Pinamar 17 de Abril – Año 2015 – Boletín N° 520 0215/15 Pinamar, 09 de febrero de 2015 Visto y Considerando: Que el Departamento Ejecutivo considera menester contar con una Dirección de Tierras y Hábitat Social dentro de la orbita de la Secretaría de Gobierno; Que la persona que reúne las condiciones para ocupar el cargo de director ad honórem, es el Sr. Carlos Manuel Zárate DNI 27.171.026; Que para materializar lo expresado se debe crear el cargo de marras dentro de la Estructura Vigente, en el marco de lo dispuesto en el Artículo Nº 96 de la Ley Nº 14.062 modificatoria de los Artículos 118 119 y 120 de la Ley Nº 6769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades, y dentro de la Estructura de Cargos Vigente la cual es parte del Presupuesto aprobado por Ordenanza Nº 4428/14; Que se debe confeccionar el acto administrativo de rigor. Por ello El Intendente de la Municipalidad de Pinamar en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades DECRETA Artículo 1: Crease a partir del día 09 de febrero de 2015 dentro de la Jurisdicción 1.1.1.01.03.000, la Dirección de Tierras y Hábitat Social de la Municipalidad de Pinamar como así también un (1) cargo de Director Ad-Honorem, en el marco de lo dispuesto en el Artículo Nº 96 de la Ley Nº 14.062 modificatoria de los Artículos 118 119 y 120 de la Ley Nº 6769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades, y en la Estructura de Cargos Vigente la cual es parte del Presupuesto aprobado por Ordenanza Nº 4428/14.Artículo 2: Designase a partir del día 09 de febrero de 2015, al Sr. Carlos Manuel Zárate DNI 27.171.026, en el cargo de Director de Tierras y Hábitat Social Ad-Honorem, con dependencia de la Secretaría de Gobierno de esta comuna.Artículo 3º: Notifíquese por la Dirección de Personal.Artículo 4º: Dese al Registro Oficial del municipio y cumplido, archívese.SR. GUSTAVO MILANESSI Jefe de Gabinete Municipalidad de Pinamar PROF. PEDRO ELIZALDE Intendente Interino Municipalidad de Pinamar 0220/15 Pinamar, 09 de febrero de 2015 Visto y Considerando: La renuncia presentada por el Sr. Oscar Eduardo Ibañez DNI 16.052.010, Legajo 3090 a su puesto de trabajo que ocupa en la actualidad como Coordinador de la gestión de planes de promoción, capacitación y puesta en marcha de futuros efectivos policiales; Que la misma se debe a razones personales; Que el Departamento Ejecutivo ha decidido aceptar la misma, a partir del día 09 de febrero de 2015; Que se torna necesario confeccionar el acto administrativo pertinente. Por ello: El Intendente de la Municipalidad de Pinamar, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades DECRETA Artículo 1º: Aceptase a partir del día 09 de febrero de 2015, la renuncia presentada por el Sr. Oscar Eduardo Ibañez DNI 16.052.010, Legajo 3090 a su puesto de trabajo que ocupa en la actualidad como Coordinador de la gestión de planes de promoción, capacitación y puesta en marcha de futuros efectivos policiales.Artículo 2º: Reconózcanse las licencias no gozadas por el funcionario, durante catorce (14) días de 2014 y (1) día del Ejercicio 2015.- Que a fs. 07 el Departamento Ejecutivo ordena la confección del acto administrativo de declaratoria de interés municipal correspondiente. Por ello: El Intendente de la Municipalidad de Pinamar, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades DECRETA Artículo 1º: Declarase de Interés Municipal el proyecto llevado adelante por el Sr. Rubén Oliva denominado “Estudio de Radio Móvil”, el cual se trata de un Bus doble piso Marca Mercedes Benz larga distancia que fue totalmente equipado y remodelado para el funcionamiento de un estudio de radio rodante, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente y las constancias del Expediente 4123-350/15 Artículo 2º: Los gastos que genere la declaratoria en cuestión serán imputados a la Jurisdicción 1.1.1.01.01.000, Categoría Programática 30.03.01, Fuente de Financiamiento 1.1.0, Objeto del Gasto 3.5.9. del Presupuesto de Gastos en Vigencia.Artículo 3º: Notifíquese por la Secretaría de Turismo.- Artículo 3º: Notifíquese el contenido del presente a través de la Dirección de Personal.- Artículo 4º: Dese al Registro Oficial del municipio y cumplido, archívese.