ACTA DE LA SESION Nº 1 DEL AYUNTAMIENTO PLENO. LUGAR: Salón de actos de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de L’Eliana. FECHA: 26 de enero de 2015 HORA DE INICIO: 17:00 CARÁCTER DE LA SESION: ordinario. CONVOCATORIA: primera ASISTENTES: ALCALDE-PRESIDENTE: D. José Mª Ángel Batalla. CONCEJALES: Dª Mercedes Berenguer Llorens. Dª Marta Andrés Peiró. D. Pedro Julio Ingles Calaforra. Dª. Isabel Castelló García. D. José Enrique Martínez Escrivá. Dª Inmaculada Marco Andrés D. Sergio Montaner Blat Dª Asunción Quinzá Alegre. D. Jose Manuel Ibañez Ruiz. Dª Mª Angeles Ubiedo Tortajada Dª Mª José Marco Sanchís. D. Ernesto Talens Martínez. Dª. Pilar García Corral. Dª. Mª del Carmen Navarro González. D. José Lorente Marco SECRETARIO: D. Rafael García Matíes, que da fe del acto. EL INTERVENTOR ACCIDENTAL: D. Enrique Crespo Asunción. El Sr. Alcalde excusa a la Sra. Inmaculada García Poyato. Comprobada la existencia de quórum legal de asistencia, se procede a conocer los asuntos incluidos en el Orden del Día. 1.- Aprobación si procede de las actas anteriores nº 11, 12 y 13 de fecha 7 y 24 de noviembre de 2014 y 19 de diciembre de 2014. Se aprueban las tres actas por unanimidad sin introducir modificación alguna. 2.- Toma de posesión de concejales electos D. Ernesto Talens Martinez, Dª Maria Pilar García Corral y Dª María del Carmen Navarro González. Se da cuenta al Pleno que después de la renuncia de los tres concejales del partido Popular, de la que tomó conocimiento el Ayuntamiento en su sesión de 19 de diciembre de 2014, se procedió a solicitar a la Junta Electoral Central la expedición de las credenciales acreditativas de la condición de concejal/a electo/a a favor de los tres candidatos siguientes en la lista del mismo partido, que son D. ERNESTO TALENS MARTINEZ, DOÑA MARIA PILAR GARCIA CORRAL Y DOÑA MARIA DEL CARMEN NAVARRO GONZALEZ. Las credenciales han sido expedidas a favor de los citados concejales electos en fecha 14 de enero de 2015, constando copia de las mismas en el expediente. El Secretario de la Corporación da cuenta que los tres concejales electos han formulado la declaración de bienes e intereses que preceptúa el artículo 75.5 de la Ley 7/1985 de 2 de Abril y en el artículo 131 de la Ley 8/2010 de la Generalitat Valenciana, mediante el formulario establecido Decreto 191/2010 de 19 de noviembre, del Consell por el que se regulan las declaraciones de actividades y de bienes de los miembros de las corporaciones locales de la Comunitat Valenciana, Los Sres concejales electos proceden a prestar promesa o juramento de acatamiento a la Constitución conforme a la fórmula siguiente, establecida en el Real Decreto 707/1979, de 1 de abril: “Juro/prometo por mi conciencia y honor cumplir fielmente las obligaciones del cargo de Concejal/a del Ayuntamiento de L’Eliana con lealtad al Rey, y guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado”. Acto seguido, habiéndose cumplido los requisitos exigidos los asistentes proceden a tomar posesión de sus cargos ante el Pleno, quedando integrados en el grupo municipal Popular y a formar parte del Ayuntamiento Pleno a todos los efectos, pudiendo ya intervenir a partir de este momento en la sesión y por lo tanto a debatir y votar los asuntos que se trataran seguidamente. El Sr. Alcalde, comenta que no hay mayor satisfacción que la de ser concejal del pueblo en el que uno vive, ya que detrás está el afecto de todos los que les votan, por ello les da la enhorabuena a los nuevos integrantes del Pleno. . HACIENDA, CONTROL PRESUPUESTARIO, RECURSOS HUMANOS, SERVICIOS GENERALES, MODERNIZACIÓN Y ESPECIAL DE CUENTAS. 3.- Ratificación del decreto 2781/2014, de 19 de diciembre, designando Juez de Paz sustituto. De conformidad con lo acordado en la Comisión Informativa celebrada el día 22 de enero del actual. “ Dando cumplimiento al escrito del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de 24 de octubre de 2014 (RE nº 7088) para el nombramiento de Juez de Paz sustituto y habiéndose acordado iniciar el procedimiento para la elección mediante resolución de alcaldía 2393/2014 de 4 de noviembre de 2014 dando cuenta al Ayuntamiento Pleno de fecha 24 de noviembre de 2014 , y publicados los pertinentes anuncios en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia nº 271, de 14 de noviembre de 2014, se han presentado las siguientes solicitudes dentro del plazo: 1.- D. RAFAEL DESCO COLL Resultando que, en la actualidad, D. Rafael Desco Coll ocupa la plaza de juez de paz sustituto, en quien concurren los requisitos legales y reglamentarios para efectuar el nombramiento en la vacante de Juez de Paz sustituto. Resultando que en el Pleno de fecha 24/11/2014, se dio cuenta del inicio del expediente para el nombramiento del Juez de Paz Sustituto. Visto que el próximo pleno ordinario se celebrará en enero del 2015 y dado que el mandato del actual Juez de Paz sustituto finaliza con anterioridad a esa fecha. De conformidad con lo establecido en los artículos 101y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículos 4 y siguientes del Reglamento 3/95 de 7 de junio de Jueces de Paz. RESUELVO Primero.- Designar a D. Rafael Desco Coll, vecino de L’Eliana, con D.N.I. 22.678.266-S, para el cargo de de Juez de Paz sustituto de L’Eliana. Segundo.- Ratificar por el Pleno en la próxima sesión que se celebre. Tercero: Dar traslado del presente decreto, así como la solicitud del interesado, al Juez Decano de 1ª instancia e instrucción de Liria para que, por su conducto, sea remitido a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana al objeto de que se acuerde, si así procede, el nombramiento del vecino propuesto para el referido cargo. Dese igualmente cuenta del presente acuerdo al interesado y al Juez de Paz Titular de l´Eliana”. El Ayuntamiento Pleno ratifica el decreto por unanimidad. Intervenciones Sr. Montaner, felicita y da la bienvenida en nombre del grupo popular a los nuevos concejales. Comenta que son tres compañeros y vecinos que anteponen los intereses colectivos de los vecinos a sus intereses personales. Les recomienda desde el corazón que trabajen siempre desde el consenso y la construcción y nunca buscando la descalificación. Como consejo personal les comenta que no hay nada más gratificante que trabajar por los vecinos. Pone de manifiesto que su grupo va a aprobar el nombramiento del Juez de Paz Sustituto, y le agradece su dedicación al pueblo. Sr. Lorente, da la bienvenida a los nuevos concejales y les desea que puedan tener un trabajo fructífero para el municipio. También señala que su grupo está de acuerdo con la designación del Juez de Paz sustituto. Sra. Berenguer, comenta que su grupo también esta de acuerdo con la continuidad de Rafael Desco por su labor y trayectoria. SERVICIOS URBANOS, SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL, COOPERACIÓN Y VOLUNTARIADO. 