Boletín N° 521 - Gobierno Municipal del Partido de Pinamar

Pinamar 30 de Abril – Año 2015 – Boletín N° 521
0347/15
Pinamar, 06 de
Marzo de 2015
Visto y Considerando:
La necesidad de
cubrir el cargo de Director en la
Dirección de Servicios Urbanos área
Norte;
Que la persona que
reúne condiciones para ocupar el
cargo antes citado, es el Sr. Rubén
Cesar Veloso, por haber
desarrollado tareas inherentes al
área con mucha idoneidad,
perteneciendo a la planta
permanente como Jefe de División;
Que el agente
percibirá una bonificación por el
instituto de Disponibilidad Horaria
equivalente al mismo porcentaje
establecido para el cargo que ocupa;
Que se debe
confeccionar el acto administrativo
de rigor.
Por ello:
El Intendente de la Municipalidad de
Pinamar
en ejercicio de las atribuciones que
le confiere la
Ley Orgánica de las Municipalidades
DECRETA
Artículo 1º: Designase con
retroactividad al día 02 de Marzo de
2015, al Sr. Rubén Cesar Velozo, en
el cargo de Director de Servicios
Urbanos Área Norte de la
Municipalidad de Pinamar,
percibiendo una Bonificación por
Disponibilidad Horaria equivalente al
mismo porcentaje establecido para
el cargo que ocupa.Artículo 2º: Procédase a la reserva
del cargo de planta permanente de
Jefe de División que ocupa la
persona física mencionada,
aplicando lo establecido en el
Artículo 17 de la Ley 11.757, como
así también la Bonificación por
Función en el porcentaje que venia
percibiendo hasta el día de la fecha.---------------------------Artículo 3º: Los gastos que ocasione
el cumplimiento del presente se
imputará al Presupuesto de Gastos
en Vigencia.Artículo 4º: Notifíquese por la
Dirección de Personal.Artículo 5º: Dese al Registro Oficial
del municipio y cumplido, archívese.SR. CLAUDIO GALARZA
Secretario de Gobierno y Seguridad
Municipalidad de Pinamar
PROF. PEDRO ELIZALDE
Intendente Interino
Municipalidad de Pinamar
0427/15
Pinamar, 12 de Marzo de 2015
Visto y Considerando:
Que la Secretaría de
Seguridad se encuentra en la
actualidad sin titular en el cargo de
secretario;
Que se debe
designar una persona que conduzca
los destinados de la jurisdicción
antes citada;
Que la persona que
esta en condiciones para tal fin, es el
Sr. Juan Carlos Esperón , DNI
10.100.617;
Que el funcionario
en cuestión percibirá una
bonificación por el instituto de
Disponibilidad Horaria equivalente al
98% (por ciento) del sueldo básico a
percibir;
Que se debe
redactar el acto administrativo que
viabilice lo expresado.
Por ello:
El Intendente de la
Municipalidad de Pinamar en
ejercicio de las atribuciones que le
confiere la Ley Orgánica de las
Municipalidades
Por ello:
El Intendente Interino de la
Municipalidad de Pinamar
en ejercicio de las atribuciones
conferidas por la
Ley Orgánica de las Municipalidades
DECRETA
Artículo 1º: Prorrogase en todos sus
términos el Decreto 348/12, desde el
día 15 de Marzo y hasta el día 30 de
Agosto de 2015 inclusive, por los
motivos expuestos en los
Considerandos del presente.Artículo 2º: Notifíquese, dese al
Registro Oficial del municipio y
cumplido, archívese.ARQ. ALEJANDRA MEDINA
Sec. de Planeamiento, Obras y P.
Municipalidad de Pinamar
DECRETA
Artículo 1º: Designase a partir del
día 12 de Marzo de 2015, al Sr. Juan
Carlos Esperón DNI 10.100.617, en
el cargo de Secretario de Seguridad
de la Municipalidad de Pinamar, en
un todo de acuerdo a los
considerandos del presente,
percibiendo además una
Bonificación por Disponibilidad
Horaria equivalente al 98% del
sueldo básico a percibir
mensualmente.Artículo 2º: Los gastos que ocasione
el cumplimiento del presente se
imputará al Presupuesto de Gastos
en Vigencia.Artículo 3º: Notifíquese por la
Dirección de Personal.Artículo 4º: Dese al Registro Oficial
del municipio y cumplido, archívese.SR. CLAUDIO GALARZA
Secretario de Gobierno y Seguridad
Municipalidad de Pinamar
estableciéndose desde el día 15 de
Marzo al 30 de Agosto de 2015;
Que se debe dar continuidad
a este instrumento dictando el acto
administrativo correspondiente.