- Artículo 3º: Dese al Registro Oficial del Municipio y cumplido, archívese.- LIC. ÁNGEL SEBASTIÁN DAMIANI Sec. Turismo, Cultura y Educación Municipalidad de Pinamar SR. GUSTAVO MILANESSI Jefe de Gabinete Municipalidad de Pinamar PROF. PEDRO ELIZALDE Intendente Interino Municipalidad de Pinamar PROF. PEDRO ELIZALDE Intendente Interino Municipalidad de Pinamar 0232/15 Pinamar, 12 de febrero de 2015 0226/15 Pinamar, 10 de febrero de 2015 Visto: El Expediente 4123-350/15; y Considerando: Que las actuaciones se refieren al proyecto llevado adelante por el Sr. Rubén Oliva denominado “Estudio de Radio Móvil”, el cual se trata de un Bus doble piso Marca Mercedes Benz larga distancia que fue totalmente equipado y remodelado para el funcionamiento de un estudio de radio rodante; Que se desarrollarán acciones fuera del Partido de Pinamar, cubriendo con transmisiones en vivo y en directo eventos regionales de todo tipo; Que a fs. 06 la Secretaría de Turismo avala la propuesta, considerando la misma de suma importancia atento que se difundirá la marca Pinamar por los lugares en donde se traslade el bus; BOLETIN OFICIAL N° 520 Pinamar 17 abril de 2015 VISTO el fallecimiento del querido Arqto. Roberto José Ferraros que fue Secretario de Servicios Urbanos de la Municipalidad de Pinamar; y CONSIDERANDO: Que el vecino a quien despedimos con gran cariño y profunda tristeza, fue docente despertando la creatividad en sus alumnos, estimulándolos a crear y pensar en libertad; como funcionario municipal, con profesionalismo y entusiasmo, trabajó a la par con los agentes municipales para el crecimiento del Partido de Pinamar. Por ello: El Intendente de la Municipalidad de Pinamar En ejercicio de la atribución conferida por el Art. 108 Inc. 16[1] de la Ley Orgánica de las Municipalidades Decreta Artículo 1. Declarase duelo municipal el día 12 de febrero de 1 2015 como sentimiento de dolor por la sensible pérdida del Arqto. Roberto José Ferraros. Disponese izar la bandera a media asta, conforme al Art. 8 Inc. m) de la Ley Provincial 14438[2], en los edificios municipales y lugares públicos; y colocar un listón negro en el portal www.pinamar.gov.ar, por el plazo de un día. Artículo 2. Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial del municipio. Oportunamente entréguese ejemplar del presente a sus familiares. Cumplido, archívese. [1] Constituyen atribuciones y deberes en general del Departamento Ejecutivo: 16. - Ejercer las demás atribuciones y cumplir los deberes inherentes a la naturaleza de su cargo o que le impongan las leyes de la Provincia. [2] Serán normas protocolares de desplazamiento, izamiento y arriada las siguientes: ? m) Para izar las Banderas Nacional y Provincial en día de duelo, aquéllas deberán ser llevadas primero hasta el tope del mástil, dejarlas un instante en dicho tope, y luego bajarlas aproximadamente un quinto (1/5) de la altura del mástil como posición de luto. Al arriarlas, deberá procederse de la misma forma, esto es, llevarlas primero hasta el tope y luego proceder al arrío. SR. GUSTAVO MILANESSI Jefe de Gabinete Municipalidad de Pinamar PROF. PEDRO ELIZALDE Intendente Interino Municipalidad de Pinamar El Intendente de la Municipalidad de Pinamar en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades DECRETA Artículo 1٥: Declárese de Interés Municipal la MAESTRIA EN MEDIO AMBIENTE, PAISAJE y CIUDAD, que se llevará a cabo en la Ciudad de La Plata.Artículo 2º: Autorizase la participación de la Municipalidad, a través de la Arq. MARIA CELESTE SICCARDI, Legajo 3368, quien se desempeña como Directora de Frente Marítimo, en la maestría, que se llevará a cabo en tres semestres de los años 2015 y 2016 en la Ciudad de La Plata.Artículo 3º: Abónese por adelantado en concepto de arancel de inscripción institucional la suma total de veintisiete mil setecientos pesos ($ 27.700,00.) con rendición del gasto, como así también viáticos y movilidad, que se abonará una vez de regreso en Pinamar.Artículo 4º: El gasto que demande lo establecido en el artículo precedente se imputara en el Presupuesto de Gastos en Vigencia.Artículo 5º: Notifíquese, dese al Registro Oficial del municipio y cumplido, archívese.ARQ. ALEJANDRA