Resolución No. 486 de 2015

489 20 MAR 2015
RESOLUCIÓN No — —
"Por medio de la cual se modifica la Resolución 1990 del 31 de octubre de 2014, que
establece el Calendario Académico para el año 2015, en los establecimientos educativos
oficiales de educación preescolar, jardines infantiles de convenio SDIS-SED, básica
primaria, básica secundaria y media de Bogotá D.C."
LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE BOGOTA, D.C.(e)
En uso de sus atribuciones legales, en especial de las que confiere la Ley 115 de 1994, Ley
715 de 2001, el Decreto Nacional 1850 de 2002, el Decreto Nacional 0325 de 2015, el
Decreto Distrital 330 de 2008, el Decreto Distrital 117 de 2014 y,
CONSIDERANDO
Que el artículo 151 de la Ley 115 de 1994, establece que corresponde a las Secretarías de
Educación departamentales y distritales, entre otras funciones la de organizar el servicio
educativo estatal de acuerdo con las prescripciones legales y reglamentarias.
Que la Ley 115 de 1994, establece que el calendario académico en la educación de
preescolar (prejardín, jardín y transición), básica (primaria, secundaria) y media se organizará
por periodos anuales de 40 semanas de duración mínima.
Que el Decreto 1850 de 2002, faculta a las entidades territoriales certificadas para expedir
cada año y por una sola vez el calendario académico para todos los establecimientos
educativos estatales de su jurisdicción, atendiendo a las condiciones económicas, regionales,
las tradiciones de las instituciones educativas y los criterios establecidos en la misma norma.
Que el Decreto 1850 de 2002, dispone que las entidades territoriales deben expedir antes del
1° de noviembre de cada año el calendario escolar, y determinar las fechas precisas de
iniciación y finalización de las actividades académicas con los estudiantes, de desarrollo
institucional, receso estudiantil y vacaciones de directivos docentes y docentes.
Que el Decreto 1850 de 2002, preceptúa que los directivos docentes y los docentes de los
colegios distritales deben dedicar cinco (5) semanas del calendario académico a realizar
actividades de desarrollo institucional, además de las cuarenta (40) semanas de trabajo
académico con los estudiantes; así mismo el calendario escolar debe contemplar las siete (7)
111191fr
Avenida El Dorado No. 66-63, PBX 324 1000, Fax 315 3448, www.sedbogota.edu.co, Información: linea 195
A
RESOLUCIÓN No.
U
20 1,42 2015
HOJA 2 de 4
Continuación de la Resolución
"Por medio de la cual se modifica la Resolución 1990 del 31 de octubre de 2014, que
establece el Calendario Académico para el año 2015, en los establecimientos educativos
oficiales de educación preescolar, jardines infantiles de convenio SDIS-SED, básica
primaria, básica secundaria y media de Bogotá D.C."
semanas de vacaciones para directivos docentes y docentes, doce (12) semanas de receso
estudiantil, todo lo anterior distribuido en dos períodos semestrales.
Que para el año 2014, ésta Secretaría mediante Resolución 2050 del 31 de octubre de 2013,
determinó el calendario académico para los establecimientos oficiales de Bogotá D.C.
Que el Decreto 1373 del 24 de abril de 2007, contempla como parte del receso escolar, la
semana inmediatamente anterior al día feriado en que se conmemora el descubrimiento de
América, la cual para el año 2015, corresponde a la comprendida entre el 5 y el 9 de octubre.
Que el artículo 95 de la ley 489 de 1998, preceptúa que las entidades públicas podrán
asociarse con el fin de cooperar en el cumplimiento de las funciones administrativas o de
prestar conjuntamente servicios que se hallen a su cargo, mediante la celebración de
convenios. Por ello es conveniente aunar esfuerzos entre las dos entidades en el
cumplimiento de los objetivos trazados en el plan de desarrollo para atender de manera
integral a la primera infancia
Que para garantizar el acceso y el ejercicio del derecho a la educación, desde el enfoque de
atención y desarrollo integral de la primera infancia a niños y niñas de tres y cuatro años de
edad del Distrito Capital de Bogotá, se ha celebrado convenio interadministrativo de
asociación, (Suscrito entre la SED y la SDIS) en el cual los niños y niñas serán incluidos en el
sistema de educación oficial y atendidos en los jardines infantiles de operación directa de la
Secretaria Distrital de Integración Social.