4.- Ratificación del decreto 4/2015, por la que adjudica el bar restaurante del polideportivo municipal. De conformidad con lo acordado en la Comisión Informativa celebrada el día 22 de enero del actual. “Visto que por diligencia, de fecha 28 de febrero de 2014, extendida por la Concejal delegada de servicios, se inició el expediente de contratación por procedimiento abierto para convocar licitación con la finalidad de adjudicar el contrato para la utilización privativa parcial del dominio público local, consistente en la explotación de instalación de bar restaurante en el Polideportivo municipal, habiendo de realizar obras de inversión para cumplir con la normativa en materia de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos, y en el orden higiénico – sanitario, cuantificadas en 75.686’23 € de presupuesto de contrata (IVA incluido), según el proyecto técnico de reforma de cocina y aseos, redactado por MGMproyectos Ingeniería, que le corresponderá ser asumidas por el contratista durante el período de duración del contrato, para poder desarrollar la actividad de bar – restaurante, Vistos los pliegos de prescripciones técnicas, redactados por el técnico municipal, y de cláusulas administrativas particulares, redactadas por el Oficial Mayor, y los informes emitidos por ambos, aprobados en sesión plenaria celebrada en fecha 29 de abril de 2014, Visto que, habiendo sido declarada desierta la licitación, por resolución de esta Alcaldía núm. 1.885/2014, de 25 de agosto, se convocó por procedimiento negociado sin publicidad nueva licitación, formulándose consulta con empresas del sector de hostelería, con implantación en esta localidad y anuncio inserto en la red telemática municipal, únicamente se han presentado dos proposiciones, suscritas por Dª ADRIANA MIHALACHE CHIRPAC y la mercantil L’APAT DE L’ABAT S.L., Vistas las distintas sesiones celebradas por la Mesa de Contratación, habiendo aportado las licitadoras presentadas la documentación exigida, y que por el técnico municipal se ha emitido informe de valoración de la proposición formulada en el sentido siguiente: Licitador nº 1 Dª ADRIANA MIHALACHE CHIRPAC. Criterios valorables mediante cifras o porcentajes: Oferta económica……………………………………………80 puntos Mejoras: Calificación energética……………………………………... 0 puntos Instalación en interior de cocina de 4 uds contenedor….. 1’5 puntos Mecanismos de ahorro de agua…………………………… 1’5 puntos Subtotal………………….. 83 puntos Criterios evaluados según juicio de valor………………. 8’50 puntos Total………………………. 91’50 puntos Licitador nº 2 L’APAT DE L’ABAT S.L. Criterios valorables mediante cifras o porcentajes: Oferta económica……………………………………………20’05 puntos Mejoras: Calificación energética……………………………………... 0 puntos Instalación en interior de cocina de 4 uds contenedor….. 0 puntos Mecanismos de ahorro de agua…………………………… 0puntos Subtotal………………….. 20’05 puntos Criterios evaluados según juicio de valor………………. 3’25 puntos Total………………………. 23’30 puntos Vista la propuesta de adjudicación formulada al respecto por la Mesa de contratación, en reunión del día 15 de diciembre de 2014, de la cual se le ha dado traslado a ambos licitadores, con expresión de las vías de impugnación a que haya lugar y demás apercibimientos correspondientes. Visto que en fecha 23 de diciembre de 2014 la licitadora propuesta como adjudicataria ha aportado la siguiente documentación: Fianzas por importe de 3.000 €, correspondiente al 10% del canon propuesto, y 3.784’31 € en concepto del 5% del presupuesto de contrata de las obras que se obliga a ejecutar. Propuesta de seguro de responsabilidad civil, cuya póliza habrá de suscribir al inicio de la explotación del bar restaurante Acreditación de la solvencia económica y financiera mediante seguro de responsabilidad civil en vigor, referido al establecimiento que viene explotando en la actualidad, por una suma asegurada de 500.000 € Acreditación de la solvencia técnica o profesional por experiencia obtenida en el ejercicio de actividad en el sector de hostelería durante 13 años, incorporando documentación relativa a regularización fiscal y a licencia municipal de actividad en C/. Padre Damián, núm.1, de este Municipio Certificación de estar al corriente en las obligaciones tributarias, expedido por la Agencia Tributaria, en fecha 04.09.2014 Certificación de estar al corriente en las obligaciones con la Seguridad Social, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social en fecha 04.09.2014 Visto que por resolución de Alcaldía núm. 4/2015, de 5 de enero, se le ha dado traslado de la propuesta de adjudicación formulada por la Mesa de Contratación, una vez aportada la documentación requerida, Vistos los siguientes argumentos jurídicos: Conforme a lo dispuesto por el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, en relación con el texto refundido de la Ley de contratos del sector público (en adelante, TRLCSP), aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por no tratarse de la prestación de un servicio, sino de la utilización privativa de un bien de dominio público, consistente en la explotación de bar vinculada a la instalación principal que está destinada a los servicios deportivos, se considera como más idónea, por las características propias mencionadas, la figura o modalidad de contrato administrativo especial, y que al preverse la realización de obra pública, se reflejan