MEDINA Sec. de Planeamiento, Obras y P. Municipalidad de Pinamar PROF. PEDRO ELIZALDE Intendente Interino Municipalidad de Pinamar 0270/15 Pinamar, Febrero 18 de 2015 a cuenta de futuros aumentos, de manera de permitir una futura incorporación a los básicos equitativa. Que este incremento será previsto en el proyecto de Presupuesto para el ejercicio 2015. Por ello: El Intendente de la Municipalidad de Pinamar, en ejercicio de las Atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades DECRETA Artículo 1º: Otórguese, con las limitaciones dispuestas en el Artículo 2 y con retroactividad al 01/01/2015, una Retribución mensual por un importe igual al 7 % (siete por ciento) del sueldo básico vigente en Diciembre 2014. Artículo 2º: Lo dispuesto en el Artículo 1 comprende a todos los agentes de planta permanente y temporaria de la Municipalidad de Pinamar , excluidos: a) Personal Destajista. b) Guardavidas y Guardavidas Timoneles, tanto mensualizados como jornalizados. Artículo 3º: Déjase establecido que la retribución dispuesta en el Artículo 1, se otorga a cuenta de futuros aumentos salariales del ejercicio. Artículo 4º: Comuníquese, desde al Registro Oficial del municipio y cumplido, archívese.LIC. CARLOS A. FIGUEREDO PROF. PEDRO ELIZALDE Sec. de Hacienda Municipalidad de Pinamar Intendente Interino Municipalidad de Pinamar 0285/15 Pinamar, 23 de febrero de 2015 VISTO: El expediente Nº 4123459/15; y CONSIDERANDO: Que en las actuaciones la Arq. María Celeste Siccardi, quien se desempeña como Directora Frente Marítimo, solicita autorización para realizar una maestría en medio ambiente, paisaje y ciudad; Que el costo a abonar por la participación en concepto de arancel asciende a la suma total de $ 27.700,00.-; Que el mismo se realizara en la Ciudad de La Plata durante tres semestres de los años 2015 y 2016; Que el profesional recibirá viáticos y movilidad, en el marco de lo establecido en el Decreto Municipal Nº 427/11 y su modificación Decreto 1140/13, Artículo 22, Apartado 1, Incisos "a" y “b” de la Ley 11.757, aplicando lo dispuesto en el Decreto Nº 2.980/00 Reforma de la Administración de los Recursos Financieros y Reales en el Ámbito Municipal de la Provincia de Buenos Aires (RAFAM), más precisamente en la Clasificación del Gasto por Objeto, Punto 3, Servicios no Personales Inciso 3.7.2. Viáticos; Que se dispuso confeccionar el acto administrativo declarando de Interés Municipal, autorizando la participación y el pago de arancel. POR ELLO: 0303/15 Pinamar, 26 de febrero de 2015 Vistos: Los Decretos 82/15 y 153/15 y el Expediente 4123126/15; Considerando: Que por Decreto. 82/15 de fecha 20 de Enero de 2015 se otorgó a todos los trabajadores un incremento del 23%, con retroactividad al 01 de Enero de 2015; Que por Decreto 153/15 de fecha 27 de Enero de 2015 ya se ha otorgado el incremento salarial acordado para el ejercicio 2015 con la Asociación de Guardavidas de Pinamar, destinado a los Guardavidas y Guardavidas Timoneles, mensualizados y jornalizados; Que para el personal destajista se establece una remuneración en acto administrativo realizado al efecto; Que por otra parte se ha proseguido con el diálogo con el Sindicato de Trabajadores Municipales a fin de acordar la pauta salarial 2015 para el resto de los trabajadores municipales. Que como resultado se firmó el Acta Audiencia de Conciliación Obligatoria con fecha 10 de Febrero de 2015. Que para dar cumplimiento a la misma el Departamento Ejecutivo dispone otorgar, sin perjuicio de lo ya dispuesto en el Decreto 82/15 y de manera retroactiva al 01 de Enero de 2015, una suma adicional porcentual y sujeta a aportes de ley, BOLETIN OFICIAL N° 520 Pinamar 17 abril de 2015 Visto y Considerando: Que el Departamento Ejecutivo se encuentra abocado a una restructuración administrativa que permita una estructura funcional moderna y acorde con las reales necesidades de esta comuna, permitiendo brindar con celeridad, eficiencia y simplicidad los servicios requeridos por la comunidad; Que dentro de ese marco, se considera conveniente que el actual Secretario de Hacienda, Lic. Carlos Alberto Figueredo, pase a desempeñarse como Secretario de Modernización del estado Municipal; Que se debe confeccionar el acto administrativo pertinente. Por ello: El Intendente de la Municipalidad de Pinamar en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades DECRETA Artículo 1º: Dejase sin efecto a partir del día 02 de marzo de 2015 el Artículo 2 y 3 del Decreto 1988/14 por el cual se designa al Lic. Carlos Alberto Figueredo como Secretario de Hacienda, delegando además por dicho acto en su persona la firma del despacho diario de la Secretaría de Modernización del Estado Municipal.