PROF. PEDRO ELIZALDE
Intendente Interino
Municipalidad de Pinamar
0437-15
Pinamar, 12 de Marzo de 2015.Visto:
El Decreto 348/12 el cual
establece un sistema de
regularización de metros construidos
sin declarar y/o autorizar del Partido
de Pinamar, en el marco de la
Campaña de Sinceramiento
Voluntario de Metros Construidos;
Considerando:
Que el plazo de
acogimiento del Decreto 348/12
venció el pasado 31 de Diciembre de
2013;
Que dado el tiempo
transcurrido del vencimiento antes
citado la Secretaria de
Planeamiento, Obras y Proyectos
considera importante fijar un nuevo
plazo para dicho acto,
BOLETIN OFICIAL N° 521 Pinamar 30 abril de 2015
PROF. PEDRO ELIZALDE
Intendente Interino
Municipalidad de Pinamar
0452/15
Pinamar, 13 de
marzo de 2015
Visto y Considerando:
La reorganización que
viene implementando el
Departamento Ejecutivo con el fin de
lograr contar con una estructura
funcional moderna y acorde con las
reales necesidades de esta comuna,
permitiendo brindar con celeridad,
eficiencia y simplicidad los servicios
requeridos por la comunidad;
Que dentro de ese
marco se torna menester el cambio
de dependencia de algunas áreas
que componen el organigrama
municipal;
Que se debe
confeccionar el acto administrativo
por el cual se materialice lo
expresado.
Por ello
El Intendente de la Municipalidad de
Pinamar,
en ejercicio de las atribuciones que
le confiere la
Ley Orgánica de las Municipalidades
DECRETA
Artículo 1º: Modifíquese a partir del
día 16 de marzo de 2015 el
organigrama municipal en lo que
seguidamente se enuncia:
Dirección de Tránsito pasa a
depender de la Secretaría de
Gobierno.
Artículo 2º: Comuníquese por la
Dirección de Personal, el contenido
del presente.Artículo 3º: Dese al Registro Oficial
del municipio y cumplido, archívese.SR. CLAUDIO GALARZA
Secretario de Gobierno y Seguridad
Municipalidad de Pinamar
PROF. PEDRO ELIZALDE
Intendente Interino
Municipalidad de Pinamar
1
0456/15
Pinamar, 13 de marzo de 2015
Visto y Considerando:
Que se torna
necesario designar una persona que
se desempeñe como Director de
Tránsito de esta comuna;
Que quién reúne
condiciones para ocupar el cargo, es
el Sr. Oscar Aníbal Pérez, Legajo Nº
2301, Agente 11 de planta
permanente;
Que el agente
percibirá una bonificación mensual
por el instituto de Disponibilidad
Horaria;
Que se debe
confeccionar el acto administrativo
de rigor.
Por ello:
El Intendente de la Municipalidad de
Pinamar
en ejercicio de las atribuciones que
le confiere la
Ley Orgánica de las Municipalidades
DECRETA
Artículo 1º: Designase a partir del
día 16 de marzo de 2015, al Sr.
