Su tranquilidad y la de los suyos en una sola llamada 01 (55) 5809 4516. Condiciones Generales La presente Asistencia Médica Familiar le proporciona los siguientes servicios médicos: Asistencias Médica Familiar Médico general a domicilio Medicamento sin costo derivado de la consulta otorgada por nuestro médico Orientación medica telefónica Descuentos médicos Laboratorio y gabinetes, farmacias Ópticas y equipos auditivos Aparatos ortopédicos Tratamientos odontológicos, clínicas y hospitales Médicos especialistas Número de eventos durante la vigencia del crédito 7 Sin límite Sin límite Monto máximo de cobertura Sin costo Hasta $500.00 Por evento Sin Costo Desde un 5% hasta un 50% Para solicitar la asistencia médica o información de alguno de los servicios o beneficios deberá siempre comunicarse al teléfono: 01 (55) 5809 4516 con servicio a nivel Nacional. 1. Objetivo El propósito del programa “Mi médico en casa” es brindar a nuestros Acreditados y su familia directa un servicio de asistencia sin costo, ante cualquier eventualidad o necesidad médica con una sola llamada en cualquier parte de la República las 24 hrs. los 365 días del año, de acuerdo a la cobertura establecida. 2. Glosario de términos, condiciones y flujo de operación 2.1 Definiciones: I. II. III. Usuario: Referente al Acreditado Fincomún y su familia directa Si el Acreditado es casado: cónyuge e hijos menores de 25 años. Si el acreditado es soltero: ambos sus padres, es necesario que los clientes tengan un crédito vigente con Fincomún y conozcan el fin de la vigencia. Servicios: Los Servicios Asistenciales que proporciona Don Juan Assist a los usuarios en los términos del presente documento. Situación de Asistencia: Todo accidente o enfermedad de un usuario ocurridos en los términos y con las limitaciones establecidas en el presente documento, así como las demás situaciones descritas que dan derecho a la prestación de los servicios. IV. V. VI. VII. VIII. IX. Enfermedad grave: Se define como la aparición súbita e inesperada de manifestaciones con o sin pérdida de la conciencia cuya gravedad en opinión del usuario, su familia o quien solicite a nombre del Acreditado que tome la decisión, requiera una atención médica inmediata. Urgencia: Toda situación que en opinión del usuario, su familia o quien solicite a nombre del Acreditado y que tome la decisión de requerir atención médica inmediata. Emergencia: Definida como una lesión o enfermedad que plantean una amenaza inmediata para la vida de una persona y cuya asistencia no puede ser demorada. Referencias con descuento: Todo aquella información o dato proporcionado al usuario, de la red de proveedores médicos de Don Juan Assist , el cual les dará un descuento o costo preferencial. Especialistas: Persona que práctica una rama determinada de una ciencia. Cabina de Atención Telefónica: Espacio físico en donde los Coordinadores atienden a los usuarios para proporcionarles ciertos Servicios. 2.2 Territorialidad Los Servicios se proporcionarán únicamente dentro del territorio de los Estados Unidos Mexicanos. 2.3 Vigencia Todos los Servicios de Asistencia para el usuario tendrán una vigencia igual a la de su préstamo en Fincomún . 3. Servicios 3.1 PROGRAMA DE ASISTENCIA MÉDICA 1. Consultoría Médica Telefónica. El equipo médico orientará al Usuario sobre las medidas que se deberán tomar en caso de emergencia, sin emitir un diagnóstico o interpretación de resultados de laboratorios. Servicio telefónico las 24 horas, los 365 días del año. Este servicio es sin límite de eventos. 2. Médico a Domicilio. Si el Usuario sufriese un accidente o enfermedad que lo imposibiliten para trasladarse a algún hospital o clínica, Don Juan Assist coordinará Consulta con Médico general. Don Juan Assist proporcionará este servicio en las principales ciudades de la República Mexicana. En los demás lugares, Don Juan Assist hará lo posible por ayudar al Usuario a contactar con un médico u hospital con la mayor celeridad. Servicio limitado a 7 (siete) consultas médicas sin costo, considerando medicamento ambulatorio hasta $500 pesos derivado de la Atención Médica e indicado bajo receta médica expedida por el médico general. El usuario deberá llamar al 01 (55) 5809 4516 donde le brindarán un folio de atención para consulta médica y otro para el canje de la receta expedida, así como la referencia del(os) lugar(es) para este efecto. 3. Descuentos Médicos. Don Juan Assist proporcionará al usuario referencias de médicos, clínicas y hospitales a precios preferenciales: − Descuento en laboratorio clínico − Descuentos en farmacias y ópticas − Descuento en aparatos ortopédicos y auditivos − Descuento en tratamiento odontológico general − Descuento en clínicas y hospitales − Descuentos con médicos especialistas − Descuentos desde el 5% hasta el 50%, dependiendo del producto. Aplica con más de 2,000 proveedores de la red nacional convenida por Don Juan Assist . Sujeto a disponibilidad. 4. Obligación del usuario 4.1 Solicitud de Asistencia En caso de una Situación de Asistencia y antes de iniciar cualquier acción, el Usuario deberá llamar al teléfono 01 (55) 5809 4516 de Don Juan Assist , facilitando los datos siguientes: I. II. III. IV. Indicar el número telefónico donde se podrá contactar al Usuario así como todos los datos que el Coordinador le solicite para localizarlo. Nombre completo y número de crédito vigente Proporcionar a Don Juan Assist, cualquier otro documento que solicite, siempre y cuando sea razonable en términos de la ley. Los servicios que se refieren a estas Condiciones Generales, configura la única obligación a cargo de Don Juan Assist y en ningún caso reembolsará al Usuario y/o beneficiarios las sumas que éste hubiera erogado, salvo en caso extraordinario, cuando por causa de Don Juan Assist no se hubiera podido atender la emergencia. Todas las solicitudes de servicio emitidas del usuario a DON JUAN ASSIST, podrán ser grabadas para efectos de calidad en el servicio. 