MODELO HOJA DE ENCARGO A ÉXITO CATASTRO IBI 30-03-15x

EXCATPJ>8 IMPV07
HOJA DE ENCARGO EXPTE. Nº _______
ÉXITO CATASTRO >8.000 € (P. JURÍDICA) CON ENTREGA INTERMEDIA
Don _____________________________________________________________, mayor de
edad, con domicilio a efectos de notificación en ____________________,
C/___________, nº ______, D.N.I.: _________________, en representación de
______________________, con CIF ___________, en virtud de su cargo de
_______________________, para el que fue nombrado en escritura otorgada ante
el
Notario
de
_____________________,
Don
______________________________________, el día ____________ con nº de protocolo
_________, (en adelante EL CLIENTE), manifestando expresamente estar
capacitado y facultado para suscribir el presente documento en representación
de la citada entidad, realiza a IMPUESTALIA, S.L. (en adelante IMPUESTALIA),
con domicilio a estos efectos en Sevilla, Paseo de la Delicias, número 5, 1º
derecha, con CIF B-97789283, el siguiente ENCARGO PROFESIONAL:
1º. Asunto encomendado: Servicio de Valoración y, en su caso, Reclamación
a la Administración del valor catastral, así como otros aspectos fiscales,
relativos al inmueble
identificado
con la Referencia
Catastral
_____________________________________,
sito
en
_______________________________________________.
Las tasaciones, informes valorativos, u otros servicios valorativos inmobiliarios
que fueren necesarios, serán encargadas a KRATA, S.A. o, en su defecto, a
cualquier otra Sociedad de tasación homologada por el Banco de España,
siendo el coste de estos servicios asumido por IMPUESTALIA.
IMPUESTALIA realizará, sin coste alguno, un estudio previo de la referencia
catastral apuntada, con el fin de determinar el posible interés en interponer
una reclamación a la Administración correspondiente que persiga la obtención
de un ahorro fiscal para el cliente. Una vez informado el cliente del resultado
del estudio previo, tanto éste como IMPUESTALIA, podrán resolver este
acuerdo sin coste alguno.
Si fuere interés de las partes continuar con el encargo, el cliente deberá
facilitar a IMPUESTALIA toda la información y documentación necesarias para
la adecuada prestación del servicio encomendado, así como la documentación
y complementos de representación que sean requeridos por las
Administraciones competentes o Tribunales Económicos, y, en el caso de que
el cliente no fuere propietario del inmueble objeto del encargo, habrá de
procurar obtener de dicho propietario la documentación y autorizaciones
necesarias.
El encargo incluye la defensa del cliente en los procedimientos de
regularización catastral (D. Ad. 3ª del TR de la Ley de Catastro, con arreglo al
plan 2013-2016 de regularización catastral), subsanación de discrepancias
(art. 18 TR de la Ley de Catastro), inspección catastral (Título II, capítulo IV
del TR de la Ley de Catastro) o cualquier otro procedimiento iniciado por la
Administración que afecte a los valores catastrales, ya esté iniciado a la firma
de esta hoja de encargo o sea iniciado con posterioridad.
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2º. Honorarios: Los honorarios profesionales correspondientes al asunto
encomendado ascienden al 30% del ahorro fiscal conseguido. No obstante, si
en algún procedimiento que se inicie por IMPUESTALIA el ahorro fiscal logrado
en el mismo diera lugar a que la cuota tributaria quedara reducida a un 25% o
menos de la cuota tributaria inicial, los honorarios generados en este
procedimiento quedarán reducidos a la mitad.
A los efectos del cálculo de honorarios, por ahorro fiscal quedarán
comprendidos los siguientes conceptos:
-
Ahorro a futuro. La reducción de la cuota tributaria del Impuesto
sobre Bienes Inmuebles (IBI) u otros impuestos o tasas, obtenida por
la diferencia entre la cuota tributaria inicial (incluido el supuesto en
que sea incrementada por la Administración mediante cualquier acto
administrativo, sea o no firme), y la obtenida a resultas de los
trabajos aquí encomendados, durante tres años desde la obtención
de resolución favorable. A fin de calcular este ahorro fiscal para
ejercicios futuros, se aplicarán las normas de cálculo de la cuota
tributaria existentes a la fecha a la fecha de finalización de cada
procedimiento, aunque, con posterioridad, sean derogadas o
modificadas.
El importe de los honorarios por “ahorro a futuro”, nunca superará
el ahorro que el cliente obtenga en el primer ejercicio fiscal desde la
obtención de Resolución favorable.
-
Ahorro con carácter retroactivo. Las devoluciones o reducciones
en la cuota tributaria por IBI u otros impuestos o Tasas, a que tenga
derecho el cliente, o el propietario del inmueble, con respecto a
ejercicios anteriores a la obtención de Resolución favorable.
IMPUESTALIA podrá proponer al cliente la ejecución de actuaciones que
supongan la obtención de un ahorro fiscal en los inmuebles objeto de estudio.