Oscar Aníbal Pérez, DNI
13.771.487, Legajo Nº 2301, en el
cargo de Director de Tránsito de la
Municipalidad de Pinamar,
dependiente de la Secretaría de
Gobierno, percibiendo
mensualmente una Bonificación por
Disponibilidad Horaria equivalente al
porcentaje que le corresponde al
sueldo básico de director.Artículo 2º: Procédase a la reserva
del cargo de planta permanente de
Agente 11 que ocupa la persona
física mencionada, aplicando lo
establecido en el Artículo 17 de la
Ley 11.757.Artículo 3º: Los gastos que ocasione
el cumplimiento del presente se
imputará al Presupuesto de Gastos
en Vigencia.Artículo 4º: Notifíquese por la
Dirección de Personal.Artículo 5º: Dese al Registro Oficial
del municipio y cumplido, archívese.SR. CLAUDIO GALARZA
Secretario de Gobierno y Seguridad
Municipalidad de Pinamar
PROF. PEDRO ELIZALDE
Intendente Interino
Municipalidad de Pinamar
0460/15
Pinamar, 16 de
marzo de 2015
Visto:
El Decreto 2478/14; y
Considerando:
Que el mismo dispone la
suspensión hasta el día 28 de
febrero de 2015 inclusive, de todo
tipo de designación de personal en
las Plantas Permanente y
Temporaria de la Municipalidad de
Pinamar, cualquiera sea el régimen
estatutario y el agrupamiento,
congelándose todas las vacantes
existentes o que se produzcan en
igual lapso;
Que el mismo debe ser
prorrogado hasta el 31 de mayo de
2015;
Que se debe dar continuidad
a este instrumento dictando el acto
administrativo correspondiente.
Por ello:
El Intendente de la Municipalidad de
Pinamar
en ejercicio de las atribuciones
conferidas por la
Ley Orgánica de las Municipalidades
DECRETA
Concesiones de Servicios Públicos
de la Municipalidad de Pinamar,
percibiendo además una
Bonificación por Disponibilidad
Horaria equivalente al mismo
porcentaje establecido para el cargo
que ocupa.-
Artículo 1º: Prorrogase en todos sus
términos el Decreto 2478/14 hasta el
31 de mayo de 2015 inclusive.-
Artículo 3º: Dejase sin efecto a partir
del día 16 de marzo de 2015 el
Artículo 3 del Decreto 1846/14.-
Artículo 2º: Notifíquese, dese al
Registro Oficial del municipio y
cumplido, archívese.-
Artículo 4º: Los gastos que ocasione
el cumplimiento del presente se
imputará al Presupuesto de Gastos
en Vigencia.-
SR. CLAUDIO GALARZA
Secretario de Gobierno y Seguridad
Municipalidad de Pinamar
PROF. PEDRO ELIZALDE
Intendente Interino
Municipalidad de Pinamar
0465/15
Pinamar, 16 de marzo 2015
Artículo 5º: Notifíquese por la
Dirección de Personal.Artículo 6º: Dese al Registro Oficial
del municipio y cumplido, archívese.SR. CLAUDIO GALARZA
Secretario de Gobierno y Seguridad
Municipalidad de Pinamar
Visto y Considerando:
Que el
Departamento Ejecutivo tiene
previsto llevar adelante una estricta
fiscalización de las concesiones de
servicios públicos dentro del ámbito
del partido de Pinamar;
Que dicha facultad
se encuentra contemplada en el
Artículo 234 de la Ley Nº 6769/58
Ley Orgánica de las
Municipalidades;
Que para ello se
torna menester crear la Dirección de
Fiscalización de Concesiones de
Servicios Públicos de la
Municipalidad de Pinamar, dentro de
la orbita de la Jurisdicción de la
Secretaría de Gobierno y de la
Estructura de Cargos Vigente la cual
es parte del Presupuesto aprobado
por Ordenanza Nº 4428/14;
Que se debe
designar la persona que conduzca
dicha dependencia, atento la
importancia que tendrá la misma
dentro de la estructura de esta
comuna;
Que quién reúne las
condiciones para desempeñarse en
el cargo en cuestión, es el Sr. Víctor
Hugo Farragut, actual Director de
Producción;
Que el funcionario
percibirá una bonificación por el
instituto de Disponibilidad Horaria
equivalente al mismo porcentaje
establecido para el cargo que
ocupa.Que se debe redactar
el acto administrativo que viabilice lo
expresado.
Por ello:
El Intendente de la
Municipalidad de Pinamar en
ejercicio de las atribuciones que le
confiere la Ley Orgánica de las
Municipalidades
DECRETA
Artículo 1º: Crease a partir del día 16
de marzo de 2015 dentro de la
Jurisdicción 1.1.1.01.03.000, la
Dirección de Fiscalización de
Concesiones de Servicios Públicos
de la Municipalidad de Pinamar
como así también un (1) cargo de
Director, en el marco de lo dispuesto
en el Artículo Nº 96 de la Ley Nº
14.062 modificatoria de los Artículos
118 119 y 120 de la Ley Nº 6769/58
Ley Orgánica de las
Municipalidades, y en la Estructura
de Cargos Vigente la cual es parte
del Presupuesto aprobado por
Ordenanza Nº 4428/14.Artículo 2º: Designase a partir del
día 16 de marzo de 2015, al Sr.
