Archivo Adjunto... - convocatoria pública 2015

ESTUDIOS PREVIOS
SOLICITANTE:
SUPERVISOR OPERATIVO DE LA EMPRESA DE SERVICIOS
PUBLICOS EMSPUROVIRA E. S. P.
RESPONSABLE:
FLEYDER RODRIGUEZ
REPOSICION DE LA RED DE ACUEDUCTO, CON LINEAS
MATRICES Y DOMICILIARIAS, EN LOS SECTORES 1, 2, 3,
4, Y 5 DE LA PARTE URBANA DEL MUNICIPIO DE ROVIRA
(TOLIMA),
CONFORME
AL
CONVENIO
INTERADMINISTRATIVO NÚMERO 087 DEL 25 DE ABRIL
DE 2015.
OBJETO:
PRESUPUESTO OFICIAL
RUBRO Y CDP
TRESCIENTOS DIEZ MILLONES DE PESOS ($310.000.000)
MONEDA CORRIENTE.
032106212 MATERIALES DE ACUEDUCTO.
CDP 154 DE MAYO 12 DE 2015.
1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD A SATISFACER
La empresa de servicios públicos EMSPUROVIRA, fue creada para operar el servicio de acueducto,
alcantarillado y aseo dentro del municipio de Rovira (Tolima), para ello se viene trabajando para garantizar
que el servicio del suministro de agua potable sea para toda la población del sector urbano, para lo cual se
trabaja en forma conjunta con la Alcaldía del municipio y con la empresa departamental de aguas. Para el
presente caso se suscribió con la alcaldía el convenio interadministrativo número 87 del 25 de abril de
2015, el que tiene por objeto: “CONVENIO INTERADMINISTRATIVO DE COOPERACIÓN CELEBRADO
ENTRE EL MUNICIPIO DE ROVIRA TOLIMA Y LA EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS
DOMICILIARIOS DE ROVIRA E.S.P. “EMSPUROVIRA” PARA LA SATISFACCIÓN DE NECESIDADES
PÚBLICAS DE INTERÉS GENERAL EN MATERIA DE AGUA POTABLE PARA LA REPOSICION DE LA
RED DE ACUEDUCTO, CON LINEAS MATRICES Y DOMICILIARIAS, EN LAS VIAS A PAVIMENTAR
AÑO 2015 DEL MUNICIPIO DE ROVIRA TOLIMA”.
La Constitución Política prevé en el artículo 2 como fines del Estado:
“servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los
principios, derechos y deberes consagrados en la constitución; facilitar la participación de todos en
las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la
nación.…”.
Y en el artículo 209 inciso 2 se estable:
“las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento
de los fines del Estado”.
En materia de Agua Potable, la Empresa de Servicios Públicos EMSPUROVIRA es consecuente con
la importancia y relevancia que tiene este componente para la comunidad, teniendo en cuenta que
el acceso al agua debe ser considerado como un derecho humano, ya que éste forma parte de las
garantías indispensables para asegurar un nivel de vida adecuado en particular porque es una de
las condiciones fundamentales para la supervivencia.
El derecho al agua también está
indisolublemente asociado con los más altos niveles posibles de salud, el derecho a una vivienda y
una alimentación adecuada.
“EL PROGRESO SOMOS TODOS”
Dirección: Calle 3 No. 4 – 92 Te.: 2881138
[email protected]
Otras instancias internacionales en donde se reconoce implícitamente el acceso al agua como un
derecho humano son la Convención sobre los Derechos del Niño (1989), en la cual en el
artículo 24 se hace referencia a la necesidad de “combatir las enfermedades y la malnutrición en
el marco de la atención primaria de la salud mediante, entre otras cosas, la aplicación de la
tecnología disponible y el suministro de alimentos nutritivos adecuados y agua potable salubre,
teniendo en cuenta los peligros y riesgos de contaminación del medio ambiente”; así como la
Convención sobre Eliminación de Toda Forma de Discriminación contra la Mujer (1979), que en el
artículo 14 establece toda mujer tiene derecho a “gozar de condiciones de vida adecuadas,
particularmente en las esferas de la vivienda, los servicios sanitarios, la electricidad y el
abastecimiento de agua, el transporte y las comunicaciones”.
Asimismo, en noviembre de 2002 el Pacto sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales
elaboró el Comentario General sobre el derecho al agua. Lo atinado y novedoso de éste radica en
la cualidad de que por primera vez el vital líquido es reconocido explícitamente como un derecho
humano fundamental, para lo cual, los Estados que lo ratificaron deberán asegurar
progresivamente que su población tenga acceso al agua potable segura, de forma equitativa y sin
discriminación. El Comentario General señala que: “el derecho humano al agua otorga derecho a
todos a contar con agua suficiente, a precio asequible, físicamente accesible, segura y de calidad
aceptable para usos personales y domésticos”.
Dentro de los principios contemplados u obligaciones contenidas en el derecho humano al agua
tenemos:
Suficiente. El abastecimiento de agua por persona debe ser suficiente y continuo para el uso
personal y doméstico. Estos usos incluyen de forma general el agua de beber, el saneamiento
personal, el agua para realizar la colada, la preparación de alimentos, la limpieza del hogar y la
higiene personal. De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), son necesarios
entre 50 y 100 litros de agua por persona y día para garantizar que se cubren las necesidades más
básicas y surgen pocas preocupaciones en materia de salud.
Saludable. El agua necesaria, tanto para el uso personal como doméstico, debe ser saludable; es
decir, libre de microorganismos, sustancias químicas y peligros radiológicos que constituyan una
amenaza para la salud humana. Las medidas de seguridad del agua potable vienen normalmente
definidas por estándares nacionales y/o locales de calidad del agua de boca. Las Guías para
la calidad del agua potable de la Organización Mundial de la Salud (OMS) proporcionan la bases
para el desarrollo de estándares nacionales que, implementadas adecuadamente, garantizarán la
salubridad del agua potable.
Aceptable. El agua ha de presentar un color, olor y sabor aceptables para ambos usos, personal
y doméstico. […] Todas las instalaciones y servicios de agua deben ser culturalmente apropiados y
sensibles al género, al ciclo de la vida y a las exigencias de privacidad.
Físicamente accesible. Todo el mundo tiene derecho a unos servicios de agua y saneamiento
accesibles físicamente dentro o situados en la inmediata cercanía del hogar, de las instituciones
académicas, en el lugar de trabajo o las instituciones de salud. De acuerdo con la OMS, la fuente
de agua debe encontrarse a menos de 1.000 metros del hogar y el tiempo de desplazamiento para
la recogida no debería superar los 30 minutos.
Asequible. El agua y los servicios e instalaciones de acceso al agua deben ser asequibles para
todos. El Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) sugiere que el coste del
agua no debería superar el 3% de los ingresos del hogar.