en el pliego de cláusulas administrativas particulares las necesarias previsiones respecto a la ejecución de dicha actuación inversora, por lo que se refiere a la selección del subcontratista y en cuanto los excesos económicos que durante la ejecución de la obra puedan plantearse por la dirección técnica o por el propio adjudicatario. Según la base 12ª de las Bases de Ejecución contenidas en el Presupuesto Municipal del presente ejercicio, no se requiere la fiscalización previa de ingresos, sino la toma de razón en contabilidad, y así consta en el informe emitido por Intervención. Conforme a la disposición adicional segunda del citado TRLCSP, al rebasar el período máximo de cuatro años, la convocatoria de licitación y la adjudicación son atribuciones del Pleno de la Corporación, sin perjuicio de que en tanto se somete a su consideración, por la Alcaldía o la Junta de Gobierno Local, como órgano de asistencia a la Alcaldía, pueda adoptarse resolución o acuerdo de adjudicación, teniendo en cuenta que la licitación por procedimiento abierto fue declarada desierta y que la propuesta formulada por la Mesa de Contratación se refiere a la subsiguiente convocatoria por procedimiento negociado. Vista la propuesta de la Concejal Delegada de Servicios. El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda: 1º. Ratificar la resolución núm. 4/2015, de 5 de enero, por la que se procede a la adjudicación del contrato administrativo especial de explotación del bar – restaurante del Polideportivo Municipal, por procedimiento negociado, por período de 10 años, de conformidad con la propuesta formulada por la Mesa de Contratación, a Dª ADRIANA MIHALACHE CHIRPAC, por un canon anual de 3.000’00 euros (IVA no incluido), o el equivalente de 30.000’00 euros más IVA, correspondiente a la total duración del contrato. 2º. . Indicar a la adjudicataria que, por haber sido aportada la documentación requerida y una vez formalizado el contrato, deberá emprender los trabajos para la realización de las obras de adaptación, indicando los datos del empresario constructor y, en su caso, de subcontratista, a cuyo fin habrá de ponerse en contacto con la Arquitecta municipal para la extensión de la correspondiente acta de comprobación de replanteo, así como de visita “in situ” para elaborar listado de material existente y estado del local o sus dependencias e instalaciones y demás aspectos que haya que hacer constar, pudiendo ser asistida al respecto por el Ingeniero Sr. Esparza y el Arquitecto Técnico Sr. Trull. 3º. Insistir que la adjudicataria habrá de satisfacer, en todo caso, los costes por las facturaciones que sean giradas en concepto de suministros de energía eléctrica, agua y gas, y prima por el seguro de responsabilidad civil y por los demás proveedores, y a sufragar a su costa los costes de inversión correspondientes a la ejecución de obras de adaptación previstas en el pliego de prescripciones técnicas, y que periódicamente habrá de actualizar la acreditación de estar al corriente en las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, así como darse de alta en el impuesto sobre actividades económicas por la actividad que efectivamente desarrolle, una vez concluidas las mencionadas obras de adaptación. 4º. Nombrar como responsable supervisor de la ejecución de las obras de adaptación a la expresada Arquitecta municipal, Dª Amparo Ferrer, y respecto al desarrollo de la actividad en el sector de hostelería al Ingeniero D. Sergio Esparza Rico, sin perjuicio de la necesaria coordinación entre ambos y de la gestión que le competa a la Alcaldía o Concejal con delegación al efecto, respecto a la verificación de la actividad que se desarrolla, en especial de las relaciones con las personas usuarias en materia de consumo u otros aspectos o sobre cumplimiento de las obligaciones y deberes señalados en los pliegos. 5º. Difundir la adjudicación de la presente licitación mediante anuncio que será inserto en la red telemática municipal (página “web”: leliana.es, en la sección de contratación pública). 6º. Notificar la presente resolución a la adjudicataria, con expresión de las vías de impugnación a que haya lugar y demás apercibimientos legales de rigor, acompañándole un borrador del ejemplar del contrato que habría de ser suscrito, así como al restante licitador, la mercantil L’APAT DE L’ABAT S.L. 7º. Dar traslado del presente acuerdo a Intervención a efectos de toma de razón en contabilidad y fiscalización de ingresos, una vez adjudicado el contrato, así como a Tesorería a los fines de gestión de los ingresos y de la garantía que habrá de ser constituida por la contratista, y al departamento de contratación para la redacción del contrato que haya de formalizarse, una vez constituidas las garantías exigidas. 8º. Poner en conocimiento de los técnicos municipales la presente resolución, a fin de que realicen las actuaciones para determinar el cómputo del inicio de las obras de adaptación proyectadas y suscribir el acta de inicio de actividad, realizando un seguimiento adecuado de la misma, así como inspección y supervisión de las deficiencias que se observen.” 9º. Formalizar el correspondiente contrato administrativo con la adjudicataria, adjuntando los pliegos de prescripciones técnicas y de cláusulas administrativas que rigen en la licitación. Intervenciones No hay intervenciones. PROMOCIÓN CULTURAL, JUVENTUD, EMPLEO, EDUCACIÓN, INFANCIA Y HERMANAMIENTO. 5.- Declaración como escritor del año Carles Salvador. De conformidad con lo acordado en la Comisión Informativa celebrada el día 22 de enero del actual. Visto el escrito que formula el Centre d’Estudis Locals (CEL), en el que señala que la Academia Valenciana de la Llengua (AVL) ha escogido como escritor del año 2015 a Carles Salvador y atendiendo a que fue persona clave para que se firmaran las normas de Castelló y solicita que el Ayuntamiento organice actos y actividades para dar a conocer a los ciudadanos, la obra y vida del maestro castellonense. Visto que el Ayuntamiento ya ha iniciado contactos con las escuelas y las AMPAS. El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda, Primero.