hasta US$ 2:000.000.
1
•
De US$ 2:000.000 hasta US$ 3:000.000.
2
•
Más de US$ 3:000.000.
3
Se sumarán el valor del presente literal b, a los obtenidos del cálculo anterior, calculándose la
suma de los puntos en función del valor de ventas promedio de los 3 últimos ejercicios. El valor
oscilará entre 0 y 3 puntos
Página 31
Art. 20.1.3.
Memoria Descriptiva.
De acuerdo con lo establecido en el Art. 16.5.2, se evaluará la memoria descriptiva y
metodología de los trabajos a realizar, asignándose puntajes discretos según la siguiente tabla:
Art. 20.1.4.
EVALUACION
PUNTAJE
Excelente
25
Muy Bueno
20
Bueno
15
Insuficiente
0
Personal del Contrato.
Se evaluará la experiencia del Representante Técnico y demás personal con tareas de
responsabilidad asignado al Contrato, de acuerdo a los siguientes criterios:
a) Representante Técnico. Se asignará:
• 1 (un) punto por año de experiencia profesional, que se computará
únicamente cuando es en exceso de 10 (diez) años en el caso del
Representante Técnico. El puntaje a considerar será entonces
PUNTOSexp. prof=AÑOSexp. prof – 10.
• 1 (un) punto por año de experiencia en servicios de mantenimiento de
redes de saneamiento.
• 0.5 (medio) punto por año de experiencia en construcción de redes de
saneamiento.
Puntuación máxima = 9 (nueve) puntos.
Puntuación mínima total admisible en esta categoría = 7 (siete) puntos
b) Técnicos, capataces o supervisores. Se asignará por cada persona:
• 0,5 (medio) punto por año de experiencia en servicios de mantenimiento
de redes de saneamiento y/o construcción de ese tipo de instalaciones.
• 0,5 (medio) punto por cada dos años de antigüedad en la empresa.
Puntuación máxima por persona = 3 (tres) puntos.
Puntuación máxima total posible en esta categoría = 7 (siete) puntos.
Puntuación mínima total admisible = 3 (tres) puntos, para el conjunto de los técnicos, capataces
o supervisores.
Notas:
Página 32
•
En caso de que la dedicación horaria prevista para un funcionario fuera
inferior a 8 (ocho) horas diarias de labor, se afectará su puntuación por un
coeficiente proporcional a esa dedicación.
•
El Representante Técnico tendrá una dedicación full time y contará con
medio de comunicación tipo celular permanente, independientemente de
guardias previstas por la empresa.
Art. 20.1.5.
Equipos a ser destinados al contrato.
De acuerdo con las especificaciones de los equipos, maquinaria y/o vehículos que se
suministren, se podrá asignar para cada uno de ellos los puntajes indicados a continuación:
Clase
Equipo (s)
Puntaje máximo
1.
Equipo Combinado según Art. 16.5.4
15
2.
Cisternas transporte de agua según Art.
16.5.4
2
3.
Equipo desobstructor de conexiones
domiciliarias según Art. 16.5.4.
4
4.
Equipo desobstructor de colectores internos
según Art. 16.5.4.
4
5.
Sistema transporte residuos sólidos según
Art. 16.5.4.
2
6.
Equipo de limpieza de Perfiles Especiales de
acuerdo según Art. 16.5.4 Inciso 3.
3
7.
Equipo de limpieza de Aliviaderos,
Vertederos de acuerdo según 16.5.4 Inciso
4
2
8.
Camión barométrico según Art. 16.5.4
2
9.
Equipo excavación, remoción de
pavimentos, etc.
2
10.
Bomba de achique de agua según Art.
16.5.4.
2
11.
Equipo de inspección de relevamiento inicial
2
12.
Equipo de inspección de colectores
2
13.
Equipo de inspección de conexiones
3
14.
Otros
1
Página 33
Se aclara:
•
Se otorgará el puntaje máximo a todos los equipamientos que sean nuevos
(a estrenar en el Contrato), aplicándose los siguientes coeficientes de
afectación cuando sean usados:
Para los incluidos en las clases 1, 3, 4, 11, 12 y 13:
75% para una antigüedad menor a 1 año.
50% para una antigüedad entre 1 y 5 años.
0% para una antigüedad mayor a 5 años.
Para los incluidos en las clases 2, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 14
75% para una antigüedad menor o igual a 5 años.
50% para una antigüedad mayor a 5 y menor o igual a 10 años
10% para una antigüedad mayor a 10 años.
•
El contratista deberá declarar en su propuesta, en un todo de acuerdo con la
metodología, el equipamiento mínimo además del obligatorio, que considera
necesario para el cumplimiento de lo solicitado en el presente PCP y la
dedicación asignada prevista.
•
La puntuación se realizará para el conjunto de los equipos de un mismo. Al
efecto se ponderará la antigüedad de las distintas unidades en proporción a
sus valores presentes.
•
En la clase 14, “Otros”, se considerarán únicamente aquéllos equipos que sin
estar explícitamente indicados sean de aplicación directa para el objeto
principal de los trabajos (limpieza y mantenimiento de infraestructuras de
saneamiento), como ser equipamientos de inspección televisada, sistemas
de rastras, etc.
•
No se calificarán explícitamente los vehículos para la Dirección de Obra y
transporte de personal, materiales y herramientas, los destinados a realizar
las trabajos de rehabilitación comprendidas en los rubros del Ítem B y C de la
Planilla de Rubros y Metrajes del Formulario Propuesta, como ser
hormigoneras, martillos neumáticos, planchas vibradoras, etc., ni las
instalaciones para mantenimiento, lavado y garaje, aunque sus
características y disponibilidad será tomada en consideración al evaluar la
consistencia de las metodologías de trabajo propuestas.
Finalmente, se recuerda que es posible ofertar mayor cantidad de equipos que
los mínimos solicitados en este PCP, pero ello implica obligación de uso en el
Contrato.
Página 34
ART. 21.
APERTURA Y ESTUDIO DE LOS SOBRE Nº I.
A la hora y en el lugar establecido en la convocatoria y siguiendo los procedimientos de los
artículos 23 a 26 del PCGCO y 12 y 13 del Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales
para los Contratos de Suministros y Servicios no Personales, se procederá exclusivamente a
la apertura de los Sobre Nº I, levantándose la correspondiente acta.
Las ofertas pasarán a estudio de la Comisión Asesora que se designe al efecto, para su
examen, estudio y evaluación (calificación), de acuerdo a los criterios del Art. 20.1 de este PCP.
ART. 22.
APERTURA Y ESTUDIO DE LOS SOBRE Nº II.
Concluida la etapa anterior y en el lugar y hora que se notifique a todos los Licitantes que hayan
sido calificados, se procederá a la apertura de los Sobre Nº II correspondientes, conteniendo el
Formulario Propuesta, siguiendo nuevamente los procedimientos y criterios de los Arts. 23 a 26
del PCGCO y 12 y 13 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos
de Suministros y Servicios no Personales y levantándose acta de lo actuado. Los Sobre Nº II de
las propuestas que hayan sido descalificadas serán devueltos, sin abrir, a los representantes
respectivos, una vez que el adjudicatario haya efectuado el depósito de garantía de fiel
cumplimiento del contrato.
Transcurridos diez días corridos contados a partir de la
comunicación a la firma, indicándosele que puede retirar el sobre Nº II, la IM procederá a
destruir los sobres que no hubieren sido retirados.
La Comisión Asesora procederá luego al examen de las ofertas, estudiando las Cartas de
Presentación y las Planillas de Rubros, Metrajes y Precios, para determinar si están completas,
si hay errores de cálculo, si se ha depositado la garantía requerida o si existe algún otro tipo de
vicio.
En caso de que en una oferta existan discrepancias entre los precios escritos en letras y en
números, prevalecerá el monto expresado en la primera forma. Si la diferencia fuera entre el
precio unitario y el total que resulte de multiplicar el primero por el metraje correspondiente, se
corregirá el segundo, ya que la forma de contratación será por precios unitarios, quedando los
totales sujetos al contralor y rectificación correspondientes.
ART. 23.
OFERTA MÁS CONVENIENTE
La presentación de propuestas no dará derecho alguno a los oferentes, pudiendo la Intendencia
de Montevideo aceptar la que juzgue más conveniente según los criterios de este PCP o
rechazar todas cuando haya circunstancias que tornen inconveniente la adjudicación, sin que
por ello incurra en responsabilidad alguna frente a los oferentes.
Será requisito la presentación de ofertas y coherencia de los precios para las dos áreas
licitadas. El no cumplimiento ameritará a desestimar la totalidad de la oferta. Se entiende
por coherencia a:
Página 35
o que no podrán existir diferencias de los montos totales
correspondientes a rubros de Funcionamiento (Rubros A, C,
D, E, F I) dividido el metraje total de colectores de la zona y
fuera de zona, mayor al 10%. A efectos de las comparaciones,
se utilizarán los valores que surgen del Anexo con el detalle
de metrajes, los que serán:
Zona 7, Colectores dentro de Zona 259.492 m e
Interceptores fuera de zona 12.151 m.
Zona 8, Colectores dentro de Zona 256.441 m e
Interceptores fuera de zona 11.230 m.
o que no podrán existir diferencias de los montos totales
correspondientes a rubros de Inversiones (Rubros B, G y H)
mayor al 10%.
Se establecerá una lista de prelación de acuerdo a los siguientes criterios:
•
Se considerará como oferta más conveniente a los intereses de la
Administración, aquélla que, encontrándose entre las que superaron los
puntajes mínimos de calificación exigidos y habiéndose ajustado a las
formalidades requeridas y salvado, a solicitud de la Comisión Asesora y
en los plazos que se otorguen, los defectos, carencias formales o errores
evidentes o de escasa importancia, presente: El menor valor del precio
total de las dos opciones posibles correspondientes al conjunto de
opciones compuesta por la suma de la oferta de la Empresa de
menor valor para un área y la de menor valor de las otras empresas
para el otro área y viceversa. La oferta más conveniente resultará del
menor valor de estas dos opciones.
•
No se realizarán adjudicaciones de ambas areas a una misma
empresa.
•
Se debe tener presente que para el cálculo de dicho precio total de
comparación:
•
Se considerarán únicamente los montos básicos.
•
No se incluirán los sobreprecios que correspondan a eventuales
ofrecimientos, aunque ellos luego podrán integrar el monto de
adjudicación si resultaran de interés de la Intendencia de Montevideo.
La adjudicación final de cada área podrá ser desde el 80 hasta el 100% en
función de la conveniencia de los precios teniendo en cuenta el
presupuesto de la Administración. El porcentaje de adjudicación final se
definirá para cada oferta y área proporcionalmente al valor porcentual
resultante según este criterio aplicando el mismo a cada uno de los rubros de
la oferta, salvo el rubro A3 correspondiente a Administración del Contrato
Página 36
El acto administrativo correspondiente será notificado a todos los Licitantes y
quedará condicionado a los efectos impuestos por el contralor preventivo y
financiero de legalidad.
ART. 24.
VISTA DE LAS ACTUACIONES.
El dictamen final de la Comisión Asesora y posteriormente de la Comisión Supervisora de
Contrataciones de la Intendencia de Montevideo, será notificado a todos los participantes en la
Licitación y se pondrá de manifiesto el expediente por el término de 5 (cinco) días. Se podrán
formular por escrito las consideraciones que merezca el procedimiento
ART. 25.
MEJORA DE OFERTA Y NEGOCIACION.
La Intendencia de Montevideo podrá utilizar los institutos de mejora de ofertas y negociaciones
de acuerdo a lo establecido en el art. 66 del TOCAF.
ART. 26.
REGISTRO DE PROVEEDORES.
Para ser adjudicatarios, los oferentes deberán estar inscriptos en el Registro de Proveedores de
la IM. De no hallarse registrados al momento de la presentación de las ofertas, se les
adjudicará un número de registro provisorio. En caso de ser adjudicatario deberá concurrir a la
Unidad Atención a Proveedores con la documentación necesaria y el número provisorio
asignado, a los efectos de obtener la inscripción definitiva en dicho Registro.
Asimismo, a partir del 1º de Marzo de 2015, también se exigirá que los oferentes se encuentren
inscriptos en el RUPE (Registro Único de Proveedores Estatales) para poder ser adjudicatarios.
Una vez en estado “activos” en RUPE quedarán en condiciones de ser validados en el
Registro de Proveedores de la IM.
Si al momento de la adjudicación, el proveedor propuesto no hubiese adquirido el estado
"ACTIVO" en RUPE, la Administración otorgará un plazo de 5 días hábiles a fin de que el
mismo adquiera dicho estado, bajo apercibimiento de adjudicar el llamado al siguiente mejor
oferente en caso de no cumplirse este requerimiento en el plazo mencionado.
Para obtener más información sobre la inscripción RUPE visitar el portal de la Agencia de Compras
y Contrataciones del Estado (ACCE), responsable del funcionamiento del RUPE.
De lo contrario podrá consultar telefónica o personalmente en el Servicio de Compras- Atención
a Proveedores, Edificio Sede, Planta Baja, Sector Santiago de Chile, tels. 1950 1894 – 1950
1895.
ART. 27.
NOTIFICACIÓN / PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO.
El contrato se entenderá perfeccionado con la notificación de la Intervención del Tribunal de
Cuentas.
Página 37
La notificación del acto de adjudicación, ad referéndum del Tribunal de Cuentas, y la
notificación posterior de la intervención del Tribunal de Cuentas, se operará según el caso, de
la siguiente forma:
a) Con la recepción de la Resolución de adjudicación y la comunicación de la Intervención del
Tribunal de Cuentas en el domicilio del Adjudicatario.
b) Con la recepción de la Resolución de adjudicación y la comunicación de la Intervención del
Tribunal de Cuentas en la Sección Atención a Proveedores del Servicio de Compras.
En caso que corresponda notificar a la oficina de Atención a Proveedores, el Adjudicatario
deberá concurrir al Servicio de Compras, dentro de los tres días hábiles contados a partir de la
fecha en que reciba la citación o fax que se le remitirá.
La falta de presentación del Adjudicatario, en tiempo y forma, para notificarse, o en caso que el
Adjudicatario no pueda o no quiera aceptar la adjudicación, se rescindiese el contrato o se
revocase la resolución de adjudicación, la I.M. podrá adjudicar la concesión, sin más trámite, al
proponente cuya oferta siga en el orden de mayor puntaje. El acto administrativo
correspondiente será notificado a todos los Licitantes y quedará condicionado a los efectos
impuestos
por
el
contralor
preventivo
y
financiero
de
legalidad.
Página 38
Capítulo IV: OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA Y
ESPECIFICACIONES TECNICAS PARTICULARES.
ART. 28.
GENERALIDADES
Las disposiciones del presente Capítulo son complementarias, en lo aplicables, a las
disposiciones de los Arts. 48 a 61 del PCGCO y 7, 13, y 15 del PGCOA.
ART. 29.
CUMPLIMIENTO DE LOS TRABAJOS, REGLAMENTOS Y
DISPOSICIONES LEGALES.
Los servicios deberán satisfacer total y completamente a la Dirección de Obra y realizarse en
estricta concordancia con la respectiva oferta, este PCP y, salvo en aquellos casos en que sea
legal o físicamente imposible, atendiendo las órdenes e instrucciones que por sí diere o
trasmitiere por medio de sus subalternos el Director de Obra. No podrán suspenderse por
ninguna causa. El Contratista será responsable de los perjuicios que pudiera originar por ese
motivo, quedando a su cargo todas las tareas y reparaciones que resultaran necesarias para su
prosecución
El hecho de resultar adjudicatario del presente Contrato no exime al contratista de realizar las
tramitaciones y obtener las autorizaciones correspondientes frente a la Intendencia de
Montevideo que impliquen los trabajos a realizar.
Será así mismo responsabilidad del Contratista la tramitación de todas las inscripciones,
tramitaciones y/o de los permisos que a nivel Nacional puedan corresponder, frente a los
distintos Ministerios y sus reparticiones: Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (ATYR);
Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (DINAMA) y otros; Banco de
Seguros del Estado y Banco de Previsión Social.
Se aclara asimismo:
•
Toda la información que surja del propio trabajo o que haya sido
proporcionada al efecto por el Contratante, permanecerá en propiedad de la
Intendencia de Montevideo y no podrá ser divulgada y/o utilizada para otros
fines diferentes a los del propio Contrato, salvo consentimiento expreso.
•
El Contratista deberá cumplir con las estipulaciones y disposiciones de todas
las leyes, decretos y reglamentos aplicables en la materia relativa a los
servicios a brindar, lo afecten tanto a él, a su personal, como a las firmas con
que subcontrate, y serán completamente de su cargo los costos emanantes
de estas obligaciones, sin derecho a reclamo de especie alguna. En
particular atenderá especialmente las reglamentaciones relativas a seguridad
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e higiene y proveerá a su personal de servicios higiénicos bien ventilados e
iluminados, ubicados adecuadamente y mantenidos en buenas condiciones
de aseo, funcionamiento y conservación, así como de todos los equipos de
protección y vestuario necesario, cuidando y exigiendo su uso por los
trabajadores. Los uniformes serán siempre de idénticas características,
fácilmente identificables, bien visibles tanto durante el día como durante la
noche, y deberán ser aprobados por la Dirección de Obra.
•
Sin perjuicio de la atención estricta de las condiciones de seguridad previstas
en la propia oferta o adicionales que requiera la Dirección de Obra, se deberá
también mantener aquéllas que recomiende el Banco de Seguros del Estado
BSE o la Inspección General del Trabajo y Seguridad Social IGTSS del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social MTSS -pudiendo el Director de Obra
exigir la presentación de las constancias correspondientes cuando lo estime
conveniente-, y suministrarse cobertura de un sistema de emergencia móvil
para accidentes en el sitio de los trabajos. En particular y previo al inicio del
Contrato, la empresa presentará a la Dirección de Obra el Plan de Seguridad
e Higiene firmado por el técnico Prevencionista de la Empresa adjudicataria y
con el respectivo sello de recepción por parte de la IGTSS del MTSS.
•
El Contratista atenderá los requerimientos correspondientes a la solicitud de
autorizaciones correspondientes a la Unidad de Control de Construcciones
de Redes de Infraestructura Urbana, así como todos los requerimientos
existentes para el balizamiento de las obras bajo su responsabilidad.
•
El Contratista no está autorizado a permitir el acceso a las instalaciones de la
red de Saneamiento a personas que no estén directamente vinculadas al
Contrato, las cuales serán comunicadas al inicio del contrato y manteniendo
actualizada la información de altas y/o bajas de dicho personal. Las personas
que en forma eventual ingresen a las instalaciones antes mencionadas,
deberán disponer de una autorización expresa y nominal, expedida para
cada caso concreto por la Dirección de Obra de la IM.
•
El Contratista deberá permitir la realización de otros trabajos en el área del
Contrato y realizar las coordinaciones correspondientes con otras empresas
que hayan sido contratadas por la Administración u otros Organismos
Públicos, cualquiera sea la naturaleza de esas tareas, aunque de tener
relación con los que se encuentra desarrollando y poder afectarlos de alguna
forma, procederá con iguales criterios que los establecidos en el Art. 22 del
PGCOA.
•
Asimismo, será de su exclusiva cuenta y cargo el suministro y transporte del
agua potable que se requiera, destacándose que la Intendencia de
Montevideo no tiene disponibilidad sobre el sistema de hidrantes de la
Administración de las Obras Sanitarias del Estado (OSE), organismo ante el
Página 40
cual se deberán tramitar directamente las autorizaciones y realizar los pagos
que correspondan
•
El Contratista cuidará especialmente de minimizar los impactos ambientales
negativos transitorios que inevitablemente surgirán durante el decurso de los
trabajos. El Contratista elaborará el correspondiente Plan de Gestión
Ambiental considerando en especial afectaciones tanto a su personal como a
vecinos y a la población en general. En caso de no estar previstas en este
PCP, estará obligado a proponer y adoptar de inmediato las medidas que
permitan mitigarlos, una vez aprobadas por el Director de Obra. En particular:
Deberá velar por el cuidado y mantenimiento de las áreas verdes, evitando la innecesaria
destrucción de la cobertura vegetal, preservando los árboles del ornato público y
acumulando los suelos vegetales removidos para su recomposición posterior.
Conducirá sus operaciones y actividades de manera de reducir al mínimo la producción de
polvo, ruido y vibraciones, especialmente durante las horas nocturnas y en las cercanías de
escuelas, hospitales, etc.
Notificará inmediatamente al Director de Obra y a todos los organismos jurisdiccionales
competentes y adoptará medidas inmediatas para contener y eliminar los residuos, en caso
de verter, descargar o derramar cualquier combustible o producto químico que alcance o
tenga el potencial de alcanzar la red de saneamiento, cursos de agua o la napa freática.
Gestionará los Residuos provenientes de los colectores, disponiéndolos en Sitio de
Disposición Final de la IdeM, tramitando las debidas autorizaciones y volcando los mismos
en un todo de acuerdo con las directivas correspondientes.
•
El Director de Obra podrá ordenar la detención de las tareas en caso de
incumplimiento o de comprobar la inobservancia de las disposiciones
establecidas en este PCP, en particular las referentes a las normas de
seguridad, vestuario para el personal, uso de equipos, y personal
responsable presentados en la propuesta, sin que esto implique una prórroga
en el plazo del Contrato. En caso de contumacia o persistencia de las
irregularidades, a pesar de las observaciones que se realicen, la Intendencia
de Montevideo podrá rescindir el Contrato con pérdida de la garantía de
cumplimiento, sin perjuicio de las multas que pudieran corresponder.
•
Las operaciones de limpieza y de reparación deberán llevarse a cabo con la
máxima mecanización, utilizando los medios más eficaces y modernos
existentes en la actualidad, no permitiéndose el desvío provisorio del caudal
que escurre por los colectores hacia la vía pública, cursos de agua u otras
canalizaciones no incluidas en el Contrato. Idem para los demás trabajos
indicados en los artículos siguientes.
Página 41
•
OBLIGACIONES ESPECIALES
•
a) Ley 18.098. La parte contratante se obliga a cumplir las disposiciones de
los laudos y convenios colectivos vigentes para la rama de esta actividad
laboral (convenio colectivo Grupo Nº 9 subgrupo 01 no incluidos en la Ley
14.411 ), en materia de salarios, categorías de labor, pago y suplementos por
horas extraordinarias, primas por nocturnidad, incentivos por asistencia,
viáticos y en general, todas las asignaciones y beneficios que mejoren las
condiciones establecidas por la legislación laboral común, así como las
demás normas de trabajo vigentes, contenidas en los Convenios
Internacionales y sus reglamentaciones. En caso que no existieran laudos o
convenios colectivos vigentes para la rama de actividad laboral, la Empresa
adjudicataria quedará obligada a pagar por lo menos el salario mínimo
nacional y a cumplir las condiciones de trabajo establecidas en la legislación
laboral común (Convenio Internacional de Trabajo Nº 94, ratificado por Ley
Nº 12.030 del 27 de noviembre de 1953 reglamentado por el Decreto Nº
114/82 del 24 de marzo de 1982, relativo a las cláusulas de trabajo en los
contratos celebrados por la Autoridades Públicas).
La Intendencia de Montevideo, en oportunidad de la selección de ofertas y con relación a la
adjudicataria, durante el plazo contractual y en su caso la prórroga, tendrá especialmente en
cuenta el cumplimiento estricto de esta disposición.