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Bajo esta premisa indiscutible que, sobre el Derecho Humano al Agua aduce, la Empresa de
Servicios Públicos EMSPUROVIRA teniendo en cuenta la precaria situación que en materia de
agua potable y garantías de la misma presenta en el municipio, y considerando el apoyo que da la
administración municipal se hace necesario realizar la reposición de la red de acueducto, con
líneas matrices y domiciliarias.
2. EL OBJETO A CONTRATAR
REPOSICION DE LA RED DE ACUEDUCTO, CON LINEAS MATRICES Y DOMICILIARIAS, EN LOS
SECTORES 1, 2, 3, 4, Y 5 DE LA PARTE URBANA DEL MUNICIPIO DE ROVIRA (TOLIMA),
CONFORME AL CONVENIO INTERADMINISTRATIVO NÚMERO 087 DEL 25 DE ABRIL DE 2015.
2.1. ESPECIFICACIONES TECNICAS
Las especificaciones técnicas serán las siguientes:
a) SECTORES A INTERVENIR
SECTOR 1:
SECTOR 1: TRAMO 1: CALLE 11 ENTRE CARRERAS 5 Y CARRERA 9
SECTOR 1: TRAMO 2: CARRERAS 6 ENTRE CALLES 6 Y 7
SECTOR 1: TRAMO 3: CARRERA 6 ENTRE CALLES 8 Y 12
SECTOR 2:
SECTOR 2: TRAMO 1: CALLE 8 ENTRE CARRERA 1 Y 4 OCCIDENTE
SECTOR 2: TRAMO 2: CALLE 5 ENTRE CARRERA 1 Y 1 OCCIDENTE
SECTOR 3
SECTOR 3. TRAMO 1: CALLE 1 NORTE ENTRE CARRERA 2 OCCIDENTE Y 3 OCCIDENTE
SECTOR 4.
SECTOR 4. TRAMO 1: CALLE 4 ENTRE CARRERA 10 Y 12
SECTOR 5
SECTOR 5. TRAMO CARRERA QUINTA OCCIDENTE (1040 ML).
b) CANTIDADES A EJECUTAR
No.:
1
1,1
1,2
1,3
1,4
1,5
CAPITULO
/ACTIVIDAD
UND
CANT
LOCALIZACION, EXCAVACIONES
Localización y replanteo
Señalización en Guadua
C/ 3mts y Polisombra
H=2Mts
Excavación manual en
material
común
y
conglomerado de 0 a
2Mts
Excavación mecánica en
material
común
y
conglomerado de 0 a
2Mts
Cargue y retiro de
escombros (10,00 kms.
a
la
redonda)
ml
ml
2.267,06
227,00
VR. UNIT.
VR UNIT +
AIU(30%)
VR UNIT+A
(15%)
VR. TOTAL
$ 2.488,00
$ 3.234,00
$ 7.331.672,00
$ 9.938,00
$ 12.919,00
$ 2.932.613,00
$ 20.321,00
$ 26.417,00
$ 21.635.523,00
$ 15.425,00
$ 20.053,00
$ 27.272.080,00
$ 22.563,00
$ 29.332,00
$ 36.401.012,00
819,00
m3
1.360,00
m3
m3
1.241,00
“EL PROGRESO SOMOS TODOS”
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provenientes
de
la
excavación y demolición
Sub/total Capítulo
2
2,A
$ 95.572.900,00
TUBERIA Y ACCESORIOS ACUEDUCTO PVC
2,37
SUMINISTRO Y TRANSPORTE DE TUBERIA Y ACCESORIOS ACUEDUCTO PVC
Suministro y Transporte,
tubería A.P. RDE 21
PVC 6"Ø
m.l
229,38
$ 55.230,00
$ 63.515,00
Suministro y Transporte,
tubería A.P. RDE 21
PVC 3"Ø
m.l
2.037,68
$ 16.800,00
$ 19.320,00
Suministro y Transporte,
Codos de 90º 3"Ø
und
4,00
$ 45.300,00
$ 52.095,00
Suministro y Transporte,
Codos de 45º 3"Ø
und
2,00
$ 29.300,00
$ 33.695,00
Suministro y Transporte,
Tee de 6"X6"Ø
und
1,00
$ 546.600,00
$ 628.590,00
Suministro y Transporte,
Tee de 6"X3"Ø
und
8,00
$ 465.000,00
$ 534.750,00
Suministro y Transporte,
Tee de 4"X3"Ø
und
1,00
$ 125.000,00
$ 143.750,00
Suministro y Transporte,
Tee de 3"X3"Ø
und
15,00
$ 70.000,00
$ 80.500,00
Suministro y Transporte,
Reducciones de 6"Ø a
3"Ø
und
1,00
$ 257.600,00
$ 296.240,00
Suministro y Transporte,
Reducciones de 4"Ø a
3"Ø
und
2,00
$ 89.900,00
$ 103.385,00
Suministro y Transporte,
Reducciones de 3"Ø a
2"Ø
und
20,00
$ 57.300,00
$ 65.895,00
Suministro y Transporte,
Tapones de 3"Ø
und
15,00
$ 6.500,00
$ 7.475,00
Suministro y Transporte,
Collares de derivación
6"Ø x 1/2"Ø
und
109,00
$ 15.300,00
$ 17.595,00
Suministro y Transporte,
Collares de derivación
3"Ø x 1/2"Ø
und
651,00
$ 10.100,00
$ 11.615,00
Suministro y Transporte,
Uniones de 6"Ø
und
2,00
$ 104.600,00
$ 120.290,00
Suministro y Transporte,
Uniones de 3"Ø
und
7,00
$ 268.300,00
$ 308.545,00
Suministro y Transporte,
Union PF de 1/2"
und 1.520,00
$ 2.880,00
$ 3.312,00
Suministro y Transporte,
cruceta de 3"x3"
und
3,00
$ 90.000,00
$ 103.500,00
Suministro y Transporte,
Válvula de Compuerta
elástica-Vástago
no
ascendente J.H, con
cuadrante.Diámetro 75
mm (3")
und
12,00
$ 623.000,00
$ 716.450,00
Suministro y Transporte,
$
Hidrantes de 3"Ø
und
4,00
2.460.000,00
$ 2.829.000,00
Suministro y Transporte,
Registros de corte e
incorporacion de 1/2"
und
760,00
$ 27.200,00
$ 31.280,00
Suministro y Transporte,
Manguera flexible de
1/2"Ø
ml
3.900,00
$ 3.077,00
$ 3.539,00
INSTALACION
TUBERIA
Y
ACCESORIOS
ACUEDUCTO PVC
Instalación, tubería A.P.
RDE 21 PVC 6"Ø
m.l
229,38
$ 7.281,00 $ 9.465,00
Instalación, tubería A.P.
