489 20 MAR 2015 RESOLUCIÓN No — — "Por medio de la cual se modifica la Resolución 1990 del 31 de octubre de 2014, que establece el Calendario Académico para el año 2015, en los establecimientos educativos oficiales de educación preescolar, jardines infantiles de convenio SDIS-SED, básica primaria, básica secundaria y media de Bogotá D.C." LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE BOGOTA, D.C.(e) En uso de sus atribuciones legales, en especial de las que confiere la Ley 115 de 1994, Ley 715 de 2001, el Decreto Nacional 1850 de 2002, el Decreto Nacional 0325 de 2015, el Decreto Distrital 330 de 2008, el Decreto Distrital 117 de 2014 y, CONSIDERANDO Que el artículo 151 de la Ley 115 de 1994, establece que corresponde a las Secretarías de Educación departamentales y distritales, entre otras funciones la de organizar el servicio educativo estatal de acuerdo con las prescripciones legales y reglamentarias. Que la Ley 115 de 1994, establece que el calendario académico en la educación de preescolar (prejardín, jardín y transición), básica (primaria, secundaria) y media se organizará por periodos anuales de 40 semanas de duración mínima. Que el Decreto 1850 de 2002, faculta a las entidades territoriales certificadas para expedir cada año y por una sola vez el calendario académico para todos los establecimientos educativos estatales de su jurisdicción, atendiendo a las condiciones económicas, regionales, las tradiciones de las instituciones educativas y los criterios establecidos en la misma norma. Que el Decreto 1850 de 2002, dispone que las entidades territoriales deben expedir antes del 1° de noviembre de cada año el calendario escolar, y determinar las fechas precisas de iniciación y finalización de las actividades académicas con los estudiantes, de desarrollo institucional, receso estudiantil y vacaciones de directivos docentes y docentes. Que el Decreto 1850 de 2002, preceptúa que los directivos docentes y los docentes de los colegios distritales deben dedicar cinco (5) semanas del calendario académico a realizar actividades de desarrollo institucional, además de las cuarenta (40) semanas de trabajo académico con los estudiantes; así mismo el calendario escolar debe contemplar las siete (7) 111191fr Avenida El Dorado No. 66-63, PBX 324 1000, Fax 315 3448, www.sedbogota.edu.co, Información: linea 195 A RESOLUCIÓN No. U 20 1,42 2015 HOJA 2 de 4 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se modifica la Resolución 1990 del 31 de octubre de 2014, que establece el Calendario Académico para el año 2015, en los establecimientos educativos oficiales de educación preescolar, jardines infantiles de convenio SDIS-SED, básica primaria, básica secundaria y media de Bogotá D.C." semanas de vacaciones para directivos docentes y docentes, doce (12) semanas de receso estudiantil, todo lo anterior distribuido en dos períodos semestrales. Que para el año 2014, ésta Secretaría mediante Resolución 2050 del 31 de octubre de 2013, determinó el calendario académico para los establecimientos oficiales de Bogotá D.C. Que el Decreto 1373 del 24 de abril de 2007, contempla como parte del receso escolar, la semana inmediatamente anterior al día feriado en que se conmemora el descubrimiento de América, la cual para el año 2015, corresponde a la comprendida entre el 5 y el 9 de octubre. Que el artículo 95 de la ley 489 de 1998, preceptúa que las entidades públicas podrán asociarse con el fin de cooperar en el cumplimiento de las funciones administrativas o de prestar conjuntamente servicios que se hallen a su cargo, mediante la celebración de convenios. Por ello es conveniente aunar esfuerzos entre las dos entidades en el cumplimiento de los objetivos trazados en el plan de desarrollo para atender de manera integral a la primera infancia Que para garantizar el acceso y el ejercicio del derecho a la educación, desde el enfoque de atención y desarrollo integral de la primera infancia a niños y niñas de tres y cuatro años de edad del Distrito Capital de Bogotá, se ha celebrado convenio interadministrativo de asociación, (Suscrito entre la SED y la SDIS) en el cual los niños y niñas serán incluidos en el sistema de educación oficial y atendidos en los jardines infantiles de operación directa de la Secretaria Distrital de Integración