Víctor Hugo Farragut, en el cargo de
Director de Fiscalización de
BOLETIN OFICIAL N° 521 Pinamar 30 abril de 2015
PROF. PEDRO ELIZALDE
Intendente Interino
Municipalidad de Pinamar
0472/15
Pinamar, 17 de
marzo de 2015
Visto y Considerando:
La nota de la
Secretaría de Hacienda solicitando
el cambio de dependencia de la
División de Procuración, la cual en la
actualidad se encuentra bajo la
órbita de la Secretaría de Gobierno;
Que la nueva
dependencia de Procuración será la
Secretaría de Hacienda;
Que se debe
confeccionar el acto administrativo
por el cual se materialice lo
expresado.
Por ello
El Intendente de la Municipalidad de
Pinamar
en ejercicio de las atribuciones que
le confiere la
Ley Orgánica de las Municipalidades
DECRETA
Artículo 1º: Modifíquese a partir del
día 17 de marzo de 2015 el
organigrama municipal en lo que
seguidamente se enuncia:
División de Procuración pasa a
depender de la Secretaría de
Hacienda (1.1.1.01.02.000).
Artículo 2º: Comuníquese por la
Secretaría de Hacienda, el contenido
del presente.Artículo 3º: Dese al Registro Oficial
del municipio y cumplido, archívese.LIC. MATÍAS MELÍA
Secretario de Hacienda y Turismo
Municipalidad de Pinamar
PROF. PEDRO ELIZALDE
Intendente Interino
Municipalidad de Pinamar
0478/15
Pinamar, 18 de
marzo de 2015
Visto:
El fallecimiento del querido
Dr. José Dionisio Olaechea quién
cumple funciones en esta institución
municipal desde hace
aproximadamente veintinueve (29)
años, con responsabilidad y
eficiencia; y
Considerando:
Que el vecino y
compañero de trabajo a quien
despedimos con gran cariño y
profunda tristeza, fue profesional en
la medicina despertando en toda la
comunidad su admiración con su
2
incondicional aporte humano a todas
las personas que necesitaron de sus
servicios de profesional en el ámbito
público y privado.
Por ello:
El Intendente de la Municipalidad de
Pinamar
En ejercicio de la atribución
conferida por la
Ley Orgánica de las Municipalidades
DECRETA
Artículo 1º: Declarase tres (3) días
de duelo municipal sin suspensión
de actividades, contados a partir del
día 18 de marzo de 2015 como
sentimiento de dolor por la sensible
pérdida del compañero de trabajo
Dr. José Dionisio Olaechea.Artículo 2º: Regístrese, publíquese
en el Boletín Oficial del municipio.
Oportunamente entréguese ejemplar
del presente a sus familiares.
Cumplido, archívese.
DR. EDUARDO D´AGOSTINO
Secretario de Salud
Municipalidad de Pinamar
PROF. PEDRO ELIZALDE
Intendente Interino
Municipalidad de Pinamar
0490/15
Pinamar, 20 de marzo de 2015
Visto y Considerando:
La necesidad de
designar una persona ad-honorem
con el fin de colaborar con la
coordinación en la Dirección de
Deportes;
Que la persona que
reúne los requisitos para ocupar el
cargo de coordinadora, es la Sra. Iris
Beatríz Cassani DNI 10.555.977;
Que se debe
confeccionar el acto administrativo
que viabilice lo expuesto.