RDE 21 PVC 3"Ø
m.l
2.037,68
$ 4.804,00 $ 6.245,00
Instalación, Codos de
90º 3"Ø
und
4,00
$ 23.625,00 $ 30.713,00
Instalación, Codos de
45º 3"Ø
und
2,00
$ 23.625,00 $ 30.713,00
2,38
Instalación, Tee de 6"Ø
und
1,00
$ 28.250,00 $ 36.725,00
$ 36.725,00
2,39
Instalación, Tee de 4"Ø
und
1,00
$ 23.625,00 $ 30.713,00
$ 30.713,00
2,1
2,2
2,3
2,4
2,50
2,6
2,7
2,80
2,9
3,0
3,10
3,2
3,3
3,40
3,5
3,6
3,70
3,8
3,9
4,00
4,1
4,2
2,B
2,34
2,35
2,36
$ 14.569.071,00
$ 39.367.978,00
$ 208.380,00
$ 67.390,00
$ 628.590,00
$ 4.278.000,00
$ 143.750,00
$ 1.207.500,00
$ 296.240,00
$ 206.770,00
$ 1.317.900,00
$ 112.125,00
$ 1.917.855,00
$ 7.561.365,00
$ 240.580,00
$ 2.159.815,00
$ 5.034.240,00
$ 310.500,00
$ 8.597.400,00
$ 11.316.000,00
$ 23.772.800,00
$ 13.802.100,00
$ 2.171.082,00
$ 12.725.312,00
“EL PROGRESO SOMOS TODOS”
Dirección: Calle 3 No. 4 – 92 Te.: 2881138
[email protected]
$ 122.852,00
$ 61.426,00
2,40
2,41
2,42
2,43
2,44
2,45
2,46
2,47
2,48
2,49
2,50
2,51
2,52
Instalación, Tee de 3"Ø
Instalación,
Reducciones de 6"Ø a
4"Ø
Instalación,
Reducciones de 4"Ø a
3"Ø
Instalación,
Reducciones de 3"Ø a
2"Ø
Instalación, Collares de
derivación 6"Ø x 1/2"Ø
Instalación, Collares de
derivación 3"Ø x 1/2"Ø
Instalación, Uniones de
6"Ø
Instalación, Uniones de
3"Ø
Instalaciones, Union PF
de 1/2"
Instalación, Válvula de
Compuerta
elásticaVástago no ascendente
J.H,
con
cuadrante.Diámetro 75
mm (3")
Instalación, Hidrantes de
3"Ø
Instalación, Registros de
corte e incorporación de
1/2"
Instalación,
Manguera
flexible de 1/2"Ø
und
15,00
$ 23.625,00 $ 30.713,00
$ 460.695,00
und
1,00
$ 28.250,00 $ 36.725,00
$ 36.725,00
und
2,00
$ 23.625,00 $ 30.713,00
$ 61.426,00
und
20,00
$ 23.625,00 $ 30.713,00
$ 614.260,00
und
109,00
$ 14.375,00 $ 18.688,00
$ 2.036.992,00
und
651,00
$ 10.411,00 $ 13.534,00
$ 8.810.634,00
und
2,00
$ 28.250,00 $ 36.725,00
$ 73.450,00
und
7,00
$ 23.625,00 $ 30.713,00
$ 214.991,00
und
1.520,00
und
12,00
und
4,00
und
760,00
ml
3.900,00
$ 2.350,00
$ 3.055,00
$ 4.643.600,00
$ 35.188,00 $ 45.744,00
$
$ 278.000,00 361.400,00
$ 548.928,00
$ 1.445.600,00
$ 9.750,00 $ 12.675,00
$ 9.633.000,00
$ 589,00
$ 766,00
$ 2.987.400,00
Sub/total Capítulo
3
3,A
3,1
3,B
3,4
3,5
$ 183.832.160,00
RELLENOS
Suministro y transporte Rellenos
Suministro y transporte,
arena
cama-lecho
204,00
tuberia
m3
Conformacion
de
Rellenos
Extendida arena camalecho tuberia
m3
204,00
Extendida
y
compactación
de
material proveniente de
360,87
la excavación
m3
$ 54.000,00
$ 62.100,00
$ 9.750,00
$ 12.675,00
$ 2.585.700,00
$ 18.500,00
$ 24.050,00
$ 8.679.014,00
Sub/total Capítulo
COSTOS DIRECTOS + INDIRECTOS (1)
$ 12.668.400,00
$ 23.933.114,00
A
VALOR COSTO TOTAL
$ 303.338.174,00
$ 303.338.174,00
3. OBLIGACIONES DE LAS PARTES
3.1. OBLIGACIÓN DEL CONTRATISTA
3.1.1 OBLIGACIONES ESPECÍFICAS
1. Acatar la Constitución Política, la ley, las normas legales y procedimentales establecidas por el
Gobierno Nacional, Municipal y demás normas pertinentes.
2. Instalación de una valla informativa, la cual debe llevar los datos del contrato a realizar, como son:
número del contrato, objeto del contrato, plazo de ejecución, nombre contratista, nombre de la
entidad contratante, con sus respectivos logos de la empresa y de la alcaldía.
3. Cumplir con la correcta señalización de la zona de trabajo, cumpliendo con la normatividad vigente
(Inicio de Obra, Fin de Obra, Obreros en la obra, maquinaria pesada, etc.).
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4. Cumplir con los elementos de protección de los trabajadores (seguridad Industrial).
5. Realizar la reposición de la red de acueducto con líneas matrices y domiciliarias conforme a las
especificaciones técnicas y cantidades establecidas dentro del objeto del contrato.
6. Ejecutar el objeto contractual de manera oportuna e idónea de conformidad con las finalidades y los
principios de economía, transparencia y responsabilidad, consagrados en la Ley 80 de 1993 y los
postulados de la función administrativa consagrados en el Artículo 209 de la Constitución Política. En
desarrollo del objeto contractual, el CONTRATISTA debe manifestar que se obliga a cumplir a
cabalidad con las actividades que se describen para la presente licitación pública.
7. Disponer lo necesario para que el objeto del contrato se cumpla a cabalidad.
8. Prestar oportuna colaboración para la diligente ejecución del contrato, utilizando de manera eficaz su
idoneidad y experiencia en el desarrollo del mismo.
9. Dar curso a las directrices impartidas por el Supervisor del contrato.
10. Cumplir con las normas legales para el cumplimiento del objeto del contrato.
11. Cumplir dentro del término establecido por LA EMPRESA con los requisitos exigidos para la ejecución
del contrato.
12. Suministrar al supervisor designado por LA EMPRESA toda la información requerida para el ejercicio
oportuno de su gestión.
13. Guardar la debida reserva sobre las actividades que se realicen.
14. Hacer uso adecuado, exclusivo y confidencial de la información suministrada por LA EMPRESA.
15. Mantener durante la ejecución del contrato, las condiciones exigidas y ofrecidas en su propuesta.
16. Obrar con lealtad y buena fe en el desarrollo de este contrato, evitando dilaciones y en
trabamientos.
17. Antes de adelantar la obra deberá verificar que se cuente con los permisos respectivos tanto desde
el punto de vista ambiental, como de licencias de construcción.
