Mayo 2015 - Dofiscal

Obligaciones del Mes
Mayo 2015
Laboral y Seguridad Social
Fundamento
Obligación patronal
Plazo de cumplimiento
Lugar de presentación
o entrega
Artículos 132, fracción VII
de la Ley Federal del Trabajo (LFT); 15, fracciones
VI y IX de la Ley del Seguro Social (LSS); 29, fracción V del Código Fiscal
de la Federación (CFF);
27, fracción V, segundo
párrafo, 99, fracción III de la
Ley del Impuesto sobre
la Renta (LISR), y 8 del
Reglamento de la LSS en
materia de Afiliación, Clasificación de Empresas,
Recaudación y Fiscalización (RACRF)
Entrega de constancia de
días laborados y salarios
percibidos
Según la periodicidad de
pago (semanal, quincenal
o mensual)
Se entrega a cada empleado en el centro de
trabajo
Artículos 98 a 115, 117,
122 y 804, fracción IV de
la LFT; 29, fracción V del
CFF; 27, fracción V, segundo párrafo, 99, fracción III de la LISR, y 8 del
RACRF
Reparto de las utilidades
entre los trabajadores o
distribución de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades
de las empresas (PTU)
Dentro de los 60 días
siguientes a la fecha en
que el patrón (persona
moral) pagó o debió pagar
el impuesto sobre la renta
(ISR) anual; es decir, a
más tardar el 30 de mayo1
Se entrega a cada empleado en el centro de
trabajo
Artículos 39 de la LSS y
113 del RACRF
Determinación y pago mensual de cuotas obrero-patronales, correspondientes
a abril de 2015
A más tardar el 18 de
mayo2
• Con entero: En las entidades receptoras autorizadas por el Instituto
Mexicano del Seguro Social (IMSS)3
• Sin entero: En la Subdelegación correspondiente
al domicilio del patrón
Medio de presentación
Comprobante Fiscal Digital por Internet o Factura Electrónica (CFDI),
el cual debe cumplir los
requisitos que adicionalmente establece el Servicio de Administración
Tributaria (SAT) en su
página de Internet
Véase la Sección 2.7.5. de
la Resolución Miscelánea
Fiscal (RM) para 2015,
publicada en el DOF el
30-XII-2014
• Medio magnético generado con el Sistema Único de Autodeterminación
(SUA)4
• Propuesta de determinación enviada por el IMSS
(Emisión Mensual Anticipada)4
• Con el Sistema de Pago
Referenciado (SIPARE)5
• Formato COB-106
Debido a que el vencimiento del plazo para presentar la Declaración Anual de las Personas Morales fue el martes 31 de marzo
Por vencer el término en día inhábil (domingo), conforme a los artículos 3, último párrafo del RACRF; 23, último párrafo del Reglamento de
inscripción, pago de aportaciones y entero de descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (RIPA), y 12, quinto
párrafo del CFF, el plazo se prorroga al siguiente día hábil (lunes)
3
En los siguientes bancos: Afirme, Banamex, Bancomer, Banorte, HSBC, Scotiabank Inverlat, IXE y Santander Serfín
1
2
mayo 2015
Puntos Prácticos
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Obligaciones del Mes
Lugar de presentación
o entrega
Fundamento
Obligación patronal
Plazo de cumplimiento
Medio de presentación
Artículos 39 de la LSS y
27 transitorio de la reforma de 1997 a la ley; 29,
fracción II de la Ley del
Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para
los Trabajadores (LINFONAVIT) y 6 transitorio de
la reforma de 1997 a esta
última
Determinación y pago bimestral de cuotas obreropatronales del seguro de
retiro, cesantía en edad
avanzada y vejez, así
como las aportaciones y
amortizaciones al Instituto del Fondo Nacional de
la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT),
del segundo bimestre de
2015 (marzo y abril)
A más tardar el 18 de
mayo2
• Con entero: En las entidades receptoras autorizadas por el IMSS3
• Sin entero: En la Subdelegación correspondiente
al domicilio del patrón
• Medio magnético generado con el SUA4
• Propuesta de determinación enviada por el IMSS
(Emisión Bimestral Anticipada)4
• Con el Sistema de Pago
Referenciado (SIPARE)5
• Formato COB-206
Artículos 15, fracción I de
la LSS; 29, fracción I y 31,
segundo párrafo de la LINFONAVIT, y 11 del RIPA
Inscripción de trabajadores
de nuevo ingreso o reingreso en el INFONAVIT y
el régimen obligatorio del
Seguro Social
Cinco días hábiles, contados a partir del inicio de la
relación laboral
Subdelegación del IMSS
correspondiente al domicilio del patrón
Opcional:
• Formato impreso:
AFIL-027
• Dispositivo magnético8
• Por Internet9
Artículos 15, fracción I, y
34, fracciones II y III de la
LSS; 31, segundo párrafo
de la LINFONAVIT; 3, 5,
53 y 54 del RACRF, y 16
del RIPA
Aviso al IMSS e INFONAVIT de la modificación del
salario variable o de los
elementos variables del
salario mixto de los trabajadores
Primeros cinco días hábiles del mes (a más tardar
el 8 de mayo)
Subdelegación del IMSS
correspondiente al domicilio del patrón
Opcional:
• Formato impreso:
AFIL-0310
• Dispositivo magnético8
• Por Internet9 •
De conformidad con los artículos 39-A de la LSS, y 113, penúltimo párrafo del RACRF, el SUA es de uso obligatorio sólo para empleadores
con cinco o más trabajadores, pues quienes cuenten con hasta cuatro empleados podrán utilizar la propuesta de cédula de determinación que
elabora y envía el IMSS
5
El IMSS pone a disposición esta herramienta para que las micro, pequeñas, medianas y grandes empresas puedan realizar el pago de las
aportaciones de Seguridad Social de manera más sencilla, rápida y segura, pues con el archivo de pago generado con el SUA, el empleador
puede ingresar al SIPARE y crear una línea de captura para realizar el pago de las cuotas obrero-patronales y aportaciones de vivienda a través
de los portales bancarios o en ventanilla bancaria, sin necesidad de presentar un disco de 3.5” o memoria USB
6
COB-10. Cédula de determinación de cuotas para los seguros de enfermedades y maternidad, riesgos de trabajo, invalidez y vida y guarderías
y prestaciones sociales. COB-20. Cédula para determinación de cuotas, aportaciones y amortizaciones. De formulación directa por los sujetos
obligados, conforme al Acuerdo número 183/97 del Consejo Técnico del IMSS, publicado en el DOF del 8-VII-1997. Sólo se presentan ante
las unidades administrativas o Subdelegaciones del IMSS
7
Aviso de inscripción del trabajador
8
Para la presentación de cinco o más movimientos afiliatorios en una sola exhibición, debe utilizarse un medio no impreso, como el programa
Dispmag, habilitado por el IMSS para tal efecto, como prevé el artículo 46 del RACRF
9
La transmisión de los movimientos de alta, modificación salarial y baja se puede realizar vía electrónica, siempre y cuando se cuente con el
sistema IMSS Desde su Empresa (IDSE) y la firma digital (Número Patronal de Identificación Electrónica -NPIE- y certificado digital). Asimismo,
en este trámite será aceptada la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) de los patrones que cuenten con la autorización del IMSS, conforme al
Acuerdo ACDO.SA2.HCT.280813/234.P.DIR, publicado en el DOF del 14-XI-2013
10
Aviso de modificación de salario del trabajador
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Puntos Prácticos
mayo 2015