Circular informativa.

ESCUELA ESPAÑOLA
Su lemento al
P
••' 1 2 0 6 < d e l
28 de
noviembre
Madrid, 30 de noviembre de 1963
SE CONVOCA EL CONCURSO GENERAL DE TRASLADOS.
Agrupaciones escolares en Baleares, Burgos y Teruel.
Programas del Bachillerato Laboral Administrativo.
CL4CETA r*E MADRIB
VIERNES, 29 DE NOVIEMBRE DE 1963
S e c o n v o c a c o n c u r s o g e n e r a l d e t r a s l a d o s p a r a cub r i r e n p r o p i e d a d las v a c a n t e s de E s c u e l a s nacionales de régimen general de provisión
31 OCTUBRE.—R. DE LA D.
Para cubrir en propiedad las vacantes existentes en
Escuelas nacionales de régimen ordinario, resultas y desiertas del pasado concurso general de traslados, más las
producidas hasta el 1 de septiembre del año en curso
por cualquiera de las causas señaladas en el artículo 48
del Estatuto del Magisterio, así como las vacantes de
Escuelas de Patronato cuyos Consejos Escolares n o hubieran realizado propuesta alguna para desempeñarlas
antes del 30 de junio último, debe convocarse el concurso previsto en el artículo 8.o del Decreto de 18 de
octubre de 1957 («B. O. del E.» del 31).
Para dar agilidad al concurso, como reiteradamente
se ha hecho presente a esta Dirección General, no sólo
oon ventajas para el servicio, sino en favor de los interesados, y coa el fin de que el extraordinario volumen
que se prevé en el mismo por el elevado número de
Maestros que en él han de tomar parte con carácter
forzoso no sea obstáculo para resolverlo definitivamente
con tiempo suficiente para q u e los destinados tomen
posesión en 1 de septiembre del próximo año, se introduce la novedad de regular la forma de petición de vacantes en la instancia, con arreglo a criterios que faciliten su tramitación. Las cuatro posibilidades que se
articulan en el número 33 de la presente Resolución
permiten gran flexibilidad para adaptarse a todas las
necesidades, siempre sobre, la base de que los solicitantes formulen u n a petición reflexiva y meditada acerca
de las verdaderas perspectivas que su puntuación para
el concurso pueda ofrecerles.
Bn su virtud, esta Dirección General ha dispuesto:
I.—Convocatoria
1. Convoca concurso general de traslados para proveer en propiedad las vacantes de Escuelas nacionales
que correspondan a este medio.
2. El concurso constará de dos t u r n o s :
a) Consortes.
b) Voluntarlo.
Para la distribución de las vacantes por estos turnos
se cumplirán las normas contenidas en el artículo 10 del
Decreto de 18 de octubre de 1957, teniendo en cuenta
la rotación de los turnos de los concursos anteriores,
iniciada en 1948.
3. No podrán solicitar cambio de destino por ninguno de estos turnos los Maestros que se hallen cumpliendo sanción o sujetos a expediente. Sin embargo, podrán
tomar parte los sancionedos con traslados por expedientes de depuración que lleven más de dos años de servicios prestados en el destino obtenido por sanción.
Todas las condiciones que se exigen en esta convocatoria y los méritos que aleguen los concursantes han
de tenerse cumplidas o reconocidos en 1 de septiembre
de 1963.
II.—Turno de consortes
4. Por el turno de consortes podrán solicitar los Maestros que están comprendidos en el artículo 73 del Estat u t o del Magisterio, reformado por Decreto de 18 de
marzo de 1952.
5. Las condiciones y el orden para obtener plaza por
este turno serán las señaladas en los artículos l.o y 2.»
del Decreto de 18 de octubre de 1957.
6. La reunión de los Maestros consortes puede verificarse en cualquiera de las dos localidades o Ayuntamientos en que sirvan los interesados, siendo requisitos
indispensables para poder solicitar la justificación, por
declaración del interesado, de que el cónyuge que sirve
en la localidad o término municipal que se solicita no
participa en este concurso.
7. De acuerdo con lo dispuesto en la Orden de 30 de
enero de 1958 («B. O. del E.» del 22 de febrero), n o podran concurrir por el turno de consortes los Maestros
que sirvan en propiedad en la misma localidad en que
ejerza su cónyuge, a u n cuando la Escuela fuese do las
de provisión especial relacionadas en el artículo 87 del
Estatuto del Magisterio.
8. Los que concursen por el turno de consortes pueden ademas hacerlo por el voluntario, cumpliendo»» lo
dispuesto en el artículo 76 del citado Estatuto.
9. Los que soliciten por el turno de consortes habrán
de acompañar a su petición ios siguientes documentos:
Certificación de matrimonio, partida de nacimiento y fe
de vida de cada u n o de los hijos menores de veintiún
anos no emancipados. Los dos primeros documentos podran sustituirse por copia del libro de familia correspondiente, compulsada por la Delegación Administrativa
en que se tramite la petición.
Los cónyuges de Maestro nacional acompañarán, ademas de los anteriores documentos, hoja de servicios de
ambos, certificada y cerrada en 1 de septiembre de 1963.
Los que soliciten como comprendidos en los apartados b),
c), d ) , e) y f) del artículo l.o del Decreto de 18 de
octubre de 1957 presentaran hoja de servicios del concursante, certificada y cerrada en 1 de septiembre último, y certificación del cargo que sirve su cónyuge en
la que conste la fecha de posesión, carácter con 'que
lo sirve y si forma parte de la plantilla del Cuerpo a
que corresponda: los del epígrafe c) habrán de expresar
en esta certificación el sueldo que perciben sus cónyuges con cargo al Presupuesto general del Estado, y
los del epígrafe e) acreditarán que sus cónyuees llevan
dos anos de servicios efectivos, como mínimo, en los
cargos que ocupan.
Los comprendidos en el apartado g) acompañarán hoja
de servicios del solicitante, certificada e n i<*ual fecha
que los anteriores, y copia compulsada por la Delegación Administrativa correspondiente del nombramiento
del cónyuge para el cargo que desempeña en propiedad
y_ de plantilla, obtenido conforme a las disposiciones
vigentes en la fecha de su ingreso en algún Cuerpo de
la Diputación Provincial o Ayuntamiento.
Los que concursen desde la situación de excedentes
acompañarán, además de la documentación exigida al
grupo a que pertenecen, copia de la Orden de excedencia
y de la de depuración (si su ingreso en el Magisterio
fué anterior a 1936), certificación de antecedente* penales y del Dispensario Antituberculoso, de no padecer
afección tuberculosa, y declaración jurada de si se encuentran o no procesados, así como de las sanciones en
que pudieran haber incurrido en el servicio de otro
Cuerpo.
Los que utilicen este turno de consortes por segunda
vez u n i r á n a su petición, además de los documentos
exigidos, copia del carnet de familia numerosa o declaración jurada de haber obtenido su cónyuge otro destino por oposición en algún Cuerpo de este Departamento, o copia de la Orden por virtud de la cual hubiesen resultado separados sin la voluntad de los interesados.
Asimismo acompañarán todos los peticionarios declaración jurada en que conste el tiempo que, por razón
a los destinos que sirven, vienen separados ambos cónyuges, no computándose a estos efectos los servicios en
el término municipal en que reide su cónyuge, aun
cuando fueren con carácter provisional, n i el tiempo que
hayan podido permanecer ausentes de su Escuela por
licencia de asjmtos propios o autorización, conforme a
la Orden ministerial de 19 de febrero de 1953.
III.—Turno voluntario
,
10. Por el t u r n o voluntario podrán solicitar los Maestros que estén comprendidos en el artículo 9.o del Decreto de 18 de octubre de 1957.
11. En este turno existirán los tres grupos señalados
en el artículo 68 del Estatuto. Por el grupo segundo solicitarán los comprendidos en el epígrafe f) del articulo
segundo del Decreto de 18 de octubre de 1957, de no
haber obtenido destino por este procedimiento, y por
el grupo tercero, si tampoco hubiesen alcanzado plaza
por dicho medio, solicitarán los comprendidos en los
apartados e)—si hubiesen cesado en aquellas situaciones
y estuviesen prestando servicios provisionales en España—y g) del citado precepto, comprendiendo este último los Maestros reintegrados que sirven destino con carácter provisional.
La preferencia exclusiva para obtener plaza por el
turno voluntario será la mayor puntuación, sin distinción entre los distintos grupos, derivada del total a
Sup. 32 de 1963
442 (Sup.)
30
de
noviembre
que ascienda la suma de los apartados que establece el
artículo 71 del Estatuto (Decreto de 28 de marzo de 1952).
Los empates los decidirá el mejor número del Escalafón,
que será el unificado; en su defecto, el de la lista
de la promoción de ingreso en el Magisterio.
Los servicios del epígrafe a) del artículo 71 del Estatuto prestados en Escuelas clasificadas como rurales se
calificarán dobles desde la fecha de 1 de julio de 1949,
si el interesado estuviese ya sirviendo en Escuelas de
esta clase
12. A los Maestros nacionales que hayan sido sancionados con traslado y hubiesen cumplido éste se les calificarán los servicios teniendo en cuenta el Decreto de
5 de marzo de 1954 y la Orden ministerial de 29 de marzo de 1955. Los que estén sirviendo en la misma Escuela
o localidad donde cumplieron la sanción de traslado, y
con anterioridad hubiesen servido provisionalmente en
otras plazas en tanto obtenían Escuela en propiedad definitiva, se les considerarán como realizados en la Escuela que actualmente regentan los servicios provisionales prestados anteriormente.
13. Conforme preceptúa el artículo 40 del Estatuto,
los Maestros que concurran desde el primer destino y
en la fecha de 17 de enero de 1948 o siguientes hubiesen
estado en la antigua situación de supernumerarios, los
servicios que a partir de dicha fecha hayan prestado con
carácter provisional se considerarán como realizados en
la primera Escuela que obtuvieron en propiedad.
De igual forma, los que concurran desde Escuela obtenida en virtud de concurso, al que hubieron de acudir
con carácter forzoso por haberles sido suprimida la Escuela de que fueran propietarios definitivos, tendrán
derecho a que se les acumulen como prestados en la Escuela desde la que solicitan los que tuviesen en la que
se les suprimió, más los provisionales prestados hasta
obtener la actual por concurso.
14. Los Maestros de los grupos segundo y tercero del
turno voluntario no precisarán tiempo mínimo de servicios para poder concursar, y dada la obligatoriedad que
tienen de hacerlo—excepto los excedentes—, en caso de
que no soliciten o no les corresponda ninguna de las
plazas que figuren en sus peticiones, serán destinados
libremente. Esta situación administrativa obliga a concursar a todos los que hayan pasado a ella dentro del
plazo que se señala para la presentación de peticiones.
Para la debida identificación de los expedientes de
estos Maestros, obligados a tomar parte en el concurso
con carácter forzoso, incluso los excedentes ya reingresados y con destino provisional, las Delegaciones Administrativas cruzarán tales instancias con una doble raya
azul, con separación de dos centímetros, del ángulo superior derecho al inferior izquierdo, y entre ambas líneas consignarán la palabra «forzoso».
15. Se entenderá por localidad desde la que soliciten
con relación al grupo segundo del turno voluntario y a
efectos del cómputo de servicios del apartado a) de! artículo 71 del Estatuto la última que sirvieron en propiedad, a la que se acumularán los prestados provisionalmente con posterioridad en cualquier otra localidad,
igual criterio se seguirá al calificar los servicios de los
Maestros que hayan de obtener Escuela en propiedad a
fin de cumplir la sanción de traslado que se les haya impuesto. Para los del grupo tercero de este turno, la localidad desde la que concursen será aquella en que servían en propiedad al concedérseles la excedencia o al
pasar a Escuelas en el extranjero o dependientes de la
Dirección General de Plazas y Provincias Africanas, sumándose a lo que hubiesen podido servir con carácter
provisional, después de su incorporación a España, los
prestados en los referidos territorios.
No se computará como servicio prestado el tiempo
en que los Maestros sancionados hubiesen estado fuera
de la enseñanza o suspensos de empleo y sueldo.
16. Las puntuaciones concedidas por actividades del
articulo 45 de la Ley de Educación Primaria sólo serán
de aplicación a los concursos que se correspondan específicamente a la especialización bajo la cual el Maestro
desarrolló tales actividades, no pudiéndose acumular a
u n concurso de diezmilistas puntuación alcanzada por
actividades desarrolladas cuando no tenía el Maestro tal
condición, e igualmente los de párvulos, Direcciones, anejas, etc.
17. Los Maestros nacionales que actualmente presten
sus servicios en Escuelas dependientes de la Dirección
General de Plazas y Provincias Africanas podrán solicitar por el turno voluntario, como comprendidos en su
grupo primero, si han cumplido la permanencia mínima
de dieciocho meses en los mencionados territorios, exigida por el Decreto de 30 de septiembre de 1944.
IV.—Petición condicional para consortes
18. Podrán concursar por el turno voluntario, en su
grupo primero, los Maestros consortes que, aun estando
reunidos en la misma localidad, deseen cambiar de destino. Esta condición de consortes deberán hacerla constar
en sus peticiones, ya que de no coincidir en la misma
localidad o término municipal con su otro cónyuge,
quedan autorizados a renunciar los destinos que les
correspondan. En estas peticiones sólo se podrán solicitar
Escuelas situadas en idénticas localidades, relacionándolas por el mismo orden de preferencia. Los Maestros
que hubiesen concursado y se consideren con derecho
de
1963
a estas plazas renunciadas por haberlas incluido en su
petición, las solicitarán en nueva instancia dentro de
los diez días siguientes a la publicación de aquella renuncia.
V.—Petición «sin consumir plaza»
19. Los que soliciten desde Escuelas de régimen especial y las Maestras que concursen desde la situación
de excedencia de especial por casada y no deseen consumir la plaza que obtengan en el concurso, deberán
hacerlo constar de forma destacada en sus instancias,
a cuyo efecto el impreso de solicitud deberá cruzarse con
doble raya en rojo del ángulo superior izquierdo al inferior derecho, de unos dos centímetros de separación
entre ambas, y en el espacio comprendido consignarán
la expresión «sin consumir plaza», a fin de que la
vacante que les corresponda, al no consumirla, pueda
ser adjudicada al concursante que inmediatamente después corresponda.
VI.—Condiciones varias
20. Los Maestros que sean eclasiásticos y deseen concursar tendrán que acompañar a su petición, conforme
a lo dispuesto en el artículo cuarto del Concordato, gl
«inhil obstat» de su Ordinario propio y el del Ordinario
del lugar a que pertenezca el nuevo destino que soliciten.
21. Los Maestros sancionados con traslado fuera de
la provincia que hayan de solicitar en el concurso a fin
de obtener Escuela en propiedad para cumplir aquéllo,
no podrán solicitar vacante de la misma provincia en
que servía al ser sancionado.
22. En este concurso será de aplicación lo dispuesto
en la Ley -de 18 de diciembre de 1950 para los condecorados con la Cruz Laureada de San Fernando o Medalla Militar, ambas individuales.
23 Para solicitar en el concurso no será obstáculo
la permanencia en el Ejército por prestar servicio en
éste el reemplazo a que pertenezca el interesado, y el
tiempo de servicios en filas se considerará como prestado en la Escuela que desempeñaba en propiedad al ser
incorporado al Ejército.
VIII.—Irrenunciabllidad de destinos
24. La concurrencia a este concurso será compatible
en su día con la del concurso-oposición a Escuelas de
párvulos y maternales y al de plazas de censo superior a
diez mil habitantes, así como a los concursos especiales de traslados, pudiéndose optar por cualquiera de los
destinos que se obtengan, considerándose la Escuela renunciada como vacante producida en 31 de agosto de
1964, a los efectos de su previsión en propiedad en el inmediato concurso.
25. De conformidad con lo prevenido en el artículo
69 del Estatuto del Magisterio, los destinos del concurso son irrenunclables, excepto en el caso determinado
en el número anterior y en el número 18 de esta convocatoria, e implicará la. obligatoriedad de posesionarse
y servir en las Escuelas para que sean nombrados los
interesados.
IX.—Permutas y excedencias
26. Los Maestros que obtengan plaza en el concurso
y durante la tramitación del mismo hayan permutado
sus destinos estarán obligados a servir en la Escuela
para la que hayan sido nombrados por el concurso, anulándose la permuta que se hubiese concedido.
27. Los que participen en este cómputo y soliciten
y obtengan la excedencia en el transcurso de su resolución, o cesen en el servicio activo por cualquier otra
causa, se considerarán como excedentes o cesantes de
la Escuela que les corresponda en el concurso, quedando ésta como resulta del mismo para su provisión en
el que inmediatamente se convoque si por el turno corresponde.
X.—Maestros de nuevo ingreso sin propiedad definitiva
28. Los Maestros procedentes de las oposiciones de
1963 y aquellos otros de nuevo ingreso que aún no han
obtenido Escuela en propiedad definitiva, sea cualquiera la promoción a que pertenezcan, están obligados a
participar en este concurso, conforme a los términos del
Decreto de 2 de septiembre de 1955.
Los opositores de 1963 nombrados titulares propietarios de Escuelas de alfabetización de adultos no están
obligados a acudir a -este concurso con carácter forzoso,
puesto que ya tienen destino en propiedad; podrán, no
obstante, hacerlo si lo desean; pero de obtener destino en el concurso habrán de posesionarse necesariamente del mismo, perdiendo con ello los beneficios de puntuación que el artículo octavo del Decreto que crea
tales Escuelas otorga a quienes cumplieran dos cursos
consecutivos en este servicio especial.
29. Caso de no corresponderles a estos opositores
ninguna de las vacantes comprendidas en su solicitud,
formulada conforme se determina en el número 33 de
esta convocatoria, serán destinados libremente por la
Dirección General, incluso fuera de la provincia de su
procedencia, a las vacantes que queden desiertas en
este concurso.