3.1.2 OBLIGACIONES GENERALES.
a) Cumplir con el objeto del contrato con plena autonomía técnica y administrativa y bajo su propia
responsabilidad, por lo tanto no existe ni existirá ningún tipo de subordinación, ni vínculo laboral alguno
entre el contratista y la empresa.
b) Responder, sin perjuicio de la respectiva garantía única de cumplimiento, por los servicios y/o bienes
objeto del contrato.
c) Responder ante terceros por los daños que se ocasionen y que provengan de causas que le sean
imputables.
d) Constituir la Garantía Única de Cumplimiento con los amparos establecidos en el contrato y en el presente
documento.
e) Salvaguardar la información confidencial que obtenga o conozca en el desarrollo de sus actividades salvo
requerimiento expreso de Autoridad competente.
f) Entregar al supervisor del control de ejecución del contrato los informes que se soliciten sobre cualquier
aspecto y/o resultados obtenidos en cada actividad encomendada cuando así se requiera.
g) Atender los requerimientos, instrucciones y/o recomendaciones que durante el desarrollo del contrato le
imparta la empresa, a través del supervisor del mismo, para una correcta ejecución y cumplimiento de sus
obligaciones.
h) Presentar los recibos de pago al sistema de seguridad social (salud, pensiones y riesgos laborales) y
demás impuestos de conformidad con la ley, en especial los señalados en la Ley 1607 de 2012, cuando haya
lugar a ellos para cada uno de los respectivos pagos.
i) Presentar al supervisor del contrato mensualmente fotocopia del pago de los aportes parafiscales del mes
anterior, discriminando el pago del servicio correspondiente al contrato y copia de los recibos de los pagos
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del cumplimiento de las obligaciones con el sistema general de seguridad social integral respecto de sus
trabajadores, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002
j) Ejecutar las demás actividades que sean necesarias para lograr un total y fiel cumplimiento del objeto, el
alcance y las obligaciones contratadas, aunque no estén específicamente señaladas en el presente
documento, siempre y cuando las mismas correspondan a la naturaleza y objeto del contrato.
3.2. OBLIGACIONES DE LA EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS EMSPUROVIRA
a. Pagar la prestación del servicio de acuerdo al valor aprobado en la propuesta.
b. Ejercer el control y vigilancia en la ejecución del contrato.
4.
AUTORIZACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS REQUERIDOS PARA LA EJECUCIÓN DEL
CONTRATO
En este punto se considera que se va a trabajar en forma conjunta con la Alcaldía del municipio de Rovira
(Tolima), quien viene adelantando trabajos donde se va a realizar la reposición de la red de acueducto, por
lo que si llegare a requerirse permiso este debería ser tramitado por la administración local.
5. DOCUMENTOS TÉCNICOS PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO
Para el desarrollo del proyecto se requieren los siguientes documentos:
- Los planos de red de redistribución.
- Cantidades de Obra.
- Presupuesto.
6. LUGAR DE EJECUCIÓN
El lugar de ejecución del contrato es el Departamento del Tolima - Municipio de Rovira-.
7. PLAZO DE EJECUCIÓN:
Será de SEIS (6) meses, Contados desde el cumplimiento de requisitos de legalización y ejecución previo
perfeccionamiento. El contrato se entiende perfeccionado con la firma de las partes. Para su ejecución se
requerirá de la aprobación de las garantía y de la expedición del respectivo registro presupuestal. La vigencia
será igual al plazo de ejecución y cuatro (4) meses más.
8. FORMA DE PAGO
La empresa de servicios públicos EMSPUROVIRA efectuará el pago en pesos colombianos de la siguiente
manera:
La EMPRESA pagará al contratista de la siguiente forma: a) Un primer pago en calidad de anticipo
equivalente al VEINTICINCO POR CIENTO (25%) a la firma del acta de inicio. b) Actas parciales de
ejecución de acuerdo al avance de obras., c). Un pago final del DIEZ POR CIENTO (10%) a la
terminación y liquidación del convenio a satisfacción de la empresa, siempre y cuando se hubiere
ejecutado el ciento por ciento (100%) de la obra. PARAGRAFO.- Todos los pagos, sin excepción,
estarán sujetos a la disponibilidad de los recursos de la empresa de servicios públicos
EMSPUROVIRA E. P S., conforme al desembolso de los recursos que haga la alcaldía del
municipio de Rovira (Tolima). Los pagos deberán ser avalado y autorizado por el supervisor del
contrato mediante informe respectivo quien deberá ajustarse a lo señalado por el estatuto
anticorrupción (ley 1474 de 2011), en materia de supervisiones e Interventorías y cumplimiento
de pago de aportes de seguridad social y parafiscales.
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9. LOS CRITERIOS PARA SELECCIONAR LA OFERTA MÁS FAVORABLES
Se entiende por selección objetiva la escogencia que se hace del ofrecimiento o propuesta más favorable a
la Empresa y a los fines que se busca, sin tener en consideración factores de afecto o de interés, y en
general, cualquier clase de motivación subjetiva. En cuanto al ofrecimiento más favorable, aquel que
teniendo en cuenta los factores de escogencia, tales como cumplimiento, experiencia, organización,
equipos, plazo y precio, contenidas en el pliego de condiciones o en el análisis previo a la suscripción del
contrato resultan ser el más ventajoso para la Empresa, sin que la favorabilidad la constituyan factores
diferentes a los requeridos.
10. REQUISITOS HABILITANTES JURÍDICOS
LA EMPRESA debe verificar con los documentos e información que entreguen los Proponentes el
cumplimiento de los requisitos habilitantes.
-CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
La Carta de Presentación de la Propuesta debe ser diligenciada. En caso de ser una persona jurídica deberá
estar firmada por el representante legal, para el caso de Proponentes Asociativos deberá estar firmada por el
representante, debidamente facultado en los términos de la ley y el pliego de condiciones. En caso de
persona natural deberá estar firmada por éste.
-CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL O DOCUMENTO EQUIVALENTE
El proponente nacional o extranjero debe acreditar con el certificado de existencia y Representación Legal de
la Cámara de Comercio respectiva, o documento equivalente, expedido con fecha no mayor a treinta (30)
días calendario anterior a la fecha de cierre de este proceso de selección, los siguientes aspectos:
a) El haber sido legalmente constituido como tal;
b) Que su objeto social esté relacionado con el objeto del presente proceso.
c) Las facultades del representante legal;
d) Los representantes legales de la misma;
e) La duración, la cual no podrá ser inferior al plazo de ejecución del contrato y un (1) año más.
Las personas jurídicas integrantes de un Consorcio o Unión Temporal deberán acreditar individualmente los
requisitos de que trata este numeral.
Para el caso de los proponentes extranjeros, adicionalmente se deberá aportar:
a) Documento o poder mediante el cual se acredite la constitución del representante en Colombia,
debidamente facultado para presentar la oferta, celebrar el contrato y para obligar al representado por
virtud del mismo, así como para representarlo judicial y extrajudicialmente.
b) Certificado de existencia y representación legal de la sociedad representante cuando sea el caso, cuyo
objeto social debe contener la facultad de representar firmas extranjeras.
c) Documento de existencia y representación legal de la persona jurídica extranjera, expedida por el
funcionario competente, autenticada por el Cónsul o agente diplomático colombiano, o en su defecto por el
de una nación amiga, que deberá contener como mínimo lo siguiente: Razón Social, Representante Legal y
facultades del mismo, Objeto Social, Duración de la Sociedad no inferior al plazo de ejecución del contrato y
un (1) año más.
