Pinamar 30 de Abril – Año 2015 – Boletín N° 521 0347/15 Pinamar, 06 de Marzo de 2015 Visto y Considerando: La necesidad de cubrir el cargo de Director en la Dirección de Servicios Urbanos área Norte; Que la persona que reúne condiciones para ocupar el cargo antes citado, es el Sr. Rubén Cesar Veloso, por haber desarrollado tareas inherentes al área con mucha idoneidad, perteneciendo a la planta permanente como Jefe de División; Que el agente percibirá una bonificación por el instituto de Disponibilidad Horaria equivalente al mismo porcentaje establecido para el cargo que ocupa; Que se debe confeccionar el acto administrativo de rigor. Por ello: El Intendente de la Municipalidad de Pinamar en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades DECRETA Artículo 1º: Designase con retroactividad al día 02 de Marzo de 2015, al Sr. Rubén Cesar Velozo, en el cargo de Director de Servicios Urbanos Área Norte de la Municipalidad de Pinamar, percibiendo una Bonificación por Disponibilidad Horaria equivalente al mismo porcentaje establecido para el cargo que ocupa.Artículo 2º: Procédase a la reserva del cargo de planta permanente de Jefe de División que ocupa la persona física mencionada, aplicando lo establecido en el Artículo 17 de la Ley 11.757, como así también la Bonificación por Función en el porcentaje que venia percibiendo hasta el día de la fecha.---------------------------Artículo 3º: Los gastos que ocasione el cumplimiento del presente se imputará al Presupuesto de Gastos en Vigencia.Artículo 4º: Notifíquese por la Dirección de Personal.Artículo 5º: Dese al Registro Oficial del municipio y cumplido, archívese.SR. CLAUDIO GALARZA Secretario de Gobierno y Seguridad Municipalidad de Pinamar PROF. PEDRO ELIZALDE Intendente Interino Municipalidad de Pinamar 0427/15 Pinamar, 12 de Marzo de 2015 Visto y Considerando: Que la Secretaría de Seguridad se encuentra en la actualidad sin titular en el cargo de secretario; Que se debe designar una persona que conduzca los destinados de la jurisdicción antes citada; Que la persona que esta en condiciones para tal fin, es el Sr. Juan Carlos Esperón , DNI 10.100.617; Que el funcionario en cuestión percibirá una bonificación por el instituto de Disponibilidad Horaria equivalente al 98% (por ciento) del sueldo básico a percibir; Que se debe redactar el acto administrativo que viabilice lo expresado. Por ello: El Intendente de la Municipalidad de Pinamar en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades Por ello: El Intendente Interino de la Municipalidad de Pinamar en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades DECRETA Artículo 1º: Prorrogase en todos sus términos el Decreto 348/12, desde el día 15 de Marzo y hasta el día 30 de Agosto de 2015 inclusive, por los motivos expuestos en los Considerandos del presente.Artículo 2º: Notifíquese, dese al Registro Oficial del municipio y cumplido, archívese.ARQ. ALEJANDRA MEDINA Sec. de Planeamiento, Obras y P. Municipalidad de Pinamar DECRETA Artículo 1º: Designase a partir del día 12 de Marzo de 2015, al Sr. Juan Carlos Esperón DNI 10.100.617, en el cargo de Secretario de Seguridad de la Municipalidad de Pinamar, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente, percibiendo además una Bonificación por Disponibilidad Horaria equivalente al 98% del sueldo básico a percibir mensualmente.Artículo 2º: Los gastos que ocasione el cumplimiento del presente se imputará al Presupuesto de Gastos en Vigencia.Artículo 3º: Notifíquese por la Dirección de Personal.Artículo 4º: Dese al Registro Oficial del municipio y cumplido, archívese.SR. CLAUDIO GALARZA Secretario de Gobierno y Seguridad Municipalidad de Pinamar estableciéndose desde el día 15 de Marzo al 30 de Agosto de 2015; Que se debe dar continuidad a este instrumento dictando el acto administrativo correspondiente. PROF. PEDRO ELIZALDE Intendente Interino Municipalidad de Pinamar 0437-15 Pinamar, 12 de Marzo de 2015.Visto: El Decreto 348/12 el cual establece un sistema de regularización de metros construidos sin declarar y/o autorizar del Partido de Pinamar, en el marco de la