Obligaciones del Mes Mayo 2015 Laboral y Seguridad Social Fundamento Obligación patronal Plazo de cumplimiento Lugar de presentación o entrega Artículos 132, fracción VII de la Ley Federal del Trabajo (LFT); 15, fracciones VI y IX de la Ley del Seguro Social (LSS); 29, fracción V del Código Fiscal de la Federación (CFF); 27, fracción V, segundo párrafo, 99, fracción III de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), y 8 del Reglamento de la LSS en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACRF) Entrega de constancia de días laborados y salarios percibidos Según la periodicidad de pago (semanal, quincenal o mensual) Se entrega a cada empleado en el centro de trabajo Artículos 98 a 115, 117, 122 y 804, fracción IV de la LFT; 29, fracción V del CFF; 27, fracción V, segundo párrafo, 99, fracción III de la LISR, y 8 del RACRF Reparto de las utilidades entre los trabajadores o distribución de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las empresas (PTU) Dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que el patrón (persona moral) pagó o debió pagar el impuesto sobre la renta (ISR) anual; es decir, a más tardar el 30 de mayo1 Se entrega a cada empleado en el centro de trabajo Artículos 39 de la LSS y 113 del RACRF Determinación y pago mensual de cuotas obrero-patronales, correspondientes a abril de 2015 A más tardar el 18 de mayo2 • Con entero: En las entidades receptoras autorizadas por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)3 • Sin entero: En la Subdelegación correspondiente al domicilio del patrón Medio de presentación Comprobante Fiscal Digital por Internet o Factura Electrónica (CFDI), el cual debe cumplir los requisitos que adicionalmente establece el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en su página de Internet Véase la Sección 2.7.5. de la Resolución Miscelánea Fiscal (RM) para 2015, publicada en el DOF el 30-XII-2014 • Medio magnético generado con el Sistema Único de Autodeterminación (SUA)4 • Propuesta de determinación enviada por el IMSS (Emisión Mensual Anticipada)4 • Con el Sistema de Pago Referenciado (SIPARE)5 • Formato COB-106 Debido a que el vencimiento del plazo para presentar la Declaración Anual de las Personas Morales fue el martes 31 de marzo Por vencer el término en día inhábil (domingo), conforme a los artículos 3, último párrafo del RACRF; 23, último párrafo del Reglamento de inscripción, pago de aportaciones y entero de descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (RIPA), y 12, quinto párrafo del CFF, el plazo se prorroga al siguiente día hábil (lunes) 3 En los siguientes bancos: Afirme, Banamex, Bancomer, Banorte, HSBC, Scotiabank Inverlat, IXE y Santander Serfín 1 2 mayo 2015 Puntos Prácticos 63 Obligaciones del Mes Lugar de presentación o entrega Fundamento Obligación patronal Plazo de cumplimiento Medio de presentación Artículos 39 de la LSS y 27 transitorio de la reforma de 1997 a la ley; 29, fracción II de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (LINFONAVIT) y 6 transitorio de la reforma de 1997 a esta última Determinación y pago bimestral de cuotas obreropatronales del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, así como las aportaciones y amortizaciones al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), del segundo bimestre de 2015 (marzo y abril) A más tardar el 18 de mayo2 • Con entero: En las entidades receptoras autorizadas por el IMSS3 • Sin entero: En la Subdelegación correspondiente al domicilio del patrón • Medio magnético generado con el SUA4 • Propuesta de determinación enviada por el IMSS (Emisión Bimestral Anticipada)4 • Con el Sistema de Pago Referenciado (SIPARE)5 • Formato COB-206 Artículos 15, fracción I de la LSS; 29, fracción I y 31, segundo párrafo de la LINFONAVIT, y 11 del RIPA Inscripción de trabajadores de nuevo ingreso o reingreso en el INFONAVIT y el régimen obligatorio del Seguro Social Cinco días hábiles, contados a partir del inicio de la relación laboral Subdelegación del IMSS correspondiente al domicilio del patrón Opcional: • Formato impreso: AFIL-027 • Dispositivo magnético8 • Por Internet9 Artículos 15, fracción I, y 34, fracciones II y III de la LSS; 31, segundo párrafo de la LINFONAVIT; 3, 5, 53 y 54 del RACRF, y 16 del RIPA Aviso al IMSS e INFONAVIT de la modificación del salario variable o de los elementos variables del salario mixto de los trabajadores Primeros cinco días hábiles del mes (a más tardar el 8 de mayo) Subdelegación del IMSS correspondiente al domicilio del patrón Opcional: • Formato impreso: AFIL-0310 • Dispositivo magnético8 • Por Internet9 • De conformidad con los artículos 39-A de la LSS, y 113, penúltimo párrafo del RACRF, el SUA es de uso obligatorio sólo para empleadores con cinco o más trabajadores, pues quienes cuenten con hasta cuatro empleados podrán utilizar la propuesta de cédula de determinación que elabora y envía el IMSS 5 El IMSS pone a disposición esta herramienta para que las micro, pequeñas, medianas y grandes empresas puedan realizar el pago de las aportaciones de Seguridad Social de manera más sencilla, rápida y segura, pues con el archivo de pago generado con el SUA, el empleador puede ingresar al SIPARE y crear una línea de captura para realizar el pago de las cuotas obrero-patronales y aportaciones de vivienda a través de los portales bancarios o en ventanilla bancaria, sin necesidad de presentar un disco de 3.5” o memoria USB 6 COB-10. Cédula de determinación de cuotas para los seguros de enfermedades y maternidad, riesgos de trabajo, invalidez y vida y guarderías y prestaciones sociales. COB-20. Cédula para determinación de cuotas, aportaciones y amortizaciones. De formulación directa por los sujetos obligados, conforme al Acuerdo número 183/97 del Consejo Técnico del IMSS, publicado en el DOF del 8-VII-1997. Sólo se presentan ante las unidades administrativas o Subdelegaciones del IMSS 7 Aviso de inscripción del trabajador 8 Para la presentación de cinco o más movimientos afiliatorios en una sola exhibición, debe utilizarse un medio no impreso, como el programa Dispmag, habilitado por el IMSS para tal efecto, como prevé el artículo 46 del RACRF 9 La transmisión de los movimientos de alta, modificación salarial y baja se puede realizar vía electrónica, siempre y cuando se cuente con el sistema IMSS Desde su Empresa (IDSE) y la firma digital (Número Patronal de Identificación Electrónica -NPIE- y certificado digital). Asimismo, en este trámite será aceptada la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) de los patrones que cuenten con la autorización del IMSS, conforme al Acuerdo ACDO.SA2.HCT.280813/234.P.DIR, publicado en el DOF del 14-XI-2013 10 Aviso de modificación de salario del trabajador 4 64 Puntos Prácticos mayo 2015
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