Proyecto de pliego de condiciones.

PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES
PSA-UNP-06-2015
UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN
PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES
PSA-UNP-06-2015
Artículo 22 del Decreto 1510 DE 2013
OBJETO:
CONTRATAR UNA FIDUCIA PÚBLICA CON UNA PERSONA JURÍDICA, CONSTITUIDA LEGALMENTE COMO
SOCIEDAD FIDUCIARIA, CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL DE SOCIEDADES FIDUCIARIAS, QUE SE ENCARGUE
DE LA ADMINISTRACIÓN, MANEJO, INVERSIÓN, DESTINACIÓN Y PAGOS DE LOS RECURSOS FINANCIEROS DE
CARÁCTER PÚBLICO, DESTINADOS AL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DE LA UNIDAD NACIONAL DE
PROTECCIÓN (EN ADELANTE UNP) PARA EL OTORGAMIENTO DE APOYOS DE TRANSPORTE, PEAJES,
REUBICACIÓN Y AQUELLOS GASTOS RELACIONADOS CON EL FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE LA UNP
REQUERIDOS PARA SU ÓPTIMO FUNCIONAMIENTO Y TODA LA REPROGRAMACIÓN DE ESTOS CONCEPTOS
CUANDO HAYA LUGAR
Bogotá, D.C., Abril de 2015
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PSA-UNP-06-2015
1.
1.1.
INFORMACIÓN GENERAL DEL PROCESO DE SELECCIÓN
ACTO ADMINISTRATIVO DE APERTURA Y OBJETO DE LA CONTRATACION
La Unidad Nacional de Protección, en adelante UNP, mediante Resolución No. XXXXXXXXXXXX, proferida por el
Secretario General, ordenó la apertura del Proceso de Selección Abreviada PSA-UNP-06-2015 a que se refiere el
presente pliego de condiciones, con el objeto efectuar la siguiente contratación:
1.1.1.
OBJETO GENERAL
LA UNP, procederá a la celebración de un contrato de prestación de servicios con el fin de CONTRATAR UNA FIDUCIA
PÚBLICA CON UNA PERSONA JURÍDICA, CONSTITUIDA LEGALMENTE COMO SOCIEDAD FIDUCIARIA,
CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL DE SOCIEDADES FIDUCIARIAS, QUE SE ENCARGUE DE LA
ADMINISTRACIÓN, MANEJO, INVERSIÓN, DESTINACIÓN Y PAGOS DE LOS RECURSOS FINANCIEROS DE
CARÁCTER PÚBLICO, DESTINADOS AL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DE LA UNIDAD NACIONAL DE
PROTECCIÓN (EN ADELANTE UNP) PARA EL OTORGAMIENTO DE APOYOS DE TRANSPORTE, PEAJES,
REUBICACIÓN Y AQUELLOS GASTOS RELACIONADOS CON EL FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE LA
UNP REQUERIDOS PARA SU ÓPTIMO FUNCIONAMIENTO Y TODA LA REPROGRAMACIÓN DE ESTOS
CONCEPTOS CUANDO HAYA LUGAR.
El objeto del proceso está codificado en el Clasificador de Bienes y Servicios UNSPSC así:
Segmento
Familia
Clase
Producto
Nombre
93000000
93150000
93151500
93151501
Servicios financieros o de gestión administrativa de
empresas públicas
93000000
93150000
93151600
93151605
Servicios financieros gubernamentales
1.1.2.
ALCANCE DEL OBJETO
En relación con la administración de los recursos objeto del contrato de Fiducia a suscribir, el contratista se sujetará a lo
siguiente, sin perjuicio de las disposiciones legales de carácter presupuestal, financiero y comercial aplicables para el
manejo de recursos públicos.
Los recursos deben ser manejados de la siguiente forma:
1.1.2.1.
1.1.2.2.
1.1.2.3.
1.1.2.4.
1.1.2.5.
a.
b.
En cuentas bancarias corrientes o de ahorros.
La entidad fiduciaria no podrá invertir los recursos dados en administración en cartera colectiva.
La estructura de plazo para las inversiones se establecerá de acuerdo con el flujo de caja de los
compromisos que establezca la UNP, con cargo a los recursos entregados en administración, para
establecer los requerimientos de liquidez a los cuales debe someterse la entidad administradora en la
realización de los pagos.
Los recursos dados en administración sólo podrán ser colocados en los siguientes tipos de activos
financieros, correspondiéndole a la Administradora de Recursos, bajo su exclusiva responsabilidad, la
evaluación y determinación de cada una de las operaciones individuales de colocación de recursos que se
realicen en desarrollo del contrato.
El Contratista deberá presentar una rendición final de cuentas, dentro de los quince (15) días siguientes al
vencimiento del plazo de ejecución del contrato que surja de este proceso de selección, en el que se
detallen los siguientes aspectos:
Títulos de Tesorería (TES), adquiridos en el mercado primario o en el mercado secundario.
Otros títulos de deuda pública, emitidos o garantizados por la Nación o el Banco de la República,
adquiridos en el mercado primario o en el mercado secundario.
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c.
1.1.2.6.
a.
b.
c.
1.1.2.7.
a.
b.
1.1.2.8.
c.
a.
b.
c.
d.
e.
f.
g.
h.
i.
j.
k.
Títulos de deuda emitidos, avalados o garantizados en cualquier forma por establecimientos bancarios
vigilados por la Superintendencia Financiera o por la autoridad que haga sus veces.
Límites de Concentración y Calificación de Riesgo. En estas materias se observarán las siguientes reglas:
Dentro del Portafolio no podrán mantenerse títulos de un mismo emisor, aceptante o garante que
representen más del cinco por ciento (5%) del total del Portafolio.
El total de inversiones que se coloquen en un mismo emisor no podrá sobrepasar el quince por ciento
(15%) del total del patrimonio del emisor en la fecha de la adquisición de la inversión.
Las disposiciones sobre límites de concentración, cupos máximos de endeudamiento y calificación de
riesgo establecidos en este numeral no se aplicarán a las inversiones que con recursos del Portafolio se
efectúen en Títulos de Tesorería (TES), u otros títulos de deuda pública, emitidos o garantizados por la
Nación o el Banco de la República.
Prohibiciones Expresas. Con los recursos entregados en administración no se podrán hacer las siguientes
transacciones:
Adquisición de papeles de renta variable (acciones o bonos convertibles en acciones), derivativos de
cualquier naturaleza, repos pasivos.
La Administradora de Recursos no podrá adquirir papeles emitidos, avalados, garantizados o
administrados por ella o por cualquier entidad del grupo financiero al cual pertenece. Tampoco podrá
invertir en títulos valores de emisiones en los cuales la Administradora de Recursos actúe como
representante legal de los tenedores.
La Administradora de Recursos no podrá adquirir de personas naturales inversiones para el Portafolio.
El Contratista debe presentar a la UNP dentro de los primeros diez (10) días calendario de cada
mensualidad vencida, en medio magnético y documentos impresos por duplicado, un informe financiero en
el cual se determine el estado de ejecución presupuestal y financiero del contrato que surja del respectivo
proceso de selección. Además de informar:
Valores girados en administración, valor comprometido, valor pagado, discriminado por componente y
fuente y saldos en cuentas bancarias.
Valores por desembolsar a cargo de los recursos en administración.
El informe en el que se especifique el monto de los rendimientos generados.
Rendir y elaborar los informes, conceptos, estudios y demás conceptos que le solicite la UNP y
relacionados con el contrato, en cualquier tiempo y oportunidad, de acuerdo con los requerimientos de
éste.
Suministrar al Supervisor del contrato de fiducia, la información que requiera para desarrollar su labor.
Adicionalmente, presentar los informes que éste le exija de acuerdo con sus actividades y prestar el apoyo
necesario para el cumplimiento de su función de evaluación y control del encargo fiduciario. Así mismo
elaborar los planes de mejoramiento tendientes a subsanar las observaciones encontradas por la
interventoría o los entes de control, reportando periódicamente los avances logrados.
Estados Financieros desagregados conforme a las normas vigentes establecidas por la Contaduría
General de la Nación sobre el manejo de los recursos que la UNP le entregue en desarrollo del contrato
que surja como resultado del proceso de contratación. Los Estados Financieros que debe presentar son a
nivel 6 dígitos y las cuentas se deben homologar al PUC cuenta 7 CUENTAS DE ORDEN FIDUCIARIAS
Información mensual sobre los pagos efectuados por la Fiduciaria, ordenados por beneficiario, en el cual
se indique: Documento de identidad de la persona natural o jurídica, Nombre del Beneficiario, Concepto del
pago, Grupo Objetivo, fecha de pago, Valor, Rubro presupuestal, Estado de Pago.
Flujo de Recurso Mensual, Flujo de Recurso Acumulado, Informe Valor Pagado comisión Fiducia, Informe
de Saldos de las cuentas bancarias.
Las obligaciones acumuladas pendientes de ejecución (rechazadas y no cobradas). Este informe debe
reflejar los apoyos pendientes a la fecha del informe que no han sido cobrados por ventanilla ni
consignados en la cuenta del beneficiario.
Informar diariamente por correo electrónico al Supervisor del Contrato, el reporte de pagos generados el
día anterior.
Informar semanalmente, los movimientos de ingresos y egresos con cargo a los recursos entregados en
administración durante los ocho (8) días anteriores a fin de mantener a esta dependencia actualizada del
manejo de los mismos, esta información debe mostrar los pagos efectivamente pagados sean por
ventanilla y por ACH.
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l.
Copias de las órdenes de giro efectuadas por la Entidad o Administradora en el respectivo período, con los
soportes de pago correspondientes, los cuales podrán ser aportados por medio magnético, físico y/o
electrónico.
m. Cualquier otra información necesaria que requiera la Unidad Nacional de Protección.
1.1.2.9.
El Contratista deberá presentar una rendición final de cuentas, dentro de los quince (15) días siguientes al
vencimiento del plazo de ejecución del contrato que surja de este proceso de selección, en el que se
detallen los siguientes aspectos:
a. El estado de cuenta del contrato de administración.
b. Estados de pagos y desembolsos efectuados por parte de la UNP.
c. Las obligaciones pendientes de ejecución (rechazadas y no cobradas).
d. Los rendimientos financieros generados, así como de los montos consignados en la Dirección del Tesoro
Nacional sobre los rendimientos de los aportes nacionales.
e. Otros a juicio del Comité de seguimiento y/o de la UNP.
1.1.3.
PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO
El Proponente es libre para establecer el número de personas a utilizar para el desarrollo de las labores objeto del contrato
que surja del proceso de contratación, de acuerdo con el enfoque de organización que le dé a los mismos. Sin embargo,
para efectos de la propuesta y para el desarrollo del contrato de Fiducia, deberá contar con el personal y los requisitos
mínimos detallados en el siguiente cuadro, sin perjuicio del personal adicional que ofrezca para el desarrollo del contrato a
suscribir:
PERSONAL
Un (1) Coordinador General del Proyecto
Un (1) Contador Público
REQUISITOS MÍNIMOS (Equipo Básico)
Profesional en economía, contaduría, administración de empresas o su
homologación, con experiencia general de seis (6) años y específica de tres
(3) en el manejo de administración de recursos.
Contador público con experiencia de cinco (5) años en registros contables
de encargos fiduciarios.