En ese sentido, en oportunidad del estudio de las propuestas serán rechazadas aquellas en las
que se pueda constatar que algún oferente no cumpliera con lo exigido. Si dicho incumplimiento
se verificara con posterioridad a la celebración del contrato, la Intendencia de Montevideo se
reserva el derecho de rescindirlo en la forma y condiciones previstas en este pliego.
La Intendencia de Montevideo exigirá a la empresa contratada la documentación que acredite
estar al día en el pago de salarios y demás rubros emergentes de la relación laboral, así como
los comprobantes que justifiquen que está al día en el pago de la póliza contra accidentes de
trabajo y de las contribuciones a la seguridad social, como requisito previo al pago de los
servicios prestados.
En caso que la I. de M. lo solicite, las empresas adjudicatarias deberán informarle los datos
personales de los trabajadores afectados a la prestación del servicio, con la finalidad de
efectuar los controles correspondientes. La I. de M. tiene la potestad de retener, de los pagos
debidos en virtud del contrato, los créditos laborales a los que tengan derecho los trabajadores
de la empresa contratada.
El incumplimiento, por parte de una empresa adjudicataria en el pago de las retribuciones a los
trabajadores asignados al cumplimiento de las tareas contratadas será causal de rescisión del
contrato por responsabilidad imputable al adjudicatario.
•
b) Ley 18.099 en concordancia con Ley 18.251- La adjudicataria está
obligada a cumplir con todas las obligaciones con los organismos
previsionales o fiscales originadas por su vínculo con los trabajadores
Página 42
asignados al servicio contratado y que se generen como consecuencia de la
prestación del servicio adjudicado.
La adjudicataria queda obligada a resarcir e indemnizar a la Intendencia de Montevideo por
cualquier responsabilidad, pérdida, daño, honorarios de abogados, costas o gastos
administrativos o judiciales relacionado con reclamaciones de terceros por cobro de salarios,
impuestos, contribuciones a la seguridad social, seguros de accidentes de trabajo, daños y
perjuicios ocasionados a terceros.
Los antes referidos gastos serán reembolsados a la Intendencia de Montevideo ajustados por el
Índice de Precios al Consumo.
•
c) De acuerdo con la Resolución Municipal N° 2518/09 de fecha
22/06/2009, las empresas contratantes deberán incluir en las planillas de
trabajo un mínimo equivalente al 5% (cinco por ciento) del personal afectado
a tareas de peones o similares, a personas liberadas que se encuentren
registradas en la Bolsa de Trabajo del Patronato Nacional de Encarcelados y
Liberados.
•
d) Rige la Resolución No. 2.516/92 del Intendente Municipal de Montevideo
de 4 de junio de 1992, que en su numeral 1º expresa: “Establecer que tanto
los vehículos particulares directamente contratados por esta Intendencia
Municipal, como los que pertenecen a empresas privadas con relaciones
contractuales con este Municipio, deben estar empadronados en los registros
de esta Comuna”
ART. 30.
Art. 30.1.
SISTEMAS DE GESTION DEL CONTRATO.
Sistema Único de Reclamos
El contratista gestionará el contrato a través del SUR Sistema Único de Reclamos de la
Intendencia de Montevideo, registrando todas las actuaciones realizadas en el mismo,
independientemente de los informes mensuales de actuación y los partes diarios.
Las empresas externas que necesiten conectarse con la IM deberán usar enlaces dedicados
punto a punto, como el servicio MPLS de ANTEL que ya dispone la IM en funcionamiento
actualmente. Será responsabilidad de las empresas oferentes hacer las averiguaciones
tendientes a evaluar los costos de instalación y operación de esta conexión. Los costos de
dicha conexión estarán incluidos no computándose costos adicionales para este servicio.
El oferente realizará las averiguaciones tendientes a la toma de conocimiento del alcance del
SUR y los requisitos que le implique desde el punto de vista de inversiones en software y
hardware y su correspondiente mantenimiento durante toda la duración del contrato, las
imprevisiones no generarán costos adicionales.
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Art. 30.2.
Sistema de Posicionamiento Satelital de Flota
Los vehículos destinados al contrato deberán contar con sistema de GPS (Sistema de
Posicionamiento Satelital) que permita conocer la ubicación del mismo, desde equipamiento
para seguimiento del contrato a disposición de la Dirección de Obra. El sistema además deberá
registrar como mínimo, los recorridos del equipo con indicación de hora y posición durante
período móvil de 3 meses. Deberá ser capaz de identificar, si el equipo se encuentra encendido
y registrando.
A los efectos del acceso al sistema, el contratista proveerá a la Dirección de obra, un usuario y
clave para las consultas al sistema, comprometiéndose a mantener el mismo durante toda la
duración del contrato, sin costos adicionales para la IM.
El objeto del sistema será el de permitir seguimiento por parte del Contratista y de la IM,
cumplirá con la realización registros que permitan verificar en forma indirecta los cumplimientos
de tareas ejecutadas, en carácter preventivo o correctivo. La información será utilizada en
forma integral, debiendo ser coincidente con los registros realizados en el SUR.
Apartamientos realizados en forma intencional o no, serán penalizados como falta de los
equipos y vehículos ofertados.
Art. 30.3.
Sistema de soporte complementario de Información
A los efectos del seguimiento de la Empresa y de la Intendencia de Montevideo, se deberá
generar información automática a partir de dispositivos móviles, tablets o smartphones, de los
trabajos e inspecciones realizadas, las que serán provistas por la Empresa. Los vehículos del
contrato a disposición de la IdeM y/o de la Empresa contarán con estos equipos a efectos de
registrar los trabajos de Mantenimiento, Operación, Mantenimiento e Inspecciones realizadas.
El objeto es registrar en forma georreferenciada fotos de los trabajos ejecutados por el personal
asignado al vehículo, antes, durante y luego de finalizados los mismos. La Tecnología soporte
está disponible por medio de la utilización de las redes 4G/LTE.
El registro fotográfico deberá incorporar fecha y coordenadas a la fotografía, las diferentes
actuaciones sobre la red y serán elemento de prueba de cumplimiento de los trabajos.
Dependiendo del tipo de trabajo se indicará en las correspondientes fotografías y memorias,
cuáles, cuántas y como se realizarán los registros, con el objeto de demostrar el cumplimiento
de lo solicitado.
Este sistema de soporte complementario estará integrado también por el Equipamiento de
Inspección de Conexiones mencionado como equipamiento obligatorio del contrato, si bien el
mismo solo estará disponible y será operado por personal del Contratista.
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ART. 31.
DIRECTOR DE OBRA.
El Director de Obra será el representante del Propietario durante el período del Contrato y
estará por lo tanto facultado para, en listado no taxativo:
a.
Inspeccionar y aceptar o rechazar los trabajos realizados.
b.
Fiscalizar el funcionamiento de los Sistemas de Gestión,
exigiendo su utilización realizando los registros que estos permitan (sistema
SUR) y la existencia y sistema de seguimiento de equipamiento por medio de
GPS a disponer en el contrato.
c.
Ordenar el reemplazo de herramientas, equipos o materiales
defectuosos.
d.
Aprobar las certificaciones de avance de los trabajos.
e.
Aprobar los procedimientos, programas y/o cronogramas de
avance.
f.
Aplicar multas según lo establecido en este PCP y en los Pliegos
Generales.
g.
Decidir el retiro definitivo de cualquier miembro del personal del
Contratista por ineptitud o mala conducta que a su juicio perturbe o
comprometa el desarrollo de los trabajos.
h.
Exigir, cuando crea conveniente, que el Representante Técnico
esté presente en las inspecciones que efectúe.
i.
Exigir, cuando crea conveniente, que el Técnico en Seguridad
realice inspecciones y presente informes mensuales de seguimiento, en las
condiciones indicadas en el art. 32 o informe correspondiente a cualquier tipo
de accidente o incidente que pueda ocurrir durante la ejecución del contrato.
ART. 32.
TÉCNICO PREVENCIONISTA EN SEGURIDAD.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 89/85, el Contratista deberá designar un Técnico
Prevencionista matriculado frente al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. El Director de
Obra podrá solicitar que realice inspecciones y se expida por medio de informe
correspondiente, cuando así lo entienda necesario.
El Técnico Prevencionista y el Representante Técnico darán cumplimiento a las
especificaciones de la Normativa Nacional en lo referente a la presentación del Plan de
Seguridad e Higiene ante el MTSS – ATIR. Así mismo, serán responsables de su seguimiento y
cumplimiento.
El técnico presentará ante la Dirección de Obra del contrato y firmará conjuntamente con el
Representante Técnico del Contratista el documento correspondiente al informe de seguimiento
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mensual de su área y los informes con la evaluación y conclusiones de cualquier tipo de
accidente o incidente que ocurra durante la ejecución del contrato.
ART. 33.
ART. 33. CANTIDAD DE PERSONAL MÍNIMA.
El Contratista deberá contar en todo momento con una cantidad de personal que garantice el
cumplimiento de las condiciones contractuales, tanto en lo referente al mantenimiento de las
condiciones requeridas en los distintos elementos del sistema como a las frecuencias de
servicio. Tendrá presente que:
•
El personal mínimo a emplear en cada una de las tareas (trabajos
preventivos de limpieza en general o trabajos correctivos de desobstrucción
y/o reparación, etc.) será por lo menos el especificado en su Oferta, en
función de lo indicado en el Art. 16.5.2 (Memoria Descriptiva).
•
Cuando no existan trabajos a realizar de un determinado tipo, el Director de
Obra podrá solicitar a su sólo juicio que se asigne este personal mínimo a
otras tareas del Contrato.
ART. 34.
AVISOS AL CONTRATISTA Y AL CONTRATANTE.
Todas las comunicaciones o avisos que deba realizar el Contratista o la Intendencia de
Montevideo relativas a los trabajos, se llevarán a cabo por carta certificada o telegrama
colacionado, ambos con aviso de retorno, fax, o directamente, tomándose como plena prueba
de la notificación realizada y de su fecha, el documento que la registre, como ser el aviso de
retorno, el reporte emitido por el equipo utilizado o la copia certificada por el funcionario
encargado de la notificación.
Serán dirigidos:
•
Contratista: a la dirección o fax que indique en la Carta de Presentación del
Formulario Propuesta y en los documentos del Sobre Nº I, aclarándose que
deberá tener conectado su fax durante las 24 horas del día y todos los días
del año.
•
Contratante: al domicilio del Servicio de Operación y Mantenimiento de
Saneamiento, Lucas Píriz Nº 2359, o al fax (598) 24870129 – 24870145 Int.
140 (o eventualmente a la dirección o fax del Servicio que se designe en su
lugar), y deberán estar dirigidas al Director de Obra e identificar claramente
que se refieren a este Contrato.
ART. 35.
INSALUBRIDAD
Tal cual se establece en el Art. 29, el Contratista deberá atender las reglamentaciones relativas
a seguridad e higiene, en particular, lo establecido en la ley N° 11.577 de 14 de octubre de
1950 y en la Resolución N° 7/97 de 21 de marzo de 1 997 de la Comisión Honoraria de Trabajos
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Insalubres. Se destaca en este sentido que los trabajos se realizarán en colectores que
conducen aguas cloacales e inclusive industriales de diverso tipo.
ART. 36.
HORARIOS DE LOS TRABAJOS.
Los trabajos objeto del contrato podrán realizarse en los horarios diurnos o nocturnos que se
consideren más oportunos para la mayor eficacia y rapidez del servicio, siempre que estos no
perturben la circulación ni causen molestias al público y vecinos.
Las propuestas de horarios deberán incluirse en el Programa de Trabajo General, en la Oferta,
aunque luego, podrán introducirse ajustes en los Programas de Trabajo Mensual, dicho horario
deberá ser aprobado por la Dirección de Obra. El Director de Obra tendrá la potestad de variar
el horario de alguna de las operaciones si a sólo juicio de la Intendencia se entiende
conveniente, e inclusive, exigir la realización de trabajos nocturnos o en día festivo si las
circunstancias de urgencia o peligro así lo requieren.
ART. 37.
SUMINISTRO DE LOCOMOCION.
El Contratista deberá poner 2 (dos) vehículos con chofer, a saber una camioneta doble cabina y
un automóvil, a disposición de la Dirección de Obra, en los horarios que se indican más
adelante y sin limitaciones de kilometraje (aunque siempre dentro de los límites del
Departamento de Montevideo), durante la totalidad del plazo contractual.
La camioneta doble cabina tendrá a los sumo 2 (dos) años de antigüedad al inicio del contrato y
menos de 40.000 Km, 4 (cuatro) puertas, cilindrada mínima 2000 cm3, contará con aire
acondicionado y calefacción, y estará a la orden en las instalaciones del Servicio de Operación
y Mantenimiento de Saneamiento durante 8 horas diarias, de lunes a viernes y 6 horas el
sábado, en horario a fijar.
El automóvil tendrá capacidad mínima para 4 (cuatro) personas, tendrá a los sumo 1 (un) año
de antigüedad al inicio del contrato y menos de 20.000 Km, 4 (cuatro) puertas, cilindrada
mínima de 1600 cm3, aire acondicionado y calefacción. Estará a la orden del Director de Obra
en las mismas condiciones indicadas para la camioneta.
Ambos vehículos deberán llevar una identificación visible y dispondrán de equipos de celular
que permitan la comunicación con las oficinas de la Empresa, los demás vehículos destinados
a los trabajos y otros celulares de uso en los contratos de la Intendencia de Montevideo;
estarán continuamente en perfectas condiciones y tendrán que ser sustituidos por otros de
características no inferiores, en caso de cualquier tipo de dificultades o disfunciones. Serán de
cuenta del Contratista todos los gastos de amortización, funcionamiento y mantenimiento,
incluyendo los seguros contra terceros, incendio o robo que correspondan.
El mantenimiento preventivo de los vehículos se deberá realizar necesariamente el último
viernes de cada mes alternando los vehículos, debiendo los rodados estar nuevamente a la
orden el lunes siguiente en el horario establecido.
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ART. 38.
SUMINISTRO DE EQUIPOS DE COMUNICACION.
El Contratista pondrá a disposición del Director de Obra y durante todo el plazo contractual, 2
(dos) teléfonos celulares digitales con línea tecnología 3G con conexión a internet.
Todos los gastos de amortización, mantenimiento y funcionamiento serán de cuenta del
Contratista (incluyendo los seguros que correspondan), aunque se establece para éste último
concepto un máximo de 12 UR (doce Unidades Reajustables) por teléfono celular como importe
máximo mensual (por utilización del servicio, cargos fijos y tiempo en el aire, incluyendo el
Impuesto al Valor Agregado pero excluyendo las multas y recargos que se apliquen por atrasos
en los pagos). Por encima de ese tope, los costos de funcionamiento serán de cuenta del
Director de los Trabajos (o del usuario que éste haya designado).
ART. 39.
OPERACIONES DE INSPECCIÓN, LIMPIEZA, MANTENIMIENTO Y
CONSERVACION.
Los trabajos que se describen en el presente Artículo correspondientes a Inspección, Limpieza,
Mantenimiento y de Conservación, ya sean realizados en forma Preventiva o Correctiva, serán
realizados en forma profesional por la Empresa adjudicataria quién actuará como Especialista a
los efectos de este contrato.
Esto implica por tanto que la Empresa actuará con pleno conocimiento de las técnicas lo que en
particular se sustenta y garantiza por la capacidad de las personas asignadas al contrato, la
aplicación de las reglas del buen arte, los conocimientos técnicos de estilo y que bajo ningún
concepto excusará su actuación deficiente en el desconocimiento, impericia, inexperiencia,
etc.,.
La empresa se obliga a realizar los trabajos en forma profesional y absolutamente trazable,
registrando todas sus actuaciones en por lo menos el Sistema de Gestión de la Intendencia de
uso (a la fecha el denominado SUR – Sistema único de Reclamos), asociados a los Reclamos y
Problemas que se le asignen, aplicando para ello las cartillas y/o planillas del tipo utilizado en
los sistemas de calidad, con la firma de los responsables correspondientes. Estos documentos
serán escaneados y entregados mensualmente como documento probatorio de los trabajos
realizados oportunamente.
Los registros en el sistema de gestión de la Intendencia serán realizados en forma entendible,
completa indicando todos los pasos que impliquen los distintos trabajos ejecutados y dentro de
las 48 horas de efectuados los mismos.
El incumplimiento de cualquiera de las indicaciones antes indicadas, generará apartamiento
sustantivo de las estipulaciones del contrato, ocasionando las consecuencias, ya sea
económicas, de trabajos que no serán certificados por falta de información o legales si existiera
información inexistente o faltante que genere reclamos de la Intendencia o de los usuarios.
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Art. 39.1.
TRABAJOS DE INSPECCIÓN
Art. 39.1.1.
Diagnóstico
Los trabajos de inspección enmarcados en el Diagnóstico tienen como cometido realizar una
evaluación del estado de mantenimiento y conservación de la red de alcantarillado en la zona
definida y a partir de esto definir un programa de limpieza y reparación acordado con la
Dirección de Obra. Los trabajos, se realizarán por subzonas definidas previamente con la
Dirección de Obra de la IM.
El relevamiento de la red será completo y exhaustivo de forma de poder determinar
fehacientemente las tareas que implicará rehabilitar la zona. Todos los elementos se deberán
ubicar en plano, se encuentren o no en el catastro técnico entregado por la IM. Los elementos
que no se encuentren en el catastro deberán ser registrados según lo estipulado por el Servicio
de Estudios y Proyectos de Saneamiento. En caso de existir diferencias con el catastro
existente o de encontrarse nuevos elementos no catastrados, el relevamiento deberá contener
toda la información planialtimétrica que permita su ingreso al catastro de la Intendencia.
Se deberá realizar un registro fotográfico (o filmación) de todos los elementos componentes de
la red (excepto conexiones). En particular para los colectores y colectores internos se deberá al
menos contar con una imagen desde cada uno de los puntos singulares y se deberá asegurar
la visualización de todo el tramo.
Las fotografías deberá entregarse en soporte magnético con formato y orden previamente
acordado con la Dirección de Obra, pero en el entendido que integrará un sistema ordenado de
presentación tipo GIS (Sistema de Información Geográfica) que permita realizar consultas sobre
estado, registros del diagnóstico, registros fotográficos, etc. La presentación de la información
se relacionará con los identificadores utilizados por el Sistema de Información geográfica de la
IdeM.
El plazo total para la realización de estos trabajos será de 12 meses calendario desde la fecha
de comienzo del contrato. Asimismo se contará con un máximo de 3 (tres) meses para la
finalización del diagnóstico de cada subzona.
Toda la información relevada así como también el programa de limpieza general deberá ser
entregada en un “Informe de Diagnóstico” según lo descripto en presente pliego. Sin perjuicio
de esto se deberán entregar informes parciales mensuales y por subzona que permitan
comenzar con los trabajos de reparación y limpieza.
Art. 39.1.2.
Inspección de seguimiento
Finalizada la etapa de diagnóstico (mes trece), se deberán seguir realizando inspecciones del
sistema de forma de asegurar el mantenimiento de los niveles estipulados en el Art. 44. Estas
tareas de inspección también se realizarán por subzonas predefinidas por la IdeM prestando
especial atención en los elementos que por ser principales o por sus características generen
más problemas.
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Según los resultados de esta inspección se podrán definir nuevas tareas programadas de
limpieza.
La Inspección de seguimiento comenzará luego de finalizada la etapa de Diagnóstico por las
subzonas ya rehabilitadas. Toda la información relevada deberá ser entregada en un Informe
de Inspección de Seguimiento mensual según lo descripto en el Art. 45.En caso de encontrarse
elementos plausibles de ser reparados o limpiados se actuará de la misma forma que en la
etapa de Diagnóstico.
El ritmo de estas inspecciones deberá ser tal que al menos se inspeccione cada elemento dos
veces luego de finalizada la etapa de Diagnóstico. La empresa Contratista deberá inspeccionar
cada subzona en un máximo de 2 (dos) meses durante el segundo año y en un máximo de 1
(un) mes durante el tercero. Se deberá realizar un registro fotográfico, o filmación, de los
elementos que requieran ser limpiados (según Art. 44) o reparados.
Art. 39.2.
TRABAJOS DE LIMPIEZA
Art. 39.2.1.
Limpieza programada de colectores
La limpieza programada de colectores se realizará por subzonas previamente definidas por la
IdeM. Se deberá limpiar los colectores sean visitables o no, circulares o de forma y/o secciones
especiales, para que las aguas servidas y pluviales circulen con facilidad sin que se produzcan
retenciones, estacionamiento de residuos y detritus de cualquier tipo, sedimentación o malos
olores. Esta limpieza incluye todas las cámaras de inspección y pozos de bajada de los tramos
de colector a limpiar.
La limpieza inicial se efectuará a partir de la información recabada durante el Diagnóstico (Art.
39.1.1 ). El comienzo de los trabajos de limpieza no podrá superar los 30 días desde la
conclusión del Diagnóstico de cada subzona y deberá culminarse en su totalidad en los
primeros 18 meses de perfeccionado el contrato.
Las posteriores limpiezas programadas serán aquellas que se realicen a los elementos que
durante la inspección de seguimiento no cumplan los Niveles de Limpieza estipulados en este
PCP (Art. 44) o cuando la Dirección de Obra lo entienda conveniente, pudiendo ésta definir
criterios más restrictivos para elementos que por sus características así lo requieran. La
limpieza se deberá realizar de forma de dejar el colector sin sedimento alguno.
Dado que la limpieza no se realizará en todos los elementos sino que solo en los que no
cumplan los Niveles de Limpieza, o los definidos por la Dirección de Obra, la empresa
contratista deberá asegurar el no arrastre de sedimento de un tramo a limpiar a otro. En caso
de constatarse que le empresa no cumple con esto, la Dirección de Obra podrá solicitar la
limpieza de todos los tramos que fueron afectados a cuenta de le empresa contratista.
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Art. 39.2.2.
Limpieza Interceptores
La limpieza de estos perfiles por ser de características particulares se realizará en forma
independiente del resto de las limpiezas dentro del alcance del presente contrato. La limpieza
de dichos elementos se deberá realizar dentro de los primeros 12 meses del inicio de obra.
Luego de finalizada la limpieza se deberá entregar un informe de estado final (según Art. 45 )
con al menos: listado de equipos utilizados, horas hombre utilizadas, toneladas extraídas,
registro fotográfico de las secciones cada 100 metros (como mínimo), listado de obras de
rehabilitaciones, etc.
Posterior a la primera limpieza y a la aprobación de ésta, se deberá realizar una inspección
semestral. De dicha inspección según los Niveles de Limpieza estipulados en el Art. 44 se
determinará la necesidad de nuevas limpiezas. La limpieza se pagará por tonelada de
sedimento según rubrado (Ver Art. 68).
La tonelada de sedimento solo será objeto de pago cuando se cuente con registro de balanza
de la Usina de Disposición Final de Residuos. Mensualmente previo a la certificación, se deberá
entregar a la Dirección de Obra Original y Copia de dichos pesajes.
Art. 39.2.3.
Limpieza de bocas de tormenta y captaciones pluviales
La limpieza de bocas de tormenta se realizará a demanda de la IM, por lo cual su cotización
será por unidad de Boca de Tormenta y/o captación de pluviales efectivamente realizada.
La limpieza de bocas de tormenta se deberá realizar en forma completa. Es decir:
limpiar la llamada de forma de eliminar toda posible perturbación de la
captación de pluviales
vaciar el vaso y limpiarlo hasta dejarlo sin residuo alguno
limpiar la conexión con agua a presión
llenar nuevamente el vaso de forma de restablecer el sifón hidráulico
La Dirección de Obra podrá solicitar cuantas veces entienda necesario la prueba de la boca de
tormenta.