- Adherirse a la declaración de la AVL designando como escritor del año 2015 a Carles Salvador. Segundo.- Que por el Ayuntamiento, se proceda a organizar y celebrar actos y actividades para dar a conocer la obra y la vida de Carles Salvador durante el año 2015 y a tal efecto continuar las consultas con la Comunidad Escolar y las AMPAS. Tercero.- Facultar al Sr. Alcalde para la ejecución del presente acuerdo. Intervenciones Sra. Inmaculada Marco, comenta que visto el escrito del CEL, en el que se dice que la Academia Valenciana de la Lengua ha elegido como escritor del año de 2015 a Carlos Salvador, al cumplirse en el año 2015 los 60 años de su muerte, el Ayuntamiento se va a adherir a la propuesta del CEl y de la AVL, y por ello designar también en L’Eliana el año 2015 año de Carles Salvador, programando actividades municipales. En este sentido recuerda que Carles Salvador fue uno de los promotores, director académico y lingüista que aprobaron las normas del año 32 de Castellón. También manifiesta que aparte der poeta y escritor también era maestro titular de Benasal y que dentro de la docencia desarrolló la labor de la enseñanza y las normas del valenciano. Considera que en este momento lo que hay que hacer es prestar un especial apoyo a la labor de los profesores de la línea de valenciano. Sra. Mª Jose Marco, señala que su grupo también se va a sumar a la designación de Carles Salvador como escritor del año 2015, como lo ha hecho la Conselleria o la Diputación de Valencia. Manifiesta que a parte de ser maestro también fue un gran dramático valenciano, impulsor de las escuelas de enseñanza en valenciano y el encargado de difundir las normas ortográficas del valenciano. Por ello consideran que fue una persona clave en la difusión del valenciano dentro de la Comunidad Valenciana. Por ello comenta que recordar a Carles Salvador es recordar la identidad con la cultura y tradiciones valencianas. 6.- Moción del grupo popular sobre horario biblioteca. De conformidad con lo acordado en la Comisión Informativa celebrada el día 22 de enero del actual. La biblioteca pública municipal de L’Eliana, tiene un horario de apertura de 9:30 a 13:30 y de 15 a 21 horas, de lunes a viernes y sábados y domingos cerrado, que es a todas luces insuficiente para los estudiantes que necesitan acudir a este lugar para poder preparar sus clases. La insuficiencia de este horario se hace mas patente aún en época de exámenes, donde no solo tienen que soportar el poco tiempo de apertura de que se dispone, si no que a este se añade otro problema como es el de la masificación, por haber más estudiantes que sitio para estudiar, por lo que muchos optan por acudir a bibliotecas de otros pueblos o de Valencia, para poder preparar sus exámenes. Sometida la moción a votación da el siguiente resultado votos a favor 8 (PP), votos en contra 8 (PSOE e IU), repetida la votación obtiene el mismo resultado por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 100.3 del Reglamento de Organización Funcionamiento y Régimen Jurídico de las entidades Locales, decide el voto de calidad del presidente que se integra en el grupo socialista, en consecuencia la moción queda rechazada. 1º Que el horario de la biblioteca se aumente hasta las 24 horas del día, los siete días de la semana en época de exámenes. 2º Que en época de exámenes se reubique el mobiliario de la biblioteca, de modo que haya más espacio y dotarla de mas mesas y sillas para que quepan todas las personas que acudan a estudiar, habilitando si es preciso el antiguo salón de actos en caso de saturación. Intervenciones Sr. Talens, explica la moción y comenta que desde el grupo popular consideran que el horario de la biblioteca es insuficiente, porque, en otros municipios colindantes las bibliotecas tienen la capacidad de abrir 24 horas, y facilitar a los estudiantes las condiciones necesarias para poder estudiar. Comenta que como mínimo quince días antes de los exámenes se debería tener ese horario. En este sentido indica que el horario lectivo de las universidades acaba el 15 de diciembre, mientras que la biblioteca de L’Eliana abre el dos de enero, en horario ampliado. Por lo que parece, según indica, que al Ayuntamiento le importan más otras cosas, como por ejemplo hacer un taller de cocina, mientras que para ampliar el horario de la biblioteca siempre hay problemas. En definitiva señala que el horario de 9:00 a 24:00 horas, no les parece mal, pero sería corto así como el espacio que tienen para estudiar, por eso solicitan al Ayuntamiento que sea más ambicioso en las políticas de juventud. Sr. Lorente, pone de manifiesto que lo que el Sr. Talens ha comentado no es exacto, ya que el horario de la biblioteca desde el año 2011 es un horario que fue ampliado no sólo de lunes a viernes, sino que es un horario en el que se abre de 9:00 a 24:00 horas de lunes a viernes, habiendo luego un incremento de horario también los fines de semana de 9:00 a 14:00 y de 16:00 a 24:00 horas, por ello señala que está abierta prácticamente durante toda la semana. También manifiesta que el horario lectivo no acabó el 15 de diciembre, sino casi el 22 de diciembre, que luego comenzaron las vacaciones de navidad, por lo que se abrió la biblioteca el primer día hábil de enero. En este sentido apunta que como los exámenes universitarios empezaron alrededor del 15 de enero, había tiempo suficiente para estudiar. También comenta que se reduce mucho la asistencia de los estudiantes a partir de las 10:00 de la noche, por lo que se demuestra que no es necesario mantenerla abierta durante 24 horas. Sra. Berenguer, reitera lo dicho por el Sr. Lorente, y comenta que ahora tampoco hay ninguna demanda en la biblioteca, por la que se solicite que se amplíe más el horario. Sr. Talens, comenta que según los horarios de la Universidad de Valencia, los exámenes comienzan el nueve de enero. También señala que los miembros de nuevas generaciones del partido popular, si que han solicitado durante muchos años la ampliación del horario de la biblioteca, por lo que si que ha habido demanda. No obstante señala, que no basta con