Un (1) Auxiliar Profesional o estudiante en
Deberá tener experiencia mínima de un (1) año como auxiliar administrativo
economía, contaduría, ingeniería de sistemas o
en administración de recursos financieros.
profesiones afines.
El oferente deberá presentar con la propuesta la hoja de vida junto con los soportes que acrediten las condiciones exigidas
para el Coordinador del Proyecto. Así mismo, el oferente seleccionado deberá presentar con anterioridad a la suscripción
del acta de inicio la Hoja de vida y los soportes del Contador Público y del Auxiliar Profesional o estudiante en economía,
contaduría, ingeniería de sistemas o profesiones afines que se dedicaran al desarrollo de las actividades del contrato,
documentación que será verificada por el supervisor del contrato. La experiencia como Profesor de Cátedra, Director de
Proyectos de Tesis o Asesor de Proyectos de Tesis no será tenida en cuenta como experiencia específica.
Así mismo, se deberá indicar la dedicación (horas/hombre/mes) del Coordinador del Proyecto.
El resto del personal descrito anteriormente, deberá ser de dedicación exclusiva y tiempo completo, durante toda la
ejecución del contrato que surja del proceso de contratación y hasta su liquidación final. Durante la ejecución del contrato
este personal no podrá ser reemplazado sin previa aprobación por parte de la UNP.
1.1.4.
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA – FIDUCIARIA.
En cumplimiento de sus obligaciones, la entidad administradora se compromete a prestar los siguientes servicios
específicos:
1.1.4.1.
Recibir los recursos que se le entreguen y administrarlos con arreglo a lo dispuesto en el contrato a
suscribir y destinarlos única y exclusivamente en cumplimiento del mismo y de acuerdo a las instrucciones
de pagos que le indique el Mandante.
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1.1.4.2.
1.1.4.3.
1.1.4.4.
1.1.4.5.
1.1.4.6.
1.1.4.7.
1.1.4.8.
1.1.4.9.
1.1.4.10.
1.1.4.11.
1.1.4.12.
1.1.4.13.
1.1.4.14.
1.1.4.15.
1.1.4.16.
1.1.4.17.
1.1.4.18.
1.1.4.19.
Mantener los recursos transferidos y objeto del contrato en cuenta especial del proyecto, de manera que
aseguren una liquidez suficiente y apropiada para atender los pagos de las obligaciones que surjan del
desarrollo del contrato.
Disponer de la capacidad operativa y técnica necesarias para la administración y ejecución del contrato que
se pretende realizar, de acuerdo con las obligaciones pactadas. El contrato será desarrollado con los
recursos humanos, técnicos y operativos señalados en este documento y los establecidos en la propuesta.
Defender los recursos recibidos para su administración, en orden a asegurar su protección contra actos de
terceros. En caso contrario, deberá responder ante la UNP por la restitución de los recursos que sean
pagados o girados indebidamente como consecuencia de errores o incumplimiento en sus obligaciones.
Efectuar los pagos solicitados por la UNP, con cargo a los recursos del fideicomiso y por los conceptos que
se generen en desarrollo de las actividades propias del contrato, en la fecha en que lo solicite, en un plazo
no superior a dos (2) días hábiles contados a partir del recibo del respectivo documento legal en el cual se
registre la operación financiera a desarrollar.
Liquidar los impuestos que correspondan a los pagos que se realicen a favor de los beneficiarios del
Programa de Protección. La Administradora de Recursos será la responsable ante la Dirección de
Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN por las retenciones a que haya lugar.
Exigir toda la documentación soporte para efectuar los pagos ordenados en el desarrollo del contrato de
fiducia.
Llevar con base en el Plan General de Contabilidad Pública una contabilidad en forma separada e
independiente de la propia de los recursos que la UNP, le entregue en desarrollo del contrato y presentar
informes periódicos a solicitud de la UNP.
Llevar un sistema de manejo contable, donde quede discriminado por fuentes y componentes, en la cual se
especifique el monto de los recursos recibidos, comprometidos, desembolsados, saldos por comprometer y
saldos por desembolsar. De tal manera, que en cualquier momento el mandante y los organismos de
control puedan verificar su ejecución, así mismo deberá mantener un registro específico y actualizado de
los montos erogados, así como un estado de cuenta de los ingresos, egresos y saldos de los recursos que
reciba para la realización del objeto del contrato a suscribir. Dicha información se mantendrá
constantemente a disposición del mandante y demás entidades de vigilancia y control. Sin perjuicio de los
principios de contabilidad, se deberá llevar un registro por centro de costos o por grupo de población
beneficiada de los Programas de Protección de acuerdo con los lineamientos que para el efecto trace la
UNP.
Mantener la reserva profesional sobre la información que le sea suministrada o que conozca en virtud del
contrato a suscribir.
Definir los delegados que hagan parte del Comité de Seguimiento del contrato que surja de este proceso de
contratación.
Asistir a las sesiones del Comité de Seguimiento previstos durante la ejecución del contrato.
Tramitar ante la entidad bancaria en donde se vayan a manejar los recursos de la fiducia, la expedición de
una clave para el funcionario encargado del control financiero en la UNP, con el propósito de poder
consultar los saldos y movimientos realizados en el día.
Realizar conciliaciones mensuales con los encargados de la supervisión y control de los recursos en la
UNP, con el propósito de efectuar cierres mensuales conciliados.
Liquidar y consignar en la Dirección General del Tesoro dentro del mes siguiente a su generación, los
rendimientos financieros que produzcan los recursos entregados, en los términos que establece el Decreto
111 de 1996 (Estatuto Orgánico del Presupuesto).
Trasladar a una nueva fiducia de acuerdo a las instrucciones de la UNP, a la terminación del contrato, los
recursos no ejecutados ni comprometidos en desarrollo del mismo, de conformidad con las normas legales
presupuestales.
Realizar de manera diligente todos los actos necesarios para la cumplida ejecución del objeto del contrato y
responder hasta por la culpa leve en el desarrollo de su gestión, excepto caso fortuito – fuerza mayor o por
hechos de terceros.
Permitir y facilitar la práctica de auditorías que en cualquier momento se soliciten por parte de la UNP o por
cualquier entidad parte de los correspondientes organismos de control y vigilancia conforme a la Ley.
Prestar el servicio de envió de mensaje de texto SMS a los diferente beneficiarios de pagos sea estos por
ACH o Ventanilla realizados en el marco del contrato por concepto de Apoyos.
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1.1.4.20.
1.1.4.21.
1.1.4.22.
1.1.4.23.
1.1.4.24.
1.1.4.25.
1.1.4.26.
1.2.
Contar por lo menos con una sede física administrativa en Bogotá D.C, la cual deberá contar para el
desarrollo del contrato, con las siguientes herramientas físicas mínimas: teléfonos (1), fax (1), equipos de
cómputo (2), papelería, correo institucional, suministros y en general deberá contar con el apoyo logístico
suficiente para desarrollar el objeto del contrato.
Poner a disposición una línea directa con la Fiduciaria, para la atención y comunicación de la UNP con la
entidad administradora y contar con un sistema de información que permita la obtención de reportes ágiles
que faciliten a la UNP, organismos de control y público en general toda clase de información.
Contar con una póliza de garantía global bancaria por el equivalente a mínimo el cien por ciento (100%) del
valor total de los recursos a administrar.
Presentar todos los informes que le solicite la supervisión del contrato, en la forma y tiempos requeridos.
Tramitar ante las entidades bancarias las consultas de por lo menos a cuatro (4) usuarios de los portales
para funcionarios que sean autorizados por la UNP.
Al finalizar la ejecución del contrato, adelantar el empalme con el proponente que resulte adjudicado, según
requerimiento de la UNP.
Las demás que deba cumplir de conformidad con las disposiciones legales vigentes y las que se deriven de
la naturaleza del contrato a suscribir y que garanticen su cabal cumplimiento.
RÉGIMEN LEGAL
Dadas las características del objeto contractual, el contrato a celebrar es uno de prestación de servicios.
El proceso de selección a que se refiere éste Estudio Previo se encuentra sometido al Estatuto General de Contratación
de la Administración Pública contenido en las leyes 80 de 1993, 1150 de 2007, 1450 de 2011, 1474 de 2011, el Decreto –
Ley 019 de 2012, el Decreto 1510 de 2013 y las disposiciones que modifiquen o reglamenten aquellas, por virtud de las
cuales, la selección se realizará de manera objetiva, a efecto de adjudicar la propuesta más favorable para los intereses
de la UNP y los fines que ella persigue y estará a su vez sujeta a lo dispuesto en éste pliego de condiciones, en el estudio
previo y anexos técnicos de este proceso
La modalidad de selección para la celebración del contrato a que se refiere éste Estudio Previo corresponde a la de
Selección Abreviada a que se refiere el literal h) del numeral 2 del artículo 2° de la Ley 1150 de 2007, dado que el
contrato resultado del presente proceso de contratación está dirigido a medios que están destinados a ejecutar programas
y esquemas de protección de personas amenazadas.
En efecto, de conformidad con lo establecido en el litera h) del numeral 2 del artículo 2° de la Ley 1150 de 2007,
procederá el uso de la “selección abreviada” para los contratos de las entidades, a cuyo cargo se encuentre la ejecución
de los programas de protección de personas amenazadas.
Al tenor de las precitadas disposiciones, el procedimiento a que se refiere el presente artículo corresponderá a uno de
selección abreviada de menor cuantía, cuyas etapas mínimas serán las especificadas en el artículo 59 del Decreto 1510
de 2013.
1.3.
PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO
El presupuesto oficial para el presente proceso de selección es de TRESCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS
($350.000.000.oo) M/CTE, el cual se encuentra respaldado con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 7515 del
30 de abril de 2015, Rubro Presupuestal A-2-0-4-22-1 COMISIONES BANCARIAS.
Para el efecto, se ha estimado la suma máxima de CUARENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS
MIL SETECIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS ($.49.292.775.oo) M/L mensuales, por concepto de la comisión
fiduciaria que incluye además todos los costos directos e indirectos y los gastos bancarios.
El ofrecimiento económico (valor de la comisión) debe ser igual o inferior al valor del presupuesto oficial estimado del
contrato.
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El pago de la Comisión se liquidará por mes vencido, previa presentación de la Factura ante la UNP y aprobación por
parte del Supervisor.
1.4.
PARTICIPANTES
Bajo los parámetros establecidos en la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007, podrán participar en el presente proceso de
selección, las personas jurídicas, en forma individual o conjunta (consorcio o unión temporal).
Las personas jurídicas y los consorcios y uniones temporales deberán acreditar que su duración no será inferior a la del
plazo de ejecución del contrato y un (1) año más.
1.5.
VEEDURÍAS CIUDADANAS
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 2 del Decreto 1510 de 2013,la UNP
invita a todas las personas y organizaciones interesadas en ejercer veeduría que se encuentren conformadas de acuerdo
a la Ley 850 de 2003, para que realicen el control social a los procesos de contratación adelantados por la Unidad
Nacional de Protección, quienes podrán desarrollar su actividad durante las etapas de Selección, Contratación y Ejecución
del presente proceso de selección, para lo cual podrán consultar en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública
SECOP, Portal Único de Contratación www.contratos.gov.co, en la página de la UNP www.unp.gov.co o en su defecto
consultar toda la documentación en la Secretaría General de la UNP, ubicada en la Avenida Calle 26 No. 59 – 41/65, piso
8 de Bogotá.