Campaña de Sinceramiento Voluntario de Metros Construidos; Considerando: Que el plazo de acogimiento del Decreto 348/12 venció el pasado 31 de Diciembre de 2013; Que dado el tiempo transcurrido del vencimiento antes citado la Secretaria de Planeamiento, Obras y Proyectos considera importante fijar un nuevo plazo para dicho acto, BOLETIN OFICIAL N° 521 Pinamar 30 abril de 2015 PROF. PEDRO ELIZALDE Intendente Interino Municipalidad de Pinamar 0452/15 Pinamar, 13 de marzo de 2015 Visto y Considerando: La reorganización que viene implementando el Departamento Ejecutivo con el fin de lograr contar con una estructura funcional moderna y acorde con las reales necesidades de esta comuna, permitiendo brindar con celeridad, eficiencia y simplicidad los servicios requeridos por la comunidad; Que dentro de ese marco se torna menester el cambio de dependencia de algunas áreas que componen el organigrama municipal; Que se debe confeccionar el acto administrativo por el cual se materialice lo expresado. Por ello El Intendente de la Municipalidad de Pinamar, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades DECRETA Artículo 1º: Modifíquese a partir del día 16 de marzo de 2015 el organigrama municipal en lo que seguidamente se enuncia: Dirección de Tránsito pasa a depender de la Secretaría de Gobierno. Artículo 2º: Comuníquese por la Dirección de Personal, el contenido del presente.Artículo 3º: Dese al Registro Oficial del municipio y cumplido, archívese.SR. CLAUDIO GALARZA Secretario de Gobierno y Seguridad Municipalidad de Pinamar PROF. PEDRO ELIZALDE Intendente Interino Municipalidad de Pinamar 1 0456/15 Pinamar, 13 de marzo de 2015 Visto y Considerando: Que se torna necesario designar una persona que se desempeñe como Director de Tránsito de esta comuna; Que quién reúne condiciones para ocupar el cargo, es el Sr. Oscar Aníbal Pérez, Legajo Nº 2301, Agente 11 de planta permanente; Que el agente percibirá una bonificación mensual por el instituto de Disponibilidad Horaria; Que se debe confeccionar el acto administrativo de rigor. Por ello: El Intendente de la Municipalidad de Pinamar en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades DECRETA Artículo 1º: Designase a partir del día 16 de marzo de 2015, al Sr. Oscar Aníbal Pérez, DNI 13.771.487, Legajo Nº 2301, en el cargo de Director de Tránsito de la Municipalidad de Pinamar, dependiente de la Secretaría de Gobierno, percibiendo mensualmente una Bonificación por Disponibilidad Horaria equivalente al porcentaje que le corresponde al sueldo básico de director.Artículo 2º: Procédase a la reserva del cargo de planta permanente de Agente 11 que ocupa la persona física mencionada, aplicando lo establecido en el Artículo 17 de la Ley 11.757.Artículo 3º: Los gastos que ocasione el cumplimiento del presente se imputará al Presupuesto de Gastos en Vigencia.Artículo 4º: Notifíquese por la Dirección de Personal.Artículo 5º: Dese al Registro Oficial del municipio y cumplido, archívese.SR. CLAUDIO GALARZA Secretario de Gobierno y Seguridad Municipalidad de Pinamar PROF. PEDRO ELIZALDE Intendente Interino Municipalidad de Pinamar 0460/15 Pinamar, 16 de marzo de 2015 Visto: El Decreto 2478/14; y Considerando: Que el mismo dispone la suspensión hasta el día 28 de febrero de 2015 inclusive, de todo tipo de designación de personal en las Plantas Permanente y Temporaria de la Municipalidad de Pinamar, cualquiera sea el régimen estatutario y el agrupamiento, congelándose todas las vacantes existentes o que se produzcan en igual lapso; Que el mismo debe ser prorrogado hasta el 31 de mayo de 2015; Que se debe dar continuidad a este instrumento dictando el acto administrativo correspondiente. Por ello: El Intendente de la Municipalidad de Pinamar en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades DECRETA Concesiones de Servicios Públicos de la Municipalidad de Pinamar, percibiendo además una Bonificación por Disponibilidad Horaria equivalente al mismo porcentaje establecido para el cargo que ocupa.- Artículo 1º: Prorrogase en todos sus términos el Decreto 2478/14 hasta el 31 de mayo de 2015 inclusive.