estadísticas, sino que bastaría con que una persona quisiera hacer uso de las instalaciones municipales para que la Corporación tuviera la obligación de facilitarle ese uso, por ello comenta que con que una sola persona quisiera usar la biblioteca, tendría derecho a usarla las 24 horas del día. Para ello señala que se tendrían que utilizar mecanismos como se usan en otros municipios, en los que los propios estudiantes autogestionan la apertura y cierre de la biblioteca. Además señala que por ejemplo en San Antonio de Benageber el grupo municipal socialista está solicitando la apertura de la biblioteca 24 horas, por ello se pregunta porque en L’Eliana no se hace. Sr. Lorente, manifiesta que se utilizan estadísticas, como se hace en todas las empresas, para ganar eficiencia. Por ello considera que de lo que se trata es de buscar la eficiencia de las instituciones públicas, para que al final no se derive su gestión a las empresas privadas. Comenta que es un defensor de lo público y que por ello quiere que las actividades públicas sean igual de eficientes que lo puedan ser las privadas. Manifiesta que no se puede abrir en una biblioteca pública porque lo pida una sola persona, por lo que espera que nunca gobierne el grupo popular, porque si se da lo que pide cada vecino, la eficiencia bajaría, y si en estos momentos hay cero deudas, se pasaría a tener mucha deuda. Reitera que con los horarios en los que está abierta hay suficiente eficiencia no sólo para el municipio sino también para los estudiantes no sólo de L’Eliana sino también de otros municipios, y en este sentido señala que si vienen de otros municipios es porque se da mejor servicio. Asimismo señala que porque lo pidan nuevas generaciones no quiere decir que exista una necesidad. También comenta que la biblioteca municipal está para que los vecinos puedan recoger libros, y que por ello no se puede deshacer la biblioteca porque nuevas generaciones considera que hay que recoger las estanterías para poner una macro sala de estudio, ya que los 20.000 usuarios merecen el mismo respeto, que puedan tener los estudiantes durante tres meses. En este sentido manifiesta que en ningún caso, ha habido por los usuarios una queja, una demanda ni nada que no haya sido la de nuevas generaciones. En definitiva comenta que lo que hay que buscar es la eficiencia en la prestación de los servicios. Sra. Berenguer, comenta que no le puede dar la enhorabuena al nuevo concejal por el estilo que ha utilizado hoy. Comenta que ella nunca ha dejado de estudiar y que además tiene hijos que están estudiando y que usan las bibliotecas, por ello sabe perfectamente a las horas que los usuarios van a la biblioteca y a qué hora están abiertas las bibliotecas universitarias. En relación a lo que ha comentado el Sr. Talens, sobre que si una persona solicita algo hay que dárselo, comenta que si hay un enfermo de hepatitis C, que necesita medicación también hay que dársela, igual que si alguien necesita un cateterismo, ya que se trata de situaciones vitales, en las que está en juego la vida de las personas, por lo que no se puede comparar con que un estudiante no pueda ir a la biblioteca. Sr. Talens, pone de manifiesto que el gobierno del partido popular cubre todas las necesidades de los enfermos de hepatitis C, y que otra cosa es hacer demagogia y mezclar cosas, ya que de lo que se está hablando ahora es de los estudiantes. Le comenta al Sr. Lorente que le extraña que un señor de izquierdas, mercantilice la labor del Ayuntamiento, y que esto no quiere decir que se tengan que dejar fuera las necesidades de algunos estudiantes de L’Eliana. Manifiesta que no es necesario tener abierta la biblioteca 24 horas, porque los estudiantes son suficientemente capaces para autogestionarse. También le comenta al Sr. Lorente, que si dispone de listas con datos personales de los estudiantes que van a la biblioteca, sería necesario cumplir con las garantías de la Ley de Protección de Datos. Señala que están acostumbrados a que por parte del equipo de gobierno no se hagan políticas destinadas a jóvenes, y en este sentido se pregunta dónde están las viviendas de VPO. En definitiva comenta que de lo que se trata es de que los estudiantes de L’Eliana no pueden estudiar cuando quieren hacerlo. 7.- Moción de Izquierda Unida sobre TTIP. De conformidad con lo acordado en la Comisión Informativa celebrada el día 22 de enero del actual. En 2013, la Comisión Europea recibió el mandato de los estados miembros de la Unión Europea (UE) de negociar con los Estados Unidos (EEUU) el Tratado Transatlántico del Comercio y de la Inversión (TTIP por sus siglas en inglés), presuntamente con el fin de incrementar el comercio entre la UE y EEUU, reduciendo las barreras no arancelarias, con objeto de conseguir crear empleo, crecimiento económico y mejora de la competitividad. Desde entonces, UE y EEUU están negociando, de espaldas a la ciudadanía y a sus representantes políticos (parlamentos nacionales y europeo) un amplio acuerdo de liberalización de comercio e inversiones, que representa un serio peligro para la democracia y la debida protección de los derechos laborales, medioambientales y de salud, anteponiendo el interés comercial de los inversores y empresas transnacionales (ETN) al interés general. La información sobre este tratado es muy limitada, y la práctica de implicar solamente a un número muy pequeño de agentes sociales para seguir las negociaciones es fuertemente criticada por los municipios, ya que el resultado de dichas negociaciones tendrá implicaciones importantes para los mismos. Los gobiernos regionales dentro de la UE tienen el derecho a ser informados sobre la legislación que va a ser acordada a escala europea y que les afecta, para que así puedan expresar sus opiniones. Ese derecho no se ha facilitado hasta ahora a las distintas regiones europeas respecto a las negociaciones que se vienen produciendo con relación al TTIP. EEUU y la UE intentan incluir en el TTIP medidas para la protección de los inversores, el denominado “Mecanismo de Resolución de Conflictos Inversor-Estado” (ISDS en inglés). En el caso de