1.6.
MECANISMOS DE TRANSPARENCIA
En el evento de conocerse casos especiales de corrupción en las Entidades del Estado, se debe reportar el hecho a la
Procuraduría General de la Nación, a través de los números telefónicos: Línea gratuita para todo el país: 018000 910 315
– Línea reducida: 142 – PBX: (571) 5878750. Email: [email protected], y a la Secretaría de Transparencia de
la Presidencia de la República, al teléfono (57 1) 562 9300.
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2.
2.1.
TRÁMITE DEL PROCESO DE SELECCIÓN
CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN
ACTIVIDAD
FECHA
Publicación Aviso de Convocatoria
30 de abril de 2015
Publicación Proyecto de Pliego de
Condiciones y Estudios y Documentos
Previos
30 de abril de 2015
LUGAR
Sistema Electrónico para la Contratación Pública
SECOP.
Portal Único de Contratación.
Secretaria General – UNP: Avenida Calle 26 No. 59 –
41/65, piso 8 de Bogotá.
Sistema Electrónico para la Contratación Pública
SECOP.
Portal Único de Contratación.
Secretaria General – UNP. Avenida Calle 26 No. 59 –
41/65, piso 8 de Bogotá.
Presentación observaciones al proyecto de Desde el 30 de abril al 8 de mayo de
A través del correo electrónico [email protected].
pliego de condiciones
2015 a las 5:00 pm
Respuesta a las observaciones al proyecto
11 de mayo de 2015
de pliego de condiciones
Resolución Apertura del proceso
11 de mayo de 2015
Publicación del Pliego Definitivo en el
Sistema Electrónico para la Contratación
Pública SECOP
11 de mayo de 2015
Plazo para que interesados soliciten
aclaraciones al pliego de condiciones
Plazo para manifestar interés de
participación (requisito habilitante)
Sistema Electrónico para la Contratación Pública
SECOP.
Portal Único de Contratación.
Secretaria General – UNP. Avenida Calle 26 No. 59 –
41/65, piso 8 de Bogotá.
Sistema Electrónico para la Contratación Pública
SECOP.
Portal Único de Contratación.
Secretaria General – UNP. Avenida Calle 26 No. 59 –
41/65, piso 8 de Bogotá.
Sistema Electrónico para la Contratación Pública
SECOP.
Portal Único de Contratación.
Secretaria General – UNP. Avenida Calle 26 No. 59 –
41/65, piso 8 de Bogotá.
Desde el 11 de mayo al 14 de mayo
de 2015 a las 5:00 pm
A través del correo electrónico [email protected]
14 de mayo de 2015
A través del correo electrónico [email protected]
Consolidación de lista posibles oferentes
14 de mayo de 2015
Cierre
19 de mayo de 2015 a las 10 am
Evaluación Ofertas
Desde el 19 de mayo hasta el 22 de
mayo de 2015
Exhibición o traslado informes de
evaluación
Desde el 25 de mayo de 2015 hasta
el 27 de mayo de 2015
Acto de Adjudicación
28 de mayo de 2015
Perfeccionamiento y legalización del
Contrato
Dentro de los tres (3) días hábiles
siguientes a la adjudicación
Sistema Electrónico para la Contratación Pública
SECOP.
Portal Único de Contratación.
Secretaria General – UNP. Avenida Calle 26 No. 59 –
41/65, piso 8 de Bogotá.
Sede Principal UNP. Avenida Calle 26 No. 59 – 41/65,
piso 8 de Bogotá.
Sistema Electrónico para la Contratación Pública
SECOP.
Portal Único de Contratación.
Secretaria General – UNP. Avenida Calle 26 No. 59 –
41/65, piso 8 de Bogotá.
Sistema Electrónico para la Contratación Pública
SECOP.
Portal Único de Contratación.
Secretaria General – UNP. Avenida Calle 26 No. 59 –
41/65, piso 8 de Bogotá.
Secretaria General – UNP. Avenida Calle 26 No. 59 –
41/65, piso 8 de Bogotá.
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2.2.
CORRESPONDENCIA Y COMUNICACIÓN CON LOS INTERESADOS Y/O PROPONENTES
La UNP publicará en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP, Portal Único de Contratación
www.contratos.gov.co, la totalidad de los documentos del presente proceso de selección.
Toda la correspondencia que se genere y que esté relacionada con el presente Proceso de Selección se radicará directamente
en la Secretaría General de la UNP, ubicada en la Avenida Calle 26 No. 59 – 41/65, piso 8 de Bogotá D.C., o a la dirección de
correo electrónico [email protected]. En todo caso el interesado o el proponente deberán confirmar el recibo de la
información remitida.
En cuanto a las aclaraciones y envío de documentos requeridos con ocasión de la verificación y evaluación de las propuestas,
sólo serán tenidas en cuenta aquellas que se entreguen en tiempo, identifiquen el proceso de selección al que se refieren,
indiquen el nombre y firma del representante legal de la persona jurídica individual o conjunta que la remite, indiquen la
dirección física, fax o de correo electrónico del remitente y que estén dirigidas a la Secretaría General de la UNP.
La UNP, por su parte, enviará la correspondencia a las direcciones, números de fax o correos electrónicos registrados por los
interesados o proponentes y la publicará en el SECOP. Cualquiera de estas formas de comunicación será válida.
Las horas señaladas en el presente pliego de condiciones para la expedición de documentos por parte de la UNP y/o para la
recepción de aquellos que deben ser presentados por los interesados o proponentes, se sujetarán a la hora legal de la
República de Colombia, señalada por la División de Metrología de la Superintendencia de Industria y Comercio.
Los términos fijados en el presente pliego de condiciones, se entenderán en días hábiles, salvo que se indique
expresamente que son calendario, al tenor de lo dispuesto por el artículo 62 del Código de Régimen Político y Municipal.
No será atendida la correspondencia entregada en cualquier otra dependencia de la UNP o cualquier otra dirección de correo
diferente a la señalada anteriormente.
2.3.
SOLICITUD DE ACLARACIONES U OBSERVACIONES AL PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES Y
AL PLIEGO DE CONDICIONES.
Los interesados podrán formular por escrito, solicitudes de aclaración u observaciones frente al contenido y alcance del
proyecto de pliego de condiciones y del pliego de condiciones, las cuales deberán presentarse dentro del término
establecido en el cronograma del proceso, en la forma establecida en el numeral 2.2 del presente documento, y serán
publicadas en el SECOP junto con las respectivas respuestas.
Todas las adendas al pliego de condiciones deberán ser tenidas en cuenta para la estructuración de las propuestas. Por lo
cual, dando aplicación al Artículo 25 del Decreto 1510 de 2013, están deberán ser publicadas en los días hábiles, entre las
siete (07:00 a.m.) de la mañana y la siete (07:00 p.m.) de la noche, a más tardar el día hábil anterior al vencimiento del
plazo para presentar ofertas a la hora fijada para tal presentación. A su vez, es procedente señalar que se podrán expedir
Adendas para modificar el Cronograma una vez vencido el término para la presentación de las ofertas y antes de la
adjudicación.
Las solicitudes de aclaraciones o modificaciones al contenido del pliego de condiciones y/o su respuesta, no suspenderán
automáticamente el plazo de presentación de propuestas.
2.4.
MANIFESTACIÓN DE INTERÉS EN PARTICIPAR.
De conformidad con el artículo 59 del Decreto 1510 de 2013, los interesados en participar en el presente proceso de
selección, deberán manifestar su interés, enviando un mensaje en este sentido al correo electrónico
[email protected], el cual deberá contener la siguiente información:
-
EMPRESA, UNIÓN TEMPORAL O CONSORCIO
NÚMERO DE NIT
PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES
PSA-UNP-06-2015
-
REPRESENTANTE LEGAL
NÚMERO DE CEDULA DE CIUDADANÍA
DIRECCIÓN
TELÉFONOS
CORREO ELECTRÓNICO
De conformidad con lo establecido en el artículo 59 del Decreto 1510 de 2013, la manifestación de interés aquí referida se
erige como requisito habilitante para presentar propuesta de contratación. En consecuencia NO podrán presentar oferta,
quienes no presenten la manifestación de interés a que se refiere éste numeral
El Decreto 1510 de 2013 establece que en el evento en que más de diez (10) empresas manifiesten su interés, la entidad
podrá limitar el número de participantes a cifra no superior a 10.
En el caso de Consorcios o Uniones Temporales bastará con que uno de sus integrantes haya manifestado interés en
participar en el proceso.
2.5.
MODIFICACIÓN DEL PLIEGO DE CONDICIONES
La UNP podrá modificar, de oficio o a solicitud de los interesados el pliego de condiciones, de acuerdo con el cronograma
del proceso, únicamente mediante ADENDAS, cuya publicación se realizará en el SECOP, las cuales serán agregadas al
pliego de condiciones que se encuentra en la Secretaría General de la UNP para consulta y bajo lo señalado en el Artículo
25 del Decreto 1510 de 2013.
2.6.
PRESENTACIÓN Y ENTREGA DE LAS PROPUESTAS
La presentación de la propuesta implica la aceptación y conocimiento de la legislación colombiana sobre los temas objeto
del proceso de selección y de todas las condiciones y obligaciones establecidas en el presente pliego de condiciones.
La oferta deberá presentarse por escrito, en sobre cerrado, el cual deberá contener todos los documentos que acrediten el
cumplimiento de los requisitos habilitantes y demás documentación solicitada.
Sobre la documentación que dé lugar a puntaje la entidad no realizará ningún requerimiento.
El plazo para presentar propuestas inicia una vez se publique en el SECOP el listado de oferentes que hayan manifestado
interés.
La propuesta deberá radicarse en el lugar señalado, dentro del plazo establecido en el cronograma en idioma castellano.
Esta será depositada de manera inmediata en la urna destinada para el efecto.
Las propuestas que lleguen después de la hora prevista para el cierre del proceso de selección, no serán recibidas. Para
verificar la hora, se tendrá en cuenta la que señale la página de Internet http://horalegal.sic.gov.co/, que suministra la
Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia, la que conforme al numeral 5º del artículo 20 del Decreto 2153 de
1992 es la entidad competente para asignar la hora legal que rige en la República de Colombia.
En ningún caso la Unidad Nacional de Protección responderá por la mora en la entrega de alguna oferta por dificultades
del ingreso a la Unidad, por lo que resulta de exclusiva responsabilidad de los oferentes el prever la debida antelación
para asistir oportunamente a la diligencia de cierre del proceso de selección.
La propuesta se presentará en original y dos (2) copias, indicando en cada uno si se trata de la oferta original o de las
copias, debidamente legajada, foliada en orden consecutivo en su totalidad y firmada, tanto la propuesta original como las
copias.
Si se presenta alguna diferencia entre el original de la propuesta y las copias, prevalecerá el texto de la propuesta original.
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Cualquier enmendadura en la propuesta o en los documentos que la acompañan, deberá ser confirmada o validada con la
firma del proponente.
La propuesta contendrá un índice en el cual se indique de manera sucinta la relación de todos los capítulos y numerales
que la conforman, señalando el número de página en que se encuentra.