El orden de preferencia para estos opositores, toda
vez que, al no tener servicios en propiedad definitiva.
Escuela
no podrán ser éstos calificados, estará determinado por
el número escalafonal o, en su defecto, por la mayor
antigüedad de la promoción a que pertenezcan, y dent r o de ésta, por el número obtenido en la misma en la
lista general definitiva.
No podrán participar en este concurso los actuales
Maestros volantes ni los procedentes de los concursos
de méritos para' Maestros rurales.
Española
(Sup.) 443
to al censo de localidades, o bien señalando u n límite
al censo de las localidades de cualquiera o de las cinco
provincias a las que pida ser destinado.
Las formas de solicitar enunciadas en los cuatro
apartados anteriores podrán utilizarse aislada o simultáneamente, según interese al concursante, y cuando se
emplee más de u n a serán atendidas por el orden con
que se hayan enunciado en la instancia.
Las de los apartados a) y b) no podrán modificarse
XI.—Escuelas de párvulos en régimen general
excluyendo o exceptuando determinadas Escuelas, teniéndose
por no puestas si no se observase esta regla.
30. Conforme a lo dispuesto por el Decreto de 23 de
Lo mismo se hará con la petición por el apartado d) si
abril del año en curso («B. O. del E.» del 6 de mayo),
se hace otra limitación distinta a la del censo de las
se anuncian para su provisión por el concurso general
localidades.
de traslados las Escuelas maternales y de párvulos que
Las setenta y cinco localidades a que se refiere el
hayan sido declaradas desiertas en el concurso de la esapartado a) podrán solicitarse todas seguidas o intercapecialidad y en el subsiguiente concurso-oposición de
lando
alguno de los restantes apartados, ordenando así
la misma.
las peticiones del solicitante conforme a sus particuTales vacante? se ajudicarán con prelación sobre las
lares intereses.
Maestras de régimen general, a las de la especialidad
Para adjudicar destino se atenderá al orden señalado
que lo soliciten.
en la petición, y cuando se hayan de aplicar los aparLas preferencias dentro de cada uno de estos dos órtados b), c) o d), se asignarán las vacantes de mayor a
denes se regirán por !as normas generales del concurso.
menor censo de entre las que, al tocarle el t u r n o al conLa Maestra que obtenga por este concurso una Escursante,
queden disponibles en la provincia puesta en
cuela de párvulos y ella no fuera de tal especialidad no
primer lugar, observando cuando proceda el límite de
adquirirá por ello la condición de (¡parvulista» a ningún
censo a que se refiere el apartado d) (si lo hubiera seefecto.
ñalado) ; después se precederá en igual forma con las
XII.—P'azo de peticiones
restantes provincias hasta las cinco permitidas en dicho apartado si las hubiera señalado.
31. El plazo de peticiones para los dos turnos será
de veinte días naturales, a partir del siguiente al en
34. Las Delegaciones Administrativas no se harán
que se publique la relación de vacantes en el «Boletín
cargo de las instancias que hayan de ser tramitadas
Oficial» del Ministerio. Para las provincias de Las Palpor otras Delegaciones, las presentadas fuera de plazo
mas y Santa Cruz de Tenerife dicho plazo comenzará
y las que no se encuentren explícitamente comprendial día siguiente al en que se haya recibido en estas das
en los grupos y condiciones que se precisan para
capitales el mencionado «Boletín Oficial». También poconcursar. Las que reciban por correo en alguna de esdrán remitirse las peticiones a las respectivas Delegatas formas las devolverán al día siguiente a los intereciones Administrativas por cualquiera de los procediLos solicitantes podrán exigir recibo de la premientos señalados en el artículo 66 de la Ley de Proce- sados.
sentación
de las instancias siempre que la entrega se
dimiento Administrativo, siempre que se haga dentro
haga
personalmente
y orevio el correspondiente reindel plazo que se señala.
tegro.
Todos los plazos que se indican con relación a este
En los casos en que se dejen de consignar con toda
concurso se entenderán por días naturales.
claridad alguno de los datos que han de incluirse en la
petición,
o no se acompañe la documentación exigida,
XIII.—Instancias y documentación
o se hallasen a falta de los reintegros legales, se estará
32. Las Instancias, acompañadas de hoja de servicios
a lo prevenido en el artículo 71 de la Ley de Procedicertificada y cerrada en 1 de septiembre de 1963, más
miento Administrativo, requiriendo al interesado para
la documentación exigida para el t u r n o de consortes,
que en u n plazo de diez días subsane la falta o acom
si se t r a t a de petición de este t u r n o , se tramitarán por
pane los documentos preceptivos, con apercibimiento de
la Delegaron Administrativa de la provincia en que sirque, si así no lo hiciese, se archivará sin más trámite
van los solicitantes, excepto los que desempeñen prosu petición.
visionalmente Escuela distinta de la que sean titulares,
En estos casos las ¡Delegaciones tramitarán las petique la presentarán en la de la provincia a que perteciones de tales concursantes como las de los demás, hanezca la Escuela cuya propiedad ostentan.
ciendo constar en la cabeza de la petición tal circunsLos comprendidos en los grupos segundo y tercero
tancia del requerimiento, y correspondiendo a la Didel t u r n o voluntario lo harán ante la Delegación de la
rección General la medida de archivar sin más trámite
provincia en que hubieren desempeñado la última Eslas peticiones que no se hubiesen subsanado, a cuyo
cuela en propiedad definitiva.
efecto la correspondiente Delegación oficiará sobre tal
Los sancionados con traslado pendientes de cumplir
extremo a la misma.
la sanción acompañarán, además de la hoja de serviXIV.—Tramitación.
cios copia de la Orden o.ue resolviera su expediente, y
los excedentes, copias de las Ordenes de excedencia y
35. A cada solicitud los Delegados unirán informe
depuración (esta última, t a n sólo para los que ingresadetallado, certificando bajo su -esbonsabilidad
la veraciron en el Magisterio con anterioridad a 1936), certificadad de los datos contenidos en la mism1» • del tiempo
ción de antecedentes' penales y otra de no padecer afecde oermanencia del solicitante en la localidad en que
ción tuberculosa, expedida por el Dispensario corresponsirva en propiedad, más el que haya que abonarle presdiente, y declaración jurada d e si se encuentran o no
tado provisionalmente en otra, o puntuarle doble si se
procesados, así como de las sanciones en que pudieran
t r a t a de servicios en Escuelas rurales, exoresados en
haber incurrido en el servicio de otro Cuerpo.
años, meses y días; los de propiedad en el Magisterio o
desde la fecha en que pasó al primer Escalafón, y que
La instancia se ajustará al modelo que sirvió en el
reúne las condiciones generales que se exigen para popasado concurso; en ella se relacionarán, conforme a
der concursar. El resumen de la puntuación por cada
las normas contenidas en el número siguiente, por orpreferencia con la suma total constará en el informe,
d e n d e preferencia, las Escuelas q u e se soliciten, expreen la parte superior derecha de la instancia, j u n t o con
sando con la mayor claridad los datos exactos que en
el número del Escalafón de la promoción a que pertela instancia se exigen. Una vez entregada la documennezca en caso de que ésta no figure aún escalafonada.
tación, por ningún concepto se alterará o anulará la petición, ni aun en cuanto al orden de prelación de las
En las peticiones del t u r n o de consortes certificarán
vacantes solicitadas. Las que resulten ilegibles o no
que reúnen las condiciones señaladas para solicitar por
coincidan exactamente con la designación y número con
este t u r n o ; que el cónyuge del concursante, si fuese
que las vacantes se anuncien, cuando se trate de soliMaestro, sirve en propiedad en la localidad o término
citar localidad y vacante concreta, se considerarán no
municipal a que corresponda la vacante que se solicita;
que no participa en ninguno de los dos turnos de este
incluidas en la petición, perdiendo todo derecho a ellas
concurso, y que los méritos que alega el peticionario eslos concursantes. No obstante, y conforme a lo dispuest
á n documentalmente probados, figurando en el inforto en el número 2 del artículo 115 de la Ley de Proceme la puntuación que le corresponda. Cuando el intedimiento Administrativo, los vicios y defectos que haresado solicite al mismo tiempo por el t u r n o voluntario
gan anulable u n a adjudicación no podrán ser alegados
hará constar la Delegación esta circunstancia en las dos
en su día por los causantes de los mismos para fundainstancias, independientemente de que lo haga el prom e n t a r en ello la renuncia a la vacante adjudicada.
pio solicitante.
t¡n cuanto a los reintegros de las peticiones con sellos de la Mutualidad de Enseñanza Primaria, se segui36. De cada instancia formarán las Delegaciones una
rán las normas dictadas al efecto por dicho Organismo.
ficha, en la que constarán nombre y apellidos del interesado, Escuela que sirve, esquema de la puntuación,
33 Las vacantes que se pidan en el concurso debesuma total de ésta y número del Escalafón o promorán designarse necesariamente en alguna de las formas
ción.
que se expresan en los siguientes apartados :
En el plazo de ocho días, a contar desde el en que
,0 Petición de localidades concretas y determinadas
finalice el de admisión de instancias, las Delegaciones
hasta u n número máximo de setenta y cinco.
Administrativas expondrán en el tablón de anuncios reb> Petición genérica y global, haciendo constar que
laciones por orden alfabético de apellidos con el conse solicitan todas las vacantes existentes en capital de
tenido de estas fichas, y hará pública la relación de las
provincia.
peticiones
que hubiesen sido rechazadas, dando u n plac) Petición genérica y global, haciendo constar que
zo de ocho días para reclamaciones.
se solicitan todas las vacantes existentes en localidaTerminado este plazo, las Delegaciones Administratides de más de diez mil habitantes.
d) Petición de destino en u n a provincia determina- vas expondrán e n el tablón de anuncios las rectifica-ciones
a que hubiere lugar, y remitirán a esta Direcda. Se podrán señalar h a s t a cinco provincias por el orción General las peticiones de los concursantes, ordeden de preferencia deseado, bien sin limitación en cuan-
444 (Sup.)
30
de
nuTiembre
nadas en la siguiente forma: las del turno de consortes,
por orden alfabético de la localidad que soliciten y provincia que corresponda, y dentro de este orden, por las
preferencias señaladas en el artículo 2.o del Decreto de
18 de octubre de 1*57; las del turno voluntario, por orden de mayor a menor puntuación (no por alfabético),
resolviendo los empalies el mejor número esoalafonal o,
en su defecto, el de la lista de promoción a que pertenezca, y separada* de las peticiones de ambos turnos,
las de aquellos q u e soliciten como comprendidos en el
número 22 de esta convocatoria.
Para facilitar el adecuado manejo de los expedientes
en la Dirección General, las Delegaciones cuidarán de
que todos los documentos e informes ciue se acompañan
a cada petición vayan dentro de la «carpeta-instancia»,
evitándose en absoluto que aparezcan cosidos fuera de
ella, tanto delante como detrás de la misma,
Al mismo tiempo enviarán por separado las instancias y fichas correspondientes a las reclamaciones presentadas, uniendo a las mismas el escrito de reclamación
y la propuesta que formule la Delegación.
Asimismo acompañarán relación de los concursantes
por orden alfabético.
La fichas, conjuntamente las de ambos turnos, se enviarán ordenadas por alfabético de apellidos.
Las Delegaciones unirán además u n a relación nominal
de los Maestros que, estando obligados a concursar, no
lo hubieran efectuado.
37. Las peticiones de los Maestros que prestan sus
servicios en Marruecos se cursarán a esta Dirección General por conducto del Consulado de España en Tetuán,
y las de los que sirvan Escuelas dependientes de la
Dirección General de Plazas y Provincias Africanas serán remitidas a esta Dirección General por conducto de
aquel Organismo. Las calificaciones de los servicios en
ambos casos se realizarán por la Sección de Provisión de
Escuelas de este Ministerio.
XV.—Concurso especial de Navarra.
38. Conforme a lo establecido en la cuarta de las
disposiciones finales y transitorias de la Ley de Educación Primaria, artículo 92 del Estatuto del Magisterio
y Orden ministerial de 9 de octubre de 1957 («B. O. del
Estado» del 31), sé convoca asimismo concurso para proveer Tas vacantes de Escuelas nacionales de régimen ordinario que corresponden a este medio de provisión en
la provincia de Navarra.
Por este concurso, en el que se refunden sin preferencias los turnos de consortes, voluntario y los tres grupos de éste, a que se refieren los artículos 57 y 68 del
Estatuto del Magisterio, podrán aspirar a obtener Escuela en la provincia de Navarra todos los Maestros
nacionales, con sujeción a las normas generales que se
contienen en la presente Resolución, en cuanto sea aplicable a este concurso especial.
39. Las solicitudes se formularán como se idspone en
el número 33, y los interesados presentarán instancia y
documentación para este concurso de Navarra, independiente de ;as que formulen en el general.
40. Las Delegaciones no formularán fichas de estos
concursantes, pero sí las certificaciones y relaciones sin
puntuación de los mismos—enumerando las circunstancias que aleguen—a que se contraen los números 35 y 36
de la convocatoria general. Transcurrido el plazo de
ocho días, a que se hace referencia en los mismos, remitirán a la Delegación de Navarra las instancias de los
peticionarios, ordenadas alfabéticamente por apellidos,
acompañads de la documentación, y una relación por
el mismo orden anunciado por telegrama oue se cursará
a tal provincia en la primera fecha hábil el envío de
los expedientes, a fin de que-aquélla suspenda la tramitación del concurso hasta la recepción de los mismos.
Igualmente se enviará a dicha provincia telegrama
negativo, caso de no existir peticiones para este concurso
especial.
41. La Delegación de Navarra, después de recibir todas las peticiones, que unirá a las de su provincia, formara u n a relación alfabética por apellidos, en la que
consten los siguientes datos: número de orden, apellidos
y nombre, Escuela que sirven, número y clase del Escalafón general, servicios en la Escuela y en la carrera
y Escuela que solicita por orden de preferencia. Esta
relación, aprobada previamente por la J u n t a Superior
de Educación, se publicará en el «Boletín Oficial de la
Provincia de Navarra» para que las Corporaciones municipales formulen propuesta unipersonal en el orden
e n que desean a los aspirantes, haciéndolo a favor de
varios por si el primero o sucesivos obtuvieran otra Escuela en el mismo concurso. Las Entidades proponentes
habrán de agotar, en cuanto sea dable, las posibilidades
de propuesta, conforme a la Circular de la Diputación
Toral de Navarra de 17 de enero de 1958.
42. El plazo de propuesta será de quince días naturales, a partir del siguiente al en que termine de publicarse la relación en el «Boletín Oficial» de la provincia, finalizado el cual, la Delegación de Navarra, a la
que habrán de remitirse aquellas propuestas con copia
certificada del acta correspondiente, acoplará las propuestas parciales en u n a general, que se someterá a. la
aprobación de la J u n t a Superior de Educación, y ésta
Tía elevará a la Dirección General para su resolución.
de
1963
43. Bs compatible la participación en este concurso
y en el general, si bien las peticiones de este último
quedarán sin efecto en todos los casos cuando los solicitantes obtengan destino en el especial de Navarra.
En la parte superior de la instancia de ambos concursos harán constar los interesados que simultáneamente realizan las dos peticiones.- La Delegación de Navarra remitirá a esta Dirección General relación de aquellos Maestros que obtengan Escuela en la citada provincia y hayan solicitado también en el concurso general.
. La especialidad de este concurso para la proTincia de
Navarra sólo se refiere al nombramiento de Maestros
para Escuelas de la misma.
44. Las peticiones de los Maestros que actualmente
se encuentran destinados en Navarra para participar en
el concurso general de traslados para vacantes del resto
de Bspña se tramitarán por la Delegación como previenen las normas relativas al concurso seneral dentro de
la presente Resolución.
XTI.—Publicación de vacantes y adjudicación
de destinos
45. Por esta Dirección General se resolverán cuantas
dudas se susciten en el cumplimiento de lo que por
estas convocatorias se dispone; se ordenará la publicación de vacantes a proveer en estos concursos; se realizará la adjudicación provisional de destinos, concediéndose veinte días para reclamaciones, y. por último, se
elevarán a definitivas dichas adjudicaciones.
Madrid, 31 de octubre de 1963.—El Director general,
3. Tena.
(«B. O. del E.» del 29 de noviembre.)
LUNES, 11 DE OCTUBRE DE 1963
Se crea en la Dirección General de Enseñanza
Primaria una Secretaría General (rectificada)
31 AGOSTO.—O. ME.
El volumen de servicios y de trabajo en la Dirección General de Enseñanza Primaria hace necesario introducir modificaciones en su actual organización que
faciliten la labor del Director general y le descarguen
en determinados.aspectos de su actividad.
Solución adecuada parece la creación de u n a Secretaría General que pueda colaborar ampliamente con la
Dirección y hacerse cargo de las misiones que el Director le confíe.
En su virtud, este Ministerio ha resuelto:
I.» Se crea en la Dirección General de Enseñanza Primaria una Secretaría General con la misión de auxiliar
en sus funciones específicas al Director general y realizar las labores de orden técnico que éste le encomiende.
2.» El cargo será desempeñado por funcionario de
Cuerpos generales o especiales o pertenecientes a escalas dependientes de este Ministerio.
3.» El nombramiento de Secretario general de la Dirección General de Enseñanza Primaria se efectuará por
Orden ministerial, a propuesta del Director general.
Madrid, 31 de agosto de 1963.—Lora Tamayo.
(«B. O. del E.» del 11 de octubre.)