presentarse algún conflicto entre una empresa extranjera y un gobierno del nivel que sea, estatal, regional o municipal, un Tribunal de Arbitraje será quien se encargue de resolverlo, Este órgano tendría competencias para imponer indemnizaciones económicas de los estados a los inversores, siempre que estos demuestren que aquellos aplican ciertas medidas (como por ejemplo, la mejora de la protección medioambiental) o que reduzcan los beneficios futuros de una compañía. El Estado en este caso puede recurrir judicialmente la decisión y le pueden dar la razón, pero le va a suponer unos costes procesales muy elevados. Además, las decisiones de los órganos de arbitraje son firmes y no pueden ser apeladas. Aunque las reglas de organismos similares al ISDS son bastante comunes en los acuerdos de libre comercio entre los EEUU o la UE con los países emergentes, con objeto de garantizar cierta previsibilidad de las decisiones legales, éstas no son necesarias en países con sistemas legales y judiciales altamente desarrollados, tales como la Unión Europea y los Estados Unidos. Asimismo, a la ciudadanía le interesa que los servicios públicos sean eficientes para asegurar una buena calidad de vida. El tratado de Lisboa concede a los Estados Miembros de la UE la competencia para definir y organizar los servicios de interés general. Por lo tanto la terminología del acuerdo tiene que ser la misma de los tratados de la UE, especialmente el Tratado de Lisboa. Los servicios públicos continúan evolucionando con los cambios políticos, tecnológicos y sociales. En contraste con ello, los acuerdos comerciales implican a menudo el riesgo de restringir las políticas públicas con “cláusulas freno”, especialmente en el campo de los servicios públicos. En lo que se refiere a la contratación pública, el objetivo que se pretende con el TTIP es utilizar el Acuerdo de Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio (OMC) como justificación para reducir las garantías en la ley de la contratación pública. Cualquier clase de acuerdo, incluyendo la contratación pública debe conducir a aumentar las garantías y no a reducirlas. Ese acuerdo no debe a su vez poner en peligro los aspectos progresivos de la ley de contratación pública de la UE, especialmente los que facilitan el desarrollo regional y local. Estos aspectos son importantes ya que permiten que se realicen las contrataciones públicas teniendo no solo en cuenta el precio sino también otros aspectos como los medioambientales y los sociales. El TTIP, al perseguir la liberalización total de los servicios públicos y la apertura de prestación de los mismos a las ETN, así como a las compras y licitaciones de bienes y servicios de las Administraciones Públicas, pone en peligro todos los servicios públicos y las compras públicas, en todos los niveles de poder, y compromete la habilidad de los representantes elegidos para administrar libremente sus comunidades locales y promocionar la industria, empleo e iniciativas locales. De este modo, las leyes del comercio priman sobre cualquier otra consideración social, e ignoran cualquier legislación continental, nacional, regional o local. Las comunidades locales se encuentran ellas mismas dominadas por ajustes estructurales restrictivos debidos a los acuerdos y las políticas de libre comercio y de protección del inversor. Esta lógica desmantela los servicios públicos y suprime la libertad de los poderes locales para suministrar los servicios públicos y satisfacer las necesidades sociales de sus poblaciones, atendiendo a políticas y planes de desarrollo industrial y de fomento de la industria y empleo locales. Las ciudades y los municipios europeos reconocen la importancia del comercio de mercancías y de servicios para el bienestar de la ciudadanía. Sin embargo, la competitividad y el desarrollo económico no deberían ser los únicos criterios para determinar los acuerdos comerciales tales como el TTIP. Así mismo, los aspectos ecológicos y sociales tienen que ser considerados en cualquier negociación comercial bilateral. También es importante que se realice un análisis comparativo sobre los costes que se generarían en estos ámbitos con la aplicación del tratado respecto a las supuestas ventajas que reportaría el mismo. Este análisis no sólo debe implicar sus efectos económicos potenciales, sino también los impactos que el TTIP podría tener en ámbitos como el social, el económico, el sanitario, el cultural y el medioambiental, tanto en la UE como en los EEUU. Las Administraciones Locales: al estar cerca de las necesidades de sus pueblos, tienen el deber de injerencia y respuesta respecto a lo que trama el TTIP, si no quieren verse acusadas de no ayudar a la población y al planeta en peligro. siendo los canales adecuados para promover los servicios públicos y la industria y empleo locales, se esfuerzan para su promoción como respuesta al interés común. están obligadas a resolver los retos sociales, económicos y medioambientales, y por tanto, a defender la universalidad de los servicios públicos y la protección de la ciudadanía. Las colectividades locales desean ampliar el debate público y democrático sobre lo que está verdaderamente en juego tras este Tratado, y la suerte que correrán los servicios y compras públicas: el comercio y la inversión solamente pueden contribuir al bien común y conducir a intercambios económica y socialmente beneficiosos si respeta las necesidades humanas en todo lugar, y no se basa únicamente en el beneficio de los especuladores financieros y de las empresas multinacionales. la eliminación programada y progresiva de los servicios públicos es al mismo tiempo la eliminación programada y progresiva de la solidaridad y la democracia. la apertura máxima de los servicios y las compras públicas a la competencia produce efectos contraproducentes en cuanto a su accesibilidad, su calidad y su coste. los derechos sociales son derechos inalienables, por lo que no pueden depender exclusivamente de la lógica del mercado. sólo la existencia diversificada de servicios públicos socialmente útiles permite asegurar una calidad de vida digna para todas las personas en todas partes, en estrecho nexo con el ejercicio real de la democracia. el control público debe preservarse para garantizar el acceso a los bienes comunes y a la creación de nuevos servicios públicos, así como para favorecer la industria y empleo locales. Sometida el asunto a votación da el siguiente resultado votos a favor 8 (PSOE e IU), votos en contra 8 (PP), repetida la votación obtiene el mismo resultado por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 100.3 del Reglamento de Organización Funcionamiento y Régimen Jurídico de las entidades Locales, decide el voto de calidad del presidente que se integra en el grupo socialista, por lo que asunto queda aprobado. 