No se aceptarán propuestas enviadas por correo, e – mail, fax ni por cualquier otro medio diferente al previsto en el
presente pliego de condiciones.
Los sobres y sus copias deberán estar cerrados y rotulados de la siguiente manera:
- Número del Proceso:
- UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN – UNP
- Original (ó Primera, ó Segunda Copia)
- Fecha:
- Nombre del Proponente:
- Dirección Comercial:
- Teléfono:
- Fax:
- Correo Electrónico:
- Representante Legal o Apoderado:
- Dirección Comercial:
- Teléfono:
- Fax:
- Correo Electrónico:
La propuesta deberá ir acompañada de toda la documentación solicitada, anexos y demás información necesaria, que
permita verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos. El proponente deberá diligenciar todos los anexos, de tal
manera que permita la verificación de cada requerimiento.
2.7.
MODIFICACIONES, ACLARACIONES Y RETIRO DE LAS PROPUESTAS
Después del cierre del proceso de selección la UNP no aceptará propuestas complementarias, modificaciones o adiciones
a las mismas. Ningún proponente podrá retirar su propuesta después del cierre del proceso.
NOTA.- Devolución copias de las propuestas. Los proponentes no favorecidos con la adjudicación del presente proceso
contractual, deben retirar dentro del mes siguiente a la fecha de celebración del respectivo contrato, las copias de las
ofertas presentadas dentro de este proceso. En caso contrario, la entidad procederá a destruir dichas copias.
2.8.
AUDIENCIA DE CIERRE DEL PROCESO DE SELECCIÓN
En el día y hora de cierre del Proceso de Selección, señalado en el cronograma, se efectuará una audiencia pública en la
que se procederá a numerar e identificar las propuestas presentadas.
La audiencia de cierre del proceso de selección, seguirá las siguientes reglas:
-
Los sobres que contienen las propuestas recibidas hasta la fecha y hora del cierre del plazo del presente proceso,
establecida en el cronograma del pliego de condiciones, serán abiertos en el Auditorio de la Sede Principal de la
UNP, ubicado en la Avenida Calle 26 No. 59 -41/65, piso 8º de la ciudad de Bogotá D.C.
-
Se efectuará en acto público, por parte de los funcionarios de la Secretaría General de la UNP y el Jefe de la Oficina
de Control Interno, o su delegado. De lo anterior se levantará un acta suscrita por los asistentes, en la cual se
relacionará el nombre de los proponentes, si la carta de presentación fue incluida y está firmada, si se incluyó el
documento de aceptación de las especificaciones técnicas, el valor de la propuesta económica, el número de la
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garantía de seriedad de la propuesta que la acompaña, el número de folios y las observaciones correspondientes,
así como los demás aspectos relevantes que considere la Entidad.
2.9.
A partir de la fecha y hora de cierre del plazo del presente proceso los proponentes no podrán retirar, adicionar o
corregir sus propuestas.
PRÓRROGA DEL PLAZO DEL CIERRE
La UNP podrá prorrogar el plazo del cierre del Proceso de Selección de conformidad con las necesidades establecidas
para la entidad, la complejidad de las observaciones y las modificaciones requeridas a las condiciones de contratación.
2.10.
COMITÉ EVALUADOR – VERIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS HABILITANTES
La UNP conformará un comité evaluador específico para el presente proceso de selección, el cual será responsable de
verificar la totalidad de las propuestas presentadas, con sujeción a lo establecido en el pliego de condiciones. Por ello,
realizará la verificación y habilitación de las ofertas dentro del término establecido en el cronograma respecto a los
requisitos habilitantes correspondientes a la capacidad jurídica, capacidad financiera, capacidad de contratación,
experiencia y el cumplimiento de las condiciones técnicas mínimas exigidas. El Comité podrá solicitar a los proponentes
las aclaraciones y explicaciones indispensables sobre el contenido de las ofertas, sin que con ello se pueda modificar,
mejorar, adicionar o completar los ofrecimientos hechos, de acuerdo con el procedimiento previsto para subsanar en el
numeral 2.12 del presente documento.
El comité evaluador inicialmente verificará el cumplimiento de los requisitos habilitantes exigidos, cuyo cumplimiento
deben acreditar los proponentes so pena de rechazo.
El comité evaluador se reserva el derecho a establecer la veracidad de la información suministrada por los proponentes en
los documentos solicitados en el presente proceso de selección, así como la que aporte el oferente cuando ha habido
lugar a alguna aclaración, para lo cual con la presentación de la propuesta se entiende otorgada la autorización para
hacerlo.
El comité evaluador, luego de verificar el cumplimiento de los requisitos habilitantes, señalará cuáles proponentes se
encuentran habilitados para participar en el proceso de selección, y cuáles no habilitados, y así lo señalará en el informe
de evaluación. Igualmente procederá a realizar la evaluación de los factores de selección de las ofertas, la cual se
realizará exclusivamente sobre las que se hayan considerado habilitadas.
El resultado de esta evaluación también se consignará en el informe de evaluación que se publicará.
Los proponentes podrán presentar observaciones frente al informe de evaluación de acuerdo con el cronograma.
2.11.
PRESENTACIÓN DE OBSERVACIONES
El resultado de la evaluación se publicará en el SECOP durante tres (3) días hábiles, termino durante el cual los oferentes
podrán presentar observaciones a la misma, las cuales serán resueltas por la UNP, en el acto de adjudicación del proceso
de selección.
En el término previsto en el presente pliego de condiciones los proponentes pueden presentar las observaciones que
estimen pertinentes, sin que ello signifique que se pueden complementar, adicionar, modificar o mejorar sus propuestas.
2.12.
SUBSANABILIDAD
A solicitud de la UNP, los proponentes podrán subsanar la ausencia de requisitos o la falta de documentos necesarios
para acreditar el cumplimiento de los requisitos habilitantes hasta la audiencia de adjudicación o hasta la expedición del
Acto de Adjudicación o de Declaratoria de Desierta. En ejercicio de esta posibilidad, los proponentes no podrán subsanar
asuntos relacionados con la falta de capacidad para presentar la oferta, ni para acreditar circunstancias ocurridas con
posterioridad a la fecha establecida para el cierre, ni completar, adicionar o modificar la oferta presentada.
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Sobre la aceptación del cumplimiento de las especificaciones técnicas mínimas excluyentes no se realizará ningún tipo de
requerimiento, teniendo en cuenta que estas son de obligatorio cumplimiento y no podrán obviarse en la presentación de
la respectiva oferta, por lo tanto la ausencia o el contenido del FORMATO 1 – CARTA DE PRESENTACIÓN no será
sujeto de aclaración, adición o modificación de ninguna clase.
2.13.
PROPUESTA ÚNICA HÁBIL
Si luego de la verificación de los requisitos habilitantes sólo uno de los proponentes resulta habilitado, la entidad
continuará con éste la evaluación de los factores que arrojan puntaje y si está conforme con las exigencias del pliego de
condiciones y es conveniente para los intereses de la UNP procederá a su adjudicación, en caso contrario, a la declaratoria
de desierto del proceso.
2.14.
CAUSALES DE RECHAZO
La UNP rechazará las propuestas en los siguientes casos:
2.14.1.
Cuando el proponente se encuentre incurso en las causales de inhabilidad, incompatibilidad o en conflicto de
interés fijados por la Constitución y la Ley, para presentar la propuesta.
2.14.2.
Cuando el proponente o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal no cuente con la capacidad
jurídica suficiente para la presentación de la oferta o no cumplan todas las calidades y condiciones de
participación indicadas dentro del Pliego de Condiciones.
2.14.3.
Cuando la UNP haya solicitado presentar algún documento o subsanar o aclarar alguna información,
necesarios para la verificación de cumplimiento de los requisitos habilitantes, o para la aclaración de los
asuntos referidos a los factores técnicos, y el proponente no aporte, subsane o aclare lo pertinente, en el
término legalmente establecido para el efecto, teniendo en cuenta lo conceptuado por la Sala de Consulta y
Servicio Civil el 20 de mayo de 2010, Rad. 1.992 (10001-03-06-000-2010-00034-00).
2.14.4.
Cuando la propuesta sea presentada en un idioma diferente al idioma castellano lo cual no permita la
comparación de las ofertas o cuando, en la oferta de precio impresa, se presente algún valor en moneda
extranjera.
2.14.5.
Cuando un proponente, persona natural y/o jurídica o bajo alguna modalidad de asociación (consorcio o unión
temporal) presente propuesta dentro del mismo proceso de selección bien sea como persona jurídica, bajo la
misma denominación al proponente plural o como integrante de otro consorcio o unión temporal o socio de
una persona jurídica, que haya presentado propuesta dentro del proceso de selección. En este caso, se
rechazarán todas las propuestas respecto de las cuales se presente la situación descrita.
2.14.6.
Cuando no se cumpla con uno o más requerimientos técnicos solicitados en este pliego, en el estudio previo,
en el anexo técnico o en el anexo económico del proceso.
2.14.7.
Cuando la propuesta sea presentada extemporáneamente, es decir luego de la fecha y/u hora exactas
señaladas para el cierre del plazo, o en lugar distinto al señalado en el presente pliego de condiciones.
2.14.8.
Cuando, presentada la propuesta mediante consorcio, unión temporal, o cualquier otra modalidad de
propuesta conjunta, luego de la fecha señalada para la entrega de propuestas, se modifique el porcentaje de
participación de uno o varios de sus integrantes, o uno o algunos de ellos desista o sea excluido de participar
en el consorcio, unión temporal o la modalidad de asociación escogida.
2.14.9.
Cuando el proponente presente más de una propuesta.
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2.14.10.
Cuando la propuesta económica del proponente o la propuesta económica corregida resultante de la
verificación aritmética, supere el valor del presupuesto oficial estimado en el ANEXO ECONÓMICO o supere
alguno de los valores unitarios de las unidades de costos señaladas en dicho anexo.
2.14.11.
Cuando se presenten propuestas alternativas o parciales.
2.14.12.
Cuando no se presenten los documentos que sean necesarios para la comparación objetiva de las
propuestas.
2.14.13.
Cuando se encuentren inconsistencias o irregularidades en la información presentada para acreditar el
cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente documento.
2.14.14.
Cuando el oferente condicione su oferta, de modo que no se garantice el cumplimiento de la totalidad de las
obligaciones, en los precisos términos señalados en el pliego de condiciones.
2.14.15.
Cuando el proponente manifieste y/o acredite en su propuesta que no ha sido sancionado o suministre
información falsa y la entidad corrobore que dicha información no es veraz.1.
2.14.16.
En caso de no poderse realizar una evaluación objetiva de la propuesta, por cuanto se presenta inexactitud en
la información suministrada por el proponente o en la contenida en los documentos y certificados anexos a la
propuesta o inconsistencias en la información presentada por el proponente, o por alguno de los miembros del
Consorcio o de la Unión Temporal, y que solicitada la aclaración por parte de la UNP, si así lo considera, ésta
no haya sido satisfactoria o no sea presentada por el proponente dentro del término fijado.
2.14.17.
Cuando el proponente ejecute cualquier acción tendiente a influir o presionar a los servidores públicos o
contratistas, encargados de la evaluación de las propuestas o la adjudicación del contrato.
