Mi médico en casa

Su tranquilidad y la de los suyos en una sola llamada 01 (55) 5809 4516.
Condiciones Generales
La presente Asistencia Médica Familiar le proporciona los siguientes servicios médicos:
Asistencias Médica Familiar
Médico general a domicilio
Medicamento sin costo derivado de la
consulta otorgada por nuestro médico
Orientación medica telefónica
Descuentos médicos
Laboratorio y gabinetes, farmacias
Ópticas y equipos auditivos
Aparatos ortopédicos
Tratamientos odontológicos, clínicas y
hospitales
Médicos especialistas
Número de eventos
durante la vigencia del
crédito
7
Sin límite
Sin límite
Monto máximo
de cobertura
Sin costo
Hasta $500.00
Por evento
Sin Costo
Desde un 5% hasta un
50%
Para solicitar la asistencia médica o información de alguno de los servicios o beneficios deberá
siempre comunicarse al teléfono: 01 (55) 5809 4516 con servicio a nivel Nacional.
1. Objetivo
El propósito del programa “Mi médico en casa” es brindar a nuestros Acreditados y su familia
directa un servicio de asistencia sin costo, ante cualquier eventualidad o necesidad médica con
una sola llamada en cualquier parte de la República las 24 hrs. los 365 días del año, de acuerdo
a la cobertura establecida.
2. Glosario de términos, condiciones y flujo de operación
2.1 Definiciones:
I.
II.
III.
Usuario: Referente al Acreditado Fincomún y su familia directa
Si el Acreditado es casado: cónyuge e hijos menores de 25 años.
Si el acreditado es soltero: ambos sus padres, es necesario que los clientes tengan un
crédito vigente con Fincomún y conozcan el fin de la vigencia.
Servicios: Los Servicios Asistenciales que proporciona Don Juan Assist a los usuarios en
los términos del presente documento.
Situación de Asistencia: Todo accidente o enfermedad de un usuario ocurridos en los
términos y con las limitaciones establecidas en el presente documento, así como las
demás situaciones descritas que dan derecho a la prestación de los servicios.
IV.
V.
VI.
VII.
VIII.
IX.
Enfermedad grave: Se define como la aparición súbita e inesperada de manifestaciones
con o sin pérdida de la conciencia cuya gravedad en opinión del usuario, su familia o quien
solicite a nombre del Acreditado que tome la decisión, requiera una atención médica
inmediata.
Urgencia: Toda situación que en opinión del usuario, su familia o quien solicite a nombre
del Acreditado y que tome la decisión de requerir atención médica inmediata.
Emergencia: Definida como una lesión o enfermedad que plantean una amenaza
inmediata para la vida de una persona y cuya asistencia no puede ser demorada.
Referencias con descuento: Todo aquella información o dato proporcionado al usuario, de
la red de proveedores médicos de Don Juan Assist , el cual les dará un descuento o costo
preferencial.
Especialistas: Persona que práctica una rama determinada de una ciencia.
Cabina de Atención Telefónica: Espacio físico en donde los Coordinadores atienden a los
usuarios para proporcionarles ciertos Servicios.
2.2 Territorialidad
Los Servicios se proporcionarán únicamente dentro del territorio de los Estados Unidos
Mexicanos.
2.3 Vigencia
Todos los Servicios de Asistencia para el usuario tendrán una vigencia igual a la de su préstamo
en Fincomún
.
3. Servicios
3.1 PROGRAMA DE ASISTENCIA MÉDICA
1. Consultoría Médica Telefónica. El equipo médico orientará al Usuario sobre las medidas
que se deberán tomar en caso de emergencia, sin emitir un diagnóstico o interpretación
de resultados de laboratorios. Servicio telefónico las 24 horas, los 365 días del año. Este
servicio es sin límite de eventos.
2. Médico a Domicilio. Si el Usuario sufriese un accidente o enfermedad que lo
imposibiliten para trasladarse a algún hospital o clínica, Don Juan Assist coordinará
Consulta con Médico general.
Don Juan Assist proporcionará este servicio en las principales ciudades de la República
Mexicana. En los demás lugares, Don Juan Assist hará lo posible por ayudar al Usuario
a contactar con un médico u hospital con la mayor celeridad.
Servicio limitado a 7 (siete) consultas médicas sin costo, considerando medicamento
ambulatorio hasta $500 pesos derivado de la Atención Médica e indicado bajo receta
médica expedida por el médico general.
El usuario deberá llamar al 01 (55) 5809 4516 donde le brindarán un folio de atención
para consulta médica y otro para el canje de la receta expedida, así como la referencia
del(os) lugar(es) para este efecto.
3. Descuentos Médicos. Don Juan Assist proporcionará al usuario referencias de médicos,
clínicas y hospitales a precios preferenciales:
− Descuento en laboratorio clínico
− Descuentos en farmacias y ópticas
− Descuento en aparatos ortopédicos y auditivos
− Descuento en tratamiento odontológico general
− Descuento en clínicas y hospitales
− Descuentos con médicos especialistas
− Descuentos desde el 5% hasta el 50%, dependiendo del producto. Aplica con
más de 2,000 proveedores de la red nacional convenida por Don Juan Assist .
Sujeto a disponibilidad.
4. Obligación del usuario
4.1 Solicitud de Asistencia
En caso de una Situación de Asistencia y antes de iniciar cualquier acción, el Usuario deberá
llamar al teléfono 01 (55) 5809 4516 de Don Juan Assist , facilitando los datos siguientes:
I.
II.
III.
IV.
Indicar el número telefónico donde se podrá contactar al Usuario así como todos los
datos que el Coordinador le solicite para localizarlo.
