Anexo 5 - Unidad Nacional de Protección

ESTUDIOS PREVIOS
CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE SEGURIDAD, PARA LA
PROVISIÓN, IMPLEMENTACIÓN Y OPERACIÓN DE
ESQUEMAS DE PROTECCIÓN
ANEXO TECNICO 5
CONDICIONES PARA RECONOCIMIENTO DE PAGO DE
VIATICOS
PARA ESCOLTAS.
1. El contratista podrá facturar por concepto de viáticos en el Grupo I hasta un 9% y los demás
grupos hasta el 8% de la facturación mensual, en caso de llegar al 90% del porcentaje anterior
deberá informar al supervisor del contrato para que se comience a ejercer un control superior
sobre los gastos de viáticos y además se deberá contar con la autorización del Secretario General
dela UNP. En caso de no informar al supervisor del contrato, el operador deberá responder en
caso de superar el porcentaje tope establecido.
2. Definiciones. Para efectos de la aplicación del presente anexo técnico, se dará aplicación a los
siguientes conceptos:
a. Autorizar: Otorgar el permiso de desplazamiento a los escoltas que prestan sus servicios
en ciudades o municipios diferentes a la sede donde habitualmente desarrolla Ias
actividades
b.
Ampliación o prórroga: Necesidad del solicitante de permanecer días adicionales a su
solicitud inicial.
c.
Autorización de desplazamiento: Documento por medio del cual la UNP, a través del
supervisor del contrato, autoriza el desplazamiento.
d.
Conferir: Otorgar el permiso de desplazamiento a los escoltas, para prestar un servicio
en un lugar diferente a la sede base.
e.
Comisión: Situación administrativa en la cual los escoltas previa autorización de quien
tiene competencia para ello, ejerce temporalmente las funciones propias de su cargo, en
lugares diferentes de los de la sede habitual.
f.
Cumplido de comisión: Se denominará cumplido de comisión, al documento por medio
del cual se diligencia la fecha real en la cual se efectuó la comisión de servicio, con el fin
de proceder a liquidar según el valor real de la misma.
g. Certificado de permanencia: Corresponde a aquel documento suscrito por autoridad
competente mediante el cual se acredita la permanencia del escolta en el sitio de
comisión.
h. Racionalidad. La solicitud de orden de comisión y/o autorizaciones de viaje ,se deben
establecer claramente atendiendo las normas de desempeño y puntos de unificación para
asegurar que las metas y propósitos se alcancen dentro de los tiempos y costos
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ANEXO TECNICO 5
CONDICIONES PARA RECONOCIMIENTO DE PAGO DE
VIATICOS
PARA ESCOLTAS.
asignados.
i.
Viáticos: Reconocimiento que se realiza a los escoltas únicamente para atender los
gastos de alojamiento, manutención y demás que se relacionen directamente con el
desplazamiento de la sede habitual de trabajo en ejercicio de una comisión de servicio.
3. El reconocimiento de viáticos se hará con base al decreto mediante el cual el Gobierno Nacional
fija anualmente la escala de valores máxima de viáticos a que tienen derecho los funcionarios
comisionados, de acuerdo con su remuneración, tabla que de igual manera se aplica a los demás,
sin que genere relación laboral alguna
4.
Solo se reconocerá viáticos y gastos de desplazamiento al cien por ciento (100%) de la escala
fijada, cuando los escoltas, por estrictas necesidades del servicio, pernocte en el lugar de la
comisión de servicio y/o viaje autorizado. Si no pernocta, se le reconocerá el 50% de ese valor.
5. No se concederán viáticos a municipios que estén ubicados hasta 100 kilómetros de la ciudad
principal del lugar de ejecución de actividades de los escoltas. Este criterio se aplica según
información brindada por el mapa de la red vial y red terciaria del Instituto Nacional de Vías —
IN VIAS.
6. Las comisiones fuera del lugar habitual de trabajo, deben contar autorización previa de la UNP,
para ello debe:
a.
Enviar al canal que al UNP establezca para tal fin, el formato de solicitud debidamente
diligenciado y firmado por el beneficiario. Con mínimo 48 horas de anticipación al inicio del
viaje.
b. Si el viaje fuere aéreo se debe adjuntar a la solicitud el formato de solicitud de tiquete.
c.
Esperar que se le dé respuesta de autorización o negación de la comisión.
.
7. Al finalizar la comisión, el escolta comisionado deberá formalizar el viaje presentando informe de
la comisión adjuntando el cumplido de la misma, certificado de permanencia y los pasa bordos si
el viaje fuere aéreo.
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CONDICIONES PARA RECONOCIMIENTO DE PAGO DE
VIATICOS
PARA ESCOLTAS.
8. Cuando cualquier entidad pública o privada o el beneficiario según sea el caso, en desarrollo de
las comisiones, suministre alojamiento, o alimentación o reconozca un valor equivalente a las
tarifas antes determinadas, no se reconocerán pago de viáticos.
9. El escolta está obligado bajo la gravedad de juramento a informar cuando las comisiones
autorizadas sean canceladas o se realicen parcialmente.
10. El contratista hará un control riguroso de los costos de las comisiones con el fin de cumplir con el
punto 1 de presente anexo. Par lo cual pasara un informe semanal de las comisiones autorizadas
adjuntando los documentos que se exigen para la formalización y pago.
Cr. Pompy Arubal Pinzon Baron
Subdirector de Protección (E)
Ivan Dario Prieto Rojas.
Estructurador Técnico
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