La ausencia de requisitos o falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la
comparación de las propuestas, no servirá de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos (artículo 5º de Ley
1150 de 2007).
1 Numeral 7° del Artículo 26 de la Ley 80 de 1993.
2.15.
ORDEN DE ELEGIBILIDAD.
El comité evaluador recomendará al ordenador del gasto, quien deberá ser el adjudicatario o si el proceso debe
declararse desierto. Para ello tendrá en cuenta el cumplimiento de los requisitos habilitantes y la ponderación de cada
factor de evaluación.
El presente proceso se adjudicará a la propuesta con mayor puntaje.
Establecido el orden de elegibilidad, la entidad a través del Ordenador del Gasto, por medio de acto administrativo
motivado, adjudicará el proceso al proponente con mayor puntaje y que cumpla con todos los requisitos exigidos en el
pliego de condiciones o procederá a la declaratoria de desierta del proceso, si a ello hubiere lugar.
De acuerdo con la recomendación presentada por el comité evaluador, el ordenador del gasto de la UNP mediante acto
administrativo debidamente motivado, adjudicará o declarará desierto el proceso de selección.
Este último caso sólo procede por motivos o causas que impidan la escogencia objetiva del CONTRATISTA, de
conformidad con lo establecido en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el Decreto 1510 de 2013, sus normas
complementarias, y los términos del presente pliego de condiciones.
El ordenador del gasto podrá apartarse de la recomendación presentada por el comité evaluador, caso en el cual
justificará su decisión en el acto administrativo correspondiente.
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2.16.
PRÓRROGA DEL PLAZO DE ADJUDICACIÓN
La UNP podrá extender el plazo previsto hasta por un término igual a la mitad del inicialmente establecido.
2.17.
SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El adjudicatario deberá firmar el contrato en el plazo previsto en el cronograma del presente proceso.
En el momento de la firma del contrato, el CONTRATISTA deberá diligenciar el formulario Beneficiario/cuenta, en el cual
informará el número de la cuenta corriente o de ahorros y la entidad bancaria en donde pueda consignarse el valor del
contrato, cuenta que debe figurar a nombre del CONTRATISTA y en caso de consorcios o uniones temporales, a nombre
de quien (es) va (n) a facturar.
2.18.
REVOCABILIDAD DEL ACTO DE ADJUDICACIÓN
El acto de adjudicación es irrevocable y obliga a la UNP y al adjudicatario, no obstante lo anterior, si dentro del plazo
comprendido dentro de la adjudicación y la suscripción del contrato sobreviene una inhabilidad o incompatibilidad, o si se
demuestra que el acto se obtuvo por medios ilegales este podrá ser revocado, caso en el cual, la UNP podrá aplicar lo
previsto en el inciso final del numeral 12 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993.
PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES
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3.
3.1.
DEL PROPONENTE Y SU PROPUESTA
VIGENCIA DE LA PROPUESTA
La propuesta deberá permanecer vigente por un período mínimo de cien (100) días calendario, contados a partir de la
fecha prevista para presentar propuestas. La UNP podrá solicitar, si ello fuere necesario, la ampliación de la vigencia de la
propuesta, por el término que se requiera.
Durante el período de su vigencia, la propuesta será irrevocable, de tal manera que el proponente no podrá retirarla, ni
modificar los términos o condiciones de la misma.
3.2.
VALIDEZ DE LA PROPUESTA
El proponente que resulte favorecido con la adjudicación del contrato, debe mantener la validez de la oferta hasta la
aprobación de la garantía única constituida con ocasión del mismo.
3.3.
PROPUESTA ECONÓMICA
El proponente deberá presentar su oferta económica de acuerdo con lo indicado en el presente pliego de condiciones,
diligenciando el FORMATO 2 - PROPUESTA ECONÓMICA.
Los valores unitarios señalados en este formato, constituyen presupuestos oficiales de cada unidad de costo, razón por la
cual el proponente en su propuesta no podrá superar dichos valores unitarios so pena de rechazo, por superar el
presupuesto oficial estimado.
3.4.
REAJUSTES O COSTOS ADICIONALES
El presupuesto asignado para este proceso de selección comprende todos los costos directos e indirectos en que el
proponente va a incurrir para cumplir con el objeto del contrato; por lo tanto la UNP no reconocerá ningún reajuste de
tarifas o precios durante la vigencia del contrato. Estos valores no estarán sujetos a modificaciones por concepto de
inflación y por ningún motivo se considerarán costos adicionales.
3.5.
UNA PROPUESTA POR PROPONENTE
La UNP sólo aceptará una propuesta por proponente, en consorcio, unión temporal o individualmente.
3.6.
PROPUESTAS ALTERNATIVAS
La UNP NO ACEPTARÁ propuestas alternativas.
3.7.
PROPUESTAS PARCIALES O INCOMPLETAS
La UNP NO ACEPTARÁ propuestas parciales o incompletas, sin perjuicio de la posibilidad de subsanar a que se refiere el
pliego de condiciones.
3.8.
COSTO DE PREPARACIÓN Y ELABORACIÓN DE LA PROPUESTA
Serán a cargo del proponente todos los costos asociados a la preparación y elaboración de su propuesta.
3.9.
COPIAS DE LAS PROPUESTAS Y DE LAS ACTUACIONES
De acuerdo con lo establecido en el numeral 4o. del artículo 24 de la Ley 80 de 1993, cualquier persona que demuestre
interés legítimo, podrá solicitar por escrito y con costo a su cargo, copia parcial o total de las propuestas recibidas, o de las
actuaciones generadas en virtud del Proceso de Selección.
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Para garantizar la transparencia, economía y responsabilidad del proceso, La UNP no suministrará datos referentes a las
propuestas, durante el plazo de verificación de los requisitos habilitantes.
Cuando los proponentes en sus propuestas hayan indicado que alguno o algunos de los documentos o información tienen
carácter reservado de conformidad con la ley, y la UNP así lo constate, no se expedirá copia de dichos documentos,
motivando la decisión.
El valor de las copias solicitadas se cobrará de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo
y de lo Contencioso Administrativo.
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4.
REQUISITOS HABILITANTES
LOS PROPONENTES DEBERÁN ESTRUCTURAR LA PROPUESTA APORTANDO LA DOCUMENTACIÓN EN EL
MISMO ORDEN QUE SE INDICA.
De acuerdo a lo señalado en los artículos 15,16 y 17 del Decreto 1510 de 2013, se procede a indicar y justificar los
requisitos habilitantes a nivel jurídico, financiero y técnico, así como documentos mediante los cuales se entenderán
cumplidos:
4.1.
CRITERIOS Y DOCUMENTOS DE VERIFICACIÓN JURÍDICA
Estos documentos se solicitan para establecer el cumplimiento de los requisitos referidos a la capacidad jurídica con que
cuentan los oferentes para desarrollar el objeto del proceso, determinar la calidad en que presentan la propuesta, la
voluntad inequívoca de presentar su propuesta y la vigencia de la misma.
4.1.1.
FOTOCOPIA DE LA CÉDULA DE CIUDADANÍA DEL PROPONENTE O REPRESENTANTE LEGAL O
APODERADO
El oferente deberá presentar junto con su oferta fotocopia de la cédula de ciudadanía del proponente o representante legal
o apoderado, según corresponda.
4.1.2.
CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL EXPEDIDO POR LA CÁMARA DE
COMERCIO Y POR LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA.
Para efectos de la verificación de la capacidad jurídica, la persona jurídica oferente deberá presentar con su oferta el
Certificado de existencia y representación Legal, tanto el expedido por la Cámara de Comercio de su domicilio como el
expedido por la Superintendencia Financiera, los cuales deberá tener una fecha de expedición no mayor a treinta (30) días
calendarios anteriores a la fecha definitiva de cierre del proceso de selección en el que acredite que su objeto social
guarda relación con el objeto de la presente contratación y que se encuentra autorizado para ejercer la actividad fiduciaria
en Colombia, de manera que le permita al proponente celebrar y ejecutar el contrato ofrecido, teniendo en cuenta para
estos efectos el alcance y la naturaleza de las diferentes obligaciones que adquiere.
Si el oferente no presenta con su propuesta los documentos solicitados en el presente numeral con las condiciones aquí
fijadas, se requerirá al proponente a fin de que los aporte dentro del plazo que le señale para el efecto.
Cuando el proponente no cumpla al momento de presentación de su propuesta con las condiciones de capacidad aquí
exigidas, la oferta no se considerará hábil.
4.1.3.
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
La carta de presentación de la propuesta se diligenciará conforme al FORMATO – CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA
PROPUESTA contenido en el pliego de condiciones y será firmada por el proponente, representante legal del proponente
o su apoderado. Si la propuesta es presentada en unión temporal o consorcio, será suscrita por su representante legal
debidamente facultado en los términos de ley.
Si la carta de presentación de la propuesta está incompleta o su contenido no está conforme a lo exigido en el pliego de
condiciones, se solicitará aclaración al proponente, para que dentro del plazo que señale para el efecto la aporte o
subsane lo pertinente, salvo que el documento no esté suscrito por el proponente, caso en el cual se genera el rechazo de
la oferta, por no encontrarse acreditada la voluntad inequívoca de presentar propuesta.
4.1.4.
PODER
Cuando el oferente actúe a través de apoderado deberá acreditar mediante documento debidamente otorgado, con
anterioridad a la presentación de la oferta, que su apoderado está expresamente facultado para presentar la oferta.
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Si el oferente no anexa el respectivo poder o anexándolo no se ajusta a los términos legales para el efecto, se solicitará
aclaración para que dentro del plazo que señale para el efecto lo aporte o subsane lo pertinente.
4.1.5.
REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA PERSONAS JURÍDICAS
La persona jurídica que desee presentar propuesta en el presente proceso, bien sea de naturaleza pública o
privada, nacional o extranjera, con o sin domicilio en Colombia deberá cumplir con los siguientes numerales según
corresponda.
4.1.5.1.
Autorización para presentar propuesta y suscribir el contrato
Si el representante legal del oferente o de algunos de los integrantes de un consorcio o unión temporal requiere
autorización de sus órganos de dirección para presentar oferta y para suscribir el contrato, anexarán los documentos que
acrediten dicha autorización, la cual deberá ser previa a la presentación de la oferta.
En caso que el valor de la propuesta supere el monto de la autorización prevista en los estatutos para que el
representante legal pueda presentar propuesta o contratar, anexará el respectivo documento donde previamente a la
presentación de la propuesta se le faculte contratar, por el valor total del presupuesto oficial, sin perjuicio que el
proponente se le adjudique un grupo de conformidad las reglas de este proceso.
En el evento en que no se aporte con la oferta la autorización prevista anteriormente, se solicitará al proponente allegue el
documento dentro del plazo que le señale para el efecto, en todo caso dicha autorización deberá haber sido expedida con
anterioridad a la presentación de la oferta.
4.1.5.2.
Persona jurídica de naturaleza privada
Para los efectos previstos en este numeral se consideran personas jurídicas privadas de origen nacional, las sociedades
constituidas de acuerdo con la legislación nacional y que tengan su domicilio principal en Colombia.
Con el fin de verificar los requisitos jurídicos habilitantes en este proceso, el oferente deberá presentar con su oferta el
CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL Y CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO
ÚNICO DE PROPONENTES en donde se acredite la siguiente información:





La existencia y representación legal, duración y nombre de su representante legal o de la persona o personas que
tengan la capacidad para comprometerla jurídicamente y sus facultades.