JUEVES, 31 DE OCTUBRE DE 1963
Agrupaciones escolares en la provincia de Baleares
19 OCTUBRE.—O. M.
Visto el expediente incoado por el Consejo de Inspección de Enseñanza Primaria de Baleares, en cumplimiento del Decreto 400/1962, de 22 de febrero, sobre
Agrupaciones escolares, y el informe de la Inspección
Central,
Este Ministerio, de conformidad con la propuesta, ha
resuelto:
l.o Constituir los siguientes Grupos escolares, pero
conservando el régimen interior en tanto no se produzca vacante en una de las direcciones sin curso, que
se suprimirá sin poder realizarse nombramiento:
Ayuntamiento de Ibiza (casco):
Mixto, con dos direcciones sin curso—una de ellas
excedente—y dieciséis unidades (siete de niños, seis de
niñas y tres de párvulos). Quedan integrados el Grupo
escolar de niños, de siete secciones, y dos de párvulos
y dirección sin grado, y el Grupo escolar de niñas, de
seis secciones y una de ellas de párvulos y dirección
sin grado.
Ayuntamiento de Lluchmayor (casco):
Mixto, con dos direcciones sin curso—una de ellas
excedente—y catorce unidades (seis de niños, seis de
niñas y dos de párvulos). Quedan integrados el Grupo
escolar de niños, con dirección sin grado y seis unidades, y el Grupo escolar de niñas, con dirección con
curso, con seis secciones de niñas y dos de párvulos.
Ayuntamiento de Palma de Mallorca (casco):
Mixto «Santa Isabel», con dos direcciones sin curso
Es c u e l a E s p a ñ o l a
—una de ellas excedente—y dieciséis unidades (siete de
niños, seis de niñas y tres de párvulos). Quedan integrados el Grupo escolar de niños, con dirección sin grado, y las ocho secciones y el grupo escolar de niñas,
con dirección sin grado y nueve secciones, tres de ellas
de párvulos.
Mixto «La Soledad», con dos direcciones sin curso
•—una de ellas excedente—y dieciséis unidades (siete de
niños, seis de niñas y tres de párvulos). Quedan integrados el Grupo escolar de niños, de ocho secciones, y
el de niñas, de nueve secciones—tres de ellas ds párvulos—, y la dirección sin grado de cada uno de estos
Grupos escolares.
2.° Constituir las siguientes Agrupaciones escolares:
Ayuntamiento de Alaro (casco) :
Mixta, con dirección con curso y nueve unidades (cuatro de niños, cuatro de niñas y u n a de párvuios) Quedan integradas la graduada de niños, de cinco secciones—una de ellas de párvulos—, y la de niñas, de cuatro secciones.
Ayuntamiento de Algaide (casco) :
Mixta, con dirección con curso y ocho unidades (cuatro de niños y cuatro de niñas). Quedan integradas la
graduada de niños y la de niñas, con cuatro secciones
cada una.
Ayuntamiento de Andraitx (casco) :
Mixta número 1. con dirección con curso y cinco unidades (tres de niños, una de niñas y una de párvulosi.
Quedan integradas la graduada de niños, de cuatro secciones—una de ellas de párvulos—, y la unitaria de niñas número 2.
Niñas numero 2, con dirección con curso y dos unidades. Quedan integradas las unitarias de niñas números 1 y 2.
Ayuntamiento de Arta (casco) :
Mixta, con dirección con curso y cuatro unidades (dos
de niños y dos de niñas). Quedan integradas la graduada de niños y la de niñas, de dos secciones cada una.
Ayuntamiento de Buger (casco) :
Mixta, con dirección con curso y tres unidades (una
de niños, una de niñas y una de párvulos). Quedan
integradas la unitaria de niños, unitaria de niñas y la
de párvulos.
Ayuntamiento de Campanet (casco) :
Mixta, con dirección con curso y tres unidades (dos
de niños y una de niñas). Quedan integradas las unitarias de niños números 1 y 2 y la de niñas.
Ayuntamiento de Campos del Puerto (casco) :
Mixta, con dirección con curso y seis unidades (tres
de niños, dos de niñas y u n a de párvulos). Quedan integradas la graduada de niños, de cuatro secciones—una
de ellas de párvulos—, y la graduada de niñas, de ocho
secciones.
Ayuntamiento de Campos del Puerto (localidad: El
Palmer) :
Mixta, eon dirección con curso y dos unidades (una
de niños y una de niñas). Quedan integradas la unitaria de niños y unitaria de niñas.
Ayuntamiento de Consell (casco) :
Mixta, eon dirección con curso y tres unidades (dos
de niños y u n a de niñas). Quedan integradas la graduada de niños, de dos secciones, y la unitaria de
niñas.
Ayuntamiento de Esporlas (casco) :
Mixta, eon dirección con curso y seis unidades ,tres
de niños, dos de niñas y una de párvulos). Quedan
integradas la graduada de niños, de tres secciones, y la
de niñas, d e tres secciones, u n a de ellas de párvulos.
Ayuntamiento de Pelanitx (localidad : Cas Concos) :
Mixta, con dirección con curso y dos unidades (una
de niños y u n a de niñas). Quedan integradas la unitaria de niños y la unitaria de niñas.
Ayuntamiento de Ferrerias (casco) :
Mixta, con dirección con curso y cuatro unidades (dos
de niños, u n a de niñas y u n a de párvulos). Quedan
integradas la graduada de niños de tres secciones—una
de ellas de párvulos—, y la unitaria de niñas.
Ayuntamiento de Llosetas (casco) :
Niñas, con dirección con curso y dos unidades. Quedan integradas las das unitarias de niñas.
Ayuntamiento de Mahón (localidad : Llumesas) :
Mixta, con dirección con curso y dos unidades (una
de niños y una de niñas). Quedan integradas la unitaria de niños y la unitaria de niñas.
Ayuntamiento de Mahón (localidad : San Clemente) :
Mixta, con dirección con curso y tres unidades (una
de niños, una de niñas y una de párvulos). Quedan
integradas la unitaria de niños, unitaria de niñas y la
de párvulos.
Ayuntamiento de Manacor (localidad. Portocristo) :
Mixta, con dirección con curso y tres unidades (dos
de niños y una de niñas). Quedan integradas la unitaria de niños y unitaria de niñas y la de niños de
«Orientación Agrícola».
Ayuntamiento de Marratxi (localidad : Pía de Natesa) :
Mixta, con dirección con curso y tres unidades (una
de niños, u n a de niñas y u n a de párvulos). Quedan integradas la graduada de niñas, de dos secciones—una de
ellas de párvulos—, y la unitaria de niños.
Ayuntamiento de Marratxi (localidad : Pont de Inca) :
Mixta, con dirección con curso y cuatro unidades (dos
de niños, u n a de niñas y u n a de párvulos). Quedan
integradas la graduada de niños, de dos secciones, y la
de niñas, de dos secciones, u n a de ellas de párvulos.
(Sup.) 445
Ayuntamiento de Marratxi (localidad : Portol) :
Mixta, con cuatro unidades (dos de niños, u n a de
niñas y una de párvulos). Quedan integradas las unitarias de niños números 1 y 2, la unitaria de niñas y la
de párvulos.
Ayuntamiento de Mercadal (casco) :
Mixta «Virgen del Monte Toro», con dirección con
curso y cuatro unidades (dos de niños, u n a de niñas
y una de párvulos). Quedan integradas la graduada de
niños, de tres secciones—una de ellas de párvulos—, y
la unitaria de niñas.
Ayuntamiento de Mercadal (localidad : Fornelis) :
Mixta, con dirección con curso y dos unidades (una
de niños y una de niñas). Quedan integradas la unitaria de niños y unitaria de niñas.
Ayuntamiento de Mercadal (localidad : San Cristóbal) :
Mixta, con dirección con curso y tres unidades (una
de niños, u n a de niñas y una de párvulos). Quedan
integradas la unitaria de niños, unitaria de niñas y la
de párvulos.
Ayuntamiento de Montuiri (casco) :
Mixta, con dirección con curso y seis unidades (tres
de niños, dos de niñas y u n a de párvulos). Quedan
integradas la graduada de niños, de tres secciones, y la
de niñas, de tres secciones, u n a de ellas de párvulos.
Ayuntamiento de Pulgputent (casco) :
Mixta, con dirección con curso y tres unidades (una
de niños, una de niñas y una de párvulos). Quedan
integradas la unitaria de niños, unitaria de niñas y
párvulos.
Ayuntamiento de San Antonio Abad (casco) :
Mixta, con dirección con curso y cinco unidades idos
de niños, dos de niñas y una de párvulos). Quedan
integradas las unitarias de niños números 1 y 3, las de
niñas números 1 y 2 y la de párvulos.
Ayuntamiento de Sancellas (casco) :
Mixta, con dirección con curso y cuatro unidades
(tres de niños y una de niñas). Quedan integradas la
graduada de niños, de tres secciones, y la de niñas (unitaria).
Ayuntamiento de San José (casco) :
Mixta, con dirección con curso y dos unidades (una
de niños y una de niñas). Quedan la unitaria de niños
y unitaria de niñas.
Ayuntamiento de San Juan (casco) :
Mixta, con dirección con curso y dos unidades (una
de niñas y u n a de párvulos). Quedan integradas la graduada de niñas, de dos secciones, u n a de ellas de párvulos.
Ayuntamiento de San J u a n Bautista (localidad : San
Lorenzo) :
Mixta, con dirección con curso y dos unidades (una
de niños y u n a de niñas). Quedan integradas la unitaria de niños y unitaria de niñas.
Ayuntamiento de San Lorenzo de Cardessar (casco) :
Mixta, con dirección con curso y cinco unidades (tres
de' niños, u n a de niñas y una de párvulos). Quedan integradas la graduada de niños, de cuatro secciones—una
de ellas de párvulos—, y la unitaria de- niñas.
Ayuntamiento de San Luis (casco) :
Mixta, con dirección con curso y ocho unidades (tres
de niños, tres de niñas y dos de párvulos). Quedan integradas las graduadas de niños y niñas, de cuatro secciones—-una de ellas de párvulos—cada una.
Ayuntamiento de Santa Eulalia del Río (casco) :
Mixta «Truy den Vich», con dirección con curso y
dos unidades (una de niños y u n a de niñas). Quedan
integradas la unitaria de niños y unitaria de niñas.
Ayuntamiento de Santa Eulalia del Río (localidad:
Nuestra Señora de Jesús) :
Mixta, con dirección con curso y dos unidades (una
de niños y u n a de niñas). Quedan integradas la unitaria de niños y unitaria de niñas.
Ayuntamiento de Palma de Mallorca (casco) :
Mixta «Virgen del Lluch», con dirección con curso
y tres unidades (dos de niños y una de niñas). Quedan
integradas la graduada de niños, de dos secciones, y la
unitaria de niñas.
Ayuntamiento de Palma de Mallorca (localidad: El
Arenal) :
Mixta con dirección con curso y tres unidades (una
de niños, una de niñas y u n a de párvulos). Quedan
integradas la graduada de niñas, de dos secciones—una
de ellas de párvulos—, y la unitaria de niños.
Ayuntamiento de Palma de Mallorca (localidad : Saín
Jordi) :
Mixta, con dirección con curso y tres unidades ( una
de niños, u n a de niñas y una de párvulos). Quedan
integradas la graduada de niñas, de dos secciones—una
de ellas de párvulos—, y la unitaria de niños.
Ayuntamiento de Palma de Mallorca (localidad : Coll
D°en Rebassa) :
Mixta, con dirección con curso y cuatro unidades (dos
de niños, u n a de niñas y una de párvulos). Quedan
integradas la graduada de niños, de tres secciones—una
de ellas de párvulos—, y la unitaria de niñas.
Ayuntamiento de Palma de Mallorca (localidad : Casa
Blanca) :
Mixta, con dirección con curso y tres unidades (una
de niños, u n a de niñas y una de párvulos). Quedan
integradas la graduada de niñas, con dos secciones—una
de ellas de párvulos—, y una unitaria de niños.
Ayuntamiento de Palma de Mallorca (localidad: Secar del Real):
Mixta, con dirección con curso y cuatro unidades (dos
446 (Sup.)
30
de
noviembre
de niños, una de niñas y u n a de párvulos). Quedan
integradas la graduada de niños, de tres secciones—-una
de ellas de párvulos—, y la unitaria de niñas.
Ayuntamiento de Palma de Mallorca (localidad : Son
Ferrol) :
Mixta, con dirección con curso y dos unidades (una
de niños y una de niñas). Quedan integradas la unitaria de niños y unitaria de niñas.
Ayuntamiento de Santa Eulalia del Río (casco) :
Mixta, con dirección con curso y dos unidades (una
de niños y una de niñas). Quedan integradas la unitaria de niños y unitaria de niñas.
Ayuntamiento de Santa Margarita (casco):
Mixta, con dirección con curso y ocho unidades (cuatro de niños, tres de niñas y una de párvulos). Quedan
integradas la graduada de niños, de cuatro secciones,
y la de niñas, de cuatro secciones, u n a de ellas de párvulos.
Ayuntamiento de Santa María (casco) :
Mixta, con dirección con curso y cuatro unidades (tres
de niños y u n a de niñas). Quedan integradas la graduada de niños, de tres secciones, y la unitaria de
niñas.
Ayuntamiento de Santañy (casco) :
Mixta, con dirección con curso y seis unidades (cuatro d e niños, u n a de niñas y una de párvulos). Quedan integradas la graduada de niños, de cinco secciones—una de ellas de párvulos—, y la unitaria de niñas.
Ayuntamiento de Selva (casco) :
Mixta, con dirección con curso y cuatro unidades
(dos de niños, una de niñas y una de párvulos). Quedan integradas las unitarias de niños números 1 y 2,
la unitaria de niñas y la de párvulos.
Ayuntamiento de Ses Salines (casco) :
Mixta, con dirección con curso y cuatro unidades (dos
de niños, una de niñas y u n a de párvulos). Quedan
integradas la graduada de niños, de tres secciones-—una
de ellas de párvulos—, y la unitaria de niñas.
Ayuntamiento de Sineu (casco) :
Mixta, con dirección con curso y cinco unidades (tres
de niños, una de niñas y una de párvulos). Quedan
integradas la graduada de niños, de cuatro secciones
—una de ellas de párvulos—, y la unitaria de niñas.
Ayuntamiento de Soller (localidad : Ses Marjades) :
Mixta, con dirección con curso y tres unidades (una
de niños, u n a de niñas y u n a de párvulos). Quedan
integradas la graduada de niñas, de dos secciones—una
de ellas de párvulos—, y la unitaria de niños.
Ayuntamiento de Son Servera (casco) :
Mixta, con dirección con curso y cinco unidades (tres
de niños, u n a de niñas y u n a de párvulos). Quedan
integradas la graduada de niños, de cuatro secciones
•—una de ellas de párvulos—, y la unitaria de niñas.
Ayuntamiento de Villa Carlos (casco) :
Mixta, con dirección con curso y tres unidades (una
de niños, u n a de niñas y una de párvulos). Quedan integradas la unitaria de niños, unitaria de niñas y Escuela de párvulos.
Ayuntamiento de Villafranca de Bonay (casco):
Mixta, con dirección con curso y cuatro unidades (tres
de niños y una de niñas). Quedan integradas la graduada de niños, de tres secciones y la unitaria de niñas.
3.e Ninguno de los Maestros de Escuelas afectadas
por la presente Orden nodrá ser destinado a unidad escolar de edificio distinto, salvo por concurso de traslados o concursillo.
4.c Los nombramientos de direcciones con curso se
verificarán cuando procedan oor no existir anteriormente o por haberse formado la Agruoaclón con unidades
escolares en que existe más de uno conforme a lo dispuesto en el articulo 228 del Estatuto.
5." Las Inspecciones Provinciales notificarán la presente Orden a las J u n t a s Municipales afectadas, bastando con expresar la fecha de la misma y la del «Boletin
Oficial del Estado» en que se publique.
Madrid, 19 ds octubre de 1963.—Lora Tamayo.
(«B. O. del E.» del 31 de octubre.)
A g r u p a c i o n e s e s c o l a r e s e n la p r o v i n c i a de B u r g o s
19 OCTUBRE.—O. M.
Visto el expediente incoado por el Consejo de Inspección de Enseñanza Primaria de Burgos en cumplimiento
del Decreto 400/1962, de 22 de febrero, sobre Agrupaciones escolares, y el informe de la Inspección Central.
Este Ministerio, de conformidad con la propuesta, ha
resuelto :
1.' Constituir los siguientes Grupos escolares en la
provincia de Burgos :
Ayuntamiento de Briviesca (casco) :
Mixto «Teresa Arce», con dirección sin curso y trece
unidades (seis de niños, cinco de niñas y dos de párvulos). Quedan integrados el Grupo escolar de niños,
de seis secciones y dirección sin grado, y las cinco secciones de niños y dos de párvulos del Grupo escolar de
niñas, suprimiéndose la dirección sin grado de éste, actualmente vacante.
de
1963
Ayuntamiento de Burgos (casco) :
Mixto «Hispano Argentino», con dirección sin curso y
diecisiete unidades (siete de niños, siete de niñas y tres
de párvulos). Quedan integrados el Grupo escolar de
niños «Hispano Argentino», de seis secciones y dirección
sin grado; la graduada de niñas «Santocildes», de cuatro secciones; las tres unitarias de niñas de la calle
General Sanz Pastor, la unitaria de niñas de la calle
General Sanz Pastor y las tres de párvulos de la calle
San Gil.
Ayuntamiento de Miranda de Ebro (casco) :
Mixto «Nuestra Señora de Altamira», con dirección
sin curso y doce unidades (seis de niños, cinco de niñas y una de párvulos). Quedan integrados el Grupo
escolar de niños, de seis secciones y dirección sin grado,
y las cinco secciones de niñas y u n a de párvulos del
Grupo escolar de niñas, suprimiéndose la dirección sin
grado de éste, actualmente vacante.
Ayuntamiento de Quintanar de la Sierra (casco):
Mixto, con dirección sin curso y catorce unidades
(seis de niños, seis de niñas y dos de párvulos). Quedan
integrados el Grupo escolar de niños, de seis secciones
y dirección sin grado, y las seis secciones de niñas del
grupo escolar de niñas y las dos de párvulos, suprimiéndose la dirección sin grado del Grupo escolar de
niñas, actualmente vacante.