Art. 39.2.4.
Limpieza de aliviaderos y vertederos
De acuerdo con los compromisos asumidos por la Intendencia es necesaria la realización del
seguimiento de estado de mantenimiento de Vertederos y Aliviaderos de los sistemas.
Los trabajos implican la realización de dos tipos de inspecciones, una de carácter quincenal de
inspección sin ingreso a los sistemas para verificar el buen funcionamiento y otra de carácter
mensual con ingreso al sistema de alivio y registros fotográficos.
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Inspecciones quincenales de aliviaderos en tramo a cielo abierto.
Inspección sin ingreso al Sistema de Colectores con registro fotográfico y en planilla del estado
del punto de alivio del sistema, documentando si el sistema está cumpliendo funciones de alivio
o no. Si el sistema está aliviando, deberá indicarse además la razón del alivio, correspondiente
a funcionamiento por problemas de retenciones del sistema unitario de colectores o por
captaciones pluviales de la cuenca de aguas arriba que generan los aportes que superan los
umbrales de vertimiento.
Se realizarán por lo menos dos registros fotográficos, uno que permita la ubicación de la
infraestructura de saneamiento correspondiente (calles, elementos de identificación en general,
etc.) y otro asociado con el anterior pero que documente la presencia o ausencia de
vertimientos en el canal de conexión a cielo abierto. Se realizarán así mismo comentarios
aclaratorios, si fuese oportuno, como por ejemplo, nivel de agua en punto de vertimiento
elevado, remanso de sistema de alivio, precepción de olores, estado general del sistema a cielo
abierto.
Inspecciones mensuales.
Inspección con ingreso al Sistema de alivio de Colectores (si el sistema no está aliviando) con
registro fotográfico y en planilla del estado del punto de alivio del sistema, documentando si el
sistema está cumpliendo funciones de alivio o no. Si el sistema está aliviando, sólo se realizará
la inspección del tipo semanal. Si no está aliviando se realizarán dos registros fotográficos
adicionales de acuerdo al siguiente detalle:
•
Fotografía que muestre el umbral del vertedero con vista desde la zona de alivio,
mostrando cartel indeleble creado de forma de identificar el aliviadero.
•
Fotografía desde la zona de aguas abajo del vertedero, en dirección aguas arriba del
perfil principal de la cuenca, mostrando nivel de agua en colector y parte del sistema de alivio.
Art. 39.3.
ATENCION DE RECLAMOS
Además de los trabajos programados referidos en el Art. 39.2, la empresa Contratista deberá
atender los reclamos generados por cualquier tipo de disfunción en elementos de la red, dentro
de la zona de contrato y en el horario de 7:00 a 19:00 hs de lunes a sábado. Dichos reclamos
podrán llegar por medio del Centro de Atención al Público (CENAP) de la IdeM (previa conexión
de dicho centro con la empresa Contratista) o por orden de la Dirección de Obra vía e-mail, fax,
teléfono, nota o cualquier otro sistema acordado.
El pago de los trabajos de atención de reclamos, se realizará por precio unitario según rubrado
(Art. 68).
En particular en el caso de la desobstrucción de conexiones, cuando se realiza más de dos
trabajos en menos de seis meses en el mismo elemento se deberá proceder a inspeccionar la
conexión. Dicha inspección debe registrarse mediante cámara de filmación o fotográfica,
cualquiera sea el caso, debe permitir evaluar el estado del elemento en toda su longitud. Con
dicho relevamiento, se determinará si existe un problema que amerite un trabajo de
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rehabilitación de la misma. En caso afirmativo, se realizará una sustitución del tramo de vereda,
el tramo de calle o toda la conexión, esto se definirá en obra y se pagará por precio unitario
según rubrado.
Se deberá tener presentes la siguiente condición:
•
Art. 39.4.
El tiempo de respuesta (primera actuación) en la atención de reclamos será
de menos de 6 (seis) horas de recibida la denuncia. En los primeros 30 días
de perfeccionado el contrato se determinará la forma que la empresa pueda
demostrar el cumplimiento de dicho plazo. Todos los trabajos que no
cumplan con dicho tiempo de respuesta no serán pagados además de
aplicarse las multas correspondientes (Art. 58).
SERVICIO DE EMERGENCIA
En las ocasiones en que sea urgente e impostergable proceder a una rápida intervención en la
red, el Contratista deberá efectuarla sin demora alguna. A estos efectos dispondrá de un
Servicio de Emergencia que funcionará los 365 días del año, en días hábiles en el horario
comprendido dentro de las 19:00hs y 7:00hs del día siguiente y durante las 24hs en días
domingo y feriados. Dichos trabajos podrán ser dentro de la zona objeto del contrato o fuera de
ella.
El equipo del Servicio de Emergencia tendrá la dotación mínima necesaria de materiales,
maquinaria y mano de obra para atender las posibles eventualidades, con un tiempo máximo de
4 (cuatro) horas para comenzar su intervención desde la recepción de las denuncias.
Los trabajos de emergencia serán de tipo desobstrucción, es decir, problemas que no
implicarían en primera instancia una reparación del elemento a limpiar. Cuando durante la
limpieza del elemento, se constante una rotura de éste y que la misma sea la causante de la
obstrucción, la empresa deberá informar a la Dirección de Obra en forma inmediata para que se
tomen las medidas correspondientes. Sin embargo, en el caso particular de las conexiones, si
la obstrucción se debiera a una rotura u otro desperfecto que amerite una reparación “con
apertura” este trabajo será responsabilidad de la empresa y se pagará por precio unitario según
rubrado.
El pago de estos trabajos se realizará solamente cuando se pueda demostrar por parte de la
empresa contratista la resolución del problema con la actuación. Esto podrá demostrarse
mediante formulario firmado por el denunciante (caso típico de conexiones), registros
fotográficos e información de concurrencia registrado en los sistemas de seguimiento satelital, o
por una constatación posterior efectuada por la Dirección de Obra sobre el elemento
denunciado. En caso de que la disfunción fuera producto de una rotura (excepto conexiones) se
pagará la emergencia como trabajo resuelto.
El servicio de emergencia deberá balizar (balizas, cintas, etc.) todo punto o elemento de la red
que resulte peligroso para la circulación de vehículo o personas.
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ART. 40.
TRABAJOS DE REPARACIÓN.
Se tendrá presente:
•
Los trabajos comprenden la reparación de daños preexistentes en todo
elemento componente de la red como ser colectores, perfiles especiales,
bocas de registro, cámaras de inspección, bocas de tormenta, etc., según el
rubrado y metrajes del literal B del Formulario Propuesta, de modo de dejar
la red en buenas condiciones de conservación. En caso de trabajos no
previstos en este PCP, se seguirá el procedimiento establecido en el
PCGCO.
•
La cantidad de unidades de cada rubro a reparar será determinada por la
Dirección de Obra, quien también aprobará los procedimientos constructivos
que se deseen aplicar en cada caso. El Contratista tendrá en consideración
que el suministro de todos los materiales y equipos para la ejecución de los
trabajos será de su exclusiva cuenta y que deberá entregar al Servicio de
Operación y Mantenimiento de Saneamiento, en el Depósito de la calle Lucas
Píriz Nº 2359, todos los elementos constitutivos del saneamiento actual que
por cualquier motivo se remuevan y le sean solicitados.
•
En toda reparación realizada se deberán respetar los planos tipo de la IM.
•
Los procedimientos constructivos serán entregados a la Dirección de Obra
previo a la ejecución de los trabajos para su aprobación.
ART. 41.
CONSTRUCCION DE CONEXIONES DOMICILIARIAS.
Las conexiones domiciliarias se ejecutarán con caños de PVC Serie 20 de 150/160 mm de
diámetro con juntas elásticas con aro de goma, aptos para desagüe de líquidos cloacales.
Tendrán una pendiente uniforme no menor a 2 cm por metro lineal ni, preferentemente, mayor a
5 cm por metro lineal.
Se tomará en cuenta, además:
•
Deberán realizarse siempre con trazado rectilíneo y normales al eje de la
calle contenedora del colector, salvo en aquellos casos especiales en que, a
solo juicio de la Intendencia de Montevideo, sea conveniente su construcción
oblicua. En ningún caso se ubicarán fuera de las prolongaciones de los
límites laterales del predio correspondiente.
•
Su construcción deberá iniciarse dentro del plazo de 7 (siete) días calendario
de recibida la indicación correspondiente, y finalizarse completamente,
dejando la vía pública libre de depósitos, habilitado el transito mediante
pavimento provisorio, dentro de los 4 (cuatro) días hábiles de iniciadas en
caso de ejecutarse a la misma acera o 5 (cinco) días hábiles a la calzada o
acera opuesta. Todos los plazos anteriores podrán ampliarse en casos
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justificados y a sólo juicio del Director de Obra. Por su parte, los pavimentos
definitivos se librarán al uso público en los lapsos indicados en el Art. 52.1.
Cuando se trate de conexiones a la acera o mitad opuesta del pavimento, el
Director de Obra podrá ordenar su construcción, reconstrucción de la base y
reposición del firme, por anchos incompletos, de manera de mantener la
circulación vehicular, indicando los plazos al efecto.
•
El Contratista deberá proceder a los desagotes y limpiezas necesarias para
permitir una correcta ejecución de los trabajos, de encontrase inundada la
última cámara de la instalación sanitaria interna del solar a conectar
En todos los casos la unión con el colector público se realizará:
1. Para conductos circulares no visitables, por su parte superior (extradós), clip
mecánico, o con unión directa cuando así lo autorice el Director de Obra (con
las mismas precauciones que se establecen en el próximo numeral).
2.
Para conductos visitables, de sección circular o especiales, en forma
“lateral” y tratando de ubicarse por encima del máximo tirante de agua (salvo
autorización expresa del Director de Obra), mediante unión directa realizada
con las siguientes precauciones:
•
Se comenzará por marcar en el colector el perímetro del orificio a realizar.
•
Se realizarán todo a lo largo de dicho perímetro perforaciones con taladro
-o procedimiento autorizado por el Director de Obra-, que permitan luego
completar cuidadosamente el orificio sin ocasionar destrozos
innecesarios.
•
Se evitará, en la medida de lo posible, la introducción en el colector del
material proveniente de la realización del orificio, retirándolo en caso
contrario.
•
El extremo de la tubería de conexión y la unión se acondicionarán de
forma que aquella no se proyecte hacia el interior del colector, el cual
deberá mantener una superficie interior perfectamente lisa.
•
La unión de la conexión y el colector se rigidizará mediante un macizo de
hormigón pobre de por lo menos 20 cm de espesor en todas las
direcciones.
Cuando la conexión requiriera una pendiente excesiva, se aplicará una de las siguientes
soluciones según disponga el Director de Obra (ver croquis adjunto al PCP), de modo de evitar
el quiebre que de lo contrario se crearía en la unión con el sifón desconector (no se admitirá
bajo ningún concepto resolverlo mediante unión directa con utilización de un macizo de
mortero):
a) Se construirá una cámara con salto de dimensiones reglamentarias según
Ordenanza Sanitaria, en acera, totalmente accesible, con tapa que se sellará
Página 55
luego de inspeccionada, y contratapa, paredes de medio ladrillo (15 cm de
espesor), piso de hormigón con cuneta y banquetas conformadas.
b) Se utilizará un tramo vertical en forma de “chimenea”, con tubería de 150/160
mm de diámetro, que se continuará hasta 20 cm por debajo del nivel del
terreno, donde se colocará un tapón de cierre. Su unión con el tramo
“horizontal” de la conexión se resolverá mediante pieza en “T” o en “Y”.
Esta última solución se empleará preferentemente cuando el desnivel entre la cámara de
inspección final del predio y el colector público sea muy elevada, aunque también se podrá
autorizar cuando el subsuelo esté conformado con material compacto que dificulte la
excavación.
ART. 42.
REPARACION DE CONEXIONES
La rehabilitación de las conexiones domiciliarias se ejecutarán según lo indique el Ingeniero
Director y éstas serán con caños de PVC (Serie 20) de diámetro y pendiente igual a la
existente. En la sustitución de tubería de hormigón de 150 mm se utilizará PVC 160 mm.
Cuando se realice una unión de caños de hormigón con PVC deberá dotarse de rugosidad al
tramo de PVC. Se deberá utilizar cemento para PVC y se deberá arenar la superficie de
contacto.
Toda unión entre tuberías de PVC se utilizará aro de goma apta para líquido residual. No se
aceptarán uniones pegadas.
En relación a la colocación de los caños, éstos estarán asentados en una capa de arena de 15
cm, y además deberán estar cubiertos con una capa de arena de 20 cm de espesor con una
compactación de acuerdo a lo especificado en los pliegos generales.
El pavimento removido será sustituido por uno de iguales características de acuerdo a lo
especificado en éste PCP.
Para la rehabilitación de conexión se distinguirán tres casos:
SIFÓN DESCONECTOR
Cuando el problema esté relacionado con el sifón en mal estado se procederá a la sustitución
del mismo el cual será de hormigón o PVC realizando en la cámara Nº 1 las reparaciones en la
pared del lado del sifón de manera de establecer la impermeabilidad de la misma.
TUBERÍA DE CONEXIÓN
Cuando el problema sea en la tubería de conexión la misma se sustituirá en un largo mínimo de
3 m salvo expresa indicación de la Dirección de Obra, considerándose a los efectos de la
certificación un largo mínimo de 3 m en el rubro específico.
Los procedimientos para la unión del nuevo tramo de PVC con el existente serán los siguientes:
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en caso que la conexión a reparar sea de PVC se utilizará un tramo de tubería con cabeza
(con aro de goma) y se ajustarán las longitudes con una pieza igual material (manguito
deslizante con aro de goma).
en caso que la conexión a reparar sea de hormigón, se colocará una cabeza de hormigón
en el tramo aguas abajo. Dicha cabeza se deberá unir con el tramo de hormigón
enfrentándolos y colocando un macizo de hormigón que cubra al menos 10 cm en todas las
direcciones. Cuando el tramo de conexión aguas arriba sea de hormigón de 150 mm se
utilizará una reducción excéntrica de PVC de 200 – 160 y se sustituirá la tubería aguas
abajo por PVC hasta su conexión al colector. En diámetros mayores se definirá el
procedimiento por parte de la Dirección de Obra.
Conexiones de pendiente pronunciada o en "chimenea".
En los casos que la conexión tenga un tramo vertical en forma de "chimenea", su unión con el
tramo "horizontal" de la conexión se resolverá mediante una curva o pieza en "T" (con tapa con
aro de goma), será ejecutará fuera de la zanja siguiendo las mismas precauciones que para el
caso de empalme con un colector y descendida y colocada solamente una vez aprobada.
Para lograr una buena estabilidad de la "chimenea" se la rodeará con tosca cementada (100
kg/m3) en un diámetro no menor a 60 cm y hasta la imposta del colector para los casos de
sección circular o hasta donde indique la Dirección de los trabajos cuando se trate de secciones
especiales.
UNIÓN AL COLECTOR
Vale lo especificado en el Art. 41- Construcción de conexiones domiciliarias.
En situaciones especiales la Dirección de Obra podrá solicitar a la empresa Contratista una
reparación diferente a lo descrito en los artículos anteriores las cuales serán pagaderas según
precio unitario que se determinará siguiendo el procedimiento del Art. 84 del PCGCO.
ART. 43.
REPARACION Y NIVELACION DE MARCOS Y CONTRAMARCOS
DE TAPAS DE REGISTROS.
En plano adjunto a este PCP se indica la solución a emplear cuando se requiera la reparación o
nivelación de marcos y contramarcos de tapas de cámaras de inspección o pozos de bajada
(en adelante llamados registros en forma indistinta). A los efectos de una correcta ejecución de
los trabajos se señala:
•
Se deberá remover el pavimento existente en un área de 1,20 m x 1,20 m
alrededor de la boca del registro, o mayor, de así disponerlo el Director de
Obra debido a la existencia de juntas o deterioros cercanos. El corte se
realizará sin excepción con disco en pavimentos de hormigón o con base de
hormigón y carpeta asfáltica.
•
Las losas de contramarco serán prefabricadas. Se deberá sellar en toda su
extensión las juntas resultantes en el caso de pavimentos de hormigón o
colarse en sitio el complemento necesario, de haberse removido una
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extensión mayor a 1,20m x 1,20m. Tendrán idéntica dosificación y criterios
de aceptación por espesor y resistencia que para los pavimentos de
hormigón del PGCCPH.
•
El suministro de contramarcos, marcos y tapas completas estará a cargo del
Contratista, quien deberá entregar en el Depósito del Servicio de Operación y
Mantenimiento de Saneamiento, Lucas Píriz Nº 2359, todos los aros y tapas
que retire de los registros a reparar.
•
La caja sobre la que se asentará la losa de contramarco deberá estar
perfectamente consolidada, nivelada y limpiada y para ella regirán las
mismas condiciones que se establecen para la reposición de pavimentos
removidos.
•
En caso de constatarse fallas estructurales en los registros cuya tapa deba
nivelarse, el Director de Obra podrá a su solo juicio ordenar su
reconstrucción según los diseños tipos de los planos generales del
Saneamiento de Montevideo, al precio unitario que se determinará siguiendo
el procedimiento del Art. 84 del PCGCO.
ART. 44.
NIVELES DE SERVICIO.
La red de alcantarillado comprendida en el área de los trabajos, incluyendo todos su
componentes como ser colectores, colectores internos, cámaras de inspección, pozos de
bajada, tramos escalonados, conexiones domiciliarias, etc., deberán estar en correcto estado
de mantenimiento y conservación.
La red de alcantarillado comprendida en los trabajos, incluyendo todos sus componentes como
ser colectores, cámaras de inspección, pozos de bajada, tramos escalonados, vertederos,
desarenadores, aliviaderos etc., deberá estar libre de todo elemento que altere su sección
normal, interfiera con el libre escurrimiento de las aguas o pueda producir perturbaciones o
efectos negativos, ya sea al normal funcionamiento o a presencia de olores o presencia de
materiales que afectan la estética de las instalaciones.
Se establecen los siguientes niveles de servicio:
•
Colectores circulares de diámetro menor o igual a 600 mm: sedimentación
virtualmente nula en forma permanente.
•
Colectores circulares de diámetro mayor a 600 mm: sedimentación inferior al
mínimo de altura que se determina según la condición más restrictiva entre
un 15% (quince por ciento) de la altura total del colector y/o 20 cm (veinte
centímetros).
Las condiciones anteriores se aplicarán también a las correspondientes cámaras de inspección.
•
Perfiles especiales, rectangulares, ovoides o de cualquier otro tipo:
sedimentación inferior al mínimo de altura que se determina según la
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condición más restrictiva entre un 10% (diez por ciento) de la altura total del
colector y 20 cm (veinte centímetros).
Se establece también:
•
Cámaras vertedero: sedimentación virtualmente nula en forma permanente,
inclusive sobre el umbral y paredes del vertedero.
•
Colectores aliviaderos:
permanente.
•
Desarenadores: sedimentación virtualmente nula en forma permanente.
sedimentación
virtualmente
nula
en
forma
Se establece que cuando se realice una limpieza de cualquier elemento, se debe ejecutar de
forma tal que éste quede libre de cualquier tipo de sedimento o elementos que impidan,
obstaculicen o alteren la libre circulación de las aguas.
ART. 45.
INFORMES
En este ítem se definen los criterios generales en cuanto a la presentación de los informes de
actuación de la empresa Contratista. En los primeros 30 días de comenzado el contrato se
deberá definir los formularios a utilizar en dichos informes en acuerdo con la Dirección de Obra.
Los informes serán de recibo sólo cuando sean completos. La Dirección de Obra entregará
conformidad por escrito de todos los informes presentados por la empresa Contratista.
Art. 45.1.
INFORME DE DIAGNÓSTICO
La empresa adjudicataria deberá presentar informes parciales mensuales por subzona con
todas las actuaciones en los 10 (diez) primeros días hábiles posteriores al cierre del mes a
certificar. Así mismo deberá presentar un informe resumen con todo lo actuado en la etapa de
Diagnóstico en los primeros treinta días hábiles de finalizadas las tareas de Diagnóstico.
Como mínimo dicho informe deberá contener:
plano general de ubicación escala 1:5.000 con delimitación de la subzona
inspeccionada
planos parciales con escala 1:1.000 con todos los elementos de la red
ubicados planimétricamente.
listado con la información de los elementos relevados y su ID para poder
ubicarlos. La información solicitada por elementos se definirá con la Dirección
de Obra.
registro fotográfico de todos los elementos de la red y en particular de las
disfunciones y/o roturas encontradas con su correspondiente identificación
del elemento en cuestión. En particular en el caso de colectores se deberá
tomar tantas imágenes como sea necesario para una correcta visualización
de los mismos.
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Art. 45.2.
evaluación del estado de mantenimiento y funcionamiento de los colectores y
programa tentativo de limpieza de acuerdo a los niveles establecidos en este
PCP a ser aprobado por la Dirección de Obra.
evaluación del estado de conservación del sistema de colectores y programa
tentativo de rehabilitación con cronograma del mismo
INFORME DE ACTUACIÓN
El Adjudicatario presentará al Director de Obra durante todo el plazo de los trabajos:
a) Partes Diarios, que incluyan los itinerarios y las tareas de limpieza,
reparación y conexiones realizadas el día anterior y los previstos para ese
día en horario que establecerá la Dirección de Obra. Toda la información
estará debidamente reportada en el sistema SUR o aquel que utilice la
IdeM, con fechas, equipamiento utilizado, recursos humanos, recursos
materiales y detalles necesarios para trazar la secuencia de acciones
realizadas por la Empresa.
b) Un Informe Mensual, dentro de los primeros 5 (cinco) días hábiles de cada
mes calendario, comprendiendo:
Un Programa de actuación referido al mes que inicia, donde se
especificarán los recorridos de limpieza previstos y las operaciones de
cada índole que se van a llevar a cabo, con los ajustes metodológicos y
de uso de los recursos humanos y materiales, asociados a los
indicadores de gestión que se establezcan y al avance económico en
función del presupuesto.
Una recopilación de los Partes Diarios del mes anterior, complementados
con los Partes de Denuncias recibidas.
Un resumen de toda la información necesaria para efectuar un
seguimiento del Contrato, detallando los recursos utilizados, los
deterioros registrados, las operaciones ejecutadas, indicadores de
gestión y cualquier otra información que la Dirección de Obra estime
necesaria.
Planos según “obra” de las conexiones construidas o de las
modificaciones significativas realizadas en elementos de la red de
alcantarillado según los requerimientos que se acordarán con el Servicio
de Estudios y Proyectos de Saneamiento.
Asimismo en estos informes mensuales se deberá presentar toda la información recabada
durante la Inspección de Seguimiento (Art.2.2.1.2.), tarea que comenzará desde la finalización
del Diagnóstico. En listado no taxativo se presentan las piezas gráficas e información mínima a
contener:
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plano general de ubicación escala 1:5.000 con delimitación de la subzona
inspeccionada.
planos parciales con escala 1:1.000 con todos los elementos de la red
ubicados planialtimétricamente.
listado con la información de los elementos relevados y su ID para poder
ubicarlos.
registro fotográfico de las disfunciones y/o roturas encontradas con su
correspondiente identificación del elemento en cuestión.
evaluación de estado de mantenimiento y conservación del sistema y
programa tentativo de limpieza adicional.