Deberán mantener dicho apoderado por el término del contrato y un (1) año más, como mínimo, a menos
que, de conformidad con las normas legales vigentes, tengan la obligación de establecer sucursal en
Colombia.
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Las Sucursales en Colombia de personas jurídicas extranjeras, cuando presenten la propuesta a nombre de
éstas, deberán adjuntar a la propuesta el respectivo certificado de la Cámara de Comercio de su domicilio,
expedido con anterioridad no superior a treinta (30) días del cierre del proceso de selección.
-AUTORIZACIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA DE SOCIOS O ASAMBLEA GENERAL
Si del certificado de Cámara de Comercio se desprende que las facultades del Representante Legal se
encuentran limitadas para presentar la propuesta o para firmar el respectivo contrato, debe anexar la
correspondiente autorización de la Junta Directiva, de Socios o Asamblea General, que lo faculte
específicamente para presentar la propuesta en este proceso de selección y celebrar el contrato respectivo.
Para proponentes extranjeros, deberá adjuntarse el acta de la junta de socios, acta de Asamblea General de
Accionistas o el documento que haga las veces en el país proponente, en la que se faculte al representante
legal para presentar oferta, celebrar el contrato y comprometer a la sociedad en cuantía igual o superior al
valor de la oferta, en el evento en que el representante esté limitado en este aspecto.
En igual sentido, debe aportar el acta de la junta de socios de la sociedad que en Colombia actúa como
representante, autorizando la presentación de la oferta en caso de requerirse según los estatutos de la
sociedad.
-DOCUMENTO DE CONSTITUCIÓN DE CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL
Además de los documentos requeridos para las personas naturales o jurídicas, los miembros del consorcio o
unión temporal (según el caso), deberán aportar el documento de constitución firmado por los integrantes
EN ORIGINAL.
Este documento deberá cumplir con los siguientes requisitos:
a. Si los proponentes desean participar como Consorcio o Unión Temporal, en este último caso deberán
señalar las condiciones y extensión de la participación en la propuesta y en la ejecución del contrato, los
cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de la EMPRESA.
b. La duración del proponente plural, la cual no podrá ser inferior al plazo de ejecución del contrato y un (1)
año más.
c. La persona que para todos los efectos legales representará al Consorcio o Unión Temporal, deberá tener
facultades amplias y suficientes para obligar y responsabilizar a todos los integrantes del Consorcio o la
Unión Temporal. En el documento se deben señalar además, las reglas básicas que regulen las relaciones
entre los miembros del Consorcio o Unión Temporal y su responsabilidad.
d. Los integrantes del Consorcio o Unión Temporal deben cumplir los requisitos legales y acompañar los
documentos requeridos en el presente Pliego de Condiciones, para efectos legales, como si fueran a
participar en forma independiente.
e. El objeto social de todos los integrantes del consorcio o unión temporal debe comprender la realización de
actividades similares al objeto de este proceso de selección.
f. La propuesta debe estar firmada por el Representante Legal que hayan designado los integrantes del
consorcio o unión temporal o por intermedio de su agente comercial y/o mandatario con poder debidamente
conferido para el efecto, de acuerdo con la ley, casos en los cuales deberán adjuntarse el (los) documentos
(s) que lo acredite (n) como tal.
g. En caso de resultar adjudicatarios de este proceso de selección, para la suscripción del contrato deberán
presentar el respectivo Número de Identificación Tributaria – NIT, como consorcio o unión temporal.
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h. Los integrantes del consorcio o unión temporal no pueden ceder sus derechos a terceros, sin obtener la
autorización previa y expresa de la EMPRESA. En ningún caso podrá haber cesión del contrato entre quienes
integran el consorcio o unión temporal.
i. Los Consorcios o Uniones Temporales deberán presentar los documentos de existencia y representación
legal que, para cada uno de los integrantes, expida la Cámara de Comercio ó la autoridad competente, ya
sean personas Naturales o Jurídicas, así como el certificado de Inscripción, clasificación y calificación en el
Registro Único de Proponentes.
j. Los representantes legales de las personas jurídicas que conformen o hagan parte de un Consorcio o
Unión Temporal, aportarán con la propuesta la autorización o poder de la Junta de Socios, que los faculte
para ofrecer, contratar y conformar Consorcios o Uniones Temporales. Este requisito se exigirá en los casos
en que esta facultad se encuentre restringida. En caso que el representante legal del Consorcio o Unión
Temporal o de cualquiera de los integrantes de estos exceda las limitaciones que le otorgan el órgano
competente, o el acuerdo de integración, se rechazará la propuesta.
k. El documento en el que se exprese la voluntad de presentar la propuesta en consorcio o unión temporal,
deberá ir acompañado de los documentos (certificados de cámara de comercio, actas de junta directiva,
poderes, etc.) que acrediten que quienes lo suscribieron tenían la representación y capacidad necesarias
para adquirir las obligaciones solidarias derivadas de la propuesta y del contrato resultante.
l. Los Consorcios o Uniones Temporales deberán tener en cuenta que, de conformidad con el Artículo 7° de
la Ley 80 de 1993, la adjudicación del contrato conlleva la responsabilidad solidaria por su celebración y
ejecución.
m. No se aceptan propuestas bajo la modalidad de promesa de conformación de Consorcios o Uniones
Temporales.
n. Las Uniones Temporales, deberán registrar el porcentaje de participación de cada uno de sus miembros o
de lo contrario se entenderá que se presentan a título de consorcio.
11. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA.
Para garantizar los términos de la propuesta y para que pueda ser considerada, cada proponente deberá
incluir en la propuesta, una garantía de seriedad de la propuesta.
La garantía podrá consistir en una póliza de seguros o un Patrimonio autónomo o una Garantía Bancaria. Los
proponente extranjeros sin domicilio o sucursal en Colombia podrán otorgar una carta de crédito stand-by
expedida por entidades financieras del exterior, confirmada por un banco local y pagadera en Colombia, para
estos efectos se precisa que se considerarán extranjeras para estos efectos únicamente, las estructuras
plurales donde el cincuenta por ciento (50%) o más de los miembros sean extranjeros sin domicilio o
sucursal en Colombia.
Si la garantía de seriedad es una póliza de seguros, ésta deberá venir acompañada de una certificación
expedida por el garante en la que declare las condiciones de la colocación de la garantía. El reasegurador
que se incluya deberá estar inscrito en el Registro de Reaseguradores y Corredores de Reaseguros del
Exterior (REACOEX) que administra la Superintendencia Financiera de Colombia.
La Garantía deberá suscribirse en los siguientes términos:
BENEFICIARIO:
EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS EMSPUROVIRA E. S. P.