2." Constituir los siguientes Grupos escolares, pero
conservando el régimen anterior en t a n t o no se produzca vacante en u n a de las direcciones sin curso que se
suprimirá sin poder realizarse nombramiento.
Ayuntamiento de Burgos (casco):
Mixto «Padre Manjón», con dos direcciones sin curso,
una de ellas excedente; y quince unidades (siete de niños, seis de niñas y dos de párvulos). Quedan integrados el Grupo escolar de niños, de seis secciones y dirección sin grado; el Grupo escolar de niñas, de siete secciones, dos de ellas de párvulos y dirección sin grado,
y las unitarias de niños y niñas «San Pedro» y «San
Felipe».
3.° Constituir las siguientes Agrupaciones escolares :
Ayuntamiento de Los Barrios de Bureba (casco):
Mixta, con dirección con curso y tres unidades (una
de niños, u n a de niñas y u n a de párvulos). Quedan integradas la unitaria de niños, unitaria de niñas y la de
párvulos.
Ayuntamiento de Belorado (casco) :
Mixta, con dirección con curso y diez unidades (cuatro de niños, cuatro de niñas y dos de párvulos). Quedan integradas la graduada de niños y la de niñas, de
cinco secciones—una de ellas de párvulos—cada una.
Ayuntamiento de Busto de Bureba (casco) :
Mixta, con dirección con curso y cuatro unidades (una
de niños, dos de niñas y u n a de párvulos). Quedan
integradas la unitaria de niños, la unitaria de niñas, la
mixta y la de párvulos.
Ayuntamiento de Castrogeriz (casco) :
Mixta, con dirección con curso y ocho unidades (tres
de niños, tres de niñas y dos de párvulos). Quedan
integradas la graduada de niños y la de niñas, de tres
secciones cada una, y las dos de párvulos.
Ayuntamiento de Espinosa de los Monteros (casco):
Mixta, con dirección con curso y cuatro unidades
(tres de niños y u n a de niñas). Quedan integradas las
tres unitarias de niños y una de niñas.
Ayuntamiento de Fría (casco) :
Mixta, con dirección con curso y cuatro unidades (dos
de niños y dos de niñas). Quedan integradas las dos
unitarias de niños y dos de niñas.
Ayuntamiento de Grijalba (casco) :
Mixta, con dirección con curso y tres unidades (una
de niños, u n a de niñas y una de párvulos). Quedan
integradas la unitaria de niños, unitaria de niñas y la
de párvulos.
Ayuntamiento de Guadilla de Villamar (casco):
Mixta, con dirección con curso y dos unidades (una
de niños y u n a de niñas). Quedan integradas la unitaria de niños y la unitaria de niñas.
Ayuntamiento de Iglesias (casco) :
Mixta, con dirección con curso y tres unidades (una
de niños, una de niñas y una de párvulos).
Ayuntamiento de Lerma (casco) :
Mixta «Santo Domingo», con dirección con curso y
diez unidades (cuatro de niños, cuatro de niñas y dos
de párvulos). Quedan integradas las graduadas de niños y niñas, de cinco secciones—una de ellas de párvulos—cada una.
Ayuntamiento de Cerezo de Riotirón (casco) :
Mixta, con dirección con curso y siete unidades (tres
de niños, tres de niñas y una de párvulos). Quedan
integradas la graduada de niños, de tres secciones, y la
de niñas, de cuatro, u n a de ellas de párvulos.
Ayuntamiento de Medina de Pomar (casco) :
Mixta, con dirección concurso y nueve unidades (cuatro de niños, tres de niñas y dos de párvulos). Quedan
integradas la graduada de niños, de cuatro secciones:
la de niñas, de tres secciones, y las dos de párvulos.
Ayuntamiento de Melgar de Fernamental (casco) :
Mixta, con dirección con curso y ocho unidades (cuatro de niños, tres de niñas y u n a de párvulos). Quedan integradas la graduada de niños, de tres secciones ; la de niñas, de tres secciones; la unitaria de niños y la de párvulos.
Escuela
Ayuntamiento de Miranda de Ebro (casco) :
Mixta, con dirección con curso y diez unidades (cinco de niños y cinco de niñas). Quedan integradas la
graduada de niños y la de niñas, de cinco secciones
cada una.
Ayuntamiento de Olmedillo de Roa (casco) :
Mixta, con dirección con curso y tres unidades (una
de niños y dos de niñas). Quedan integradas las dos
unitarias de niñas y u n a de niños.
Ayuntamiento de Pampliega (casco) :
Mixta, con dirección con curso y cinco unidades (dos
de niños, dos de niñas y u n a de párvulos). Quedan integradas las dos unitarias de niños, dos de niñas y la
d e párvulos.
Ayuntamiento de Pedrosa del Príncipe (casco) :
Mixta, con dirección con curso y tres unidades (una
de niños, u n a de niñas y u n a de párvulos). Quedan
integradas la unitaria de niños, unitaria de niñas y la
•de párvulos.
Ayuntamiento de Poza de la Sal (casco) :
Mixta, con dirección con curso y siete unidades (tres
-de niños, tres de niñas y u n a de párvulos). Quedan integradas la graduada de niños, de tres secciones, y la
d e niñas, de cuatro secciones-—una de ellas de párvulos—.
Ayuntamiento de Pradoluengo (casco) :
Mixta, con dirección con curso y nueve unidades (cuatro de niños, cuatro de niñas y una de párvulos). Qued a n integradas las graduadas de niños y niñas, de cuatro secciones cada una, y la de párvulos.
Ayuntamiento de Sasamón (casco) :
Mixta, con dirección con curso y cinco unidades (dos
•de niños, dos de niñas y u n a de párvulos). Quedan
integradas las graduadas de niños y niñas, de dos secciones cada una, y la de párvulos.
Ayuntamiento de Trespaderne (casco) :
Mixta, con dirección con curso y cuatro unidades (una
•de niños, dos de niñas y u n a de párvulos). Quedan integradas la unitaria de niños, unitaria de niñas y la de
párvulos y la mixta.
Ayuntamiento de Villadiego (casco) :
Mixta, con dirección con curso y siete unidades (tres
<le niños, tres de niñas y u n a de párvulos). Quedan integradas la graduada de niños, de tres secciones, y la
de niñas, de cuatro-—una de ellas de párvulos—.
Ayuntamiento de Villafranea Montes de Oca (casco) :
Mixta, con dirección con curso y cuatro unidades (dos
•de niños y dos de niñas). Quedan integradas las dos
unitarias de niños y las dos de niñas.
Ayuntamiento de Villarcayo (casco) :
Mixta, con dirección con curso y siete unidades (tres
de niños, tres de niñas y u n a de párvulos). Quedan integradas la graduada de niños, de tres secciones, y la
d e niñas, de cuatro—una de ellas de párvulos—.
Ayuntamiento de Villasandino (casco) :
Mixta : con dirección con curso y cinco unidades (dos
•de niños, dos de niñas y una de párvulos). Quedan integradas las dos unitarias de niños, dos de niñas y una
de párvulos.
Ayuntamiento de Villatoro (casco) :
Mixta, con dirección con curso y tres unidades (una
de niños, u n a de niñas y u n a de párvulos). Quedan integradas la unitaria de niños, unitaria de niñas y la
de párvulos.
4.° Ninguno de los Maestros de Escuelas afectadas por
l a presente Orden podrá ser destinado a unidad escolar
de edificio distinto, salvo por concurso de traslados o
concursillo.
5.° Los nombramientos de direcciones con curso se
verificarán cuando procedan por no existir anteriorment e o por haberse formado la Agrupación con unidades
escolares en que existe más de uno conforme a lo dispuesto en el artículo 228 del Estatuto.
6." Las Inspecciones Provinciales notificarán la presente Orden a las J u n t a s Municipales afectadas, bastando con expresar la fecha de la misma y la del «Boletín
Oficial del Estado» en que se publique.
Madrid, 19 de octubre de 1963.—Lora Tamayo.
(«B. O. del E.» del 31 de octubre.)
VIERNES, 1 DE NOVIEMBRE DE 1963
A g r u p a c i o n e s e s c o l a r e s e n la p r o v i n c i a de T e r u e l
19 OCTUBRE.—O. M.
Visto el expediente incoado por el Consejo de Inspección de Enseñanza Primaria de Teruel, en cumplimiento del Decreto 400/1962, de 22 de febrero, sobre Agrupaciones escolares, y del informe de la Inspección General
Este Ministerio, de conformidad con la propuesta ha
resuelto :
l.o Constituir el siguiente Grupo escolar en la provincia de Teruel :
Ayuntamiento de Celia (casco) :
Mixto «Miguel Blasco Vilatela», con dirección sin curso y doce unidades (cuatro de niños, cuatro de niñas
y cuatro de párvulos). Quedan integrados el Grupo escolar de niñas, de ocho secciones—cuatro de ellas de
Española
(Sup.) 447
párvulos—y Directora sin grado, y la graduada de niños, de cuatro secciones :
2.o Constituir las siguientes Agrupaciones escolares :
Ayuntamiento de Aguaviva (casco) :
Mixta «Monseñor Altabella», con dirección con curso
y cuatro unidades (dos de niños y dos de niñas). Quedan integradas las dos unitarias de niños y las dos de
niñas.
Ayuntamiento de Alacón (casco) :
Mixta «Marcos Peña», con dirección con curso y tres
unidades (una de niños, u n a de niñas y u n a de párvulos). Quedan integradas la unitaria de niños, unitaria de niñas y la de párvulos.
Ayuntamiento de Albacete del Arzobispo (casco) :
Mixta «Ramón García Gárate», con dirección con curso y ocho unidades (cuatro de niños y cuatro de niñas). Quedan integradas la graduada de niños y la de
niñas, de tres secciones cada una, y la unitaria de niños y la unitaria de niñas.
Ayuntamiento de Albarracín (casco) :
Mixta, con dirección con curso y cinco unidades (dos
de niños, dos de niñas y una de párvulos). Quedan integradas las dos unitarias de niños, dos de niñas y una
de párvulos.
Ayuntamiento de Alcalá de la Selva (casco) :
Mixta, con dirección con curso y cuatro unidades (dos
de niños y dos de niñas). Quedan integradas las dos
unitarias de niños y dos de niñas.
Ayuntamiento de Alcañiz (casco) :
Mixta «El Cuartelillo», con dirección con curso y doce
unidades (cinco de niños, cuatro de niñas y tres de
párvulos). Quedan integradas la graduada de niñas, de
cinco secciones—dos de ellas de párvulos—, las cuatro
unitarias de niños, u n a unitaria de niñas y las parroquiales (unitaria de niños y de párvulos).
Ayuntamiento de Alcorisa (casco) :
Mixta, con dirección con curso y nueve unidades (cuatro de niños, tres de niñas y dos de párvulos). Quedan
integradas la graduada de niños, de cuatro secciones;
la de niñas, de tres, y las dos de párvulos.
Ayuntamiento de Alfambra (casco) :
Mixta, con dirección con curso y cinco unidades (tres
de niños y dos de niñas). Quedan integradas la graduada de niños, de tres secciones, y las unitarias de
niñas.
Ayuntamiento de Aliaga (casco) :
Mixta, con dirección con curso y cinco unidades (dos
de niños, dos de niñas y una de párvulos). Quedan
integradas las dos unitarias de niños, dos de niñas y
la de párvulos.
Ayuntamiento de Alloza (casco) :
Mixta, con dirección con curso y seis unidades (tres
de niños y tres de niñas). Quedan integradas la graduadas de niños y la de niñas, de tres secciones cada
una.
Ayuntamiento de Andorra (casco) :
Mixta, con dirección con curso y diez unidades (cuatro de niños, cuatro de niñas y dos de párvulos). Quedan integradas la graduada de niños y la de niñas, de
tres secciones cada u n a ; ias dos de párvulos y la unitaria de niñas y la de niños.
Ayuntamiento de Ariño (casco) :
Mixta «Nuestra Señora del Pilar», con dirección con
curso y cuatro unidades (una de niños, dos de niñas
y u n a de párvulos). Quedan integradas la unitaria de
niños, las dos de niñas y la de párvulos.
Ayuntamiento de Baguena (casco):
Mixta, con dirección con curso y cuatro unidades (dos
de niños y dos de niñas). Quedan integradas las dos
unitarias d e niños y dos de niñas.
Ayuntamiento de Bañón (casco) :
Mixta, con dirección con curso y tres unidades (una
de niños, u n a de niñas y u n a de párvulos). Quedan integradas la unitaria de niños, untaría de niñas y la de
párvulos.
Ayuntamiento de Barrachina (casco) :
Mixta, con dirección con curso y tres unidades (una
de niños, u n a de niñas y u n a de párvulos). Quedan
integradas la unitaria de niños, unitaria de niñas y la
de párvulos
Ayuntamiento de Beceite (casco) :
Mixta «Ei Buen Pastor», con dirección con curso y
cuatro unidades (dos de niños y dos de niñas). Quedan integradas las dos unitarias de niños y dos de
niñas.
Ayuntamiento de Bello (casco) : •
Mixta «Santo Domingo de Silos», con dirección con
curso y cinco unidades (dos de niños, dos de niñas y
una de párvulos). Quedan integradas las dos unitarias
de niños, dos de niñas y u n a de párvulos.
Ayuntamiento de Blancas (casco) :
Mixta, con dirección con curso y cuatro unidades (dos
de niños y dos de niñas). Quedan integradas las dos
unitarias d e niños y dos de niñas..
Ayuntamiento de Blesa (casco) :
Mixta «Miguel Artigas Ferrando», con dirección con
curso y cuatro unidades (dos de niños y dos de niñas).
Quedan integradas las dos unitarias de niños y dos de
niñas.
Ayuntamiento de Bronchales (casco) :
Mixta «Nuestra Señora de la Asunción», con dirección
con curso y cinco unidades (dos de niños, dos de ni-
44* (Sup.)
30
de
noviembre
ña» y una de párvulos). Quedan integradas las dos unitarias de niños, dos de niñas y una de párvulos.
Ayuntamiento de Burbaguena (casco):
Mixta, con dirección con curso y tres unidades (dos
de niños y una de niñas). Quedan integradas las dos
unitarias de niños y una de niñas.
Ayuntamiento de Calaceite (casco):
Mixta, con dirección con curso y seis unidades (tres
de niños y tres de niñas). Quedan, integradas la graduada de niños y la de niñas, de tres secciones cada una.
Ayuntamiento de Calamocha (casco):
Mixta, con dirección con curso y ocho unidades (cuatro de niños y cuatro de niñas). Quedan integradas ia
graduada de niños y la de niñas, de cuatro secciones
cada una.
Ayuntamiento de Calanda (casco):
Mixta «Virgen del Pilar», con dirección con curso y
6eis unidades (tres de niños y tres de niñas). Quedan
integradas la graduada de niños y la de niñas, de tres
secciones cada una.
Ayuntamiento de Camarillas (casco):
Mixta, con dirección con curso y tres unidades (una
de niños, una de ruñas y una de párvulos). Quedan
integradas la unitaria, de niños, unitaria de niñas y la
de párvulos.
Ayuntamiento de Caminreal (casco):
Mixta, con dirección con curso y seis unidades (tres
de niños.y tres de niñas). Quedan integradas la graduada de niños y la de niñas, de tres secciones cada una.
Ayuntamiento de Castel de Cabra (casco):
Mixta, con dirección con curso y tres unidades (una
de niños, una de niñas y una de párvulos). Quedan
integradas la unitaria de niños, unitaria de niñas y la
de párvulos.
Ayuntamiento de Castellote (casco):
Mixta, con dirección con curso y cinco unidades (dos
de niños, dos de niñas y una de párvulos). Quedan integradas las dos unitarias de niños, dos de niñas y la
de párvulos.
Ayuntamiento de Castelseras (casco):
Mixta, con dirección con curso y cinco unidades (dos
de niños, dos de niñas y una de párvulos). Quedan integradas las dos unitarias de niños, dos de niñas y una
de párvulos.
Ayuntamiento de Cedrillas (casco):
Mixta «El Salvador», con dirección con curso y cuatro unidades (dos de niños y dos de niñas). Quedan
integradas las dos unitarias de niños y dos de niñas.
Ayuntamiento de Celada (casco):
Mixta «Virgen de la Salud», con dirección con curso
y cuatro unidades (dos de niños y dos de niñas). Quedan integradas las dos unitarias de niños y dos de
niñas.
Ayuntamiento de Cretas (casco):
Mixta «San Juan», con dirección con curso y cuatro
unidades (dos de niños y dos de niñas). Quedan integradas las dos unitarias de niños y dos de niñas.
Ayuntamiento de Ejulve (casco):
Mixta «Joaquín Costa», con dirección con curso y cuatro unidades (dos de niños y dos de niñas). Quedan
integradas las dos unitarias de niños y dos de niñas.
Ayuntamiento de Escucha (casco):
Mixta «General Pizarro», con dirección con curso y
siete unidades (tres de niños, tres de niñas y una de
párvulos). Quedan integradas la graduada de niños, de
tres secciones, y la de niñas, de cuatro, una de ellas
de párvulos.
Ayuntamiento de Estercuel (casco):
Mixta «Santo Toribio», con dirección con curso y cuatro unidades (dos de niños y dos de niñas). Quedan
integradas las dos unitarias de niños y dos de niñas.
Ayuntamiento de La Fresneda (casco):
Mixta «Nuestra Señora de la Gracia», con dirección
con curso y cuatro unidades (dos de niños y dos de
niñas). Quedan integradas las dos unitarias de niños y
doe de niñas.
Ayuntamiento de Fuentes Claras (casco):
Mixta. «Nuestra Señora de los Navarros», con dirección
con curso y cuatro unidades (dos de niños y dos de
niñas). Quedan integradas las dos unitarias de niños
y dos de niñas.
Ayuntamiento de Gea de Albarracín (casco):
Mixta, con dirección con curso y cinco unidades (dos
de niños, dos de niñas y una de párvulos). Quedan integradas las dos unitarias de niños, dos de niñas y una
de párvulos.