- Artículo 3º: Dejase sin efecto a partir del día 16 de marzo de 2015 el Artículo 3 del Decreto 1846/14.- Artículo 2º: Notifíquese, dese al Registro Oficial del municipio y cumplido, archívese.- Artículo 4º: Los gastos que ocasione el cumplimiento del presente se imputará al Presupuesto de Gastos en Vigencia.- SR. CLAUDIO GALARZA Secretario de Gobierno y Seguridad Municipalidad de Pinamar PROF. PEDRO ELIZALDE Intendente Interino Municipalidad de Pinamar 0465/15 Pinamar, 16 de marzo 2015 Artículo 5º: Notifíquese por la Dirección de Personal.Artículo 6º: Dese al Registro Oficial del municipio y cumplido, archívese.SR. CLAUDIO GALARZA Secretario de Gobierno y Seguridad Municipalidad de Pinamar Visto y Considerando: Que el Departamento Ejecutivo tiene previsto llevar adelante una estricta fiscalización de las concesiones de servicios públicos dentro del ámbito del partido de Pinamar; Que dicha facultad se encuentra contemplada en el Artículo 234 de la Ley Nº 6769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades; Que para ello se torna menester crear la Dirección de Fiscalización de Concesiones de Servicios Públicos de la Municipalidad de Pinamar, dentro de la orbita de la Jurisdicción de la Secretaría de Gobierno y de la Estructura de Cargos Vigente la cual es parte del Presupuesto aprobado por Ordenanza Nº 4428/14; Que se debe designar la persona que conduzca dicha dependencia, atento la importancia que tendrá la misma dentro de la estructura de esta comuna; Que quién reúne las condiciones para desempeñarse en el cargo en cuestión, es el Sr. Víctor Hugo Farragut, actual Director de Producción; Que el funcionario percibirá una bonificación por el instituto de Disponibilidad Horaria equivalente al mismo porcentaje establecido para el cargo que ocupa.Que se debe redactar el acto administrativo que viabilice lo expresado. Por ello: El Intendente de la Municipalidad de Pinamar en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades DECRETA Artículo 1º: Crease a partir del día 16 de marzo de 2015 dentro de la Jurisdicción 1.1.1.01.03.000, la Dirección de Fiscalización de Concesiones de Servicios Públicos de la Municipalidad de Pinamar como así también un (1) cargo de Director, en el marco de lo dispuesto en el Artículo Nº 96 de la Ley Nº 14.062 modificatoria de los Artículos 118 119 y 120 de la Ley Nº 6769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades, y en la Estructura de Cargos Vigente la cual es parte del Presupuesto aprobado por Ordenanza Nº 4428/14.Artículo 2º: Designase a partir del día 16 de marzo de 2015, al Sr. Víctor Hugo Farragut, en el cargo de Director de Fiscalización de BOLETIN OFICIAL N° 521 Pinamar 30 abril de 2015 PROF. PEDRO ELIZALDE Intendente Interino Municipalidad de Pinamar 0472/15 Pinamar, 17 de marzo de 2015 Visto y Considerando: La nota de la Secretaría de Hacienda solicitando el cambio de dependencia de la División de Procuración, la cual en la actualidad se encuentra bajo la órbita de la Secretaría de Gobierno; Que la nueva dependencia de Procuración será la Secretaría de Hacienda; Que se debe confeccionar el acto administrativo por el cual se materialice lo expresado. Por ello El Intendente de la Municipalidad de Pinamar en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades DECRETA Artículo 1º: Modifíquese a partir del día 17 de marzo de 2015 el organigrama municipal en lo que seguidamente se enuncia: División de Procuración pasa a depender de la Secretaría de Hacienda (1.1.1.01.02.000). Artículo 2º: Comuníquese por la Secretaría de Hacienda, el contenido del presente.Artículo 3º: Dese al Registro Oficial del municipio y cumplido, archívese.LIC. MATÍAS MELÍA Secretario de Hacienda y Turismo Municipalidad de Pinamar PROF. PEDRO ELIZALDE Intendente Interino Municipalidad de Pinamar 0478/15 Pinamar, 18 de marzo de 2015 Visto: El fallecimiento del querido Dr. José Dionisio Olaechea quién cumple funciones en esta institución municipal desde hace aproximadamente veintinueve (29) años, con responsabilidad y eficiencia; y Considerando: Que el vecino y compañero de trabajo a