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AFIANZADO:
VIGENCIA:
CUANTÍA:
- El proponente, Persona Jurídica (Razón Social que figura en el
Certificado de Existencia y Representación Legal, expedido por la Cámara
de Comercio o su equivalente, sin utilizar sigla, a no ser que el
Certificado de la Cámara de Comercio o su equivalente establezca que la
firma podrá identificarse con la sigla).
- En el caso de consorcios o uniones temporales debe ser tomada a
nombre del consorcio o unión temporal (indicando todos sus integrantes
y el porcentaje de participación) y no a nombre de su representante.
- El /los nombre(s) debe(n) señalarse de la misma forma como figura(n)
en el Certificado de Existencia y Representación Legal, expedido por la
autoridad competente.
Tres (3) meses, a partir de la fecha del cierre de este proceso de
selección. En caso de prórroga del cierre de este proceso de selección,
esta garantía deberá ampliarse por el mismo lapso.
Diez por ciento (10%) del valor total del presupuesto oficial.
Cuando la propuesta sea presentada por un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad con objeto
único, la garantía debe ser otorgada por todos los integrantes.
Esta garantía la hará efectiva por la EMPRESA, en los siguientes eventos:
1. La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la
Adjudicación o para suscribir el contrato es prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres (3)
meses.
2. El retiro de la oferta después de vencido el plazo fijado para la presentación de las ofertas.
3. La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario.
4. La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado de la garantía de cumplimiento del
contrato.
La validez de la oferta será igual al de la vigencia de la garantía de seriedad, sin embargo, el proponente
está obligado a ampliar la vigencia de la Garantía de Seriedad de la propuesta cuando así lo solicite LA
EMPRESA.
LA EMPRESA, una vez suscrito el contrato y dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la fecha de
adjudicación de la contratación, devolverá a los proponentes no favorecidos con la adjudicación, los
originales de las garantías de seriedad de las ofertas.
NOTA; En el evento en que la fecha de cierre de este procedimiento se prorrogue, el proponente debe
ampliar la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta de tal suerte que la vigencia de la misma cubra el
plazo total establecido en este numeral.
Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del término señalado por EL CONTRATANTE para tal fin,
quedará a favor de ésta, en calidad de sanción, el valor de la Garantía constituida, para responder por la
seriedad de la propuesta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios
causados y no cubiertos por el valor de los citados depósitos o garantías.
12. CERTIFICACIÓN DE PAGOS AL SISTEMA INTEGRAL DE SEGURIDAD SOCIAL Y DEMAS
IMPUESTOS Y CONTRIBUCIONES.
a) Cuando el proponente sea una persona jurídica, deberá presentar una certificación, expedida por el
Revisor Fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos de la Ley, o por el Representante Legal,
bajo la gravedad del juramento, cuando no se requiera Revisor Fiscal, del pago de los aportes de sus
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empleados a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación
Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje. Dicho documento
debe certificar que, a la fecha de cierre del presente proceso de selección, ha realizado el pago de los
aportes correspondientes a la nómina de los últimos seis (6) meses, contados a partir de la citada fecha, en
los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos. En el evento en que la sociedad no tenga
más de seis (6) meses de constituida, deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución.
En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las
obligaciones mencionadas deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el
cumplimiento del mismo. En este evento el oferente deberá anexar copia del acuerdo de pago
correspondiente y el comprobante de pago soporte del mes anterior al cierre del proceso de selección.
b) Cuando el proponente sea una persona natural, deberá presentar una declaración en original, bajo la
gravedad de juramento donde certifique el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud,
riesgos laborales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de
Bienestar Familiar, Servicio Nacional de Aprendizaje. Dicho documento debe certificar que, a la fecha de
cierre del presente proceso de selección, ha realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina
de los últimos seis (6) meses, contados a partir de la citada fecha, en los cuales se haya causado la
obligación de efectuar dichos pagos.
En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las
obligaciones mencionadas deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el
cumplimiento del mismo. En este evento el oferente deberá anexar copia del acuerdo de pago
correspondiente y el comprobante de pago soporte del mes anterior al cierre del proceso de selección.
Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes, deberá aportar la
declaración aquí exigida.
Adicionalmente el proponente adjudicatario, deberá presentar para la suscripción del respectivo
contrato ante la EMPRESA y para la realización de cada pago derivado del contrato, ante el
supervisor del contrato y el área de pagaduría la declaración donde se acredite el pago
correspondiente.
En caso que el proponente, persona natural o jurídica, no tenga personal a cargo y por ende no esté
obligado a efectuar el pago de aportes parafiscales y seguridad social debe, también bajo la gravedad de
juramento, indicar esta circunstancia en la mencionada certificación.
13. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES FISCALES, CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
De conformidad con lo consagrado en el artículo 60 Ley 610 de 2000 y el parágrafo primero del artículo 38
de la Ley 734 de 2002, ningún proponente ni los integrantes de consorcios o uniones temporales, no podrá
estar registrado en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República vigente a la
fecha de cierre del presente proceso de selección.
Igual requisito deberá acreditar el representante legal de las personas jurídicas proponentes o integrantes de
proponentes plurales.
En caso que el proponente aparezca reportado en el boletín de responsables fiscales de la Contraloría, su
propuesta será rechazada.
14. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS PROCURADURÍA GENERAL DE LA
NACIÓN
LA EMPRESA verificara los antecedes disciplinarios de todos los integrantes de consorcios o uniones
temporales, vigentes a la fecha de cierre del presente proceso de selección, emitido por la Procuraduría
General de la Nación. (De conformidad con lo consagrado en el artículo 174 de la Ley 734 de 2002.
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Igual requisito deberá acreditar el representante legal de las personas jurídicas proponentes o integrantes de
proponentes plurales.
En caso que en el certificado de antecedentes disciplinarios conste que el proponente presenta antecedentes
disciplinarios vigentes que impliquen inhabilidad para contratar con el Estado, su propuesta será rechazada.
15. LIBRETA MILITAR EN CASO DE QUE EL REPRESENTANTE LEGAL O PERSONA NATURAL SEA
HOMBRE MENOR DE 50 AÑOS:
LA EMPRESA
verificará cumplimiento de esta obligación en coordinación con la autoridad militar
competente. Sin embargo, el proponente a efectos de facilitar esta verificación podrá anexar fotocopia de la
libreta militar.
16. CONSULTA DE ANTECEDENTES JUDICIALES
LA EMPRESA consultará los antecedentes judiciales del representante legal o persona natural en la página
http://antecedentes.policia.gov.co:7003/WebJudicial/index.xhtml. En todo caso el proponente a efectos de
facilitar esta verificación podrá anexar a la propuesta dicho certificado actualizado.
17. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
Los proponentes no deben encontrarse incursos en ninguna causal de inhabilidad e incompatibilidad
consagradas en la Constitución Política, la Ley 80 de 1993, la Ley 1474 de 2011, y demás normas
concordantes y el presente pliego de condiciones, declaración que se entenderá manifiesta con la firma de la
carta de presentación de la propuesta.