La Dirección de Obra deberá aprobar esos Informes y conformar en particular los programas
mensuales, pudiendo variar los itinerarios, sin alterar los ritmos contenidos en la oferta, salvo
que se aprecien defectos de limpieza o reparación que justifiquen un cambio en esos tiempos
de trabajo.
A su vez, independientemente de las evaluaciones indicadas anteriormente, la Dirección de
Obra podrá efectuar sus propias valoraciones y peritajes en la oportunidad y lugares que
considere convenientes, debiendo el Contratista brindar todo el apoyo necesario al efecto.
Art. 45.3.
FORMATO DE INFORMES
El contratista deberá presentar los planos con todos los elementos de red de la zona, se
encuentren catastrados o no. Cada uno de los elementos tendrá indicado su número de
identificador (ID). Los elementos que se encuentran catastrados ya cuentan con ID, el cual se
deberá respetar. Para aquellos elementos que no se encuentren catastrados o que sean
construidos, se deberá dar un ID temporal hasta tanto el Servicio de Estudios y Proyectos
defina su ID definitivo. Se deberá definir con la Dirección de Obra el formato de planos (hoja,
rotulo, escala, nivel de información, etc), incluidas las referencias según estado de cada
elemento.
Se deberán presentar dos copias papel y dos copias en soporte óptico (CD o DVD). La
información se deberá entregar en Office (versión 2013) o superior, AutoCad 2012 o superior,
debiéndose suministrar a la IM licencias de dichos programas. Asimismo deberán presentarse
archivos de impresión (pdf o similar) de los informes y planos.
ART. 46.
MATERIALES Y EJECUCION DE LOS TRABAJOS.
Serán de aplicación los capítulos II y III (Materiales y Ejecución de las Obras) del PGCOA, lo
establecido en este PCP, los requisitos del fabricante de los conductos que se empleen, las
especificaciones del Instituto Uruguayo de Normas Técnicas (UNIT), los Pliegos de Condiciones
de la División Vialidad y Alumbrado Público para cada tipo de afirmado a remover y reponer, las
Página 61
indicaciones de la Dirección de la Obra, debiéndose, además, atender las disposiciones del
Art. 62 del PCGCO.
En particular, para hormigones de cemento portland:
•
El Contratista deberá someter a la aprobación del Director de Obra los
materiales a emplear, el proyecto de dosificación, los procedimientos de
ejecución, manipulación y curado, antes de realizar cualquier hormigonado y
tantas veces como sea necesario para realizar ajustes en las dosificaciones.
Deberá adjuntar resultados de ensayos que permitan comprobar o inferir el
cumplimiento de las condiciones exigidas en recaudos, tanto en cuanto a las
características de los materiales constituyentes como de resistencia a la
compresión del hormigón.
•
Para los distintos componentes de la red de alcantarillado, se considerarán
como guía las dosificaciones Tipo A y Tipo B del Art. 50 del PGCOA, según
se trate de elementos armados o sin armar (como registros)
respectivamente, debiéndose utilizar como árido grueso grava granítica. En
todos los casos su resistencia característica a la compresión a los 28 días de
edad será como mínimo de σck = 210 kg/cm².
•
El hormigón se preparará a pie de obra utilizando equipos y métodos
aprobados por la Dirección de los Trabajos, o en su defecto, será preelaborado y transportado en camiones mezcladores, debiendo en ese caso
acompañarse cada partida con el certificado que acredite la hora de carga.
Para su traslado y colocación no se permitirá el uso de canaletas, salvo
pequeñas porciones aisladas de obra y con autorización específica, ni se
dejará caer de más de dos metros de altura desde su punto de descarga.
•
Deberá ser compactado con un equipo mecánico de vibración de alta
frecuencia completado con apisonado a mano y su plazo de curado será de 7
días como mínimo o el establecido por el Director de Obra.
ART. 47.
DEPOSITO DE MATERIALES Y RESIDUOS EN LA VIA PUBLICA.
La tierra, arena y detritus inorgánicos procedentes de la realización de los trabajos y el acopio
de los materiales que se empleen en las obras, deberá ser contenido en protecciones de
madera, chapa u otro material apropiado, de dimensiones y colores reglamentarios, en forma
que eviten su diseminación, molestias al tránsito vehicular y peatonal e inconvenientes en
cualquier otro sentido.
Las herramientas y útiles de trabajo también se guardarán en cajas apropiadas.
Sin perjuicio de lo anterior, la permanencia de materiales en el espacio público será bajo total
responsabilidad del Contratista y no podrá exceder el día de su extracción o utilización, según
se trate de residuos procedentes de excavaciones, demoliciones u otras tareas de
conservación, o de materiales destinados a la ejecución de obras. Estos plazos podrán
Página 62
extenderse con autorización del Director de Obra, especialmente en el caso de áridos que
estén en condiciones de ser empleados nuevamente en el relleno de zanjas.
Por su parte, los residuos con contenido orgánico procedentes de las operaciones de limpieza,
deberán cargarse directamente en contenedores estancos metálicos cerrados, que se
conducirán al punto de disposición final, previa reducción apropiada de su contenido de
humedad (y agregando hipoclorito de sodio -u otro fuerte oxidante- de existir olores o presencia
molesta de insectos), quedando totalmente prohibido el depósito o almacenamiento en la vía
pública.
ART. 48.
ALEJAMIENTO DE RESIDUOS.
La tierra, arena y detritus resultantes de los trabajos deberán ser transportados hasta el punto
de disposición final que estará ubicado en la Usina Nº 8 del Servicio de Transformación de
Residuos, ubicada en Cno. Felipe Cardozo No. 2500, o a cualquier otro lugar alternativo que
indique el Director de Obra, mediante camiones que deberán tener su caja cubierta con lonas
para evitar la dispersión de materiales o en contenedores cerrados, según se trate de residuos
inorgánicos u orgánicos respectivamente.
En los puntos de descarga se adoptarán todas las medidas necesarias para no causar perjuicio
alguno por desparramo de materiales y obstaculización de la circulación, acatándose en todo
momento las indicaciones que se puedan formular al respecto.
Queda entonces modificado parcialmente el Art. 73 del PGCOA.
ART. 49.
INSTALACIONES SUBTERRANEAS DE SERVICIOS.
El Contratista tomará todas las providencias posibles para evitar perjuicios o deterioros en las
instalaciones subterráneas que puedan existir en la zona de desarrollo de los trabajos,
debiendo recabar toda la información disponible sobre sus características y ubicación
planialtimétrica, dando cuenta por escrito al Director de Obra cuando esos informes no le sean
suministrados. Asimismo, dará aviso a las empresas u organismos respectivos antes de realizar
operaciones en sus cercanías que puedan afectarlas, de modo de permitir que indiquen o
tomen las precauciones necesarias.
Deberá reparar a la brevedad y a su costo los desperfectos de cualquier índole que ocasione en
esas instalaciones, en las condiciones de los Arts. 51 del PCGCO y 7 del PGCOA.
Es de exclusivo cargo del adjudicatario todo riesgo y responsabilidad derivados del contrato ya
sea como consecuencia de daños causados a terceros, a la Administración o a sus empleados.
ART. 50.
SEÑALAMIENTO PREVENTIVO.
El señalamiento de los cortes, zanjas y depósitos de materiales, que presenten un riesgo para
la circulación peatonal o vehicular, deberá ajustarse a los requisitos de los Títulos II y III, "De las
Remociones en la Vía Pública", del Volumen VII del Digesto Municipal "De las Obras". Su retiro
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se efectuará luego de transcurrido un lapso de 72 horas en el caso de pavimentos de acera y
de 7 días en calzada, a partir de su completa reconstrucción, o el que fije el Director de los
Trabajos, oportunidad en que se liberarán al uso público.
El contratista realizará los trabajos de señalización en un todo de acuerdo con las disposiciones
indicadas en la Norma UNIT 1114:2007, 1115:2007 y 1125:2007 correspondientes a
Señalización Vial y en lo indicado en este PCP.
ART. 51.
DESVIO DEL TRANSITO.
El Contratista desarrollará los trabajos tomando todas las precauciones necesarias para evitar
perjuicios y molestias a vecinos y usuarios de la vía pública. Sin embargo, si a sólo juicio del
Director de Obra fuera necesario el desvío del tránsito vehicular, estará obligado a la colocación
de carteles indicadores de acuerdo a los planos y reglamentaciones vigentes y a efectuar las
gestiones para su autorización ante las oficinas correspondientes, especialmente cuando se
afecten los recorridos de unidades del transporte colectivo de pasajeros; en este caso se dará
aviso al Servicio de Ingeniería de Tránsito con por lo menos 72 horas de anticipación.
ART. 52.
Art. 52.1.
REMOCION Y REPOSICION DE AFIRMADOS Y CORDONES.
GENERALIDADES.
Cuando la ejecución de los trabajos de reparación, mantenimiento, emergencias, o de
construcción de conexiones domiciliarias, requiera la remoción de pavimentos vehiculares o
peatonales, el Contratista deberá reponerlos de acuerdo a las reglas ordinarias que establece
este PCP, el PGCOA, los Pliegos correspondientes de la División Vialidad y Alumbrado Público,
los Títulos II y III, “De las Remociones en Vía Pública”, del Digesto Municipal, o en su defecto,
las órdenes e instrucciones que diera el Director de Obra, utilizando materiales adecuados y
aprobados y tomando todas las precauciones para dejar un trabajo perfectamente terminado.
Para los trabajos comprendidos en este Contrato no regirá el literal e) del Art. 74 del PGCOA,
en cuanto a que se deberá dar cumplimiento a lo establecido en los artículos D.2237.5 y
D.2237.6 del Capítulo III, “De las Reconstrucciones de Pavimentos y Cordones y Señalización”,
del Título III, “De las Remociones en la Vía Pública”, del Digesto Municipal. En consecuencia el
Contratista:
•
Deberá ejecutar un pavimento provisional que se habilite a la circulación en
un plazo máximo de 24 horas en el caso de cortes transversales y dentro de
las 48 horas en los demás casos, contando ambos términos a partir de la
finalización de los trabajos correspondientes.
•
Dicho pavimento estará constituido por una base granular compactada de 25
cm de espesor.
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Art. 52.2.
•
Las veredas removidas se deberán dejar en condiciones de transitabilidad sin
ofrecer molestias a los peatones y asegurando el uso normal de las entradas
de vehículos, hasta tanto no se haga el pavimento definitivo.
•
Existirá un plazo de 7 días calendario para la reposición de las veredas que
hayan sido afectadas por los trabajos y de 30 días calendario para la
sustitución de los pavimentos provisionales.
CASOS DE REPOSICIÓN DE PAVIMENTOS VEHICULARES PREVISTOS
EXPLÍCITAMENTE EN ESTE PCP.
Las especificaciones incluidas en los pliegos generales de la IM son las correspondientes a la
construcción:
1. De una sub-base de material granular cementado, una base de hormigón y
una carpeta asfáltica.
2. De una sub-base de material granular cementado y un pavimento de
hormigón.
3. De una sub-base de material granular cementado, una base de hormigón y
una carpeta asfáltica, en sustitución de un pavimento de adoquines existente.
4. De una sub-base de material granular cementado, una base de hormigón y
una carpeta asfáltica, en sustitución de una base de adoquines existente con
carpeta asfáltica.
Como se observa, en el caso de afirmados de adoquines de granito (con o sin carpeta
asfáltica), el pavimento a reconstruir estará conformado por una sub-base granular, una base
de hormigón y una carpeta asfáltica, no reponiéndose los adoquines. Estos, limpios de todo
material, deberán ser entregados en el Depósito del Servicio de Operación y Mantenimiento de
Saneamiento, Lucas Píriz Nº 2359, o en el Depósito del Servicio de Mantenimiento Vial, Avda.
Gral. Flores Nº 3840, de acuerdo a lo que disponga el Director de Obra.
Siempre se seguirán las disposiciones de los pliegos citados, con las siguientes modificaciones
y estipulaciones más importantes y tomando en consideración:
Art. 52.3.
•
Las indicaciones del Art. 84 del PCGCO respecto a la ejecución de trabajos
no previstos en este PCP.
•
Que en caso de cortes en esviaje o que afecten a pavimentos vehiculares
nuevos, se podrá disponer la remoción y reposición de paños enteros.
Asimismo, se exigirá la utilización de disco para efectuar cortes en
pavimentos que se encuentren en buen estado.
RECONSTRUCCIÓN DE REPOSICIONES RECHAZADAS.
En el caso de reposiciones rechazadas, el Director de Obra podrá ordenar su demolición y
reconstrucción cuando a su juicio la deficiencia sea lo suficientemente seria como para
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perjudicar el servicio que se espera del pavimento. Si en cambio, en su opinión no hubiera
probabilidades de roturas inmediatas, se permitirá optar al Contratista entre dejar las zonas
defectuosas sin compensación ni pago pero con la obligación de realizar la conservación en la
forma y plazos indicados en este PCP, o reconstruirlas en las condiciones especificadas.
ART. 53.
ANÁLISIS Y ENSAYOS.
Todos los materiales deberán someterse a aquellos análisis y pruebas que indique el Director
de los Trabajos, en el lugar de su fabricación, en la obra, o en Laboratorio, a costo del
Contratista, quien proveerá todos los elementos, instrumentos, maquinaria y mano de obra que
normalmente se necesitan para examinar, medir y realizar los ensayos, de acuerdo a lo
establecido en el PGCOA y en las normas UNIT que correspondan.
Un régimen completamente análogo se aplicará para aquéllas obras o componentes de obras
que requieran algún tipo de verificación para su recepción.
A modo tentativo y careciéndose en los diferentes pliegos generales de la Intendencia de
Montevideo de un procedimiento homogéneo al efecto, se establecen los criterios preliminares
indicados en los próximos párrafos, los cuales podrán ser modificados por el Director de Obra a
su sólo juicio y entender y en función de la magnitud y los ritmos de construcción de los
distintos elementos a verificar.
En particular:
•
Como se indicó en el Art. 45, el Contratista deberá someter a aprobación del
Director de Obra, con suficiente antelación, el tipo de materiales a emplear
en la preparación de hormigones, el proyecto de mezcla y los
procedimientos de ejecución, manipulación y curado; ello se hará tantas
veces como sea necesario por ajustes en las dosificaciones. Deberá
demostrarse mediante ensayos preliminares que se cumple o se cumplirá
con las condiciones exigidas en este PCP y demás recaudos.
•
El control del hormigón que se coloca en las diferentes estructuras se
realizará mediante controles directos de resistencia sobre probetas
cilíndricas, salvo porciones de obra de muy escasa importancia, donde se
admitirá solamente extremar la vigilancia en las operaciones de dosificación,
amasado, colado, y un control sistemático del asiento en cono de Abrams.
•
Las probetas se fabricarán y conservarán siguiendo la norma UNIT 25-48,
con la aclaración que serán obtenidas al colar el hormigón, guardadas tan
cerca de su lugar de extracción como sea posible y protegidas de la misma
forma que la porción de estructura que cada espécimen representa. Se
transportarán al Laboratorio no más de 12 horas antes de su ensayo,
retirándose los moldes inmediatamente antes de efectuar la prueba a la
compresión, que se efectuará exactamente a los 28 días, salvo situaciones
excepcionales muy bien fundadas. En estos casos se corregirán los
resultados utilizando criterios con debido fundamento técnico y que cuenten
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con la aprobación del Director de Obra (por ejemplo los indicados en el
PGCCPH).
•
El número de probetas a extraer se determinará considerando el hormigón
dividido en lotes de control, es decir, en extensiones que se someterán a
juicio de una única vez, caracterizadas por:
a) Haber sido confeccionadas y coladas en condiciones sensiblemente
iguales.
b) Corresponder a elementos afines, hormigonados sin discontinuidades
apreciables en el tiempo.
c) Tener un volumen máximo preestablecido y corresponder a un tiempo de
ejecución menor a un cierto lapso (tentativamente 5 m³ y 2 semanas
respectivamente, aunque estos valores serán indicados en definitiva por
el Director de Obra y dependerán de la importancia de las obras).
De cada lote se extraerá una muestra eligiendo un mínimo de tres amasadas
al azar del total que lo constituyen y se confeccionará una probeta por
amasada (es decir, tres probetas por muestra).
Sin perjuicio de esta exigencia, es conveniente que el Contratista realice la
extracción de otras probetas para su ensayo a los 7 días, de modo de
obtener información en menor plazo para decidir ajustes y correcciones.
•
Para los distintos componentes de la red de alcantarillado, el criterio de
aceptación automática del hormigón de un lote será que la resistencia media
de las probetas resulte mayor que la característica especificada en el Art. 45
incrementada en 80 kg/cm², y simultáneamente, que todas las resistencias
individuales sean superiores a la característica (es decir, mayores que
290 kg/cm² y 210 kg/cm² respectivamente).
•
Cuando alguno de los valores individuales o el promedio no cumple las
condiciones anteriores, pero supera el 90% del valor respectivo, el hormigón
podrá aceptarse (aceptación no automática) siempre que el período de
curado haya sido satisfactorio y ampliado respecto al indicado en este PCP,
pero se impondrá una penalización consistente en proceder a aumentar al
doble el número de probetas del próximo lote, como forma de incrementar el
nivel de control. Las determinaciones para poder prever la necesidad de
realizar dicho curado adicional serán de cuenta y riesgo del Contratista, quien
también deberá verificar las instalaciones de dosificación, amasado y
transporte, e inclusive, la fórmula de dosificación.
•
De no cumplirse ninguna de las situaciones indicadas en los dos casos
anteriores, se efectuará un estudio particular para cuantificar la influencia que
el descenso de resistencia puede tener en la seguridad de los elementos
afectados, pero será el Director de Obra quien en definitiva decida si
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corresponde demoler o los procedimientos a seguir, que podrán consistir en
ensayos no destructivos con extracción de testigos u otras determinaciones
directas o indirectas de la calidad del hormigón, todo lo cual será de cargo
del Contratista. Si de los estudios resultara que no existe probabilidad de
roturas inmediatas y de ser de aplicación el criterio, se permitirá optar entre
dejar las zonas defectuosas sin compensación ni pago pero con la obligación
de realizar la conservación en la forma y plazos indicados en este PCP, o
reconstruirlas en las condiciones especificadas.
•
Los criterios anteriores también serán de aplicación en el caso de
hormigones de reposición de pavimentos vehiculares, aclarándose:
1. Que en caso de dudas, el Director de Obra podrá exigir que las probetas
sean extraídas con máquinas caladoras especiales en las condiciones del
Art. 3-63 y siguientes del PGCCPH.
2. Que, además, deberá demostrarse mediante ensayos que se alcanzan las
resistencias solicitadas en este PCP a los 7 días.
3. Que regirán las demás condiciones de aceptación indicadas en los
pliegos generales.
•
A efectos de controlar el correcto funcionamiento de la conexión de las bocas
de tormenta limpiadas, se podrá exigir el llenado de su depósito hasta el nivel
de descarga y el vertido inmediato, directamente en él, de por lo menos 200 l
(doscientos litros) de agua limpia en un tiempo máximo de 10 s (diez
segundos) (es decir, de un caudal igual o superior a 20 l/s en forma sostenida
durante el lapso de la prueba).
•
El cumplimiento de las condiciones del suelo granular de base de pavimentos
o más en general, de cualquier material de relleno de excavaciones o apoyo
de conductos, se verificará sobre muestras que el Contratista deberá
entregar en cantidad suficiente y con la debida antelación en el Laboratorio
de Suelos de la División Vialidad y Alumbrado Público; por su parte, las
correspondientes verificaciones de densidad se efectuarán en sitio y aquéllas
de resistencia de sub-bases cementadas, sobre probetas a ensayarse a la
rotura a los 7 días. En cualquiera de los casos el número de determinaciones
y su frecuencia se establecerán por el Director de los Trabajos, manteniendo
proporcionalidad con volúmenes o área según corresponda.
•
En el caso de construcción o reconstrucción de tramos completos de
colectores circulares prefabricados, se realizarán pruebas de dos tipos
diferentes. La primera, de comprobación de la hermeticidad de las juntas
mediante el empleo de agua a presión (prueba hidráulica), se efectuará a
zanja abierta por tramos entre cámaras de inspección consecutivas,
incluyendo los ramales domiciliarios; la segunda, de verificación de la cañería
Página 68
luego de cerradas las excavaciones, se realizará preferentemente también
por tramos entre registros (prueba de infiltración);
•
La prueba hidráulica se ejecutará de acuerdo a la Norma DIN 4033,
utilizando una presión de 0.5 kg/cm² sobre el punto más bajo del tramo a
ensayar.
•
La prueba de infiltración se efectuará luego de rellenadas las zanjas para
alojamiento de los conductos y conexiones domiciliarias, tapando los
extremos aguas abajo de las cámaras de inspección del tramo a probar (y
por lo tanto incluyendo el registro aguas abajo). El resultado se considerará
satisfactorio cuando transcurrido un período de una hora el volumen de agua
recogido sea inferior a 2 litros cada 100 m de colector y por centímetro de
diámetro;
•
La Dirección de Obra podrá solicitar, de considerarlo necesario, la realización
de pruebas de infiltración en el caso de construcción o reconstrucción de
tramos completos de colectores de sección ovoide (por ejemplo entre pozos
de bajada). Se tomará igual criterio de aceptación que para circulares, pero
considerando un diámetro ficto igual a 1.25 veces el ancho máximo, e
inclusive, tanto para colectores de uno y otro tipo, en trechos de mayor
longitud comprendiendo cámaras y pozos de bajada intermedios, aún luego
de repuestos los pavimentos correspondientes.
El Director de los Trabajos podrá ordenar otros ensayos además de los indicados si
comprobase un cambio de proveedor, en las características del material empleado en los
trabajos o en los procedimientos constructivos y de curado utilizados.
ART. 54.
USO DE EXPLOSIVOS.
En el caso que se requiera usar explosivos, el Contratista procederá bajo la supervisión de
personal debidamente calificado y deberá contar con la previa autorización del Director de Obra
y del Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas del Departamento de Desarrollo
Ambiental. No regirá entonces el artículo 40 del PGCOA en cuanto a la distancia mínima
requerida, que podrá ser establecida en una cifra menor o mayor según el caso particular que
se presente.
ART. 55.
EDIFICIOS PROVISIONALES.
El Contratista podrá construir edificios provisionales en la vía pública para almacenamiento,
talleres, oficinas, etc., solamente con autorización de las oficinas correspondientes con
injerencia en el tema, del Director de Obra y usando mano de obra y materiales propios, los
cuales serán despejados del lugar a la conclusión de los trabajos.
Página 69
ART. 56.
CARTELES.
Todas las obras llevarán un cartel de obra cuya ubicación la determinará la Dirección de Obra.
Los carteles de obra serán de chapa con estructura de madera y puntales de eucalipto como
soporte y sus dimensiones serán de 1,50 m. de base x 2,50 m. de altura.
En todos los casos el cartel será diseñado por el Equipo de Comunicación Institucional (Tels.
1950 2368 – 1950 3430 – 1950 2366), o deberá ser aprobado para su producción por el mismo.
En ningún caso el cartel podrá ser pintado a mano.
Los textos, gráficos e imágenes se realizarán en vinilo de corte, de acuerdo al siguiente modelo:
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ART. 57.