Por ello:
El Intendente de la
Municipalidad de Pinamar, en
ejercicio de las atribuciones que le
confiere la Ley Orgánica de las
Municipalidades
DECRETA
Artículo 1º: Crease en la Estructura
de Cargos vigente, a partir del día 20
de marzo de 2015 un cargo de
Coordinadora Ad-Honorem, dentro
de la orbita de la Dirección de
Deportes.Artículo 2º: Designase Ad-Honorem
a la Sra. Iris Beatríz Cassani DNI
10.555.977, como Coordinadora de
Deportes de la Municipalidad de
Pinamar, a partir del día 20 de
marzo de 2015, bajo la orbita de la
Dirección de Deportes.Artículo 3º: Notifíquese por la
Dirección de Personal.Artículo 4º: Dese al Registro Oficial
del Municipio y cumplido,
Archívese.-
el número de orden 030/2009 Rubro
5 la Municipalidad de Pinamar recibe
la descentralización de los trámites
de afectación al Bien de Familia de
los inmuebles comprendidos en su
Jurisdicción;
Que dentro de ese
marco el Departamento Ejecutivo
considera prudente que los trámites
de Bien de Familia tengan
dependencia directa de la Secretaría
de Planeamiento, Obras y
Proyectos, atento que se trata de
una jurisdicción idónea en la
materia.
Por Ello:
El Intendente de la
Municipalidad de Pinamar, en
ejercicio de las atribuciones que le
confiere la Ley Orgánica de las
Municipalidades
DECRETA
Artículo 1º: Establecese que a partir
del 20 de marzo de 2015 los trámites
de Bien de Familia tengan
dependencia de la Secretaría de
Planeamiento, Obras y Proyectos de
la Municipalidad de Pinamar.Artículo 2º: Hágase saber el
contenido del presente a través de la
Secretaría de Planeamiento, Obras y
Proyectos.Artículo 3º: Dese al Registro Oficial
del Municipio y cumplido,archívese.ARQ. ALEJANDRA MEDINA
Sec. de Planeamiento, Obras y P.
Municipalidad de Pinamar
PROF. PEDRO ELIZALDE
Intendente Interino
Municipalidad de Pinamar
0529/15
Pinamar, 26
de marzo de 2015
Visto y Considerando:
La reorganización
que viene implementando el
Departamento Ejecutivo con el fin de
lograr contar con una estructura
funcional moderna y acorde con las
reales necesidades financieras de
esta comuna, permitiendo brindar
con celeridad, eficiencia y
simplicidad los servicios requeridos
por la comunidad;
Que dentro de ese
marco se torna menester llevar
adelante la supresión de cargos de
la planta política lo que genera un
ahorro presupuestario, y con esto
poder afectar el futuro presupuesto
municipal a reales necesidades de la
comunidad;
Que el Sr. Intendente
Municipal tiene facultad para llevar
adelante la organización de sus
auxiliares, atribución del
Departamento Ejecutivo (Artículo
178º Inciso 1º del Decreto-Ley Nº
6769/58, Ley Orgánica de las
Municipalidades).
Por ello:
El Intendente de la
Municipalidad de Pinamar en
ejercicio de las atribuciones que le
confiere la Ley Orgánica de las
Municipalidades
DECRETA
SR. CLAUDIO GALARZA
Secretario de Gobierno y Seguridad
Municipalidad de Pinamar
PROF. PEDRO ELIZALDE
Intendente Interino
Municipalidad de Pinamar
0508/15
Pinamar, 20 de
marzo de 2015
Visto y Considerando:
Que producto de la
firma del Convenio identificado bajo
Artículo 1º: Aceptase a partir del día
01 de abril de 2015 la renuncia
presentada por el Lic. Ángel
Sebastián Damiani al cargo de
Secretario de Turismo, Cultura y
Educación de la Municipalidad de
Pinamar, reconociéndole las
licencias no gozadas de once (11)
días de 2014 y cinco (5) días del
ejercicio 2015.Artículo 2: Dispónese a partir del día
01 de abril de 2015 el cese en los
BOLETIN OFICIAL N° 521 Pinamar 30 abril de 2015
cargos de los funcionarios que
seguidamente se enuncian:
Marcelo Ávila
Asesor AdHonorem
Gustavo Quiroga
Coordinador
de Transito
Mariano De Rocco
Director de
Prensa
Guillermo Elorriaga
Director de
Omic y Desarrollo Local
Jorge Marcelo Cisneros
Coordinación de la Gestión de
Planes y Promoción, Capacitación y
puesta en marcha de futuros
efectivos policiales
Sergio Márquez
Coordinador
de Guardia Urbana
Daniel Del Valle
Coordinador de
Instituciones Intermedias
0529/15
Artículo 3º: Suprímase a partir del
