SUB GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA ¡LO QUE DEBES SABER SOBRE EL IMPUESTO PREDIAL (AUTOVALÚO)! 1. ¿Qué es el Impuesto Predial? Es el Impuesto, cuyo pago es anual hasta el último día hábil del mes de febrero cuya recaudación, administración y fiscalización corresponde a la Municipalidad, a través de la Sub Gerencia de Administración Tributaria. Este tributo grava el valor de los predios urbanos y rústicos en base a su autovalúo. El autovalúo se obtiene aplicando los aranceles y precios unitarios de construcción que formula el Consejo Nacional de Tasaciones y aprueba el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento todos los años. 2. ¿Quién Paga el impuesto Predial? Son contribuyentes de este impuesto: Las personas naturales o jurídicas que al 1° de enero de cada año resultan propietarios de los predios gravados. En caso de transferir el predio, el comprador asumirá la condición de contribuyente a partir del 1° de enero del año siguiente de producida la transferencia. 3. ¿Cómo se calcula el Impuesto Predial? El impuesto se calcula aplicando al valor de autovalúo, del total de los predios del contribuyente ubicados en cada distrito, la siguiente escala progresiva acumulativa: Tramo de autovalúo. Hasta 3 UIT = 2015 ALÍCUOTA Más de 3 UIT hasta 15 UIT Más de 15 UIT hasta 60 IUT Más de 60 IUT MINIMO 23.20 0.2% 0.6% 1.00% 4. ¿Dónde se presenta la declaración jurada? La declaración jurada debe ser presentada en la Sub Gerencia de Administración Tributaria de la Municipalidad Distrital de Acoria. Requisitos para que declares el impuesto predial: Exhibición y Copia del D.N.I. del contribuyente. Copia simple (escritura pública, minuta de compra venta y/o adquisición en transferencia) Copia de recibo cancelado del último año del autoevalúo del predio que se adquiere Facebook: [email protected] Dirección: Plaza Principal San Lorenzo S/Nº SUB GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA 5. ¿Cuál es el beneficio para pensionistas? El beneficio consiste en deducir de su base imponible un monto equivalente a 50 UIT (vigente en el ejercicio gravable). De exceder este monto, deberá pagar el impuesto predial sólo por la diferencia resultante. Asimismo estará afecto al pago correspondiente al derecho de emisión. Para obtener este beneficio deberá presentar y cumplir las siguientes condiciones: Copia del D.N.I. del contribuyente. Copia simple de boleta de pago o Resolución de Jubilación como pensionista. Ser propietario de un sólo inmueble destinado a uso de vivienda, no tener otros ingresos distintos a los de su pensión (no mayor a 1 UIT y que su predio no supere 50 UIT). 6. ¿Cuáles son los plazos para declarar un predio? Anualmente, hasta el último día hábil día hábil del mes de febrero, salvo que la municipalidad establezca una prórroga y de manera fraccionada hasta en 4 cuotas trimestrales (hasta el fin de mes de febrero, mayo, agosto y noviembre) 7. ¿Dónde puede declarar y pagar el Impuesto? La declaración jurada podrá realizar en la Sub Gerencia de Administración Tributaria de la MDA. El pago efectuará en CAJA de la MDA. 8. En caso de vender mi predio, ¿qué debo hacer? Cuando se efectúe cualquier transferencia de un predio, el vendedor debe comunicar la venta del bien, para lo cual deberá presentar una declaración de descargo hasta el último día hábil del mes siguiente de producidos los hechos. Asimismo debe cumplir con efectuar el pago del impuesto de todo el año en que se produjo la transferencia. 9. Por qué es importante cumplir con el pago de impuestos a nuestra municipalidad? Es importante cumplir con pagar los impuestos a nuestra municipalidad, porque ellos contribuyen con el desarrollo de nuestras localidades. Los impuestos son uno de los principales medios por los que la municipalidad obtiene ingresos y gracias a ellos se puede invertir en mejores servicios públicos o en aspectos prioritarios (proyectos) para las mejoras de nuestra localidad. Mayores informes en la Oficina de la Sub Gerencia de Administración Tributaria. Atención de lunes a viernes en horario de 8.00 a.m. a 5.30 p.m. Facebook: [email protected] Dirección: Plaza Principal San Lorenzo S/Nº
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