Que el Decreto 0325 de febrero 25 de 2015, "por el cual se establece el día de la Excelencia
Educativa en los establecimientos educativos de preescolar, básica y media, y se dictan otras
disposiciones" crea un espacio institucional para que los establecimientos educativos revisen
específicamente su desempeño en calidad, y definan las acciones para lograr mejoras
sustantivas, igualmente faculta a las entidades territoriales a modificar los calendarios
académicos, conforme a lo dispuesto en el parágrafo transitorio del artículo 5 del referido
decreto.
Que el Decreto 0325 de febrero 25 de 2015, "por el cual se establece el día de la Excelencia
Educativa en los establecimientos educativos de preescolar, básica y media, y se dictan otras
disposiciones" determina en el inciso tercero del artículo 1. "Para los docentes y directivos
docentes oficiales, la jornada de la que trata el presente artículo hará parte de las actividades
BOGOTÁ
askUt/
HIJc2FINF1 ya'
Avenida El Dorado No. 66-63, PBX 324 1000, Fax 315 3448, www.sedbogota.edu.co Información: linea 195
HOJA 3 de 4
. 489 20 MAR 2015
RESOLUCIÓN No
Continuación de la Resolución
"Por medio de la cual se modifica la Resolución 1990 del 31 de octubre de 2014, que
establece el Calendario Académico para el año 2015, en los establecimientos educativos
oficiales de educación preescolar, jardines infantiles de convenio SDIS-SED, básica
primaria, básica secundaria y media de Bogotá D.C."
de desarrollo institucional que deben realizarse durante las cinco semanas del calendario
académico, de acuerdo con lo previsto en el artículo 8 de Decreto 1850 de 2002", igualmente
el artículo 4 del decreto en mención establece "Este día de receso estudiantil no modifica el
tiempo de clase que deben dedicar los establecimientos educativos al desarrollo de las áreas
obligatorias y fundamentales establecidas en la Ley 114 de 1995 y sus decretos
reglamentarios".
En virtud de lo anterior,
RESUELVE
Artículo primero: Modificar la Resolución 1990 del 31 de octubre de 2014, la cual establece
el Calendario Académico para el año 2015 en los establecimientos educativos oficiales de
educación preescolar, jardines infantiles de convenio SDIS-SED, básica primaria, básica
secundaria y media de Bogotá D.C. en cuanto se incorpora el día de la excelencia educativa
denominado "Día E", que para el presente año es el 25 de marzo, en cumplimiento con el
Decreto Nacional 0325 de 2015.
Artículo segundo: Para los docentes y directivos docentes oficiales, la jornada del día de la
excelencia, hará parte de las actividades de desarrollo institucional que deben realizarse
durante las cinco (5) semanas del calendario académico.
Artículo tercero: En cumplimiento del artículo 4 del Decreto 0325 del 25 de febrero de 2015,
"No modificación del tiempo de clase", los docentes y directivos docentes desarrollarán
actividades de las áreas obligatorias y fundamentales el día 30 de noviembre de los
corrientes, dentro de la quinta semana de desarrollo institucional.
Avenida El Dorado No. 66-63, PBX 324 1000, Fax 315 3448, www.sedbogota.edu.co,
Información: línea 195
HOJA 4 de 4
RESOLUCIÓN No.
48 9
Continuación de la Resolución
"Por medio de la cual se modifica la Resolución 1990 del 31 de octubre de 2014, que
establece el Calendario Académico para el año 2015, en los establecimientos educativos
oficiales de educación preescolar, jardines infantiles de convenio SDIS-SED, básica
primaria, básica secundaria y media de Bogotá D.C."
Artículo cuarto: Los demás artículos de la Resolución 1990 del 31 de octubre de 2014
continúan vigentes.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
2 o MAR 2915
Dada en Bogotá, D.C. a los.,...... ....
00f/CA• ICCC'
1
NO RA PATRI
PA CIA BURI TICÁ C tSPEDES •
Secretaria de Educación de Bogotá (e)
NOMBRE
Gloria Mercedes Carrasco Ramírez
Oscar Granan Clavijo Palacios
Camilo Andrés Blanco López
Job Roberto Suárez R
CARGO
ELABORO
Subsecretaria de Integración 1Mo-institucional.
Revisó/ Aprobó:
Dirección de Inspección y Vigilancia
Revisé / Aprobó:
Jefe Oficina Asesora Jurídica
Revise / Aprobó:
Asesor Subsecretaria integración Inteenstitucional
Elaboró:
FIRMA
'
S0
_.
IV e
4
al
BOGOTÁ
HUC ANA
Avenida El Dorado No. 66-63, PBX 324 1000, Fax 315 3448, www.sedbogota.edu.co Información: línea 195