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CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES
Que celebran en XXXXXXXXXXXXX a los XX días del mes de abril de 2015, por una parte la persona física, de nombre
___________________________________________________________________________________________________________
______________________, con domicilio en____________________________________________________________________
________________________________________________________________________, y a quien en lo sucesivo y para efectos de
este contrato se le denominará como “EL CLIENTE” y por la otra parte el LIC. JOSE FRANCISCO MÁRQUEZ SEVILLA, con No. de
cedula 8368921, y con domicilio en ubicado en Calle Isla Palos No. 1558, Colonia Colón, C.P. 44920, en la Ciudad de Guadalajara,
Jalisco, a quien en lo sucesivo se le denominará como “EL ABOGADO”. Las partes manifiestan tener propalado un Contrato de
Prestación de Servicios Profesionales que sujetan al tenor de los siguientes Cláusulas:
PRIMERA.- “EL CLIENTE” contrata los servicios profesionales de “EL ABOGADO” para que inicie y lleve hasta su culminación, en
nombre y representación del mismo; a) procedimiento laboral para reclamar la acción de la homologación salarial en contra de
“SERVIFON S.A. DE C.V”. y “RADIOMOVIL DIPSA S.A. DE C.V.” (Telcel) y que como consecuencia se le pague lo que dejo de
percibir por cuestión de salario, primas, vacaciones, aguinaldo, seguridad social, y todas aquellas prestaciones laborales a que sea
acreedor. b) En su caso, procedimiento laboral ordinario para reclamar la acción de reinstalación o de indemnización en contra de
“SERVIFON S.A. DE C.V”. y “RADIOMOVIL DIPSA S.A. DE C.V.” (Telcel). Dicho contrato faculta a “EL ABOGADO” en términos
amplios a realizar la labor de litigio, y con capacidad para que sustituya las facultades concedidas en términos de la carta poder que
forma parte integrante del presente instrumento y se adjunta como ANEXO 1 y que se celebra al momento que se suscribe el presente
contrato, así mismo EL CLIENTE le concede la facultad para ratificar, aclarar, ampliar y modificar sus conceptos de demanda,
interponer la acción de reinstalación o de indemnización, presentación de promociones y excepciones, recursos de apelación, la
interposición del juicio de amparo y sus recursos, así como percibir valores y/o cantidades líquidas, y el cobro de las gestiones
judiciales y/o extrajudiciales requeridas y necesarias para recaudar las sumas liquidas que lleguen a ser objeto de la conciliación,
convenio dentro o fuera de juicio, laudo o sentencia.
SEGUNDA.- “EL ABOGADO” acepta el encargo y se compromete a poner a su servicio lo mejor de su ciencia y experiencia jurídica
para la mejor defensa de los intereses de “EL CLIENTE”.
TERCERA.- La duración del contrato se extenderá por todo el término requerido para la ejecución de su objeto.
CUARTA.- Los Honorarios Profesionales de “EL ABOGADO” se determinarán por el método de participación porcentual del resultado
favorable y que corresponde al 30% TREINTA POR CIENTO del total de lo recuperado, por el reconocimiento de la homologación
salarial, indemnizaciones y/o condenas que se decreten a favor de “EL CLIENTE” por cualquier causa y en contra de las demandadas
en cualquiera de los eventos, actuaciones y/o acciones de qué trata la cláusula primera de este instrumento. “EL ABOGADO” queda
facultado para recibir cualquier suma de dinero a nombre de “EL CLIENTE”, y deducir del valor que reciba el monto de los honorarios
profesionales tal como se determina en la presente cláusula, así mismo “EL ABOGADO” dentro del término de los 5 días hábiles
siguientes al recibo de las sumas de dinero, deberá efectuar la entrega de los recursos que correspondan a “EL CLIENTE”. El importe
del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) que corresponda, o cualquier otro impuesto que lo sustituya o lo adicione, deberán ser
asumidos por “EL CLIENTE”. Obligándose “EL CLIENTE” a que si recibe la total o parte de las sumas líquidas reclamadas en la
primera cláusula deberá entregar íntegramente el monto que resulte del porcentaje acordado en esta cláusula a “EL ABOGADO” en
un plazo máximo de 3 días naturales a la fecha de recepción, en caso contrario, podrán ser cobradas ejecutivamente por medio de
este instrumento las sumas que lleguen a deberse, teniendo un interés moratorio del 5% (cinco) por ciento mensual. “EL CLIENTE”
reconoce que en el caso que decida rescindir o dar por terminado anticipadamente los efectos de este contrato será acreedor a la
pena convencional que en este acto se acuerda de manera voluntaria sin coacción legal alguna, elevándolo a pacto comisorio
expreso, obligándose a cubrir al “EL ABOGADO”, el 30% treinta por ciento del monto total de las acciones de pago reclamadas,
cuantificándose como si el asunto se hubiera concluido y las cantidades se hubieran recibido por “EL CLIENTE”, cuantificado al
momento de la emisión del laudo o del cobro que recibiera sin dar aviso a “EL ABOGADO”.
QUINTA.- Los costos del procedimiento jurídico y gastos procesales que se generen serán cubiertos por “EL ABOGADO”.
SEXTA.- “EL ABOGADO” queda facultado para subcontratar a la persona(s) o firma(s) de abogados que crea prudente para gestionar
la debida defensa de los intereses de “EL CLIENTE”.
SEPTIMA.- “EL CLIENTE” se obliga a suministrar toda la información y documentos que se requieran para la presentación de la
demanda y desarrollo del litigio; a no conciliar a espaldas de “EL ABOGADO” o sin su consentimiento y a no cobrar las sumas de
dinero por fuera del juicio sin consentimiento previo de “EL ABOGADO”; así como a estar en estrecho y directo contacto con “EL
ABOGADO” por si se requiere algún otro documento, firma o autorización y se obliga a sí mismo a pagar de manera íntegra los
honorarios profesionales de “EL ABOGADO”, y a mantenerse en contacto mediante los medios electrónicos, telefónicos o direcciones
físicas que este mismo le proporcione.
OCTAVA.- Para la interpretación y/o cumplimiento del presente contrato, las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los
Tribunales de la Ciudad de Guadalajara, Jalisco, renunciando a cualquier otro fuero que por razón de grado, materia, cuantía o
domicilio presente o futuro les pudiese corresponder.
Leído el presente en voz alta y enterados de todos sus alcances y efectos legales, se firman de conformidad por los que
intervinieron el presente contrato.
EL CLIENTE
FIRMA
NOMBRE
EL ABOGADO
LIC. JOSE FRANCISCO MARQUEZ SEVILLA
TESTIGO
BLANCA JANETT GURROLA MORALES
TESTIGO
KARLA GUZMÁN GOMEZ