PLAZOS DE EJECUCIÓN
Los plazos a cumplir serán los indicados en este PCP, resumidos en el siguiente cronograma:
MES
TAREA
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36
Diagnostico
Limpieza y reparación
Inspección de seguimiento
Limpieza Interceptores Miguelete
Atención de reclamos
Atencion de emergencias
l
Tarea predefinida según PCP
Tarea a determinar según estado
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Capítulo V: PENALIDADES.
ART. 58.
Art. 58.1.
MULTAS POR INCUMPLIMIENTO.
POR INCUMPLIMIENTO DEL ART.34 DEL PCGCO.
La falta de cumplimiento por parte del Adjudicatario, de los plazos establecidos en el Art. 34 del
PCGCO, dará mérito a la aplicación de una multa de hasta UR 150 (ciento cincuenta Unidades
Reajustables) por cada día hábil de mora, que se descontará del primer pago a efectuársele, y
en su caso, a que se revoque la adjudicación con la correspondiente pérdida de la garantía de
mantenimiento de propuesta.
La mora operará automáticamente, por el vencimiento de los plazos, sin necesidad de
interpelación judicial o extrajudicial alguna; ello también ocurrirá para los casos que se indican
en los artículos siguientes, aun cuando no se lo especifique explícitamente..
Art. 58.2.
POR ATRASO EN LA INICIACIÓN E INCUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS
PARCIALES Y DE CONCLUSIÓN.
Si el Contratista no cumpliera las prescripciones establecidas en el Art. 4 de este PCP con
respecto a los plazos de iniciación y finalización de los trabajos, se le aplicará una multa de
hasta UR 150 (ciento cincuenta Unidades Reajustables) por cada día hábil de mora, en las
condiciones establecidas en los Arts. 67 y 68 del PCGCO. Se llama la atención que los plazos
indicados en el PCP, salvo expresa indicación en contrario, se medirán en días calendario.
Si la falta llegara a 1 (mes) calendario, se podrá considerar rescindido el contrato con pérdida
total de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, sin perjuicio de la imposición de las multas
que pudieran haberse aplicado por otros motivos.
Art. 58.3.
POR FALTA DE LOS EQUIPOS Y VEHÍCULOS OFERTADOS.
En caso de que el Contratista no dispusiera en el momento de iniciar sus actividades, de todos
los equipos, maquinaria y vehículos ofertados de acuerdo alArt. 16.5.4., en las condiciones allí
establecidas, o si durante el desarrollo de los trabajos se interrumpiera el servicio de alguno de
ellos, cualquiera sea el motivo, sin ser sustituido inmediatamente por otro de características no
inferiores, se le aplicará una multa de hasta UR 30 (treinta Unidades Reajustables) por día hábil
de incumplimiento.
Si la falta llegara a 1 (mes) calendario, se podrá considerar rescindido el contrato con pérdida
total de la garantía de cumplimiento, sin perjuicio de la imposición de las multas que pudieran
haberse aplicado por otros motivos.
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Art. 58.4.
POR INCUMPLIMIENTO EN PLAZOS DE ENTREGA DE INFORMES.
En caso de que el Contratista incumpla los plazos estipulados en este PCP en la entrega de
informes, se le aplicará una multa de hasta UR 5 (cinco Unidades Reajustables) por cada día
hábil de incumplimiento.
Art. 58.5.
POR FALTA DEL PERSONAL TÉCNICO O DE DIRECCIÓN Y CONTRALOR
SUPERIOR RESPONSABLE INCLUIDO EN LA PROPUESTA.
En caso de que el Contratista no dispusiera en el momento de iniciar sus actividades, de todo el
personal técnico o de dirección y contralor superior responsable incluido en la propuesta, de
acuerdo al Art.16.5.3, en las condiciones allí establecidas, o si durante el desarrollo de los
trabajos se interrumpiera la actuación de alguno de ellos, salvo motivos de fuerza mayor
(ausencia de hasta una semana), sin ser sustituido inmediatamente por otro de experiencia y
antecedentes no inferiores a sólo juicio de la Dirección de Obra, se le aplicará una multa de
hasta UR 50 (cincuenta Unidades Reajustables) por día hábil de incumplimiento.
Si la ausencia llegara a 1 (mes) calendario, se podrá considerar rescindido el contrato con
pérdida total de la garantía de cumplimiento, sin perjuicio de la imposición de las multas que
pudieran haberse aplicado por otros motivos.
Art. 58.6.
POR INCUMPLIR ÓRDENES DE LA DIRECCIÓN DE LOS TRABAJOS.
Cuando el Contratista no cumpla las órdenes e instrucciones que expida por escrito el Director
de Obra, en los plazos que se establezcan en forma explícita o fijados por el Art. 39 podrá
aplicársele una multa que se deducirá del pago inmediato a efectuársele, cuyo monto será de
hasta:
•
Al quedar en infracción: UR 10 (diez Unidades Reajustables).
•
Por cada día de incumplimiento:UR 10 (diez Unidades Reajustables).
Ambos montos podrán ser aumentados en caso de reiteración de incumplimientos, dentro de un
plazo de 6 meses, refieran o no al mismo tema, bajo el siguiente régimen:
•
1ª reiteración:
se incrementan a UR 20 (veinte Unidades Reajustables).
•
2ª reiteración:
se incrementan a UR 30 (treinta Unidades Reajustables).
•
3ª reiteración:
Reajustables).
se
incrementan
a
UR
50
(cincuenta
Unidades
A partir de la 4ª reiteración se mantendrán las 50 (cincuenta) Unidades Reajustables.
Cuando las órdenes refieran a la reparación de desperfectos en obras realizadas por el
Contratista, dichas multas serán aditivas con la indicada en el Art. 51 del PCGCO.
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Luego de la 5ª reiteración se podrá considerar rescindido el contrato con pérdida total de la
garantía de cumplimiento, sin perjuicio de la imposición de las multas que pudieran haberse
aplicado por otros motivos.
Art. 58.7.
Por incumplimiento en las disposiciones de Planos “Tipo” de Saneamiento
Cuando el contratista realizare trabajos de Construcción, Mantenimiento y/o Rehabilitación de la
infraestructura de saneamiento, sin aplicar las disposiciones de los Planos Tipos de
Saneamiento que obran en el Servicio de Obras de Saneamiento y/o sin realizar los trámites
ante la Dirección de Obra para su conocimiento y aprobación previo a su realización, se le
aplicará una multa de UR 20 (veinte Unidad Reajustable) la primera vez y se incrementará a
razón de UR 10 (diez Unidad Reajustable) por cada reiteración.
Art. 58.8.
POR EXCEDER EL TIEMPO DE RESPUESTA EN SITUACIONES DE
URGENCIA.
Cuando el Contratista exceda el tiempo de respuesta de 6 (seis) horas para los casos de
atención a reclamos o urgencia o el plazo para comenzar y finalizar conexiones domiciliarias,
será de aplicación idéntico régimen y valor de multa que el indicado en el Art. 58. 6. incluyendo
los incrementos establecidos por contumacia. La sanción se podrá generar por el simple
incumplimiento del plazo, sin necesidad que haya mediado ningún tipo de intimación por parte
de la Administración; de haberla existido y corresponder, las multas indicadas en éste y aquél
artículo serán aditivas.
Art. 58.9.
POR INADECUADA DISPOSICIÓN DEL MATERIAL SOBRANTE.
Cuando el Contratista no cumpliera con lo establecido en este Pliego, referente a la forma y
plazos de alejamiento del material y detritus retirados en los trabajos, se le aplicará una multa
de hasta UR 100 (cien Unidades Reajustables) toda vez que se constate una irregularidad.
Art. 58.10.
POR INCUMPLIMIENTO DE LOS TÍTULOS II Y III "DE LAS REMOCIONES EN
LA VÍA PÚBLICA".
El Contratista será sancionado con las multas establecidas en el Titulo III, artículos D.2241 a
D.2241.9 del Digesto Municipal, de no cumplir con lo establecido en los Títulos de Remociones
en la Vía Pública, a saber:
•
Realización de corte de pavimento de calzadas o aceras sin la obtención
previa del permiso correspondiente (artículo D.2215).
•
Retiro de la señalización antes de la liberación del pavimento al uso público.
•
Violación de la prohibición de estacionar dentro de los tres metros a cada
lado del lugar donde se efectúa el corte de pavimento.
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•
Falta de barreras que cubran todo el desarrollo de los cortes o en
condiciones inadecuadas.
•
Falta de señales en las calzadas o aceras o en condiciones inadecuadas.
•
Falta de cajones para retener los materiales extraídos o a utilizar en las obras
o en condiciones inadecuadas.
•
Incumplimiento de los plazos para reposición de veredas o construcción del
pavimento vehicular definitivo.
•
Incumplimiento de las exigencias de los artículos D.2237.5 y D.2237.6.
Las multas le serán descontadas del siguiente pago a efectuársele por la Administración.
Art. 58.11.
POR FALTA DE AVISO EN TIEMPO SOBRE EL DESVÍO DEL TRANSPORTE
DE PASAJEROS.
Si el Contratista no diera aviso por ejemplo y sin ser exhaustivos, al Servicio de Ingeniería de
Tránsito de la necesidad de proceder al desvío de vehículos del transporte colectivo de
pasajeros con por lo menos 72 horas de anticipación o realizara obras sin las debidas
comunicaciones a la Unidad de Coordinación y Control de Obras de Infraestructura Urbana
(UCCRIU), se le aplicará una multa de 30 UR (treinta Unidades Reajustables) cada vez que
esto ocurra, la cual le será descontada del siguiente pago a efectuársele.
Art. 58.12.
POR PRESENCIA DE PERSONAL SIN LOS EQUIPOS DE PROTECCIÓN Y
VESTUARIO NECESARIO.
Como se expresa en estos recaudos, el Contratista deberá suministrar y exigir a su personal el
uso de los equipos de protección necesarios y del vestuario completo aprobado. La
comprobación de cualquier incumplimiento, habilitará a aplicar una multa de hasta 5 U.R. por
cada caso, que se descontará del siguiente pago a efectuarse, sin perjuicio que, además, el
Director de Obra podrá exigir el retiro de aquéllos trabajadores en falta o que estén cumpliendo
con normas de seguridad laboral, hasta tanto se regularice la situación.
ART. 59.
OTRAS PENALIDADES.
Además de las sanciones indicadas en los artículos anteriores, se deberá tener presente entre
otras las penalidades económicas establecidas en el PCGCO.
Art. 59.1.
MORA.
La mora en el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el contratista, se producirá de
pleno derecho por el solo vencimiento de los plazos cualquiera sea la modalidad y carácter de
los mismos, o por el hecho de hacer algo contrario a lo estipulado o no hacer lo debido, sin
necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna.
Página 75
Art. 59.2.
SANCIONES.
La falta de cumplimiento de cualesquiera de las obligaciones contraídas por los proponentes o
adjudicatarios, habilitará a la Intendencia de Montevideo a proceder a la anulación de la
adjudicación o rescisión del contrato en su caso, sin prejuicio de las sanciones genéricas que
podrá aplicar, en razón de los daños causados o los antecedentes del proveedor, y que podrán
ser desde un apercibimiento hasta la eliminación del Registro de Proveedores.
Art. 59.3.
RESCISIÓN DEL CONTRATO
La I.M. podrá rescindir unilateralmente el contrato por incumplimiento total o parcial del
adjudicatario, debiendo notificar al mismo la rescisión.
No obstante, la misma se producirá de pleno derecho por la inhabilitación superviniente por
cualquiera de las causales previstas en el TOCAF.
La rescisión por incumplimiento del contratista aparejará su responsabilidad por los daños y
perjuicios ocasionados a esta Administración, sin perjuicio del pago de las multas
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Capítulo VI: RECEPCIÓN Y CONSERVACIÓN DE LOS TRABAJOS.
ART. 60.
RECEPCIONES PROVISORIAS.
La recepción provisional de los trabajos que estén en condiciones de recibo se realizará en
sucesivas oportunidades, ajustándose a lo establecido en los Arts. 101 y siguientes del PCGCO
y 17 y siguientes del PGCOA. En consecuencia, solamente podrán ser recibidas obras que se
encuentren terminadas completamente o tramos de red mantenidos con estándares de acuerdo
a los criterios de este PCP.
En particular se deberá tener presente:
•
Que según la definición del Art. 3 de este PCP, el vocablo “obra” deberá ser
entendido en el caso con sentido amplio, incluyendo tanto las operaciones de
construcción como todas las demás comprendidas en el Contrato.
•
Que las recepciones provisionales de los servicios de limpieza y
mantenimiento:
Serán mensuales y se referirán a la totalidad del metraje de colectores
limpiados
Se formalizarán mediante la aprobación de los Informes Mensuales
correspondientes (en particular del capítulo referente a evaluación del
estado de situación de la red).
•
Que las recepciones provisionales de los pavimentos removidos y repuestos
se realizarán en forma independiente de los demás trabajos y en forma
periódica.
•
Que regirán los criterios de aceptación detallados en los Arts. 44 y 53 de este
PCP.
•
Que las conexiones que se construyan se recibirán únicamente cuando se
completen totalmente, incluyendo la correspondiente ventilación y la unión
con el colector.
ART. 61.
RECEPCIONES DEFINITIVAS.
La recepción definitiva de los trabajos se verificará a solicitud del Contratista, con las
formalidades establecidas en los Arts. 106 y siguientes del PCGCO y 20 del PGCOA, en los
siguientes plazos:
•
Inmediatamente a continuación de la última recepción provisional para los
trabajos de limpieza y mantenimiento, es decir, al término del plazo
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contractual para todos los rubros del Ítem A de la Planilla de Rubros y
Metrajes del Formulario Propuesta.
•
Un año después de la respectiva recepción provisional, para todos los rubros
del Ítem B de la Planilla de Rubros y Metrajes del Formulario Propuesta.
•
Idem para los afirmados removidos y repuestos, por lo que queda modificado
el artículo mencionado del PGCOA en cuanto a la reducción del plazo allí
establecido.
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Capítulo VII: PAGO DE LOS TRABAJOS Y ALCANCE DE LOS PRECIOS.
ART. 62.
GENERALIDADES.
El Licitante establecerá en su propuesta los precios unitarios en moneda nacional que exigirá
para la ejecución de los trabajos, desglosados en los rubros que se indican en las Planillas de
Rubros y Metrajes y en las condiciones de los artículos siguientes. Se entenderá que, aunque
no se detalle en cada caso, comprenderán las eventuales excavaciones y tareas
complementarias como apuntalados, agotamientos, desecados, demoliciones; la provisión y
colocación de los materiales, dispositivos y accesorios necesarios, el alejamiento de los
residuos sobrantes, así como toda la mano de obra, personal, útiles, equipos, herramientas,
transportes y demás obligaciones previstas en este PCP y en los Arts. 7o. del PGCOA y 42 del
PCGCO. Se aclara asimismo que:
La cantidad de unidades de cada rubro indicada en el Formulario Propuesta es al solo efecto de
la comparación de las ofertas presentadas en la licitación, pero se pagarán los trabajos
efectivamente realizados, por certificación mensual, aplicando los respectivos precios unitarios.
ART. 63.
FORMA DE PAGO.
El pago se efectuará mensualmente, de acuerdo con el monto establecido en su oferta
debiendo el adjudicatario presentar la solicitud correspondiente en las oficinas de Contaduría
General. Dicho pago será abonado si están realizados correctamente los trabajos contratados,
de acuerdo con el informe del Director de Obras del Servicio de Operación y Mantenimiento de
Saneamiento.
El monto de los trabajos extraordinarios e imprevistos podrá ser utilizado en su totalidad de una
sola vez o fraccionado, a fin de realizar los trabajos necesarios. Estos trabajos extraordinarios
y/o suministros serán liquidados mensualmente, previa aceptación del Director de Obra del
Servicio de Operación y Mantenimiento de Saneamiento.
La Intendencia de Montevideo abonará en los treinta días calendario, contados a partir de la
presentación de la factura en la Contaduría General.
Al momento del pago, la Intendencia de Montevideo podrá realizar el mismo con cheque de
pago diferido, acordándose en su momento con el adjudicatario las condiciones de los mismos.
En caso que el pago se realice pasados los treinta (30) días, contados desde la presentación de
la factura en la Contaduría General, se aplicará el 50% (Cincuenta por ciento) de la tasa media
de interés trimestral para empresas, para operaciones con plazos menores de un año,
publicada por el Banco Central del Uruguay (Art. 15, Ley 14.095-Circular 1965) vigente en el
mes de vencimiento de los antes referidos treinta días y solamente por los días que superen
dicho plazo.
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La factura por el ajuste de precios, si correspondiera, se presentará por separado de la factura
principal correspondiente y se abonará también dentro del plazo antes establecido.
DESCUENTO PRONTO PAGO: La empresa deberá establecer el descuento pronto pago para
el caso de cobrar dentro de los primeros 10 días y entre los 11 y los 20 días de presentada
cada factura en Contaduría General, lo que será evaluado en cada pago por el Departamento
de Recursos Financieros al momento del pago.
Los gastos demandados por los trabajos de cualquier clase, que con motivo de la ejecución de
este Contrato, deban efectuarse en las obras de arte, construcciones e instalaciones existentes,
serán de exclusiva cuenta del Contratista, incluyendo aquéllos por concepto de sobrestante o
vigilancia que establezcan la UTE, ANTEL, OSE o COMPAÑIA del GAS. Quedan excluidos los
costos derivados de modificaciones de ubicaciones altimétricas o planimétricas en los tramos
subterráneos de las canalizaciones existentes de servicios públicos, donde se procederá según
el artículo 50 del PCGCO.
Se descontará del pago mensual el correspondiente al metraje de los elementos que no se
encontraran dentro de los Niveles de Servicio (Art.44) sin perjuicio de las multas que pudieran
haber sido aplicadas. Este descuento será proporcional al número de elementos fuera de los
Niveles de Servicio con respecto al total.
ART. 64.
CERTIFICADO UNICO MUNICIPAL
La Intendencia de Montevideo, exigirá a toda persona física o jurídica que con ella haya
contratado en el momento de hacer efectivo los haberes que se le adeuden, la exhibición del
Certificado Único Municipal expedido a su nombre y en el que conste que dicho proveedor no
tiene deudas tributarias con la Intendencia de Montevideo.
ART. 65.
PRECIO POR ALEJAMIENTO DE RESIDUOS.
El precio por alejamiento de los residuos objeto del presente contrato estará incluido en
aquellos rubros que impliquen su extracción, lo que serán conducidos desde el punto de
extracción hasta la Usina operativa para la recepción del material extraído dentro de la ciudad
de Montevideo.
ART. 66.
66. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.
Toda vez que se hable de precios en los documentos relativos a la ejecución de los trabajos,
sin especificaciones aclaratorias, se entenderá que en el mismo se encuentra incluido el
Impuesto al Valor Agregado (IVA).
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ART. 67.
VALOR DE LA UNIDAD REAJUSTABLE.
A efectos de la aplicación de los artículos en donde se establecen cantidades en Unidades
Reajustables, se considerará el valor vigente en cada día de incumplimiento en el caso de
multas o de recepción provisoria de los trabajos en el caso de obras.
ART. 68.
Art. 68.1.
DESCRIPCION DE PRECIOS POR ITEMS Y RUBROS.
ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO
El total de este rubro no podrá superar el 20% (veinte por ciento) del total de monto del
contrato.
Art. 68.1.1.
Rubros A.1 y A.2
Los precios incluidos en estos ítems incluyen todo los insumos materiales y de recursos
humanos necesarios para realizar los trabajos de inspección en los plazos estipulados incluidos
los informes a elaborar y entregar. Estos ítems serán pagaderos mensualmente el primero entre
los meses 1 a 12 y el segundo entre los meses 13 a 36.
Art. 68.1.2.
Rubros A.3.
En este ítem se incluirán todos los costos inherentes a la dirección y supervisión del contrato
por parte de la empresa contratista. Estos ítems serán pagaderos mensualmente entre los
meses 1 a 36.
Art. 68.1.3.
Rubro A.4.
En este ítem se incluirán todos los costos referentes al suministro de locomoción de acuerdo
con las especificaciones del Artículo 37 Suministro de Locomoción, para la Dirección de obra de
la IM, por parte de la empresa contratista. Estos ítems serán pagaderos mensualmente entre
los meses 1 a 36.
Art. 68.2.
TRABAJOS DE REPARACIÓN Y/O CONSTRUCCIÓN
Los trabajos referidos en este ítem se utilizarán básicamente dentro de la zona definida en los
planos adjuntos. Sin embargo, la Dirección de Obra podrá solicitar la realización de hasta un
50% de estos trabajos fuera de la zona sin que ello genere un aumento de los precios unitarios
definidos.
Página 81
Art. 68.2.1.
Rubros B.1 a B.10.
Los precios de las tareas comprendidas en estos rubros se pagarán por metro lineal o metro
cúbico (según corresponda) de colector reparado, diferenciando según se trate de conductos de
sección circular, ovoide o especial.
Se deberá tener presente:
Art. 68.2.2.
•
Que la cantidad de unidades a rehabilitar de cada tipo de colector, será
determinada por la Dirección de Obra, quien también deberá aprobar los
procedimientos constructivos que se deseen aplicar en cada caso.
•
Que los conductos de conexión de bocas de tormenta se considerarán como
colectores circulares a efectos de estos trabajos.
•
Que los precios unitarios incluirán todos las tareas y materiales necesarios,
como ser demoliciones, excavaciones, suministros, rellenos, apuntalados,
agotamientos, etc., aunque no estarán comprendidos las eventuales
excavaciones que se requieran en roca y tosca dura ni la remoción y
reconstrucción
de
afirmados
y
cordones,
que
se
abonarán
independientemente.
Rubro.11.
Su precio corresponderá a un complemento que se abonará al Contratista, sobre aquél de los
rubros B1 a B a B.10, cuando la profundidad hasta el extradós del colector sobrepase los 2,50
metros y se trabaje a cielo abierto, por cada 0,50 metros (o fracción) de profundidad en exceso
de esa cantidad y por metro lineal reparado.
Art. 68.2.3.
Rubros B.12 y B. 13
Los precios corresponden a suministro y colocación a nuevo de losas de Boca de Tormenta del
Tipo I y II, constituidas por elemento prefabricado en hormigón, implicando todos los trabajos de
suministro, preparación y montaje del elemento.
Se entiende por preparación todas las tareas de nivelación de los apoyos de la losa
prefabricada a colocar, realizados con los morteros que asegurarán la estabilidad del elemento
a montar.
Estos elementos prefabricados, serán diseñados y aprobados entre la Contratista y la IdeM,
considerando los elementos constitutivos siguientes y las consideraciones generales de los
planos tipo correspondientes:
•
Boca de Tormenta Tipo I, losa superior conteniendo:
o Hasta 225 lt de Hormigón tipo C35.
o Perfil metálico en Acero Cor-ten largo mínimo 1,40 m (*).
Página 82
o Aro con anclaje de fijación al elemento y marco circular de
fundición completo con hormigón, armadura y perforaciones,
correspondiente a juego de tapa circular de acuerdo con planos
tipo de tapa en acera.
•
Boca de Tormenta Tipo II, losa superior conteniendo:
o Hasta 300 lt de Hormigón tipo C35.
o Perfil metálico en Acero Cor-ten largo mínimo 2,40 m (*).
o Dos aros con anclaje de fijación al elemento y marco circular de
fundición completo con hormigón, armadura y perforaciones,
correspondiente a juego de dos tapas circulares de acuerdo con
planos tipo de tapa en acera.
(*) Perfil metálico en Acero Cor-ten con alto contenido de cobre, cromo y níquel que ofician de
protección a la corrosión, que protegerá el borde correspondiente al frente de la Boca de
Tormenta, en toda la altura de su borde e integrará la estructura de refuerzo de este.