- 2 Artículo 2º: Designase a partir del día 02 de marzo de 2015, al Lic. Carlos Alberto Figueredo, DNI 17.525.340 en el Cargo de Secretario de Modernización de Estado Municipal, percibiendo mensualmente una Bonificación por Disponibilidad Horaria equivalente al porcentaje que corresponda al cargo en cuestión.Artículo 3º: Notifíquese por la Dirección de Personal.Artículo 4º: Dese al Registro Oficial del municipio y cumplido, archívese.SR. GUSTAVO MILANESSI Jefe de Gabinete Municipalidad de Pinamar PROF. PEDRO ELIZALDE Intendente Interino Municipalidad de Pinamar 0305/15 Pinamar, 26 de febrero de 2015 Visto y Considerando: Que la Secretaría de Hacienda de esta comuna se encuentra acéfala producto de la sanción del Decreto 303/15; Que se debe designar un profesional que conduzca los destinados de la jurisdicción antes citada; Que la persona que esta en condiciones para tal fin, es el Lic. Matías Melia DNI 28.528.946; Que se debe redactar el acto administrativo que viabilice lo expresado. Por ello: 0304/15 Pinamar, 26 de febrero de 2015 Visto: La Licencia Anual Ordinaria concedida a la Contadora Municipal, Sra. Nora Susana Reynares Solari; y Considerando: Que producto de ello tuvo origen el Decreto 889/14 por el cual se designó al CPN Leandro Manuel Sarobe en dicho cargo de manera interina; Que el Departamento Ejecutivo entiende conveniente materializar el cese del funcionario citado en el considerando anterior, designando en forma interina a la CPN. Silvina Foglia, actualmente Directora Administrativa del Hospital Comunitario Pinamar. Por Ello: El Intendente Interino de la Municipalidad de Pinamar en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades El Intendente de la Municipalidad de Pinamar en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades DECRETA Artículo 1º: Designase a partir del día 02 de marzo de 2015, al Lic. Matías Melia, DNI 28.528.946, en el cargo de Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Pinamar, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente, percibiendo mensualmente una Bonificación por Disponibilidad Horaria equivalente al porcentaje que corresponda al cargo en cuestión.Artículo 2º: Los gastos que ocasione el cumplimiento del presente se imputará al Presupuesto de Gastos en Vigencia.Artículo 3º: Notifíquese por la Dirección de Personal.Artículo 4º: Dese al Registro Oficial del municipio y cumplido, archívese.LIC. CARLOS A. FIGUEREDO Sec. de Hacienda Municipalidad de Pinamar DECRETA Artículo 1º: Dispónese a partir del día 06 de abril de 2015 el cese en el cargo de Contador Municipal interino de esta comuna, del CPN Leandro Sarobe, quedando de esta manera sin efecto en todos sus términos el Decreto 889/14.Artículo 2: Designase a partir del día 06 de abril de 2015 en forma interina en el cargo de Contadora Municipal a la CPN Silvina Foglia, Legajo 2830, percibiendo una Bonificación por Disponibilidad Horaria equivalente al porcentaje que le corresponde al cargo antes citado.Artículo 3: Dejase sin efecto a partir del día 06 de abril de 2015 el Decreto 471/14.Artículo 4:: Procédase a la reserva del cargo de Planta Permanente de Profesional 6 que reviste la profesional de marras, en el marco de lo establecido en el Artículo 17 de la ley 11.757.Artículo 5: Notifíquese por medio de la Dirección de Personal.Artículo 6: Dese al Registro Oficial del municipio y cumplido, archívese.