El cliente podrá desestimar la ejecución de dichas actuaciones, sin que por
ello quede obligado al pago de honorario alguno derivado de la recomendación.
No obstante, si durante el plazo de tres años a contar desde la fecha de la
recomendación de actuaciones, el cliente decidiera ejecutar las mismas, éste
deberá pagar a IMPUESTALIA los honorarios convenidos en contrato sobre el
ahorro fiscal que se obtenga.
Los honorarios indicados se incrementarán mediante la aplicación del IVA
correspondiente según la legislación aplicable en el momento de cada devengo.
En el supuesto de que en el procedimiento administrativo se iniciara una
pericial contradictoria, los honorarios no incluyen los gastos del tercer perito
que, en su caso, fuere nombrado, y de lo que será informado, con carácter
previo al comienzo de dicha pericial contradictoria, el cliente.
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Si una vez iniciados los servicios objeto de este documento por IMPUESTALIA,
decidiera el cliente, o el propietario del inmueble, desistir del correspondiente
procedimiento, y prescindir de los citados servicios, se entenderá logrado el
ahorro fiscal pretendido a los efectos del pago de honorarios.
3º. Forma de pago:
Entrega a cuenta: En caso de que el cliente, con arreglo al apartado primero,
decida interponer la correspondiente reclamación, a la presentación de la
solicitud, recurso o escrito que corresponda, efectuará un depósito de:
500,00€ siendo garantizada su devolución, si no se obtiene ahorro fiscal
alguno.
Al finalizar el procedimiento correspondiente de modo favorable, mediante
resolución administrativa firme, el cliente abonará los honorarios expresados
en la estipulación segunda, de lo que se descontará el depósito efectuado en el
apartado anterior. Estas cantidades se verán incrementadas mediante la
aplicación del tipo de IVA vigente a la emisión de la factura.
Estos importes serán satisfechos por el cliente mediante transferencia a
la cuenta bancaria ES47 0182 6000 14 0201689608 de la entidad BBVA.
Dado que no se garantiza el éxito del procedimiento, se efectuará la devolución
de la cantidad entregada a cuenta, una vez finalizado el correspondiente
procedimiento y sea firme la consiguiente resolución.
4º.- Contencioso Administrativo.
Si IMPUESTALIA considerara conveniente acudir al procedimiento contencioso
administrativo se presentará un presupuesto de honorarios para dicho
procedimiento, que el cliente podrá o no aceptar. En caso de condena en
costas a la Administración, IMPUESTALIA hará suyas dichas costas.
En todo caso, IMPUESTALIA tendrá la facultad de instar el procedimiento
contencioso administrativo si decide que los gastos de tal procedimiento,
incluyendo las costas, sean a su cargo.
5º. Protección de datos.
El cliente autoriza expresamente a IMPUESTALIA a la inclusión en sus
ficheros y tratamiento de todos los datos de carácter personal que le fueran
facilitados para el mantenimiento de la futura relación contractual, la
elaboración de estudios estadísticos y el envío de información comercial.
Dichos datos permanecerán en los ficheros de IMPUESTALIA y estarán sujetos
mediante solicitud escrita del interesado a los derechos de acceso,
rectificación, cancelación y oposición de acuerdo con la legislación vigente.
6º.- Confidencialidad.
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El cliente reconoce que el conjunto de técnicas, conocimientos y métodos
utilizados por IMPUESTALIA para la prestación de los servicios objeto de esta
hoja de encargo constituyen una metodología y un conocimiento propios de
IMPUESTALIA, y se compromete, durante y tras la ejecución de dichos
servicios, a no revelar a terceros, directa o indirectamente, la totalidad o parte
de los elementos que constituyen dicho método de trabajo o de la información
que le sea facilitada.
Con arreglo a lo anterior, los servicios objeto de esta hoja de encargo a realizar
por IMPUESTALIA son de carácter reservado, debiendo el cliente tratar la
información que le sea facilitada como consecuencia de la prestación de tales
servicios con carácter confidencial. En caso de divulgación de la información
facilitada, responderá el cliente de los daños y perjuicios que a IMPUESTALIA
le sean ocasionados como consecuencia de ello.
IMPUESTALIA se reserva el derecho a la utilización de las Resoluciones que,
por su intervención y a resultas del presente encargo sean emitidas, en otros
procedimientos, como necesario desarrollo de su actividad profesional y
propiedad intelectual.
Quedamos a la espera de que nos confirmen por escrito la aceptación de estas
condiciones formalizando el encargo profesional.
Agradeciéndoles la confianza depositada en IMPUESTALIA, atentamente les
saludamos.
En __________________, a ____ de ______________________ de 2015.
Aceptado por el Cliente
DOCUMENTOS A ENVIAR CON HOJA DE ENCARGO:
1.2.3.4.-
Fotocopia DNI firmante.
Autorización para solicitar datos a catastro.
Fotocopia del poder del firmante.
Fotocopia del CIF de la Sociedad.
Esta hoja de encargo tiene un periodo máximo de validez de tres meses a
contar desde el día 07/05/2015
[email protected]
www.impuestalia.com
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