Adicional a lo anterior, los proponentes deberán tener en cuenta el contenido del artículo 5º de la Ley 828 de
2003 “Por la cual se expiden normas para el Control a la Evasión del Sistema de Seguridad Social” relativo a
“Sanciones Administrativas”, en cuyo tercer inciso se establece: “El no pago de las multas aquí señaladas
inhabilitará a la persona natural o jurídica para contratar con el Estado mientras persista tal deuda, salvo que
se trate de procesos concursales y existan acuerdos de pago según la Ley 550 de 1999”.
Igualmente LA EMPRESA realizará la verificación de los antecedentes disciplinarios, fiscales y de policía,
respecto de las empresas y representantes legales que formulen ofrecimientos al interior de este proceso de
selección.
Cualquier contravención a lo expresado, faculta a la EMPRESA a rechazar la propuesta, sin incurrir en
ninguna responsabilidad los establecidos por el área jurídica en el pliego de condiciones del respectivo
proceso.
18. CRITERIOS PARA SELECCIONAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE
Para seleccionar la oferta más favorable se tendrá en cuenta los siguientes aspectos:
18.1 REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER FINANCIERO.
Para la evaluación de las propuestas se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:
INDICADOR
PATRIMONIO
CONSTRUCTORES
MAYOR A dos (2) veces En
el
caso
de
uniones
el presupuesto oficial.
temporales o consorcios, se
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calculará con la sumatoria de
CADA
UNO
DE
LOS
PROPONENTES
Mínimo 8,00
En el caso de uniones temporales o consorcios, cada uno de
sus integrantes debe cumplir con este requisito.
LIQUIDEZ
ENDEUDAMIENTO
< a 0,15
En caso de consorcios o uniones temporales se calculará
dividiendo el pasivo total por el activo total de cada uno de
los integrantes, en donde cada uno debe cumplir con este
requisito.
el
caso
de
uniones
SUPERIOR A TRES (3) En
VECES EL PRESUPUESTO temporales o consorcios o
uniones temporales, se calculará
OFICIAL
con la sumatoria de CADA UNO
DE LOS PROPONENETES
RAZON DE COBERTURA MENOR
a
0.50
O En el de uniones temporales o
E INTERESES
INDEFINIDO
consorcios
o
uniones
temporales, en donde cada uno
de los integrantes debe cumplir
con este requisito.
ACTIVO TOTAL
Esta información será verificada en el Registro Único de proponentes, en caso contrario el proponente
deberá presentar los estados financieros con corte al mes de diciembre de 2014, suscritos por Contador
Público y/o revisor fiscal si a ello hubiere lugar.
18.2 REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER TÉCNICO
18.2.1 EXPERIENCIA DEL PROPONENTE
Si el proponente es persona natural deberá presentar copia legible de la cédula de ciudadanía y
acreditar su calidad de Ingeniero Civil y/o Arquitecto mediante la presentación de la copia legible de la
tarjeta de matrícula profesional y certificación de vigencia expedida por el Consejo Profesional Nacional
de Ingeniería y sus Profesiones Auxiliares – COPNIA o por la entidad correspondiente según la profesión,
con una vigencia de seis (6) meses.
18.2.1.1 CONSIDERACIONES PARA LA VÁLIDEZ DE LA EXPERIENCIA REQUERIDA
Valoración de la experiencia del proponente. Para efectos de habilitar un proponente, la
experiencia de los socios de una persona jurídica se podrá acumular a la de esta, cuando ella
no cuente con más de tres (3) años de constituida. La acumulación se hará en proporción a la
participación de los socios en el capital de la persona jurídica.
No podrá acumularse a la vez, la experiencia de los socios y la de la persona jurídica cuando
éstos se asocien entre sí para presentar propuesta bajo alguna de las modalidades previstas en
el artículo 7 de la ley 80 de 1993.
En el caso de sociedades que se escindan, la experiencia de la misma se podrá trasladar a cada
uno de los socios escindidos, y se contabilizará de acuerdo al porcentaje de participación en la
sociedad escindida.
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La información de los contratos suscritos con la EMPRESA, podrá ser verificada en los archivos
de la entidad, a partir de la información relacionada en el mismo.
Cuando el contrato que se pretende acreditar como experiencia haya sido ejecutado en
consorcio o unión temporal deberá presentar el formulario de experiencia, discriminando el
porcentaje de participación del integrante en la ejecución del contrato que se quiera hacer valer
dentro del proceso.
Si el contrato aportado para acreditar la experiencia se ejecutó bajo la modalidad de consorcio
o unión temporal, el valor facturado a considerar será igual al valor total facturado multiplicado
por el porcentaje de participación que tuvo el integrante que la pretenda hacer valer.
Para efectos de la acreditación de experiencia no SE ACEPTARÁN SUBCONTRATOS en
consecuencia los contratos válidos para acreditar la experiencia serán aquellos suscritos entre el
ente o persona contratante y el oferente (contratista de primer orden), cualquier otra derivación
de estos se entenderá para efectos del proceso como subcontrato.
Experiencia acreditada para Director y Residente de obra
a. El proponente deberá acreditar experiencia general y especifica del Director del Obra y
los Residentes de Obras de la siguiente manera:
 Director de Obra: Ingeniero civil y/o Arquitecto, con experiencia mínima de cinco (5)
años de ejercicio profesional, adicional debe acreditar haber ejecutado o ser director de
Obra en actividades que se desarrollen en el sector público o empresas de servicios
públicos. Adicionalmente debe presentar Matricula profesional vigente y certificación
expedida por el Copnía o por el Concejo Profesional Nacional De Arquitectura Y Sus
Profesiones Auxiliares, carta de aceptación del cargo, hoja de vida actualizada, copia de
la cedula.
 Residente de Obra: Con experiencia mínima de tres (3) años de ejercicio profesional,
adicional debe acreditar haber ejecutado o ser director de Obra en actividades que se
desarrollen en el sector público o empresas de servicios públicos. Adicionalmente debe
presentar Matricula profesional vigente y certificación expedida por el Copnía o por el
Concejo Profesional Nacional De Arquitectura Y Sus Profesiones Auxiliares, carta de
aceptación del cargo, hoja de vida actualizada, copia de la cedula.
18.2.1.1 EXPERIENCIA GENERAL
Como experiencia general deberán presentarse dos (2) contratos de ejecución de obras
civiles, los cuales cada uno de ellos deben superar el ciento por ciento (100%) de
presupuesto oficial.
18.2.1.2 EXPERIENCIA ESPECÍFICA
Como experiencia especifica deberán presentarse dos (2) contratos de ejecución de obras civiles,
que tengan relación directa con lo que es el objeto del presente contrato, de la siguiente forma:
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a) Contrato de reposición de tuberías sanitarias, hidráulica, por un valor superior al 30% del
presupuesto oficial, y que se haya ejecutado con empresas de servicios públicos o entidades
oficiales.
b) Contrato de instalación de tubería hidráulica por un valor superior al 10% del presupuesto
oficial, y que se haya ejecutado con empresas de servicios públicos o entidades oficiales.