Nombre completo y número de crédito vigente
Proporcionar a Don Juan Assist, cualquier otro documento que solicite, siempre y
cuando sea razonable en términos de la ley.
Los servicios que se refieren a estas Condiciones Generales, configura la única
obligación a cargo de Don Juan Assist y en ningún caso reembolsará al Usuario y/o
beneficiarios las sumas que éste hubiera erogado, salvo en caso extraordinario, cuando
por causa de Don Juan Assist no se hubiera podido atender la emergencia.
Todas las solicitudes de servicio emitidas del usuario a DON JUAN ASSIST, podrán ser
grabadas para efectos de calidad en el servicio.
5. Normas generales
5.1 Prescripción de las reclamaciones
Cualquier reclamación relativa a una Situación de Asistencia o a cualquier Servicio de
Asistencia deberá ser solicitada al teléfono 01 (55) 5809 4516 y presentada a DON JUAN
ASSIST bajo los términos indicados telefónicamente de forma inmediata al rechazo o
incumplimiento a los establecido en el presentes condiciones. Prescribiendo de cualquier
acción legal dentro de los 90 días naturales de la fecha en la que se produzca y transcurrido
dicho plazo.
5.2 Imposibilidad de notificación a DON JUAN ASSIST
Los servicios de asistencia a los que se refieren las presentes Condiciones Generales configuran
la única obligación de DON JUAN ASSIST , de organizar y cubrir los costos directamente, y solo
en casos de absoluta y comprobada urgencia o imposibilidad del Usuario para solicitarlos en
los términos de estas Condiciones Generales, dicho Usuario podrá acudir directamente a
terceros en solicitud de servicio; en tal supuesto DON JUAN ASSIST , y de acuerdo a lo que a
continuación se menciona, podrá reembolsar al Usuario las sumas que hubiera erogado, pero
exclusivamente cuando se trata de los servicios mencionados en esta cláusula; en ningún otro
servicio habrá lugar a reembolso.
5.3 En caso de peligro de vida con necesidad de Traslado Médico Terrestre sin previa
notificación a DON JUAN ASSIST
En situación de peligro de muerte, el Usuario y/o su beneficiarios deberán actuar siempre con
la máxima celeridad, para organizar el traslado médico terrestre del herido o enfermo al centro
hospitalario más cercano al lugar donde se haya producido el accidente o enfermedad, con los
medios más inmediatos y apropiados, o tomar las medidas más oportunas, y tan pronto como
les sea posible contactarán con DON JUAN ASSIST para reportar la situación, a más tardar
dentro de las 24 horas siguientes al accidente o la enfermedad.
5.4 Conceptos generales fuera de cobertura
I.
II.
III.
IV.
Las situaciones de emergencia ocurridas durante viajes o vacaciones realizadas por el
beneficiario en contra de prescripción médica o durante viajes en el extranjero
superiores a 60 (sesenta) días naturales, no dan derecho a los Servicios de Asistencia.
Cuando por una acción intencional del Beneficiario resulte la comisión de un delito.
Cuando el Beneficiario no proporcione información veraz y oportuna, que por
naturaleza no permita atender debidamente el asunto, o bien incurra en falsedad de
declaraciones.
Cuando el Beneficiario incumpla cualesquiera de las obligaciones indicadas en las
presentes Condiciones Generales.
También quedan excluidas las Situaciones de Asistencia que sean consecuencia directa o
indirecta de:
I.
II.
III.
IV.
V.
VI.
VII.
VIII.
IX.
X.
Huelgas, guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades (se haya
declarado la guerra o no), rebelión, guerra civil, insurrección, terrorismo,
pronunciamientos, manifestaciones, movimientos populares, radioactividad o
cualquier otra causa de fuerza mayor.
Autolesiones o participación del Usuario y/o beneficiarios en actos delictivos
intencionales.
La participación del Usuario y/o beneficiarios en cualquier clase de carrera, competición
o exhibición (automóviles, caballos, bicicleta).
Suicidio o enfermedades y lesiones resultantes del intento de suicidio.
Enfermedades mentales o alineación, cualquier tipo de accidente o enfermedad
causada por radiaciones nucleares.
Embarazos en los últimos tres meses antes de la fecha probable del parto, así como
éste último y los exámenes prenatales; transplantes o traslados de órganos de cualquier
tipo.
Exámenes de la vista, con el fin de conseguir o corregir una graduación, así como
procedimientos quirúrgicos como queratotomías radiales u otro tipo de cirugías con el
fin de modificar errores refractarios.
Enfermedades o estados patológicos producidos por la ingestión intencionada o
administración de tóxicos (drogas), narcóticos o por la utilización de medicamentos sin
prescripción médica.
Las lesiones o enfermedades sobrevenidas en el ejercicio de deportes extremos, o en el
ejercicio como deportista amateurs o profesionales.
Quedan excluidos los costos generados por prótesis, aparatos de ortodoncia, lentes de
contacto, aparatos auditivos, dentaduras, cirugías plásticas, revisiones de salud
periódicas “check up” o rutinarias, gastos de hospitalización realizados fuera del país de
residencia cuando hayan sido preescritos antes de comenzar el viaje u ocurridos
después del retorno del Beneficiario.
El programa de asistencia Mi Médico en Casa aplica a partir del siguiente día hábil al
otorgamiento del préstamo y la vigencia considera el mismo periodo del préstamo. Mi médico
en casa es operada por DON JUAN ASSIST para clientes Fincomún, Servicios Financieros
Comunitarios S.A. de C.V. Sociedad Financiera Popular, por ello, es responsabilidad de dicha
empresa de asistencia el cumplimiento de los términos y condiciones del servicio brindado por
lo que Fincomún no asume ninguna responsabilidad sobre el mismo.