La estructura se conformará además con cuantía mínima de acero tratado ADN500 no menor a
100 kg/m3, considerando soldaduras con otros elementos metálicos (tapa y perfil).
El sistema proponer deberá considerar un mínimo de 3 anclajes a infraestructura existente en el
lugar, a ser realizada entre elementos premoldeado y pavimento existente. El anclaje será
constituido por elemento mecánico, con fijación físico-química, que sólo podrá ser extraído por
medios mecánicos de rotura o demolición
Art. 68.2.4.
Rubro B. 14.
Precio por suministro y colocación de unidad de elemento prefabricado correspondiente a
tabique de bocas de tormenta. El mismo será realizado en premoldeado de las mismas
características que el caso anterior.
La colocación considerará la realización de guía y colocación de mortero de anclaje a el vaso
de la Boca de Tormenta.
Art. 68.2.5.
Rubro B. 15 a B. 16
El precio por “Reparación y nivelación de marco, contramarco y tapa de cámara de inspección”,
comprenderá todas las operaciones y suministros necesarios para realizar los trabajos de
acuerdo a este PCP, comprendiendo el marco y contramarco de hierro fundido y la tapa
correspondiente. Se incluye también, en este único caso, la remoción y reposición de
pavimentos, salvo la que se realice en exceso de la extensión estrictamente ocupada por la
losa de contramarco, que será pagada utilizando los precios unitarios del Ítem G.
Página 83
Art. 68.2.6.
Rubro B. 17
Este precio comprenderá el picado del hormigón, retiro del escalón dañado, limpieza con agua
a presión de la superficie expuesta (en caso de ser necesario limpieza por medio mecánicos),
separación y retiro cuidadoso de restos sueltos, aplicación de adherente (tipo SIKADUR),
siguiendo las especificaciones del fabricante, suministro y colocación del nuevo escalón de
material aprobado y revoque final
Art. 68.2.7.
Rubro B. 18.
Este precio comprenderá el suministro y colocación de contramarco de hierro angular cuadrado
de lado igual a 1.20 m. Este será tal que sea compatible con las tapas de hormigón del Rubro
B.19. Dicho contramarco deberá ser amurado de forma de resistir las solicitaciones a las que se
vea sometido. Se deberá entregar en los 30 días de perfeccionado el contrato un plano con las
dimensiones de esta firmado por un profesional competente para la aprobación por la Dirección
de Obra
Art. 68.2.8.
Rubro B.19.
Este precio comprenderá el suministro de tapa de hormigón de 1.20 m x 0.60 m con marco de
hierro angular de dimensiones tales que resista las solicitaciones a las que se vean sometidas.
Se deberá entregar en los 30 días de perfeccionado el contrato un plano con las dimensiones
de esta firmado por un profesional competente para la aprobación por la Dirección de Obra.
Art. 68.2.9.
Rubro B.20 a B. 22
Estos precios comprenderán el suministro de todos los materiales, herramientas y mano de
obra que permitan ejecutar los diferentes trabajos respetando los planos tipo de la IM.
Art. 68.3.
TRABAJOS DE LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO PROGRAMADO: RUBRO C
Los trabajos de limpieza y mantenimiento programado, se pagarán por metro lineal de colector,
por tonelada de sedimento extraído en perfiles especiales o por unidad de captación de
pluviales efectivamente limpiados.
Los trabajos referidos en este ítem se utilizarán básicamente dentro de la zona definida en los
planos adjuntos. Sin embargo la Dirección de Obra podrá solicitar la realización de hasta un
50% de estos trabajos fuera de la zona comprendida sin que ello generara un aumento de los
precios unitarios definidos.
Así mismo, todos los trabajos deberán quedar registrados en los sistemas de seguimiento y
control previstos en el presente contrato, debiéndose realizar la necesaria trazabilidad de la
información que permita demostrar la ejecución y certificación mensual de los trabajos.
Página 84
Art. 68.4.
TRABAJOS DE ATENCIÓN DE RECLAMOS DENTRO DE ZONA: RUBRO D
Los trabajos de atención a reclamos, se pagarán por precio unitario, según corresponda,
siempre que se cumplan con los requerimientos estipulados en este PCP.
Los trabajos referidos en este ítem se utilizarán dentro de la zona definida en los planos
adjuntos
Art. 68.5.
TRABAJOS DE ATENCIÓN DE RECLAMOS FUERA DE ZONA: RUBRO E.
Los trabajos de atención a reclamos, se pagarán por precio unitario, según corresponda,
siempre que se cumplan con los requerimientos estipulados en este PCP.
Los trabajos referidos en este ítem se utilizarán fuera de la zona definida en los planos
adjuntos.
Art. 68.6.
TRABAJOS DE EMERGENCIA: RUBRO F.
Los trabajos de emergencia, se pagarán por precio unitario, según corresponda, siempre que
se cumplan con los requerimientos estipulados en este PCP.
Los trabajos referidos en este ítem se utilizarán en todo el Departamento de Montevideo, ya sea
dentro de la zona definida en los planos o fuera de ésta.
Art. 68.7.
CONSTRUCCIÓN Y/O REPARACIÓN DE CONEXIONES DOMICILIARIAS.
Los trabajos referidos en este ítem se utilizarán básicamente dentro de la zona definida en los
planos adjuntos). Sin embargo la Dirección de Obra podrá solicitar la realización de hasta un
50% de estos trabajos fuera de la zona comprendida sin que ello generara un aumento de los
precios unitarios definidos.
Art. 68.7.1.
Rubro G.1.
El precio por construcción de cada conexión domiciliaria comprenderá todos los trabajos
necesarios para realizar las obras, incluyendo excavación, provisión y colocación de la cama de
arena, relleno con arena o tierra de buena calidad, provisión y colocación de los conductos y
todos los accesorios necesarios (“sillita”, ramal y codos para la ventilación, etc.), en las
condiciones definidas en este PCP. Se excluyen la remoción y reconstrucción de afirmados y
cordones y las eventuales excavaciones en roca y tosca dura, que se abonarán
independientemente. Se considerará por metro lineal de longitud real de la conexión medida
según el eje de los conductos, desde la superficie exterior del colector al cual empalma hasta el
paramento exterior de la última cámara de inspección de la sanitaria interna del solar, con dos
salvedades:
•
Uso de “chimenea”: las longitudes se medirán únicamente según el tramo
“horizontal”, pues el vertical se abonará al precio unitario del rubro Nº G.2.
Página 85
•
Uso de cámara intermedia de 60 x 60 cm: se descontará de la longitud el
ancho entre paramentos exteriores, pero se pagará aparte su construcción
(rubro Nº G.3.).
Cabe destacar que cuando sea detectado que el sifón desconector está en mal estado deberá
ser sustituido y dicho costo unitario del material es con cargo al rubro G.5.
A los efectos de las estimaciones necesarias para el cálculo de los precios, en el caso de
reparación de conexiones domiciliarias, siempre se realizará como mínimo, el tramo debajo de
acera y/o el tramo debajo de calzada, considerando un mínimo de 3 mts en cualquiera de los
casos independientes.
Art. 68.7.2.
Rubro G.2.
El precio unitario por construcción de cada “chimenea”, se referirá al metro lineal de longitud del
tramo vertical de conexión, medida según el eje de los conductos, desde el plano horizontal
tangente al paramento exterior del colector al cual empalma hasta el extremo hembra con tapón
de cierre. Incluirá todos los trabajos necesarios y la provisión y colocación de accesorios
("sillita", "T" de empalme, tapón superior, etc.), del material cementado, etc., pero no estarán
comprendidas la remoción y reconstrucción de afirmados y cordones ni las excavaciones que
se requieran en roca y tosca dura, que se abonarán independientemente.
Art. 68.7.3.
Rubro G.3.
El precio por construcción de cada cámara de inspección intermedia en las conexiones
domiciliarias, aguas abajo del sifón desconector, comprenderá todos los trabajos necesarios
como ser la construcción de cunetas y banquinas, la provisión y colocación de sus accesorios
(marcos, tapa y contratapa), las terminaciones, etc. No estarán incluidos, como en otros casos,
la remoción y reposición de pavimentos ni las remociones en roca y tosca dura.
Art. 68.7.4.
Rubro G.4.
Su precio corresponderá a un complemento que se abonará cuando la profundidad de
excavación para ejecutar una conexión sobrepase los 2,50 metros, por cada 0,50 metros (o
fracción) de profundidad (medido hasta el zampeado del colector) en exceso de esa cantidad y
por cada metro lineal de conexión medido según su proyección horizontal, incluyendo de ser el
caso la cámara intermedia de 60 x 60 cm. No se aplicará a los tramos verticales en “chimenea”.
Art. 68.7.5.
Rubro G.4.
Suministro y colocación de Sifón desconector incluyendo reparaciones de las afectaciones
realizadas a la cámara Nº1, en caso de ser necesaria su sustitución.
Página 86
Art. 68.8.
REMOCIÓN Y REPOSICIÓN DE AFIRMADOS Y CORDONES.
Los trabajos referidos en este ítem se utilizarán dentro de la zona definida en los planos
adjuntos. Sin embargo y con el fin de lograr un ritmo de trabajo uniforme, la Dirección de Obra
podrá solicitar la realización de hasta un 50% de estos trabajos fuera de la zona comprendida
sin que ello generara un aumento de los precios unitarios definidos.
Art. 68.8.1.
Rubros H1 a H8 a y H10.
Los precios de los rubros H1 a H6 por la remoción y reposición del metro cuadrado de
pavimento o metro lineal de cordón, comprenderán todos los trabajos necesarios como ser la
demolición del afirmado existente, la extracción, apilamiento y transporte de los residuos
resultantes, la reposición en perfectas condiciones, incluyendo la sub-base granular cementada,
base de hormigón o base de arena según el caso, y finalmente, la provisión de todo el material
para hacer la reconstrucción completa de acuerdo con lo establecido en el PGCOA y en este
PCP.
Análogas disposiciones regirán para los precios de los rubros H 7 y H 8, en los que estará
incluido, entre otros, el trabajo de remoción, cimentación y arreglo de los cordones, con la única
diferencia que en el primer caso se deberá aportar el nuevo tramo de cordón mientras que en el
segundo, se utilizará el trozo removido.
Se deberá tomar en consideración también:
Art. 68.8.2.
•
Que los pagos estarán sujetos a las reducciones establecidas por concepto
de deficiencias en la capacidad de carga del pavimento.
•
Que en la medición de los afirmados, se descontarán los huecos
correspondientes al arbolado y a tapas de cámaras de servicios públicos u
otros obstáculos, solamente cuando su área fuera mayor o igual a 4 dm²; las
áreas menores y las cordonetas perimetrales se considerarán y liquidarán
como si fueran del mismo tipo del pavimento repuesto.
•
Que el metro cuadrado de hormigón de entradas vehiculares y peatonales en
aceras se pagará al precio unitario del rubro H 4 .
Rubro ¡Error!No se encuentra el origen de la referencia.
El precio se considerará por metro cúbico compactado de sustitución de terreno de fundación,
incluyendo la excavación que hubiera que realizar en el relleno ya colocado.
Art. 68.9.
EXCAVACIÓN EN ROCA Y TOSCA DURA: RUBROS I,1 y I.2.
Los precios corresponden al monto que se abonará por las eventuales excavaciones
necesarias en roca y tosca dura, para realización de los trabajos comprendidos en los Items B,
Página 87
G y H, incluyen la provisión de todos los útiles y materiales necesarios a los efectos de la
extracción, transporte y apilamiento en el lugar que se indique.
Se considerará:
•
Tosca dura: todo material que requiera ayuda discontinua de martillo
neumático para poder ser extraído por máquina excavadora o
retroexcavadora.
•
Roca: todo material que requiera el uso de explosivos o martillo neumático en
forma continua a fin de reducirlo a trozos que permitan su manejabilidad.
En consecuencia, siempre que la excavación pueda ser realizada utilizando exclusivamente
pala retroexcavadora, sin apoyo, será considerada como efectuada en tierra o arena.
Deberá tomarse en consideración:
•
Que la Administración abonará exclusivamente el importe del volumen
extraído de acuerdo con las reglas establecidas en el Art. 82 del PGCOA,
siendo el exceso por cuenta del Contratista. Los valores de “b” y “R” para
perfiles especiales, serán los indicados en su respectivo proyecto original.
•
Que estos precios unitarios corresponden en realidad a un sobreprecio, ya
que deberá considerarse descontado el costo de excavación de un volumen
igual de tierra o arena, que se supone ya incluido en el precio del rubro
correspondiente de los Ítems B,G y H.
Los trabajos referidos en este ítem se utilizarán dentro de la zona definida en los planos
adjuntos. Sin embargo y con el fin de lograr un ritmo de trabajo uniforme, la Dirección de Obra
podrá solicitar la realización de hasta un 25% de estos trabajos fuera de la zona comprendida
sin que ello generé un aumento de los precios unitarios definidos.
ART. 69.
OBRAS ACCESORIAS.
Se considerarán como trabajos y obras accesorias, todos aquéllos que sin estar incluidos
explícitamente en las Planillas de Rubros y Metrajes del Formulario Propuesta, corresponden a
efectos de ajustarse a este PCP. Su costo se considerará prorrateado en los precios unitarios
de los diferentes rubros.
A modo de ejemplo se citan:
•
Todas los trabajos complementarios y/o extraordinarios de limpieza y
conservación (Art. 2.2.4.y Art. 39de este PCP).
•
Los apuntalamientos de zanjas y todos los costos derivados del cumplimiento
de las normas o previsiones relativas a higiene y seguridad.
•
Las remociones y reconstrucciones de afirmados y cordones y excavaciones
en roca y tosca dura, que eventualmente sean necesarias para realizar las
tareas indicadas en el párrafo anterior.
Página 88
•
El retiro, traslado y disposición de los residuos y materiales sobrantes, y el
retiro y entrega en el Servicio de Operación y Mantenimiento de Saneamiento
de diversos elementos removidos de la red.
•
La colocación y mantenimiento de la señalización y balizamiento necesario.
•
El desvío de las aguas de escorrentía superficial que pudieran perjudicar la
correcta ejecución de los trabajos.
•
La reconstrucción de muretes, postes, alambrados, canalizaciones, cámaras,
etc., que resulten afectados por los trabajos.
•
La ejecución de la ventilación en las conexiones domiciliarias a construir y los
eventuales agotes y limpiezas necesarias para permitir los trabajos
correspondientes.
•
La limpieza y regularización de los cortes de pavimento y el retiro de los
materiales sobrantes.
•
La consolidación del terreno de fundación de los pavimentos vehiculares y
peatonales repuestos.
•
El cerramiento de las eventuales perforaciones para extracción de testigos,
utilizando hormigón de idénticas características al original pero con
aceleradores de fragüe o cemento de alta resistencia inicial.
ART. 70.
AJUSTES PARAMETRICOS.
Los precios se ajustarán en forma mensual de acuerdo a la siguiente fórmula:
P = Po (j x J/Jo + m x M/Mo + d x D / Do + v x V / Vo).
Dónde:
j = 0.30, m = 0.10, d = 0.30, v = 0.30.
P = Precio Ajustado.
Po = Precio de la Oferta.
Se considerarán, además:
J y Jo: Ajustes de jornales correspondiente a los valores trasladable a precio
del consejo de salarios del Grupo 9 Sub-Grupo 01 no incluidos en la Ley
14.411, vigente al mes que corresponde el ajuste y el correspondiente a
diez días antes de la fecha de la apertura de la licitación.
Cuando a la fecha de apertura, no haya sido homologado el incremento
del jornal en los Consejos de Salarios, y por tanto, puedan derivar
aumentos en forma retroactiva y con vigencia al momento cero de la
licitación; se considerará este último valor a los efectos de definir el Jo.
Página 89
(*) En caso de no existir Laudo se regirá por la variación de la BPC
(Base de Prestaciones y Contribuciones).
M y Mo: Precio del litro de gasoil vigente al mes que corresponde al reajuste y los
vigentes diez días antes a la fecha de la apertura de la licitación
La fuente para actualizar los coeficientes será el correspondiente a la
lista oficial de precios del MTOP, si este no indicará el precio se tomará
el que fije el boletín mensual de la Cámara de la Construcción.
D y Do: Cotización promedio mensual del dólar interbancario (fondo) BCU, tipo
(vendedor), fijada por el Banco Central del Uruguay, vigente al mes que
corresponde el ajuste y el correspondiente al día anterior a la fecha de
apertura de la licitación..
V y Vo: Índice de Costo de vida, publicado por el Instituto Nacional de
Estadística, son los que rigen el mes anterior al que corresponde el
ajuste, y son los que rigen el mes anterior a la fecha de apertura de
propuestas
El valor Po en la fórmula paramétrica se calculará sin incluir el IVA. Una vez determinado el
valor P, se aplicarán dichos impuestos, cuando corresponda, entendiéndose de existir
variaciones ponderadas respecto al tiempo de vigencia de sus distintos valores en el período de
ejecución de los trabajos que se liquidan.
Página 90
Capítulo VIII: OFERTA.
ART. 71.
GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA.
Antes de la fecha prevista para la apertura de propuestas los interesados podrán depositar
como garantía de mantenimiento de propuesta una cifra de $ 1.300.000 (pesos un millón
trescientos mil), de acuerdo con lo establecido por el artículo 64 del T.O.C.A.F.
Esta garantía podrá constituirse mediante depósito en efectivo en pesos uruguayos, valores
públicos, fianza a aval bancario, o póliza de seguro de fianza y se depositará en Tesorería
General (art. 11 del Pliego Único de Bases y Condiciones). Si se quiere hacer efectiva la
garantía mediante cheque (pesos uruguayos o dólares estadounidenses) el mismo deberá estar
certificado por la entidad bancaria correspondiente.
Para hacer efectivo el depósito en garantía de mantenimiento de oferta en Tesorería General, el
oferente deberá estar inscripto como proveedor en la Intendencia de Montevideo por lo que se
recomienda a aquellos interesados a participar en esta licitación que no lo estén, pasar por la
Unidad de Atención a Proveedores del Servicio de Compras con anticipación a la fecha prevista
para la apertura de dicha licitación, evitando de este modo inconvenientes de último momento.
En caso de haber optado por realizar el depósito de mantenimiento de oferta, el mismo no
podrá realizarse con posterioridad a la fecha de apertura
En caso de no presentar la garantía de mantenimiento de oferta, el incumplimiento en el
mantenimiento de la oferta se sancionará con una multa equivalente al 5% (cinco por ciento) del
monto máximo de su oferta. El acto administrativo o resolución que imponga la multa será título
ejecutivo, sin perjuicio del resarcimiento de los eventuales daños y perjuicios que dicho
incumplimiento pueda haber causado a la Administración y la comunicación del hecho al
Registro Único de Proveedores del Estado.
Para poder hacer el depósito de garantía de mantenimiento de oferta, el oferente debe estar
inscripto como proveedor de la I. de M., por lo que se recomienda a aquellos interesados en
participar en esta licitación y que no estén inscriptos, pasar por la Unidad de Atención a
Proveedores del Servicio de Compras, con anticipación a la fecha prevista para la apertura de
ofertas de la presente licitación, evitando de este modo inconvenientes de último momento.
Art. 71.1.
GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
El adjudicatario ya notificado, dispondrá de un plazo de cinco días hábiles para realizar el
referido depósito. El mismo ascenderá al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado,
pudiendo efectuarse en cualquiera de las formas establecidas en el art. 19 del Pliego Único. Si
el depósito se realiza mediante cheque, el mismo deberá estar certificado por la entidad
bancaria correspondiente.
Página 91
La garantía deberá estar vigente durante todo el plazo
del servicio solicitado y hasta la
extinción definitiva de todas y cada una de las obligaciones emergentes del contrato. Si se
estableciere un plazo, deberá preverse la renovación automática del mismo por periodos
sucesivos, salvo manifestación en contrario de la Administración mediante la entrega del
documento al adjudicatario.
Cuando se constate el cese de actividades o la suspensión de la habilitación o autorización
para funcionar otorgada por el Banco Central de las empresas de intermediación financiera y/o
aseguradoras que fueron otorgantes de la garantía, el Adjudicatario o Concesionario deberá
sustituir la misma, en un plazo perentorio de treinta (30) días calendarios, quedando
suspendidos todos los derechos que pudieran corresponderle hasta tanto ello suceda. Su
incumplimiento podrá dar lugar a las sanciones previstas en el presente pliego.
La garantía no podrá ser devuelta hasta que ambas partes otorguen en documento apropiado
que nada más tienen que reclamarse con relación a esta licitación.
Art. 71.2.
CESIÓN DEL CONTRATO.
El contratista no podrá ceder su contrato, en todo o en parte sin el consentimiento expreso, por
escrito de la Intendencia de Montevideo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 75 del
TOCAF.
Art. 71.3.
MEJORAMIENTO DE OFERTAS.
La Intendencia de Montevideo podrá, al amparo de lo establecido en el artículo 66 del TOCAF,
recurrir a los institutos de mejoramiento de ofertas y/o entablar negociaciones con la finalidad
de conseguir mejores condiciones técnicas, de calidad y/o precio.
Art. 71.4.
RECEPCION Y APERTURA DE OFERTAS.
La recepción y apertura de propuestas se realizará en el local del Servicio de Compras, ubicado
en el Sector Santiago de Chile del Edificio Sede de la IM, con acceso sobre la Avenida 18 de
Julio, en la fecha y hora establecidos en la publicación del presente llamado en el Sitio Web de
Compras Estatales.
ART. 72.
Art. 72.1.
FORMULARIO PROPUESTA.
CARTA PRESENTACION PROPUESTA TECNICA (sobre NºI).
Montevideo, ……............................ de …...
Página 92
El que suscribe, .............………. , domiciliado a los efectos legales en ........................., No…..,
CP ……, Tel. …………. , Fax. …., presenta en un todo de acuerdo con los Pliegos de
Condiciones y planos que ha tenido a la vista y en particular ajustado al ART. 16 INFORMACION DE LA EMPRESA Y OFERTA TECNICA Y METODOLOGICA,(Sobre I)
correspondiente a la LICITACION PUBLICA
559/2015 denominada, “SERVICIOS DE
LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO DE LA RED DE ALCANTARILLADO DE UNA ZONA DE
MONTEVIDEO (Área Nº 7 y 8)”, Contrato Nº 1422 y 1424, adjuntando a la presente la
documentación solicitada en Capítulo II PRESENTACION DE PROPUESTAS, a los efectos de
la evaluación del Capítulo III: CALIFICACION DE PROPUESTAS y a los formularios de los
cuadros I al IX del Art. 65 ANEXO I: CUADROS.
Declara asimismo que:
•
Se somete a las leyes y tribunales del país con exclusión de todo otro
recurso.
•
Ha inspeccionado el emplazamiento de los trabajos y conoce la situación de
la red de alcantarillado en cuanto a puntos de acceso, situaciones de riesgo y
toda otra información requerida para la preparación de esta propuesta.
La información contenida en el Sobre I es en carácter de Declaración Jurada, estando a
disposición de la Intendencia de Montevideo la presentación de cartas o documentos
probatorios cuando lo considere conveniente.
Firma
Art. 72.2.
CARTA PROPUESTA ECONOMICA (sobre NºII).
Montevideo, ……............................ de …...