día 01 de abril de 2015 de la
Estructura de Cargos Vigente, las
dependencias y cargos políticos que
seguidamente se enuncia:
Jefatura de Gabinete
Secretaría de Turismo, Cultura y
Educación
Dirección de Turismo
Dirección de Presupuesto
Dirección de Seguridad en Playas
Dirección de Prensa
Dirección de Omic y Desarrollo Local
Dirección de Cementerio
Dirección de la Mujer y la Familia
Dirección de Desarrollo Social
Dirección de Relaciones
Institucionales (Ad-Honorem)
Asesor (Ad-honorem)
Coordinación de Tránsito
Coordinación para Gestión de
Planes y Promoción, Capacitación y
puesta en marcha de futuros
efectivos policiales
Coordinación de Guardia Urbana
Coordinación Casa del Adolescente
Coordinación de Instituciones
Intermedias
Artículo 4º: Créase a partir del 01 de
abril de 2015 dentro de la Estructura
de Cargos Vigente, las jurisdicciones
y dependencias que seguidamente
se enuncian, en ejercicio de la
atribución conferida por el Artículo
96 de la Ley 14.062 que modificó
los Artículos 118 y 119 de la Ley
Orgánica de las Municipalidades:
Secretaría de Hacienda, Turismo,
Cultura, y Educación
Coordinación de Prensa
Coordinación de Omic y Desarrollo
Local
Artículo 5º: Ratificase a partir del 01
de abril de 2015 al Lic. Matías Melia
como Secretario de Hacienda,
Turismo, Cultura y
0529/15
Educación, con el porcentaje
mensual de Bonificación por
Disponibilidad Horaria que le
corresponde al cargo antes citado.Artículo 6º: Desígnese a partir del
día 01 de abril de 2015, a las
personas y en los cargos que
seguidamente se enuncian, con un
porcentaje mensual de Bonificación
por Disponibilidad Horaria
equivalente al porcentaje que se
detalla:
Jorge M. Cisneros
Director de
Seguridad Bonificación por Disp.
Horaria noventa y un por ciento
(91%)
Mariano De Rocco
Coordinación de Prensa
Bonificación por Disp. Horaria
setenta y cinco por ciento (75%)
Guillermo Elorriaga Coordinador
de Omic y Desarrollo Local
3
0560/15
Bonificación por Disp. Horaria
cincuenta por ciento (50%)
Pinamar, Marzo 30 de 2015
Artículo 7º: Restitúyase a partir del
día 01 de abril de 2015 los cargos de
Planta Permanente que se enuncian
y a los agentes, de acuerdo a lo
establecido en el Artículo 17 de la
Ley 11.757:
Sergio Ariel Márquez
Agente 12
Gustavo Quiroga
Agente 12
Artículo 8º: Resérvese el cargo de
Técnico 5 de Planta Permanente
que ocupa el Sr. Marino De Rocco,
en el marco de lo establecido en el
Artículo 17 de la Ley 11.757.Artículo 9º: Delegase a partir del 01
de abril de 2015 en la Dirección de
Ecología y Medio Ambiente, la
atención y firma del despacho diario
de los asuntos concernientes al
Cementerio.Artículo 10º: Dejase sin efecto a
partir del 01 de abril de 2015 todo
tipo de designación que se
anteponga a la presente.Artículo 11º: Por la Secretaría de
Hacienda arbítrense recaudos
presupuestarios y de organización,
debiendo contemplar los gastos en
el Presupuesto de Gastos en
Vigencia.Artículo 12º: Comuníquese por la
Dirección de Personal, dese al
Registro Oficial del Municipio y
cumplido, archívese.LIC. MATÍAS MELÍA
Secretario de Hacienda y Turismo
Municipalidad de Pinamar
PROF. PEDRO ELIZALDE
Intendente Interino
Municipalidad de Pinamar
0550/15
Pinamar, 30 de marzo de 2015
Visto:
El Expediente 4123-2181/09
Anexo 57; y
VISTO y CONSIDERANDO:
Que el próximo de de Abril se
conmemora el 33º Aniversario de la
Gesta de Malvinas;
Que el Departamento Ejecutivo
llevara a delante el acto que se
realizara en la Plazoleta 2 de Abril,
ubicada en Av. Central y Sainz Peña
de la Localidad de Ostende;
Que se solicita la confección del
decreto declarando de Interés
Municipal dicho acto;
POR ELLO:
El Intendente de la Municipalidad de
Pinamar,
en ejercicio de las atribuciones que
le confiere la
Ley Orgánica de las Municipalidades
DECRETA
Artículo 1º: Declarase de Interés
Municipal el acto por la
conmemoración del 33º Aniversario
de la Gesta de Malvinas, que se
llevara a cabo el día 2 de Abril del
corriente año a las 11 Hs. en la
Plazoleta 2 de Abril ubicada en Av.
