ley nº 20.799 vigente a contar del 1 de diciembre de 2015

Ministerio de Salud
Subsecretaría de Redes Asistenciales
División de Gestión y Desarrollo de las Personas
Departamento de Recursos Humanos
LEY Nº 20.799 VIGENTE A CONTAR DEL 1 DE DICIEMBRE DE 2015 - AGUINALDO, BONO Y MONTOS SUSTITUTIVOS (en Pesos chilenos)
9
AGUINALDO NAVIDAD ART. 2° LEY N° 20.799
10
AGUINALDO FIESTAS PATRIAS ART. 8° LEY Nº 20.799
11
ART. 16 LEY N° 20.799
AGUINALDO DE NAVIDAD DICIEMBRE 2014. NO IMPONIBLE Y NO TRIBUTABLE
REMUNER. LIQUIDA NOV. 2014 (ART.2° INC. 2°)
REMUNER. LIQUIDA NOV. 2014 (ART.2° INC. 2°)
IGUAL O INFERIOR
MONTO
MAYOR A
MONTO
660,000
49,396
660,000
26,129
AGUINALDO FIESTAS PATRIAS SEPTIEMBRE 2015. NO IMPONIBLE Y NO TRIBUTABLE
REMUNERACIÓN LÍQUIDA 31 AGOSTO 2015
REMUNERACIÓN LÍQUIDA 31 AGOSTO 2015
IGUAL O INFERIOR
MONTO
MAYOR A
MONTO
660,000
63,600
660,000
44,149
DURANTE EL AÑO 2015, EL APORTE MÁXIMO A QUE SE REFIERE EL ART. 23 DEL DECRETO LEY 249 DE 1974, TENDRA UN MONTO DE $107.749
EL APORTE EXTRAORDINARIO A QUE SE REFIERE EL ART. 13, DE LA LEY N° 19.553, SE CALCULARA SOBRE DICHO MONTO.
12
BONIFICACION ART. 23 LEY N° 20.799
BONIFICACIÓN TRIMESTRAL: ENFERMERAS-MATRONAS (LEY N° 19.536) Y DEMÁS PROFESIONALES DE COLABORACIÓN MÉDICA, INCLUIDOS LOS QUE SE
DESEMPEÑAN EN LABORATORIOS Y BANCOS DE SANGRE, RADIOLOGÍA Y MEDICINA FÍSICA Y REHABILITACIÓN. NO IMPONIBLE, SI TRIBUTABLE
MARZO 2015
227,002
13
ART. 13 LEY N° 20.799
JUNIO 2015
227,002
SEPTIEMBRE 2015
227,002
DICIEMBRE 2015
227,002
BONO DE ESCOLARIDAD NO INPONIBLE Y NO TRIBUTABLE, POR CADA HIJO ENTRE 4 Y 24 AÑOS DE EDAD, QUE SEA CARGA FAMILIAR RECONOCIDA PARA EFECTOS
DEL D.L. N° 150 DE 1981 Y QUE CURSE ESTUDIOS REGULARES EN ESTABLECIMIENTOS RECONOCIDOS POR EL ESTADO
MONTO DEL BONO
61,852
MARZO 2015
30,926
JUNIO 2015
30,926
BONIFICACIÓN ADICIONAL AL BONO DE ESCOLARIDAD, SE PAGARA CON LA 1° CUOTA DEL BONO DE ESCOLARIDAD MARZO 2015. NO IMPONIBLE, NO TRIBUTABLE
14
ART. 14 LEY N° 20.799
REMUNERACIÓN LÍQUIDA A LA FECHA DEL PAGO DEL BONO
IGUAL O INFERIOR
660,000
15
ART. N° 18 LEY N° 20.799
MONTO
26,129
REMUNERACIÓN MÍNIMA MENSUAL PARA PLANTAS: AUXILIARES, ADMINISTRATIVOS Y TECNICOS INDICADOS EN LOS ART. 21 y 22 LEY N° 19.429, MONTOS
SUSTITUIDOS POR ART. 18 LEY N° , A/C DEL 01.01.2015
PLANTA
MONTO
AUXILIARES
310,000
ADMINISTRATIVOS
345,000
TECNICOS
367,000
15
Ministerio de Salud
Subsecretaría de Redes Asistenciales
División de Gestión y Desarrollo de las Personas
Departamento de Recursos Humanos
LEY Nº 20.799 VIGENTE A CONTAR DEL 1 DE DICIEMBRE DE 2015 - AGUINALDO, BONO Y MONTOS SUSTITUTIVOS (en Pesos chilenos)
16
SÓLO TENDRÁN DERECHO A LOS BENEFICIOS REFERIDOS EN LOS ART. 2°, 8° y 13° LOS TRABAJADORES, CUYAS REMUNERACIONES BRUTAS DE CARACTER PERMANENTE, EN LOS MESES EN QUE
ART. N° 19 LEY N° 20.799 CADA CASO CORRESPONDA, SEAN IGUALES O INFERIORES A $ 2.185.574.- EXCLUIDAS LAS BONIFICACIONES, ASIGNACIONES O BONOS ASOCIADOS AL DESEMPEÑO INDIVIDUAL, COLECTIVO O
INSTITUCIONAL
LEY N° 19.264: PERSONAL DIRECTIVO, PROFESIONAL, TECNICO, ADMINISTRATIVO Y AUXILIAR AFECTOS AL DL. 249/74 (TITULARES Y CONTRATOS)
17
ART. 1° Y ART. 3° LEY
19.559
ART. 1° LEY N°19.264
DIRECTIVOS Y
PROFESIONALES
45,671
ART. 3° OPCIÓN DE BENEFICIO DE DESCANSO COMPENSATORIO
TECNICOS, ADMINISTRATIVOS Y AUXILIARES
29,930
DIRECTIVOS PROFESIONALES Y
PROFESIONALES
39,715
DIRECTIVOS NO PROFESIONALES Y
TÉCNICOS
19,860
ADMINISTRATIVOS Y
AUXILIARES
9,926
BONO ESPECIAL NO IMPONIBLE Y NO TRIBUTABLE A LOS TRABAJADORES MENCIONADOS EN LOS ARTICULOS 2°, 3°, 5°, Y 6°, QUE SE PAGARÁ EN EL MES DE
DICIEMBRE DE 2014.