Ayuntamiento de La Ginebrosa (casco):
Mixta «Santo Tomás de Aquino», con dirección con
cureo y tres unidades (una de niños, una de niñas y una
de párvulos;. Quedan integradas la unitaria de niños,
unitaria de niñas y la de párvulos.
Ayuntamiento de Guadalaviar (casco):
Mixta, con dirección con curso y tres unidades (una
de niños, una de niñas y una de párvulos). Quedan
integradas la unitaria de niños, unitaria de niñas y la
de párvulos.
Ayuntamiento de Hijar (casco):
Mixta, con dirección con curso y cinco unidades (tres
de niños, una de niñas y una de párvulos). Quedan integradas la graduada de niños, de tres secciones; la uni' taria de niñas y la de párvulos.
Ayuntamiento de Huesa del Común (casco):
Mixta, con dirección con curso y tres unidades (una
de
1963
de niños, una de niñas y una de párvulos). Quedan
integradas la unitaria de niños, unitaria de niñas y la
de párvulos.
Ayuntamiento de Iglesuela del Cid (casco):
Mixta, con dirección con curso y tres unidades (dos
de niños y una de niñas). Quedan integradas las dos
unitarias de niños y la de niñas.
Ayuntamiento de Martín del Río (casco):
Mixta «José Luis Peñas Royo», con dirección con curso y cinco unidades (dos de niños, dos de niñas y una
de párvulos). Quedan integradas las dos unitarias de
niños, dos de niñas y una de párvulos.
Ayuntamiento de Más de las Matas (casco):
Mixta «Valero Serrano», con dirección con curso y
siete unidades (tres de niños, tres de niñas y una de
párvulos). Quedan integradas la graduada de niños, de
tres secciones, y la de niñas, de cuatro secciones, una
de ellas de párvulos.
Ayuntamiento de Manzanera (casco):
Mixta «Maestro Muñoz», con dirección con curso y
cuatro unidades (dos de niños y dos de niñas). Quedan
integradas las dos unitarias de niños y dos de niñas.
Ayuntamiento de Mazaleón (casco):
Mixta «San Sebastián», con dirección con curso y cinco unidades (dos de niños, dos de niñas y una de párvulos) . Quedan integradas las dos unitarias de niños,
dos de niñas y una de párvulos.
Ayuntamiento de Molinos (casco):
Mixta «Nuestra Señora de las Nieves», con dirección
con curso y cinco unidades (dos de niños, dos de niñas
y una de párvulos). Quedan integradas las. dos unitarias de niños, dos de niñas y una de párvulos.
Ayuntamiento de Monreal del Campo (casco):
Mixta, con dirección con curso y once unidades (cuatro de niños, cinco de niñas y dos de párvulos). Quedan integradas la graduada de niños, de tres secciones;
unitaria de niños, graduada de ninas, del cinco secciones—dos de ellas de párvulos—, y las dos unitarias de
niñas.
Ayuntamiento de Montalbán (casco):
Mixta, con dirección con curso y diez unidades (cuatro de niños, cuatro de niñas y dos de párvulos). Queden integradas la graduada de niños, de cuatro secciones; la de niñas, de cuatro secciones, y las dos de párvulos.
Ayuntamiento de Mora de Rubielos (casco):
Mixta «San Miguel», con dirección con curso y seis
unidades (tres de niños y tres de niñas). Quedan integradas la graduada de niños y la de niñas, de tres secciones cada una.
Ayuntamiento de Mosqueruela (casco):
Mixta, con dirección con curso y siete unidades (tres
de niños, tres de niñas y una de párvulos). Quedan
integradas la graduada de niños y la de niñas, de tres
secciones cada una, y la de párvulos.
Ayuntamiento de Muniesa (casco):
Mixta «San José de Calasanz», con dirección con curso y siete unidades (tres de niños, tres de niñas y una
de párvulos). Quedan integradas la graduada de niños
y la de niñas, de tres secciones cada una, y la de párvulos.
Ayuntamiento de Navarrete (casco):
Mixta «Tirso Ventura», con dirección con curso y tres
unidades (una de niños, una de niñas y una de párvulos). Quedan integradas la unitaria de niños, unitaria de niñas y la de párvulos.
Ayuntamiento de Obón (casco):
Mixta, con dirección con curso y tres unidades (una
de niños, una de niñas y una de párvulos). Quedan integradas la unitaria de niños, unitaria de niñas y la
de párvulos.
Ayuntamiento de Ojos Negros (casco):
Mixta, con dirección con curso y seis unidades (tres
de niños y tres de niñas). Quedan integradas la graduada de niños y la de niñas, de tres secciones cada
una.
Ayuntamiento de Oliete (casco):
Mixta «Virgen del Cantal», con dirección con curso y
seis unidades (tres de niños y tres de niñas). Quedan
integradas la graduada de niños y la de niñas, de tres
secciones cada una.
Ayuntamiento de Orihuela del Tremedal (casco):
Mixta, con dirección con curso y cinco unidades (dos
de niños, dos de niñas y una de párvulos). Quedan integradas las dos unitarias de niños, dos de niñas y una de
párvulos.
Ayuntamiento de Palomar de Arroyo (casco):
Mixta, con dirección con curso y tres unidades (una
de niños, una de niñas y una de párvulos). Quedan
integradas la unitaria de niños, unitaria de niñas y la
de párvulos.
Ayuntamiento de Peñarroya de Tastacins (casco):
Mixta «Juan Espinal», con dirección con curso y cuatro unidades (dos de niños y das de niñas). Quedan
integradas las dos unitarias de niños y dos de niñas.
Ayuntamiento de Perales de Alfambra (casco):
Mixta, con dirección con curso y tres unidades (una
de niños, una de niñas y una de párvulos). Quedan
integradas la unitaria de niños, unitaria de niñas y la
de párvulos.
Ayuntamiento de Puebla de Hijar (casco):
Mixta «Primo de Rivera»^ con dirección con curso y
siete unidades (tres de niños, tres de niñas y una de
Escuela
párvulo»). Quedan integradas la» graduadas d e niños
y la de ¡niñas, de tres secciones cada una, y la de párvulos.
Ayuntaafciento de Puebla d e Valyerde (casco):
Mixta «Virgen de Val verde», con dirección con curso
y cinco wiidades (dos de niños, dos de niñas y u n a
de párvulos). Quedan integradas las dos unitarias de
niños, doe de niñas y u n a de párvulos.
Ayuntamiento de Rubielos de Mora (casco):
Mixta «Manuela Polo», con dirección con curso y siet e unidades (tres de niños, tres de niñas y u n a de párvulos). Quedan integradas las graduadas de niños y las
de niñas, de tres secciones cada una, y la de párvulos.
Ayuntamiento de Samper de Oalanda (casco):
Mixta, «en dirección con curso y siete unidades (tres
de niños, tres de niñas y u n a de párvulos). Quedan integradas las graduadas de niños y niñas, de tres secciones «ada una, y la de párvulos.
Ayuntamiento de San Martin del Río (casco):
Mixta, con dirección con curso y cuatro unidades (dos
de niños y dos de niñas). Quedan integradas las dos
unitarias de niños y dos de niñas.
Ayuntamiento de Santa Eulalia (casco):
Mixta, con dirección con curso y ocho unidades (tres
de niños, tres de niñas y dos de párvulos). Quedan integradas la graduada de niños y la de niñas, de tres
secciones «ada una, y las dos d e párvulos.
Ayuntamiento de Sarrión (casco):
Mixta, con dirección con curso y seis unidades (dos
de niños, dos de ninas y dos de párvulos). Ouedan integradas teg dos unitarias de niños, dos de niñas y dos
de párvulos.
Ayuntamiento de Teruel (casco):
Mixta «Juan Espinal», con dirección con curso y ocho
unidades (tres de niños, tres de niñas y dos de párvulos). Quedan integradas las tres de niños, tres de
niñas y dos de párvulos.
Mixta «Miguel Valles», con dirección con curso y diez
unidades (tres de niños, cuatro de niñas y tres de párvulos) . Quedan integradas las tres de niños, tres de
niñas y dos de párvulos, «Arrabal», y u n a de niñas y
u n a de párvulos, «San Julián».
Mixta «Condesa Marín», con dirección con curso y
cuatro unidades (dos de niños, u n a de niñas y u n a de
párvulos). Quedan integradas las dos de niños, u n a de
niñas y u n a de párvulos.
Niños «Hogar Comandante Aguado», con dirección con
curso y dos unidades. Quedan integradas las dos unitarias de niños.
Niñas «Padre Polanco», con dirección con curso y dos
unidades. Quedan integradas las dos unidades de niñas.
Ayuntamiento de Tornos (casco) :
Mixta, con dirección con curso y t r e s unidades (una
de niños, una. de niñas y u n a de párvulos). Quedan
integradas la unitaria de niños, unitaria de niñas y la
de párvulos.
Ayuntamiento de Torrecilla, de Alñiz (casco):
Mixta «San Miguel Arcángel», con dirección con curso
y tres unidades (una de niños, u n a d e niñas y u n a de
párvulos). Quedan integradas la unitaria de niños, unitaria de niñas y la de párvulos.
Ayuntamiento de Torrecilla del Rebollar (casco):
Mixta «San Cristóbal», con dirección con curso y tres
unidades (una de niños, u n a de niñas y u n a de párvulos). Quedan integradas la unitaria de niños, unitaria
de niñas y la de párvulos.
Ayuntamiento de Torrelacárcel (casco):
Mixta, con dirección con curso y tres unidades (una
de niños, u n a de niñas y u n a de párvulos). Quedan integradas la unitaria de niños, unitaria de niñas y la de
párvulos.
Ayuntamiento de Torrijo del Campo (casco):
Mixta «Fray I.-eón Villuendas Polo», con dirección con
curso y cuatro unidades (dos de niños y dos de niñas).
Qiiedan integradas las dos unitarias de niños y las dos
de niñas.
Ayuntamiento de Urrea de Gaén (casco):
Mixta» con dirscción con curso y tres unidades (una
de niños, una, de niñas y u n a de párvulos). Quedan integrados la unitaria de niños, unitaria de niñas y la
de párvulos.
Ayuntamiento de U trillas (casco):
Mixta, con dirección con curso y seis unidades (tres
de niños y tres de niñas). Quedan integradas la graduada de niños y la graduada de niñas, de tres secciones.
Ayuntamiento de Valbona (casco) .Mixta, eon dirección con curso y tres unidades (una
de niños, u n a de niñas y u n a d e párvulos). Quedan integradas ia unitaria de niños, unitaria de niñas y la
de párvulos.
Ayuntamiento de Valdealgorfa (casco):
Mixta «Nuestra Señora de la Natividad», con dirección con curso y seis unidades (tres de niños y tres de
niñas). Quedan integradas la graduada de niños y la
de niñas, d e tres secciones cada una.
Ayuntamiento de Valderrobles (casco):
Mixta «Vicente Perrer Ramos», con dirección con curso y seis unidades (tres de niños y tres de niñas). Quedan integradas Jas graduadas de niños y niñas, de tres
secciones cada una,
Ayuntenaiento de Val junquera (casco):
Mixta «Santa Teresa de Jesús», con dirección con cur-
Española
(Süp.) 44»
so y cuatro unidades (dos de niños y dos de niñas).
Quedan integradas las dos unitarias de niños y las dos
de niñas.
Ayuntamiento de Villafranca del Campo (casco):
Mixta, con dirección con- curso y cuatro unidades (dos
de niños y dos de niñas). Quedan integradas las dos
unitarias de niños y dos de niñas.
Ayuntamiento de Villarquemado (casco):
Mixta, con dirección con curso, «Nuestra Señora de
la Asunción», y cinco unidades (dos de niños, dos de
niñas y u n a de párvulos). Quedan integradas las dos
unitarias de niños, dos de niñas y la de párvulos.
Ayuntamiento de Villel (casco):
Mixta, con dirección con curso y cuatro unidades (dos
de niños y dos de niñas). Quedan integradas las dos
unitarias de niños y dos de niñas.
3.o Ninguno de los Maestros d e Escuelas afectadas por
la presente Orden podrá ser destinado a unidad escolar
de edificio distinto, salvo por concurso de traslados o
concursillo.
4.o Los nombramientos de direcciones con curso se
verificarán cuando procedan por no existir anteriormente o por haberse formado la Agrupación con unidades
escolares en que exista más de uno, conforme a lo dispuesto en el artículo 228 de) Estatuto.
5.° Las Inspecciones Provinciales notificarán la presente Orden a las J u n t a s Municipales afectadas, bastando con expresar la fecha de la misma y la del «Boletín
Oficial del Estado» en que se publique.
Madrid, 19 de octubre de 1963.—Lora Tamayo.
(«B. O. del E.» del 1 de noviembre.)
JUEVES,
Se a p r u e b a n los
del Bachillerato
administrativa,
7 DE NOVIEMBRE DE 1963
planes de estudio y cuestionarios
L a b o r a l Superior de modalidad
especialidades de Secretariado y
Turística
19 SEPTIEMBRE,—O. M.
(Viene de la página 439 del suplemento al n ú m . 1.205.)
J u n t o al conocimiento teórico de las principales manifestaciones organizativas que encauzan esta actividad
turística, su marco jurídico, su estructura y su funcionamiento, resulta imprescindible el contacto con aquéllas; estas visitas deben efectuarse con toda la preparación posible y ser acompañadas d e explicaciones reales
sobre ventajas y defectos, finalizando con u n a recapitulación e n la propia clase, que se incorporará como resumen al archivo de trabajo individual.
El Profesor debe atender a las inclinaciones y cualidades que el alumno vaya poniendo de manifiesto durante el curso, extendiendo la utilización de los idiomas
extranjeros—al menos uno de ellos—como principal inst r u m e n t o de trabajo.
FORMACIÓN MANUAL
TAQUIGRAFÍA
(Para ias especialidades de «Secretariado» y «Turística».)
Primer curso
Ejercicios de adaptación a ios idiomas francés e inglés del método taquigráfico seguido en los cursos precedentes.
Vocabulario y abreviaturas convencionales más corrientes en los citados idiomas.
Prácticas taquigráficas sobre correspondencia comercial y oficial, relacionada con la especialidad respectiva.
Ejercicios de velocidad, con u n mínimo de setenta palabras por minuto.
Recapitulación de ejercicios de Taquigrafía española
realizados en el Grado Elemental, especialmente de velocidad, con u n mínimo de noventa palabras por minuto.
Segundo curso
Recapitulación sobre ejercicios de adaptación a la
Taquigrafía extranjera.
Ejercicios intensivos y prácticas de traducción.
Ejercicios de velocidad, con u n mínimo de noventa
palabras por minuto.
Práctica de velocidad de Taquigrafía española, con
u n mínimo de cien palabras por minuto.
ORIENTACIONES METODOLÓGICAS
Siguiendo las normas indicadas al tratar de la Mecanografía-extranjera, podemos aplicar aquí el mismo criterio y finalidad para estas enseñanzas, pues se trata,
al msimo tiempo que de aprender la Taquigrafía en
idiomas extranjeros, ds conservar y aun perfeccionar los
conocimientos de Taquigrafía española adquiridos en los
cursos precedentes.
Asimismo, y según la especialidad, deberán orientarse
los ejercicios y prácticas de esta asignatura al mejor
adiestramiento de la futura actividad profesional de los
alumnos.
450 (Sup.)
30
de
noviembre
REVALIDA DEL MAGISTERIO
PREPARACIÓN PARA LA PRUEBA FINAL
DE LA CARRERA DEL MAGISTERIO
TOMO I
TEMAS DE PEDAGOGÍA, METODOLOGÍA Y ORGANIZACIÓN ESCOLAR, HISTORIA DE LA PEDAGOGÍA
Y FILOSOFÍA
Precio: 45 pesetas
TOMO II
TEMAS DE RELIGIÓN, LENGUA ESPAÑOLA Y GEOGRAFÍA E HISTORIA UNIVERSAL DE ESPAÑA
Precio: 55 pesetas
TOMO III
TEMAS DE MATEMÁTICAS, FÍSICA Y QUÍMICA
E HISTORIA NATURAL
Precio: 80 pesetas
La colección completa: 180 pesetas
La experiencia de estas peculiares enseñanzas ha hecho notoria la existencia de dos tipos de alumnos: los
que han aprendido en el Grado Elemental u n método
español y aquellos otros que conocen un sistema internacional.
Sí el alumno h a sido iniciado con u n sistema o método de los llamados «internacionales», se procederá a
la adaptación y aplicación al inglés o francés de todo
lo estudiado para el castellano, mediante ejemplos y
ejercicios adecuados; por el contrario, si ha comenzado
por u n cisterna español, deberá lograrse u n a adaptación
fonética dentro del sistema, si bien este método exige
una labor personal, cuya práctica debe ser orientada por
un Profesor que conozca perfectamente los elementos
básicos en aue se funda esta enseñanza.
Tanto en u n caso como en otro conviene proporcionar al alumno u n a colección de abreviaturas y signos
convencionales, así como de contracciones más usuales,
basados en el método originario, que faciliten el aprendizaje.
MECANOGRAFÍA
(Para las especialidades de «Secretariado» y «Turística».)
Primer curso
Ejercicios intensivos de copia directa y al dictado en
francés e inglés.
Traducción directa y a máquina de ejercicios taquigráficos sobre materias de la especialidad respectiva en
ambos idiomas.
Ejercicios mecanografieos de versión directa.
Prácticas de velocidad, con u n mínimo de 150 pulsaciones por minuto.
Recapitulación de ejercicios de mecanografía española
realizados en el Grado Elemental, especialmente de velocidad, en copia directa y al dictado, con u n mínimo de
300 pulsaciones por minuto.
Confección de cuadros estadísticos y sinópticos.
Traducción directa, a máquina, de ejercicios de taquigrafía española.
