proyecto de pliego de condiciones

PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES
PSA-UNP-07-2015
UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN
PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES
PSA-UNP-07-2015
Artículo 22 del Decreto 1510 DE 2013
OBJETO:
CONTRATAR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO CON
SUMINISTRO DE REPUESTOS ORIGINALES NUEVOS Y/O HOMOLOGADOS Y MANO DE OBRA (INCLUIDA) PARA
LAS DIFERENTES MARCAS Y TIPOS DE VEHÍCULOS PROPIOS Y A CARGO DE LA UNIDAD NACIONAL DE
PROTECCIÓN A NIVEL NACIONAL, INCLUIDO EL SUMINISTRO DE LLANTAS.
Bogotá, D.C., Mayo de 2015
PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES
PSA-UNP-07-2015
1.
1.1.
INFORMACIÓN GENERAL DEL PROCESO DE SELECCIÓN
ACTO ADMINISTRATIVO DE APERTURA Y OBJETO DE LA CONTRATACION
La Unidad Nacional de Protección, en adelante UNP, mediante Resolución No. XXXXXXXXXXXX, proferida por el
Secretario General, ordenó la apertura del Proceso de Selección Abreviada PSA-UNP-07-2015 a que se refiere el
presente pliego de condiciones, con el objeto efectuar la siguiente contratación:
1.1.1.
OBJETO GENERAL
LA UNP, procederá a la celebración de un contrato de prestación de servicios con el fin de CONTRATAR LA
PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO CON SUMINISTRO DE
REPUESTOS ORIGINALES NUEVOS Y/O HOMOLOGADOS Y MANO DE OBRA (INCLUIDA) PARA LAS
DIFERENTES MARCAS Y TIPOS DE VEHÍCULOS PROPIOS Y A CARGO DE LA UNIDAD NACIONAL DE
PROTECCIÓN A NIVEL NACIONAL, INCLUIDO EL SUMINISTRO DE LLANTAS.
El objeto del proceso está codificado en el Clasificador de Bienes y Servicios UNSPSC así:
Segmento
1.1.2.
Familia
Clase
Producto
78000000
78180000
78181500
78181507
25000000
25170000
25172500
25172504
Nombre
Reparación y
mantenimiento
automotor y de
camiones ligeros
Llantas para
automóviles o
camionetas
ALCANCE DEL OBJETO
La descripción de los servicios de mantenimiento requeridos son los señalados en el ANEXO ECONÓMICO y las
especificaciones generales de los talleres y/o centros de servicio se encuentran en el ANEXO TÉCNICO y hacen parte
integral de este estudio y a la postre harán parte integral del contrato. No obstante lo anterior, el contrato a adjudicar
comprenderá la totalidad de automotores de la UNP, en donde se entenderá incluida la intervención de camionetas,
automóviles, motos y motores fuera de borda, en caso de ser requerido por la UNP. Así mismo, la UNP podrá solicitar al
contratista el suministro de otros insumos o repuestos de carácter preventivo y/o correctivo, que no se encuentren
enmarcados dentro del listado establecido en el ANEXO ECONÓMICO.
En desarrollo del objeto contractual el contratista deberá:
a.
Llevar un control de entrada y salida de cada uno de los vehículos al ser ingresados al centro de servicio y/o taller y
al ser entregados al funcionario encargado de recibir el vehículo.
b.
Entregar los vehículos lavados (exterior), después de cada mantenimiento.
c.
Ofrecer una garantía de 5.000Km., para cada uno de los repuestos, elementos o partes remplazadas durante los
mantenimientos preventivos y ofrecer una garantía de 10.000Km., para cada uno de los repuestos, elementos o
partes remplazadas durante los mantenimientos correctivos.
d.
Garantizar que la revisión preliminar de los vehículos al momento de ingresar a los centros de servicio y/o talleres
por parte del personal del mismo deberá realizarse dentro de las cinco (5) horas siguientes al ingreso del vehículo e
informar lo pertinente al Supervisor (como las actividades adicionales que surjan o el tiempo que demorara la
ejecución de las actividades autorizadas sin superar el autorizado). En caso de que se trate de un mantenimiento
preventivo, estas cinco (5) horas incluyen tanto la revisión preliminar como el mantenimiento en sí mismo
considerado.
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e.
Permitir el acceso del supervisor del contrato o al personal que este designe, en caso de requerirse a las
instalaciones del contratista, a efectos de verificar el diagnóstico que se le realice al vehículo una vez sea trasladado
a las instalaciones de la empresa del contratista.
f.
Ofrecer un servicio de mantenimiento correctivo inmediato cuya ejecución no supere cinco (5) días hábiles,
efectuada la aprobación de las actividades cotizadas por parte del supervisor del contrato; en el caso que el
mantenimiento solicitado requiera de actividades cobijadas o incluidas en el preventivo se debe informar por escrito
o mediante correo electrónico al supervisor del contrato para que se realice la cotización respectiva, teniendo en
cuenta que el valor ofertado debe estar ajustado a los valores históricos del mantenimiento preventivo.
g.
Ejecutar los trabajos en forma eficiente y oportuna, sin procesos que conduzcan a demoras injustificadas. Si en el
tiempo normalmente requerido para la realización de un trabajo, se presentan imprevistos, adiciones o demoras
justificadas a los trabajos solicitados, se deberá contar con el visto bueno del Supervisor del contrato, quien será el
único autorizado para verificar tales hechos y autorizar los nuevos tiempos.
h.
Realizar el mantenimiento con la herramienta y equipo idóneo y de acuerdo a lo señalado en el Anexo Técnico.
i.
Garantizar que las instalaciones donde se realice el servicio de mantenimiento sean idóneas, se encuentren
debidamente demarcadas y cumpla con las normas de seguridad industrial para el tipo de servicio a realizar, con las
disposiciones legales en materia ambiental y disposición del suelo, de conformidad con las especificaciones técnicas
exigidas en el Anexo Técnico.
j.
Garantizar que los trabajos a realizar se acogen a las especificaciones técnicas solicitadas por el Supervisor del
Contrato.
k.
Contramarcar los repuestos instalados para efectos de control.
l.
Garantizar que para los lubricantes ofrecidos y que llegaran a utilizarse en los diferentes motores deben contar con
especificaciones y aprobaciones API SN y sello de calidad NTC1295.
m.
Garantizar que los aceites de trasmisión ofertados y utilizados durante los mantenimientos cumpla con las
especificaciones y aprobaciones API GLS – 5 y contar con sello de calidad NTC 1399.
n.
Entregar las baterías plomo – acido al mecanismo de devolución que haya establecido el fabricante o importador de
las mismas, de conformidad con lo señalado en la Resolución 0372 de 2009 proferida por el Ministerio de Ambiente,
vivienda y Desarrollo Territorial (hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible). Para lo cual deberá entregar
copia a la UNP de la certificación de entrega y disposición final de estos residuos a los gestores debidamente
autorizados o al canal de devolución que se haya establecido para este tipo de residuos.
o.
Garantizar que los filtros instalados durante los mantenimientos cuenten con un sello de calidad expedido por una
entidad certificadora en calidad y reconocida a nivel nacional.
p.
Garantizar que los servicios a realizar no afecten el funcionamiento y las características físicas internas o externas
del vehículo, o se produzcan daños en la pintura de los vehículos.
q.
Rehacer por su cuenta los servicios no recibidos a satisfacción por el supervisor o con especificaciones diferentes o
inferiores a las requeridas, sin perjuicio de la respectiva garantía de calidad de los servicios que debe aportar el
proponente u otras medidas correctivas o sancionatorias que la UNP considere pertinentes. Estas actividades que
deban rehacerse no implicaran modificación en el plazo de ejecución del contrato, al programa de trabajo o al valor
pactado, los servicios mal ejecutados o en los que se hayan utilizado repuestos o insumos incorrectos o con
especificaciones inferiores o diferentes a las requeridas, o por mala instalación de partes o repuestos.
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r.
Responder por los daños ocasionados por la manipulación del vehículo dentro y fuera del taller del contratista,
mientras se encuentre en proceso de reparación o pruebas, estos deben ser asumidos por este, sin ningún costo
para la UNP.
s.
Elaborar fichas técnicas por cada vehículo de los servicios realizados, repuestos suministrados y novedades, dichas
fichas deberán adjuntarse a los documentos de facturación mensualmente o cuando sean requeridas por el
Supervisor del Contrato.
t.
Llevar un registro del valor ejecutado del contrato con el objeto de no prestar servicios que excedan el valor del
contrato, dicho registro deberá remitirse mensualmente al supervisor del contrato.
u.
Prestar el servicio en el centro de servicio y/o taller mínimo los días lunes a viernes de 8:00 AM a 5:00 PM. y los
sábados en el horario de 8:00 AM a 1:00 PM.
v.
Incluir dentro de la factura los costos de los insumos, diferentes a repuestos de cualquier tipo, necesarios para
realizar las diferentes actividades de mantenimiento, como por ejemplo: grasa multiusos, limpiador electrónico,
gasolina para lavado de piezas, cinta aislante, silicona, amarres plásticos, etc., los cuales deberán quedar incluidos
dentro del costo de la mano de obra por lo que no se reconocerán como ítems independientes.
w.
Contratar por su cuenta y riesgo exclusivo, personal técnico idóneo y suficiente para la adecuada y oportuna
prestación del servicio, de conformidad con las especificaciones referidas en el Anexo Técnico.
x.
Garantizar que en los talleres y/o centros de servicio cuentan con un área para almacenamiento de materiales y
sustancias inflamables, la cual debe estar ubicada en un área separada y distante de los lugares donde se lleven a
cabo operaciones de pintura, soldadura u otras que proporcionen fuente de ignición y contar con la certificación y/o
autorización expedida por Bomberos, en razón del uso de materiales y productos inflamables.
y.
Responder por cualquier falla originada por irregularidades de mano de obra, materias primas y demás procesos de
producción e instalación de las llantas, sin límite de kilometraje hasta que la banda de rodamiento de la llanta
mantenga hasta 2 mm (0.078 in) de profundidad en promedio. Si algo le sucede a la llanta como consecuencia de
una de las anteriores causas, el proveedor debe remplazarla inmediatamente por una nueva sin ningún costo para la
entidad.
z.
Para poder garantizar un desgaste homogéneo en las llantas, el contratista debe ofrecer el servicio de alineación,
balanceo y rectificación de rines en el momento de su instalación.
aa.
Debido a la diversidad de marcas, tipos y modelos del parque automotor convencional y blindado, el contratista
realizará la instalación de las llantas de acuerdo al cronograma establecido por el supervisor. Para tal efecto, deberá
garantizar que las llantas en su totalidad serán entregadas marcadas con la palabra UNP y placa de cada vehículo,
al cual se preste el servicio.
bb.
Responder por todo daño que se ocasione al vehículo o algún tercero durante el período de permanencia del mismo
en el taller y/o centro de servicio del contratista.
cc.
Contar con una póliza de seguros que ampare situaciones tales como siniestros, daños, robo o hurto parcial o total
de algún automotor perteneciente o a cargo a la UNP.
dd.
Dotar al personal con los elementos de seguridad industrial requerida para el desarrollo de su trabajo.
ee.
Garantizar los medios de comunicación y la infraestructura logística que permita en todo momento el contacto para
el seguimiento a la prestación del servicio. Para tal fin, el oferente seleccionado, antes de la iniciación del contrato,
deberá enviar al Supervisor del Contrato un esquema detallado del personal de apoyo (contactos, medios de
comunicación, directorios telefónicos).
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ff.
Las personas naturales o jurídicas que intervengan en la ejecución del contrato deben garantizar la reserva y
confidencialidad de la información suministrada por la Unidad Nacional de Protección, ya que la divulgación de la
anterior información puede convertirse en una vulnerabilidad que aprovechen los agentes generadores de riesgo
para procurar atentados en contra de los beneficiarios. En buena parte la reserva sobre la calidad de las medidas
agregan efectividad a la protección, por lo que, considerando el amplio conocimiento sobre el historial de los
vehículos objeto de los contratos, esta información deberá reposar en una base de datos controlada por el
contratista. Los centro(s) de servicio(s) y/o talleres que provean el mantenimiento deben garantizar el manejo
reservado de toda la información relacionada con cada uno de los vehículos en cuanto a la marca, placa, color, y
demás características que permitan su individualización e identificación.
gg.
Ejecutar todas las obligaciones que se deriven de la naturaleza del contrato, las que se consignen en otras cláusulas
del mismo y las que se desprendan de la ejecución contractual.
hh.
Acatar las instrucciones que le imparta la UNP, en ejecución del objeto contractual, ciñéndose a los procedimientos
que entregue la UNP, al inicio del contrato por intermedio del supervisor del Contrato.
ii.
Presentar los informes sobre la ejecución del contrato que la supervisión le solicite, los cuales deberán estar
disponibles durante el plazo del mismo y dos (2) años más.
La entidad podrá en cualquier momento solicitarle al Futuro contratista la documentación que acredite las
características o exigencias incluidas en las obligaciones y especificaciones técnicas.
1.2.
RÉGIMEN LEGAL
Dadas las características del objeto contractual, el contrato a celebrar es uno de prestación de servicios.
El proceso de selección a que se refiere éste Estudio Previo se encuentra sometido al Estatuto General de Contratación
de la Administración Pública contenido en las leyes 80 de 1993, 1150 de 2007, 1450 de 2011, 1474 de 2011, el Decreto –
Ley 019 de 2012, el Decreto 1510 de 2013 y las disposiciones que modifiquen o reglamenten aquellas, por virtud de las
cuales, la selección se realizará de manera objetiva, a efecto de adjudicar la propuesta más favorable para los intereses
de la UNP y los fines que ella persigue y estará a su vez sujeta a lo dispuesto en éste pliego de condiciones, en el estudio
previo y anexos técnicos de este proceso
La modalidad de selección para la celebración del contrato a que se refiere éste Estudio Previo corresponde a la de
Selección Abreviada a que se refiere el literal h) del numeral 2 del artículo 2° de la Ley 1150 de 2007, dado que el
contrato resultado del presente proceso de contratación está dirigido a medios que están destinados a ejecutar programas
y esquemas de protección de personas amenazadas.
En efecto, de conformidad con lo establecido en el litera h) del numeral 2 del artículo 2° de la Ley 1150 de 2007,
procederá el uso de la “selección abreviada” para los contratos de las entidades, a cuyo cargo se encuentre la ejecución
de los programas de protección de personas amenazadas.
Al tenor de las precitadas disposiciones, el procedimiento a que se refiere el presente artículo corresponderá a uno de
selección abreviada de menor cuantía, cuyas etapas mínimas serán las especificadas en el artículo 59 del Decreto 1510
de 2013.
1.3.
PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO
El presupuesto oficial para el presente proceso de selección es de MIL DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS
($1.200.000.000.oo) M/CTE, el cual se encuentra respaldado con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 2715
del 29 de enero de 2015, Rubro Presupuestal A-2-0-4-5-6 MANTENIMIENTO EQUIPO DE NAVEGACIÓN Y
TRANSPORTE.
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Estos valores se solicitaron de acuerdo a los servicios y bienes que en la actualidad requiere el parque automotor de la
entidad como en aquellos que podrían llegar a presentarse con el fin de tenerlos ya cubiertos y cobijados dentro del
presupuesto oficial, así mismo en caso que surjan elementos adicionales estos podrán ser incluidos siguiendo los
lineamientos fijados en las obligaciones del contrato.
Teniendo en cuenta que la UNP espera contar con una bolsa de servicios que cubra tanto los servicios que requiere la
entidad como aquellos que llegare a requerir en razón de la naturaleza de un mantenimiento correctivo, es procedente
señalar que el presupuesto oficial, es un valor indicativo establecido como resultado de los estudios de mercado y los
recursos actualmente disponibles por parte de la UNP para la prestación del servicio de mantenimiento correctivo.
Los valores unitarios señalados en el ANEXO ECONÓMICO, constituyen presupuestos oficiales de cada unidad de
costo, razón por la cual el proponente en su propuesta no podrá superar dichos valores unitarios so pena de
rechazo, por superar el presupuesto oficial estimado.
El monto del presupuesto oficial NO ES UNA PROMESA MÍNIMA DE REMUNERACIÓN.
LA UNP no garantiza el pago total del PRESUPUESTO OFICIAL a los adjudicatarios quienes solo recibirán como
contraprestación el valor de los servicios efectivamente prestados en atención a las necesidades de la entidad.
1.4.
PARTICIPANTES
Bajo los parámetros establecidos en la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007, podrán participar en el presente proceso de
selección, las personas naturales y todas las personas jurídicas, en forma individual o conjunta (consorcio o unión temporal).
Las personas jurídicas y los consorcios y uniones temporales deberán acreditar que su duración no será inferior a la del
plazo de ejecución del contrato y un (1) año más.
1.5.
VEEDURÍAS CIUDADANAS
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 2 del Decreto 1510 de 2013,la UNP
invita a todas las personas y organizaciones interesadas en ejercer veeduría que se encuentren conformadas de acuerdo
a la Ley 850 de 2003, para que realicen el control social a los procesos de contratación adelantados por la Unidad
Nacional de Protección, quienes podrán desarrollar su actividad durante las etapas de Selección, Contratación y Ejecución
del presente proceso de selección, para lo cual podrán consultar en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública
SECOP, Portal Único de Contratación www.contratos.gov.co, en la página de la UNP www.unp.gov.co o en su defecto
consultar toda la documentación en la Secretaría General de la UNP, ubicada en la Avenida Calle 26 No. 59 – 41/65, piso
8 de Bogotá.
1.6.
MECANISMOS DE TRANSPARENCIA
En el evento de conocerse casos especiales de corrupción en las Entidades del Estado, se debe reportar el hecho a la
Procuraduría General de la Nación, a través de los números telefónicos: Línea gratuita para todo el país: 018000 910 315
– Línea reducida: 142 – PBX: (571) 5878750. Email: [email protected], y a la Secretaría de Transparencia de
la Presidencia de la República, al teléfono (57 1) 562 9300.
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2.
2.1.
TRÁMITE DEL PROCESO DE SELECCIÓN
CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN
ACTIVIDAD
FECHA
Publicación Aviso de Convocatoria
12 de mayo de 2015
Publicación Proyecto de Pliego de
Condiciones y Estudios y Documentos
Previos
12 de mayo de 2015
Presentación observaciones al proyecto de Desde el 12 hasta el 20 de mayo de
pliego de condiciones
2015
Respuesta a las observaciones al proyecto
22 de mayo de 2015
de pliego de condiciones
LUGAR
Sistema Electrónico para la Contratación Pública
SECOP.
Portal Único de Contratación.
Secretaria General – UNP. Avenida Calle 26 No. 59 –
41/65, piso 8 de Bogotá.
Sistema Electrónico para la Contratación Pública
SECOP.
Portal Único de Contratación.
Secretaria General – UNP. Avenida Calle 26 No. 59 –
41/65, piso 8 de Bogotá.
A través del correo electrónico [email protected].
Sistema Electrónico para la Contratación Pública
SECOP.
Portal Único de Contratación.
Secretaria General – UNP. Avenida Calle 26 No. 59 –
41/65, piso 8 de Bogotá.
Sistema Electrónico para la Contratación Pública
SECOP.
Portal Único de Contratación.
Secretaria General – UNP. Avenida Calle 26 No. 59 –
41/65, piso 8 de Bogotá.
Sistema Electrónico para la Contratación Pública
SECOP.
Portal Único de Contratación.
Secretaria General – UNP. Avenida Calle 26 No. 59 –
41/65, piso 8 de Bogotá.
Resolución Apertura del proceso
22 de mayo de 2015
Publicación del Pliego Definitivo en el
Sistema Electrónico para la Contratación
Pública SECOP
22 de mayo de 2015
Plazo para que interesados soliciten
aclaraciones al pliego de condiciones
26 de mayo de 2015, a las 5:00 p.m. A través del correo electrónico [email protected]
Cierre
29 de mayo de 2015, a las 10:00
a.m.
Evaluación Ofertas
Desde el 1º hasta el 3 de junio de
2015
Exhibición o traslado informes de
evaluación
4 de junio de 2015
Acto de Adjudicación
9 de junio de 2015
Perfeccionamiento y legalización del
Contrato
2.2.
Dentro de los tres (3) días hábiles
siguientes a la adjudicación
Correspondencia UNP Carrera 69B No. 17A -75 de
Bogotá.
Sistema Electrónico para la Contratación Pública
SECOP.
Portal Único de Contratación.
Secretaria General – UNP. Avenida Calle 26 No. 59 –
41/65, piso 8 de Bogotá.
Sistema Electrónico para la Contratación Pública
SECOP.
Portal Único de Contratación.
Secretaria General – UNP. Avenida Calle 26 No. 59 –
41/65, piso 8 de Bogotá.
Secretaria General – UNP. Avenida Calle 26 No. 59 –
41/65, piso 8 de Bogotá.
CORRESPONDENCIA Y COMUNICACIÓN CON LOS INTERESADOS Y/O PROPONENTES
La UNP publicará en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP, Portal Único de Contratación
www.contratos.gov.co, la totalidad de los documentos del presente proceso de selección.
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Toda la correspondencia que se genere y que esté relacionada con el presente Proceso de Selección se radicará directamente
en la Secretaría General de la UNP, ubicada en la Avenida Calle 26 No. 59 – 41/65, piso 8 de Bogotá D.C., o a la dirección de
correo electrónico [email protected]. En todo caso el interesado o el proponente deberán confirmar el recibo de la
información remitida.
En cuanto a las aclaraciones y envío de documentos requeridos con ocasión de la verificación y evaluación de las propuestas,
sólo serán tenidas en cuenta aquellas que se entreguen en tiempo, identifiquen el proceso de selección al que se refieren,
indiquen el nombre y firma del representante legal de la persona jurídica individual o conjunta que la remite, indiquen la
dirección física, fax o de correo electrónico del remitente y que estén dirigidas a la Secretaría General de la UNP.
La UNP, por su parte, enviará la correspondencia a las direcciones, números de fax o correos electrónicos registrados por los
interesados o proponentes y la publicará en el SECOP. Cualquiera de estas formas de comunicación será válida.
Las horas señaladas en el presente pliego de condiciones para la expedición de documentos por parte de la UNP y/o para la
recepción de aquellos que deben ser presentados por los interesados o proponentes, se sujetarán a la hora legal de la
República de Colombia, señalada por la División de Metrología de la Superintendencia de Industria y Comercio.
Los términos fijados en el presente pliego de condiciones, se entenderán en días hábiles, salvo que se indique
expresamente que son calendario, al tenor de lo dispuesto por el artículo 62 del Código de Régimen Político y Municipal.
No será atendida la correspondencia entregada en cualquier otra dependencia de la UNP o cualquier otra dirección de correo
diferente a la señalada anteriormente.
2.3.
SOLICITUD DE ACLARACIONES U OBSERVACIONES AL PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES Y
AL PLIEGO DE CONDICIONES.
Los interesados podrán formular por escrito, solicitudes de aclaración u observaciones frente al contenido y alcance del
proyecto de pliego de condiciones y del pliego de condiciones, las cuales deberán presentarse dentro del término
establecido en el cronograma del proceso, en la forma establecida en el numeral 2.2 del presente documento, y serán
publicadas en el SECOP junto con las respectivas respuestas.
Todas las adendas al pliego de condiciones deberán ser tenidas en cuenta para la estructuración de las propuestas. Por lo
cual, dando aplicación al Artículo 25 del Decreto 1510 de 2013, están deberán ser publicadas en los días hábiles, entre las
siete (07:00 a.m.) de la mañana y la siete (07:00 p.m.) de la noche, a más tardar el día hábil anterior al vencimiento del
plazo para presentar ofertas a la hora fijada para tal presentación. A su vez, es procedente señalar que se podrán expedir
Adendas para modificar el Cronograma una vez vencido el término para la presentación de las ofertas y antes de la
adjudicación.
Las solicitudes de aclaraciones o modificaciones al contenido del pliego de condiciones y/o su respuesta, no suspenderán
automáticamente el plazo de presentación de propuestas.
2.4.
MANIFESTACIÓN DE INTERÉS EN PARTICIPAR.
Conforme lo establecido en el artículo 59 del Decreto 1510 de 2013, los interesados en el proceso de selección deben
manifestar su intención de participar con el propósito de ser tenida en cuenta en la conformación de la lista de posibles
oferentes.
Considerando que en aras de garantizar la participación plural en este proceso de selección la UNP no hará uso del sorteo
a que hace referencia el numeral 2 del artículo 59 del Decreto 1510 de 2013, razón por la cual los posibles interesados no
requieren presentar la manifestación de interés para participar en la selección abreviada.
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2.5.
MODIFICACIÓN DEL PLIEGO DE CONDICIONES.
La UNP podrá modificar, de oficio o a solicitud de los interesados el pliego de condiciones, de acuerdo con el cronograma
del proceso, únicamente mediante ADENDAS, cuya publicación se realizará en el SECOP, las cuales serán agregadas al
pliego de condiciones que se encuentra en la Secretaría General de la UNP para consulta y bajo lo señalado en el Artículo
25 del Decreto 1510 de 2013.
2.6.
PRESENTACIÓN Y ENTREGA DE LAS PROPUESTAS
La presentación de la propuesta implica la aceptación y conocimiento de la legislación colombiana sobre los temas objeto
del proceso de selección y de todas las condiciones y obligaciones establecidas en el presente pliego de condiciones.
La oferta deberá presentarse por escrito, en sobre cerrado, el cual deberá contener todos los documentos que acrediten el
cumplimiento de los requisitos habilitantes y demás documentación solicitada.