- LIC. CARLOS A. FIGUEREDO Sec. de Hacienda Municipalidad de Pinamar PROF. PEDRO ELIZALDE Intendente Interino Municipalidad de Pinamar PROF. PEDRO ELIZALDE Intendente Interino Municipalidad de Pinamar 0313/15 Pinamar, 26 de febrero de 2015 Visto y Considerando: Que se torna menester ampliar el primer considerando del Decreto Nº 303/15, para mejor interpretación del mismo; Que se debe incorporar la fecha en la cual la Secretaría de Hacienda queda acéfala, sin perjuicio que el Decreto Nº 303/15 lo dispone; Que se debe confeccionar el acto administrativo que regularice la situación. Por ello: El Intendente de la Municipalidad de Pinamar, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades En donde dice: “Que la Secretaría de Hacienda de esta comuna se encuentra acéfala producto de la sanción del Decreto 303/15”, debe decir: “Que se torna menester designar a un funcionario que conduzca los destinos de la Secretaría de Hacienda de esta comuna a partir del día 02 de marzo de 2015;” Artículo 2º: Notifíquese por la Dirección de Personal.Artículo 3º: Dese al Registro Oficial del municipio y cumplido, archívese.LIC. CARLOS A. FIGUEREDO Sec. de Hacienda Municipalidad de Pinamar 0315/15 Pinamar, 27 de febrero de 2015 Visto y Considerando: Que la Coordinación de la Gestión de Planes y Promoción, Capacitación y puesta en marcha de futuros efectivos policiales se encuentra en la actualidad sin funcionario que la conduzca; Que la persona que reúne las condiciones para tal función es el Sr. Jorge Marcelo Cisneros, DNI. 17.020.499; Que se debe otorgar una Bonificación por Disponibilidad Horaria equivalente al 30 % del sueldo básico a percibir mensualmente; Que se debe confeccionar el acto administrativo de rigor. Por ello El Intendente de la Municipalidad de Pinamar en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades DECRETA Artículo 1º: Designase a partir del día 01 de marzo de 2015, al Sr. Jorge Marcelo Cisneros DNI 17.020.499, en el cargo de Coordinación de la Gestión de Planes y Promoción, Capacitación y puesta en marcha de futuros efectivos policiales, con dependencia de la Secretaría de Gobierno, percibiendo además una Bonificación por Disponibilidad Horaria equivalente al 30% del sueldo a percibir mensualmente.Artículo 3º: Los gastos que ocasione el cumplimiento del presente se imputará al Presupuesto de Gastos en Vigencia.Artículo 4º: Notifíquese por la Dirección de Personal.Artículo 5º: Dese al Registro Oficial del municipio y cumplido, archívese.LIC. CARLOS A. FIGUEREDO Sec. de Hacienda Municipalidad de Pinamar BOLETIN OFICIAL N° 520 Pinamar 17 abril de 2015 PROF. PEDRO ELIZALDE Intendente Interino Municipalidad de Pinamar 0318/15 DECRETA Artículo 1º: Modificase el primer considerando del Decreto Nº 305/15 el cual quedará redactado de la siguiente manera: PROF. PEDRO ELIZALDE Intendente Interino Municipalidad de Pinamar Pinamar, 02 de marzo de 2015 Visto: 3 El Expediente 4123-2181/09 Anexo 57; y Considerando: Que el Artículo 9 de la Ordenanza 4442/14 dispone la creación de un (1) Observatorio Ambiental Costero en el Ámbito de la Dirección de Frente Marítimo, con dependencia de la Secretaría de Planeamiento, Obras y Proyectos; Que además se debe contemplar la creación de un cargo Directivo, el cual estará encargado del monitoreo de la totalidad del Frente Marítimo del Partido de Pinamar, aplicando para este menester lo dispuesto en el Artículo Nº 96 de la Ley Nº 14.062 modificatoria de los Artículos Nº 119 y 120 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, que faculta a llevar adelante modificaciones Presupuestarias; Que para materializar lo expresado el Departamento Ejecutivo manifiesta en folio 92, hacer uso de la facultad concedida por el Artículo 186 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, atento que se elevo para su tratamiento y consideración el Calculo de Recursos y Presupuestos de Gastos 2015 al Honorable Concejo Deliberante con afectación presupuestaria para la Dirección de Frente Marítimo, el cual hasta el día de la fecha no ha sido aprobado; Que de esta manera se estaría dando cumplimiento a lo especificado en la Ordenanza 4442/14; Que se debe confeccionar el acto administrativo de rigor. Por ello: El Intendente de la Municipalidad de Pinamar en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades DECRETA Artículo 1º: Crease en la Jurisdicción 1.1.1.01.07.000, a partir del día 03 de marzo de 2015 un (1) Observatorio Ambiental Costero en el Ámbito de la Dirección