Segundo curso
Recapitulación de ejercicios intensivos de copia directa y al dictado en francés e ing.'és.
Redacción a máquina de correspondencia sobre temas
de la especialidad respectiva en los citados idiomas.
Ejercicios mecanografieos de versión directa e inversa.
Ejercicios combinados de mecanografía y taquigrafía
en ambos idiomas, utilizando temas y materias adecuados a la correspondiente especialidad.
Prácticas de velocidad, con u n mínimo de 200 pulsaciones por minuto.
Ejercicios de mecanografía española sobre índices y
representaciones de variantes, especialmente de cuestiones de estadística, organigramas y sistemas gráficos de
servicios.
Conocimiento y empleo de los diferentes tipos de máquinas utilizadas en Banca, Seguros y Administración
Pública.
Ejercicios sobre correspondencia comercial: cartas, balances, presupuestos, petición de informes. (Se deberá
adaptar cada ejercicio a la especialidad de que se trate.)
Ejercicios sobre documentación oficial: Instancias, oficios, circulares, Ordenes, Decretos, etc.
Práctica de sistemas y velocidad, con u n mínimo de
350 pulsaciones por minuto.
Ejercicios combinados de taquigrafía y mecanografía
españolas.
ORIENTACIONES METODOLÓGICAS
En los dos cursos de mecanografía del Bachillerato
Laboral Superior, el Profesor debe tener presente la do-,
bie finalidad de esta enseñanza: De u n lado, que los
alumnos aprendan la escritura a máquina de los idiomas francés e inglés mediante la realización de ejercicios prácticos de copia directa y al dictado, ejercicios
de
1963
combinados de taquigrafía extranjera, etc.; de otro, cuidar de que mantengan y a u n perfeccionen los conocimientos de mecanografía adquiridos en los cursos del
Bachillerato Elemental, para lo cual se realizarán ejercicios de mecanografía española, consistentes en lecciones de repaso y temas nuevos, conforme al cuestionario
del respectivo curso, dando prioridad, no obstante, a la
práctica idiomática.
Siempre que sea posible, y según se trate de la especialidad de Secretariado o Turística, se emplearán cuestiones o temas relacionados con los mismos, como, por
ejemplo, cartas comerciales, solicitudes de informes, declaraciones de aduanas, peticiones de franquicia, etc., en
la de Secretariado, y petición de reserva, informes sobre
líneas aéreas o marítimas, agencias de viajes, etc., en, la
de Turismo.
Por último, se h a de proceder a adiestrar a los alumnos en la resolución de problemas de la especialidad,
mediante supuestos que previamente proponga el Profesor, y que serán ultimados mecanográficamente por
aquél, siguiendo las normas de orientación dictadas a!
efecto.
ESTENOTIPIA Y OTRAS MAQUINAS DE OFICINA
(Para las especialidades de «Secretariado» y «Turística».)
Primer curso
ESTENOTIPIA
Definición de estenotipia.—Breve historia de los mecanismos de escritura, con especial referencia a la «Sténotipe».
Descripción de la máquina y características de su escritura. Nociones de fonética, i
Posición del cuerpo. Posición de manos y brazos. Posición de descanso.
Estudio de la pulsación en las líneas inferior y superior del teclado. Ejercicios de digitación.
Disposición de las letras en el teclado y composición
de las sílabas con las consonantes iniciales y finales.
Representación de los sonidos y equivalencia fonética
de las letras del teclado.
Colocación de los dedos sobre el teclado y esfera de
acción de cada uno de ellos.
Pulsación de dos teclas con u n dedo. Excepciones.
Ejercicios con letras separadas y agrupadas.
Ejercicios con manos separadas y juntas.
Reglas de escritura:
1. Empleo de las vocales y composición de consonantes dobies.
•
2. Supresión de las consonantes finales.
3. Sustitución de M por N e n final de sílaba.
4. Supresión de la E y empleo de la C final.
5. El sonido X entre vocales, seguido de consonante
y en principio de palabra. Sonidos OBS y ABS.
6. Terminaciones ABLE, IBLE.
7. Sonido J. Escritura de los sonidos UE. UA, OA.
8. Escritura de los gerundios y palabras terminadas
en ANDO, ENDO, INDO, UNDO. Agrupación de vocales.
9. Forma de escritura de la reunión de las consonantes PT, BT y MN. Terminaciones ASMO, ISMO. Terminación ISTA.
10. Supresión de la P en principio de palabras. Supresión de la I en los sonidos GI, delante de E y O.
Estudio de los signos de puntuación.
Estudio de las abreviaturas que se emplean en la estenotipia.
Escrituras en cifras.
Lectura y traducción de ejercicios.
Iniciación en la velocidad: ejercicio de entrenamiento.
Segundo curso
ESTENOTIPIA
Repaso de las reglas estudiadas en el curso anterior.
Dictados escogidos con aplicación de las mismas.
Estudio de la ortografía e n la estenotipia.
Ampliación de la descripción de características de la
máquina:
a) Sincronización del conjunto de sus mecanismos.
b) Simultaneidad de la escritura o linotipia.
c) Escritura vertical.
Nomenclatura de sus mecanismos y accesorios.
Modo de efectuar correcciones en la escritura.
Dictados con correcciones, cifras abreviaturas y deletreo.
Dictado de cartas comerciales y particulares.
Dictado de documentos de todas clases.
Dictados de cuadros estadísticos y sinópticos.
Transcripción directa a máquina de toda clase de dictados.
Prácticas de interlectura.
Cronometrajes.
ORIENTACIONES METODOLÓGICAS
Como puede deducirse del programa que antecede, la
estenotipia constituye u n nuevo arte de captar la palabra hablada a la velocidad que se pronuncia, utilizando u n a máquina especial que permite la escritura
simultánea de varias letras, acortando de esta forma el
tiempo que emplearía una máquina mecanográfica.
Escuela
Representa, y debe tenerlo constantemente presente
el Profesor, u n enlace de conocimientos fonéticos y perfeccionamientos mecánicos que operan de multiplicador
de cualidades, permitiendo el alcance de velocidades superiores a la palabra hablada.
El proceso metodológico más conveniente para conseguir este objeto en los dos años en Que se cursa esta
disciplina deberá ser, por tanto, el siguiente:
Se iniciará la enseñanza dando u n a explicación de
las principales características de la máauina, resaltando la simultaneidad de sus mecanismos y la diferencia
existente con la m á q u i n a mecanográfica, para que los
alumnos puedan comprender mejor el principio de su
escritura silábica y fonética; de ahí se deduce la conveniencia de exponer unas nociones elementales de fonética para dar a conocer el conjunto de sonidos equivalentes en que se apoya la supresión en s u teclado de
once letras del alfabeto.
Prácticamente, el primer curso puede dividirse en dos
partes fundamentales: u n a que se dedica al conocimiento de la máquina, forma peculiar de su escritura y estudio de las reglas del cuestionarlo, y la segunda, a la
adquisición de u n principio de velocidad, q u e en este
año puede quedar limitada a conseguir de unas sesenta
a setenta palabras por minuto, y a completar los cinco
últimos puntos del cuestionario.
En esta primera parte h a de atenderse principalmente
a que el alumno adquiera u n a posición y pulsación correctas, para que el tecleo sea perfecto y la lectura no
•ofrezca ninguna dificultad. El logro del automatismo
debe ser también objeto de atención en los comienzos,
para lo que no deben faltar los consejos del Profesor.
No es necesario que el alumno se esfuerce en aprender
-de memoria el teclado, puesto que el cuadro mural del
mismo es indispensable y lo irá aprendiendo, a la par
•que logra eu automatismo. Pero debe insistirse en que
n o mire a la máquina, sino al gráfico, ya que al ser
el teclado ciego, n o consigue sino u n gran cansancio, y
la mayoría d e las veces, u n desplazamiento del lugar
donde debe permanecer cada dedo. Un gráfico de celuloide, del tamaño del teclado, suplirá en determinados
casos la falta del cuadro mural.
Los ejercicios de flexibilidad de los dedos ayudarán al
•alumno a lograr en la escritura la independencia de los
mismos.
Una vez conseguido el dominio de la m á q u i n a ñor el
alumno se iniciará la exposición y aplicación de fas reglas, a ser posible en el mismo orden que aparecen e n
el cuestionario, ordenamiento que se desprende de la
experiencia lograda en esta enseñanza hasta la fecha.
La segunda parte de este curso se dedicará especialmente a q u e el alumno se perfeccione en la escritura
fonética y e n la descomposición de las palabras e n emisiones de voz, al mismo tiempo que se intenta lograr
que vaya adquiriendo paulatinamente la velocidad. A
este objeto será conveniente que el Profesor seleccione
dictados e n los que estén comprendidas todas las reglas
establecidas en el cuestionario, a u m e n t a n d o cada vez
la velocidad, hasta llegar al límite establecido, dando,
sin embargo, más importancia e n este curso a.1 conocimiento y perfección de la escritura que a la obtención
de la velocidad, a la que se dedicará el segundo curso.
El curso séptimo se iniciará con u n repaso de las reglas estudiadas en el curso anterior, a fin de actualizar los conocimientos ya adquiridos, lo que se conseguirá dictando trozos escogidos que ejerciten al alumno en la aplicación de todo el cuestionario.
Ha de procurarse que el alumno se identifioue lo
más posible con la máquina, para lo que se le expondrá ampliamente su funcionamiento, capacitándole para
enfrentarse con cualquier eventualidad que le pueda sobrevenir en la escritura.
A continuación se adiestrará a los alumnos en el modo
d e efectuar las correcciones e intercalaciones y en cuant o s casos dificultosos puedan presentarse en ¿a toma
de toda clase de escritos y documentos, así como en la
escritura y deletreo de los nombres propios.
Se complementará el curso con la enseñanza de la técnica precisa para tomar al dictado cuadros estadísticos,
columnas de cifras, etc., y su transcripción mecanográfica, correcta, con exigencia de pulcritud e n la presentación.
Y, por último, siendo u n a de las características de
l a estenotipia la posibilidad de la interlocutora. el Profesor procurará con alguna frecuencia el intercambio de
las bandas de papel entre los alumnos, para oue realicen lectura e n alta voz, consiguiéndose de esta forma
elevar el interés de los mismos por u n a mayor perfección.
O T E A S MÁQUINAS DE
OFICINA
Se dedicará u n a hora semanal, t a n t o en los cursos
primero como segundo, para el manejo de máquinas de
sumar y calcular, multicopistas, máquinas para doblar,
perforar y cortar; máquinas para abrir y cerrar coreo;
máquinas de direcciones, de franqueo, etc.
FORMACIÓN RELIGIOSA
•(Para las especialidades de «Secretariado» y «Turística».)
Primero y segundo cursos
Los mismos cuestionarios que los aprobados para las
Española
(Sup.) 451
distintas especialidades del Bachillerato Laboral Superior por Orden ministerial de 8 de julio de 1960.
FORMACIÓN DEL ESPÍRITU NACIONAL, FORMACIÓN
FÍSICA Y ENSEÑANZAS DEL HOGAR
(Para las especialidades de «Secretariado» y «Turística».)
Primero y segundo cursos
Los mismos cuestionarios que los aprobados para las
distintas especialidades del Bachillerato Laboral Superior femenino por Orden ministerial de 30 de diciembre de 1959.
(«B. O. del E.» del 7 de noviembre.)
SÁBADO, 16 DE NOVIEMBRE DE 1963
Se c o n v o c a c o n c u r s o p ú b l i c o p a r a la a d q u i s i c i ó n
de textos y material escolar con destino a Escuelas nacionales
23 OCTUBRE.—O. M.
(Viene de l a página 739 del número 1.206.)
17. La recepción de lo adjudicado se efectuará en
los almacenes de los adjudicatarios por u n a Comisión
designada por la Dirección General, e n la que figurarán
u n representante del Patronato para el Fomento del
principio de Igualdad de Oportunidades, de la Intervención General de la Administración del Estado y de la
Dirección General de Enseñanza Primaria, la que levantará acta de recepción, en la que se hará constar que
todo el material aportado se ajusta en un todo al modelo presentado y sellado, quedando en depósito de la
Casa adjndlcataria para que ésta, a su cargo, lo remita
franco de porte y embalaje a los puntos que se señalen
por la Dirección General. La sustitución de libros por
deterioro sufrido en el transporte y envío será de cuenta
de las Casas adjudicatarlas, sin perjuicio de que éstas
repitan su pago contra los responsables del mismo.
Los- gastos de las recepciones, incluidos los de viajes
y estancias, serán de cuenta de los adjudicatarios.
18. Los gastos de publicación del presente anuncio
en el «Boletín Oficial del Estado» serán a cargo y prorrateo de los adjudicatarios del concurso.
19. Si se rechazase alguna de las unidades del lote
adjudicado o no se presentasen todas las unidades del
mismo, realizándose u n a recepción parcial, el adjudicatario perderá la parte correspondiente de la fianza.
20. El pago se realizará, a petición de los adjudicatarios, por el líouido resultante, deducidos los impuestos.
Madrid, 23 de octubre de 1963.—Lora Tamayo.
(«B. O. del E.» del 16 de noviembre.)
MIÉRCOLES, 20 DE NOVIEMBRE DE 1963
Se convoca c o n c u r s o p a r a la adjudicación de préstamos a graduados
11 NOVIEMBRE.—R. DE LA D.
En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto número 146/1963, de 17 de enero («B. O. del E.» del 28),
la Comisaría General de Protección Escolar y Asistencia Social, en nombre y por delegación del Patronato del
Fondo Nacional para el Fomento del Principio de Igualdad de Oportunidades, convoca concurso para la adjudicación de préstamos a graduados, con cargo al capítulo 4.o, artículo 2.o, concepto 10, del III Plan de Inversiones para 1963, y de conformidad con las siguientes
bases:
1.a Solicitantes.—Podrán solicitar préstamos al graduado los titulados en Facultades Universitarias, Escuelas Técnicas Superiores y de Grado Medio y Centros
asimilados que r e ú n a n las siguientes condiciones:
1. Ser español.
2. Haber terminado la carrera dentro de los seis años
anteriores a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
3. Carecer de medios económicos suficientes para realizar el proyecto profesional que motiva lá solicitud de
ayuda.
2.a Objeto del préstamo.—Los prestarnos convocados
tienen por objeto facilitar a ios adjudicatarios la preparación de oposiciones, espscialización de estudios o el
primer establecimiento profesional. Quienes lo destinaran a fines distintos se verán obligados a la inmediata
devolución del préstamo concedido.
3.a Cuantía de los préstamos.—Los préstamos para
graduados serán del siguiente tipo:
1. Hasta u n máximo de 36.000 pesetas anuales, si el
proyecto profesional consiste en la preparación de oposiciones o especialización de estudios. Los adjudicatarios de este tipo de préstamos podrán solicitar, como
máximo, dos prórrogas anuales.
2. Hasta 100.000 pesetas, por u n a sola vez, si el objeto del préstamo es el primer establecimiento profesional.
452 (Sup.)
30
de
noviembre
4.» Prórrogas.—Los beneficiarios de préstamos ai graduado, concedidos con anterioridad, con cargo al Pondo
Nacional para el Fomento del Principio de Igualdad de
Oportunidades, que se consideren con derecho a prórroga, de conformidad con lo que dispone el artículo 6.°
del Decreto de 1 de enero de 1963, podrán solicitarla en
las condiciones y mediante el procedimiento señalado en
la presente convocatoria.
5. a Intereses y amortización.—-Los préstamos concedidos no devengarán interés alguno.
Los adjudicatarios deberán suscribir el oportuno Seguro de Amortización de Préstamo, con el Instituto Nacional de Previsión, en el momento de la firma del contrato correspondiente. En su virtud, en caso de fallecimiento quedará cancelada la obligación de los herederos del prestatario de amortizar las cantidades pendientes.
La amortización del préstamo se iniciará en u n tiempor máximo de diez años, a contar de la fecha en que
el adjudicatario obtuvo la primera anualidad. El reembolso deberá realizarse en diez anualidades, como máxiiro.
6. a Plazo y presentación de solicitudes.—Las solicitudes se presentarán en la Comisaría del Distrito Universitario de Protección Escolar o en la Delegación Provincial del Instituto Nacional de Previsión correspondiente al lugar donde el peticionario t e n s a su residencia habitual e irán dirigidas al ilustrísimo señor Comisario general de Protección Escolar y Asistencia Social.
El plazo de presentación de solicitudes es de veinte
días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de ;a convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Los solicitantes deberán aportar los siguientes documentos:
1. Instancia en modelo oficial, que será facilitada por
las oficinas receptoras a que se alude en el párrafo 1."
tíe esta base.
2. Certificación académica que especifique todas y
cada una de las calificaciones obtenidas en la carrera
y curso académico en que se aprobaron, así como situación en orden a sanciones de disciplina académica.
3. Memoria redactada personalmente por el interesado desarrollando con claridad y suficiente amplitud los
siguientes puntos:
Establecimiento profesional:
a) Descripción del proyecto para que solicita el préstamo.
b) Conocimientos y preparación específica para llevar a efecto el proyecto.
c) Medios con que cuenta para iniciar el mismo.
d) Presupuesto económico, detallado por conceptos,
de la cantidad necesaria para la instalación y desarrollo
del proyecto profesional.
e) Indicación de dos personas que puedan garantizar
la aptitud y viabilidad del proyecto.
Oposiciones y especialización:
a) Tiempo que h a dedicado, desde la terminación de
la carrera, a preparar las oposiciones o estudios para
los que pide el préstamo.
b) Si se t r a t a de oposiciones, número de veces que
se ha presentado a las mismas.
c) Centro o Profesor con los que ha preparado los
estudios correspondientes hasta la fecha,
d) Centro, Profesor o profesional que van a dirigir
los estudios para los que solicita el préstamo.
e) Pecha en que se presentará a las oposiciones o
tiempo que prevé ha de durar la especialización a la
que pretende dedicarse.