PARAGRAFO: Los contratos que se presenten para la experiencia general no se tendrán en
cuenta para la experiencia específica.
18.3 ASPECTOS ECONÓMICOS OBJETO DE EVALUACIÓN (CÓMITE ECONÓMICO):
18.3.1 PRECIO
Solamente se efectuará evaluación económica (PRECIO) de las propuestas hábiles, en observancia de lo
previsto en la presente convocatoria.
Antes de realizar la evaluación económica (Precio) la propuesta deberá cumplir con los siguientes
parámetros, normas y/o reglas:
a. La propuesta económica se debe presentar en moneda legal colombiana.
b. Que el valor total corregido de la propuesta no exceda el del presupuesto oficial, establecido en el
presente Estudio de Conveniencia y Oportunidad ni en forma total ni en ninguno de los ítems.
c. El ajuste al peso ya sea por exceso o por defecto de los precios unitarios propuestos. El valor total
corregido de la propuesta se determinara con base en los precios unitarios consignados en el
formulario previsto para ello, y su respectiva corrección aritmética, eliminando aquellas propuestas
cuyo valor total corregido presente errores aritméticos superiores al 1% respecto del valor total del
presupuesto oficial, bien sea por exceso o por defecto.
d. Se verificarán aritméticamente las propuestas. Se corregirán los errores aritméticos que se presenten
en los productos y en la sumatoria del valor total de la propuesta (ajustados al peso), el valor
verificado de la propuesta (ajustado al peso) será el utilizado para la comparación con los
correspondientes a otras propuestas y será el que se tendrá en cuenta en la adjudicación y
suscripción del contrato.
La propuesta económica corregida que se encuentre por encima del presupuesto oficial será
rechazada.
La oferta deberá presentarse en pesos colombianos.
El impuesto del IVA deberá incluirse dentro del valor de la oferta, debidamente discriminado.
NOTA: El valor excedente que resulte de la diferencia entre el valor ofertado corregido y el presupuesto
oficial, la administración podrá adicionar en mayores cantidades de acuerdo a los estudios previos del
proyecto y serán avalados por la Administración y el ordenador del gasto, siempre y cuando estas
resultaran indispensables para garantizar la ejecución integra del proyecto.
19. PUNTAJE POR CRITERIOS DE EVALUACIÓN.
Se tendrá en cuenta los siguientes criterios de evaluación, el cual se aplicara siempre y cuando la
propuesta cumpla con los requisitos habilitantes y calidades de participación, así como las especificaciones
técnicas del presente pliego de condiciones.
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Criterio de Evaluación
Propuesta Económica
EXPERIENCIA
Puntaje Total
500 PUNTOS
400 PUNTOS
100 PUNTOS
1000 PUNTOS
Incentivo a la industria Nacional
TOTAL
En caso de empate en el puntaje total de dos o más ofertas, LA EMPRESA escogerá el Proponente
aplicando los criterios de desempate que para el caso que nos ocupa es el menor precio.
20.
ANÁLISIS QUE SUSTENTA LA EXIGENCIA DE GARANTÍAS
El contratista se obliga a constituir, suscribir y presentar, dentro del TERCER (3) día (s) hábil (es) siguiente
(s) a la fecha de perfeccionamiento del contrato, la garantía que más adelante se señalan a favor de LA
EMPRESA , Esta garantía se mantendrá vigente durante la ejecución del contrato, su liquidación y hasta que
cesen los efectos derivados de ella. El contratista deberá mantener vigentes todos los amparos y serán de su
cargo los pagos de todas las erogaciones de constitución. LA EMPRESA podrá solicitar a las entidades que
aseguren la prórroga o modificación de los amparos a cargo del contratista cuando éste se niegue a hacerlo,
el valor de las erogaciones causadas se convertirá en obligación de pago exigible al contratista en forma
inmediata. La demora en el reconocimiento y pago de las erogaciones aquí señaladas dará lugar a la
aplicación de las multas previstas en este pliego de condiciones.
-Clases de Garantías
En caso de que haya necesidad de adicionar, prorrogar o suspender la ejecución del contrato resultante, o
en cualquier otro evento, el contratista se obliga a modificar la garantía única de acuerdo con las normas
legales vigentes. Esta garantía deberá amparar los siguientes riesgos:
Tipo o Clase de
Garantía
Cobertura o Niveles
de Amparo
Seriedad de la oferta
Contrato
de
seguro
contenido en una póliza
Buen
Manejo
y
Correcta Inversión del
Anticipo
Cumplimiento
Responsabilidad
Extracontractual
Civil
Estabilidad de la Obra
Pago
de
salarios
prestaciones sociales e
indemnizaciones
laborales
Valores
vigencia
Desde la presentación
de la oferta y hasta la
aprobación
de
la
garantía
de
cumplimiento
del
contrato
El valor de esta garantía Vigencia del contrato
debe ser el ciento por y cuatro meses más.
ciento (100%) de la suma
establecida como anticipo,
ya sea este en dinero o en
especie.
10% del valor del contrato Vigencia del contrato
y cuatro meses más.
Doscientos (200) smmlv
período de ejecución
del contrato
5 % del valor del contrato Vigencia del contrato
y Cinco años mas
5% del valor del contrato Vigencia del contrato
y tres años más.
Equivalente al diez por
ciento (10%) del
presupuesto oficial
estimado del Proceso de
Contratación.
“EL PROGRESO SOMOS TODOS”
Dirección: Calle 3 No. 4 – 92 Te.: 2881138
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21. COMITÉ DE EVALUACION Y CONTRATACION
La Empresa reunirá el Comité de Evaluación de Contratación, el cual estará integrado de la siguiente
forma:
1. SUPERVISOR OPERATIVO.
2. JEFE DE FACTURACIÓN Y ATENCIÓN AL USUARIO
3. EL TESORERO- PAGADOR.
PARAGRAFO: El Comité de Evaluación y Contratación asesorará al Gerente de La Empresa, con el
objeto de garantizar que la actividad contractual se desarrolle con sujeción a los principios y
procedimientos establecidos en la Constitución Política, en la normatividad legal vigente y en este
reglamento. El Gerente podrá modificar la conformación del Comité Evaluador, cuando las necesidades
del servicio así lo requieran.
22. ANEXOS
-
Convenio interadministrativo número 087 del 25 de abril de 2015.
Estudio de mercado elaborado por la alcaldía del municipio de Rovira (Tolima)
Estudios previos elaborado por la alcaldía del municipio de Rovira (Tolima)
Planos
Proyecto elaborado por la administración municipal.
Certificado de Disponibilidad Presupuestal.
23. SUPERVISIÓN DEL CONTRATO
La supervisión del contrato se hará a través de la empresa de servicios públicos EMSPUROVIRA, para lo
cual se designara a un funcionario que realice las actividades de seguimiento de la actividad contractual.
FLEYDER RODRIGUEZ
SUPERVISOR OPERATIVO
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