quien despedimos con gran cariño y profunda tristeza, fue profesional en la medicina despertando en toda la comunidad su admiración con su 2 incondicional aporte humano a todas las personas que necesitaron de sus servicios de profesional en el ámbito público y privado. Por ello: El Intendente de la Municipalidad de Pinamar En ejercicio de la atribución conferida por la Ley Orgánica de las Municipalidades DECRETA Artículo 1º: Declarase tres (3) días de duelo municipal sin suspensión de actividades, contados a partir del día 18 de marzo de 2015 como sentimiento de dolor por la sensible pérdida del compañero de trabajo Dr. José Dionisio Olaechea.Artículo 2º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial del municipio. Oportunamente entréguese ejemplar del presente a sus familiares. Cumplido, archívese. DR. EDUARDO D´AGOSTINO Secretario de Salud Municipalidad de Pinamar PROF. PEDRO ELIZALDE Intendente Interino Municipalidad de Pinamar 0490/15 Pinamar, 20 de marzo de 2015 Visto y Considerando: La necesidad de designar una persona ad-honorem con el fin de colaborar con la coordinación en la Dirección de Deportes; Que la persona que reúne los requisitos para ocupar el cargo de coordinadora, es la Sra. Iris Beatríz Cassani DNI 10.555.977; Que se debe confeccionar el acto administrativo que viabilice lo expuesto. Por ello: El Intendente de la Municipalidad de Pinamar, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades DECRETA Artículo 1º: Crease en la Estructura de Cargos vigente, a partir del día 20 de marzo de 2015 un cargo de Coordinadora Ad-Honorem, dentro de la orbita de la Dirección de Deportes.Artículo 2º: Designase Ad-Honorem a la Sra. Iris Beatríz Cassani DNI 10.555.977, como Coordinadora de Deportes de la Municipalidad de Pinamar, a partir del día 20 de marzo de 2015, bajo la orbita de la Dirección de Deportes.Artículo 3º: Notifíquese por la Dirección de Personal.Artículo 4º: Dese al Registro Oficial del Municipio y cumplido, Archívese.- el número de orden 030/2009 Rubro 5 la Municipalidad de Pinamar recibe la descentralización de los trámites de afectación al Bien de Familia de los inmuebles comprendidos en su Jurisdicción; Que dentro de ese marco el Departamento Ejecutivo considera prudente que los trámites de Bien de Familia tengan dependencia directa de la Secretaría de Planeamiento, Obras y Proyectos, atento que se trata de una jurisdicción idónea en la materia. Por Ello: El Intendente de la Municipalidad de Pinamar, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades DECRETA Artículo 1º: Establecese que a partir del 20 de marzo de 2015 los trámites de Bien de Familia tengan dependencia de la Secretaría de Planeamiento, Obras y Proyectos de la Municipalidad de Pinamar.Artículo 2º: Hágase saber el contenido del presente a través de la Secretaría de Planeamiento, Obras y Proyectos.Artículo 3º: Dese al Registro Oficial del Municipio y cumplido,archívese.ARQ. ALEJANDRA MEDINA Sec. de Planeamiento, Obras y P. Municipalidad de Pinamar PROF. PEDRO ELIZALDE Intendente Interino Municipalidad de Pinamar 0529/15 Pinamar, 26 de marzo de 2015 Visto y Considerando: La reorganización que viene implementando el Departamento Ejecutivo con el fin de lograr contar con una estructura funcional moderna y acorde con las reales necesidades financieras de esta comuna, permitiendo brindar con celeridad, eficiencia y simplicidad los servicios requeridos por la comunidad; Que dentro de ese marco se torna menester llevar adelante la supresión de cargos de la planta política lo que genera un ahorro presupuestario, y con esto poder afectar el futuro presupuesto municipal a reales necesidades de la comunidad; Que el Sr. Intendente Municipal tiene facultad para llevar adelante la organización de sus auxiliares, atribución del Departamento Ejecutivo (Artículo 178º Inciso 1º del Decreto-Ley Nº 6769/58, Ley Orgánica de las Municipalidades). Por ello: El Intendente de la Municipalidad de Pinamar en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades DECRETA SR. CLAUDIO GALARZA Secretario de Gobierno y Seguridad Municipalidad de Pinamar