El que suscribe, .............………. , domiciliado a los efectos legales en ........................., No…..,
CP ……, Tel. …………. , Fax. …., se compromete a ejecutar todos los servicios y trabajos de la
LICITACIÓN PÚBLICA
559/2015 denominados, SERVICIOS DE LIMPIEZA Y
MANTENIMIENTO DE LA RED DE ALCANTARILLADO DE UNA ZONA DE MONTEVIDEO
(Área Nº 7 y 8)”, Contrato Nº 1422 y 1424, de acuerdo con los Pliegos de Condiciones y
planos que ha tenido a la vista, por los precios unitarios que se indican en las planillas de
RUBROS Y METRAJES adjuntas, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
DESCUENTO PRONTO PAGO: La empresa deberá establecer el descuento pronto pago para
el caso de cobrar dentro de los primeros 10 días y entre los 11 y los 20 días de presentada
Página 93
cada factura en Contaduría General, lo que será evaluado en cada pago por el Departamento
de Recursos Financieros al momento del pago.
Declara asimismo que:
•
Se somete a las leyes y tribunales del país con exclusión de todo otro
recurso.
•
Ha inspeccionado el emplazamiento de los trabajos y conoce la situación de
la red de alcantarillado en cuanto a puntos de acceso, situaciones de riesgo y
toda otra información requerida para la preparación de esta propuesta.
•
Los precios unitarios están expresados con letras y números, declarándose
válidos los primeros en caso de discordancia entre las cantidades
expresadas en una y otra forma.
•
Los precios unitarios incluyen los aportes por cargas sociales del personal a
emplearse en los trabajos.
A la propuesta se agrega a simple título ilustrativo, los importes de los trabajos calculados sobre
la base de las unidades de metraje, pero las cifras que expresan los costos totales quedan
sujetas al contralor y rectificación correspondiente.
Firma
Página 94
Art. 72.3.
PLANILLA DE RUBROS Y METRAJES.
PRECIOS UNITARIOS ($) PRECIOS TOTALES ($)
RUBROS
METRAJES
(números)
A.
ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO
A.1.
Diagnóstico
12 meses
A.2.
Inspección de seguimiento
24 meses
A.3.
Dirección, seguimiento y control del contrato
36 meses
A.4.
Suministro de Locomoción
36 meses
SUBTOTAL Rubro A
B.
TRABAJOS DE REPARACIÓN ó CONSTRUCCIÓN
B.1.
Precio por metro lineal, medido por su eje, de
reparación de colector de ø 200 mm.
500 m
B.2.
Precio por metro lineal, medido por su eje, de
reparación de colector de ø 250 mm.
1.000 m
B.3.
Precio por metro lineal, medido por su eje, de
reparación de colector de ø 300 mm.
250 m
Página 95
(letras)
(números)
(letras)
PRECIOS UNITARIOS ($) PRECIOS TOTALES ($)
RUBROS
METRAJES
(números)
B.4.
Precio por metro lineal, medido por su eje, de
reparación de colector de ø 400 mm.
100 m
B.5.
Precio por metro lineal, medido por su eje, de
reparación de colector de ø 500 mm.
50 m
B.6.
Precio por metro lineal, medido por su eje, de
reparación de colector de ø 600 mm.
50 m
B.7.
Precio por metro lineal, medido por su eje, de
reparación de colector de ø 1000 mm.
50 m
B.8.
Precio por metro lineal, medido por su eje, de
reparación de colector de ø 1200 mm.
50 m
B.9.
Precio por metro cubico de reparación de colector
ovoide hasta 1,50 m de altura.
15 m3
B.10. Precio por metro cubico de reparación de colector
ovoide entre 1,51 y 2,40 m de altura.
25 m3
B.11. Sobreprecio por cada 0,50 m (o fracción) de tapada y
metro lineal rehabilitado.
300 u
B.12. Precio por suministro y colocación de unidad de
elemento prefabricado en hormigón para losas de
bocas de tormenta tipo I.
100 u
B.13. Precio por suministro y colocación de unidad de
elemento prefabricado en hormigón para losas de
bocas de tormenta tipo II.
100 u
Página 96
(letras)
(números)
(letras)
PRECIOS UNITARIOS ($) PRECIOS TOTALES ($)
RUBROS
METRAJES
(números)
B.14. Precio por suministro y colocación de unidad de
elemento prefabricado correspondiente a tabique de
bocas de tormenta.
25 u
B.15. Precio por reparación y nivelación de marco,
contramarco y tapa de cámara de inspección en acera
100 u
B.16. Precio por reparación y nivelación de marco,
contramarco y tapa de cámara de inspección en
calzada
50 u
B.17. Precio por sustitución de escalón de cámara de
inspección en material aprobado.
100 u
B.18. Precio por suministro y colocación de contramarco de
fundición 1,20 x 1,20 m.
20 u
B.19. Precio por suministro de tapa de hormigón de 1,20 x
0,60 m, con marco de fundición.
40 u
B.20. Precio de construcción de Bocas de Tormenta tipo II
25 u
B.21. Precio por construcción de pozo de bajada en las
profundidades entre los límites que se indican:
B.21.1.
Entre 0 y 2 m.
5u
B.21.2.
Más de 2 m
5u
B.22. Precio por construcción de cámara de inspección en las
profundidades entre los límites que se indican:
B.22.1.
Entre 0 y 2 m.
10 u
Página 97
(letras)
(números)
(letras)
PRECIOS UNITARIOS ($) PRECIOS TOTALES ($)
RUBROS
METRAJES
(números)
B.22.2.
Más de 2 m.
5u
SUBTOTAL Rubro B
C.
TRABAJOS DE MANTENIMIENTO PROGRAMADO.
C.1.
Precio por limpieza de metro lineal, medido por su eje,
de colector circular de ø <= 300 mm.
100.000 m
C.2.
Precio por limpieza de metro lineal, medido por su eje,
de colector circular de 300 mm < ø < =600 mm.
20.000 m
C.3.
Precio por limpieza de metro lineal, medido por su eje,
de colector circular de ø > 600 mm.
2.500 m
C.4.
Precio por limpieza de metro lineal, medido por su eje,
de colector ovoide hasta 1,50 m de altura.
1000 ton
Página 98
(letras)
(números)
(letras)
PRECIOS UNITARIOS ($) PRECIOS TOTALES ($)
RUBROS
METRAJES
(números)
C.5.
Precio por limpieza de tonelada de sedimento extraído
en Perfiles mayores a 1,50 m de altura.
(letras)
(números)
1.500 ton
SUBTOTAL Rubro C
D.
TRABAJOS DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO – ATENCION DE RECLAMOS DENTRO DE ZONA.
D.1.
Precio por Desobstrucción de Colectores Internos
200 u
D.2.
Precio por desobstrucción de colector circular de ø <=
500 mm
400 u
D.3.
Precio por desobstrucción de boca de tormenta o
captación de pluviales
100 u
D.4.
Precio por desobstrucción de conexión domiciliaria
D.5.
Reposición de tapa en calzada
100 u
D.6.
Reposición de tapa en acera
100 u
D.7.
Precio de limpieza de Pozo negro con barométrica
100 u
D.8.
Precio de limpieza de Boca de Tormenta
100 u
2.000 u
SUBTOTAL Rubro D
E.
TRABAJOS DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO – ATENCION DE RECLAMOS FUERA DE ZONA.
E.1.
Precio por Desobstrucción de Colectores Internos
200 u
Página 99
(letras)
PRECIOS UNITARIOS ($) PRECIOS TOTALES ($)
RUBROS
METRAJES
(números)
E.2.
Precio por desobstrucción de colector circular de ø <=
500 mm
400 u
E.3.
Precio por desobstrucción de boca de tormenta o
captación de pluviales
100 u
E.4.
Precio por desobstrucción de conexión domiciliaria
E.5.
Reposición de tapa en calzada
50 u
E.6.
Reposición de tapa en acera
50 u
E.7. Precio de limpieza de Pozo negro con barométrica
SUBTOTAL Rubro E
F.
1.000 u
100 u
TRABAJOS DE EMERGENCIA
F.1.
Precio por desobstrucción de colector circular de ø <=
500 mm
100 u
F.2.
Precio por desobstrucción de boca de tormenta o
captación de pluviales
200 u
F.3.
Precio por desobstrucción de conexión domiciliaria
750 u
F.4.
Reposición de tapa en calzada
25 u
F.5.
Reposición de tapa en acera
25 u
SUBTOTAL Rubro F
Página 100
(letras)
(números)
(letras)
PRECIOS UNITARIOS ($) PRECIOS TOTALES ($)
RUBROS
METRAJES
(números)
G.
(letras)
(números)
CONSTRUCCION Y/O REPARACIÓN DE CONEXIONES DOMICILIARIAS.
G.1.
Precio por conexión (por metro lineal).
1.500 m
G.2.
Precio por “chimenea”.
50 m
G.3.
Precio por cámara de inspección.
50 u
G.4.
Sobreprecio por cada 0,50 m de tapada.
150 u
G.5.
Suministro de Sifón desconector
50 u
SUBTOTAL Rubro G
H.
REMOCION Y REPOSICION DE AFIRMADOS Y CORDONES (Precio por metro cúbico, cuadrado o lineal según
corresponda).
H.1.
Pavimento hormigón calzada.
500 m2
H.2.
Pavimento carpeta asfáltica calzada.
550 m2
H.3.
Pavimento baldosas de portland.
800 m2
H.4.
Pavimento hormigón acera.
300 m2
H.5.
Pavimento balasto acera.
50 m2
H.6.
Cordón hormigón.
80 m
Página 101
(letras)
PRECIOS UNITARIOS ($) PRECIOS TOTALES ($)
RUBROS
METRAJES
(números)
H.7.
Cordón granito (con aporte).
80 m
H.8.
Cordón granito (sin aporte).
160 m
H.9.
Sustitución de terreno de fundación.
100 m3
H.10. Reposición de césped
(letras)
100 m2
SUBTOTAL Rubro H
I.
Excavación en roca y tosca dura (sobreprecio por metro cúbico para los tipos que se indican):
I.1.
Roca.
50 m3
I.2.
Tosca dura.
25 m3
SUBTOTAL Rubro I
Página 102
(números)
(letras)
Capítulo IX: ANEXOS.
ANEXO I: CUADROS.
Página 103
CUADRO I: LISTADO DE LOS CONTRATOS DE LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO EN QUE LA FIRMA ACTUO COMO CONTRATISTA EN LOS
ULTIMOS 15 AÑOS.
DENOMINACION
Y UBICACIÓN
PROPIETARIO
CARACTERISTICAS
DEL CONTRATO, DE
LOS TRABAJOS Y
DE LA
INSTALACION
FECHA DE
INICIO Y
FIN DEL
CONTRATO
PLAZO DE
LOS
TRABAJOS
(ORIGINAL
Y REAL)
REFERENTE O
DIRECTOR DE
OBRA
(INDICAR
FORMA DE
CONTACTO)
MONTO TOTAL
DEL CONTRATO
(U$S) Y % DE
PARTICIPACION
(ORIGINAL Y
REAL)
NOTA: Tener presente lo preceptuado en el CAPITULO II PRESENTACION DE PROPUESTAS. y las calificaciones según definición CAPITULO
III CALIFICACION DE PROPUESTAS Y ADJUDICACION.
Página 104
CUADRO II: LISTADO DE LOS CONTRATOS DE LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO EN QUE LA FIRMA ACTUO COMO SUBCONTRATISTA EN
LOS ULTIMOS 15 AÑOS.
DENOMINACION
Y UBICACIÓN
PROPIETARIO
CARACTERISTICAS
DEL CONTRATO, DE
LOS TRABAJOS Y
DE LA
INSTALACION
FECHA DE
INICIO Y
FIN DEL
CONTRATO
PLAZO DE
LOS
TRABAJOS
(ORIGINAL
Y REAL)
REFERENTE O
DIRECTOR DE
OBRA
(INDICAR
FORMA DE
CONTACTO)
MONTO TOTAL
DEL CONTRATO
Y DEL
SUBCONTRATO
(U$S) (ORIGINAL
Y REAL)
NOTA: Tener presente lo preceptuado en el CAPITULO II PRESENTACION DE PROPUESTAS. y las calificaciones según definición CAPITULO
III CALIFICACION DE PROPUESTAS Y ADJUDICACION.
Página 105
CUADRO III: LISTADO DE LAS OBRAS EN LAS QUE LA FIRMA ACTUO COMO CONTRATISTA DURANTE LOS ULTIMOS 15 AÑOS.
DENOMINACI
ON Y
UBICACIÓN
PROPIETAR
IO
CARACTERISTI
CAS DEL
CONTRATO, DE
LOS
TRABAJOS Y
DE LA
INSTALACION
FECHA DE
INICIO Y FIN
DEL
CONTRATO
PLAZO DE
LOS
TRABAJO
S
(ORIGINAL
Y REAL)
REFERENTE
O DIRECTOR
DE OBRA
(INDICAR
FORMA DE
CONTACTO)
MONTO TOTAL
DEL CONTRATO
(U$S) Y % DE
PARTICIPACION
(ORIGINAL Y
REAL)
NOTA: Tener presente lo preceptuado en el CAPITULO II PRESENTACION DE PROPUESTAS. y las calificaciones según definición CAPITULO
III CALIFICACION DE PROPUESTAS Y ADJUDICACION.
Página 106
CUADRO IV: LISTADO DE LAS OBRAS EN QUE LA FIRMA ACTUO COMO SUBCONTRATISTA EN LOS ULTIMOS 15 AÑOS.
DENOMINACI
ON Y
UBICACIÓN
PROPIETARI
O
CARACTERISTIC
AS DEL
CONTRATO, DE
LOS TRABAJOS
Y DE LA
INSTALACION
FECHA DE
INICIO Y FIN
DEL
CONTRATO
PLAZO DE
LOS
TRABAJOS
(ORIGINAL
Y REAL)
REFERENTE O
DIRECTOR DE
OBRA
(INDICAR
FORMA DE
CONTACTO)
MONTO TOTAL
DEL CONTRATO
Y DEL
SUBCONTRATO
(U$S) (ORIGINAL
Y REAL)
NOTA: Tener presente lo preceptuado en el CAPITULO II PRESENTACION DE PROPUESTAS. y las calificaciones según definición CAPITULO
III CALIFICACION DE PROPUESTAS Y ADJUDICACION.
Página 107
CUADRO V: LISTADO DE CONTRATOS DE LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO QUE LA FIRMA TIENE COMPROMETIDOS O EN EJECUCION.
DENOMINACION
Y UBICACIÓN
PROPIETARIO
CARACTERISTICAS
DEL CONTRATO, DE
LOS TRABAJOS Y
DE LA
INSTALACION
FECHA DE
INICIO Y FIN
DEL
CONTRATO
PLAZO DE
LOS
TRABAJOS
REFERENTE O
DIRECTOR DE
OBRA
(INDICAR
FORMA DE
CONTACTO)
MONTO TOTAL
DEL CONTRATO
(U$S) Y % DE
PARTICIPACION
NOTA: Tener presente lo preceptuado en el CAPITULO II PRESENTACION DE PROPUESTAS. y las calificaciones según definición CAPITULO
III CALIFICACION DE PROPUESTAS Y ADJUDICACION.
Página 108
CUADRO VI: LISTADO DE CONTRATOS DE OBRA QUE LA FIRMA TIENE COMPROMETIDOS O EN EJECUCION.
DENOMINACION
Y UBICACIÓN
PROPIETARIO
CARACTERISTICAS
DEL CONTRATO, DE
LOS TRABAJOS Y
DE LA
INSTALACION
FECHA DE
INICIO Y FIN
DEL
CONTRATO
PLAZO DE
LOS
TRABAJOS
REFERENTE O
DIRECTOR DE
OBRA
(INDICAR
FORMA DE
CONTACTO)
MONTO TOTAL
DEL CONTRATO
(U$S) Y % DE
PARTICIPACION
NOTA: Tener presente lo preceptuado en el CAPITULO II PRESENTACION DE PROPUESTAS. y las calificaciones según definición CAPITULO
III CALIFICACION DE PROPUESTAS Y ADJUDICACION.
Página 109
CUADRO VII: EXPERIENCIA DEL PERSONAL QUE SE ASIGNARA AL CONTRATO.
NOMBRE
TITULO Y
ESPECIALIDAD
AÑOS DE EXPERIENCIA
PROFESIONAL
TOTAL
EN LA
EMPRESA
AÑOS DE EXPERIENCIA EN
SERVICIOS DE
MANTENIMIENTO
TOTAL
EN LA
EMPRESA
EXPERIENCIA EN
SUPERVISION DE OBRAS
DE INFRAESTRUCTURAS
DE SANEAMIENTO
TOTAL
CARGO A
DESEMPEÑAR
EN LA
EMPRESA
NOTA: Tener presente lo preceptuado en el CAPITULO II PRESENTACION DE PROPUESTAS. y las calificaciones según definición CAPITULO
III CALIFICACION DE PROPUESTAS Y ADJUDICACION.
Página 110
CUADRO VIII: EQUIPOS A SER DESTINADOS AL CONTRATO.
EQUIPO
CARACTERISTICAS
E IDENTIFICACION
MODO DE
TENENCIA
LAPSO DE
PUESTA EN
DISPONIBILIDAD
AL CONTRATO
ESTADO:
Nuevo
Muy Bueno
Bueno
Regular
Malo
Muy Malo
DEDICACION
AL
CONTRATO
Exclusiva
ANTIGUEDAD
(años)
LUGAR
DONDE SE
ENCUENTRA
VALOR
PRESENTE
(miles de U$S)
Hora / mes
NOTA: Tener presente lo preceptuado en el CAPITULO II PRESENTACION DE PROPUESTAS. y las calificaciones según definición CAPITULO
III CALIFICACION DE PROPUESTAS Y ADJUDICACION.
OBSERVACIONES:
•
Las firma declara poseer la cantidad suficiente de herramientas menores de uso común.
•
Instalaciones para mantenimiento, lavado, etc: (A DETALLAR).
Página 111
Art. 72.4.
CUADRO IX: RESUMEN DEL ACTIVO, PASIVO, PATRIMONIO Y VENTAS DE
LOS TRES ULTIMOS EJERCICIOS.
CUENTAS
Año 1
Año 2
Año 3
A.
B.
C.
D.
ACTIVO.
A.1.
Disponibilidades (cuentas y bancos principales).
A.2.
Créditos (deudores principales de corto y largo plazo).
A.3.
Bienes de Cambio (stocks).
A.4.
Bienes de Uso (activo fijo – amortizaciones acumuladas).
A.5.
Otros.
PASIVO.
B.1.
Proveedores (acreedores principales de corto y largo plazo).
B.2.
Deudas financieras (corto y largo plazo).
B.3.
Previsiones.
B.4.
Otros.
PATRIMONIO NETO (A-B).
C.1.
Capital (social, suscripto e integrado).
C.2.
Resultados del ejercicio.
C.3.
Resultados acumulados.
C.4.
Ajustes y Reservas.
VENTAS.
Página 112
ART. 73.
ANEXO II: PLANOS TIPO.
Se consideran válidos todos los documentos de planos “tipo” correspondientes al Servicio de
Estudios y Proyectos de Saneamiento, los que se considerarán como los únicos válidos a sus
efectos, salvo mención en contrario en el presente PCP y que se adjuntan.
Página 113
ART. 74.
ANEXO III: PLANOS DE ZONAS
En el presente Anexo se detallan vistas esquemáticas de las zonas de los contratos.
Área Zona 7.
Página 114
Área Zona 8.
Art. 74.1.
Detalle Colectores de ZONA 7 – Contrato 1422
Suma de LONGITUD Tramos y Perfiles Especiales de Zona 7
Etiquetas de fila
CAG
0,00
IMP
0,20
0,25
0,50
0,70
MIX
0,25
PL
0,00
0,20
0,40
0,50
C
O_CC
1556,7
0
1556,7
0
0
74,44
74,44
10045,7
O_T
1386,3
335,96
33,89
740,4
Página 115
Total
(en blanco) general
800
800
800
800
1556,7
0
1556,7
0
0
74,44
74,44
665
9757,78
21854,78
9757,78
9757,78
335,96
33,89
740,4
R_SB
Suma de LONGITUD Tramos y Perfiles Especiales de Zona 7
Total
Etiquetas de fila C
O_CC
O_T
R_SB
(en blanco) general
0,60
2972,71
2972,71
0,70
1568,17
1568,17
0,80
1810,17
110,65
1920,82
0,90
889,7
439,45
1329,15
1,00
931,97
665
1596,97
1,10
365,17
365,17
1,20
397,56
325,35
722,91
1,60
510,85
510,85
SE
234433,71
13 945,75
1734,44
237126,9
0,00
1734,44
1734,44
0,20
83780,85
83780,85
0,25
129148,65
129148,65
0,30
10306,01
10306,01
0,35
5488,91
5488,91
0,40
2894,91
2894,91
0,45
563,52
563,52
0,50
127,65
127,65
0,60
1671,15
1671,15
0,80
945,75
945,75
1,00
452,06
452,06
3,40
13
13
UN
435,94
435,94
0,25
112,5
112,5
0,30
51
51
0,50
132,42
132,42
0,60
140,02
140,02
Total general
246546,49
13 2332,05
665
12292,22 261848,76
Obs.: Ver referencias al final del presente capítulo
Suma de LONGITUD – PERFILES ESPECIALES a considerar en Zona 7..
Etiquetas de
fila
ART
O_CC
O_SB
R_SB
S/D Total general
AL
858,35
2,8
840,95 1244,75
2946,85
1,30
107
107
1,36
2,8
2,8
1,80
136,55
136,55
2,00
8,65
8,65
2,08
321,75
321,75
2,30
176,65
176,65
2,50
274,1
274,1
3,15
519,2
519,2
3,30
88
88
3,50
244,05
244,05
3,60
772,4
772,4
3,85
116
116
Página 116
Suma de LONGITUD – PERFILES ESPECIALES a considerar en Zona 7..
Etiquetas de
fila
ART
O_CC
O_SB
R_SB
S/D Total general
4,60
4
4
4,90
135,25
135,25
7,00
33,45
33,45
10,00
7
7
UN
3424,81
1428,9 4257,06
84
10
9204,77
1,25
288,83
288,83
1,30
2205,58
10
2215,58
1,33
2410,19
2410,19
1,35
114
114
1,36
687,4
687,4
1,40
207,45
207,45
1,60
494,85
494,85
1,70
745,85
745,85
1,80
42
42
2,00
100,1
100,1
2,08
431,45
431,45
2,10
125,35
125,35
2,30
75
8,82
83,82
2,40
383,5
123,9
507,4
3,00
462
462
3,85
84
84
4,62
204,5
204,5
Total general
4283,16
1431,7 5098,01 1328,75
10
12151,62
Obs.: Ver referencias al final del presente capítulo
Art. 74.2.