En el evento que el contenido de los certificados de existencia y representación legal o RUP se haga la remisión a
los estatutos de la persona jurídica para establecer alguna limitación a las facultades del Representante Legal, el
oferente deberá anexar copia de la parte pertinente de dichos estatutos.
La fecha de constitución de la persona jurídica proponente, la cual no podrá ser inferior a un (1) año, contado a
partir de la fecha del cierre del proceso contractual.
El término de duración de la persona jurídica, el cual no podrá ser inferior al plazo de ejecución del contrato y un
(1) año más.
Acreditar la suficiencia de la capacidad legal del representante legal para presentar la propuesta y suscribir el
contrato, de conformidad con lo establecido en el pliego de condiciones.
Debido a que la UNP se encuentra aplicando el Decreto 1510 de 2013 es procedente señalar que en el Registro Único de
Proponentes RUP se verificara si cuenta con un registro vigente y en firme y que no existan sanciones que lo puedan
inhabilitar, este documento deberá tener una fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendarios anteriores a la
fecha definitiva de cierre del proceso de selección.
En el evento en que no se aporte con la oferta esta documentación, se solicitará al proponente allegue el documento
dentro del plazo que le señale para el efecto, en todo caso, cuando el proponente no acredite que al momento de
presentación de su propuesta cumple con las condiciones de capacidad aquí exigidas, la oferta no se considerará hábil.
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4.1.5.3.
Personas jurídicas de naturaleza pública
Para los efectos previstos en este numeral se consideran personas jurídicas nacionales de naturaleza pública aquellas
sociedades constituidas por disposición legal o reglamentaria, de acuerdo con la legislación nacional y que tengan su
domicilio principal en Colombia.
Para presentar propuesta en el presente proceso deberá presentar con su oferta el CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y
REPRESENTACIÓN LEGAL Y CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES o los
documentos en donde se acredite la siguiente información:




Acreditar su existencia y representación legal, salvo que dicha existencia y representación se derive de la
Constitución o la ley. Para el efecto, mencionarán las normas, documentos o actos administrativos de creación.
En todo caso, se citará o aportará el documento mediante el cual se le autorizó la presentación de la oferta y la
posterior suscripción del contrato, impartida por el órgano competente, sin perjuicio de lo cual, será
responsabilidad de la persona jurídica correspondiente, asegurarse de cumplir todos los requisitos
presupuestales y administrativos necesarios para obligarse y ejecutar adecuada y oportunamente las
obligaciones que contrae mediante la presentación de la propuesta.
En el evento que las normas, documentos o actos administrativos de creación hagan remisión a los estatutos de
la persona jurídica para establecer alguna limitación a las facultades del Representante Legal, el oferente deberá
anexar copia de la parte pertinente de dichos estatutos.
Acreditar que el ente público oferente tiene capacidad legal para celebrar y ejecutar el contrato. Para efectos de
lo anterior, el objeto de dicho ente, señalado en la ley o sus reglamentos, deberá tener relación directa con las
obligaciones derivadas del contrato a celebrar como resultado del presente proceso de selección, de
conformidad con lo indicado en el literal c) del numeral 4° del artículo 2° de la Ley 1150 de 2007, modificado por
el artículo 92 de la Ley 1474 de 2011.
Acreditar la capacidad legal del representante legal para presentar la propuesta y suscribir el contrato, teniendo
en cuenta para estos efectos el alcance y la naturaleza de las diferentes obligaciones que adquiere. Por lo tanto,
aportará los documentos relativos al acto de nombramiento y posesión del representante legal.
La fecha de constitución o creación de la persona jurídica proponente, la cual no podrá ser inferior a un (1) año, contado a
partir de la fecha del cierre del proceso contractual.
En el evento en que no se aporte con la oferta esta documentación, se solicitará al proponente allegue el documento
dentro del plazo que le señale para el efecto, en todo caso, cuando el proponente no acredite que al momento de
presentación de su propuesta cumple con las condiciones de capacidad aquí exigidas, la oferta no se considerará hábil.
4.1.5.4.
Personas jurídicas públicas o privadas de origen extranjero
Para los efectos previstos en este numeral, se consideran personas jurídicas públicas o privadas de origen extranjero las
sociedades no constituidas de acuerdo con la legislación nacional, sea que tengan o no domicilio en Colombia a través de
sucursales.
De conformidad con el Artículo 8 del Decreto 1510 de 2013, el cual establece “Inscripción, renovación, actualización y
cancelación del RUP. Las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, con domicilio en Colombia. Interesadas
en participar en Procesos de Contratación convocados por las Entidades Estatales, deben estar inscritas en el RUP, salvo
las excepciones previstas de forma taxativa en la ley...”, las propuestas de personas jurídicas de origen extranjero
domiciliadas o con sucursal en Colombia deberán cumplir las mismas condiciones referidas en el numeral 3.1.5.2., y en
caso de ser de carácter público deberán acreditar lo referido en el numeral 3.1.5.3.
Para el caso de las personas jurídicas extrajeras sin domicilio en Colombia, las mismas deberán acreditar ante la entidad
lo establecido en el artículo 9 del Decreto 1510 de 2013, a saber:
“Las sucursales de sociedad extranjera deben presentar para registro la información contable y financiera de su casa
matriz. Los estados financieros de las sociedades extranjeras deben ser presentados de conformidad con las normas
aplicables en el país en el que son emitidos”.
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Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados en la forma prevista en las normas vigentes
sobre la materia.
Para la representación legal de la persona jurídica extranjera en Colombia, esta podrá otorgar poder a una persona natural
o jurídica domiciliada en Colombia, caso en el cual deberá estar facultado para representar legalmente a la persona
jurídica extranjera, debidamente facultado para presentar la propuesta, participar y comprometer a su representado en las
diferentes instancias del presente proceso de selección, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran así
como el contrato ofrecido, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con el
pliego de condiciones, así como para representarla judicial o extrajudicialmente.
En cuanto a las facultades del representante legal designado por la persona jurídica extranjera deberán indicarse en la
documentación aportada.
En el evento en que no se aporte con la oferta esta documentación, se solicitará al proponente allegue el documento
dentro del plazo que le señale para el efecto, en todo caso, cuando el proponente no acredite que al momento de
presentación de su propuesta cumple con las condiciones de capacidad aquí exigidas, la oferta no se considerará hábil.
Las disposiciones, de estos estudios previos y las consignadas en el pliego de condiciones en cuanto a proponentes
extranjeros se refiere, regirán sin perjuicio de lo pactado en tratados o convenios internacionales.
4.1.6.
REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA PROPUESTAS CONJUNTAS - PROPONENTES PLURALES
Se entenderá por propuesta conjunta, una propuesta presentada en consorcio, unión temporal. En tal caso se tendrá como
proponente, para todos los efectos, el grupo conformado por la pluralidad de personas, y no las personas que lo
conforman individualmente consideradas.
Podrán participar consorcios y uniones temporales, para lo cual cumplirán los siguientes requisitos:







Acreditar la existencia, representación legal, capacidad legal y jurídica de las personas naturales o jurídicas que
vayan a conformar el consorcio o la unión temporal, y la capacidad de sus representantes, así como para la
presentación de la propuesta, celebración y ejecución del contrato.
Acreditar la existencia del consorcio o de la unión temporal, y específicamente la circunstancia de tratarse de uno
u otro, lo cual se declarará expresamente en el acuerdo de asociación correspondiente, señalando las reglas
básicas que regulan las relaciones entre ellos, los términos, actividades, condiciones y participación porcentual de
los miembros del consorcio o la unión temporal en la propuesta y en la ejecución de las obligaciones atribuidas al
contratista por el contrato ofrecido.
Acreditar que la duración del consorcio o de la unión temporal no sea inferior al plazo de ejecución del contrato a
celebrar y un (1) año más.
Acreditar que la duración de cada una de las personas jurídicas integrantes del consorcio o unión temporal no sea
inferior al plazo de ejecución del contrato a celebrar y un (1) año más.
La designación de un representante que estará facultado para actuar en nombre y representación del consorcio o
de la unión temporal. Igualmente designarán un suplente que lo remplace en los casos de ausencia temporal o
definitiva.
Los requisitos relacionados con la existencia, representación legal y duración de los consorcios o uniones
temporales, se acreditarán mediante la presentación del documento consorcial o de constitución de la unión
temporal en el que se consignen los acuerdos y la información requerida.
Los requisitos relacionados con la existencia, representación y capacidad jurídica de cada uno de los integrantes
del consorcio o unión temporal, sean personas jurídicas o naturales, deberán acreditarse conforme se indica en los
numerales respectivos del presente Pliego de Condiciones.
En atención a lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 3050 de 1997, los integrantes del consorcio o unión temporal en el
documento de constitución o previamente a suscribir el contrato, para efectos del pago y en relación con la facturación
deben manifestar:
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


Si la va a efectuar en representación del consorcio o la unión temporal uno de sus integrantes, caso en el cual
debe informar el número del NIT de quien factura.
Si la facturación la van a presentar en forma separada cada uno de los integrantes del consorcio o la unión
temporal, caso en el cual deben informar el número de NIT de cada uno de ellos y la participación de cada uno en
el valor del contrato.
Si la va a realizar el consorcio o unión temporal con su propio NIT, caso en el cual se compromete a indicar el
número al momento de la suscripción del contrato.
En cualquiera de las alternativas anteriores, las facturas deberán cumplir los requisitos establecidos en las disposiciones
legales.
La no presentación de los anteriores documentos, o su presentación sin el lleno de los requisitos o términos exigidos, será
objeto de requerimiento al proponente, para que los aporte o subsane la(s) falla(s) dentro del plazo que se señale. No
obstante, la existencia del consorcio o de la unión temporal debe ser anterior al cierre del proceso.
En todo caso, cuando el proponente, o los miembros del consorcio o unión temporal, no cumplan al momento de
presentación de su propuesta con las condiciones de capacidad jurídica aquí exigidas, la oferta se considerará no hábil.
4.1.7.
CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO DE APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL Y
PARAFISCALES
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, que modificó el inciso segundo y el parágrafo 1º
del artículo 41 de la Ley 80 de 1993, y en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, el oferente probará el cumplimiento de sus
obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral y las de carácter parafiscal (Cajas de Compensación Familiar,
Sena e ICBF), así:




4.1.8.
4.1.8.1.
Las personas jurídicas lo harán mediante certificación expedida por el revisor fiscal o representante legal, según
corresponda.
Las personas naturales empleadoras lo harán mediante certificación expedida por el contador o en su defecto por
el oferente.
Cuando se trate de persona natural no empleadora deberá acreditar el pago de sus aportes al Sistema de
Seguridad Social Integral.
Si el oferente no presenta con su propuesta la constancia de cumplimiento de aportes a la seguridad social integral
y parafiscales, según corresponda, o si presentándola ésta no se ajusta a la totalidad de lo exigido en la ley o en el
presente proceso de selección, se requerirá al proponente a fin de que la aporte o subsane lo pertinente dentro del
plazo que le señale para el efecto.
GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA
Validez de la propuesta
Para todos los efectos, las ofertas serán válidas por noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha definitiva de
cierre de la presente contratación. La validez de la oferta se entenderá acreditada con la garantía de seriedad del
ofrecimiento y se entiende prorrogada la vigencia con la ampliación del término de dicha garantía.
4.1.8.2.
Condiciones de la garantía de seriedad de la propuesta
Cada proponente, presentará con su propuesta una garantía de seriedad de su ofrecimiento, de conformidad con lo
establecido en el artículo 118 del Decreto 1510 de 2013, a favor de la UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN, NIT
900.475.780-1de acuerdo con lo establecido a continuación:


Dicha garantía será otorgada a favor de la UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN NIT 900.475.780-1
El valor de la garantía de seriedad del ofrecimiento será del diez por ciento (10%) del valor del presupuesto
oficial.
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
La vigencia de la garantía será mínimo de noventa (90) días calendario, contados desde la fecha definitiva de
cierre del presente proceso de selección.
En todo caso la vigencia de esta garantía deberá extenderse hasta la aprobación de la garantía que ampara los riesgos
propios de la etapa contractual. En consecuencia, si por algún motivo dentro del periodo de vigencia de la garantía de
seriedad del ofrecimiento no se ha aprobado la garantía que ampara los riesgos propios de la etapa contractual, el
proponente seleccionado tendrá la obligación de aportar prórroga de la vigencia de la garantía de seriedad del
ofrecimiento, por el término que determine la UNP.
Cuando la propuesta se presente en consorcio o unión temporal, la garantía deberá ser tomada a nombre del consorcio o
de la unión temporal debidamente constituida con anterioridad al otorgamiento de la garantía, según el caso, con el
nombre o razón social de cada uno de sus integrantes y expresará claramente que será exigible por su valor total ante el
incumplimiento en que incurran cualquiera de los integrantes del grupo proponente, en todo o en parte, cuando de manera
directa o indirecta tal incumplimiento derive en el incumplimiento de parte del proponente de las obligaciones amparadas.
La garantía de seriedad de oferta se hará exigible de conformidad con las disposiciones vigentes sobre la materia, previa
realización de los trámites y actuaciones que garanticen el debido proceso. El cobro de la garantía de seriedad de oferta
se entiende sin perjuicio del derecho que le asiste a la Unidad Nacional de Protección, de exigir por los medios
reconocidos en Colombia la indemnización de los perjuicios que con la falta de seriedad de oferta en los eventos previstos,
se le hayan causado o se le llegaren a causar.
El valor de la garantía será exigible con la ejecutoria del acto administrativo expedido por la entidad en la que se declare el
incumplimiento del proponente respecto de su oferta, y se pagará el valor total al beneficiario en los términos previstos por
la ley.
3.1.8.3. Alcance del amparo y contenido obligatorio de la garantía
La garantía de seriedad del ofrecimiento incluirá en su texto el contenido completo que a continuación se requiere, en los
términos y con los alcances que se indican, mediante constancias o cláusulas adicionales o complementarias a la misma,
de manera expresa y escrita, y cuyos alcances no serán limitados por otras cláusulas, constancias o documentos
privados.
La garantía de seriedad de la oferta cubrirá los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimiento en los siguientes
eventos:




4.1.9.
La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado.
La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto en los pliegos de
condiciones para la adjudicación del contrato se prorrogue o cuando el término previsto para la suscripción del
contrato se prorrogue, siempre y cuando esas prórrogas no excedan un término de noventa (90) días.
La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía de cumplimiento exigida por la
entidad para amparar el incumplimiento de las obligaciones del contrato.
El retiro de la oferta después de vencido el término fijado para la presentación de las propuestas.
VERIFICACIÓN DE LA CONDICIÓN DE RESPONSABLE FISCAL
En cumplimiento a lo previsto en el artículo 60 de la Ley 610 de 2000 la Unidad Nacional de Protección hará directamente
la consulta y verificación sobre la inclusión o no del proponente o de cada uno de los miembros del consorcio o unión
temporal, según el caso, en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República.
4.1.10.
VERIFICACIÓN DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS
De conformidad con lo previsto en el artículo 1º de la Ley 1238 de 2008 y con el fin de verificar los antecedentes
disciplinarios la Unidad Nacional de Protección realizará la consulta de los antecedentes disciplinarios del proponente o de
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cada uno de los miembros del consorcio o unión temporal, según el caso, como quiera que las sanciones disciplinarias
desprenden eventualmente inhabilidades en materia contractual.
Será causal de rechazo de la propuesta, el hecho que el proponente, persona natural o el representante legal de la
persona jurídica o del consorcio o unión temporal, se encuentre sancionado disciplinariamente con inhabilidad para
celebrar contratos con el Estado.
4.1.11.
VERIFICACIÓN ANTECEDENTES JUDICIALES
De conformidad con lo previsto en el artículo 94 del Decreto-Ley 0019 de 2012 y con el fin de verificar los antecedentes
judiciales del oferente (persona natural o representante legal de persona jurídica o consorcio o unión temporal), la Unidad
Nacional de Protección realizará la consulta de los antecedentes judiciales a través del mecanismo en línea que el
Gobierno Nacional defina para el efecto.
En caso que el proponente persona natural o representante legal de la persona jurídica o del consorcio o unión temporal,
según el caso, registre antecedentes judiciales consistentes en sentencia judicial condenatoria con pena accesoria de
interdicción de derechos y funciones públicas, el proponente será rechazado.
4.1.12.
COMPROMISO DE TRANSPARENCIA
La propuesta estará acompañada del Compromiso de Transparencia suscrito por el proponente o por el representante
legal o apoderado, constituido en debida forma para el efecto, para lo cual se deberá diligenciar el FORMATO –
COMPROMISO DE TRANSPARENCIA señalado en el pliego de condiciones.
Si el proponente no incluye el Compromiso de Transparencia, o si incluyéndolo no está suscrito por el proponente,
representante legal o apoderado, constituido en debida forma para el efecto, o si el compromiso está incompleto o su
contenido no está conforme a lo exigido en el modelo correspondiente del pliego de condiciones, se le requerirá para que
lo allegue o subsane lo pertinente dentro del plazo señalado para el efecto.
4.2.
CRITERIOS Y DOCUMENTOS DE VERIFICACIÓN ECONÓMICA Y FINANCIERA
Mediante la siguiente documentación el proponente acreditará que cuenta con la suficiente capacidad financiera para dar
cumplimiento al objeto contratado.
4.2.1.
CAPACIDAD FINANCIERA PROPONENTES NACIONALES O EXTRANJEROS CON DOMICILIO O
SUCURSAL EN COLOMBIA
La capacidad financiera de los proponentes nacionales o extranjeros con domicilio o sucursal en Colombia se verificará
de forma general con la información en firme a la fecha de cierre prevista en el pliego de condiciones, contenida en el
Certificado de Inscripción, Clasificación y Calificación en el Registro Único de Proponentes (RUP).
El proponente deberá actualizar su inscripción en el REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES una vez haya aprobado los
estados financieros del cierre fiscal anterior. Por lo tanto la información financiera ÚNICAMENTE se verificará con la
aquella que conste en dicho registro de conformidad establecido en el artículo 6, numeral 6.1 de la ley 1150 de 2007.
Este certificado deberá haber sido expedido máximo dentro de los treinta (30) días anteriores a la fecha definitiva de cierre
del proceso de selección. La información financiera contenida en dicho certificado (RUP) deberá estar actualizada al último
cierre fiscal del proponente.
Para el caso de los proponentes extranjeros con domicilio o sucursal en Colombia, la fecha de corte de la información
reportada deberá corresponder a la del último cierre fiscal de acuerdo con la normatividad contable del país de origen del
proponente.
LA UNP aclara que la información consignada en el RUP debe estar en firme para la fecha de cierre del proceso.
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Los criterios de habilitación financiera para nacionales o extranjeros con domicilio o sucursal en Colombia son los referidos
en el numeral 5.2.3.
4.2.2.
CAPACIDAD FINANCIERA PARA PERSONAS NATURALES EXTRANJERAS SIN DOMICILIO EN
COLOMBIA Y PERSONAS JURÍDICAS EXTRANJERAS SIN SUCURSAL EN COLOMBIA NO OBLIGADO AL
RUP
Los proponentes, personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia y personas jurídicas extranjeras sin sucursal
en Colombia no obligado al RUP, para efectuar la verificación económica y financiera deberán anexar con su propuesta
los siguientes documentos:


Balance general, estado de resultados, así como, las notas a los estados financieros, correspondientes a la
aprobación del corte de ejercicio del último periodo contable, de acuerdo con lo establecido en las leyes y normas
del respectivo país.
Los estados financieros del proponente extranjero deberán estar firmados por el Representante legal y el contador
de la firma extranjera.
Los estados financieros vendrán consularizados y visados por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.
Los estados financieros expresados en la moneda del país de origen deben estar acompañados de la traducción
simple al español, indicando la cifra en dólares y la conversión a pesos colombianos a la tasa representativa del
mercado en Colombia (TRM) de la fecha de cierre de los mismos, la cual debe ser indicada en los mismos. El
balance estará discriminado de la siguiente manera:
ACTIVOS: Corriente, no corriente y total
PASIVOS: Corriente, no corriente, total y PATRIMONIO

Certificación o dictamen de Auditoría Externa del país del proponente, de los estados financieros y solo se aceptará
“dictamen limpio”.
El dictamen a los estados financieros vendrá con traducción simple al español.
Entiéndase por dictamen limpio aquel en el que se declara que los estados financieros presentan razonablemente en
todos los aspectos significativos, la situación financiera, los cambios en el patrimonio, los resultados de operaciones y los
cambios en la situación financiera de la entidad, de conformidad con los principios de contabilidad generalmente
aceptados.
Cuando en desarrollo de la verificación financiera requiera confirmar información adicional del proponente, podrá solicitar
los documentos que considere necesarios para el esclarecimiento de la información, tales como estados financieros de
años anteriores, anexos específicos o cualquier otro soporte. Así mismo, requerir las aclaraciones que considere
necesarias.
En el evento de que cualquiera de estos requerimientos no sea aplicable en el país del domicilio del oferente extranjero, el
representante legal o el apoderado en Colombia, deberá hacerlo constar bajo la gravedad de juramento, así como, la firma
de auditoría externa certificará que no es aplicable el requerimiento efectuado.
Los criterios de habilitación financiera para personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia y personas jurídicas
extranjeras sin sucursal en Colombia no obligado al RUP son los referidos en el numeral 5.2.3.
4.2.3.
CRITERIOS DE VERIFICACIÓN FINANCIERA
Se considerará habilitado financieramente el proponente que cumpla con la totalidad de los parámetros definidos a
continuación, tomados de su último cierre fiscal:
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4.2.3.1. Liquidez: Activo corriente sobre pasivo corriente.
El índice de liquidez del proponente debe ser igual o superior al 3.87.
4.2.3.2. El nivel de endeudamiento: Pasivo total sobre activo total.
El nivel de endeudamiento del proponente debe ser inferior o igual al 50%.
4.2.3.3. Rentabilidad sobre activos: Utilidad operacional sobre total activos.
La rentabilidad sobre activos del proponente debe ser mayor o igual a 22%.