PROF. PEDRO ELIZALDE Intendente Interino Municipalidad de Pinamar 0508/15 Pinamar, 20 de marzo de 2015 Visto y Considerando: Que producto de la firma del Convenio identificado bajo Artículo 1º: Aceptase a partir del día 01 de abril de 2015 la renuncia presentada por el Lic. Ángel Sebastián Damiani al cargo de Secretario de Turismo, Cultura y Educación de la Municipalidad de Pinamar, reconociéndole las licencias no gozadas de once (11) días de 2014 y cinco (5) días del ejercicio 2015.Artículo 2: Dispónese a partir del día 01 de abril de 2015 el cese en los BOLETIN OFICIAL N° 521 Pinamar 30 abril de 2015 cargos de los funcionarios que seguidamente se enuncian: Marcelo Ávila Asesor AdHonorem Gustavo Quiroga Coordinador de Transito Mariano De Rocco Director de Prensa Guillermo Elorriaga Director de Omic y Desarrollo Local Jorge Marcelo Cisneros Coordinación de la Gestión de Planes y Promoción, Capacitación y puesta en marcha de futuros efectivos policiales Sergio Márquez Coordinador de Guardia Urbana Daniel Del Valle Coordinador de Instituciones Intermedias 0529/15 Artículo 3º: Suprímase a partir del día 01 de abril de 2015 de la Estructura de Cargos Vigente, las dependencias y cargos políticos que seguidamente se enuncia: Jefatura de Gabinete Secretaría de Turismo, Cultura y Educación Dirección de Turismo Dirección de Presupuesto Dirección de Seguridad en Playas Dirección de Prensa Dirección de Omic y Desarrollo Local Dirección de Cementerio Dirección de la Mujer y la Familia Dirección de Desarrollo Social Dirección de Relaciones Institucionales (Ad-Honorem) Asesor (Ad-honorem) Coordinación de Tránsito Coordinación para Gestión de Planes y Promoción, Capacitación y puesta en marcha de futuros efectivos policiales Coordinación de Guardia Urbana Coordinación Casa del Adolescente Coordinación de Instituciones Intermedias Artículo 4º: Créase a partir del 01 de abril de 2015 dentro de la Estructura de Cargos Vigente, las jurisdicciones y dependencias que seguidamente se enuncian, en ejercicio de la atribución conferida por el Artículo 96 de la Ley 14.062 que modificó los Artículos 118 y 119 de la Ley Orgánica de las Municipalidades: Secretaría de Hacienda, Turismo, Cultura, y Educación Coordinación de Prensa Coordinación de Omic y Desarrollo Local Artículo 5º: Ratificase a partir del 01 de abril de 2015 al Lic. Matías Melia como Secretario de Hacienda, Turismo, Cultura y 0529/15 Educación, con el porcentaje mensual de Bonificación por Disponibilidad Horaria que le corresponde al cargo antes citado.Artículo 6º: Desígnese a partir del día 01 de abril de 2015, a las personas y en los cargos que seguidamente se enuncian, con un porcentaje mensual de Bonificación por Disponibilidad Horaria equivalente al porcentaje que se detalla: Jorge M. Cisneros Director de Seguridad Bonificación por Disp. Horaria noventa y un por ciento (91%) Mariano De Rocco Coordinación de Prensa Bonificación por Disp. Horaria setenta y cinco por ciento (75%) Guillermo Elorriaga Coordinador de Omic y Desarrollo Local 3 0560/15 Bonificación por Disp. Horaria cincuenta por ciento (50%) Pinamar, Marzo 30 de 2015 Artículo 7º: Restitúyase a partir del día 01 de abril de 2015 los cargos de Planta Permanente que se enuncian y a los agentes, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 17 de la Ley 11.757: Sergio Ariel Márquez Agente 12 Gustavo Quiroga Agente 12 Artículo 8º: Resérvese el cargo de Técnico 5 de Planta Permanente que ocupa el Sr. Marino De Rocco, en el marco de lo establecido en el Artículo 17 de la Ley 11.757.Artículo 9º: Delegase a partir del 01 de abril de 2015 en la Dirección de Ecología y Medio Ambiente, la atención y firma del despacho diario de los asuntos concernientes al Cementerio.Artículo 10º: Dejase sin efecto a partir del 01 de abril de 2015 todo tipo de designación que se anteponga a la presente.Artículo 11º: Por la Secretaría de Hacienda arbítrense recaudos presupuestarios y de organización, debiendo contemplar los gastos en el Presupuesto de Gastos en Vigencia.Artículo 12º: Comuníquese por la Dirección de Personal, dese al Registro