Sobre la documentación que dé lugar a puntaje la entidad no realizará ningún requerimiento.
El plazo para presentar propuestas inicia una vez se publique en el SECOP el listado de oferentes que hayan manifestado
interés.
La propuesta deberá radicarse en el lugar señalado, dentro del plazo establecido en el cronograma en idioma castellano.
Esta será depositada de manera inmediata en la urna destinada para el efecto.
Las propuestas que lleguen después de la hora prevista para el cierre del proceso de selección, no serán recibidas. Para
verificar la hora, se tendrá en cuenta la que señale la página de Internet http://horalegal.sic.gov.co/, que suministra la
Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia, la que conforme al numeral 5º del artículo 20 del Decreto 2153 de
1992 es la entidad competente para asignar la hora legal que rige en la República de Colombia.
En ningún caso la Unidad Nacional de Protección responderá por la mora en la entrega de alguna oferta por dificultades
del ingreso a la Unidad, por lo que resulta de exclusiva responsabilidad de los oferentes el prever la debida antelación
para asistir oportunamente a la diligencia de cierre del proceso de selección.
La propuesta se presentará en original y dos (2) copias, indicando en cada uno si se trata de la oferta original o de las
copias, debidamente legajada, foliada en orden consecutivo en su totalidad y firmada, tanto la propuesta original como las
copias.
Si se presenta alguna diferencia entre el original de la propuesta y las copias, prevalecerá el texto de la propuesta original.
Cualquier enmendadura en la propuesta o en los documentos que la acompañan, deberá ser confirmada o validada con la
firma del proponente.
La propuesta contendrá un índice en el cual se indique de manera sucinta la relación de todos los capítulos y numerales
que la conforman, señalando el número de página en que se encuentra.
No se aceptarán propuestas enviadas por correo, e – mail, fax ni por cualquier otro medio diferente al previsto en el
presente pliego de condiciones.
Los sobres y sus copias deberán estar cerrados y rotulados de la siguiente manera:
- Número del Proceso:
- UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN – UNP
- Original (ó Primera, ó Segunda Copia)
- Fecha:
- Nombre del Proponente:
- Dirección Comercial:
- Teléfono:
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- Fax:
- Correo Electrónico:
- Representante Legal o Apoderado:
- Dirección Comercial:
- Teléfono:
- Fax:
- Correo Electrónico:
La propuesta deberá ir acompañada de toda la documentación solicitada, anexos y demás información necesaria, que
permita verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos. El proponente deberá diligenciar todos los anexos, de tal
manera que permita la verificación de cada requerimiento.
2.7.
MODIFICACIONES, ACLARACIONES Y RETIRO DE LAS PROPUESTAS
Después del cierre del proceso de selección la UNP no aceptará propuestas complementarias, modificaciones o adiciones
a las mismas. Ningún proponente podrá retirar su propuesta después del cierre del proceso.
NOTA.- Devolución copias de las propuestas. Los proponentes no favorecidos con la adjudicación del presente proceso
contractual, deben retirar dentro del mes siguiente a la fecha de celebración del respectivo contrato, las copias de las
ofertas presentadas dentro de este proceso. En caso contrario, la entidad procederá a destruir dichas copias.
2.8.
AUDIENCIA DE CIERRE DEL PROCESO DE SELECCIÓN
En el día y hora de cierre del Proceso de Selección, señalado en el cronograma, se efectuará una audiencia pública en la
que se procederá a numerar e identificar las propuestas presentadas.
La audiencia de cierre del proceso de selección, seguirá las siguientes reglas:
-
Los sobres que contienen las propuestas recibidas hasta la fecha y hora del cierre del plazo del presente proceso,
establecida en el cronograma del pliego de condiciones, serán abiertos en el Auditorio de la Sede Principal de la
UNP, ubicado en la Avenida Calle 26 No. 59 -41/65, piso 8º de la ciudad de Bogotá D.C.
-
Se efectuará en acto público, por parte de los funcionarios de la Secretaría General de la UNP y el Jefe de la Oficina
de Control Interno, o su delegado. De lo anterior se levantará un acta suscrita por los asistentes, en la cual se
relacionará el nombre de los proponentes, si la carta de presentación fue incluida y está firmada, si se incluyó el
documento de aceptación de las especificaciones técnicas, el valor de la propuesta económica, el número de la
garantía de seriedad de la propuesta que la acompaña, el número de folios y las observaciones correspondientes,
así como los demás aspectos relevantes que considere la Entidad.
-
A partir de la fecha y hora de cierre del plazo del presente proceso los proponentes no podrán retirar, adicionar o
corregir sus propuestas.
2.9.
PRÓRROGA DEL PLAZO DEL CIERRE
La UNP podrá prorrogar el plazo del cierre del Proceso de Selección de conformidad con las necesidades establecidas
para la entidad, la complejidad de las observaciones y las modificaciones requeridas a las condiciones de contratación.
2.10.
COMITÉ EVALUADOR – VERIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS HABILITANTES
La UNP conformará un comité evaluador específico para el presente proceso de selección, el cual será responsable de
verificar la totalidad de las propuestas presentadas, con sujeción a lo establecido en el pliego de condiciones. Por ello,
realizará la verificación y habilitación de las ofertas dentro del término establecido en el cronograma respecto a los
requisitos habilitantes correspondientes a la capacidad jurídica, capacidad financiera, capacidad de contratación,
experiencia y el cumplimiento de las condiciones técnicas mínimas exigidas. El Comité podrá solicitar a los proponentes
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las aclaraciones y explicaciones indispensables sobre el contenido de las ofertas, sin que con ello se pueda modificar,
mejorar, adicionar o completar los ofrecimientos hechos, de acuerdo con el procedimiento previsto para subsanar en el
numeral 2.12 del presente documento.
El comité evaluador inicialmente verificará el cumplimiento de los requisitos habilitantes exigidos, cuyo cumplimiento
deben acreditar los proponentes so pena de rechazo.
El comité evaluador se reserva el derecho a establecer la veracidad de la información suministrada por los proponentes en
los documentos solicitados en el presente proceso de selección, así como la que aporte el oferente cuando ha habido
lugar a alguna aclaración, para lo cual con la presentación de la propuesta se entiende otorgada la autorización para
hacerlo.
El comité evaluador, luego de verificar el cumplimiento de los requisitos habilitantes, señalará cuáles proponentes se
encuentran habilitados para participar en el proceso de selección, y cuáles no habilitados, y así lo señalará en el informe
de evaluación. Igualmente procederá a realizar la evaluación de los factores de selección de las ofertas, la cual se
realizará exclusivamente sobre las que se hayan considerado habilitadas.
El resultado de esta evaluación también se consignará en el informe de evaluación que se publicará.
Los proponentes podrán presentar observaciones frente al informe de evaluación de acuerdo con el cronograma.
2.11.
PRESENTACIÓN DE OBSERVACIONES
El resultado de la evaluación se publicará en el SECOP durante tres (3) días hábiles, termino durante el cual los oferentes
podrán presentar observaciones a la misma, las cuales serán resueltas por la UNP, en el acto de adjudicación del proceso
de selección.
En el término previsto en el presente pliego de condiciones los proponentes pueden presentar las observaciones que
estimen pertinentes, sin que ello signifique que se pueden complementar, adicionar, modificar o mejorar sus propuestas.
2.12.
SUBSANABILIDAD
A solicitud de la UNP, los proponentes podrán subsanar la ausencia de requisitos o la falta de documentos necesarios
para acreditar el cumplimiento de los requisitos habilitantes hasta la audiencia de adjudicación o hasta la expedición del
Acto de Adjudicación o de Declaratoria de Desierta. En ejercicio de esta posibilidad, los proponentes no podrán subsanar
asuntos relacionados con la falta de capacidad para presentar la oferta, ni para acreditar circunstancias ocurridas con
posterioridad a la fecha establecida para el cierre, ni completar, adicionar o modificar la oferta presentada.
Sobre la aceptación del cumplimiento de las especificaciones técnicas mínimas excluyentes no se realizará ningún tipo de
requerimiento, teniendo en cuenta que estas son de obligatorio cumplimiento y no podrán obviarse en la presentación de
la respectiva oferta, por lo tanto la ausencia o el contenido del FORMATO 1 – CARTA DE PRESENTACIÓN no será
sujeto de aclaración, adición o modificación de ninguna clase.
2.13.
PROPUESTA ÚNICA HÁBIL
Si luego de la verificación de los requisitos habilitantes sólo uno de los proponentes resulta habilitado, la entidad
continuará con éste la evaluación de los factores que arrojan puntaje y si está conforme con las exigencias del pliego de
condiciones y es conveniente para los intereses de la UNP procederá a su adjudicación, en caso contrario, a la declaratoria
de desierto del proceso.
2.14.
CAUSALES DE RECHAZO
La UNP rechazará las propuestas en los siguientes casos:
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2.14.1.
Cuando el proponente se encuentre incurso en las causales de inhabilidad, incompatibilidad o en conflicto de
interés fijados por la Constitución y la Ley, para presentar la propuesta.
2.14.2.
Cuando el proponente o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal no cuente con la capacidad
jurídica suficiente para la presentación de la oferta o no cumplan todas las calidades y condiciones de
participación indicadas dentro del Pliego de Condiciones.
2.14.3.
Cuando la UNP haya solicitado presentar algún documento o subsanar o aclarar alguna información,
necesarios para la verificación de cumplimiento de los requisitos habilitantes, o para la aclaración de los
asuntos referidos a los factores técnicos, y el proponente no aporte, subsane o aclare lo pertinente, en el
término legalmente establecido para el efecto, teniendo en cuenta lo conceptuado por la Sala de Consulta y
Servicio Civil el 20 de mayo de 2010, Rad. 1.992 (10001-03-06-000-2010-00034-00).
2.14.4.
Cuando la propuesta sea presentada en un idioma diferente al idioma castellano lo cual no permita la
comparación de las ofertas o cuando, en la oferta de precio impresa, se presente algún valor en moneda
extranjera.
2.14.5.
Cuando un proponente, persona natural y/o jurídica o bajo alguna modalidad de asociación (consorcio o unión
temporal) presente propuesta dentro del mismo proceso de selección bien sea como persona jurídica, bajo la
misma denominación al proponente plural o como integrante de otro consorcio o unión temporal o socio de
una persona jurídica, que haya presentado propuesta dentro del proceso de selección. En este caso, se
rechazarán todas las propuestas respecto de las cuales se presente la situación descrita.
2.14.6.
Cuando no se cumpla con uno o más requerimientos técnicos solicitados en este pliego, en el estudio previo,
en el anexo técnico o en el anexo económico del proceso.
2.14.7.
Cuando la propuesta sea presentada extemporáneamente, es decir luego de la fecha y/u hora exactas
señaladas para el cierre del plazo, o en lugar distinto al señalado en el presente pliego de condiciones.
2.14.8.
Cuando, presentada la propuesta mediante consorcio, unión temporal, o cualquier otra modalidad de
propuesta conjunta, luego de la fecha señalada para la entrega de propuestas, se modifique el porcentaje de
participación de uno o varios de sus integrantes, o uno o algunos de ellos desista o sea excluido de participar
en el consorcio, unión temporal o la modalidad de asociación escogida.
2.14.9.
Cuando el proponente presente más de una propuesta.
2.14.10.
Cuando la propuesta económica del proponente o la propuesta económica corregida resultante de la
verificación aritmética, supere el valor del presupuesto oficial estimado en el ANEXO ECONÓMICO o supere
alguno de los valores unitarios de las unidades de costos señaladas en dicho anexo.
2.14.11.
Cuando se presenten propuestas alternativas o parciales.
2.14.12.
Cuando no se presenten los documentos que sean necesarios para la comparación objetiva de las
propuestas.
2.14.13.
Cuando se encuentren inconsistencias o irregularidades en la información presentada para acreditar el
cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente documento.
2.14.14.
Cuando el oferente condicione su oferta, de modo que no se garantice el cumplimiento de la totalidad de las
obligaciones, en los precisos términos señalados en el pliego de condiciones.
2.14.15.
Cuando el proponente manifieste y/o acredite en su propuesta que no ha sido sancionado o suministre
información falsa y la entidad corrobore que dicha información no es veraz.1.
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2.14.16.
En caso de no poderse realizar una evaluación objetiva de la propuesta, por cuanto se presenta inexactitud en
la información suministrada por el proponente o en la contenida en los documentos y certificados anexos a la
propuesta o inconsistencias en la información presentada por el proponente, o por alguno de los miembros del
Consorcio o de la Unión Temporal, y que solicitada la aclaración por parte de la UNP, si así lo considera, ésta
no haya sido satisfactoria o no sea presentada por el proponente dentro del término fijado.
2.14.17.
Cuando el proponente ejecute cualquier acción tendiente a influir o presionar a los servidores públicos o
contratistas, encargados de la evaluación de las propuestas o la adjudicación del contrato.
La ausencia de requisitos o falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la
comparación de las propuestas, no servirá de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos (artículo 5º de Ley
1150 de 2007).
1 Numeral 7° del Artículo 26 de la Ley 80 de 1993.
2.15.
ORDEN DE ELEGIBILIDAD.
El comité evaluador recomendará al ordenador del gasto, quien deberá ser el adjudicatario o si el proceso debe
declararse desierto. Para ello tendrá en cuenta el cumplimiento de los requisitos habilitantes y la ponderación de cada
factor de evaluación. El presente proceso se adjudicará a la propuesta con mayor puntaje.
Establecido el orden de elegibilidad, la entidad a través del Ordenador del Gasto, por medio de acto administrativo
motivado, adjudicará el proceso al proponente con mayor puntaje y que cumpla con todos los requisitos exigidos en el
pliego de condiciones o procederá a la declaratoria de desierta del proceso, si a ello hubiere lugar.
De acuerdo con la recomendación presentada por el comité evaluador, el ordenador del gasto de la UNP mediante acto
administrativo debidamente motivado, adjudicará o declarará desierto el proceso de selección.
Este último caso sólo procede por motivos o causas que impidan la escogencia objetiva del CONTRATISTA, de
conformidad con lo establecido en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el Decreto 1510 de 2013, sus normas
complementarias, y los términos del presente pliego de condiciones.
El ordenador del gasto podrá apartarse de la recomendación presentada por el comité evaluador, caso en el cual
justificará su decisión en el acto administrativo correspondiente.
2.16.
PRÓRROGA DEL PLAZO DE ADJUDICACIÓN
La UNP podrá extender el plazo previsto hasta por un término igual a la mitad del inicialmente establecido.
2.17.
SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El adjudicatario deberá firmar el contrato en el plazo previsto en el cronograma del presente proceso. En el momento de la
firma del contrato, el CONTRATISTA deberá diligenciar el formulario Beneficiario/cuenta, en el cual informará el número
de la cuenta corriente o de ahorros y la entidad bancaria en donde pueda consignarse el valor del contrato, cuenta que
debe figurar a nombre del CONTRATISTA y en caso de consorcios o uniones temporales, a nombre de quien (es) va (n) a
facturar.
2.18.
REVOCABILIDAD DEL ACTO DE ADJUDICACIÓN
El acto de adjudicación es irrevocable y obliga a la UNP y al adjudicatario, no obstante lo anterior, si dentro del plazo
comprendido dentro de la adjudicación y la suscripción del contrato sobreviene una inhabilidad o incompatibilidad, o si se
demuestra que el acto se obtuvo por medios ilegales este podrá ser revocado, caso en el cual, la UNP podrá aplicar lo
previsto en el inciso final del numeral 12 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993.
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3.
3.1.
DEL PROPONENTE Y SU PROPUESTA
VIGENCIA DE LA PROPUESTA
La propuesta deberá permanecer vigente por un período mínimo de noventa (90) días calendario, contados a partir de la
fecha prevista para presentar propuestas. La UNP podrá solicitar, si ello fuere necesario, la ampliación de la vigencia de la
propuesta, por el término que se requiera.
Durante el período de su vigencia, la propuesta será irrevocable, de tal manera que el proponente no podrá retirarla, ni
modificar los términos o condiciones de la misma.
3.2.
VALIDEZ DE LA PROPUESTA
El proponente que resulte favorecido con la adjudicación del contrato, debe mantener la validez de la oferta hasta la
aprobación de la garantía única constituida con ocasión del mismo.
3.3.
PROPUESTA ECONÓMICA
El proponente deberá presentar su oferta económica de acuerdo con lo indicado en el presente pliego de condiciones,
diligenciando el FORMATO 2 - PROPUESTA ECONÓMICA.
Los valores unitarios señalados en este formato, constituyen presupuestos oficiales de cada unidad de costo, razón por la
cual el proponente en su propuesta no podrá superar dichos valores unitarios so pena de rechazo, por superar el
presupuesto oficial estimado.
3.4.
REAJUSTES O COSTOS ADICIONALES
El presupuesto asignado para este proceso de selección comprende todos los costos directos e indirectos en que el
proponente va a incurrir para cumplir con el objeto del contrato; por lo tanto la UNP no reconocerá ningún reajuste de
tarifas o precios durante la vigencia del contrato. Estos valores no estarán sujetos a modificaciones por concepto de
inflación y por ningún motivo se considerarán costos adicionales.
3.5.
UNA PROPUESTA POR PROPONENTE
La UNP sólo aceptará una propuesta por proponente, en consorcio, unión temporal o individualmente.
3.6.
PROPUESTAS ALTERNATIVAS
La UNP NO ACEPTARÁ propuestas alternativas.
3.7.
PROPUESTAS PARCIALES O INCOMPLETAS
La UNP NO ACEPTARÁ propuestas parciales o incompletas, sin perjuicio de la posibilidad de subsanar a que se refiere el
pliego de condiciones.
3.8.
COSTO DE PREPARACIÓN Y ELABORACIÓN DE LA PROPUESTA
Serán a cargo del proponente todos los costos asociados a la preparación y elaboración de su propuesta.
3.9.
COPIAS DE LAS PROPUESTAS Y DE LAS ACTUACIONES
De acuerdo con lo establecido en el numeral 4o. del artículo 24 de la Ley 80 de 1993, cualquier persona que demuestre
interés legítimo, podrá solicitar por escrito y con costo a su cargo, copia parcial o total de las propuestas recibidas, o de las
actuaciones generadas en virtud del Proceso de Selección.
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Para garantizar la transparencia, economía y responsabilidad del proceso, La UNP no suministrará datos referentes a las
propuestas, durante el plazo de verificación de los requisitos habilitantes.
Cuando los proponentes en sus propuestas hayan indicado que alguno o algunos de los documentos o información tienen
carácter reservado de conformidad con la ley, y la UNP así lo constate, no se expedirá copia de dichos documentos,
motivando la decisión.
El valor de las copias solicitadas se cobrará de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo
y de lo Contencioso Administrativo.
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4.
REQUISITOS HABILITANTES
LOS PROPONENTES DEBERÁN ESTRUCTURAR LA PROPUESTA APORTANDO LA DOCUMENTACIÓN EN EL
MISMO ORDEN QUE SE INDICA.
De acuerdo a lo señalado en los Artículos 15, 16 y 17 del Decreto 1510 de 2013, se procede a indicar y justificar los
requisitos habilitantes a nivel jurídico, financiero y técnico, así como los documentos mediante los cuales se entenderán
cumplidos:
4.1.
CRITERIOS Y DOCUMENTOS DE VERIFICACIÓN JURÍDICA
Estos documentos se solicitan para establecer el cumplimiento de los requisitos referidos a la capacidad jurídica con que
cuentan los oferentes para desarrollar el objeto del proceso, determinar la calidad en que presentan la propuesta, la
voluntad inequívoca de presentar su propuesta y la vigencia de la misma.
4.1.1.
FOTOCOPIA DE LA CÉDULA DE CIUDADANÍA DEL PROPONENTE O REPRESENTANTE LEGAL O
APODERADO.
El oferente deberá presentar junto con su oferta fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal o apoderado,
según corresponda.
4.1.2.
CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL.
Para efectos de la verificación de la capacidad jurídica, la persona jurídica oferente deberá presentar con su oferta el
Certificado de existencia y representación Legal, el cual deberá tener una fecha de expedición no mayor a treinta (30) días
calendarios anteriores a la fecha definitiva de cierre del proceso de selección en el que acredite que su objeto social
corresponde al objeto de la presente contratación, esto es, objeto social principal esté dirigido o relacionado con el objeto
del proceso de contratación, esto es, referente a la prestación de servicios de mantenimiento correctivo de vehículos de
manera que le permita al proponente celebrar y ejecutar el contrato ofrecido, teniendo en cuenta para estos efectos el
alcance y la naturaleza de las diferentes obligaciones que adquiere.
Si el oferente es persona natural, acreditará su inscripción en el Registro Mercantil, mediante la presentación del
certificado de matrícula mercantil, el cual deberá tener una fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendarios
anteriores a la fecha definitiva de cierre del proceso de selección. Así mismo deberá acreditar que la actividad mercantil
del oferente está directamente relacionada con el objeto de la presente contratación, teniendo en cuenta para estos
efectos el alcance y la naturaleza de las diferentes obligaciones que adquiere, de manera que le permita celebrar y
ejecutar el contrato ofrecido.
Si el oferente no presenta con su propuesta los documentos solicitados en el presente numeral con las condiciones aquí
fijadas, se requerirá al proponente a fin de que los aporte dentro del plazo que le señale para el efecto.
Cuando el proponente no cumpla al momento de presentación de su propuesta con las condiciones de capacidad aquí
exigidas, la oferta no se considerará hábil.
4.1.3.
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
La carta de presentación de la propuesta se diligenciará conforme al FORMATO 1 – CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA
PROPUESTA contenido en el pliego de condiciones y será firmada por el proponente, representante legal del proponente
o su apoderado. Si la propuesta es presentada en unión temporal o consorcio, será suscrita por su representante legal
debidamente facultado en los términos de ley.
Si la carta de presentación de la propuesta está incompleta o su contenido no está conforme a lo exigido en el pliego de
condiciones, se solicitará aclaración al proponente, para que dentro del plazo que señale para el efecto la aporte o
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subsane lo pertinente, salvo que el documento no esté suscrito por el proponente, caso en el cual se genera el rechazo de
la oferta, por no encontrarse acreditada la voluntad inequívoca de presentar propuesta.
4.1.4.
PODER
Cuando el oferente actúe a través de apoderado deberá acreditar mediante documento debidamente otorgado, con
anterioridad a la presentación de la oferta, que su apoderado está expresamente facultado para presentar la oferta.
Si el oferente no anexa el respectivo poder o anexándolo no se ajusta a los términos legales para el efecto, se solicitará
aclaración para que dentro del plazo que señale para el efecto lo aporte o subsane lo pertinente.
4.1.5.
REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA PERSONAS JURÍDICAS
La persona jurídica que desee presentar propuesta en el presente proceso, bien sea de naturaleza pública o privada,
nacional o extranjera, con o sin domicilio en Colombia deberá cumplir con los siguientes numerales según corresponda.
4.1.5.1.
Autorización para presentar propuesta y suscribir el contrato
Si el representante legal del oferente o de algunos de los integrantes de un consorcio o unión temporal requiere
autorización de sus órganos de dirección para presentar oferta y para suscribir el contrato, anexarán los documentos que
acrediten dicha autorización, la cual deberá ser previa a la presentación de la oferta.
En caso que el valor de la propuesta supere el monto de la autorización prevista en los estatutos para que el
representante legal pueda presentar propuesta o contratar, anexará el respectivo documento donde previamente a la
presentación de la propuesta se le faculte contratar, por el valor total del presupuesto oficial.
En el evento en que no se aporte con la oferta la autorización prevista anteriormente, se solicitará al proponente allegue el
documento dentro del plazo que le señale para el efecto, en todo caso dicha autorización deberá haber sido expedida con
anterioridad a la presentación de la oferta.
Si por circunstancias del proceso de selección al proponente se le adjudicará la totalidad del presupuesto oficial, deberá
previamente a suscribir el contrato adjuntar autorización hasta por el monto que se vaya a contratar con el proponente, si
es necesario.
4.1.5.2.
Persona jurídica de naturaleza privada
Para los efectos previstos en este numeral se consideran personas jurídicas privadas de origen nacional, las sociedades
constituidas de acuerdo con la legislación nacional y que tengan su domicilio principal en Colombia.
Con el fin de verificar los requisitos jurídicos habilitantes en este proceso, el oferente deberá presentar con su oferta el
CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL Y CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO
ÚNICO DE PROPONENTES en donde se acredite la siguiente información:





La existencia y representación legal, duración y nombre de su representante legal o de la persona o personas
que tengan la capacidad para comprometerla jurídicamente y sus facultades.
En el evento que el contenido de los certificados de existencia y representación legal o RUP se haga la remisión
a los estatutos de la persona jurídica para establecer alguna limitación a las facultades del Representante Legal,
el oferente deberá anexar copia de la parte pertinente de dichos estatutos.
La fecha de constitución de la persona jurídica proponente, la cual no podrá ser inferior a un (1) año, contado a
partir de la fecha del cierre definitivo del proceso contractual.
El término de duración de la persona jurídica, el cual no podrá ser inferior al plazo de ejecución del contrato y un
(1) año más.
Acreditar la suficiencia de la capacidad legal del representante legal para presentar la propuesta y suscribir el
contrato, de conformidad con lo que se establezca en el pliego de condiciones.
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Debido a que la UNP se encuentra aplicando el Decreto 1510 de 2013 es procedente señalar que en el Registro Único de
Proponentes RUP se verificara si cuenta con un registro vigente y en firme y que no existan sanciones que lo puedan
inhabilitar, este documento deberá tener una fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendarios anteriores a la
fecha definitiva de cierre del proceso de selección.
En el evento en que no se aporte con la oferta esta documentación, se solicitará al proponente allegue el documento
dentro del plazo que le señale para el efecto, en todo caso, cuando el proponente no acredite que al momento de
presentación de su propuesta cumple con las condiciones de capacidad aquí exigidas, la oferta no se considerará hábil.
4.1.5.3.
Personas jurídicas de naturaleza pública
Para los efectos previstos en este numeral se consideran personas jurídicas nacionales de naturaleza pública aquellas
sociedades constituidas por disposición legal o reglamentaria, de acuerdo con la legislación nacional y que tengan su
domicilio principal en Colombia.
Para presentar propuesta en el presente proceso deberá presentar con su oferta el CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y
REPRESENTACIÓN LEGAL Y CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES o los
documentos en donde se acredite la siguiente información:

Acreditar su existencia y representación legal, salvo que dicha existencia y representación se derive de la
Constitución o la ley. Para el efecto, mencionarán las normas, documentos o actos administrativos de creación.
En todo caso, se citará o aportará el documento mediante el cual se le autorizó la presentación de la oferta y la
posterior suscripción del contrato, impartida por el órgano competente, sin perjuicio de lo cual, será
responsabilidad de la persona jurídica correspondiente, asegurarse de cumplir todos los requisitos
presupuestales y administrativos necesarios para obligarse y ejecutar adecuada y oportunamente las
obligaciones que contrae mediante la presentación de la propuesta.

En el evento que las normas, documentos o actos administrativos de creación hagan remisión a los estatutos de
la persona jurídica para establecer alguna limitación a las facultades del Representante Legal, el oferente deberá
anexar copia de la parte pertinente de dichos estatutos.

Acreditar que el ente público oferente tiene capacidad legal para celebrar y ejecutar el contrato. Para efectos de
lo anterior, el objeto de dicho ente, señalado en la ley o sus reglamentos, deberá tener relación directa con las
obligaciones derivadas del contrato a celebrar como resultado del presente proceso de selección, de
conformidad con lo indicado en el literal c) del numeral 4º del artículo 2º de la Ley 1150 de 2007, modificado por
el artículo 92 de la Ley 1474 de 2011.

Acreditar la capacidad legal del representante legal para presentar la propuesta y suscribir el contrato, teniendo
en cuenta para estos efectos el alcance y la naturaleza de las diferentes obligaciones que adquiere. Por lo tanto,
aportará los documentos relativos al acto de nombramiento y posesión del representante legal.

La fecha de constitución o creación de la persona jurídica proponente, la cual no podrá ser inferior a un (1) año,
contado a partir de la fecha del cierre definitivo del proceso contractual.
En el evento en que no se aporte con la oferta esta documentación, se solicitará al proponente allegue el documento
dentro del plazo que le señale para el efecto, en todo caso, cuando el proponente no acredite que al momento de
presentación de su propuesta cumple con las condiciones de capacidad aquí exigidas, la oferta no se considerará hábil.
4.1.6.
REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA PERSONAS NATURALES
Si el oferente es una persona natural y con el fin de verificar los requisitos jurídicos habilitantes en este proceso, el
oferente presentará con su oferta el CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO MERCANTIL, el cual deberá
tener una fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendarios anteriores a la fecha definitiva de cierre del proceso
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de selección y encontrarse en firme a la misma fecha. Mediante el cual acredite que puede desarrollar las actividades
relacionadas con el objeto del presente proceso.
4.1.7.
Personas jurídicas públicas o privadas de origen extranjero
Para los efectos previstos en este numeral, se consideran personas jurídicas públicas o privadas de origen extranjero las
sociedades no constituidas de acuerdo con la legislación nacional, sea que tengan o no domicilio en Colombia a través de
sucursales.
De conformidad con el Artículo 8 del Decreto 1510 de 2013, el cual establece “Inscripción, renovación, actualización y
cancelación del RUP. Las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, con domicilio en Colombia. Interesadas
en participar en Procesos de Contratación convocados por las Entidades Estatales, deben estar inscritas en el RUP, salvo
las excepciones previstas de forma taxativa en la ley”, las propuestas de personas jurídicas de origen extranjero
domiciliadas o con sucursal en Colombia deberán cumplir las mismas condiciones referidas en el numeral 3.1.5.2., y en
caso de ser de carácter público deberán acreditar lo referido en el numeral 3.1.5.3.
Para el caso de las personas jurídicas extrajeras sin domicilio en Colombia, las mismas deberán acreditar ante la entidad
lo establecido en el artículo 9 del Decreto 1510 de 2013, a saber:
“Las sucursales de sociedad extranjera deben presentar para registro la información contable y financiera de su
casa matriz. Los estados financieros de las sociedades extranjeras deben ser presentados de conformidad con
las normas aplicables en el país en el que son emitidos”.
Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados en la forma prevista en las normas vigentes
sobre la materia.
Para la representación legal de la persona jurídica extranjera en Colombia, esta podrá otorgar poder a una persona natural
o jurídica domiciliada en Colombia, caso en el cual deberá estar facultado para representar legalmente a la persona
jurídica extranjera, debidamente facultado para presentar la propuesta, participar y comprometer a su representado en las
diferentes instancias del presente proceso de selección, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran así
como el contrato ofrecido, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con el
pliego de condiciones, así como para representarla judicial o extrajudicialmente.
En cuanto a las facultades del representante legal designado por la persona jurídica extranjera deberán indicarse en la
documentación aportada.
En el evento en que no se aporte con la oferta esta documentación, se solicitará al proponente allegue el documento
dentro del plazo que le señale para el efecto, en todo caso, cuando el proponente no acredite que al momento de
presentación de su propuesta cumple con las condiciones de capacidad aquí exigidas, la oferta no se considerará hábil.
Las disposiciones, de estos estudios previos y las consignadas en el pliego de condiciones en cuanto a proponentes
extranjeros se refiere, regirán sin perjuicio de lo pactado en tratados o convenios internacionales.
4.1.8.
REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA PROPUESTAS CONJUNTAS - PROPONENTES PLURALES
Se entenderá por propuesta conjunta, una propuesta presentada en consorcio, unión temporal.
En tal caso se tendrá como proponente, para todos los efectos, el grupo conformado por la pluralidad de personas, y no
las personas que lo conforman individualmente consideradas.
Podrán participar consorcios y uniones temporales, para lo cual cumplirán los siguientes requisitos:

Acreditar la existencia, representación legal, capacidad legal y jurídica de las personas jurídicas que vayan a
conformar el consorcio o la unión temporal, y la capacidad de sus representantes, así como para la presentación
de la propuesta, celebración y ejecución del contrato.
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





Acreditar la existencia del consorcio o de la unión temporal, y específicamente la circunstancia de tratarse de
uno u otro, lo cual se declarará expresamente en el acuerdo de asociación correspondiente, señalando las
reglas básicas que regulan las relaciones entre ellos, los términos, actividades, condiciones y participación
porcentual de los miembros del consorcio o la unión temporal en la propuesta y en la ejecución de las
obligaciones atribuidas al contratista por el contrato ofrecido.
Acreditar que la duración del consorcio o de la unión temporal no sea inferior al plazo de ejecución del contrato a
celebrar y un (1) año más.
Acreditar que la duración de cada una de las personas jurídicas integrantes del consorcio o unión temporal no
sea inferior al plazo de ejecución del contrato a celebrar y un (1) año más.
La designación de un representante que estará facultado para actuar en nombre y representación del consorcio
o de la unión temporal. Igualmente designarán un suplente que lo remplace en los casos de ausencia temporal o
definitiva.
Los requisitos relacionados con la existencia, representación legal y duración de los consorcios o uniones
temporales, se acreditarán mediante la presentación del documento consorcial o de constitución de la unión
temporal en el que se consignen los acuerdos y la información requerida.
Los requisitos relacionados con la existencia, representación y capacidad jurídica de cada uno de los integrantes
del consorcio o unión temporal, sean personas naturales o jurídicas, deberán acreditarse conforme se indica en
los numerales respectivos de los pliegos de condiciones.
En atención a lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 3050 de 1997, los integrantes del consorcio o unión temporal en el
documento de constitución, para efectos del pago y en relación con la facturación deben manifestar:



Si la va a efectuar en representación del consorcio o la unión temporal uno de sus integrantes, caso en el cual
debe informar el número del NIT de quien factura.
Si la facturación la van a presentar en forma separada cada uno de los integrantes del consorcio o la unión
temporal, caso en el cual deben informar el número de NIT de cada uno de ellos y la participación de cada uno
en el valor del contrato.
Si la va a realizar el consorcio o unión temporal con su propio NIT, caso en el cual se compromete a indicar el
número al momento de la suscripción del contrato.
El impuesto sobre las ventas discriminado en la factura que expida el consorcio o unión temporal, deberá ser distribuido a
cada uno de sus miembros de acuerdo con la participación en las actividades gravadas que dieron lugar al impuesto, para
efectos de ser declarado.
En cualquiera de las alternativas anteriores, las facturas deberán cumplir los requisitos establecidos en las disposiciones
legales.
La no presentación de los anteriores documentos, o su presentación sin el lleno de los requisitos o términos exigidos, será
objeto de requerimiento al proponente, para que los aporte o subsane la(s) falla(s) dentro del plazo que se señale. No
obstante, la existencia del consorcio o de la unión temporal debe ser anterior al cierre del proceso.
En todo caso, cuando el proponente, o los miembros del consorcio o unión temporal, no cumplan al momento de
presentación de su propuesta con las condiciones de capacidad jurídica aquí exigidas, la oferta se considerará no hábil.
4.1.9.
CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO DE APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL Y
PARAFISCALES
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, que modificó el inciso segundo y el parágrafo 1º
del artículo 41 de la Ley 80 de 1993, y en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, el oferente probará el cumplimiento de sus
obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral y las de carácter parafiscal (Cajas de Compensación Familiar,
Sena e ICBF), así:
 Las personas jurídicas lo harán mediante certificación expedida por el revisor fiscal o representante legal, según
corresponda.
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 Las personas naturales empleadoras lo harán mediante certificación expedida por el contador o en su defecto
por el oferente.
 Cuando se trate de persona natural no empleadora deberá acreditar el pago de sus aportes al Sistema de
Seguridad Social Integral.
 Si el oferente no presenta con su propuesta la constancia de cumplimiento de aportes a la seguridad social
integral y parafiscales, según corresponda, o si presentándola ésta no se ajusta a la totalidad de lo exigido en la
ley o en el presente proceso de selección, se requerirá al proponente a fin de que la aporte o subsane lo
pertinente dentro del plazo que le señale para el efecto.
4.1.10.
4.1.10.1.
GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA
Validez de la propuesta
Para todos los efectos, las ofertas serán válidas por noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha de
presentación de la oferta. La validez de la oferta se entenderá acreditada con la garantía de seriedad del ofrecimiento y se
entiende prorrogada la vigencia con la ampliación del término de dicha garantía.
4.1.10.2.
Condiciones de la garantía de seriedad de la propuesta
Cada proponente, presentará con su propuesta una garantía de seriedad de su ofrecimiento, de conformidad con lo
establecido en el artículo 118 del Decreto 1510 de 2013, a favor de la UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN, NIT
900.475.780-1 de acuerdo con lo establecido a continuación:

Dicha garantía será otorgada a favor de la UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN NIT 900.475.780-1.

El valor de la garantía de seriedad del ofrecimiento será del diez por ciento (10%) del valor del presupuesto
oficial.

La vigencia de la garantía será mínimo de noventa (90) días calendario, contados desde la fecha de
presentación de la oferta del presente proceso de selección hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento
del contrato.
En consecuencia, si por algún motivo dentro del período de vigencia de la garantía de seriedad del ofrecimiento no se ha
aprobado la garantía que ampara los riesgos propios de la etapa contractual, el proponente seleccionado tendrá la
obligación de aportar prórroga de la vigencia de la garantía de seriedad del ofrecimiento, por el término que determine la
UNP.
Cuando la propuesta se presente en consorcio o unión temporal, la garantía deberá ser tomada a nombre del consorcio o
de la unión temporal debidamente constituida con anterioridad al otorgamiento de la garantía, según el caso, con el
nombre o razón social de cada uno de sus integrantes y expresará claramente que será exigible por su valor total ante el
incumplimiento en que incurran cualquiera de los integrantes del grupo proponente, en todo o en parte, cuando de manera
directa o indirecta tal incumplimiento derive en el incumplimiento de parte del proponente de las obligaciones amparadas.
La garantía de seriedad de oferta se hará exigible de conformidad con las disposiciones vigentes sobre la materia, previa
realización de los trámites y actuaciones que garanticen el debido proceso.
El cobro de la garantía de seriedad de oferta se entiende sin perjuicio del derecho que le asiste a la Unidad Nacional de
Protección, de exigir por los medios reconocidos en Colombia la indemnización de los perjuicios que con la falta de
seriedad de oferta en los eventos previstos, se le hayan causado o se le llegaren a causar.
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El valor de la garantía será exigible con la ejecutoria del acto administrativo expedido por la entidad en la que se declare el
incumplimiento del proponente respecto de su oferta, y se pagará el valor total al beneficiario en los términos previstos por
la ley.
4.1.10.3.
Alcance del amparo y contenido obligatorio de la garantía
La garantía de seriedad del ofrecimiento incluirá en su texto el contenido completo que a continuación se requiere, en
los términos y con los alcances que se indican, mediante constancias o cláusulas adicionales o complementarias a la
misma, de manera expresa y escrita, y cuyos alcances no serán limitados por otras cláusulas, constancias o documentos
privados.
La garantía de seriedad de la oferta cubrirá los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimiento en los siguientes
eventos:

La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la adjudicación o
para suscribir el contrato es prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres meses.

El retiro de la oferta después de vencido el plazo fijado para la presentación de las ofertas.

La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario.