18
ART. 25 LEY Nº 20.799
REMUNERACION BRUTA, A NOV. 2014
IGUAL O INFERIOR A $716.580
MONTO
REMUNERACION BRUTA, A NOV. 2014
MONTO
250,000
SUPERIOR A $716.580 Y QUE NO EXCEDA
$2.185.574
125,000
BONO DE VACACIONES NO IMPONIBLE Y NO TRIBUTABLE A LOS TRABAJADORES MENCIONADOS EN LOS ARTICULO 2°, 3°, 5°, Y 6°, QUE SE PAGARÁ EN EL MES DE
ENERO DE 2015.
19
ART. 26 LEY Nº 20.799
REMUNERACION LIQUIDA, A NOV 2014
MONTO
REMUNERACION LIQUIDA, A NOV 2014
MONTO
IGUAL O INFERIOR A $660.000
100,000
SUPERIOR A $660.000 Y QUE NO EXCEDA
REMUNERACION BRUTA DE $2.185.574
70,000
ASIGNACION DE TURNO PERSONAL AFECTO A LA LEY Nº 18.834
20
ART. Nº 72º, 73º, 74º, 75º
Y LOS ART.Nº 8° Y13º
TRANSITORIOS LEY Nº
19.937 DFL Nº30
21
LA CANTIDAD DE $660.000.- ESTABLECIDA EN EL INCISO SEGUNDO DE LOS ARTÍCULOS 2º Y 8º Y EN EL INCISO PRIMERO DE LOS ARTÍCULOS 14 y 26, TODOS DE LA LEY Nº 20. , SE
INCREMENTARÁ EN $32.400.- PARA EL SÓLO EFECTO DE CALCULAR LOS MONTOS DIFERENCIADOS DE LOS AGUINALDOS DE NAVIDAD Y FIESTAS PATRIAS, DE LA BONIFICACION ADICIONAL AL
BONO DE ESCOLARIDAD Y DEL BONO DE VACACIONES NO IMPONILBE QUE LES CORRESPONDA PERCIBIR A LOS FUNCIONARIOS BENEFICIARIOS DE LA ASIGNACION DE ZONA A QUE SE REFIERE
ART. N° 28 LEY N° 20.799 EL ART. 7º DEL DECRETO LEY Nº249, DE 1973, AUMENTADA CONFORME LO PRESCRITO EN LOS ARTÍCULOS 1º, 2º Y 3º DE LA LEY Nº19.354, CUANDO CORRESPONDA. IGUALMENTE, LA
CANTIDAD SEÑALADA EN EL ART. 19 SE INCREMENTARÁ EN $32.400.- PARA LOS MISMOS EFECTOS ANTES INDICADOS.
DEL MISMO MODO, LAS CANTIDADES DE $716.580.- Y DE $2.185.574.- SEÑALADAS EN EL ART. 25 DE LA LEY 20. , SE INCREMENTARÁN EN $32.400.-, PARA EL SÓLO EFECTO DE LA
DETERMINACIÓN DEL MONTO DEL BONO ESPECIAL NO IMPONIBLE ESTABLECIDO POR DICHO ARTÍCULO, RESPECTO DE LOS FUNCIONARIOS BENEFICIARIOS DE LA ASIGNACIÓN DE ZONA.
TERCER TURNO
70%
ASIGNACION DE TURNO
CUARTO TURNO
38%
DL 3500 (AFP)
20.50%
BONIFICACION COMPENSATORIA AFILIADOS A
REG.GENERAL (INP)
25.62%
REBAJA IMP.
21.62%
16