7.a Procedimiento de resolución. — Los préstamos al
graduado serán adjudicados por el sistema de concurso,
resolviéndose, en primer lugar, las solicitudes de prórroga y aplicándose el resto del crédito disponible a las
solicitudes de nuevos préstamos.
Terminado el plazo de admisión de solicitudes, los
Directores provinciales del Instituto Nacional de Previsión remitirán las solicitudes recibidas, dentro de los
tres días siguientes, a la Comisaría del Distrito Universitario correspondiente. Estas, u n a vez clasificadas las
peticiones, las presentarán a la Comisiones Asesoras de
la Mutualidad del Seguro Escolar, constituidas como Jurados, para que formulen propuesta razonada de resolución a la Comisión Permanente de la Mutualidad, Las
Comisiones Asesoras habrán de formular propuesta antes de transcurridos veinte días desde la terminación
del plazo de presentación.
La Comisión Permanente de la Mutualidad del Seguro
Escolar acordará la resolución defintiva, con la aprobación de la Comisaría General de Protección Escolar y
Asistencia Social, que será hecha pública y notificada
a los interesados en la forma reglamentaria.
Los préstamos adjudicados serán hechos efectivos en
las Delegaciones del Instituto Nacional de Previsión del
lugar indicado en la solicitud correspondiente.
8.» Recursos. — Contra los acuerdos de la Comisión
Permanente cabe recurso ante el Consejo de Administración de la Mutualidad, dentro de los quince días siguientes a la publicación de la resolución del concurso.
Madrid, 11 de noviembre de 1963.—El Comisario general, Isidoro Martín.
(«B. O. del E.» del 20 de noviembre.)
de
1963
JUEVES, 21 DE NOVIEMBRE DE 1963
Agrupaciones Escolares en la provincia de Gerona
8 NOVIEMBRE.—O. M.
Visto el expediente incoado por el Consejo de Inspección de Enseñanza Primaria de Gerona, en cumplimiento del Decreto 400/1962, de 22 de febrero, sobre Agrupaciones escolares, y el informe de la Inspección Central,
Este Ministerio, de conformidad ion la propuesta, ha
resuelto:
l.o Constituir los siguientes Grupos escolares, pero
conservando el régimen anterior en tanto no se produzca vacante en u n a de las direcciones sin curso, que
se suprimirá, sin poder realizarse nombramiento:
Ayuntamiento d e Bañólas (casco):
Mixto «Mosén Baudilio Reixach», con dos direcciones
sin curso—una de ellas excedente—y doce unidades (cinco de niños, cinco de niñas y dos de párvulos). Quedan
integrados el Grupo escolar de niños y el de niñas, de
seis secciones—una de ellas de párvulos—y dirección sin
grado cada uno.
Ayuntamiento de Pigueras (casco):
Mixto, con dos direcciones sin curso—una de ellas
excedente—y dieciséis unidades ,seis de niños, siete de
niñas y tres de párvulos). Quedan integrados el Grupo
escolar de niños, de seis secciones y dirección sin grado, y el Grupo escolar de niñas, de diez secciones—tres
de ellas de párvulos—y d¿reción sin grado.
2.o Constituir las siguientes Agrupaciones escolares:
Ayuntamiento de Aguillana (casco):
Mixta «Luis Mariano Vidal», con dirección con curso
y tres unidades (una de niños, u n a de niñas y una de
párvulos). Quedan integradas la unitaria de niños, la
unitaria de niñas y la de párvulos.
Ayuntamiento de Alp (casco):
Mixta, con dirección con curso y tres unidades (una
de niños, u n a de niñas y u n a de párvulos). Quedan integradas la unitaria de niños, la unitaria de niñas y la
de párvulos.
Ayuntamiento de Anglés (casco):
Mixta, con dirección con curso y siete unidades (cuatro de niños, dos de niñas y u n a de párvulos). Quedan
tengradas la graduada de niños, de tres secciones; la
unitaria de niños y la graduada de niñas, de tres secciones, u n a de ellas de párvulos.
Ayuntamiento de Arbucias (casco):
Mixta «Doctor Carulla». con dirección con curso y cinco unidades (tres de niños, una de niñas y u n a de párvulos). Quedan integradas la graduada de niños, de tres
secciones; la unitaria de niñas y la de párvulos.
Ayuntamiento de Bañólas (localidad: Mata-Guemol):
Mixta, con diíeción con curso y cuatro unidades (dos
de niños y dos de n i ñ a s ) . Quedan integradas las dos
unitarias de niños y las dos de niñas).
Ayuntamiento de Besalú (casco):
Mixta «Salvador Vilarrasa», con dirección con curso
y cuatro unidades (tres de niños y u n a de niñas). Qued a n integradas la graduada de niños, de tres secciones,
y la unitaria de niñas.
Ayuntamiento de Blanes (casco):
Mixta «Joaquín Ruyva», con dirección con curso y
nueve unidades (cinco de niños, tres de niñas y una
de párvulos). Quedan integradas la graduada de niños,
de cinco secciones, y la de niñas, de cuatro, u n a de ellas
de párvulos.
Ayuntamiento de Bescano (casco):
Mixta, con dirección con curso y cuatro unidades (dos
de niños y dos de niñas). Quedan integradas las dos
unitarias de niños y las dos de niñas).
Ayuntamiento de Bordils (casco):
Mixta, con dirección con curso y cuatro unidades (dos
de niños y dos de niñas). Quedan integradas las dos
unitarias de niños y las dos de niñas.
Ayuntamiento de Cangas de Malavella (casco);
Mixta «San Esteban», con dirección con curso y cinco
unidades (dos de niños, dos de niñas y u n a de párvulos.. Quedan integradas las dos unitarias de niños y
la graduada de niñas, de tres secciones—una de ellas de
párvulos—.
Ayuntamiento de Calonge (ca¡\o):
Mixta, con dirección con curso y; tres unidades (dos
de niños y u n a de niñas). Quedan integradas las dos
unitarias de niños y la de niñas.
Ayuntamiento de Camprodón (casco):
Mixta, con dirección con curso y cinco unidades (tres
de niños y dos de niñas). Quedan integradas la graduada de niños, de tres secciones, y las dos unitarias de
niñas.
Ayuntamiento de Castellfullit d e la Roca (casco):
Mixta, con dirección con curso y cinco unidades (dos
de niños, dos de niñas y u n a de párvulos). Quedan integradas las dos unitarias de niños, las dos de niñas y
u n a de párvulos.
Ayuntamiento de Castellón de Ampurias (casco):
Mixta , con dirección con curso y tres unidades (dos
de niños y u n a de niñas). Quedan integradas las dos
unitarias de niños y u n a de niñas.
(Pasa a la página 454.)
Publicaciones de la Editorial Escuela Española
PUEDEN ELEGIRSE EN LAS COMBINACIONES EXTRAORDINARIAS DE N ÁVIDA»
ESTA LISTA ANULA LAS ANTERIORES
LIBROS DE LECTURA
Alboradas, por E. Solana
ATOO Iris, por J. Navarro Higuera
Cerrantes Educador, por E. Solana
Cristo es la Verdad, por A. Serrano de Haro
Cuentos de Navidad, por Julia
Castañón
Cuentos del pasado glorioso, por
Nicolás González Ruiz
Bon Quijote de la Mancha. Edición infantil, por Nicolás González Ruiz
El Diario de u n a Maestrita rural,
por Julia Castañón
El pueblo de Dios, por Serrano
de Haro
Erase que se era, por M. Villardefrancos
España-es así, por A. Serrano de
Haro
Fábulas educativas, por E. Solana
Flores de Santidad, por Julia
Castañón
Guirnaldas de la Historia, por
A. Serrano de Haro
Hemos visto al Señor, por Agustín. Serrano de Haro.
Rústica
Cartoné
Edición reducida
Horizontes abiertos, por A, Serrano de Haro
Invenciones e Inventores, por E.
Solana
.t
José Mari. El hermano de Paloma, por M. Villardefrancos' ...
La Patria Española, por E. Solana
La Reina Católica, por Julia
Castañón
Lecciones de cosas, por E. Solana
Lecturas de Nuestra Señora, por
Julia Castañón
Lecturas infantiles, por E. Solana
Lecturas de oro, por E. Solana.
Los hermanos de Falito y otros
cuentos, por I. González Ruiz.
Palabras y pensamientos, por A.
Serrano de Haro
Paloma. Lecturas de oro del párvulo. Rústica, 14; cartoné ...
Paloma. Manuscrito del párvulo.
En rústica
Paloma y la primavera, por M.
Villardefrancos. Cartoné, 30 pesetas; rústica
Parvulitos, por G. Villardefrancos
Pirulí, versos para párvulos, por
G. Fuertes
Recitaciones escolares, por Ezequlel Solana
Soy la Madre del Amor, por Marisa Villardefrancos
Temple juvenil, por Carlos Rey
Aparicio
Terminología científica industrial y artística, por A. Serrano de Haro
Una mujer a lo divino. Santa
Teresa de Jesús, por J. Castañón
Un regalo de Dios, por A. Serrano de Haro
Vida y fortuna, por E. Solana...
¡Ya leo cuentos!^ por I .González Ruiz. Rústica, 14; cartoné,
To quiero saber leer, por Ezequiel Solana
To soy español, por A. Serrano
de Haro ...
22
GRADO DE INICIACIÓN
Cartilla de lectura y escritura,
por E. Solana
Silabario catón de lectura y escritura, por E. Solana
1
17
20
15
27
25
19
25
35
22
30
30
18
30
27
14
22
26
22
18
20
30
20
28
16
20
25
25
18
14
24
12
10
22
28
27
6
35
24
29
20
19
Arco Iris, por J. Navarro Higuera
El pueblo de Dios, por A. Serrano de Haro
Hemos visto al Señor, por A. Serrano de Haro:
Rústica
Cartoné
Edición reducida
José Mari. El hermano de Paloma, por M. Villardefrancos ...
Palabras y pensamientos. El libro de primer grado del lenguaje, por A. Serrano de Haro.
Paloma. .Lecturas de oro del párvulo. En rústica, 14; en cartoné
Paloma. Manuscrito del párvulo. En rústica
Paloma y la primavera, por Marisa Villardefrancos. Cartoné,
30; rústica
Parvulitos, por G. Villardefrancos ...
Pirulí. Versos para párvulos, por
G. Fuertes
Un regalo de Dios, por A. Serrano
¡Ya leo cuentos!, por Isabel González. Rústica, 14; cartoné ...
Yo soy español, por A, Serrano
de Haro
20
22
14
22
18
25
18
14
24
12
10
24
20
22
CATECISMOS
Explicación del Catecismo Nacional, primer grado, por Julio
Herrera
30
ídem, segundo grado
Catecismo Primera Comunión...
2
PRIMER GRADO
Aritmética, por E. Solana
Geometría y Agrimensura,
E. Solana
2
por
2
ENCICLOPEDIA SOLANA
¡ADELANTE!
Adaptado a los Cuestionarios
Nacionales
Período de Enseñanza Elemental:
Primer curso, seis a siete años.
Segundo curso, siete a ocho
años
Tercer curso, ocho a nueve
años
Cuarto curso, nueve a diez
años
Período de Perfeccionamiento:
Quinto curso, de diez a once
años
Sexto curso, de once a doce
años
Soluciones y ejercicios de ¡Adelante! 3.o
Estampas y nociones, grado elemental
Enciclopedia grado medio (para
los cursos tercero y cuarto del
período elemental) ... ¡
30
30
30
30
Pedagogía General
Didáctica Pedagógica
Organización Escolar e I n s t i t *
ciones Complementarias
Historia de la Pedagogía
BIBLIOTECA PEDAGÓGICA
Ambiente y personalidad, por
J. 3a'rcía Yagüe
Cómo se enseña el lenguaje, por
E. Bernal
Concepción Arenal, por M. Figueirido
.... ...
Derechos y deberes de los padres en la educación de sus
hijos, por A. Serrano de Haro.
Don Andrés Manjón, por E. Solana
El Diario del Maestro y el Diario
del niño, por A. Serrano de
Haro
El programa escolar, por E. Bernal
Estadística elemental aplicada a
la educación, por P. Guzmün.
Filosofía de la educación, por
A. González Alvarez
Guía práctica del trabajo, Manual educativo, por E, Solana.
Inspección escolar: Normas de
Pedagogía Práctica, por Francisca Montilla
Jesucristo, lección y ejemplo de
educadores, por A. Serrano de
Haro
La Escuela de párvulos, por J u a n
Navarro Higuera
La Escuela rural, por A. Serrano
do Haro
Los cimientos de la obra escolar,
por A. Serrano de Haro
Manual de «tests», por V. García Hoz
Normas elementales de Pedagogía Empírica, por V. García
Hoz
Organización de la biblioteca escolar, por F. Montilla
Orientaciones Doctrina del Movimiento, por M, Herrero y L.
Andrés
Orientaciones escolares, por E.
Bernal:
Tomo I
Tomo I I
San José de Calasanz y las Escuelas Píus, por E. Solana ...
Selección Pedagógica, por V. García Hoz
Temas de Pedagogía
Una función al servicio del espíritu, por A. Serrano de Haro.
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19
16
OPOSICIONES
26
Contestaciones al cuestionario de las
oposiciones a ingreso e n el Magisterio (1961). Tomo I: Religión,
40 pesetas. Tomo I I : Formación del
Espíritu Nacional: Para varones,
25 pesetas; para mujeres, 20 pesetas. Tomo III: Pedagogía y su Historia, 60 pesetas. Tomo IV: Lengua y Literatura, 40 pesetas. Tomo V: Geografía, 40 pesetas. Tomo VI: Historia de España, 40 pesetas. Tomo VII: Ciencias, 60 pesetas. Tomo VIII, Matemáticas,
Contestaciones a los cuestionarios de
las oposiciones de maternales y
párvulos y sección de anejas.—Tomo I: Religión. Tomo I I : Formación del Espíritu Nacional, 35 pesetas. Tomo I I I : Pedagogía e Historia de la Pedagogía, 40 pesetas.
Tomo IV: Didáctica, Metodología y
Organización Escolar.
Preparación para el examen de
ingreso en las Escuelas del Magisterio
90
40
GRADO SUPERIOR
Aná'isis gramatical para el certificado de estpdios primarios,
por E. Bernal
26
Análisis gramatical para opositores, por E. Bernal
55
Historia de España, por E. Solana
11
Problemas para oposiciones a ingreso en el Magisterio Nacional:
Cuaderno 1.° (50 problemas).
Cuaderno 2.o (100 problemas).
PEDAGOGÍA
Curso completo de Pedagogía,
por E. Solana, corregida y
puesta al día por «Escuela Española» :
454 ( S u p . )
30
de
noviembre
(Viene d e l a p á g i n a 452.)
A y u n t a m i e n t o d e Celrá ( c a s c o ) :
Mixta, c o n dirección con c u r s o y c u a t r o u n i d a d e s (dos
de n i ñ o s , u n a d e n i n a s y u n a d e p á r v u l o s ) . Q u e d a n int e g r a d a s l a s dos u n i t a r i a s d e n i ñ o s , u n a d e n i ñ a s y l a
de p á r v u l o s .
A y u n t a m i e n t o d e C o r n e l i a d e T e r r i (casco),
Mixta, con d i r e c c i ó n con c u r s o y t r e s u n i d a d e s ( u n a
de n i ñ o s , u n a d e n i ñ a s y u n a d e p á r v u l o s ) . Q u e d a n
integradas la unitaria de niños, la unitaria de niñas y
la de párvulos.
Ayuntamiento de Darnius (casco):
Mixta, con d i r e c c i ó n c o n c u r s o y t r e s u n i d a d e s ( u n a
de niños, u n a de niñas y u n a de párvulos). Quedan
i n t e g r a d a s 2a u n i t a r i a d e n i ñ o s , la u n i t a r i a d e n i ñ a s y
la d e p á r v u l o s .
A y u n t a m i e n t o de Espolia ( c a s c o ) :
Mixta, c o n d i r e c c i ó n con c u r s o y t r e s u n i d a d e s (Una
de niños, u n a dé niñas y u n a de párvulos). Quedan
integradas la u n i t a r i a de niños, la u n i t a r i a de n i ñ a s y
la de párvulos.
Ayuntamiento de Garriguella (casco):
Mixta con dirección con curso y tres unidades (una
d e n i ñ o s , u n a d e n i ñ a s y u n a de p á r v u l o s ) . Q u e d a n
integradas la u n i t a r i a d e niños, la u n i t a r i a de n i ñ a s
y la d e p á i v u l o s .
A y u n t a m i e n t o d e G e r o n a ( l o c a l i d a d : S a n Daniel-Vilarroja):
M i x t a «Vilarroja», con d i r e c c i ó n con c u r s o y c u a t r o
u n i d a d e s (dos d e n i ñ o s y d o s d e n i ñ a s ) . Q u e d a n i n t e g r a d a s l a s d o s u n i t a r i a s d e n i ñ o s y las d o s d e n i ñ a s .
A y u n t a m i e n t o d e Gerona (localidad: S a n t a Eugenia
de Ter):
Mixta, c o n d i r e c c i ó n c o n c u r s o y t r e s u n i d a d e s ( u n a
d e n i ñ o s , u n a d e n i ñ a s y u n a d e p á r v u l o s ) . Q u e d a n int e g r a d a s la u n i t a r i a d e n i ñ o s , l a u n i t a r i a d e n i ñ a s y la
de párvulos.
Ayuntamiento de Hostalrich (casco):
M i x t a «Virgen del Socorro», c o n d i r e c c i ó n c o n c u r s o
y c u a t r o unidades (dos de n i ñ o s y dos de n i ñ a s ) . Qued a n i n t e g r a d a s las d o s u n i t a r i a s d e n i ñ o s y d o s d e n i ñ a s .