La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado de la garantía de cumplimiento del contrato.
Si la garantía de seriedad del ofrecimiento aportada con la propuesta, no se ajusta a la totalidad de lo exigido en la ley o
de los pliegos de condiciones, se requerirá al proponente a fin de que la subsane en lo pertinente dentro del plazo que le
señale para el efecto.
4.1.11.
VERIFICACIÓN DE LA CONDICIÓN DE RESPONSABLE FISCAL.
En cumplimiento a lo previsto en el artículo 60 de la Ley 610 de 2000, la Unidad Nacional de Protección hará directamente la
consulta y verificación sobre la inclusión o no del proponente o de cada uno de los miembros del consorcio o unión temporal,
según el caso, en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República.
4.1.12.
VERIFICACIÓN DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS.
De conformidad con lo previsto en el artículo 1 de la Ley 1238 de 2008 y con el fin de verificar los antecedentes
disciplinarios la Unidad Nacional de Protección realizará la consulta de los antecedentes disciplinarios del proponente o de
cada uno de los miembros del consorcio o unión temporal, según el caso, como quiera que las sanciones disciplinarias
desprenden eventualmente inhabilidades en materia contractual.
Será causal de rechazo de la propuesta, el hecho que el proponente, persona natural o el representante legal de la
persona jurídica o del consorcio o unión temporal, se encuentre sancionado disciplinariamente con inhabilidad para
celebrar contratos con el Estado.
4.1.13.
VERIFICACIÓN ANTECEDENTES JUDICIALES.
De conformidad con lo previsto en el artículo 94 del Decreto-Ley 0019 de 2012 y con el fin de verificar los antecedentes
judiciales del oferente (representante legal de persona jurídica o consorcio o unión temporal), la Unidad Nacional de
Protección realizará la consulta de los antecedentes judiciales a través del mecanismo en línea que el Gobierno Nacional
defina para el efecto.
En caso que el proponente persona natural o representante legal de la persona jurídica o del consorcio o unión temporal,
según el caso, registre antecedentes judiciales consistentes en sentencia judicial condenatoria con pena accesoria de
interdicción de derechos y funciones públicas, el proponente será rechazado.
PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES
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4.1.14.
COMPROMISO DE TRANSPARENCIA Y COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD
La propuesta estará acompañada del Compromiso de Transparencia suscrito por el proponente o por el representante
legal o apoderado, constituido en debida forma para el efecto, para lo cual se deberá diligenciar el FORMATO 3 –
COMPROMISO DE TRANSPARENCIA señalado en la invitación, así mismo deberá diligenciar el FORMATO 4 –
COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD.
Si el proponente no incluye el Compromiso de Transparencia o el Compromiso de Confidencialidad, o si incluyéndolos no
están suscritos por el proponente, representante legal o apoderado, constituido en debida forma para el efecto, o si los
compromisos están incompletos o su contenido no está conforme a lo exigido en el modelo correspondiente de la
invitación, se le requerirá para que lo allegue o subsane lo pertinente dentro del plazo señalado para el efecto.
4.2.
CRITERIOS Y DOCUMENTOS DE VERIFICACIÓN ECONÓMICA Y FINANCIERA
Mediante la siguiente documentación acreditará que cuenta con los recursos para adelantar la prestación del servicio
contratado, contratar el personal y adquirir los insumos que se requieran, así mismo, para solventar los imprevistos y
mitigar los riesgos que se presenten en desarrollo del contrato y sean asignados al contratista.
4.2.1. IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA
El oferente nacional indicará su identificación tributaria e información sobre el régimen de impuestos al que pertenece,
para lo cual aportará con la oferta copia del Registro Único Tributario RUT. Las personas jurídicas y/o naturales
integrantes de un consorcio o unión temporal acreditarán individualmente este requisito, cuando intervengan como
responsables del impuesto sobre las ventas, por realizar directamente la prestación de servicios gravados con dicho
impuesto. Lo anterior conforme el artículo 368 del Estatuto Tributario, en concordancia con el artículo 66 de la ley 488 de
1998 que adicionó el artículo 437 del mismo Estatuto, y al Decreto 2645 del 27 de julio de 2011, modificado parcialmente
por el Decreto 2820 de 2011.
CÓDIGO CIIU
4520
4530
DESCRIPCIÓN
Mantenimiento y reparación de vehículos automotores
Comercio de partes, piezas (autopartes) y accesorios (lujos) para vehículos
automotores
En caso que el proponente o miembro del proponente no se encuentre inscrito en alguno de estos códigos, deberá
acreditar cualquier otro código, siempre que guarde relación con el objeto a contratar.
Si el oferente no presenta con su oferta copia del Registro Único Tributario RUT, se requerirá al proponente a fin de que
la aporte dentro del plazo que le señale para el efecto.
4.2.2. CAPACIDAD FINANCIERA
Para realizar la verificación de los indicadores a continuación indicados, es necesario que presente los estados financieros
con notas del año 2013 y diligencie el Anexo – Capacidad Financiera y Capacidad Organizacional.
Se considerará habilitado financieramente el proponente que cumpla con los siguientes parámetros definidos a
continuación, tomados de su último cierre fiscal:
4.2.2.1. Liquidez: Activo corriente sobre pasivo corriente.
El índice de liquidez del proponente debe ser igual o superior al 3.
4.2.2.2. El nivel de endeudamiento: Pasivo total sobre activo total.
El nivel de endeudamiento del proponente debe ser inferior o igual al 30%.
PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES
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4.2.2.3. Razón de cobertura de intereses: Utilidad operacional sobre gastos de intereses.
La razón de cobertura de intereses del proponente debe ser mayor o igual al 10.
Indicadores de Capacidad de Organización:
4.2.2.4. Rentabilidad sobre activos: Utilidad operacional sobre total activos.
La rentabilidad sobre activos del proponente debe ser mayor o igual a 12%.
4.2.2.5. Rentabilidad sobre patrimonio: Utilidad operacional sobre el patrimonio.
La rentabilidad sobre patrimonio del proponente debe ser mayor o igual a 15%.
Nota 1: Cada uno de los integrantes de una oferta plural, aportará al valor total de cada componente del indicador de
acuerdo con su participación en la figura del oferente plural.
Nota 2: En el evento en que la oferta no cumpla con las condiciones establecidas en el presente numeral se considerará
que la oferta es no hábil.
4.2.2.
CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN
La capacidad Organizacional se medirá por los indicadores financieros anteriormente mencionados. En el evento que la
capacidad de organización del proponente no se ajuste al criterio aquí definido, se considera que la oferta no cumple con
lo requerido, por lo tanto la oferta no se considerará hábil.
Nota: Esta información será tomada del Registro Único de Proponentes.
4.2.3.
OFERTA ECONÓMICA
El proponente deberá presentar propuesta sobre los precios unitarios con IVA incluido de las unidades de costo señaladas
en el FORMATO – PROPUESTA ECONÓMICA, es decir, para todos los efectos de la evaluación económica, ésta se
realiza con los valores propuestos para cada unidad y costo y la UNP procederá a calcular el VALOR TOTAL DE LA
PROPUESTA.
Los valores unitarios señalados en el ANEXO PROPUESTA ECONÓMICA constituyen presupuestos oficiales de
cada ítem, razón por la cual el proponente en su propuesta no podrá superar dichos valores unitarios so pena de
rechazo, por superar el presupuesto oficial estimado.
Primero es importante señalar que son treinta y tres (33) tipos de vehículos de diferentes marcas, por lo que habrá
cotizaciones tanto para reparaciones como para cambios de partes automotrices, por ende el oferente deberá presentar su
oferta económica de manera integral y no se aceptaran ofertas parciales por tipos de vehículos. En caso de que no se
presente la totalidad de las ofertas económicas se rechazará la oferta económica.
4.3.
CRITERIOS Y DOCUMENTOS DE VERIFICACIÓN TÉCNICA
Por medio de esta documentación la entidad busca que los proponentes acrediten si cuentan con las capacidades
técnicas y particularmente de experiencia para desarrollar el objeto a contratar.
4.3.1.
CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN, CLASIFICACIÓN Y CALIFICACIÓN EN EL REGISTRO ÚNICO DE
PROPONENTES (RUP), DE LA CÁMARA DE COMERCIO.
El oferente presentará con su propuesta el Certificado de Inscripción, Clasificación y Calificación en el Registro Único de
Proponentes (RUP) expedido por la respectiva Cámara de Comercio en Colombia, el cual deberá tener una fecha de
expedición no mayor a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha definitiva de cierre del proceso de selección y
encontrarse en firme a la misma fecha.
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El proponente, o cada uno de los miembros del consorcio o unión temporal, trátese de personas naturales y/o jurídicas,
deberán estar registrados en el Registro Único de Proponentes (RUP) de la Cámara de Comercio de acuerdo con el
artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto - Ley 019 de 2012.
Para la verificación del presente requisito se aplicará lo dispuesto en el artículo 162 del Decreto 1510 de 2013
Si el oferente no presenta con su propuesta el certificado de Inscripción, Clasificación y Calificación en el Registro Único
de Proponentes (RUP) de la Cámara de Comercio, se requerirá al proponente a fin de que lo aporte dentro del plazo que
le señale para el efecto.
Teniendo en cuenta lo establecido en el Decreto 1510 de 2013, el proponente deberá encontrarse inscrito en el Registro
Único de Proponentes de acuerdo con el Clasificador de Bienes y Servicios, en alguno de los siguientes códigos:
Segmento
4.3.2.
Familia
Clase
Producto
78000000
78180000
78181500
78181507
25000000
25170000
25172500
25172504
Nombre
Reparación y
mantenimiento
automotor y de
camiones ligeros
Llantas para
automóviles o
camionetas
ACEPTACIÓN EXPRESA DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS EXCLUYENTES
Las especificaciones técnicas mínimas y excluyentes dentro de este proceso son las que se encuentran contenidas en los
anexos técnicos y por lo tanto son de carácter obligatorio.
El proponente acreditará que cumple con las condiciones técnicas mínimas excluyentes de este proceso mediante la
suscripción clara, inequívoca e incondicional del FORMATO – CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA en
donde acepta expresamente las especificaciones técnicas referidas en este estudio.
La aceptación expresa de las especificaciones técnicas mínimas y excluyentes es de obligatorio cumplimiento por los
oferentes y de llegarse a condicionar por parte del oferente de alguna forma el cumplimiento de estas especificaciones
implicará el incumplimiento de las mismas y su oferta será NO HÁBIL TÉCNICAMENTE.
En caso de que el proponente desee ofrecer una especificación técnica superior o adicional, a la mínima excluyente
requerida por la UNP deberá ofertarlo subsidiariamente en su propuesta, en un escrito separado a la carta de
presentación. Este ofrecimiento no será objeto de puntaje.
Sobre la aceptación del cumplimiento de las especificaciones técnicas mínimas excluyentes no podrá obviarse e en la
presentación de la respectiva oferta, por lo tanto si el FORMATO – CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA no
contiene la clara, inequívoca e incondicional aceptación expresa de las especificaciones técnicas referidas en este estudio,
se requerirá al proponente a fin de que lo aclare lo pertinente dentro del plazo que le señale para el efecto la entidad. En
caso de no hacerlo en el tiempo establecido su oferta será NO HÁBIL TÉCNICAMENTE.
4.3.3.
EXPERIENCIA DEL PROPONENTE
El proponente deberá acreditar experiencia en ejecución de contratos cuyo objeto principal tenga relación directa con el objeto
del presente proceso de contratación y que sean iguales o mayores al cien por ciento (100%) del presupuesto oficial estimado
del proceso.
La experiencia del oferente deberá estar referida, de acuerdo con el Clasificador de Bienes y Servicios, en alguno de los
siguientes códigos:
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Segmento
Familia
Clase
Producto
78000000
78180000
78181500
78181507
25000000
25170000
25172500
25172504
Nombre
Reparación y
mantenimiento
automotor y de
camiones ligeros
Llantas para
automóviles o
camionetas
En el evento en que el objeto contractual involucre actividades diferentes al objeto de la presente contratación, la
certificación deberá especificar lo relacionado al componente específico de mantenimiento de vehículos automotores
según corresponda, en cuanto al valor del componente, pues solo este será objeto de verificación.
4.3.4.
PROPUESTA ECONÓMICA
Los proponentes deberán presentar su oferta de conformidad con los formatos requeridos por la entidad, y en pesos
colombianos, indicando el precio unitario de cada ítem sin centavos, con IVA incluido.
El proponente deberá presentar propuesta de conformidad con las unidades de costo señaladas en el FORMATO –
PROPUESTA ECONÓMICA. La UNP se reserva el derecho de corregir aritméticamente la propuesta basada en los
valores unitarios propuestos por el oferente
Para efectos de la evaluación económica del proceso, el presupuesto oficial mensual es la suma de MIL DOSCIENTOS
MILLONES DE PESOS ($1.200.000.000,oo) M/L.
4.4.
FACTORES DE VERIFICACIÓN y HABILITACIÓN DE LA PROPUESTA
El presente proceso de selección abreviada se estructurará bajo un esquema simple de PASA – NO PASA en estricto
apego de los criterios establecidos en el artículo 5º de la Ley 1150 de 2007 en materia de requisitos habilitantes dentro de
los que pueden señalarse los siguientes: capacidad jurídica, condiciones de experiencia, capacidad financiera y de
organización de los proponentes, las cuales no darán lugar al otorgamiento de puntaje. Si los documentos aportados no
reúnen los requisitos indicados en el presente pliego de condiciones y en las disposiciones legales vigentes, y no se
subsanan dentro del término establecido por la UNP, la propuesta será NO HÁBIL y se descalificará para continuar en el
proceso de selección.
4.5.
INFORME DE EVALUACIÓN
El informe de evaluación de las propuestas permanecerá a disposición de los participantes en la Secretaría General, ubicada en
la Avenida Calle 26 No. 59 – 41/65, piso 8 de Bogotá, por el término de tres (3) días hábiles contados a partir del día siguiente
al de su publicación, para que dentro de ese término los oferentes presenten las observaciones que estimen pertinentes. En
ejercicio de esta facultad, los proponentes NO PODRÁN COMPLETAR, ADICIONAR, MODIFICAR O MEJORAR SUS
OFRECIMIENTOS.
PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES
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5.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
El presente proceso de selección abreviada se estructurará bajo un esquema simple de PASA – NO PASA en estricto
apego de los criterios establecidos en el artículo 5º de la ley 1150 de 2007 en materia de requisitos habilitantes dentro de
los que pueden señalarse los siguientes: capacidad jurídica, condiciones de experiencia, capacidad financiera y de
organización de los proponentes.
En atención a lo anterior, la primera parte de la evaluación consistirá en la verificación del cumplimiento de los requisitos
habilitantes por parte de las ofertas de los proponentes, para determinar aquellas habilitadas y no habilitadas.
En segundo lugar, las propuestas de los oferentes que de conformidad con los anteriores criterios resulten habilitados,
serán calificadas y ponderadas teniendo en cuenta los factores de selección objetiva establecidos en este pliego para
comparar las propuestas, los cuales obedecen estrictamente a criterios técnicos y económicos como factores
evaluables, de conformidad con lo establecido por la Ley 1150 de 2007, el artículo 88 de la Ley 1474 de 2011 y en el
Artículo 26 del Decreto 1510 de 2013. Esta calificación determinara el adjudicatario de este proceso de selección.
En tercer lugar, definida la ponderación técnica y económica, se determinará de acuerdo con las condiciones señaladas en
este estudio el proponente favorecido.
Para el estudio de las propuestas presentadas, se efectuará una evaluación consistente:




Verificación de los requisitos habilitantes.
Asignación del puntaje económico y técnico.
Asignación de puntajes adicionales.
Determinación del proponente adjudicatario.
La UNP, previo análisis comparativo de las ofertas que se ciñan a los requisitos establecidos, seleccionará el ofrecimiento
más favorable a la Entidad y a los fines que ella busca, aplicando los mismos criterios para todas ellas, lo que permite
asegurar una selección objetiva, sobre un total de MIL (1.000) PUNTOS, distribuidos de la siguiente manera:
PONDERACIÓN
ECONOMICA
PONDERACIÓN
TÉCNICA
PONDERACIÓN
TÉCNICA
TOTAL
INCENTIVOS EN LA
CONTRATACIÓN
PÚBLICA - TRATO
NACIONAL
FACTORES DE CALIFICACIÓN
Se asignará un puntaje total de QUINIENTOS (500)
PUNTOS, a la oferta con los menores precios, efectuado el
análisis integral del formato PROPUESTA ECONÓMICA.
Quien acredite contar con mayor número de talleres en las
capitales de los siguientes departamentos: (Cundinamarca,
Boyacá, Valle del Cauca, Antioquía, Bolívar, Magdalena,
Córdoba, Huila, Santander, Norte de Santander, Risaralda,
Quindío, Caldas, Casanare, Arauca)
Para certificar este ofrecimiento deberá el oferente
presentar listado de los talleres ofrecidos con datos de
contacto, dirección y teléfono , los cuales serán verificados
por la UNP.
Quien ofrezca la mayor cantidad de equipos a los mínimos
solicitados para la ciudad de Bogotá.
PUNTOS
500
250
250
1.000
Este se dividirá en quienes oferten servicios y bienes
nacionales o considerados nacionales por Trato Nacional y
aquellos extranjeros con componente nacional. Ley 816 de
2003. Artículo 151 del Decreto 1510 de 2013.
100
PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES
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5.1. PONDERACIÓN ECONÓMICA
El proponente deberá presentar propuesta sobre los precios unitarios con IVA incluido de las unidades de costo señaladas
en el FORMATO – PROPUESTA ECONÓMICA Y EN MEDIO MAGNÉTICO, es decir, para todos los efectos de la
evaluación económica, ésta se realiza con los valores propuestos para cada unidad y costo y la UNP procederá a calcular
el VALOR TOTAL DE LA PROPUESTA, el cual resulta de aplicar los factores de ponderación que se señalan en el
formato.
Al menor valor se asignará un puntaje total de QUINIENTOS (500) PUNTOS, a la oferta con los menores precios,
efectuado el análisis integral del formato PROPUESTA ECONÓMICA.
A las demás propuestas se les aplicara regla de tres Inversa y se expresará hasta en máximo dos Decimales, para el
efecto el tercer Decimal se redondeará de la siguiente forma: Si el tercer Decimal es un dígito mayor o igual que 5 se
adiciona 1 al segundo Decimal. Si tercer Decimal es menor que 5, el segundo Decimal no se modifica. La fórmula a
aplicar es la siguiente:
Dónde:
X= PUNTAJE A ASIGNAR
A1= VALOR MENOR
C= PUNTAJE MAXIMO (500)
A2= VALOR DE LA PROPUESTA A EVALUAR
La entidad realizara la sumatoria así: En primer lugar se sumaran todos los ítems de cada vehículo; luego se sumaran los
resultados totales por vehículo y así se obtiene el valor total de la propuesta económica por oferente. Este valor será el
que se tendrá en cuenta para efectos de determinar la mejor oferta.
El valor total de la oferta económica será evaluado teniendo en cuenta el valor corregido aritméticamente, en caso en que
así deba hacerse por la entidad.
El valor de la propuesta económica no podrá superar los precios unitarios techos asignados por la entidad.
5.2. PONDERACIÓN TECNICA
5.2.1.
OFRECIMIENTO DE MAYOR NÚMERO DE TALLERES EN LAS CAPITALES DE LOS SIGUIENTES
DEPARTAMENTOS DE CUNDINAMARCA, BOYACÁ, VALLE DEL CAUCA, ANTIOQUÍA, BOLÍVAR,
MAGDALENA, CÓRDOBA, HUILA, SANTANDER, NORTE DE SANTANDER, RISARALDA, QUINDÍO,
CALDAS, CASANARE, ARAUCA.
El Oferente deberá acreditar mediante su Certificado de Existencia y Representación Legal o por medio del Registro
Mercantil los talleres o centros de servicio que sean de su propiedad en la totalidad de las capitales de departamento y
mediante los cuales prestará el servicio o acreditar mediante una carta de compromiso suscrita por el representante legal
y/o dueño del taller, por medio de la cual se comprometa a prestar el respectivo servicio indicando además el nombre y
dirección del taller o talleres que prestarán tal servicio, la cual no deberá tener una fecha de expedición superior a treinta
(30) días antes de la fecha definitiva de cierre; adjuntando el Certificado de Existencia y Representación Legal o el
Registro Mercantil del establecimiento de comercio, el cual no deberá tener una fecha de expedición superior a treinta (30)
días antes de la fecha definitiva de cierre En caso que el proponente en su propuesta no haga mención a lo antes
indicado, se entenderá que no obtiene puntaje al respecto, sin que esto lo exima de garantizar la prestación del servicio de
mantenimiento preventivo y correctivo en las ciudades requeridas y bajo las características definidas en el Anexo Técnico
para los talleres Tipos A y B. Como el servicio ofertado se prestará en las capitales de los siguientes departamentos:
(Cundinamarca, Valle del Cauca, Antioquía, Bolívar, Magdalena, Córdoba, Huila, Santander, Norte de Santander,
Risaralda, Quindío, Caldas y Arauca) y en las condiciones señaladas en el ANEXO TÉCNICO, se le asignaran
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DOSCIENTOS CINCUENTA (250) PUNTOS. Teniendo en cuenta que se trata de quince (15) departamentos, la propiedad
de talleres o centros en cada uno de ellos otorga puntos así:
DEPARTAMENTO
ANTIOQUÍA
ARAUCA
BOLÍVAR
BOYACÁ
CALDAS
CASANARE
CÓRDOBA
CUNDINAMARCA
HUILA
MAGDALENA
NORTE DE SANTANDER
QUINDÍO
RISARALDA
SANTANDER
VALLE DEL CAUCA
PUNTOS
18
16
18
16
16
16
16
18
18
16
16
16
16
16
18
Para el anterior efecto el proponente deberá diligenciar el FORMATO – OFRECIMIENTOS DE PONDERACIÓN TÉCNICA.
La omisión de este formato, no es sujeta de aclaración o subsanación y conlleva la no asignación de puntaje por este
aspecto.
El proponente garantiza con la presentación de la oferta que está en capacidad de garantizar la prestación del servicio a
nivel nacional en los diferentes talleres o centros de servicio, sin excepción alguna. El anterior ofrecimiento se constituye
en una obligación contractual y su incumplimiento acarreará las consecuencias de ley.
A los demás oferentes se les otorgará puntaje de manera proporcional al número de agencias o sucursales en cada
departamento.
5.2.2.
OFRECIMIENTO DE MAYOR NÚMERO DE EQUIPOS A LOS MINIMOS SOLICITADOS PARA LA CIUDAD
DE BOGOTA.
El proponente que oferte dentro de su propuesta el mayor número de equipos de su propiedad, distintos a los mínimos
solicitados, se le asignarán 250 puntos, de la siguiente forma:
EQUIPO
Elevador mecánico
Equipo freno metro.
Marcador de llantas.
Alineador con software actualizado.
Escáner actualizado para motores diésel y gasolina.
Equipo saca tocos.
PUNTAJE
40
40
40
40
45
45
El proponente garantiza con la presentación de la oferta que posee los equipos manifestados. El anterior ofrecimiento se
constituye en una obligación contractual y su incumplimiento acarreará las consecuencias de ley.
A los demás oferentes se les otorgará puntaje de manera proporcional al número de equipos adicionales.
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5.3.
ASIGNACIÓN DE PUNTAJES ADICIONALES – POR ORIGEN DE LOS SERVICIOS
Conforme a lo señalado por Colombia Compra Eficiente como órgano rector de las pautas a nivel de Contratación Estatal
y lo señalado en el Decreto 1510 de 2013, le corresponde a la UNP asignar el puntaje previsto con el fin de apoyar la
industria nacional respecto de los bienes y servicios colombianos como los bienes y servicios de: a) países con los cuales
el país ha suscrito un Acuerdo Comercial; y b) aquellos países que se encuentren certificados que los oferentes reciben
trato adicional. Además los proveedores de servicios de la Comunidad Andina de Naciones deben recibir este puntaje
adicional. Es procedente señalar que la Cancillería deberá certificar el Trato Nacional por Reciprocidad.
Para el caso de servicios de origen nacional deberá manifestarlo en su oferta bajo la gravedad del juramento. Para el
efecto el proponente deberá diligenciar el FORMATO - ORIGEN DE BIENES Y/O SERVICIOS OFERTADOS o realizar
una declaración similar dentro de su propuesta, so pena de no otorgarse el respectivo puntaje por este aspecto.
Es procedente señalar que se dará aplicación a lo dispuesto en la Ley 816 de 2003, en el Decreto 2680 de 2009 y el
artículo 150 del Decreto 1510 de 2013. Y que el puntaje se asignará de la siguiente manera:
Para bienes y servicios de origen nacional se asignarán CIEN (100) PUNTOS.
Para bienes y servicios de origen extranjero con componente nacional se asignarán CINCUENTA (50) PUNTOS.
5.4.
CRITERIOS DE DESEMPATE
En caso de empate se dará aplicación a lo señalado en el artículo 33 del Decreto 1510 de 2013 que dispone lo siguiente:
En caso de empate en el puntaje total de dos o más ofertas, la Entidad Estatal escogerá el oferente que tenga el mayor
puntaje en el primero de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones del Proceso
de Contratación. Si persiste el empate, escogerá al oferente que tenga el mayor puntaje en el segundo de los factores de
escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación y así sucesivamente
hasta agotar la totalidad de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones.
Si persiste el empate, la Entidad Estatal debe utilizar las siguientes reglas de forma sucesiva y excluyente para seleccionar
el oferente favorecido, respetando los compromisos adquiridos por Acuerdos Comerciales:
5.4.1.
Preferir la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
5.4.2.
Preferir las ofertas presentada por una Mipyme nacional.
5.4.3.
Preferir la oferta presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura siempre que: (a)
esté conformado por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación de por lo menos el veinticinco
por ciento (25%); (b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la
oferta; y (c) ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o
accionistas de los miembros del Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura.
5.4.4.
Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo
menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361
de 1997. Si la oferta es presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura, el
integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de
discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco
por ciento (25%) en el Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco
por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta.
5.4.5.
Si el empate continúa, se procederá a efectuar el desempate mediante el sistema de balotas, el cual funcionará
de la siguiente manera:
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La UNP tendrá dispuesta una urna en la cual se introducirá un número de balotas equivalente al número de propuestas en
situación de empate, una de las cuales, será de color rojo. El Jefe de la Oficina de Control Interno accionará la urna y
sacará las balotas en el orden de la hora de radicación de las propuestas. La propuesta que saque la balota roja será la
adjudicataria.
5.5.
ACUERDOS COMERCIALES
Es procedente señalar que debido a las actividades a las cuales se encuentran sometidos los vehículos objeto del
presente proceso, se hace necesario que las personas naturales o jurídicas que intervengan en la ejecución del contrato
deben garantizar la reserva y confidencialidad de la información suministrada por la Unidad Nacional de Protección, ya
que la divulgación de la anterior información puede convertirse en una vulnerabilidad que aprovechen los agentes
generadores de riesgo para procurar atentados en contra de los beneficiarios. En buena parte la reserva sobre la calidad
de las medidas agregan efectividad a la protección, por lo que, considerando el amplio conocimiento sobre el historial de
los vehículos objeto de los contratos, esta información deberá reposar en una base de datos controlada por el contratista.
Los centro(s) de servicio(s) y/o talleres que provean el mantenimiento deben garantizar el manejo reservado de toda la
información relacionada con cada uno de los vehículos en cuanto a la marca, placa, color, y demás características que
permitan su individualización e identificación.
Situación que no es posible controlar en caso tal de realizarse la contratación bajo la aplicación de acuerdos comerciales,
además porque como sea expuesto es un tema que cobija temas de Defensa y Seguridad Nacional.
5.6.
MATRIZ DE RIESGOS
Con base en los elementos fácticos del desarrollo de la contratación aquí examinada, los riesgos que se asignan a la
presente contratación se encuentran consignados en la matriz de riesgos adjunta y se entiende que el cubrimiento de los
mismos se realizará con las garantías exigidas y con el seguimiento que realice el supervisor respecto del cumplimiento de
los factores técnicos planteados, además es procedente indicar que la probabilidad y ocurrencia de los mismos se espera
que sea mínima de acuerdo a la especificidad de los talleres por razón de la marca y de las pautas técnicas exigidas.
PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES
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6.
ESTIPULACIONES CONTRACTUALES
6.1. EL PLAZO PARA EJECUTAR EL CONTRATO
El plazo del contrato que se suscriba en virtud de este proceso será hasta el 31 de diciembre de 2015 o hasta el
agotamiento de los recursos, el cual iniciará una vez se suscriba la respectiva acta de inicio y previa expedición del
registro presupuestal y aprobación de las garantías que debe expedir el contratista resultante de este proceso. El plazo de
ejecución del contrato podrá ser modificado o prorrogado por las partes de común acuerdo.
6.2. LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Para efectos del presente proceso de selección, se tendrá como domicilio la ciudad de Bogotá D.C., y el lugar de
ejecución del contrato será a nivel nacional.
6.3. FORMA DE PAGO
Una vez perfeccionado el contrato, la Unidad Nacional de Protección - UNP cancelará al CONTRATISTA el valor pactado
por mensualidades vencidas de acuerdo con los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo, correspondiente a las
reparaciones y operaciones realizadas cada mes inmediatamente anterior y liquidados a los precios ofrecidos, dentro de
los treinta (30) días calendarios siguientes a la fecha de presentación de la factura correspondiente, previa certificación de
recibido a satisfacción por parte del Supervisor del contrato, y de la certificación expedida por el Revisor Fiscal cuando
exista, de acuerdo con los requerimientos de Ley, o por el Representante Legal del pago de sus obligaciones a los
sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto
Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje SENA.
Los pagos estarán sujetos igualmente al cumplimiento de los trámites administrativos a que haya lugar. Los documentos
soporte para los pagos deberán ser avalados por el supervisor del contrato.
PARÁGRAFO PRIMERO: Los desembolsos se realizarán con sujeción al PAC y a la ubicación de fondos efectuada por la
Dirección del Tesoro Nacional en LA UNP, de tal manera que LA UNP no asume responsabilidad alguna por la demora
que pueda presentarse en dichos pagos y, por lo tanto, EL CONTRATISTA cumplirá con sus obligaciones y no podrá
aducir como justificación alguna para su no realización, demora en el pago.
PARÁGRAFO SEGUNDO: RETENCIONES.- LA UNP hará las retenciones a que haya lugar sobre cada pago, de acuerdo
con las disposiciones legales vigentes.
PARÁGRAFO TERCERO.- En caso de terminación anticipada sólo habrá lugar al pago de los servicios efectivamente
prestados, liquidados en forma proporcional a los servicios realizados.
PARÁGRAFO CUARTO.- Los pagos a realizar por parte de la UNP se efectuarán en la Cuenta que se informe.
PARÁGRAFO QUINTO: OBLIGACIONES DE NOTIFICAR LOS PAGOS.- EL CONTRATISTA se compromete, una vez
recibido el valor proveniente del contrato en la cuenta antes mencionada, a notificarlo a la Secretaría General de LA UNP
dentro de los dos (2) días siguientes.
PARÁGRAFO SEXTO: REQUISITOS PARA EL TRÁMITE DE PAGOS.- LA UNP no pagará ninguna suma de dinero a
EL CONTRATISTA mientras éste no haya cumplido previamente con los requisitos de ejecución del contrato que se
celebra.
6.4. SUPERVISIÓN
La supervisión e interventoría del contrato que se derive de este proceso será ejercida por el señor GUILLERMO
VALENCIA BARRÓN Con el fin de vigilar permanentemente la correcta ejecución del objeto contratado.
PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES
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La UNP podrá contratar personas jurídicas o naturales a través de los contratos de prestación de servicios con el fin de
apoyar el seguimiento administrativo, técnico, financiero, contable, jurídico que sea requerido.
La UNP no considera conveniente contar con una interventoría externa para el presente proceso como quiera que las
características del servicio a contratar requieren de un control directo y permanente de la entidad
6.5. SOLUCIÓN DIRECTA DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES
Las partes en aras de solucionar en forma ágil rápida y directa las diferencias y discrepancias surgidas de la ejecución del
contrato, acudirán a los mecanismos de solución previstos en la ley, tales como la conciliación y transacción.
6.6. INHABILIDADES, INCOMPATIBILIDADES Y CONFLICTO DE INTERESES
El CONTRATISTA declarará bajo la gravedad del juramento que se entiende prestado con la firma del contrato que no se
halla incurso en alguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad señaladas en la Constitución Política o en la ley,
ni presenta conflicto de interés.
6.7. REQUISITOS DE SUSCRIPCIÓN, PERFECCIONAMIENTO, EJECUCIÓN y LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO
Para la suscripción del contrato el adjudicatario deberá acreditar el pago de los aportes de los empleados a los sistemas
de salud, pensión, ARP, cajas de compensación familiar, ICBF, y SENA, mediante certificación expedida por el Revisor
Fiscal o por el Representante Legal, según sea el caso.
El contrato se perfeccionará con la firma de las partes. Para su ejecución se requiere la aprobación de la Garantía Única,
el registro presupuestal y la suscripción del acta de inicio.
6.8. GARANTÍAS
El proponente deberá constituir la GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA a la que hace referencia el presente pliego
de condiciones.
De conformidad con la normatividad vigente en materia de contratación pública, habida cuenta de los riesgos previamente
establecidos y teniendo en cuenta el valor del contrato a celebrarse, LA UNP debe exigir al contratista una garantía única,
de las consagradas en el Título III del Decreto 1510 de 2013, que contemple los siguientes amparos:
6.8.1.
DE CUMPLIMIENTO, con un valor asegurado del diez por ciento (10%) del valor del contrato, por su término de
duración y seis (6) meses más, y que incluya el pago de multas y cláusula penal pecuniaria, así como los
perjuicios causados a la entidad estatal como consecuencia de la conducta dolosa o culposa, o de la
responsabilidad imputable a los particulares, derivados de un proceso de responsabilidad fiscal.
6.8.2.
DE CALIDAD Y CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS BIENES Y EQUIPOS SUMINISTRADOS, que
cubrirá a LA UNP de los perjuicios imputables al contratista garantizado, (i) derivados de la mala calidad o
deficiencias técnicas de los bienes o equipos por él suministrados, de acuerdo con las especificaciones técnicas
establecidas en el contrato, o (ii) por el incumplimiento de los parámetros o normas técnicas establecidas para el
respectivo bien o equipo con un valor asegurado del diez por ciento (10%) del valor del contrato, por su término
de duración y seis (6) meses más.
6.8.3.
DE CALIDAD DEL SERVICIO, que cubre a LA UNP de los perjuicios imputables al contratista garantizado que
surjan con posterioridad a la terminación del contrato y que se deriven de la mala calidad del servicio prestado,
teniendo en cuenta las condiciones pactadas en el contrato, con un valor asegurado del diez por ciento (10%)
del valor del contrato, por su término de duración y seis (6) meses más.
6.8.4.
DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES LABORALES al personal vinculado para
la ejecución del contrato, que tenga un valor asegurado igual al cinco por ciento (5%) del valor global del
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contrato, y una vigencia igual a la sumatoria del plazo de ejecución del contrato, más el plazo de liquidación del
mismo, más tres (3) años.
PARAGRAFO: EL CONTRATISTA ampliará los plazos iníciales de los amparos en el evento de extenderse el plazo fijado
para la ejecución del contrato, e incrementará las coberturas de los mismos, de acuerdo con las adiciones que se
efectúen.
6.9. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Además de las obligaciones de orden legal EL CONTRATISTA cumplirá con aquellas que se deriven del objeto
contratado, con obligaciones específicas del contratista todas las estipulaciones contenidas en el numeral 1.1.2 del
presente documento, el anexo técnico y el estudio previo del proceso documentos que hacen parte integral del contrato
que se adjudique.
6.10.
OBLIGACIONES DE LA UNP.
6.10.1.
Realizar la supervisión y seguimiento a la ejecución del contrato.
6.10.2.
Pagar oportunamente al CONTRATISTA las sumas estipuladas en el contrato.
6.10.3.
Prestar colaboración constante en la ejecución del contrato, suministrando la información requerida para el logro
del objeto contractual.
6.11.
OBLIGACIONES DE LA SUPERVISIÓN
El supervisor ejercerá las funciones establecidas en las normas legales vigentes, el Manual de Contratación de la UNP, y
en particular las siguientes:
6.11.1.
Ejercer un estricto control para el cumplimiento de la totalidad de las obligaciones del CONTRATISTA.
6.11.2.
Sugerir la adopción de las precauciones necesarias para que los servicios contratados se presten en
condiciones aptas y en forma eficiente, atendiendo las disposiciones legales sobre la materia y la obligación de
protección a cargo del Estado.
6.11.3.
Atender las quejas que afecten el normal funcionamiento del objeto del contrato, o de posibles abusos o faltas
cometidas por los operarios.
6.11.4.
Verificar las hojas de vida, documentos soporte y/o pruebas de selección realizadas por el CONTRATISTA, a
sus trabajadores.
6.11.5.
Efectuar la verificación sobre la vigencia de los permisos, licencias, autorizaciones, contratos y pólizas que el
CONTRATISTA requiera para el desarrollo del objeto del contrato.
6.11.6.