1. Declarar a éste Municipio de L’Eliana como Municipio insumiso y opuesto al TTIP, defendiendo los servicios públicos básicos para la solidaridad y redistribución social. 2. Solicitar del Ministerio de Administraciones Públicas del Gobierno de la Nación su apoyo a todas las iniciativas dirigidas a mantener el carácter público de los llamados servicios socialmente útiles. 3. Solicitar del Ministerio de Economía la suspensión de las negociaciones del TTIP y la no ratificación de otros acuerdos comerciales similares, tales como el CETA, con la finalidad de conseguir: ● ● ● ● ● que mecanismos como el ISDS no sean incluidos en éste ni ningún otro tratado. defender la actual política reguladora de la UE y de sus Estados de manera que no se pierdan competencias en materias de legislación social, protección al consumidor y medio ambiente. que el tratado no se limite a objetivos meramente económicos y se le dé la misma importancia y sean de tratados de igual forma en el acuerdo los objetivos sociales y los ambientales. que se termine la actual falta de transparencia de las negociaciones, se haga pública toda la información y se abra un debate público en la UE y sus respectivos parlamentos nacionales. que los servicios públicos y la propiedad intelectual sean excluidos del acuerdo. Intervenciones Sr. Montaner, pone de manifiesto que le preocupa que el concejal de empleo sólo lleve a pleno propuestas que no van dirigidas al pueblo de L’Eliana, sino que podrían servir para cualquier pueblo. Por ello comenta que los tipos de propuesta que esperarían recibir por parte del Sr. Lorente serian las relacionadas con el polígono industrial o los 1.300 desocupados. Asimismo pone de manifiesto que lo que el Sr. Lorente lleva a Pleno es el rechazo a un acuerdo entre la Unión Europea y los EE.UU, que lo que trata de buscar es un acuerdo para eliminar aranceles y barreras burocráticas para importar, exporta y trabajar comercialmente entre ambos continentes. En este sentido lee unas frases que señala fueron dichas por el Sr. Pedro Sánchez del partido socialista, en las que manifiesta que los efectos económicos de este acuerdo de comercio e inversión, tanto para la Unión Europea como para España, iban a ser especialmente positivos, aumentando el producto interior bruto de la Unión Europea, creando empleo, siendo España el cuarto país más beneficiado. Asimismo puso de manifiesto que este acuerdo supondría la creación de muchos puestos de trabajo, siendo la Comunidad Valenciana al ser exportadora una de las más beneficiadas. Por ello le pregunta al Sr. Lorente, que si este tratado de comercio recoge todas estas cuestiones, por qué se opone a todo esto. Sr. Lorente, comenta que este tratado de libre comercio y libre finanzas es una cuestión que viene desde mitad del siglo pasado, cuando las empresas americanas empezaron a ver que su mercado se quedaba circunscrito a su país, y por ello necesitaban salir al exterior para ganar más dinero, por lo que se llegó a un acuerdo con 27 países. Señala que como dicho acuerdo de 1947 les pareció poco en 1995 crearon la Organización Mundial de Comercio, creando a partir de aquí una distribución de todo el comercio mundial. Pone de manifiesto que con esto lo que se refleja es que el crecimiento es para los poderosos, para los ricos y multinacionales. Por ello, ni los vecinos ni los comerciantes locales tienen ningún beneficio de esto. Señala que como la OMC ha llegado a su límite y se ha quedado corta, tienen que inventar este tratado para consolidar la fórmula magistral del crecimiento. Por ello se pregunta el crecimiento económico para qué y la creación de empleo para quién, y que si realmente se va crear empleo o por el contrario se va a destruir. Asimismo se pregunta qué tipo de empleo se va a tener con este tratado, cuando las empresas americanas vengan aquí a producir de otra forma distinta. También pone de manifiesto que el tratado habla de una disminución de los precios y por ello se pregunta cuándo han disminuido los precios, ya que por ejemplo el petróleo nunca ha dejado de subir hasta hace muy poco. Considera que el comercio internacional nunca ha sido beneficioso para los usuarios, porque nunca se han bajado los precios. Sr. Montaner, comenta que el comercio internacional es positivo, sobre todo para las empresas valencianas que exportan, siendo la salida que está teniendo el tejido industrial valenciano. Señala que lo leído anteriormente y dicho por Pedro Sánchez, está publicado en la página web, por lo que son datos dichos por el partido que gobierna junto con el Sr. Lorente. Señala por ello, que es una cuestión que apoya el PSOE en la Unión Europea igual que lo hace el PP. Considera que es un tratado que beneficia a la Unión Europea, a España, a la CCVV y por supuesto a L’Eliana y a sus 1.300 desocupados, ya que todo lo que sea crear empleo en España, antes o después beneficiará a L’Eliana también. Por ello no puede entender porque el Sr. Lorente se opone a algo que puede ser beneficioso para España y para la Comunidad Valenciana. Sr. Lorente, comenta que le descoloca que el Sr. Montaner utilice como soporte ideológico las explicaciones que da el líder de otro partido. Considera que la Comunidad Valenciana va a ser una de las más perjudicadas, porque el tejido industrial de la Comunidad Valenciana no ha sido el mejor desarrollado en los últimos tiempos. Manifiesta que los ciudadanos se van a ver