Principles of MNE declaration_final_colour_SP

Principios de la Declaración EMN
Principios dirigidos a gobiernos
Principios dirigidos a empresas
Acatar las leyes nacionales y respetar las normas internacionales.
Ratificar los Convenios Fundamentales y aplicar, en la medida más amplia
Contribuir a hacer realidad los principios y derechos fundamentales en el
Política
posible, a través de sus respectivas políticas nacionales, los principios
General
Promover prácticas sociales adecuadas de conformidad con la Declaración EMN
Consultar con el gobierno, las organizaciones de empleadores y de
y estar dispuestos a consultar con otros gobiernos, cada vez que sea necesario.
trabajadores a fin de garantizar que las actividades de las empresas se ajusten
incorporados en dichos Convenios;
trabajo.
a las prioridades nacionales de desarrollo.
Formular y llevar a cabo, como objetivo de mayor importancia, una política activa
destinada a fomentar el pleno empleo, productivo y libremente elegido.
Aplicar políticas destinadas a promover la igualdad de oportunidades y de trato
en el empleo, con miras a eliminar toda discriminación basada en motivos de
raza, color, sexo, religión, opinión política, ascendencia nacional u origen social.
Empleo
Nunca requerir ni alentar a las empresas multinacionales para ejercer
Esforzarse por aumentar las oportunidades y estándares de empleo, teniendo
en cuenta la política y los objetivos de los gobiernos a este respecto.
Dar prioridad al empleo, el desarrollo profesional, la promoción y el ascenso de
los nacionales del país de acogida.
Utilizar tecnologías capaces de crear empleos, tanto directa como
indirectamente.
discriminación.
Establecer vínculos con empresas nacionales abasteciéndose de insumos
locales, fomentando la transformación local de las materias primas y la
fabricación local de piezas de recambio y equipo.
Estudiar las repercusiones de las empresas multinacionales sobre el empleo en
Extender la igualdad de oportunidades y de trato en el empleo.
discriminación y facilitar orientación, en los casos apropiados, para evitar la
diferentes sectores industriales.
En cooperación con las empresas multinacionales y con las empresas
nacionales, deberían asegurar la protección de los ingresos de los trabajadores
cuyo empleo haya terminado.
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Esforzarse por actuar como modelo en la promoción de la seguridad del
empleo, notificando los cambios previstos para las actividades y evitando los
despidos arbitrarios.
Principios dirigidos a gobiernos
Formación
Elaborar políticas nacionales en materia de orientación y formación profesionales
que guarden estrecha relación con el empleo, en cooperación con todas las
partes interesadas.
Principios dirigidos a empresas
Proporcionar formación a sus trabajadores de todos los niveles, habida cuenta
de las necesidades de la empresa, así como de la política de desarrollo del
país de acogida.
Participar en programas que tengan por objeto fomentar la formación y el
desarrollo de las calificaciones profesionales.
Ofrecer oportunidades en el ámbito de la empresa para ampliar la experiencia
del personal directivo local.
Ofrecer salarios, prestaciones y condiciones de trabajo no menos favorables
para los trabajadores que los ofrecidos por empleadores comparables.
Condiciones
de Trabajo y
Vida
Esforzarse por adoptar medidas adecuadas que aseguren que los grupos de
ingresos más reducidos y las zonas menos desarrolladas se beneficien de las
actividades de las empresas multinacionales.
Proporcionar los mejores salarios, prestaciones y condiciones de trabajo
posibles, en el marco de la política gubernamental, para satisfacer las
necesidades básicas de los trabajadores y de sus familias.
Asegurarse de que tanto las empresas multinacionales como las nacionales
apliquen normas adecuadas en materia de seguridad e higiene para sus
trabajadores.
Respetar la edad mínima de admisión al empleo.
Mantener un nivel máximo de seguridad e higiene en el trabajo.
Examinar las causas de los riesgos relativos a la seguridad y la higiene en el
trabajo, proporcionar información acerca de las prácticas óptimas observadas
en otros países, y realizar las mejoras necesarias.
Relaciones
de Trabajo
Aplicar los principios contenidos en el artículo 5 del Convenio núm. 87, teniendo
en cuenta la importancia, en relación con las empresas multinacionales, de
permitir que las organizaciones que representen a estas empresas o los
trabajadores en ellas empleados se afilien a las organizaciones internacionales
de empleadores y de trabajadores que estimen convenientes.
Aplicar normas en materia de relaciones de trabajo que no sean menos
favorables que las observadas por empleadores comparables.
Respetar la libertad sindical y el derecho de negociación colectiva,
proporcionando las instalaciones y la información necesarias para llevar a cabo
negociaciones eficaces.
Respaldar a los representantes de las organizaciones de los empleadores.
No incluir en sus incentivos para atraer la inversión extranjera, ninguna limitación
a la libertad sindical de los trabajadores ni al derecho de sindicación y de
negociación colectiva.
Garantizar la realización de consultas regulares sobre las cuestiones de interés
mutuo.
Examinar las reclamaciones de los trabajadores, de conformidad a un
procedimiento adecuado.
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