Solicitar informes financieros, logísticos, operativos y administrativos sobre la ejecución del contrato.
6.11.7.
Verificar si el taller cumple con las especificaciones y obligaciones adquiridas con la suscripción del contrato,
para lo cual efectuarán comisiones en las que se desplazarán hasta los lugares del territorio donde operen los
talleres, con el fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones contractualmente adquiridas.
6.11.8.
Solicitar información sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias, parafiscales y prestacionales a cargo
del CONTRATISTA.
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6.11.9.
Solicitar al CONTRATISTA dentro de los tres (3) primeros días hábiles de cada mes, un programa escrito,
discriminando los mantenimiento preventivos y correctivos que se han realizado a los vehículos, indicando la
fecha, hora y vehículo que ingreso al taller, sin que esto represente un costo adicional para LA UNP.
6.11.10. Comunicar al Ordenador del gasto con la debida sustentación técnica la elaboración de prórrogas, adiciones y/o
cualquier cambio en el desarrollo del contrato.
6.11.11. Expedir mensualmente las certificaciones de cumplimiento del objeto del contrato, para efectos del pago
correspondiente.
6.11.12. Verificar previamente que el CONTRATISTA haya efectuado los aportes a los sistemas de seguridad social en
pensión, salud y parafiscales cuando haya lugar.
6.11.13. Responder por que en el expediente del contrato se encuentre toda la documentación que se produzca durante
la ejecución del contrato y relacionada con su ejecución.
6.11.14. Elaborar el acta de liquidación del contrato y velar porque se suscriba dentro de los plazos legales establecidos
para el efecto, acta que será firmada además por el Ordenador del Gasto o por quien éste delegue para tal
efecto.
6.11.15. Velar por que se mantengan los amparos presupuestales del contrato durante la vigencia contractual.
6.11.16. Las demás que se requieran en desarrollo del objeto contractual.
6.12.
DOCUMENTOS CONTRACTUALES
Los documentos que a continuación se relacionan, se considerarán para todos los efectos parte integrante del contrato y
en consecuencia, producen sus mismos efectos y obligaciones jurídicas y contractuales:

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



El certificado de disponibilidad presupuestal y las autorizaciones de vigencias futuras y el registro presupuestal.
Los estudios previos con sus anexos.
El pliego de condiciones con sus anexos y adendas.
La propuesta del CONTRATISTA y los documentos adjuntos presentados con la misma.
La resolución de adjudicación.
Los requerimientos técnicos e instrucciones que sean suministradas al CONTRATISTA por la Supervisión.
6.13.
IMPUESTOS
EL CONTRATISTA está obligado a pagar todos los impuestos, tasas y similares que se deriven de la ejecución del
contrato, de conformidad con la ley colombiana.
6.14.
EXCLUSIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL
El proponente favorecido ejecutará el objeto del contrato que se adjudique como resultado del presente Proceso de
Selección con plena autonomía técnica y administrativa, razón por la cual queda entendido que no habrá vínculo laboral
alguno entre La UNP y el CONTRATISTA ni con el personal a cargo del CONTRATISTA destinado a la ejecución del
contrato resultante del presente Proceso.
6.15.NEGATIVA DEL PROPONENTE FAVORECIDO A SUSCRIBIR EL CONTRATO
Si el proponente favorecido no suscribe el contrato o no efectúa todos los trámites necesarios para cumplir los requisitos legales
para iniciar su ejecución, dentro de los plazos establecidos para tal fin en el presente pliego de condiciones, se hará efectiva la
garantía de seriedad de la propuesta.
PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES
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En este evento, La UNP mediante acto administrativo debidamente motivado, podrá adjudicar el contrato dentro de los tres (3)
días siguientes al vencimiento del término para suscribir el contrato o cumplir dichos requisitos, al siguiente proponente mejor
calificado, siempre y cuando su propuesta también sea igualmente favorable para La UNP, conforme con el numeral 12 artículo
30 de la Ley 80 de 1993.
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FORMATO 1 - CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Bogotá, D.C.
Señores
UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN
Avenida Calle 26 No. 59 – 41/65, piso 8 de Bogotá
Bogotá, D.C.
Ref.: Proceso XXXXXXXXXX
Objeto: XXXXXXXXXXXX.
El suscrito actuando como (Representante Legal de la sociedad )________________; representante del Consorcio
_____________________ o Unión Temporal _____________________, integrado por ___________________________; o
como apoderado de _____________________) según poder debidamente conferido y que adjunto a la presente, de acuerdo
con las condiciones que se establecen en los documentos del Proceso de Selección Pública de la referencia, cordialmente me
permito presentar propuesta para participar en el proceso citado en la referencia.
En caso que esa Entidad me adjudique el Proceso de Selección, me comprometo a suscribir el contrato correspondiente y
efectuar los trámites, la ejecución y legalización del mismo, dentro del término señalado para el efecto en el pliego de
condiciones.
Así mismo declaro:
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Que esta propuesta y el contrato que llegare a celebrarse solo compromete al oferente.
Que ninguna otra persona fuera del proponente tiene interés comercial en esta propuesta ni en el contrato que de ella se
derive.
Que si se nos adjudica el contrato, nos comprometemos a suscribir el contrato dentro de los términos señalados para ello.
Que conozco la información general y especial y demás documentos que integran el pliego de condiciones y acepto los
requisitos en ellos contenidos.
Que me comprometo a proveer los servicios objeto de esta contratación, en caso de resultar adjudicatario del presente
proceso de contratación, los bienes y/o servicios ofrecidos en la presente propuesta, que corresponden a aquellos
solicitados en el Proceso XXXXXX, con las especificaciones, y en los términos, condiciones y plazos establecidos en los
ANEXOS TÉCNICO y ECONOMICO.
Que hemos tenido en cuenta las adendas del proceso (en caso de que surjan dichos documentos).
Que el suscrito afirma bajo la gravedad del juramento, que no existe ninguna causal de inhabilidad, incompatibilidad,
conflicto de interés y/o prohibición, de las señaladas en la Constitución Política, en la Ley, especialmente en el artículo 8º
de la Ley 80 de 1993, y demás normas concordantes, que impidan la participación del oferente en el presente proceso
licitatorio y en la celebración y ejecución del respectivo contrato.
Que afirmo bajo la gravedad del juramento, que el proponente, los socios de la persona jurídica, cada uno de los
integrantes del consorcio o unión temporal, no nos encontramos reportados en el boletín de responsables fiscales
expedido por la Contraloría General de la República.
Que la propuesta consta de_________ folios numerados en forma consecutiva tanto en el original como en la copia.
Que incluimos dentro de nuestra propuesta la aceptación clara expresa e inequívoca de las especificaciones técnicas del
proceso y de los ANEXOS TÉCNICO y ECONÓMICO.
Que la propuesta tiene vigencia de cien (100) días calendario.
Que conozco las obligaciones establecidas para el CONTRATISTA en el pliego de condiciones y en sus anexos y
especificaciones técnicas y me comprometo a cumplir cada una de ellas, en las condiciones señaladas, en caso de ser
adjudicatario.
PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES
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Que he realizado el examen completo y cuidadoso, y que hemos investigado plenamente, las condiciones del
contrato que nos comprometemos a ejecutar, así como los riesgos que del mismo se derivan, y declaramos que se
encuentra bajo nuestra responsabilidad y conocemos detalladamente todos los factores determinantes de los costos
de presentación de la propuesta y de ejecución del contrato a suscribir, los cuales se encuentran incluidos en los
términos de nuestra propuesta.
Que para todos los efectos legales, mi propuesta debe entenderse referida a los pliegos de condiciones, anexo técnico y
estudio previo, teniendo en cuenta su descripción, número y especificaciones técnicas y funcionales, sin modificación o
condicionamiento alguno.
Que conozco y acepto expresamente el contenido de los pliegos de condiciones, de su anexo técnico y del estudio previo
que le sirve de soporte, así como el de cada una de las adendas hechas al mismo.
Que la propuesta que presento es irrevocable e incondicional, y obliga insubordinadamente al proponente que represento
quien acepta todos los requerimientos y obligaciones contenidas en los documentos del proceso contractual.
Que la propuesta cumple con todos y cada uno de los requerimientos establecidos en los pliegos de condiciones, anexo
técnico y en la ley, y cualquier omisión, contradicción o declaración debe interpretarse de la manera que resulte
compatible con los términos y condiciones del proceso de contratación dentro del cual se presenta la misma, y
aceptamos expresa y explícitamente que así se interprete nuestra propuesta.
Que me comprometo a proveer los servicios de objeto de esta contratación, en caso de resultar adjudicatario del presente
proceso de contratación, los bienes y/o servicios ofrecidos en la presente propuesta, que corresponden a aquellos
solicitados en el Proceso XXXXXXXXX, con las especificaciones y en los términos, condiciones y plazos establecidos en
los ANEXOS TECNICO y ECONOMICO.
Reconozco la responsabilidad que nos concierne en el sentido de conocer técnicamente las características,
funcionalidades y especificaciones de los bienes y servicios que nos obligamos a entregar, y asumimos la
responsabilidad que se deriva de la obligación de haber realizado todas las evaluaciones e indagaciones necesarias para
presentar la presente propuesta sobre la base de un examen cuidadoso de las características del negocio. En particular
declaramos bajo nuestra responsabilidad, que los bienes puestos a disposición y servicios que se entregarán a la UNP en
el caso de resultar adjudicataria nuestra propuesta, cumple con todas y cada una de las exigencias de los pliegos de
condiciones, sus anexos técnicos y adendas que llegaren a suscribirse.
En todo caso, acepto y reconozco que cualquier omisión en la que hayamos podido incurrir en la investigación de la
información que pueda influir para la determinación de nuestra propuesta, no nos eximirá de la obligación de asumir las
responsabilidades que nos lleguen a corresponder como contratistas, y renunciamos a cualquier reclamación, rembolsó o
ajuste de cualquier naturaleza por cualquier situación que surja y no haya sido contemplada por nosotros en razón de
nuestra falta de diligencia en la obtención de la información.
Acepto plena, incondicionalmente los términos del contrato que se nos ofrece, conforme a los pliegos de condiciones,
anexo técnico y sus Adendas si hubieren y nos comprometemos a suscribir el contrato sin modificaciones sustanciales o
formales de ninguna naturaleza, por la sola adjudicación que a nosotros se nos haga del contrato, salvo aquellas
modificaciones que determine incluir la Unidad Nacional de Protección.
Los suscritos (Para consorcios y uniones temporales, indicar los integrantes del proponente en el caso de proponente
plural; nombre del proponente, en caso de persona jurídica o natural, adaptando la redacción del párrafo a tal
circunstancia), quienes nos presentamos en calidad de proponentes al presente proceso de selección bajo (indicar forma
o título bajo el cual se presenta la propuesta), declaramos y aceptamos, explícitamente, que asumimos la responsabilidad
plena por los resultados y obligaciones del contrato ofrecido, según las estipulaciones contenidas en el pliego de
condiciones que rigen el proceso de contratación, y reconocemos que nos encontramos vinculados o comprometidos de
manera ilimitada, incondicional, insubordinada y solidaria respecto de todas y cada una de las obligaciones o
responsabilidades derivadas de la presentación de la propuesta, de la correspondiente adjudicación, y de la suscripción
del contrato respectivo, conforme a las condiciones de responsabilidad previstas en la ley.
Atentamente,
NOMBRE Y FIRMA (representante legal de la sociedad; representante del consorcio o unión temporal o apoderado según el
caso)
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C.C. No. ______________ expedida en _____________
NIT _____________
Dirección: ________________
Número de teléfono: ______________
Número de fax: _______________
Correo electrónico: _________.
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FORMATO 2 – OFERTA ECONÓMICA
ESTE SE ENCUENTRA EN FORMATO EXCEL PUBLICADO.
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FORMATO 3 – COMPROMISO DE TRANSPARENCIA
Los suscritos: .............................................., identificado con cédula de ciudadanía No................... de............................,
domiciliado en............................, actuando en mi propio nombre (o en representación de...) que en adelante se
denominará EL PROPONENTE, manifestamos la voluntad de asumir el presente COMPROMISO DE TRANSPARENCIA
teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
1.
Que La UNP, adelanta el Proceso XXXXXXXXX con el objeto de: XXXXXXXXXXX.
2.
Que EL PROPONENTE tiene interés en apoyar la acción del Estado Colombiano y de la UNP en el implemento de
mecanismos y normas para el fortalecimiento de la transparencia en los procesos contractuales y en la lucha contra
la corrupción.
3.
Que el PROPONENTE tiene interés en el proceso de selección referido en el primer considerando, y se encuentra
dispuesto a suministrar la información necesaria para la transparencia del proceso, y en tal sentido realiza las
siguientes manifestaciones y compromisos.
DECLARACIONES
PRIMERA: Declaro bajo la gravedad del juramento no encontrarme incurso dentro de las inhabilidades e
incompatibilidades previstas en la Constitución Política ni en el artículo 8º de la Ley 80 de 1993, así como no tener sanción
vigente por la trasgresión de alguna de ellas, para contratar con Entidades Públicas.
SEGUNDA: Declaro que toda la información que suministré y suministraré al UNP es cierta y precisa y que no omití ni
omitiré información que sea necesaria para la transparencia en la celebración y desarrollo del contrato.
TERCERA: Declaro que no he ofrecido, ni ofreceré, no he dado, ni daré, ni directa ni indirectamente, dádiva o beneficio
para obtener una decisión a mi favor, ventaja impropia o para perjudicar a alguno de los proponentes.
CUARTA: Declaro que la propuesta presentada es seria y económicamente ajustada a la realidad, que asegura la
posibilidad de ejecutar el objeto del presente contrato en las condiciones de calidad y oportunidad exigidas en el pliego de
condiciones.
QUINTA: Declaro públicamente que conozco y acepto las reglas establecidas para el presente proceso, las adendas, así
como las aclaraciones que se realizaron a el pliego de condiciones, en condiciones de transparencia, equidad e igualdad.
COMPROMISOS
PRIMERO: Si llegare a sobrevenir una inhabilidad o incompatibilidad prevista en la Constitución o en la Ley, me
comprometo a ceder el contrato, previa autorización escrita de la UNP, y si ello no fuere posible renunciaré a la ejecución
del mismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 9º de la Ley 80 de 1993.
SEGUNDO: Me comprometo a desarrollar todas mis actividades en el marco de principios éticos y a asumir con seriedad y
responsabilidad todos los compromisos relacionados con el presente contrato.
TERCERO: Me comprometo a suministrar a la UNP cualquier información sobre actos de corrupción, soborno,
subjetividad, presión o favorecimiento en el desarrollo del proceso contractual, del que tenga o llegare a tener
conocimiento.
CUARTO: Me comprometo a cumplir todas las obligaciones, cargas y los términos en general, previstos en el pliego de
condiciones y en el contrato.
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QUINTO: Me comprometo a desarrollar todas las actividades en el marco de principios éticos y a asumir con seriedad y
responsabilidad todos los compromisos relacionados con el contrato resultante del Proceso XXXXXXXXX.
En constancia de lo anterior y como manifestación de aceptación de nuestros compromisos y declaraciones incorporadas
en el presente documento, se suscribe en la ciudad de ________ el día ___ de 2015.
EL PROPONENTE
Firma
C.C. No.
Firma
C.C. No.
Firma
C.C. No.
Firma
C.C. No.
NOTA: EN CASO DE CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL ESTE DOCUMENTO DEBE SER DILIGENCIADO POR
TODOS LOS INTEGRANTES.
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FORMATO 4 – COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD
Entre los suscritos, a saber: RICARDO LÓPEZ ARÉVALO, identificado con la cédula de ciudadanía número 79.472.032
de Bogotá, en calidad de Secretario General de LA UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN, NIT 900.475.780-1, entidad
adscrita al Ministerio del Interior, nombrado mediante Resolución No. 0076 del 6 de febrero de 2015 y posesionado
mediante Acta del 6 de febrero de 2015, facultado para suscribir el presente documento de conformidad con la Resolución
0002 del 9 de noviembre de 2011, modificada por las Resoluciones 0068 de 2012 y 0088 de 2015, quien en adelante se
denominará LA UNP o PARTE REVELADORA y; por la otra, XXXXXXXX también mayor de edad y domiciliado en la
ciudad de Bogotá, identificado con la cédula de ciudadanía No XXXXXX, obrando en su calidad de XXXXXXXXXX y quien
en adelante se denominará la PARTE RECEPTORA, con el sentido y alcance en este documento, se ha acordado
celebrar el presente COMPROMISO de CONFIDENCIALIDAD, que se regirá por las cláusulas que adelante se indican,
previas las siguientes:
CONSIDERACIONES:
1.
Que LA UNP o PARTE REVELADORA, ordenó la apertura del proceso de selección, a través de la cual buscan
XXXXXXXXXXXXXX.
2.
Que dicha contratación se realizará con base en los estudios y documentos previos elaborados por LA UNP o PARTE
REVELADORA y con las especificaciones técnicas indispensables para la identificación plena de las características
de los bienes y servicios requeridos.
3.
Que para ello es indispensable conocer información privativa de la parte técnica considerada de reserva, por tratarse
de un proyecto de seguridad y defensa nacional.
4.
Que en desarrollo de las actividades previas que deben cumplirse para celebrar el contrato a que haya lugar, así
como para la ejecución de las labores complementarias que resulten necesarias para la completa ejecución del
contrato, es indispensable contar con el compromiso de confidencialidad de las personas que hayan tenido
oportunidad de acceder a la información técnica de la contratación, que precisamente por tratarse de temas
constitutivos de la seguridad nacional, deben mantenerse en la más cuidadosa y estricta reserva.
5.
Que la RECEPTORA entiende que parte de la información a la cual tendrá acceso por causa o con ocasión del
proceso de contratación descrito en el numeral anterior, se encuentra sujeta a reserva legal por tratarse de
actividades relacionadas con la defensa y seguridad de la Nación.
Que dada la reserva legal y consecuente confidencialidad de la información que se debe mantener durante el proceso de
selección objetiva del contratista, el contractual y post contractual, todas las personas naturales o jurídicas que participen
en la consulta a las especificaciones técnicas, así como quienes posteriormente concurran a la audiencia de aclaración de
los mismos, se obligan mediante este COMPROMISO a no revelar ni divulgar ni hacer uso de la información recibida, la
cual solo puede servir para la presentación de sus ofertas, en caso de constituirse en oferentes dentro del proceso de
selección para XXXXXXXXXXXXXXXXXXX.
6.
Que este mismo compromiso, dada la reserva legal y consecuente confidencialidad de la información que se debe
mantener durante el proceso de contratación, la ejecución del contrato que se derive de él y con posterioridad al
mismo, debe ser asumido por el contratista favorecido con la adjudicación del contrato y todo el personal que vaya a
trabajar en el desarrollo del mismo, quienes además deberán responder por la reserva de la información técnica del
mismo, por lo que se requiere la suscripción de un COMPROMISO de confidencialidad.
Con lo anterior, se pactan las siguientes,
CLÁUSULAS
PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES
PSA-UNP-07-2015
PRIMERA.- OBJETO. El presente COMPROMISO tiene por objeto establecer los términos y condiciones bajo las cuales
las PARTES mantendrán la confidencialidad de la información reservada que se tenga acceso por causa o con ocasión
del proceso de contratación para XXXXXX.
PARÁGRAFO: Las PARTES firmantes del presente documento admiten y consienten que toda la INFORMACIÓN
CONFIDENCIAL que aquí se trata es propiedad exclusiva de la UNP, y que la revelación de la información que se llegare
a realizar deberá contar con la autorización expresa y escrita de esta Entidad.
SEGUNDA.-DEFINICIONES. Para los efectos del presente COMPROMISO, el sentido en que se entenderán los términos
será el siguiente:
a) INFORMACIÓN CONFIDENCIAL: Incluye sin limitación alguna todos los documentos, descripciones, especificaciones
técnicas, esquemas, procesos, fotografías, videos, registros, compilaciones (en medio físico o magnético) o cualquier otro
tipo de información de carácter técnico que tenga relación con la contratación del servicio requerido por el Programa de
Protección de la UNP, con el propósito de salvaguardar la vida, integridad, libertad y seguridad de cada persona en
particular, para LA UNP, incluidos todos los análisis, estudios, notas, recopilaciones, resúmenes, memorandos, informes y
conclusiones o cualquier otro documento preparado por la PARTE RECEPTORA o por la PARTE REVELADORA, que
refleje la información que le haya sido suministrada. Igualmente, aquella que, previamente esté identificada como tal,
suministre la PARTE REVELADORA a la PARTE RECEPTORA de manera escrita o verbal.
La información confidencial no deja de serlo cuando deba revelarse a cualquier Entidad Pública que, en ejercicio legítimo
de actividades administrativas, judiciales o de control y mediando acto de autoridad, solicite su entrega.
-b) INFORMACIÓN DE CARÁCTER TÉCNICO: Comprende taxativamente, en medios físicos y magnéticos, con la
extensión indicada para la INFORMACIÓNCONFIDENCIAL, la siguiente:










Diseños.
Registros fotográficos.
Videos.
Estudio de conveniencia y oportunidad.
Especificaciones técnicas.
Presupuestos y memorias de cálculo.
Contratos.
Actas de iniciación, parciales o de liquidación.
Informes de la PARTE RECEPTORA y oficios de la PARTE REVELADORA.
Y en general todos los documentos que formen parte del proceso de selección objetiva, previo al contrato,
contractual y post contractual en los que se revelen datos sobre las especificaciones técnicas del proyecto.
c) PARTE REVELADORA: La UNP.
d) PARTE RECEPTORA: Cualquier persona que reciba, utilice, distribuya, estudie, organice y que, de cualquier manera
tenga acceso a la información confidencial expuesta o entregada por la PARTE REVELADORA, entre quienes se incluye
sin limitarse, a quien suscriba el presente documento, obrando en calidad de interesado en la contratación, proponente o
contratista, cualquiera de sus representantes, directores, funcionarios, empleados, asesores o agentes o de cualquier
subsidiaria o filial de ésta.
TERCERA.- DURACIÓN. La duración de este COMPROMISO será por el término de vigencia del contrato y un (1) año
más. No obstante la PARTE RECEPTORA no podrá revelar ni utilizar en su beneficio o de terceros la información
confidencial recibida por un término nunca inferior a veinte (20) años.
CUARTA.- OBLIGACIONES DE LA PARTE RECEPTORA. En virtud del presente COMPROMISO, la PARTE
RECEPTORA se obliga, especialmente a:
PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES
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1.
Mantener en reserva y no divulgar la información confidencial revelada por LA UNP o PARTE REVELADORA o
por terceros formalmente designados para el efecto.
2.
Mantener en reserva y no divulgar ni utilizar, en provecho propio o de terceros y para fines distintos a los
previstos en el convenio, la información que le sea entregada directamente por LA UNP o PARTE
REVELADORA y/o sus delegados o designados.
3.
Mantener en reserva y no divulgar por ningún motivo la información que personalmente conozca o llegare a
conocer en desarrollo y ejecución de las actividades que le competen por causa o con ocasión del proceso de
contratación o del CONTRATO.
4.
Mantener en reserva y no divulgar la información protegida por derechos de autor o por secreto industrial de
COMPROMISO con la normatividad vigente y que haga parte de la información confidencial.
5.
Reconocer que el recibo de la información confidencial no concede, ni expresa ni implícitamente autorización,
permiso o licencia de uso de marcas, patentes, derechos de autor o de cualquier otro derecho de propiedad
industrial o intelectual de LA UNP o PARTE REVELADORA.
6.
Suscribir con antelación a la revelación de la información confidencial, los COMPROMISOS de Confidencialidad
que se ajusten a todo lo dispuesto en el presente COMPROMISO, con todos sus empleados y/o familiares de los
mismos, contratistas, subcontratistas, proveedores y demás personas naturales o jurídicas que hayan
involucrado, involucren o llegare a involucrar la PARTE RECEPTORA en la ejecución de las actividades que le
corresponden para el cumplimiento del objeto del CONTRATO.
7.
La PARTE RECEPTORA mantendrá una lista de usuarios de la información confidencial que será entregada a la
PARTE REVELADORA cuando ella lo solicite.
8.
Utilizar única y exclusivamente la información confidencial que conozca o llegare a conocer para el desarrollo y
ejecución de lo que le competa en relación con el CONTRATO.
9.
No utilizar la información confidencial que conozca o llegare a conocer, en desarrollo y ejecución del
CONTRATO, en provecho propio o de terceros y para fines distintos a los previstos en el mismo, prohibiéndose
inclusive para fines académicos.
10. Adoptar y mantener mecanismos internos de seguridad adecuados para proteger la confidencialidad de toda la
información que conozca o llegare a conocer en desarrollo del CONTRATO.
11. No usar la información confidencial de modo que pueda ser de alguna manera directa o indirectamente
perjudicial para los intereses de LA UNP o PARTE REVELADORA.
12. No acceder, copiar, reproducir, distribuir o trasmitir por ningún medio conocido o por conocer información
confidencial, en todo o en parte, sin el previo aviso y escrito consentimiento de la PARTE REVELADORA.
13. Cumplir con la confidencialidad en las mismas condiciones y formas, y con el mismo cuidado con que realiza la
protección de la información confidencial propia.
QUINTA.- EXCEPCIONES. El presente COMPROMISO de Confidencialidad no se aplica en los siguientes casos:
1.
Cuando la Información Confidencial haya pasado a ser de dominio público por razones distintas al incumplimiento de
la PARTE RECEPTORA.
2.
Cuando exista mandato de autoridad competente que obligue a la PARTE RECEPTORA a entregar o divulgar la
información confidencial. En este caso la PARTE RECEPTORA: a) Dará aviso previo e inmediato a la UNP o PARTE
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REVELADORA. b) informará de inmediato a la UNP o PARTE REVELADORA sobre el hecho y les consultará sobre
las medidas a tomar, para disminuir o limitar dicha solicitud, en caso de que legalmente ello sea posible.
SEXTA.- DESTRUCCIÓN DE LA INFORMACIÓN CONFIDENCIAL. A la terminación del presente COMPROMISO la
PARTE RECEPTORA destruirá toda la información confidencial que le haya sido suministrada en desarrollo de este
COMPROMISO. Por tanto, la PARTE RECEPTORA deberá destruir, de acuerdo con las instrucciones de LA UNP O
PARTE REVELADORA, la información confidencial, así como las copias que haya generado por solicitud de este,
teniendo en cuenta que toda la información confidencial es y continuará siendo la propiedad exclusiva de LA UNP O
PARTE REVELADORA. Igualmente, destruirá, de conformidad con las instrucciones que se le impartan, todo otro
documento o material que incorpore o refleje información confidencial y la contenida en computadoras, medios
magnéticos o cualquier otro sistema similar de almacenamiento. De la destrucción de la información confidencial se
expedirá certificación, en caso de ser requerido por LA UNP O PARTE REVELADORA. La información no destruida
continuará sometida íntegramente a lo pactado en el presente COMPROMISO.
SEPTIMA.- EXCLUSIÓN DE RELACIÓN CONTRACTUAL. La PARTE RECEPTORA entiende que el presente
COMPROMISO no pretende crear ningún tipo de relación contractual ni obligaciones diferentes a las aquí contenidas.
Análogamente, ninguna de las Partes será responsable frente a la otra de cualquier decisión, obligación, costos o gastos
en que la otra incurra o adopte como resultado de este COMPROMISO o por el hecho de la revelación de información
confidencial.
OCTAVA.- RENUNCIA. Las obligaciones y derechos de las partes que este contrato confiere a cada una de ellas no serán
considerados como renunciables en virtud de prácticas o costumbres en contrario. La tolerancia de una de las partes en
soportar el incumplimiento de cualquier obligación a cargo de la otra, no podrá ser considerada como aceptación del
hecho tolerado ni como precedente para su repetición; tampoco impedirá o limitará el derecho de la parte cumplida de
hacer valer todas y cada una de las disposiciones de conformidad de los términos de este COMPROMISO.
NOVENA.- AUSENCIA DE LICENCIA. Este COMPROMISO no da derecho, ni constituye licencia a la PARTE
RECEPTORA para utilizar la información confidencial en su propio beneficio u otorgar favorecimiento o beneficio a
cualquier otra persona natural o jurídica, y para ello las partes acuerdan expresamente emplear todos los medios a su
alcance para impedir esa irregular utilización de la información.
DÉCIMA.- CONFIDENCIALIDAD.- Las Partes se obligan a mantener en reserva la existencia y el contenido del presente
COMPROMISO.
UNDÉCIMA.- INDEMNIDAD. La PARTE RECEPTORA se compromete con LA UNP o PARTE REVELADORA a
mantenerlo indemne contra todo reclamo, demanda, acción legal y costo que se cause o surja de reclamaciones como
consecuencia de un incumplimiento de la PARTE RECEPTORA de alguna o algunas de las obligaciones a su cargo en
éste COMPROMISO.
DUODÉCIMA.- CLAUSULA PENAL. En el evento en que la PARTE RECEPTORA incumpla una cualquiera de las
obligaciones previstas en el presente COMPROMISO ser hará acreedora de una sanción penal pecuniaria por el
equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del valor definitivo del contrato, expresado en salarios mensuales mínimos
legales mensuales vigentes, al tiempo de la falta. El pago de la multa no exime a la PARTE RECEPTORA de adoptar
todas las medidas tendientes a suspender los actos constitutivos de la revelación o a mitigar sus efectos. No obstante lo
anterior, la PARTE RECEPTORA acepta y reconoce que el pago de la pena aquí pactada no será suficiente para cubrir
los perjuicios que resulten de la violación del presente COMPROMISO por parte suya. En consecuencia, la UNP o PARTE
REVELADORA podrán perseguir la indemnización de perjuicios y ejercer cualquier medio legal para evitar que se sigan
ocasionando perjuicios como consecuencia de la violación.
DECIMOTERCERA.- DOMICILIO, LEY DEL COMPROMISO Y NOTIFICACIONES. El presente COMPROMISO se regirá
por la Ley colombiana y las partes se obligan a dar cumplimiento estricto y oportuno a todas las disposiciones contenidas
en el ordenamiento jurídico aplicable al presente COMPROMISO.
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PSA-UNP-07-2015
Para todos los efectos del presente COMPROMISO se entenderá que el domicilio contractual será la ciudad de Bogotá
D.C. (Colombia), y cualquier comunicación que se derive de este COMPROMISO deberá ser dirigida a las direcciones que
adelante se indican, siendo responsabilidad de cada una de las partes el informar a la otra cualquier cambio que se
suscite en las direcciones, fax, teléfono o e-mail, que a continuación se señalan:
UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN
SECRETARÍA GENERAL
Avenida Calle 26 No. 59 – 41/65, piso 8 de Bogotá
TELEFONO: 2427400/ Ext. 2436
DECIMOQUINTA.- CESION. Este COMPROMISO de confidencialidad no puede ser cedido por una de las partes, sin
autorización expresa y escrita de la otra.
DECIMOSEXTA.- MODIFICACIONES. Este COMPROMISO sólo puede ser modificado mediante documento escrito
firmado por los representantes legales de las partes.
DECIMOSEPTIMA.- INTEGRIDAD DEL CONTRATO. Las partes manifiestan que han leído este COMPROMISO y han
entendido y aceptado los términos, condiciones y estipulaciones contenidos en el mismo, las cuales han sido acordadas
para proteger la información confidencial indicada. No será válida ninguna declaración o escrito, hecho por cualquiera de
las partes, sus funcionarios, empleados o agentes que sean contrarias a las disposiciones de este COMPROMISO.
DECIMOCTAVA.- PERFECCIONAMIENTO. Las partes entienden perfeccionado este COMPROMISO con su firma en
señal de aceptación de lo aquí contenido.
Para constancia, se firma el presente COMPROMISO, a los _ _ _ _ _ (_ _) días del mes de XXXXX de dos mil quince
(2015), en dos ejemplares originales del mismo tenor y para el mismo efecto.
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FORMATO 5 – AUTORIZACIÓN ESTUDIO DE CONFIABILIDAD
Los suscritos: .............................................., identificado (s) con cédula de ciudadanía No................... de............................,
domiciliado en............................, actuando en mi propio nombre (o en representación de...) que en adelante se
denominará EL PROPONENTE, manifestamos la voluntad de autorizar la realización del ESTUDIO DE CONFIABILIDAD
por parte de los organismos del Estado que desarrollen estas actividades, dentro del proceso para
XXXXXXXXXXXXXXXXXX.
En constancia de lo anterior y como manifestación de aceptación de nuestro compromiso incorporado en el presente
documento, se suscribe en la ciudad de ________ el día ___ de
EL PROPONENTE
Firma
C.C. No.
Firma
C.C. No.
Firma
C.C. No.
Firma
C.C. No.
NOTA: EN CASO DE CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL ESTE DOCUMENTO DEBE SER DILIGENCIADO POR
TODOS LOS INTEGRANTES.
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FORMATO 6 – ORIGEN DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS
CUMPLIMIENTO LEY 816 DE 2003 "PROTECCIÓN A LA INDUSTRIA NACIONAL"
Declaramos bajo nuestra responsabilidad personal y comprometiendo a las personas jurídicas que representamos, según
corresponda, que:
1.
OFRECIMIENTOS DE SERVICIOS NACIONALES O EXTRANJEROS
Declaramos bajo nuestra responsabilidad personal y comprometiendo a las personas jurídicas que representamos, según
corresponda, que los servicios que ofertamos dentro del presente proceso son de origen: (marque con una X)
___ NACIONAL
___ EXTRANJERO
____________________________________________________
Firma del proponente, Representante legal y/o del Apoderado
Nombre:
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FORMATO 7 – ACREDITACIÓN DE CONDICIÓN DE MIPYMES PARA EFECTOS DE APLICACIÓN DE CONDICIONES
PREFERENCIALES Y CRITERIOS DE DESEMPATE
Bogotá D.C.,
Señores
UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN
Avenida Calle 26 No. 59 – 41/65, piso 8 de Bogotá
Bogotá, D.C.
Referencia: Acreditación de la Condición Mipymes para criterios de desempate en el Proceso XXXXXXXXX para contratar
XXXXXXXXXX
Yo ______________________ actuando __________________ (indicar según corresponda: en representación legal o
como apoderado) de _____________________ (nombre de la persona jurídica si aplica), identificado como aparece a
continuación, manifiesto mi condición de (especificar si es microempresa, pequeña empresa o mediana empresa), para
efectos de ser aplicación de condiciones preferenciales y/o factor de desempate de conformidad con el Decreto 1510 de
2013, por tal motivo allego junto con la oferta la documentación que demuestra tal condición:
1. Certificación expedida por el contador o revisor fiscal, según sea el caso, en que se señale la condición de (especificar
si es microempresa, pequeña empresa o mediana empresa).
2. Certificado de Cámara de comercio si se trata de persona Jurídica o Registro Mercantil para el caso de las personas
naturales.
3. Fotocopia del RUT.
Cordialmente,
_______________________________________________________________
Firma del proponente (nombre propio, representante legal y/o apoderado)
PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES
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FORMATO 8 – ACREDITACIÓN DE VINCULACIÓN DE EMPLEADOS EN CONDICIÓN DE DISCAPACIDAD PARA
EFECTOS DE APLICACIÓN DE CONDICIONES PREFERENCIALES Y CRITERIOS DE DESEMPATE
Bogotá D.C.,
Señores
UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN
Avenida Calle 26 No. 59 – 41/65, piso 8 de Bogotá
Bogotá, D.C.
Referencia: Acreditación de la vinculación de empleados en condición de discapacidad para criterios de desempate en el
Proceso XXXXXXXXXXX para XXXXXXXXXXX
Yo ______________________ actuando __________________ (indicar según corresponda: en representación legal o
como apoderado) de _____________________ (nombre de la persona jurídica si aplica), identificado como aparece a
continuación, manifiesto que dentro de mi nómina de trabajadores compuesta por ______ (No. de personas que integran
la nómina) tengo vinculados ________ (No. de personas con discapacidad que integran la nómina) trabajadores en
condición de discapacidad.
Asimismo declaró que han sido contratados con por lo menos un año de anterioridad y me comprometo a mantener dicho
personal por un lapso igual al de la contratación.
Por lo anterior, cumplo con lo establecido en el artículo 24 literal a) de la Ley 361 de 1997 para efectos de la aplicación de
condiciones preferenciales y/o factor de desempate de conformidad, por tal motivo allego junto con la oferta la siguiente
documentación que demuestra tal condición:
1. Certificación de la oficina de trabajo de la respectiva zona.
Cordialmente,
__________________________________________________________
Firma del proponente (nombre propio, representante legal y/o apoderado)
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FORMATO 10 - MODELO DE MINUTA DEL CONTRATO
Entre los suscritos, RICARDO LÓPEZ ARÉVALO, identificado con la cédula de ciudadanía número 79.472.032 de
Bogotá, en calidad de Secretario General de LA UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN, NIT 900.475.780-1, entidad
adscrita al Ministerio del Interior, nombrado mediante Resolución No. 0076 del 6 de febrero de 2015 y posesionado
mediante Acta del 6 de febrero de 2015, facultado para suscribir el presente documento de conformidad con la Resolución
0002 del 9 de noviembre de 2011, modificada por las Resoluciones 0068 de 2012 y 0088 de 2015, quien en adelante se
denominará LA UNP, Unidad Administrativa Especial del orden Nacional, con personería jurídica, autonomía
administrativa y financiera y patrimonio propio, adscrita al Ministerio del Interior, la cual hace parte del Sector
Administrativo del Interior y tiene el carácter de organismo Nacional de seguridad creada mediante el Decreto 4065 del
31 de octubre de 2011, quien en adelante se denominará LA UNP, por una parte y por la
otra
XXXXXXXXXXXXXXXXXXX, en lo sucesivo denominado EL CONTRATISTA, hemos acordado celebrar el presente
contrato, previas las siguientes:
CONSIDERACIONES:
Que el fin primordial del Estado es respetar y garantizar la efectividad de los derechos humanos. En desarrollo de este
precepto, la Constitución de 1991, en su artículo segundo, ordena a las autoridades de la República proteger a todas las
personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, entre los cuales, la
vida, la integridad, la libertad y la seguridad personal, cobran especial relevancia ya que permiten el disfrute de los demás
derechos.
Que desde 1997, El Gobierno Nacional lidera un Programa de Prevención y Protección a personas con riesgo
extraordinario1 o extremo2 como consecuencia directa del ejercicio de actividades o funciones políticas, públicas, sociales
o humanitarias, o en razón al ejercicio de su cargo, creado por el artículo 81 de la Ley 418 de 1997, prorrogada y
adicionada por las leyes 548 de 1999, 782 de 2002, 1106 de 2006 y 1421 de 2010, en concordancia con el Decreto 4912
de 2011 modificado y adicionado por el Decreto 1225 de 2012. Este Programa fue creado como resultado de un esfuerzo
conjunto entre el Gobierno y la sociedad civil, para enfrentar las consecuencias de la situación de violencia contra grupos
de población especialmente vulnerables, que en sus inicios, protegía a dirigentes sindicales y de ONG’s defensoras de
DDHH.
Que en desarrollo de la Política Pública de Prevención y Protección antes mencionada y en ejercicio de las facultades
extraordinarias otorgadas por los literales e), f) y g) del artículo 18 de la Ley 1444 de 2011, el Gobierno Nacional profirió el
Decreto 4065 del 31 de octubre de 2011 mediante el que creó la Unidad Nacional de Protección – UNP (en adelante UNP)
con el objeto de “articular, coordinar y ejecutar la prestación del servicio de protección” 3 a que se refieren los artículos 3
(numeral 13) y 5 del Decreto 4912 de 2011 “a quienes determine el Gobierno Nacional que por virtud de sus actividades,
condiciones o situaciones políticas, públicas, sociales, humanitarias, culturales, étnicas, de género, de su calidad de
víctima de la violencia, desplazado, activistas de derechos humanos, se encuentren en situación de riesgo extraordinario o
extremo de sufrir daños contra su vida, integridad, libertad y seguridad personal o en razón al ejercicio de un cargo público
u otras actividades que pueden generar riesgo extraordinario, como el liderazgo sindical, de ONG´S y de grupos de
personas desplazadas y garantizar la oportunidad, eficiencia e idoneidad de las medidas que se otorgan”.
Que en procura de ampliar la protección de las personas que se encuentran en situación de riesgo extraordinario o
extremo cuya seguridad debe procurar el Estado, mediante el Decreto 4912 de 2011 el Gobierno Nacional unifico y
organizo la cobertura de personas que podrían ser cobijadas por el “Programa de Prevención y Protección de los derechos
1De
conformidad con lo consagrado en el artículo 16 del Decreto 4912 de 2011, riesgo extraordinario “es aquel que las personas, como consecuencia
directa del ejercicio de sus actividades o funciones políticas, públicas, sociales o humanitarias, o en razón al ejercicio de su cargo, no están obligadas a
soportar y comprende el derecho de recibir del Estado la protección especial por parte del Programa (…)”.
2 Acorde con lo establecido en el artículo 17 del Decreto 4912 de 2011, riesgo extremo “es aquél que se presenta al confluir todas las características
señaladas para el riesgo extraordinario y que adicionalmente es grave e inminente”.
3De conformidad con lo establecido en el numeral 13 del artículo 3 del Decreto 4912 de 2011 el servicio de protección se erige como un “deber del
Estado Colombiano de adoptar medidas especiales para personas, grupos o comunidades en situación de riesgo extraordinario o extremo, que sean
objeto de éste Programa (El Programa de Protección), con el fin de salvaguardar sus derechos”:
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a la vida, la libertad, la integridad y la seguridad de personas, grupos y comunidades del Ministerio del Interior y de la
Unidad Nacional de Protección”.
Que de conformidad con lo establecido en el Capítulo III del Título I del Decreto 4912 de 2011, se estableció como una
medida de protección, los “ESQUEMAS DE PROTECCIÓN”, compuestos “por los recursos físicos y humanos otorgados a
los Protegidos del Programa para su Protección”, entre los que se distinguen distintas clases especificadas entre los
literales a) al g) del numeral 1 del artículo 11 del Decreto 4912 de 2011.