muy perjudicados, porque los derechos laborales y sociales van a ser recortados, ya que el tratado pretende crear una circunstancia de firmar lo mínimo, ya que el acuerdo se pondrán los derechos laborales que tienen los americanos y que son muchísimo más inferiores que los que hay en la Unión Europea, por ello los trabajadores españoles van a ser tremendamente perjudicados. Comenta que una de las cosas que quieren negociar es el salario mínimo, y en este sentido dice que los trabajadores americanos tienen dos salarios mínimos, uno en el que no tienen propinas y otro en el que si tienen propinas. Por ello considera que es una vergüenza que los trabajadores tengan que vivir de las propinas, ya que esto en Europa está suficientemente superado como para que tengan que venir a darnos lecciones. En este sentido también manifiesta que los estadounidenses no tienen derecho de huelga, por lo que se pregunta cómo puede afectar esta cuestión a los trabajadores de la Unión Europea. Asimismo dice que va a afectar negativamente en la agricultura por los cultivos transgénicos, ya que los americanos son los potenciadores de los transgénicos en Europa. Por ello considera es que en España no se pueden perder los derechos y leyes establecidos. Comenta que la agricultura valenciana va a morir cuando entre en vigor este tratado, ya que la diversidad de la agricultura valenciana desaparecerá. Asimismo señala que va a haber un deterioro ambiental porque el modelo agro-industrial crea más contaminación, más consumo, residuos y más desigualdad dentro del norte y del sur. Manifiesta también que el tratado intenta eludir a los parlamentos, ya que se pretende que se creen grandes corporaciones bancarias, lobbies bancarios que puedan tener libertad absoluta de movimientos de capitales. Por ello se busca una desregularización del mercado financiero. Pone de manifiesto que con este tratado también se pretende introducir libremente los alimentos procesados, por lo que a él no le gustaría comer como los americanos. Indica asimismo, que se intenta eliminar la denominación de origen y las etiquetas de los productos que se consumen, para que no se conozcan lo que llevan ni de dónde vienen. También señala que para él es muy importante la calidad del aire y el medio ambiente, y con esta tratado indica que se pone en peligro todo esto. Asimismo comenta que hoy en día quien manda son las empresas transnacionales más que los Estados, y pone come ejemplo que a Alemania se le ha sancionado para pagar a una eléctrica sueca que le demandó por la decisión de abandonar la energía nuclear. En definitiva pone de manifiesto que el comercio de los municipios y de las provincias será destruido por las grandes corporaciones, que no habrá capacidad de competir con las empresas que empiecen a competir por los servicios públicos. Sra. Berenguer, le comenta al Sr. Montaner que no se puede leer sólo la parte de algo, ya que en definitiva lo que se hace es manipular. En este sentido señala que lo que realmente dice el PSOE sobre esta cuestión es que ningún acuerdo de libre comercio con terceros países debe suponer una rebaja en la normativa comunitaria en materia laboral, social o medio-ambiental, y que la protección de datos personales y la seguridad de los consumidores debe estar por encima de todo. También que debe servir para generar crecimiento duradero justo y sostenible y crear ocupación de calidad en Europa, que deber servir de protección al consumidor. Asimismo indica que lo que tampoco se puede hacer es bajar los precios por debajo de lo que cuesta producir y así destruir el comercio. Por ello comenta que se pedía al Gobierno que aplicara la máxima transparencia para poder garantizar el debate en la Unión Europea, en el Parlamento y en todos los miembros de la sociedad civil. Manifiesta que a todo esto el Sr. Garrido del Partido Popular contestó, que no le parecía constructivo ni beneficioso, por ello la proposición le parecía innecesaria y prescindible. 8.- Información municipal. -Se da cuenta de que está a disposición de los concejales en Secretaría los Decretos desde la última sesión y que van desde el 2551 al 2876 de 2014 y del 1 al 171 de 2015. -Se da cuenta de la información económica municipal que ha sido remitida con anterioridad a la celebración del presente Pleno. El Sr.Alcalde, traslada que el Ayuntamiento conjuntamente con la Diputación de Valencia estaba trabajando en una obra muy importante en el “Molí de la LLuna”, por formar parte del patrimonio histórico-artístico, ya que se le había concedido una subvención. Pero este año comenta que el Ayuntamiento no ha sido agraciado con esta subvención, alegando que se había agotado el crédito presupuestario, lo que le ha molestado y por ello va a solicitar una reunión con el Presidente de la Diputación, ya que a otros municipios colindantes si que se les ha concedido. Por ello considera que se podría haber dividido el crédito entre todos los municipios. 9.- Ruegos y preguntas. Sr. Ibañez, en el mismo sentido, comenta que cuando se de una beca o ayuda por parte del Ayuntamiento, también se divida entre todos los que la pidan. Le pregunta y en realidad felicita al Sr. Lorente porque si hay 20.000 usuarios en la biblioteca y hay una población de 18.000, tendrá que venir mucha gente de municipios colindantes. Le pregunta a la Sra. Andrés si tiene fecha prevista para la puesta en marcha del pliego del bar del parque. Sr. Lorente, comenta que la biblioteca es frecuentada por vecinos de Ribarroja y de La Pobla de Vallbona y de urbanizaciones colindantes. Señala que es cierto que hay un número altísimo de usuarios de la biblioteca y que estadísticamente son 20.000, y que le hará llegar la información estadística al Sr. Ibañez. La Sra. Andrés, comenta en cuanto a la licitación del bar del centro socio-cultural que el Sr. Ibañez ha formado parte de las mesas de contratación, y que en las próximas también formará parte. No habiendo más asuntos que tratar, siendo las 18:20 horas, la Presidencia dió por terminada la sesión, de lo que yo el Secretario, doy fe.
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