de Frente Marítimo, con dependencia de la Secretaría de Planeamiento, Obras y Proyectos, haciendo uso de la facultad concedida por el Artículo 186 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.Artículo 2º: Crease a partir del 03 de marzo de 2015 un (1) cargo Directivo, bajo la órbita de la Dirección de Frente Marítimo con dependencia de la Secretaría de Planeamiento, Obras y Proyectos de esta comuna, en el marco de lo dispuesto en el Artículo Nº 96 de la Ley Nº 14.062 modificatoria de los Artículos 118 119 y 120 de la Ley Nº 6769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades, y dentro de la Estructura de Cargos Vigente la cual es parte del Presupuesto aprobado por Ordenanza Nº 4288/13.Artículo 3º: El cargo creado en el artículo 2º será afectado al Observatorio Ambiental Costero, con la función de conducir el monitoreo de la totalidad del Frente Marítimo del Partido de Pinamar.0318/15 Artículo 4º: El Departamento Ejecutivo definirá cual es el cargo directivo de marras y bajo que agrupamiento estará contemplado.- Artículo 5º: El gasto que demande el cometido se imputará al Presupuesto de Gastos en Vigencia.- de la elección del potencial cargo Directivo citado en el artículo 1º: 0319/15 Presidente Artículo 6º: Notifíquese a través de la Dirección de Frente Marítimo.Artículo 7º: Dese al Registro Oficial del municipio y cumplido, archívese.ARQ. ALEJANDRA MEDINA Sec. de Planeamiento, Obras y P. Municipalidad de Pinamar PROF. PEDRO ELIZALDE Intendente Interino Municipalidad de Pinamar 0319/15 Pinamar, 02 de marzo de 2015 Visto: El Expediente 4123-2181/09 Anexo 57; y Considerando: Que el Artículo 9 de la Ordenanza 4442/14 dispone el llamado a Concurso Público de Antecedentes para ocupar un cargo Directivo, el cual estará encargado del monitoreo de toda la jurisdicción del Frente Marítimo del Partido de Pinamar; Que obra en folio 69/78 bases y condiciones que contendrá el llamado; Que la apertura se establece para el día 09 de marzo del corriente año a las 09,00 horas, estando previsto el cierre del mismo el día 25 de marzo de 2015 inclusive; Que de esta manera se estaría dando cumplimiento a lo especificado en la Ordenanza 4442/14; Que a su vez y en el presente acto se debe plasmar la conformación del Comité Evaluador del concurso, el cual estará integrado de la manera que detalla la providencia obrante en folio 100; Que se debe confeccionar el acto administrativo que viabilice lo manifestado; Por ello: El Intendente de la Municipalidad de Pinamar, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades DECRETA Artículo 1º: Llamase a Concurso Público de Antecedentes en el marco de lo dispuesto en el Artículo 9 de la Ordenanza 4442/14, para ocupar un (1) cargo Directivo, el cual estará encargado del monitoreo de toda la jurisdicción del Frente Marítimo del Partido de Pinamar, cuyas bases y condiciones del mismo se encuentran adjuntas en folios 69/78 del expediente del visto y pasan a formar parte del presente como Anexo 1.Artículo 2º: La Fecha apertura se establece para el día 09 de marzo del corriente año a las 09,00 horas, estando previsto el cierre del mismo el día 25 de marzo de 2015 inclusive.Artículo 3º: Conformase el Comité Evaluador del Concurso de marras, por un Presidente y miembros de acuerdo al detalle que seguidamente se enuncia, el cual estará encargado BOLETIN OFICIAL N° 520 Pinamar 17 abril de 2015 Intendente Municipal Miembros Secretario de Planeamiento, Obras y Proyectos Subsecretario de Personal y Administración Un (1) Delegado del Colegio Profesional de Arquitectos Un (1) Delegado del Colegio Profesional de Ingenieros Artículo 4º: Establécese como fecha límite el día 01 de abril de 2015 para que el Comité expida su dictamen de la evaluación de los potenciales postulante.Artículo 5º: El presente debe ser publicado por la Dirección de Prensa en forma conjunta con la Dirección de Frente Marítimo, en medios gráficos locales como así también en la pagina web de la Municipalidad de Pinamar, esto es ww.pinamar.gov.ar.Artículo 6º: Dese al Registro Oficial del municipio y cumplido, archívese.ARQ. ALEJANDRA MEDINA Sec. de Planeamiento, Obras y P. Municipalidad de Pinamar PROF. PEDRO ELIZALDE