Principios de la Declaración EMN Principios dirigidos a gobiernos Principios dirigidos a empresas Acatar las leyes nacionales y respetar las normas internacionales. Ratificar los Convenios Fundamentales y aplicar, en la medida más amplia Contribuir a hacer realidad los principios y derechos fundamentales en el Política posible, a través de sus respectivas políticas nacionales, los principios General Promover prácticas sociales adecuadas de conformidad con la Declaración EMN Consultar con el gobierno, las organizaciones de empleadores y de y estar dispuestos a consultar con otros gobiernos, cada vez que sea necesario. trabajadores a fin de garantizar que las actividades de las empresas se ajusten incorporados en dichos Convenios; trabajo. a las prioridades nacionales de desarrollo. Formular y llevar a cabo, como objetivo de mayor importancia, una política activa destinada a fomentar el pleno empleo, productivo y libremente elegido. Aplicar políticas destinadas a promover la igualdad de oportunidades y de trato en el empleo, con miras a eliminar toda discriminación basada en motivos de raza, color, sexo, religión, opinión política, ascendencia nacional u origen social. Empleo Nunca requerir ni alentar a las empresas multinacionales para ejercer Esforzarse por aumentar las oportunidades y estándares de empleo, teniendo en cuenta la política y los objetivos de los gobiernos a este respecto. Dar prioridad al empleo, el desarrollo profesional, la promoción y el ascenso de los nacionales del país de acogida. Utilizar tecnologías capaces de crear empleos, tanto directa como indirectamente. discriminación. Establecer vínculos con empresas nacionales abasteciéndose de insumos locales, fomentando la transformación local de las materias primas y la fabricación local de piezas de recambio y equipo. Estudiar las repercusiones de las empresas multinacionales sobre el empleo en Extender la igualdad de oportunidades y de trato en el empleo. discriminación y facilitar orientación, en los casos apropiados, para evitar la diferentes sectores industriales. En cooperación con las empresas multinacionales y con las empresas nacionales, deberían asegurar la protección de los ingresos de los trabajadores cuyo empleo haya terminado. www.ILO.org/MNEDeclaration Esforzarse por actuar como modelo en la promoción de la seguridad del empleo, notificando los cambios previstos para las actividades y evitando los despidos arbitrarios. Principios dirigidos a gobiernos Formación Elaborar políticas nacionales en materia de orientación y formación profesionales que guarden estrecha relación con el empleo, en cooperación con todas las partes interesadas. Principios dirigidos a empresas Proporcionar formación a sus trabajadores de todos los niveles, habida cuenta de las necesidades de la empresa, así como de la política de desarrollo del país de acogida. Participar en programas que tengan por objeto fomentar la formación y el desarrollo de las calificaciones profesionales. Ofrecer oportunidades en el ámbito de la empresa para ampliar la experiencia del personal directivo local. Ofrecer salarios, prestaciones y condiciones de trabajo no menos favorables para los trabajadores que los ofrecidos por empleadores comparables. Condiciones de Trabajo y Vida Esforzarse por adoptar medidas adecuadas que aseguren que los grupos de ingresos más reducidos y las zonas menos desarrolladas se beneficien de las actividades de las empresas multinacionales. Proporcionar los mejores salarios, prestaciones y condiciones de trabajo posibles, en el marco de la política gubernamental, para satisfacer las necesidades básicas de los trabajadores y de sus familias. Asegurarse de que tanto las empresas multinacionales como las nacionales apliquen normas adecuadas en materia de seguridad e higiene para sus trabajadores. Respetar la edad mínima de admisión al empleo. Mantener un nivel máximo de seguridad e higiene en el trabajo. Examinar las causas de los riesgos relativos a la seguridad y la higiene en el trabajo, proporcionar información acerca de las prácticas óptimas observadas en otros países, y realizar las mejoras necesarias. Relaciones de Trabajo Aplicar los principios contenidos en el artículo 5 del Convenio núm. 87, teniendo en cuenta la importancia, en relación con las empresas multinacionales, de permitir que las organizaciones que representen a estas empresas o los trabajadores en ellas empleados se afilien a las organizaciones internacionales de empleadores y de trabajadores que estimen convenientes. Aplicar normas en materia de relaciones de trabajo que no sean menos favorables que las observadas por empleadores comparables. Respetar la libertad sindical y el derecho de negociación colectiva, proporcionando las instalaciones y la información necesarias para llevar a cabo negociaciones eficaces. Respaldar a los representantes de las organizaciones de los empleadores. No incluir en sus incentivos para atraer la inversión extranjera, ninguna limitación a la libertad sindical de los trabajadores ni al derecho de sindicación y de negociación colectiva. Garantizar la realización de consultas regulares sobre las cuestiones de interés mutuo. Examinar las reclamaciones de los trabajadores, de conformidad a un procedimiento adecuado. www.ILO.org/MNEDeclaration
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