Social. Que el Decreto 0325 de febrero 25 de 2015, "por el cual se establece el día de la Excelencia Educativa en los establecimientos educativos de preescolar, básica y media, y se dictan otras disposiciones" crea un espacio institucional para que los establecimientos educativos revisen específicamente su desempeño en calidad, y definan las acciones para lograr mejoras sustantivas, igualmente faculta a las entidades territoriales a modificar los calendarios académicos, conforme a lo dispuesto en el parágrafo transitorio del artículo 5 del referido decreto. Que el Decreto 0325 de febrero 25 de 2015, "por el cual se establece el día de la Excelencia Educativa en los establecimientos educativos de preescolar, básica y media, y se dictan otras disposiciones" determina en el inciso tercero del artículo 1. "Para los docentes y directivos docentes oficiales, la jornada de la que trata el presente artículo hará parte de las actividades BOGOTÁ askUt/ HIJc2FINF1 ya' Avenida El Dorado No. 66-63, PBX 324 1000, Fax 315 3448, www.sedbogota.edu.co Información: linea 195 HOJA 3 de 4 . 489 20 MAR 2015 RESOLUCIÓN No Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se modifica la Resolución 1990 del 31 de octubre de 2014, que establece el Calendario Académico para el año 2015, en los establecimientos educativos oficiales de educación preescolar, jardines infantiles de convenio SDIS-SED, básica primaria, básica secundaria y media de Bogotá D.C." de desarrollo institucional que deben realizarse durante las cinco semanas del calendario académico, de acuerdo con lo previsto en el artículo 8 de Decreto 1850 de 2002", igualmente el artículo 4 del decreto en mención establece "Este día de receso estudiantil no modifica el tiempo de clase que deben dedicar los establecimientos educativos al desarrollo de las áreas obligatorias y fundamentales establecidas en la Ley 114 de 1995 y sus decretos reglamentarios". En virtud de lo anterior, RESUELVE Artículo primero: Modificar la Resolución 1990 del 31 de octubre de 2014, la cual establece el Calendario Académico para el año 2015 en los establecimientos educativos oficiales de educación preescolar, jardines infantiles de convenio SDIS-SED, básica primaria, básica secundaria y media de Bogotá D.C. en cuanto se incorpora el día de la excelencia educativa denominado "Día E", que para el presente año es el 25 de marzo, en cumplimiento con el Decreto Nacional 0325 de 2015. Artículo segundo: Para los docentes y directivos docentes oficiales, la jornada del día de la excelencia, hará parte de las actividades de desarrollo institucional que deben realizarse durante las cinco (5) semanas del calendario académico. Artículo tercero: En cumplimiento del artículo 4 del Decreto 0325 del 25 de febrero de 2015, "No modificación del tiempo de clase", los docentes y directivos docentes desarrollarán actividades de las áreas obligatorias y fundamentales el día 30 de noviembre de los corrientes, dentro de la quinta semana de desarrollo institucional. Avenida El Dorado No. 66-63, PBX 324 1000, Fax 315 3448, www.sedbogota.edu.co, Información: línea 195 HOJA 4 de 4 RESOLUCIÓN No. 48 9 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se modifica la Resolución 1990 del 31 de octubre de 2014, que establece el Calendario Académico para el año 2015, en los establecimientos educativos oficiales de educación preescolar, jardines infantiles de convenio SDIS-SED, básica primaria, básica secundaria y media de Bogotá D.C." Artículo cuarto: Los demás artículos de la Resolución 1990 del 31 de octubre de 2014 continúan vigentes. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 2 o MAR 2915 Dada en Bogotá, D.C. a los.,...... .... 00f/CA• ICCC' 1 NO RA PATRI PA CIA BURI TICÁ C tSPEDES • Secretaria de Educación de Bogotá (e) NOMBRE Gloria Mercedes Carrasco Ramírez Oscar Granan Clavijo Palacios Camilo Andrés Blanco López Job Roberto Suárez R CARGO ELABORO Subsecretaria de Integración 1Mo-institucional. Revisó/ Aprobó: Dirección de Inspección y Vigilancia Revisé / Aprobó: Jefe Oficina Asesora Jurídica Revise / Aprobó: Asesor Subsecretaria integración Inteenstitucional Elaboró: FIRMA ' S0 _. IV e 4 al BOGOTÁ HUC ANA Avenida El Dorado No. 66-63, PBX 324 1000, Fax 315 3448, www.sedbogota.edu.co Información: línea 195
© Copyright 2024 ExpyDoc