Detalle Colectores de ZONA 8 – Contrato 1424
Suma de LONGITUD Tramos y Perfiles Especiales de Zona 8
Etiquetas
de fila
ART
CAN
0,00
IMP
0,70
MIX
0,00
0,20
0,25
0,30
0,35
0,40
0,45
0,50
COL
_
C
O_CC O_SB O_T
0
0
93228,37
53 483,8
55,5
68712,64
6961,61
2008,52
6379,96
993,22
1932,47
Página 117
12001,
38
(en
blanco Total
R_C
C
R_SB )
general
268,9
416,5
268,9
416,5
0
0
320
112 1230,3
1230,3
107428,85
1230,3
55,5
68712,64
6961,61
2008,52
6379,96
993,22
1932,47
Suma de LONGITUD Tramos y Perfiles Especiales de Zona 8
Etiquetas
de fila
ART
0,60
0,80
0,81
0,90
1,00
1,20
1,40
1,60
2,00
2,30
2,60
PL
0,00
0,30
0,40
0,50
0,60
0,70
0,80
0,85
0,90
1,00
1,20
C
3217,15
COL
_
O_CC O_SB O_T
380,6
60
53
6654,5
3
2217,9
698,4
1213
340
43,2 877,55
403
464,3
2100
1137,5
7035,13
60
2217,9
698,4
1213
393
1032,75
723
464,3
2100
112
320
2506,
5
5218,8
198
198
17,9
212,1
1400,8
902
614,8
0
401,9
552,2
1298,95
220,05
1143,
31
1091,
48
1,50
1,80
1,90
(en
blanco Total
R_C
C
R_SB )
general
3217,15
197
538,6
1143,31
1288,48
538,6
271,7
1
2,20
SE
0,00
0,20
0,25
0,30
0,40
0,45
0,50
0,70
0,80
1,00
1,10
61317,49
11808,96
2684,54
2844,65
387,9
676,4
297,6
UN
46405,83 76,34
82703,24
2308,2
0
0
2308,2
0
2685,7
1514,
62
Página 118
6883,5
2
9060,8
198
17,9
212,1
1400,8
902
614,8
0
401,9
552,2
1298,95
220,05
60,05
271,71
85011,44
0
61317,49
11808,96
2684,54
2844,65
387,9
676,4
297,6
2308,2
0
2685,7
54940,36
Suma de LONGITUD Tramos y Perfiles Especiales de Zona 8
(en
blanco Total
R_C
C
O_CC O_SB O_T
C
R_SB )
general
60,05
60,05
220
220
11043
11043
14802,83
14802,83
6280,35
6280,35
4778,7
4778,7
3479,19
3479,19
2720,77
2720,77
2465,19
2465,19
91,49
91,49
4532,5
0,80
8
4532,58
0,90
465,3
465,3
1,00
211,9
211,9
1,20
543,9
543,9
1038,3
5
1,40
230
1268,35
1,80
100
100
446,8
5
2,30
446,85
2,34
19,2
19,2
718,5
2,60
615,8
7
1334,37
3,72
76,34
76,34
Total
227556,2
1567,
21193,
2618, 1757,2
general
4 76,34
62 483,8
1 320
5
5 256857,95
1137,5
Obs.: Ver referencias al final del presente capítulo
Etiquetas
de fila
ART
0,00
0,20
0,25
0,30
0,35
0,40
0,45
0,50
0,60
0,70
COL
_
Suma de LONGITUD – PERFILES ESPECIALES a considerar en Zona 8.
Total
general
Etiquetas de fila COL_
O_CC
O_T
R_SB
S/D
AL
50,5
50,5
2,30
50,5
50,5
UN
430,06 9386,32
837,39
198,24
328,1
11180,11
1,36
1554,89
1554,89
1,40
310
529,11
839,11
1,60
308,28
308,28
1,70
328,1
328,1
1,80
3864,61
3864,61
2,01
708,5
708,5
2,06
430,06
430,06
2,28
1277,76
1277,76
2,40
286,64
286,64
2,60
897,57
198,24
1095,81
2,72
486,35
486,35
Total general
430,06 9386,32
837,39
248,74
328,1
11230,61
Página 119
Obs.: Ver referencias al final del presente capítulo
Art. 74.3.
Referencias
Todas las medidas indicadas en los cuadros anteriores, del presente capítulo son en metros.
Los colectores se encuentran clasificados por la altura de la sección (Etiquetas de fila), en
función de la existencia de dicha información(cuando se indica altura 0, es por falta de
información al respecto) y en particular en una supra clasificación, en función del tipo de
colectores. La supra clasificación de la altura corresponde a:
•
AL – Alcantarilla
•
CAN – Canalización, no incluido dentro de los tipos adjudicados
•
CAG – Curso de Agua, no incluido dentro de los tipos adjudicados
•
IMP – Impulsión, no incluido dentro de los tipos adjudicados
•
MIX – Mixto
•
PL – Pluvial
•
SE – Separativo
•
UN – Unitario
En las etiquetas de columna la clasificación se asocia al tipo de sección correspondiente a los
colectores, la cual corresponde a clasificación en función de un tipo genérico de sección y a
condiciones particulares de la misma.
Dentro del tipo de sección genérica se cuenta con:
•
ART – Arteaga
•
C – Circular
•
COL – Colector
•
O – Ovoide
•
R – Rectangular
Luego de la indicación de sección, para aquellos que corresponde, se indica una segunda
característica, luego de guión bajo de separación, que corresponde a:
•
CC – Con Cuneta
•
SB – Sin banquina
•
T – Tipo, en general corresponde a ovoides según tipología general de
relación estándar de alto / ancho de la sección.
Página 120
Capítulo X: INDICE.
Capítulo I: DISPOSICIONES GENERALES. ___________________________________________ 2
Art. 1.
REPARTICIÓN DEPARTAMENTAL A CARGO ________________________ 2
Art. 2.
OBJETO DEL CONTRATO Y ACLARACIONES._______________________ 2
Art 2.1.
OBJETO.________________________________________________
Art. 2.1.
ACLARACIONES. ________________________________________
Art. 2.2.
ALCANCE DE LOS TRABAJOS. ___________________________
Art. 2.2.1.
Trabajos de Inspección___________________________________
Diagnóstico
3
Inspección de seguimiento
4
Art. 2.2.2.
Trabajos de Limpieza Programada__________________________
Limpieza Programada de Colectores 4
Limpieza Interceptores
5
Art. 2.2.3.
Atención de reclamos __________________________________
Art. 2.2.4.
Trabajos de Reparación __________________________________
Art. 2.2.5.
Construcción de nuevas conexiones domiciliarias. _____________
Art. 2.2.6.
Construcción de Bocas de Tormenta ________________________
2
3
3
3
4
5
5
6
6
Art. 3.
DEFINICIONES. ___________________________________________________ 6
Art. 4.
PLAZOS DEL CONTRATO. _________________________________________ 8
Art. 4.1.
Art. 4.2.
Art. 5.
Plazo del Contrato _______________________________________ 8
Plazo de inicio y parcial de los trabajos._______________________ 9
ZONA DE DESARROLLO DE LOS TRABAJOS.______________________ 10
Art. 6.
AMPLIACIONES Y REDUCCIONES DEL CONTRATO — AUMENTO O
DISMINUCION EN LA CANTIDAD DE LOS TRABAJOS — IMPREVISTOS. ______________ 10
Art. 7.
SUBCONTRATOS. ________________________________________________ 10
Art. 8.
DOCUMENTOS DE LA LICITACION. ________________________________ 11
Art. 9.
PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTAS ________________________ 12
Art. 10.
CONTRADICCION ENTRE RECAUDOS. ____________________________ 12
Capítulo II: PRESENTACION DE PROPUESTAS._____________________________________ 13
Página 121
Art. 11.
DOCUMENTACION E INFORMACION NECESARIA.__________________ 13
Art. 12.
CAPACIDAD JURIDICA.___________________________________________ 15
Art. 13.
PLAZO Y FORMA DE PRESENTACION DE CONSULTAS SOBRE EL
LLAMADO - Prorroga. ____________________________________________________________ 16
Art. 14.
IDIOMA DE LA OFERTA. __________________________________________ 17
Art. 15.
INSPECCION DEL EMPLAZAMIENTO. ______________________________ 17
Art. 16.
INFORMACION DE LA EMPRESA Y OFERTA TECNICA Y
METODOLOGICA (Sobre Nº I). _____________________________________________________ 17
Art. 16.1.
GENERALIDADES.______________________________________
Art. 16.2.
ANTECEDENTES LEGALES Y DOCUMENTACIÓN
REQUERIDA.
18
Art. 16.3.
Experiencia de la empresa _________________________________
Art. 16.4.
Situación patrimonial y financiera __________________________
Art. 16.5.
OFERTA TÉCNICA Y METODOLÓGICA PARA LA
EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS. __________________________________________________
Art. 16.5.1.
Generalidades._______________________________________
Art. 16.5.2.
Memoria Descriptiva. _________________________________
Art. 16.5.3.
Personal del Contrato. __________________________________
Art. 16.5.4.
Equipos, maquinaria y vehículos. _________________________
17
19
20
20
20
20
22
23
Art. 17.
FORMULARIO PROPUESTA (SOBRE Nº II). _________________________ 26
Art. 18.
MEJORAS Y SERVICIOS COMPLEMENTARIOS. ____________________ 26
Capítulo III: CALIFICACION DE PROPUESTAS Y ADJUDICACION. ____________________ 28
Art. 19.
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE OFERTA MÁS CONVENIENTE. 28
Art. 20.
CALIFICACION DE PROPUESTAS. _________________________________ 28
Art. 20.1.
Art. 20.1.1.
Art. 20.1.2.
Art. 20.1.3.
Art. 20.1.4.
Art. 20.1.5.
CAPACIDAD DE LAS EMPRESAS. ________________________
Experiencia de la Empresa. ______________________________
Situación patrimonial y financiera. ________________________
Memoria Descriptiva. _________________________________
Personal del Contrato. __________________________________
Equipos a ser destinados al contrato. _______________________
28
30
31
32
32
33
Art. 21.
APERTURA Y ESTUDIO DE LOS SOBRE Nº I. _______________________ 35
Art. 22.
APERTURA Y ESTUDIO DE LOS SOBRE Nº II. ______________________ 35
Página 122
Art. 23.
OFERTA MÁS CONVENIENTE _____________________________________ 35
Art. 24.
VISTA DE LAS ACTUACIONES.____________________________________ 37
Art. 25.
MEJORA DE OFERTA Y NEGOCIACION. ___________________________ 37
Art. 26.
REGISTRO DE PROVEEDORES. ___________________________________ 37
Art. 27.
NOTIFICACIÓN / PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO. __________ 37
Capítulo IV: OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA Y ESPECIFICACIONES
TECNICAS PARTICULARES._______________________________________________________ 39
Art. 28.
GENERALIDADES ________________________________________________ 39
Art. 29.
CUMPLIMIENTO DE LOS TRABAJOS, REGLAMENTOS Y
DISPOSICIONES LEGALES. _______________________________________________________ 39
Art. 30.
Art. 30.1.
Art. 30.2.
Art. 30.3.
SISTEMAS DE GESTION DEL CONTRATO. _________________________ 43
Sistema Único de Reclamos ________________________________ 43
Sistema de Posicionamiento Satelital de Flota _________________ 44
Sistema de soporte complementario de Información ___________ 44
Art. 31.
DIRECTOR DE OBRA. ____________________________________________ 45
Art. 32.
TÉCNICO PREVENCIONISTA EN SEGURIDAD.______________________ 45
Art. 33.
ART. 33. CANTIDAD DE PERSONAL MÍNIMA. _______________________ 46
Art. 34.
AVISOS AL CONTRATISTA Y AL CONTRATANTE. __________________ 46
Art. 35.
INSALUBRIDAD __________________________________________________ 46
Art. 36.
HORARIOS DE LOS TRABAJOS. __________________________________ 47
Art. 37.
SUMINISTRO DE LOCOMOCION. __________________________________ 47
Art. 38.
SUMINISTRO DE EQUIPOS DE COMUNICACION. ___________________ 48
Art. 39.
OPERACIONES DE INSPECCIÓN, LIMPIEZA, MANTENIMIENTO Y
CONSERVACION._________________________________________________________________ 48
Art. 39.1.
Art. 39.1.1.
TRABAJOS DE INSPECCIÓN ____________________________ 49
Diagnóstico __________________________________________ 49
Página 123
Art. 39.1.2.
Art. 39.2.
Art. 39.2.1.
Art. 39.2.2.
Art. 39.2.3.
Art. 39.2.4.
Art. 39.3.
Art. 39.4.
Inspección de seguimiento _______________________________
TRABAJOS DE LIMPIEZA _______________________________
Limpieza programada de colectores________________________
Limpieza Interceptores__________________________________
Limpieza de bocas de tormenta y captaciones pluviales ________
Limpieza de aliviaderos y vertederos_______________________
ATENCION DE RECLAMOS______________________________
SERVICIO DE EMERGENCIA ____________________________
49
50
50
51
51
51
52
53
Art. 40.
TRABAJOS DE Reparación. _______________________________________ 54
Art. 41.
CONSTRUCCION DE CONEXIONES DOMICILIARIAS. _______________ 54
Art. 42.
REPARACION DE CONEXIONES___________________________________ 56
Art. 43.
REPARACION Y NIVELACION DE MARCOS Y CONTRAMARCOS DE
TAPAS DE REGISTROS.___________________________________________________________ 57
Art. 44.
NIVELES DE SERVICIO.___________________________________________ 58
Art. 45.
INFORMES_______________________________________________________ 59
Art. 45.1.
Art. 45.2.
Art. 45.3.
INFORME DE DIAGNÓSTICO ____________________________ 59
INFORME DE ACTUACIÓN ______________________________ 60
FORMATO DE INFORMES _______________________________ 61
Art. 46.
MATERIALES Y EJECUCION DE LOS TRABAJOS. __________________ 61
Art. 47.
DEPOSITO DE MATERIALES Y RESIDUOS EN LA VIA PUBLICA. _____ 62
Art. 48.
ALEJAMIENTO DE RESIDUOS. ____________________________________ 63
Art. 49.
INSTALACIONES SUBTERRANEAS DE SERVICIOS. ________________ 63
Art. 50.
SEÑALAMIENTO PREVENTIVO. ___________________________________ 63
Art. 51.
DESVIO DEL TRANSITO. __________________________________________ 64
Art. 52.
REMOCION Y REPOSICION DE AFIRMADOS Y CORDONES. _________ 64
Art. 52.1.
GENERALIDADES.______________________________________ 64
Art. 52.2.
CASOS DE REPOSICIÓN DE PAVIMENTOS VEHICULARES
PREVISTOS EXPLÍCITAMENTE EN ESTE PCP.______________________________________ 65
Art. 52.3.
RECONSTRUCCIÓN DE REPOSICIONES RECHAZADAS. __ 65
Art. 53.
ANÁLISIS Y ENSAYOS. ___________________________________________ 66
Página 124
Art. 54.
USO DE EXPLOSIVOS.____________________________________________ 69
Art. 55.
EDIFICIOS PROVISIONALES.______________________________________ 69
Art. 56.
CARTELES. ______________________________________________________ 70
Art. 57.
PLAZOS DE EJECUCIÓN__________________________________________ 71
Capítulo V: PENALIDADES.________________________________________________________ 72
Art. 58.
MULTAS POR INCUMPLIMIENTO. _________________________________ 72
Art. 58.1.
POR INCUMPLIMIENTO DEL ART.34 DEL PCGCO. _______ 72
Art. 58.2.
POR ATRASO EN LA INICIACIÓN E INCUMPLIMIENTO DE
LOS PLAZOS PARCIALES Y DE CONCLUSIÓN. _____________________________________ 72
Art. 58.3.
POR FALTA DE LOS EQUIPOS Y VEHÍCULOS OFERTADOS. 72
Art. 58.4.
POR INCUMPLIMIENTO EN PLAZOS DE ENTREGA DE
INFORMES.
73
Art. 58.5.
POR FALTA DEL PERSONAL TÉCNICO O DE DIRECCIÓN Y
CONTRALOR SUPERIOR RESPONSABLE INCLUIDO EN LA PROPUESTA. ____________ 73
Art. 58.6.
POR INCUMPLIR ÓRDENES DE LA DIRECCIÓN DE LOS
TRABAJOS.
73
Art. 58.7.
Por incumplimiento en las disposiciones de Planos “Tipo” de
Saneamiento
74
Art. 58.8.
POR EXCEDER EL TIEMPO DE RESPUESTA EN
SITUACIONES DE URGENCIA._____________________________________________________ 74
Art. 58.9.
POR INADECUADA DISPOSICIÓN DEL MATERIAL
SOBRANTE.
74
Art. 58.10.
POR INCUMPLIMIENTO DE LOS TÍTULOS II Y III "DE LAS
REMOCIONES EN LA VÍA PÚBLICA". ______________________________________________ 74
Art. 58.11.
POR FALTA DE AVISO EN TIEMPO SOBRE EL DESVÍO DEL
TRANSPORTE DE PASAJEROS. ____________________________________________________ 75
Art. 58.12.
POR PRESENCIA DE PERSONAL SIN LOS EQUIPOS DE
PROTECCIÓN Y VESTUARIO NECESARIO. _________________________________________ 75
Art. 59.
Art. 59.1.
Art. 59.2.
Art. 59.3.
OTRAS PENALIDADES. ___________________________________________ 75
MORA. _________________________________________________ 75
SANCIONES. ___________________________________________ 76
RESCISIÓN DEL CONTRATO ____________________________ 76
Capítulo VI: RECEPCIÓN Y CONSERVACIÓN DE LOS TRABAJOS. ___________________ 77
Art. 60.
RECEPCIONES PROVISORIAS.____________________________________ 77
Art. 61.
RECEPCIONES DEFINITIVAS. _____________________________________ 77
Página 125
Capítulo VII: PAGO DE LOS TRABAJOS Y ALCANCE DE LOS PRECIOS.______________ 79
Art. 62.
GENERALIDADES. _______________________________________________ 79
Art. 63.
FORMA DE PAGO.________________________________________________ 79
Art. 64.
CERTIFICADO UNICO MUNICIPAL _________________________________ 80
Art. 65.
PRECIO POR ALEJAMIENTO DE RESIDUOS. _______________________ 80
Art. 66.
66. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. ____________________________ 80
Art. 67.
VALOR DE LA UNIDAD REAJUSTABLE.____________________________ 81
Art. 68.
DESCRIPCION DE PRECIOS POR ITEMS Y RUBROS. _______________ 81
Art. 68.1.
Art. 68.1.1.
Art. 68.1.2.
Art. 68.1.3.
Art. 68.2.
Art. 68.2.1.
Art. 68.2.2.
Art. 68.2.3.
Art. 68.2.4.
Art. 68.2.5.
Art. 68.2.6.
Art. 68.2.7.
Art. 68.2.8.
Art. 68.2.9.
Art. 68.3.
PROGRAMADO: RUBRO C
Art. 68.4.
ZONA: RUBRO D
Art. 68.5.
RUBRO E.
Art. 68.6.
Art. 68.7.
DOMICILIARIAS.
Art. 68.7.1.
Art. 68.7.2.
Art. 68.7.3.
Art. 68.7.4.
Art. 68.7.5.
Art. 68.8.
Art. 68.8.1.
Art. 68.8.2.
ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO ____________________ 81
Rubros A.1 y A.2 _____________________________________ 81
Rubros A.3. __________________________________________ 81
Rubro A.4. ___________________________________________ 81
TRABAJOS DE REPARACIÓN Y/O CONSTRUCCIÓN_______ 81
Rubros B.1 a B.10. _____________________________________ 82
Rubro.11. ____________________________________________ 82
Rubros B.12 y B. 13 ____________________________________ 82
Rubro B. 14. _________________________________________ 83
Rubro B. 15 a B. 16 ____________________________________ 83
Rubro B. 17 __________________________________________ 84
Rubro B. 18. __________________________________________ 84
Rubro B.19. __________________________________________ 84
Rubro B.20 a B. 22_____________________________________ 84
TRABAJOS DE LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO
84
TRABAJOS DE ATENCIÓN DE RECLAMOS DENTRO DE
85
TRABAJOS DE ATENCIÓN DE RECLAMOS FUERA DE ZONA:
85
TRABAJOS DE EMERGENCIA: RUBRO F. ________________ 85
CONSTRUCCIÓN Y/O REPARACIÓN DE CONEXIONES
85
Rubro G.1. ___________________________________________ 85
Rubro G.2.___________________________________________ 86
Rubro G.3. ___________________________________________ 86
Rubro G.4. ___________________________________________ 86
Rubro G.4. ___________________________________________ 86
REMOCIÓN Y REPOSICIÓN DE AFIRMADOS Y CORDONES.87
Rubros H1 a H8 a y H10. ________________________________ 87
Rubro ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. _______ 87
Página 126
Art. 68.9.
EXCAVACIÓN EN ROCA Y TOSCA DURA: RUBROS I,1 y I.2. 87
Art. 69.
OBRAS ACCESORIAS.____________________________________________ 88
Art. 70.
AJUSTES PARAMETRICOS._______________________________________ 89
Capítulo VIII: OFERTA. ____________________________________________________________ 91
Art. 71.
Art. 71.1.
Art. 71.2.
Art. 71.3.
Art. 71.4.
Art. 72.
Art. 72.1.
Art. 72.2.
Art. 72.3.
GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA. _____________________ 91
GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO___
CESIÓN DEL CONTRATO. _______________________________
MEJORAMIENTO DE OFERTAS. _________________________
RECEPCION Y APERTURA DE OFERTAS. ________________
91
92
92
92
FORMULARIO PROPUESTA. ______________________________________ 92
CARTA PRESENTACION PROPUESTA TECNICA (sobre NºI). 92
CARTA PROPUESTA ECONOMICA (sobre NºII). ___________ 93
PLANILLA DE RUBROS Y METRAJES. ___________________ 95
Capítulo IX: ANEXOS. ____________________________________________________________ 103
ANEXO I: CUADROS. ____________________________________________________________ 103
CUADRO I: LISTADO DE LOS CONTRATOS DE LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO EN QUE
LA FIRMA ACTUO COMO CONTRATISTA EN LOS ULTIMOS 15 AÑOS. ______________ 104
CUADRO II: LISTADO DE LOS CONTRATOS DE LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO EN QUE
LA FIRMA ACTUO COMO SUBCONTRATISTA EN LOS ULTIMOS 15 AÑOS. __________ 105
CUADRO III: LISTADO DE LAS OBRAS EN LAS QUE LA FIRMA ACTUO COMO
CONTRATISTA DURANTE LOS ULTIMOS 15 AÑOS. ________________________________ 106
CUADRO IV: LISTADO DE LAS OBRAS EN QUE LA FIRMA ACTUO COMO
SUBCONTRATISTA EN LOS ULTIMOS 15 AÑOS. ___________________________________ 107
CUADRO V: LISTADO DE CONTRATOS DE LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO QUE LA
FIRMA TIENE COMPROMETIDOS O EN EJECUCION. ______________________________ 108
CUADRO VI: LISTADO DE CONTRATOS DE OBRA QUE LA FIRMA TIENE
COMPROMETIDOS O EN EJECUCION. ____________________________________________ 109
CUADRO VII: EXPERIENCIA DEL PERSONAL QUE SE ASIGNARA AL CONTRATO.___ 110
CUADRO VIII: EQUIPOS A SER DESTINADOS AL CONTRATO. ______________________ 111
Art. 72.4.
CUADRO IX: RESUMEN DEL ACTIVO, PASIVO, PATRIMONIO
Y VENTAS DE LOS TRES ULTIMOS EJERCICIOS. __________________________________ 112
Art. 73.
ANEXO II: PLANOS tipo. _________________________________________ 113
Art. 74.
ANEXO III: PLANOS DE ZONAS __________________________________ 114
Art. 74.1.
Art. 74.2.
Detalle Colectores de ZONA 7 – Contrato 1422 ______________ 115
Detalle Colectores de ZONA 8 – Contrato 1424 ______________ 117
Página 127
Art. 74.3.
Referencias ___________________________________________ 120
Capítulo X: INDICE. ______________________________________________________________ 121
Página 128