Intendente Interino Municipalidad de Pinamar 0321/15 Pinamar, 02 de marzo de 2015 Visto: El Expediente 4123-1301/02 Cuerpo 2 y el Decreto 1240/14 que bajo los términos de la Ordenanza 3062/2003 Código Tributario, Título V, Art 38, se faculta al Poder Ejecutivo a conceder a los contribuyentes facilidades para el pago de sus deudas municipales. Considerando: Que el plazo de acogimiento del Decreto 2520/14 fenece el 28/02/2015; Que el mismo debe ser prorrogado hasta el 31 de marzo de 2015; Que se debe dar continuidad a este instrumento dictando el acto administrativo correspondiente. Por ello: El Intendente de la Municipalidad de Pinamar en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ordenanza 3062/03; DECRETA Artículo 1º: Prorrogase en todos sus términos el Decreto 2520/14 hasta el 31 de marzo de 2015 inclusive.Artículo 2º: Notifíquese, dese al Registro Oficial del municipio y cumplido, archívese.LIC. MATÍAS MELÍA Secretario de Hacienda y Turismo Municipalidad de Pinamar PROF. PEDRO ELIZALDE Intendente Interino Municipalidad de Pinamar 0323/15 Pinamar, 03 de marzo de 2015 Visto y Considerando: 4 Que se torna necesario designar a una persona que conduzca los destinos de la Casa de Pinamar en Buenos Aires; Que la persona que reúne condiciones para ocupar el cargo de coordinador es el Sra. Isabel Belaza, Legajo Nº 194, por encontrarse desarrollando tareas en el área con eficiencia y responsabilidad, perteneciendo a la planta permanente como Jefe de División; Que la agente percibirá una bonificación por el instituto de Disponibilidad Horaria equivalente al 50 % del sueldo básico a percibir mensualmente; Que se debe confeccionar el acto administrativo de rigor. en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades Por ello: El Intendente de la Municipalidad de Pinamar en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades Artículo 4º: Dese al Registro Oficial del Municipio y cumplido, archívese.- DECRETA Artículo 1º: Aceptase con retroactividad al día 01 de marzo de 2015, la renuncia presentada por el Sr. Gustavo Naldo Milanessi, al cargo de Jefe de Gabinete de la Municipalidad de Pinamar.Artículo 2º: Reconózcanse las licencias no gozadas por el funcionario, durante cinco (05) días del Ejercicio 2014.Artículo 3º: Notifíquese el contenido del presente a través de la Dirección de Personal.- SR. CLAUDIO GALARZA Secretario de Gobierno y Seguridad Municipalidad de Pinamar PROF. PEDRO ELIZALDE Intendente Interino Municipalidad de Pinamar en el Día Internacional de la Mujer se realizara un evento denominado el “Día de la Mujer Pinamarense”; Que en el mismo se eligirá entre cuatro mujeres pinamarense que se han destacado en sus labores en la comunidad de Pinamar, las elegidas son: Fany Navarro, Hortensia Choque, Doris Bin y Silvia Rodríguez; Que dicho evento se llevará a cabo el día 06 de Marzo de 2015 en las instalaciones de la UADE (Universidad Argentina de la Empresa); Que el Departamento Ejecutivo solicita la confección del decreto declaratorio de Interés Municipal; POR ELLO: El Intendente de la Municipalidad de Pinamar, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades DECRETA Artículo 1º: Designase con retroactividad al día 01 de marzo de 2015, a la Sra. Isabel Belaza, Legajo Nº 194, en el cargo de Coordinadora de la Casa de Pinamar en Buenos Aires, dependiente de la Secretaría de Gobierno, percibiendo una Bonificación por Disponibilidad Horaria equivalente al 50 % del sueldo básico a percibir mensualmente.Artículo 2º: Procédase a la reserva del cargo de planta permanente de Jefe de División que ocupa la persona física mencionada, aplicando lo establecido en el Artículo 17 de la Ley 11.757, con la Bonificación por Función del 50% la cual se le reintegrará una vez que la presente designación quede sin efecto.Artículo 3º: Los gastos que ocasione el cumplimiento del presente se imputará al Presupuesto de Gastos en Vigencia.Artículo 4º: Notifíquese por la Dirección de Personal.Artículo 5º: Dese al Registro Oficial del municipio y cumplido, archívese.SR. CLAUDIO GALARZA Secretario de Gobierno y Seguridad Municipalidad de Pinamar PROF. PEDRO ELIZALDE Intendente Interino Municipalidad de Pinamar 0325/15 