Oficial del Municipio y cumplido, archívese.LIC. MATÍAS MELÍA Secretario de Hacienda y Turismo Municipalidad de Pinamar PROF. PEDRO ELIZALDE Intendente Interino Municipalidad de Pinamar 0550/15 Pinamar, 30 de marzo de 2015 Visto: El Expediente 4123-2181/09 Anexo 57; y VISTO y CONSIDERANDO: Que el próximo de de Abril se conmemora el 33º Aniversario de la Gesta de Malvinas; Que el Departamento Ejecutivo llevara a delante el acto que se realizara en la Plazoleta 2 de Abril, ubicada en Av. Central y Sainz Peña de la Localidad de Ostende; Que se solicita la confección del decreto declarando de Interés Municipal dicho acto; POR ELLO: El Intendente de la Municipalidad de Pinamar, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades DECRETA Artículo 1º: Declarase de Interés Municipal el acto por la conmemoración del 33º Aniversario de la Gesta de Malvinas, que se llevara a cabo el día 2 de Abril del corriente año a las 11 Hs. en la Plazoleta 2 de Abril ubicada en Av. Central y Saenz Peña de la Localidad de Ostende.Artículo 2º: Dejase establecido que los gastos que puedan ocasionarse será imputados en las partidas correspondiente al Presupuesto de Gastos en vigencia.Artículo 3º: Dese al Registro Oficial de municipio, notifíquese y cumplido, archívese.SR. CLAUDIO GALARZA Secretario de Gobierno y Seguridad Municipalidad de Pinamar Considerando: PROF. PEDRO ELIZALDE Intendente Interino Municipalidad de Pinamar Que el mismo tramita la puesta en marcha del proyecto denominado Plan de Manejo Integrado del Frente Marítimo del Partido de Pinamar; Que dentro de ese marco y de acuerdo a lo informado en folio 143 se torne necesario la determinación que la Dirección de Frente Marítimo de esta comuna, sea la autoridad de aplicación ambiental municipal en la jurisdicción del frente marítimo; Que se debe confeccionar el acto administrativo de rigor. Por ello: El Intendente de la Municipalidad de Pinamar en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades DECRETA Artículo 1º: Establecese que la Dirección de Frente Marítimo de esta comuna, es la autoridad de aplicación ambiental municipal en la jurisdicción del Frente Marítimo, en el marco de las normativas que regulan la materia y las providencias obrantes en folios 119 y 143.Artículo 2º: Notifíquese a través de la Dirección de Frente Marítimo.Artículo 3º: Dese al Registro Oficial del municipio y cumplido, archívese.ARQ. ALEJANDRA MEDINA Sec. de Planeamiento, Obras y P. Municipalidad de Pinamar PROF. PEDRO ELIZALDE Intendente Interino Municipalidad de Pinamar BOLETIN OFICIAL N° 521 Pinamar 30 abril de 2015 4 0779/15 Pinamar, 27 de abril de 2014 Visto: Que es oportuno abrir el Registro de Mayores Contribuyentes; y Considerando: Que de acuerdo a los términos del Capítulo III, Artículos 93º y 94º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, debe procederse a habilitar el Registro Especial en el que podrán inscribirse todos los contribuyentes alcanzados por lo establecido en éstos artículos. Por ello: El Intendente de la Municipalidad de Pinamar En ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades. DECRETA ARTICULO 1º: Declárese habilitado el Registro Especial en el que podrán inscribirse todos aquellos contribuyentes que quieren integrar la nómina de mayores contribuyentes que se encuentren comprendidos dentro de los Artículos 93º y 94º de la Ley Orgánica de las Municipalidades. Déjese establecido que dicho Registro se encontrará expedito en el Edificio de la Municipalidad de Pinamar, Dirección de Administración, sita en Avenida Shaw 18, Piso 1º, a partir del 01 de Mayo de 2015 y hasta el 15 de mayo de 2015 inclusive, en días hábiles, en el horario de las 7.30 a 13.30 .ARTICULO 2: Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y en un periódico de mayor difusión del partido, durante un (1) día conforme al Artículo 66 de la Ordenanza General 267. Tome razón la Dirección de Prensa, la Dirección de Administración, dese al Registro Oficial del municipio y cumplido, archívese.- BOLETIN OFICIAL N° 521 Pinamar 30 abril de 2015 5
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