Central y Saenz Peña de la
Localidad de Ostende.Artículo 2º: Dejase establecido que
los gastos que puedan ocasionarse
será imputados en las partidas
correspondiente al Presupuesto de
Gastos en vigencia.Artículo 3º: Dese al Registro Oficial
de municipio, notifíquese y cumplido,
archívese.SR. CLAUDIO GALARZA
Secretario de Gobierno y Seguridad
Municipalidad de Pinamar
Considerando:
PROF. PEDRO ELIZALDE
Intendente Interino
Municipalidad de Pinamar
Que el mismo tramita la
puesta en marcha del proyecto
denominado Plan de Manejo
Integrado del Frente Marítimo del
Partido de Pinamar;
Que dentro de ese marco y
de acuerdo a lo informado en folio
143 se torne necesario la
determinación que la Dirección de
Frente Marítimo de esta comuna,
sea la autoridad de aplicación
ambiental municipal en la
jurisdicción del frente marítimo;
Que se debe confeccionar
el acto administrativo de rigor.
Por ello:
El Intendente de la
Municipalidad de Pinamar en
ejercicio de las atribuciones que le
confiere la Ley Orgánica de las
Municipalidades
DECRETA
Artículo 1º: Establecese que la
Dirección de Frente Marítimo de esta
comuna, es la autoridad de
aplicación ambiental municipal en la
jurisdicción del Frente Marítimo, en
el marco de las normativas que
regulan la materia y las providencias
obrantes en folios 119 y 143.Artículo 2º: Notifíquese a través de
la Dirección de Frente Marítimo.Artículo 3º: Dese al Registro Oficial
del municipio y cumplido, archívese.ARQ. ALEJANDRA MEDINA
Sec. de Planeamiento, Obras y P.
Municipalidad de Pinamar
PROF. PEDRO ELIZALDE
Intendente Interino
Municipalidad de Pinamar
BOLETIN OFICIAL N° 521 Pinamar 30 abril de 2015
4
0779/15
Pinamar, 27 de abril de 2014
Visto:
Que es oportuno abrir el Registro de Mayores Contribuyentes; y
Considerando:
Que de acuerdo a los términos del Capítulo III, Artículos 93º y 94º de la Ley Orgánica de las
Municipalidades, debe procederse a habilitar el Registro Especial en el que podrán inscribirse todos los contribuyentes
alcanzados por lo establecido en éstos artículos.
Por ello:
El Intendente de la Municipalidad de Pinamar
En ejercicio de las atribuciones que le confiere la
Ley Orgánica de las Municipalidades.
DECRETA
ARTICULO 1º: Declárese habilitado el Registro Especial en el que podrán inscribirse todos aquellos contribuyentes
que quieren integrar la nómina de mayores contribuyentes que se encuentren comprendidos dentro de los Artículos 93º
y 94º de la Ley Orgánica de las Municipalidades. Déjese establecido que dicho Registro se encontrará expedito en el
Edificio de la Municipalidad de Pinamar, Dirección de Administración, sita en Avenida Shaw 18, Piso 1º, a partir del
01 de Mayo de 2015 y hasta el 15 de mayo de 2015 inclusive, en días hábiles, en el horario de las 7.30 a 13.30 .ARTICULO 2: Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y en un periódico de mayor difusión del partido,
durante un (1) día conforme al Artículo 66 de la Ordenanza General 267. Tome razón la Dirección de Prensa, la
Dirección de Administración, dese al Registro Oficial del municipio y cumplido, archívese.-
BOLETIN OFICIAL N° 521 Pinamar 30 abril de 2015
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