5. Normas generales 5.1 Prescripción de las reclamaciones Cualquier reclamación relativa a una Situación de Asistencia o a cualquier Servicio de Asistencia deberá ser solicitada al teléfono 01 (55) 5809 4516 y presentada a DON JUAN ASSIST bajo los términos indicados telefónicamente de forma inmediata al rechazo o incumplimiento a los establecido en el presentes condiciones. Prescribiendo de cualquier acción legal dentro de los 90 días naturales de la fecha en la que se produzca y transcurrido dicho plazo. 5.2 Imposibilidad de notificación a DON JUAN ASSIST Los servicios de asistencia a los que se refieren las presentes Condiciones Generales configuran la única obligación de DON JUAN ASSIST , de organizar y cubrir los costos directamente, y solo en casos de absoluta y comprobada urgencia o imposibilidad del Usuario para solicitarlos en los términos de estas Condiciones Generales, dicho Usuario podrá acudir directamente a terceros en solicitud de servicio; en tal supuesto DON JUAN ASSIST , y de acuerdo a lo que a continuación se menciona, podrá reembolsar al Usuario las sumas que hubiera erogado, pero exclusivamente cuando se trata de los servicios mencionados en esta cláusula; en ningún otro servicio habrá lugar a reembolso. 5.3 En caso de peligro de vida con necesidad de Traslado Médico Terrestre sin previa notificación a DON JUAN ASSIST En situación de peligro de muerte, el Usuario y/o su beneficiarios deberán actuar siempre con la máxima celeridad, para organizar el traslado médico terrestre del herido o enfermo al centro hospitalario más cercano al lugar donde se haya producido el accidente o enfermedad, con los medios más inmediatos y apropiados, o tomar las medidas más oportunas, y tan pronto como les sea posible contactarán con DON JUAN ASSIST para reportar la situación, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes al accidente o la enfermedad. 5.4 Conceptos generales fuera de cobertura I. II. III. IV. Las situaciones de emergencia ocurridas durante viajes o vacaciones realizadas por el beneficiario en contra de prescripción médica o durante viajes en el extranjero superiores a 60 (sesenta) días naturales, no dan derecho a los Servicios de Asistencia. Cuando por una acción intencional del Beneficiario resulte la comisión de un delito. Cuando el Beneficiario no proporcione información veraz y oportuna, que por naturaleza no permita atender debidamente el asunto, o bien incurra en falsedad de declaraciones. Cuando el Beneficiario incumpla cualesquiera de las obligaciones indicadas en las presentes Condiciones Generales. También quedan excluidas las Situaciones de Asistencia que sean consecuencia directa o indirecta de: I. II. III. IV. V. VI. VII. VIII. IX. X. Huelgas, guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades (se haya declarado la guerra o no), rebelión, guerra civil, insurrección, terrorismo, pronunciamientos, manifestaciones, movimientos populares, radioactividad o cualquier otra causa de fuerza mayor. Autolesiones o participación del Usuario y/o beneficiarios en actos delictivos intencionales. La participación del Usuario y/o beneficiarios en cualquier clase de carrera, competición o exhibición (automóviles, caballos, bicicleta). Suicidio o enfermedades y lesiones resultantes del intento de suicidio. Enfermedades mentales o alineación, cualquier tipo de accidente o enfermedad causada por radiaciones nucleares. Embarazos en los últimos tres meses antes de la fecha probable del parto, así como éste último y los exámenes prenatales; transplantes o traslados de órganos de cualquier tipo. Exámenes de la vista, con el fin de conseguir o corregir una graduación, así como procedimientos quirúrgicos como queratotomías radiales u otro tipo de cirugías con el fin de modificar errores refractarios. Enfermedades o estados patológicos producidos por la ingestión intencionada o administración de tóxicos (drogas), narcóticos o por la utilización de medicamentos sin prescripción médica. Las lesiones o enfermedades sobrevenidas en el ejercicio de deportes extremos, o en el ejercicio como deportista amateurs o profesionales. Quedan excluidos los costos generados por prótesis, aparatos de ortodoncia, lentes de contacto, aparatos auditivos, dentaduras, cirugías plásticas, revisiones de salud periódicas “check up” o rutinarias, gastos de hospitalización realizados fuera del país de residencia cuando hayan sido preescritos antes de comenzar el viaje u ocurridos después del retorno del Beneficiario. El programa de asistencia Mi Médico en Casa aplica a partir del siguiente día hábil al otorgamiento del préstamo y la vigencia considera el mismo periodo del préstamo. Mi médico en casa es operada por DON JUAN ASSIST para clientes Fincomún, Servicios Financieros Comunitarios S.A. de C.V. Sociedad Financiera Popular, por ello, es responsabilidad de dicha empresa de asistencia el cumplimiento de los términos y condiciones del servicio brindado por lo que Fincomún no asume ninguna responsabilidad sobre el mismo.
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