Recursos físicos de soporte a los esquemas de protección.
Medio de Movilización.
Apoyo de Reubicación Temporal.
Apoyo de Trasteo.
Medios de Comunicación.
Blindaje de inmuebles e instalación de sistemas técnicos de seguridad.
Que al tenor de lo consagrado en los artículos 28 y 40 del Decreto 4912 de 2011 y 4 del Decreto 4065 del mismo año, son
responsabilidades de LA UNP, entre otras, las siguientes:

“Adoptar e implementar las medidas de protección a implementar previa recomendación del CERREM” (viñeta
No. 12 del artículo 28, Decreto 4912 de 2011).

“Adoptar e implementar las medidas de protección contempladas en el artículo 11 del Decreto 4912 de 2011
(numeral 7 del artículo 40 del Decreto 4912 de 2011 y 9 modificado por el Decreto 1225 de 2012).

“Articular y coordinar la prestación del servicio de protección” (numeral 1, artículo 4 del Decreto 4065 de 2011).

“Implementar los programas de protección que determine el Gobierno Nacional, de competencia de LA UNP,
dirigidos a salvaguardar los derechos a la vida, la libertad, la integridad y la seguridad personal” (numeral 3
ibídem). Y,

“Brindar de manera especial protección a las poblaciones en situación de riesgo extraordinario o extremo que le
señale el Gobierno Nacional o se determine de acuerdo con los estudios de riesgo que realice la entidad”
(numeral 5 ajusten).
Que a la luz de las anteriores disposiciones, es claro que, entre otras funciones, LA UNP es la entidad pública encargada
de adoptar e implementar las medidas de protección establecidas en el artículo 11 del Decreto 4912 de 2011 a favor de
las personas cobijadas por el Programa, y, entre ellas, las consistentes en suministrar a tales sujetos los “esquemas de
protección” de que tratan los literales a) de los numerales 1 y 2 del artículo 11 del Decreto antes mencionado, “de acuerdo
con sus competencias y capacidades institucionales” de conformidad con lo establecido en el numeral 4 del artículo 2
ibídem.
Que dentro de éste contexto, la provisión de los mencionados “esquemas de protección”, se realiza en algunos casos con
vehículos propios o a cargo de la UNP que en desarrollo de las labores de protección requieren mantenimientos
preventivos que conllevan la realización de actividades de preservación simples o menores y el cambio de partes estándar
que no involucran operaciones de montajes complejos que aseguran el óptimo estado de funcionamiento y cuidado de los
vehículos y por ende la debida seguridad de las personas protegidas que se movilizan en los mismos.
Que actualmente, el parque automotor a cargo de la UNP y de propiedad de la misma requiere de manera prioritaria
servicios de mantenimiento preventivo, por lo que se hace necesario adelantar la contratación de servicios de
mantenimiento preventivo para dichos automotores como herramienta fundamental para el cumplimiento de la misión
encomendada y desarrollada no solo a través de los diferentes esquemas de seguridad, debido a que estos servicios no
se pueden interrumpir; sino cumpliendo con los objetivos estratégicos a través de la agilización en el tiempo de respuesta
de las diferentes actividades de protección y funcionamiento, por lo cual se requieren desplazamientos del personal en
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cumplimiento de las misiones, así mismo brindar el mantenimiento preventivo a los nuevos vehículos que ingresen al
parque automotor y de los que sea responsable la UNP.
Que de otro lado, es procedente señalar que el mantenimiento correctivo comprende operaciones que se llevan a cabo
para sustituir definitivamente una o más piezas de un sistema, ya sea por requerirse realizar la corrección de averías o
fallas, cuando estas se presentan producto de situaciones eventuales como desgastes, incorrecta utilización o cuando el
mantenimiento preventivo habiéndose realizado, no logra los resultados de optimización esperada, requiriendo de un
mayor trabajo. Este mantenimiento incluye entre otros los servicios de reparación general de motor, sistema de
suspensión, sistema de frenos, sistema eléctrico, sistema de caja y transmisión, sistema de refrigeración, sistema de
embrague y otros, así como de latonería y pintura por deterioro normal.
Que el mantenimiento correctivo no es planificado ya que las causas que provocan los deterioros son impredecibles.
Que el parque automotor con que cuenta la UNP, por su uso regular, requiere de un mantenimiento óptimo que asegure
su correcto desempeño al interior de los esquemas o las medidas en que son utilizados y que garantice la conservación y
funcionamiento de los mismos, por lo anterior se requiere iniciar un proceso de selección del contratista que preste
también el mantenimiento correctivo, con suministro de repuestos y mano de obra incluidas para la totalidad del parque
automotor a nivel nacional, con el fin de no perturbar la prestación del servicio y evitar las consecuencias que la falla
puede producir.
Que debido a que la falla o rotura de uno de los componentes del vehículo puede causar:
• ACCIDENTES A LAS PERSONAS: Tanto del operador del vehículo como a terceros. Esta es la consecuencia más
grave. En estos casos deben extremarse las medidas de mantenimiento.
• DAÑOS MAYORES EN EL VEHÍCULO: Puede generarse cuando se presente una falla o desgaste de un componente
esencial del vehículo, lo cual puede causar un daño mayor y afectar en forma catastrófica el normal funcionamiento del
mismo.
Que por lo anterior, se requiere atender las fallas que se vienen presentando en los vehículos propios y a cargo de la
UNP, para garantizar un correcto funcionamiento y generar un grado de confianza en que quienes hacen uso de estos
vehículos cuentan con un mecanismo efectivo para su protección.
Que en razón a lo expuesto, el proceso que se adelanta busca garantizar que se cuente con un personal de servicio de
mantenimiento preparado y que garantice la correcta operación y el correcto funcionamiento de estos vehículos. Además,
es preciso reiterar que la aplicación de una política de mantenimiento acertada evitara consecuencias mayores y
accidentes personales. Esto conlleva a que sea necesario contar con talleres que cuenten con experiencia en atención de
vehículos de estas especificaciones debido a que garantizaran contar con los elementos suficientes y adelantaran las
actividades requeridas bajo los parámetros requeridos por la entidad y de acuerdo a las pautas que fija el fabricante al
respecto.
Que dicha contratación se encuentra contemplada en el Plan Anual de Adquisiciones de la UNP y fue aprobada en el
Comité de Contratación de la UNP.
Que de acuerdo con el cronograma del Proceso de Selección Abreviada PSA-UNP-07-2015, la fecha límite para la
presentación de ofertas se cumplió el pasado xxxxxxxxxx, presentándose la oferta de la empresa xxxxxxxxxxxxxxxxx
Previa verificación de los requisitos habilitantes y de acuerdo con los criterios de calificación establecidos en el pliego de
condiciones, dando aplicación a la selección objetiva consagrada en el artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, se determinó
que la oferta presentada cumplía con todos y cada uno de los criterios habilitantes y calificables señalados dentro del
pliego.
Que en consecuencia de lo anterior, el Secretario General de LA UNP, mediante Resolución del xxxxxxxxx de xxxxxxxxxx
de 2015 se adjudicó el contrato a la empresa xxxxxxxxxxx
PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES
PSA-UNP-07-2015
Que el valor del presente contrato se encuentra respaldado con el certificado de disponibilidad presupuestal No.
xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.
Que el contratista manifestó bajo la gravedad de juramento que no se halla incurso en alguna de las causales de
inhabilidad e incompatibilidad consagradas en la Constitución y en las leyes.
Que el CONTRATISTA certificó en debida forma el cumplimiento de las obligaciones frente a seguridad social integral,
parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, SENA e ICBF), de conformidad con lo previsto en el artículo 23 de la Ley
1150 de 2007. Por lo anterior las partes acuerdan celebrar el presente contrato de prestación de servicios, el cual se regirá
por las siguientes
CLÁUSULAS:
CLÁUSULA PRIMERA.- OBJETO: CONTRATAR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO
PREVENTIVO Y CORRECTIVO CON SUMINISTRO DE REPUESTOS ORIGINALES NUEVOS Y/O HOMOLOGADOS Y
MANO DE OBRA (INCLUIDA) PARA LAS DIFERENTES MARCAS Y TIPOS DE VEHÍCULOS PROPIOS Y A CARGO
DE LA UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN A NIVEL NACIONAL.
CLÁUSULA SEGUNDA. – ALCANCE AL OBJETO: Los servicios objeto del presente contrato, han de prestarse por EL
CONTRATISTA con el pleno cumplimiento de las especificaciones y anexo técnico para ellos establecidas en el Estudio
Previo del PSA-UNP-07-2015.
Por virtud de lo aquí estipulado, el estudio previo y los anexos técnicos del PSA-UNP-07-2015, hacen parte integral del
presente contrato.
CLÁUSULA TERCERA. – OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: En virtud del presente contrato EL CONTRATISTA se
obliga a desempeñar las siguientes actividades:
3.1.
Llevar un control de entrada y salida de cada uno de los vehículos al ser ingresados al centro de servicio y/o taller
y al ser entregados al funcionario encargado de recibir el vehículo.
3.2.
Entregar los vehículos lavados (exterior), después de cada mantenimiento.
3.3.
Ofrecer una garantía de 5.000Km., para cada uno de los repuestos, elementos o partes remplazadas durante los
mantenimientos preventivos y ofrecer una garantía de 10.000Km., para cada uno de los repuestos, elementos o
partes remplazadas durante los mantenimientos correctivos.
3.4.
Garantizar que la revisión preliminar de los vehículos al momento de ingresar a los centros de servicio y/o talleres
por parte del personal del mismo deberá realizarse dentro de las cinco (5) horas siguientes al ingreso del vehículo
e informar lo pertinente al Supervisor (como las actividades adicionales que surjan o el tiempo que demorara la
ejecución de las actividades autorizadas sin superar el autorizado). En caso de que se trate de un mantenimiento
preventivo, estas cinco (5) horas incluyen tanto la revisión preliminar como el mantenimiento en sí mismo
considerado.
3.5.
3.6.
3.7.
Permitir el acceso del supervisor del contrato o al personal que este designe, en caso de requerirse a las
instalaciones del contratista, a efectos de verificar el diagnóstico que se le realice al vehículo una vez sea
trasladado a las instalaciones de la empresa del contratista.
Ofrecer un servicio de mantenimiento correctivo inmediato cuya ejecución no supere cinco (5) días hábiles,
efectuada la aprobación de las actividades cotizadas por parte del supervisor del contrato; en el caso que el
mantenimiento solicitado requiera de actividades cobijadas o incluidas en el preventivo se debe informar por
escrito o mediante correo electrónico al supervisor del contrato para que se realice la cotización respectiva,
teniendo en cuenta que el valor ofertado debe estar ajustado a los valores históricos del mantenimiento preventivo.
PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES
PSA-UNP-07-2015
3.8.
Ejecutar los trabajos en forma eficiente y oportuna, sin procesos que conduzcan a demoras injustificadas. Si en el
tiempo normalmente requerido para la realización de un trabajo, se presentan imprevistos, adiciones o demoras
justificadas a los trabajos solicitados, se deberá contar con el visto bueno del Supervisor del contrato, quien será el
único autorizado para verificar tales hechos y autorizar los nuevos tiempos.
3.9.
Realizar el mantenimiento con la herramienta y equipo idóneo y de acuerdo a lo señalado en el Anexo Técnico.
3.10.
Garantizar que las instalaciones donde se realice el servicio de mantenimiento sean idóneas, se encuentren
debidamente demarcadas y cumpla con las normas de seguridad industrial para el tipo de servicio a realizar, con
las disposiciones legales en materia ambiental y disposición del suelo, de conformidad con las especificaciones
técnicas exigidas en el Anexo Técnico.
3.11.
Garantizar que los trabajos a realizar se acogen a las especificaciones técnicas solicitadas por el Supervisor del
Contrato.
3.12.
Contramarcar los repuestos instalados para efectos de control.
3.13.
Garantizar que para los lubricantes ofrecidos y que llegaran a utilizarse en los diferentes motores deben contar
con especificaciones y aprobaciones API SN y sello de calidad NTC1295.
3.14.
Garantizar que los aceites de trasmisión ofertados y utilizados durante los mantenimientos cumpla con las
especificaciones y aprobaciones API GLS – 5 y contar con sello de calidad NTC 1399.
3.15.
Entregar las baterías plomo – acido al mecanismo de devolución que haya establecido el fabricante o importador
de las mismas, de conformidad con lo señalado en la Resolución 0372 de 2009 proferida por el Ministerio de
Ambiente, vivienda y Desarrollo Territorial (hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible). Para lo cual
deberá entregar copia a la UNP de la certificación de entrega y disposición final de estos residuos a los gestores
debidamente autorizados o al canal de devolución que se haya establecido para este tipo de residuos.
3.16.
Garantizar que los filtros instalados durante los mantenimientos cuenten con un sello de calidad expedido por una
entidad certificadora en calidad y reconocida a nivel nacional.
3.17.
Garantizar que los servicios a realizar no afecten el funcionamiento y las características físicas internas o externas
del vehículo, o se produzcan daños en la pintura de los vehículos.
3.18.
Rehacer por su cuenta los servicios no recibidos a satisfacción por el supervisor o con especificaciones diferentes
o inferiores a las requeridas, sin perjuicio de la respectiva garantía de calidad de los servicios que debe aportar el
proponente u otras medidas correctivas o sancionatorias que la UNP considere pertinentes. Estas actividades que
deban rehacerse no implicaran modificación en el plazo de ejecución del contrato, al programa de trabajo o al valor
pactado, los servicios mal ejecutados o en los que se hayan utilizado repuestos o insumos incorrectos o con
especificaciones inferiores o diferentes a las requeridas, o por mala instalación de partes o repuestos.
3.19.
Responder por los daños ocasionados por la manipulación del vehículo dentro y fuera del taller del contratista,
mientras se encuentre en proceso de reparación o pruebas, estos deben ser asumidos por este, sin ningún costo
para la UNP.
3.20.
Elaborar fichas técnicas por cada vehículo de los servicios realizados, repuestos suministrados y novedades,
dichas fichas deberán adjuntarse a los documentos de facturación mensualmente o cuando sean requeridas por el
Supervisor del Contrato.
3.21.
Llevar un registro del valor ejecutado del contrato con el objeto de no prestar servicios que excedan el valor del
contrato, dicho registro deberá remitirse mensualmente al supervisor del contrato.
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3.22.
Prestar el servicio en el centro de servicio y/o taller mínimo los días lunes a viernes de 8:00 AM a 5:00 PM. y los
sábados en el horario de 8:00 AM a 1:00 PM.
3.23.
Incluir dentro de la factura los costos de los insumos, diferentes a repuestos de cualquier tipo, necesarios para
realizar las diferentes actividades de mantenimiento, como por ejemplo: grasa multiusos, limpiador electrónico,
gasolina para lavado de piezas, cinta aislante, silicona, amarres plásticos, etc., los cuales deberán quedar
incluidos dentro del costo de la mano de obra por lo que no se reconocerán como ítems independientes.
3.24.
Contratar por su cuenta y riesgo exclusivo, personal técnico idóneo y suficiente para la adecuada y oportuna
prestación del servicio, de conformidad con las especificaciones referidas en el Anexo Técnico.
3.25.
Garantizar que en los talleres y/o centros de servicio cuentan con un área para almacenamiento de materiales y
sustancias inflamables, la cual debe estar ubicada en un área separada y distante de los lugares donde se lleven a
cabo operaciones de pintura, soldadura u otras que proporcionen fuente de ignición y contar con la certificación y/o
autorización expedida por Bomberos, en razón del uso de materiales y productos inflamables
3.26.
Responder por cualquier falla originada por irregularidades de mano de obra, materias primas y demás procesos
de producción e instalación de las llantas, sin límite de kilometraje hasta que la banda de rodamiento de la llanta
mantenga hasta 2 mm (0.078 in) de profundidad en promedio. Si algo le sucede a la llanta como consecuencia de
una de las anteriores causas, el proveedor debe remplazarla inmediatamente por una nueva sin ningún costo para
la entidad.
3.27.
Para poder garantizar un desgaste homogéneo en las llantas, el contratista debe ofrecer el servicio de alineación,
balanceo y rectificación de rines en el momento de su instalación.
3.28.
Debido a la diversidad de marcas, tipos y modelos del parque automotor convencional y blindado, el contratista
realizará la instalación de las llantas de acuerdo al cronograma establecido por el supervisor. Para tal efecto,
deberá garantizar que las llantas en su totalidad serán entregadas marcadas con la palabra UNP y placa de cada
vehículo, al cual se preste el servicio.
3.29.
Responder por todo daño que se ocasione al vehículo o algún tercero durante el período de permanencia del
mismo en el taller y/o centro de servicio del contratista.
3.30.
Contar con una póliza de seguros que ampare situaciones tales como siniestros, daños, robo o hurto parcial o total
de algún automotor perteneciente o a cargo a la UNP.
3.31.
Dotar al personal con los elementos de seguridad industrial requerida para el desarrollo de su trabajo.
3.32.
Garantizar los medios de comunicación y la infraestructura logística que permita en todo momento el contacto para
el seguimiento a la prestación del servicio. Para tal fin, el oferente seleccionado, antes de la iniciación del contrato,
deberá enviar al Supervisor del Contrato un esquema detallado del personal de apoyo (contactos, medios de
comunicación, directorios telefónicos).
3.33.
Las personas naturales o jurídicas que intervengan en la ejecución del contrato deben garantizar la reserva y
confidencialidad de la información suministrada por la Unidad Nacional de Protección, ya que la divulgación de la
anterior información puede convertirse en una vulnerabilidad que aprovechen los agentes generadores de riesgo
para procurar atentados en contra de los beneficiarios. En buena parte la reserva sobre la calidad de las medidas
agregan efectividad a la protección, por lo que, considerando el amplio conocimiento sobre el historial de los
vehículos objeto de los contratos, esta información deberá reposar en una base de datos controlada por el
contratista. Los centro(s) de servicio(s) y/o talleres que provean el mantenimiento deben garantizar el manejo
reservado de toda la información relacionada con cada uno de los vehículos en cuanto a la marca, placa, color, y
demás características que permitan su individualización e identificación.
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3.34.
Ejecutar todas las obligaciones que se deriven de la naturaleza del contrato, las que se consignen en otras
cláusulas del mismo y las que se desprendan de la ejecución contractual.
3.35.
Acatar las instrucciones que le imparta la UNP, en ejecución del objeto contractual, ciñéndose a los
procedimientos que entregue la UNP, al inicio del contrato por intermedio del supervisor del Contrato.
3.36.
Presentar los informes sobre la ejecución del contrato que la supervisión le solicite, los cuales deberán estar
disponibles durante el plazo del mismo y dos (2) años más.
CLÁUSULA CUARTA.- VIGENCIA DEL CONTRATO Y PLAZO DE EJECUCIÓN: La duración del contrato será hasta el
treinta y uno (31) de diciembre de 2015, contados a partir de la fecha de cumplimiento de los requisitos de ejecución, es
decir expedición del registro presupuestal y la aprobación de la garantía única por parte de la entidad una vez sea
constituida y presentada en debida forma por parte del contratista.
CLÁUSULA QUINTA.- LIQUIDACIÓN: El presente contrato se liquidará acorde con lo establecido en el Estatuto
General de Contratación de la Administración Pública, y dentro de los plazos allí establecidos.
CLÁUSULA SEXTA.- PRÓRROGAS: El plazo de ejecución del contrato podrá prorrogarse por mutuo acuerdo de las
partes, siempre que se cuente con los recursos económicos requeridos para el efecto por parte de la UNP y dentro de los
límites cuantitativos para el efecto consagrados en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública
CLÁUSULA SÉPTIMA.- TERMINACIÓN: Este contrato se dará por terminado en cualquiera de los siguientes eventos,
cumplidos los cuales deberá iniciarse su liquidación:
7.1.
Por vencimiento del plazo de ejecución o de sus prórrogas, así como por el agotamiento de los recursos.
7.2.
Por mutuo acuerdo de las partes, siempre que con ello no se causen perjuicios a LA UNP.
7.3.
Por fuerza mayor o caso fortuito que hagan imposible ejecutar el objeto contractual.
CLÁUSULA OCTAVA.- POTESTADES EXORBITANTES: En desarrollo de lo señalado en el artículo 14 de la Ley 80 de
1993, al presente contrato le serán aplicables las potestades excepcionales de interpretación unilateral, modificación
unilateral y terminación unilateral, así como la de caducidad administrativa. Tales potestades podrán ejercitarse por la
UNP dentro del marco legal para ellas consagrado en los artículos 15 a 18 (inclusive) de la Ley 80 de 1993, en
concordancia con lo señalado en el artículo 76 de la Ley 1474 de 2011.
CLÁUSULA NOVENA.- VALOR DEL CONTRATO: El presupuesto oficial para la contratación es de MIL DOSCIENTOS
MILLONES DE PESOS ($1.200.000.000,00) M/L, Incluidos IVA, y demás gastos directos e indirectos, valor sobre el cual
se celebrará el respectivo contrato.
PARÁGRAFO PRIMERO: Conforme a lo indicado en los pliegos de condiciones del PSA-UNP-07-2015, queda
expresamente entendido y aceptado entre las partes: a) Que la anterior cifra es un valor indicativo establecido como el
máximo contra prestacional que la entidad cancelaría al CONTRATISTA como remuneración a los servicios de seguridad
que llegue a requerir, dentro del marco del programa de Prevención y Protección a su cargo. b) Que LA UNP no garantiza
el pago total del valor aquí señalado al CONTRATISTA, quien solo recibirá como contraprestación el valor unitario
establecido como precio para cada una de las unidades de costos que le sean requeridas por la entidad en atención a sus
necesidades.
PARÁGRAFO SEGUNDO.- El presupuesto asignado para contrato comprende todos los costos directos e indirectos en
que el contratista va a incurrir para cumplir con el objeto del contrato; por lo tanto LA UNP no reconocerá ningún reajuste
de tarifas o precios durante la vigencia del contrato. Estos valores no estarán sujetos a modificaciones por concepto de
inflación, y por ningún motivo se considerarán costos adicionales
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CLÁUSULA DÉCIMA. – FORMA DE PAGO: Una vez perfeccionado el contrato, la Unidad Nacional de Protección - UNP
cancelará al CONTRATISTA el valor pactado por mensualidades vencidas de acuerdo con los servicios de mantenimiento
correctivo, correspondiente a las reparaciones y operaciones realizadas cada mes inmediatamente anterior y liquidados a
los precios ofrecidos, dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes a la fecha de presentación de la factura
correspondiente, previa certificación de recibido a satisfacción por parte del Supervisor del contrato, y de la certificación
expedida por el Revisor Fiscal cuando exista, de acuerdo con los requerimientos de Ley, o por el Representante Legal del
pago de sus obligaciones a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de
Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje SENA.
Los pagos estarán sujetos igualmente al cumplimiento de los trámites administrativos a que haya lugar. Los documentos
soporte para los pagos deberán ser avalados por el supervisor del contrato.
PARÁGRAFO PRIMERO: Los desembolsos se realizarán con sujeción al PAC y a la ubicación de fondos efectuada por la
Dirección del Tesoro Nacional en LA UNP, de tal manera que LA UNP no asume responsabilidad alguna por la demora
que pueda presentarse en dichos pagos y, por lo tanto, EL CONTRATISTA cumplirá con sus obligaciones y no podrá
aducir como justificación alguna para su no realización, demora en el pago.
PARÁGRAFO SEGUNDO: RETENCIONES.- LA UNP hará las retenciones a que haya lugar sobre cada pago, de acuerdo
con las disposiciones legales vigentes.
PARÁGRAFO TERCERO.- En caso de terminación anticipada sólo habrá lugar al pago de los servicios efectivamente
prestados, liquidados en forma proporcional a los servicios realizados.
PARÁGRAFO CUARTO.- Los pagos a realizar por parte de la UNP se efectuarán en la Cuenta que se informe.
PARÁGRAFO QUINTO: OBLIGACIONES DE NOTIFICAR LOS PAGOS.- EL CONTRATISTA se compromete, una vez
recibido el valor proveniente del contrato en la cuenta antes mencionada, a notificarlo a la Secretaría General de LA UNP
dentro de los dos (2) días siguientes.
PARÁGRAFO SEXTO: REQUISITOS PARA EL TRÁMITE DE PAGOS.- LA UNP no pagará ninguna suma de dinero a
EL CONTRATISTA mientras éste no haya cumplido previamente con los requisitos de ejecución del contrato que se
celebra.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA .- GARANTÍAS: El CONTRATISTA deberá constituir por su cuenta, dentro del día (2)
días hábiles siguientes a la suscripción de este documento, el contratista deberá constituir por su cuenta, una garantía, de
las consagradas en el Título III del Decreto 1510 de 2013, que contemple los siguientes amparos:
12.1.
DE CUMPLIMIENTO, con un valor asegurado del diez por ciento (10%) del valor del contrato, por su término de
duración y seis (6) meses más, y que incluya el pago de multas y cláusula penal pecuniaria, así como los
perjuicios causados a la entidad estatal como consecuencia de la conducta dolosa o culposa, o de la
responsabilidad imputable a los particulares, derivados de un proceso de responsabilidad fiscal.
12.2.
DE CALIDAD Y CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS BIENES Y EQUIPOS SUMINISTRADOS, que cubrirá
a LA UNP de los perjuicios imputables al contratista garantizado, (i) derivados de la mala calidad o deficiencias
técnicas de los bienes o equipos por él suministrados, de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas
en el contrato, o (ii) por el incumplimiento de los parámetros o normas técnicas establecidas para el respectivo
bien o equipo con un valor asegurado del diez por ciento (10%) del valor del contrato, por su término de duración y
seis (6) meses más.
12.3.
DE CALIDAD DEL SERVICIO, que cubre a LA UNP de los perjuicios imputables al contratista garantizado que
surjan con posterioridad a la terminación del contrato y que se deriven de la mala calidad del servicio prestado,
teniendo en cuenta las condiciones pactadas en el contrato, con un valor asegurado del diez por ciento (10%) del
valor del contrato, por su término de duración y seis (6) meses más.
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12.4.
DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES LABORALES al personal vinculado para la
ejecución del contrato, que tenga un valor asegurado igual al cinco por ciento (5%) del valor global del contrato, y
una vigencia igual a la sumatoria del plazo de ejecución del contrato, más el plazo de liquidación del mismo, más
tres (3) años.
PARAGRAFO: EL CONTRATISTA ampliará los plazos iníciales de los amparos en el evento de extenderse el plazo fijado
para la ejecución del contrato, e incrementará las coberturas de los mismos, de acuerdo con las adiciones que se
efectúen.
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA.- INDEMNIDAD:, EL CONTRATISTA acepta su obligación de mantener libre o exento
de daño a LA UNP, de cualquier reclamación proveniente de terceros que tenga como causa las actuaciones de EL
CONTRATISTA o las de sus subcontratistas o dependientes.
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA.- EXCLUSIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL: EL CONTRATISTA obrará por su propia
cuenta y riesgo, con absoluta autonomía e independencia, usando sus propios equipos y herramientas, y no existirá entre
este, el personal que contrate y LA UNP relación laboral alguna y por tanto no será solidariamente responsable con EL
CONTRATISTA, por el valor de los salarios y de las prestaciones e indemnizaciones a que tengan derecho sus
trabajadores o empleados.
PARÁGRAFO: En concordancia con la cláusula de indemnidad del presente contrato EL CONTRATISTA asume la
especial obligación de defender y mantener indemne a LA UNP en caso de que alguno de sus trabajadores demandare a
estos últimos para obtener el pago de salarios, prestaciones sociales o indemnizaciones emanadas de su relación laboral.
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA.- PROHIBICIONES: EL CONTRATISTA, de manera expresa, se obliga a cumplir las
siguientes reglas y limitaciones:
15.1.
La garantía única y los amparos constituidos en los términos de este contrato no podrán ser modificados sino
por disposición legal o con la autorización previa y escrita de LA UNP.
15.2.
EL CONTRATISTA no podrá iniciar la ejecución del contrato mientras no se cumplan los requisitos de ejecución;
tampoco podrá solicitar pago alguno con cargo a este contrato por servicios prestados sin el cumplimiento de los
requisitos establecidos para ese efecto en este contrato.
15.3.
Las adiciones o prórrogas se acordarán por escrito.
15.4.
EL CONTRATISTA sólo podrá ejecutar las actividades hasta concurrencia del valor y tiempo pactados en este
documento o en las adiciones que se suscriban.
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA. – OBLIGACIONES DE LA UNP: En virtud del presente contrato LA UNP se obliga
5.1.
5.2.
5.3.
Realizar la supervisión y seguimiento a la ejecución del contrato.
Pagar oportunamente las facturas mensuales emitidas por el contratista, previo cumplimiento de los requisitos
legales
Prestar colaboración constante en la ejecución del contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA.- PAGOS PARAFISCALES: EL CONTRATISTA está obligado a cumplir y mantener al
día su compromiso de pago al Sistema de Seguridad Social Integral y demás pagos parafiscales, cuando correspondan,
conforme al artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.
CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA.- MULTAS: Si EL CONTRATISTA se constituye en mora o incumple, total o
parcialmente, las obligaciones que asume en virtud de este contrato, salvo fuerza mayor o caso fortuito, se causarán
multas sucesivas del uno por ciento (1%) del valor del contrato por cada día de retardo, sin perjuicio de que LA UNP
pueda hacer efectiva la sanción pecuniaria por incumplimiento o ejercer las potestades exorbitantes que correspondan. EL
CONTRATISTA autoriza expresamente a LA UNP para deducir directamente el valor de las multas causadas de cualquier
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suma que se deba desembolsar a EL CONTRATISTA por razón de este contrato. La suma de los valores por multas
causadas en desarrollo del presente contrato no podrá exceder el diez por ciento (10%) del valor del contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA.- CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA: En caso de incumplimiento o de declaratoria de
terminación unilateral o caducidad, las partes acuerdan como indemnización anticipada de perjuicios a favor de LA UNP,
una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, la que se causará al momento de la expedición
del acto administrativo mediante el que se declare alguna de las anteriores circunstancias, el cual deberá proferirse dentro
del marco de lo señalado en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011. En caso de que EL CONTRATISTA no pague la suma
correspondiente por este concepto, dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de notificación del referido acto
administrativo, LA UNP podrá hacer efectiva la póliza de cumplimiento del contrato o compensar dicho valor de cualquier
cantidad que adeude a EL CONTRATISTA.
PARÁGRAFO PRIMERO: El valor de la cláusula penal que se haga efectivo se considerará como pago parcial de los
perjuicios ocasionados a LA UNP, quedando está facultada para reclamar, por vía judicial o extrajudicial, el valor de los
perjuicios que exceda el monto de la cláusula penal.
CLÁUSULA VIGÉSIMA.- IMPREVISIÓN: En caso de surgir hechos imprevistos, a los cuales no se pueda resistir, que
impidan parcialmente el cumplimiento por una u otra parte de las obligaciones contractuales contraídas, el plazo de
cumplimiento de las obligaciones será prorrogado en un plazo igual al que duren tales circunstancias hasta que cesen las
mismas. La parte contratante que resulte afectada por tales hechos y que no pueda por ello cumplir con las obligaciones
contractuales, deberá notificar por escrito a la otra parte, inmediatamente al surgimiento y a la terminación de dichas
condiciones. Tal aviso deberá enviarse por escrito a la otra parte, dentro de los dos (2) días siguientes a partir de la fecha
del comienzo de dichas circunstancias. Dentro de un plazo no mayor de diez (10) días desde la fecha de tal aviso, la parte
afectada por el imprevisto deberá enviar una carta certificada anexando el documento de la autoridad competente en el
cual se certifiquen las condiciones arriba mencionadas y las medidas tomadas para evitarlo, de ser ello procedente,
excepto en el evento en que se trate de hechos notorios de público conocimiento. Durante el período en que persistan las
circunstancias arriba mencionadas, las partes están obligadas a tomar las medidas necesarias para reducir los perjuicios
provocados por las mismas. La parte afectada por tales circunstancias, que no le haya sido posible cumplir con las
obligaciones contractuales, deberá informar periódicamente a la otra parte sobre el estado en que está transcurriendo el
imprevisto. Si estas circunstancias duran más de un (1) mes, las partes deberán ponerse de acuerdo con el fin de adecuar
las condiciones del contrato a las nuevas situaciones que se presenten.
CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA.- SUPERVISIÓN: La vigilancia y control del cumplimiento de las obligaciones a cargo
de EL CONTRATISTA, serán ejercidas de conformidad con lo que al efecto se establece en el Manual de Contratación de
la Unidad Nacional de Protección.
CLÁUSULA VIGESIMA SEGUNDA.- SUPERVISIÓN: El supervisor designado para la verificación del cumplimiento de las
obligaciones del CONTRATISTA será GUILLERMO VALENCIA BARRÓN, adscrito a la Secretaría General. El supervisor
deberá ejercer las siguientes funciones, en relación con el presente contrato:
7.1.
7.2.
7.3.
7.4.
7.5.
7.6.
7.7.
7.8.
Ejercer un estricto control para el cumplimiento de la totalidad de las obligaciones del contratista.
Adoptar las precauciones necesarias para que los elementos contratados se entreguen en condiciones aptas y
en forma eficiente, atendiendo las disposiciones legales sobre la materia.
Atender las quejas que afecten el normal funcionamiento del contrato.
Efectuar la verificación sobre la vigencia de los permisos, licencias, autorizaciones, contratos y pólizas que el
contratista requiera para el desarrollo del objeto del contrato.
Solicitar informes financieros, operativos y administrativos sobre la ejecución del contrato cada vez que se
requiera.
Solicitar información sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias, parafiscales y prestacionales a cargo
del contratista.
Responder por que en el expediente del contrato se encuentre toda la documentación que se produzca durante
la ejecución del contrato y que esté relacionada con la misma.
Evaluar los servicios prestados y expedir cuando así proceda, las certificaciones de cumplido a satisfacción y
autorizará el pago respectivo.
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7.9.
7.10.
7.11.
Elaborar el acta de liquidación del contrato y velar por que se cumpla dentro del plazo establecido para el efecto.
Verificar la ejecución presupuestal del contrato y solicitar oportunamente las adiciones, prórrogas y/o cualquier
modificación que se requiera en la ejecución del contrato, de manera oportuna.
Las demás que estime necesarias para garantizar el cabal cumplimiento del objeto contractual.
PARÁGRAFO PRIMERO: En ningún caso podrá el supervisor exonerar a EL CONTRATISTA, del cumplimiento o
responsabilidad derivada de las obligaciones adquiridas contractualmente o por disposición legal, ni tampoco modificar los
términos del presente contrato.
CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA.- CESIÓN Y SUBCONTRATOS: EL CONTRATISTA no podrá ceder total ni
parcialmente los derechos u obligaciones surgidos de este contrato, sin la autorización previa y escrita de LA UNP. Los
contratos que celebre EL CONTRATISTA para la ejecución del presente contrato se harán por su cuenta y riesgo,
quedando éste como único responsable ante LA UNP por el cumplimiento de las obligaciones del presente contrato.
CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA.- DOMICILIO CONTRACTUAL Y NOTIFICACIONES: Para todos los efectos legales y
contractuales el domicilio contractual será la ciudad de Bogotá D.C., Colombia. Las partes manifiestan como dirección
para notificaciones, la siguiente:
LA UNP, en la Calle 26 No. 59-41/65 Piso 8 de Bogotá D.C.
EL CONTRATISTA en la XXXXXXXXXXXXXXXXX
CLÁUSULA VIGÉSIMA QUINTA.- SOLUCIÓN DE CONFLICTOS: Las partes acuerdan que para la solución de las
diferencias y discrepancias que surjan de la celebración, ejecución, terminación o liquidación de este contrato, serán
resueltas de conformidad con lo previsto en el artículo 68 de la Ley 80 de 1993.
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEXTA.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Hacen parte integrante del presente contrato los
siguientes documentos: 1. Los estudios y documentos previos del PSA-UNP-07-2015. 2. El pliego de condiciones del PSAUNP-07-2015, y todos sus anexos. 3. La oferta presentada por el contratista. 4. El certificado de disponibilidad
presupuestal y registro presupuestal. 5. Los documentos, actas, acuerdos, comunicaciones y demás actos administrativos
que se produzcan en desarrollo del objeto del contrato, debidamente suscritos por los representantes legales de las
partes.
CLÁUSULA VIGÉSIMA SÉPTIMA.- CUENTA BANCARIA: Los pagos a realizar por parte de LA UNP se efectuarán en la
Cuenta No. XXXXXXXXXXXXXXXXXX.
CLÁUSULA VIGÉSIMA OCTAVA.- OBLIGACIONES DE NOTIFICAR LOS PAGOS: EL CONTRATISTA se compromete,
una vez recibido el valor proveniente del contrato en la cuenta antes mencionada, a notificarlo a la Secretaría General de
LA UNP dentro de los dos (2) días siguientes.
CLÁUSULA VIGÉSIMA NOVENA.- REQUISITOS PARA EL TRÁMITE DE PAGOS: LA UNP no pagará ninguna suma de
dinero a EL CONTRATISTA mientras éste no haya cumplido previamente con los requisitos de ejecución del contrato que
se celebra.
CLÁUSULA TRIGÉSIMA.- REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN, PERFECCIONAMIENTO, EJECUCIÓN Y
LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO: Para la suscripción del contrato EL CONTRATISTA deberá acreditar el pago de los
aportes a los sistemas de salud, pensión, ARP. El contrato se perfeccionará con la firma de las partes y para su ejecución
se requiere la aprobación de la Garantía Única y expedición del registro presupuestal. Para constancia se firma en Bogotá
D.C., a los
RICARDO LÓPEZ ARÉVALO
Secretario General de la Unidad Nacional de Protección
PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES
PSA-UNP-07-2015
XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
Contratista