Pinamar, 03 de marzo de 2015 Visto y Considerando: La renuncia presentada por el Sr. Guillermo Cesar Connell a su puesto de trabajo que ocupa como Director de Ecología y Medio Ambiente de la Municipalidad de Pinamar; Que la misma se debe a razones personales; Que el Departamento Ejecutivo ha decidido aceptarla, con retroactividad al día 01 de marzo de 2015; Que se torna necesario confeccionar el acto administrativo pertinente. El Intendente de la Municipalidad de Pinamar, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades DECRETA Artículo 1º: Aceptase con retroactividad al día 01 de marzo de 2015, la renuncia presentada por el Sr. Guillermo Cesar Connell, al cargo de Director de Ecología y Medio Ambiente de la Municipalidad de Pinamar.Artículo 2º: Notifíquese el contenido del presente a través de la Dirección de Personal.Artículo 3º: Dese al Registro Oficial del Municipio y cumplido, archívese.SR. CLAUDIO GALARZA Secretario de Gobierno y Seguridad Municipalidad de Pinamar PROF. PEDRO ELIZALDE Intendente Interino Municipalidad de Pinamar 0343/15 Pinamar, Marzo 06 de 2015 Artículo 3º: Dese al Registro Oficial de municipio, notifíquese y cumplido, archívese.PROF. PEDRO ELIZALDE Intendente Interino Municipalidad de Pinamar 0346/15 Pinamar, 06 de Marzo de 2015 Que la Secretaría de Servicios Urbanos se encuentra en la actualidad sin titular en el cargo de secretario; Que se debe designar una persona que conduzca los destinados de la jurisdicción antes citada; Que la persona que esta en condiciones para tal fin, es el Sr. Hugo Esteban Suescun, DNI 21.826.569, quién en la actualidad se encuentra cumpliendo funciones como Director de Servicios Urbanos área norte Que el funcionario en cuestión percibirá una bonificación por el instituto de Disponibilidad Horaria equivalente al 98% (por ciento) del sueldo básico a percibir; Que se debe redactar el acto administrativo que viabilice lo expresado. VISTO: El expediente 4123- Por ello: 686/2015; y Por ello: CONSIDERANDO: El Intendente de la Municipalidad de Pinamar, Artículo 2º: Dejase establecido que los gastos que puedan ocasionarse será imputados en las partidas correspondiente al Presupuesto de Gastos en vigencia.- Visto y Considerando: Visto y Considerando: La renuncia presentada por el Sr. Gustavo Naldo Milanessi a su puesto de trabajo que ocupa como Jefe de Gabinete de la Municipalidad de Pinamar; Que la misma se debe a razones personales; Que el Departamento Ejecutivo ha decidido aceptarla, con retroactividad al día 01 de marzo de 2015; Que se torna necesario confeccionar el acto administrativo pertinente. Artículo 1º: Declarase de Interés Municipal el evento denominado “El Día de la Mujer Pinamarense”, que se llevara a cabo en las instalaciones de la UADE de la Localidad de Pinamar, el día 06 de Marzo de 2015, organizado por el Observatorio de Violencia y Adicciones de la Municipalidad de Pinamar.- SR. CLAUDIO GALARZA Secretario de Gobierno y Seguridad Municipalidad de Pinamar Por ello: 0324/15 Pinamar, 03 de marzo de 2015 DECRETA Que la Dirección del Observatorio de Violencia y Adicciones informa que BOLETIN OFICIAL N° 520 Pinamar 17 abril de 2015 El Intendente de la Municipalidad de Pinamar en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades 5 DECRETA Artículo 1º: Designase con retroactividad al día 02 de Marzo de 2015, al Sr. Hugo Suescun, Legajo Nº 1536, en el cargo de Secretario de Servicios Urbanos de la Municipalidad de Pinamar, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente, percibiendo además una Bonificación por Disponibilidad Horaria equivalente al 98% del sueldo básico a percibir mensualmente.Artículo 2º: Dejase sin efecto con retroactividad al día 01 de Marzo de 2015 el Decreto Nº 075/15.Artículo 3º: Los gastos que ocasione el cumplimiento del presente se imputará al Presupuesto de Gastos en Vigencia.Artículo 4º: Notifíquese por la Dirección de Personal.Artículo 5º: Dese al Registro Oficial del municipio y cumplido, archívese.SR. CLAUDIO GALARZA Secretario de Gobierno y Seguridad Municipalidad de Pinamar PROF. PEDRO ELIZALDE Intendente Interino Municipalidad de Pinamar BOLETIN OFICIAL N° 520 Pinamar 17 abril de 2015 6
© Copyright 2024 ExpyDoc