Ayuntamiento de La J u n q u e r a (casco):
Mixta, c o n d i r e c c i ó n c o n c u r s o y c u a t r o u n i d a d e s ( u n a
de niños, dos de niñas y u n a de párvulos). Quedan
I n t e g r a d a s l a u n i t a r i a d e n i ñ o s , l a s d o s de n i ñ a s y la
de párvulos.
A y u n t a m i e n t o d e -Liado ( c a s c o ) :
Mixta, con d i r e c c i ó n c o n c u r s o y t r e s u n i d a d e s ( u n a
de niños, u n a de niñas y u n a de párvulos). Quedan
REGISTROS
Libro de m a t r í c u l a y a s i s t e n c i a
Solana, p a r a 50 a l u m n o s
12
REVALIDA DEL MAGISTERIO
T o m o I : T e m a s d e Pedagogía,
Metodología
y
Organización
escolar. H i s t o r i a d e l a P e d a gogía y Filosofía
45
T o m o I I : T e m a s d e Religión,
Lengua española, Geografía e
H i s t o r i a Universal y d e E s p a ñ a . 55
Tomo I I I : Temas de Matemáticas, Física y Q u í m i c a e Historia Natural
80
REVALIDA DEL BACHILLERATO
ELEMENTAL
T o m o I : Ciencias
Tomo I I : Letras
OBRAS VARIAS
A l m a n a q u e Escolar
A n u a r i o Legislativo 1949, 1950,
1951, 1952, 1953, 1954 y 1955.
Cada u n o
A n u a r i o Legislativo 1956 y 1957.
Cada u n o
Asistencia escolar o b l i g a t o r i a ...
Atlas de Geografía Universal ...
Belén r e c o r t a b l e
Canciones para párvulos, por J.
M a t e o y J. F ú s t e r
C a n c i o n e s p a r a n i ñ o s , p o r J, Mat e o y G. F u e r t e s
D i b u j o del n a t u r a l , p r i m e r c u r so, por J. B a u t i s t a R o m á n Nieto
Dibujo del n a t u r a l , e d i c i ó n p a r a
n i ñ o s ..'
Dibujos p a r a l a b o r e s . C u a d e r n o s I, I I , I I I , r v , V y VX c a d a
uno
«Divini I l l i u s M a g i s t r i » . Encíclic a d e S. S. P í o X I s o b r e la
e d u c a c i ó n d e l a j u v e n t u d ...
45
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de
1963
i n t e g r a d a s l a u n i t a r i a d e n i ñ o s , u n i t a r i a d e n i ñ a s y la.
de párvulos.
Ayuntamiento de Llansa (casco):
M i x t a «Virgen d e l a E s p e r a n z a » , con d i r e c c i ó n c o n
curso y o c h o u n i d a d e s ( c u a t r o de n i ñ o s , t r e s d e niñasy u n a tíe p á r v u l o s ) . Q u e d a n i n t e g r a d a s l a g r a d u a d a d e
riiños, d e c u a t r o secciones, y la d e n i ñ a s , d e c u a t r o secciones, u n a d e ellas d e p á r v u l o s .
A y u n t a m i e n t o d e M a s s a n e t de C a b r e n y x ( c a s c o ) :
Mixta, c o n dirección con c u r s o y t r e s u n i d a d e s ( u n a
d e niños, u n a de niñas y u n a de párvulos). Quedan int e g r a d a s l a u n i t a r i a d e n i ñ o s , u n i t a r i a d e n i ñ a s y la
de p á r v u l o s .
A y u n t a m i e n t o d e M a s s a n e t d e l a Selva ( c a s c o ) :
Mixta, c o n d i r e c i ó n con c u r s o y c u a t r o u n i d a d e s (dos
d e n i ñ o s y d o s d e n i ñ a s ) . Q u e d a n i n t e g r a d a s las d o s
de n i ñ o s y las d o s d e n i ñ a s .
A y u n t a m i e n t o d e O l o t (localidad, S a n P e d r o M á r t i r ) :
Mixta, con d i r e c c i ó n c o n c u r s o y t r e s u n i d a d e s ( u n a
de niños, u n a de niñas y u n a de párvulos). Quedan
i n t e g r a d a s la u n i t a r i a d e n i ñ o s , u n i t a r i a d e n i ñ a s y la.
de párvulos.
A y u n t a m i e n t o d e Osor ( c a s c o ) :
Mixta, con d i r e c c i ó n con c u r s o y t r e s u n i d a d e s ( u n a
de niños, u n a de niñas y u n a de párvulos). Quedan
i n t e g r a d a s la u n i t a r i a d e n i ñ o s , u n i t a r i a d e n i ñ a s y la
de párvulos.
A y u n t a m i e n t o d e P a l a m ó s (localidad, S a n J u a n ) ;
Mixta, c o n d i r e c c i ó n c o n c u r s o y t r e s u n i d a d e s ( u n a
d e n i ñ o s , u n a d e n i ñ a s y u n a d e p á r v u l o s ) . Q u e d a n int e g r a d a s la u n i t a r i a d e n i ñ o s , u n i t a r i a d e n i ñ a s y l a d e
párvulos.
Ayuntamiento de País (casco):
Mixta, con d i r e c c i ó n c o n c u r s o y c u a t r o u n i d a d e s (dos
tíe n i ñ o s y dos d e n i ñ a s ) . Q u e d a n i n t e g r a d a s l a s u n i t a rias d e n i ñ o s y n i ñ a s n ú m e r o s 1 y 2.
Ayuntamiento de Paláu Sabardera (casco):
Mixta, con d i r e c c i ó n con c u r s o y t r e s u n i d a d e s ( u n a
tíe n i ñ o s , u n a de n i ñ a s y u n a d e p á r v u l o s ) . Q u e d a n int e g r a d a s l a u n i t a r i a d e n i ñ o s , u n i t a r i a d e n i ñ a s y la
de p á r v u l o s .
A y u n t a m i e n t o de P e r e l a d a ( c a s c o ) :
Mixta, c o n d i r e c c i ó n c o n c u r s o y t r e s u n i d a d e s (dos
de n i ñ o s y u n a d e n i ñ a s ) . Q u e d a n i n t e g r a d a s las d o s
u n i t a r i a s d e n i ñ o s y la d e n i ñ a s .
A y u n t a m i e n t o d e Las P l a n a s ( c a s c o ) :
Mixta, c o n d i r e c c i ó n con c u r s o y s i e t e u n i d a d e s (tresde niños, dos de niñas, u n a maternal y u n a de p á r v u l o s ) . Q u e d a n i n t e g r a d a s la g r a d u a d a d e n i ñ o s , de tres-
El c u e r p o h u m a n o ( r e c o r t a b l e ) ,
por M. Alvarez B o u z a
6
El m e s de M a r í a en l a Escuela,
p o r A. S o l a n a
8
E s t a t u t o y Ley del Magisterio.
Con í n d i c e de m a t e r i a s y p u e s t o al d í a
20
E s t u d i o s del Magisterio. N o r m a s
y c u e s t i o n a r i o s d e l p l a n vigente
14
Indemnización por casa-habitación
5
J u e g o s de m a n o s , por P. W. Ciuró:
De s o b r e m e s a
30
Uusionismo elemental
... 55
De bolsillo
30, 40 y 45
Trucos de magia
35
Mnemotecnia teatral
75
La Misa y el Rosario, por A. Serrano de Haro
3
Legislación del B a c h i l l e r a t o ... 25
Lengua española, primer curso
de Bachillerato, con programa
37,50
Los certificados escolares
12
L l a m a d e a m o r , p o r A. S e r r a n o
de Haro
6
«Mater et Magistra». Encíclica
d e S. S. J u a n X X I I I s o b r e el
r e c i e n t e desarrollo d e l a c u e s tión social
8
Meditaciones i n f a n t i l e s , p o r D.
Bilbao
27
Mi P r i m e r a C o m u n i ó n , seis c a n ciones, por j . M a t e o y L. S p i e gelbert
10
Nuevo s i s t e m a de c o r t e y confección, p o r J . N a v a c e r r a d a ... 125
O r i e n t a c i o n e s administrativas,
por J a n í n y L o r e n t e
P a c e m in Terris. Encíclica
8
Pinceladas
10
Por el d e c o r o del l e n g u a j e , p o r
A Serrano d e Haro
5
R e g l a m e n t o de Escuelas g r a d u a das
5
R e g l a m e n t o d e la e n s e ñ a n z a n o
estatal
5
Seis villancicos, l e t r a d e Gloria
F u e r t e s , m ú s i c a d e Julieta- Mateos
1G<
S e m e s t r e Legislativo Escolar Sol a n a 1940-1948, c a d a s e m e s t r e . 10
T a q u i g r a f í a escolar, p o r L o r e n t e .
6
Vamos a Belén
8
FICHAS SINÓPTICAS
R e s u m e n d e Geografía d e E s p a ñ a
25 p e s e t a s .
í d e m de Geografía Universal, 30 p e setas.
í d e m de H i s t o r i a de E s p a ñ a , 30 pesetas.
í d e m de H i s t o r i a Universal, 30 pesetas.
í d e m de L i t e r a t u r a Universal, 30 pesetas.
í d e m de Física g e n e r a l , 30 p e s e t a s .
IMPRESOS
Hojas d e servicios. P r e s u p u e s t o s con
Inventario. Cuentas de material.
Lista de a s i s t e n c i a . Declaraciones,
a y u d a familiar. I n s t a n c i a concurso de t r a s l a d o s . — C a d a h o j a , 1 peseta.
Recibos de h a b e r e s . — Cada
hoja,
0,30 p e s e t a s .
CUESTIONARIOS
P a r a oposiciones i n g r e s o en el Magisterio.
P a r a oposiciones i n g r e s o en el Cuerp o de I n s p e c t o r e s . — 4 p e s e t a s .
P a r a oposiciones a Direcciones d e g r a d u a d a s , Escuelas m a t e r n a l e s y de
párvulos, R e g e n c i a d e a n e j a s y
secciones de anejas.—5 p e s e t a s ,
P a r a oposiciones r e s t r i n g i d a s a plazas de m a s de 10.000 h a B i t a n t e s ,
c o n v o c a t o r i a 1959.
Los l i b r o s q u e n o t i e n e n i n d i c a d o su
precio e s t á n en p r e n s a ; l a s p r ó x i m a s
ediciones a p a r e c e r á n e n breve.
Escuela
(Sup.) 455
Española
PARA LOS QUE DESEEN ACOGERSE A LAS COMBINACIONES DE SUSCRIPCIÓN
PAGOS A REEMBOLSO:
Recorte el siguiente recuadro y remítalo a
ESCUELA ESPAÑOLA. Apartado 14540.
MADRID:
P A G O S P O R GIRO P O S T A L :
N o escriba carta, p e r o n o deje de
señalar
e n el l u g a r d e s t i n a d o a «Texto» de la libranza,
la C o m b i n a c i ó n a que s e a c o g e y l o s libros que
Deseo acogerme a la Combinación de
pesetas, pagando a reembolso.
Los libros que elijo son:
elige.
E s i m p r e s c i n d i b l e , claro está, q u e la direcc i ó n del r e m i t e n t e h a de p o n e r s e clara, a s e r
posible siempre con letras mayúsculas.
ULTIMO
DL1
PARA
ACOGERSE
COMBINACIONES D E
Nombre
Dirección
Localidad
(Escriba con letra de imprenta.)
A
LAS
NAVIDAD
C o m o y a h e m o s indicado, el p r ó x i m o día 14
de d i c i e m b r e t e r m i n a el p l a z o para a c o g e r s e a
l a s C o m b i n a c i o n e s E x t r a o r d i n a r i a s de N a v i d a d
c o n la L o t e r í a del 21 d e d i c i e m b r e .
NO D E J E P A R A E L U L T I M O D H E L H A C E R S U P E D I D O ;
PODRA QUEDARSE SIN LOTERÍA D E NAVIDAD
secciones, y la de niñas, de tres secciones—una de ellas
de párvulos—y la unidad maternal.
Ayuntamiento de Port-Bou (casco):
Mixta, con dirección con curso y seis unidades (tres
de niños, dos de niñas y u n a de párvulos). Quedan integradas la graduada de niños, de tres secciones, y la de
niñas, de tres secciones, una de ellas de párvulos.
Ayuntamiento de Puigcerdá (casco):
Mixta, con dirección con curso y siete unidades (tres
de niños, tres de niñas y u n a de párvulos). Quedan
integradas la graduada de niños, de tres secciones, y la
de niñas, de cuatro secciones, una de ellas de párvulos.
Ayuntamiento de RTudarenas (casco):
Mixta «San Martín», con dirección con curso y cuatro
unidades (dos de niños, una de niñas y u n a de párvulos) . Quedan integradas las dos unitarias de niños,
u n a de ninas y una de párvulos.
Ayuntamiento de San Gregorio (casco):
Mixta «Hermanos SabatS, con dirección con curso y
cuatro unidades (dos de niños y dos de niñas). Quedan
integradas las dos unitarias de niños y dos de niñas.
Ayuntamiento de San Pelíu de Pallarols (casco):
Mixta, con dirección con curso y tres unidades (dos
de niños y una de niñas). Quedan integradas las dos
unitarias de niños y la de niñas.
Ayuntamiento de San J u a n de las Abadesas (casco):
Mixta, con dirección con curso y seis unidades (tres
de niños, dos de niñas y una de párvulos). Quedan integradas la gradeada de niños, de tres secciones, y la
de niñas, de tres secciones., u n a de ellas de párvulos.
Ayuntamiento de San Pedro Pescador (casco):
Mixta, con dirección con curso y tres unidades (una
de niños, u n a de niñas y u n a de párvulos), Quedan integradas la unitaria de niños, unitaria de niñas y la de
párvulos.
Ayuntamiento de Salt (casco):
Mixta, con dirección con curso y nueve unidades (cuatro de niños, cuatro.de niñas y u n a de párvulos). Quedan integradas la graduada de niños, de cuatro secciones, y la de niñas, de cinco secciones, u n a de ellas de
párvulos.
Ayuntamiento de Santa Coloma de Parnés (casco):
Mixta «San Salvador de Horta», con dirección con curso y siete unidades (tres de niños., tres de niñas y un?
de párvulos). Quedan integradas la graduada de niños,
de tres secciones, y la de niñas, de cuatro secciones,
una de ellas de párvulos.
Ayuntamiento de San Joan les Fonts (casco):
Mixta, con dirección con curso y cuatro unidades (dos
de niños y dos de niñas). Quedan integradas las dos
unitarias de niños y dos de niñas.
Ayuntamiento de Saus (localidad, Camallera):
Mixta, con dirección con curso y tres unidades (una
de niños, u n a de niñas y u n a de párvulos). Quedan integradas la unitaria de niños, unitaria de niñas y la de
párvulos.
Ayuntamiento de La Señera de Ter (casco):
Mixta, con dirección con curso y tres unidades (dos
de niños y una de niñas). Quedan integradas las dos
unitarias de niños y u n a de niñas.
Ayuntamiento de Sils (casco):
Mixta «Verdaguer», con dirección con curso y cuatro
unidades (dos de niños y dos de niñas). Quedan integradas las dos unitarias de niños y dos de niñas.
Ayuntamiento de Torruella de Montgrí (casco):
Mixta, con dirección con curso y ocho unidades (cuatro de niños y cuatro de niñas). Quedan integradas la
graduada de niños y la de niñas, de cuatro secciones
cada una.
Ayuntamiento de Vergés (casco):Mixta, con dirección con curso y cuatro unidades (dos
de niños y dos de niñas). Quedan integradas las dos
unitarias de niños y dos de niñas.
Ayuntamiento de Vidreras (casco):
Mixta «San Iscle», con dirección con curso y cinco
unidades (dos de niños, dos de niñas y una de párvulos). Quedan integradas las dos unitarias de niños y la
graduada de niñas, de tres secciones, una de ellas de
párvulos.
Ayuntamiento de Vilajuiga (casco):
Mixta, con dirección con curso y tres unidades (una
de niños, u n a de niñas y una de párvulos). Quedan
integradas la unitaria de niños, unitaria de niñas y la
de párvulos.
Ayuntamiento de Viloví de Oñar (casco):
Mxta «José Madrenys», con dirección con curso y tres
unidades (una de niños, u n a de niñas y u n a de párvulos). Quedan integradas la unitaria de niños, la de
niñas y la de párvulos.
3.o Ninguno de los Maestros de Escuelas afectadas
por la presente Orden podrá ser destinado a unidad escolar de edificio distinto, salvo por concurso de traslados o concursillo.
4.o Los nombramientos de direcciones con curso se
verificarán cuando proceda, por no existir anteriormente
o por haberse formado la agrupación con unidades escolares en que exista más de uno, conforme a lo dispuesto en el artículo 228 del Estatuto.
5.o Las Inspecciones Provinciales notificarán la presente Orden a las J u n t a s Municipales afectadas, bastando con expresar la fecha de la misma y la del «Boletín Oficial del Estado» en aue se publique.
Madrid, 8 de noviembre de 1963.—Lora Tamayo.
(«B. O. del E.» del 21 de noviembre.»
llon Quijote de la Manche
EDICIÓN INFANTIL
Por NICOLÁS GONZÁLEZ RUIZ
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30
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noviembre
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1963
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siempre que 1* información de actualidad, lo requieje. Precios d e suscripción
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Por 1 4 5 pesetas:
1 año de suscripción.
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semana el texto evangélico del domingo, un comentario del mismo con
dibujo adaptado para la pizarra y
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Es decir, las diez series de cada
uno, por un importe total de
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Cinco suscriptores
recibirán
cinco m i l pesetas cada u n o
También
concederemos
este año
los tradicionales obsequios de años
anteriores. Es decir, a todos los suscriptores que se acojan a nuestras
combinaciones extraordinarias de suscripción, y aparte de las participaciones auténticas en la Lotería Nacional, se Jes asignan unos números al
pie de las facturas. Los números que
coincidan con los cinco premios mayores del sorteo oficial serán agracia.dos con CINCO MIL PESETAS.
Sáez - Madrid