4.2.3.4. Rentabilidad sobre patrimonio: Utilidad operacional sobre el patrimonio.
La rentabilidad sobre patrimonio del proponente debe ser mayor o igual a 19%.
La verificación de los indicadores financieros de las uniones temporales y consorcios se calculará con base en las
sumatorias del capital, reservas, utilidades, patrimonios, activos y pasivos correspondientes de cada uno de sus
integrantes.
En el evento en que la oferta no cumpla con las condiciones establecidas en el presente numeral se considerará que la
oferta es no hábil.
4.2.4.
IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA
El oferente nacional indicará su identificación tributaria e información sobre el régimen de impuestos al que pertenece,
para lo cual aportará con la oferta copia del Registro Único Tributario RUT. Las personas jurídicas y/o naturales
integrantes de un consorcio o unión temporal acreditarán individualmente este requisito, cuando intervengan como
responsables del impuesto sobre las ventas, por realizar directamente la prestación de servicios gravados con dicho
impuesto. Lo anterior conforme el artículo 368 del Estatuto Tributario, en concordancia con el artículo 66 de la ley 488 de
1998 que adicionó el artículo 437 del mismo Estatuto, y al Decreto 2645 del 27 de julio de 2011, modificado parcialmente
por el Decreto 2820 de 2011.
En caso que el proponente o miembro del proponente no se encuentre inscrito en alguno de estos códigos, deberá
acreditar cualquier otro código, siempre que guarde relación con el objeto a contratar.
Si el oferente no presenta con su oferta copia del Registro Único Tributario RUT, se requerirá al proponente a fin
de que la aporte dentro del plazo que le señale para el efecto.
4.3. VERIFICACIÓN TÉCNICA HABILITANTE
Por medio de esta documentación la entidad busca que los proponentes acrediten si cuentan con las capacidades
técnicas y particularmente de experiencia para desarrollar el objeto a contratar.
4.3.1.
CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN, CLASIFICACIÓN Y CALIFICACIÓN EN EL REGISTRO ÚNICO DE
PROPONENTES (RUP), DE LA CÁMARA DE COMERCIO
El oferente presentará con su propuesta el Certificado de Inscripción, Clasificación y Calificación en el Registro Único de
Proponentes (RUP) expedido por la respectiva Cámara de Comercio en Colombia, el cual deberá tener una fecha de
expedición no mayor a treinta (30) días calendarios anteriores a la fecha definitiva de cierre del proceso de selección y
encontrarse en firme a la misma fecha.
El proponente, o cada uno de los miembros del consorcio o unión temporal, trátese de personas naturales y/o jurídicas,
deberán estar registrados en el Registro Único de Proponentes (RUP) de la Cámara de Comercio de acuerdo con
el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto - Ley 019 de 2012.
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Adicionalmente, el proponente o cada uno de los miembros del consorcio o unión temporal, que vayan a proveer los
bienes y/o servicios objeto del presente proceso de selección, trátese de personas naturales y/o jurídicas, deberán estar
clasificados en alguno de los códigos CIIU relacionados con el objeto del presente proceso de selección.
Si el oferente no presenta con su propuesta el certificado de Inscripción, Clasificación y Calificación en el Registro Único
de Proponentes (RUP) de la Cámara de Comercio, se requerirá al proponente a fin de que lo aporte dentro del plazo que
le señale para el efecto.
4.3.2.
ACEPTACIÓN EXPRESA DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS EXCLUYENTES
Las especificaciones técnicas mínimas y excluyentes dentro de este proceso son las que se encuentran contenidas en el
anexo técnico y son de carácter obligatorio.
El proponente acreditará que cumple con las condiciones técnicas mínimas excluyentes de este proceso mediante la
suscripción clara, inequívoca e incondicional del FORMATO – CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA en
donde acepta expresamente las especificaciones técnicas referidas en este estudio.
La aceptación expresa de la información contenida en el anexo técnico es de obligatorio cumplimiento por los oferentes y
de llegarse a condicionar por parte del oferente de alguna forma el cumplimiento de estas especificaciones implicará el
incumplimiento de las mismas y su oferta será NO HÁBIL TÉCNICAMENTE.
La aceptación del cumplimiento de las especificaciones técnicas mínimas excluyentes no podrá obviarse en la
presentación de la respectiva oferta, por lo tanto si el FORMATO – CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA no
contiene la clara, inequívoca e incondicional aceptación expresa de las especificaciones técnicas referidas en el estudio
previo y su anexo, se requerirá al proponente a fin de que lo aclare lo pertinente dentro del plazo que le señale para el
efecto la entidad. En caso de no hacerlo en el tiempo establecido su oferta será NO HÁBIL TÉCNICAMENTE.
4.3.3.
EXPERIENCIA DEL PROPONENTE
El proponente deberá acreditar experiencia probable y especifica de conformidad con los siguientes numerales.
4.3.3.1. Experiencia Específica
El proponente debe acreditar experiencia en ejecución de contratos cuyo objeto principal tenga relación con el objeto del
presente contrato, es decir con la prestación de servicios de blindaje arquitectónico. Dicha experiencia deberá sumar el
cien por ciento (100%) del valor del presupuesto oficial estimado para la presente contratación.
La experiencia del oferente deberá estar referida al siguiente código:
CÓDIGO UNSPSC
Segmento
Familia
Clase
Producto
Nombre
93000000
93150000
93151500
93151501
Servicios financieros o de gestión administrativa de
empresas públicas
93000000
93150000
93151600
93151605
Servicios financieros gubernamentales
En caso de consorcio o unión temporal, la experiencia será verificada con la sumatoria de los contratos de los
conformantes.
El proponente debe acreditar experiencia en la ejecución de al menos tres (3) contratos cuyo objeto tenga relación directa
con el objeto del presente estudio, esto es, la celebración de contratos de fiducia pública, encargo fiduciario constituido de
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administración, inversión y pago, o en patrimonios autónomos de entidades públicas y que hayan administrado recursos
del Estado.
El proponente acreditará su experiencia bajo las siguientes condiciones:




Aportar certificaciones (una por cada contrato) de contratos que hayan sido ejecutados, es decir que a la fecha de
cierre del proceso su ejecución haya finalizado.
Que los contratos hayan sido ejecutados durante los últimos cinco (5) años anteriores a la fecha de cierre del
proceso de selección.
La sumatoria de los recursos administrados en los contratos acreditados debe ser igual o superior a $30.000
millones de pesos.
Número promedio de pagos mensuales realizados a terceros en desarrollo de los contratos fiduciarios como
mínimo 4.500 pagos.
Para que las certificaciones que acrediten la experiencia del oferente sean consideradas válidas, éstas deberán ser
expedidas por el contratante y/o autoridad respectiva y deberá contener como mínimo la siguiente información:






Nombre, razón social o denominación social del contratante y del proponente con su Nit, direcciones y teléfonos.
Objeto del contrato.
Fecha de inicio y fecha de terminación del contrato.
Indicación del cumplimiento por parte de la empresa o entidad contratante, que podrá ser confrontada por parte de
LA UNP.
Valor de los recursos administrados en virtud del contrato expresados en pesos
Señalar número promedio mensual de pagos realizados a terceros en virtud de la fiducia publica o encargo
fiduciario.
Cuando las certificaciones expresen su valor en dólares, se tendrá en cuenta la TRM a la fecha en que se celebró el
contrato certificado.
Cuando las certificaciones expresen su valor en euros, se tendrá en cuenta la TRM a la fecha en que se celebró el
contrato certificado.
Cuando las certificaciones expresen su valor en otra moneda, se convertirá a dólares y luego a pesos colombianos, se
tendrá en cuenta la TRM a la fecha en que se celebró el contrato certificado.
Para verificar el valor de los recursos administrados en los contratos certificados, la UNP realizará la conversión a salarios
mínimos legales mensuales vigentes SMLMV, para lo cual se hará la conversión al valor del SMLMV del año de
celebración del respectivo contrato, indistintamente de que se hayan adicionado recursos en vigencias posteriores.
Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales para efectos de verificar el cumplimiento de experiencia basta con
que cada uno de sus miembros acredite como mínimo uno de los tres (3) contratos exigidos.
Cuando los miembros del consorcio o de la unión temporal acrediten experiencia igualmente en contratos ejecutados bajo
estas modalidades, sólo se tendrá en cuenta como experiencia de aquellos, la referida al porcentaje de participación que
hubieren tenido en el grupo o asociación que ejecutó el contrato.
No podrá acumularse a la vez, la experiencia de los socios y la de la persona jurídica de la que hacen parte, cuando éstos
se asocien entre sí para presentar propuesta bajo alguna de las modalidades previstas en el artículo 7 de la ley 80 de
1993.
Para efectos de habilitar un proponente, la experiencia de los socios de una persona jurídica se podrá acumular a la de
esta, cuando ella no cuente con más de tres (3) años de constituida. La acumulación se hará en proporción a la
participación de los socios en el capital de la persona jurídica.
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En el caso de sociedades que se escindan, la experiencia de la misma se podrá trasladar a cada uno de los socios
escindidos, y se contabilizará de la siguiente manera:
Para el socio escindido que acredite su experiencia en una nueva persona jurídica, ésta deberá contar con menos de tres
(3) años de constituida y se le contabilizara en proporción a la participación en el capital de esta nueva persona jurídica a
partir de la participación que haya tenido en el capital de la sociedad escindida.
Para el socio escindido que acredite su experiencia como persona natural por sí mismo o en una unión temporal o
consorcio se le tendrá en cuenta la experiencia en proporción a la participación en el capital que haya tenido en la
sociedad escindida, lo cual deberá acreditar mediante el documento correspondiente.
El proponente acreditará la experiencia requerida para este proceso de selección a través de cualquier formato que estime
conveniente siempre y cuando contengan la totalidad de datos solicitados por la entidad y con el lleno de los requisitos
antes exigidos. En los casos en que los formatos entregados por la entidad que certifica no contemplen la totalidad de los
datos solicitados por la UNP, el oferente deberá complementar la información faltante, adjuntando copia de otra
documentación proveniente de la entidad contratante en la que conste la información faltante (contrato, liquidación, actas
de entrega, etc).
Si el oferente no presenta certificaciones de experiencia con su propuesta, o si incluyéndolas éstas no contienen la
totalidad de la información solicitada, se le requerirá al proponente a fin de que subsane lo correspondiente dentro del
plazo que le señale para el efecto. En caso tal que no cumpla se considerará NO HÁBIL TECNICAMENTE.
4.3.4.
DOCUMENTO QUE ACREDITE LA CALIFICACIÓN DE LA ENTIDAD FIDUCIARIA
La sociedad fiduciaria proponente, o los miembros de consorcios o uniones temporales participantes deberán aportar el
documento contentivo de la Calificación de fortaleza en la administración de portafolios o calificación de calidad en la
administración de portafolios otorgada por cualquiera de las calificadoras autorizadas por la Superintendencia Financiera,
el documento debe encontrarse vigente a la fecha de cierre del presente proceso.
El proponente o en caso de uniones temporales y consorcios, cada uno de sus miembros deberá contar con una
calificación igual o superior a “A”.
Si el oferente no presenta dicha documentación con su propuesta, o si incluyéndolas ésta no contienen la totalidad de la
información solicitada, se le requerirá al proponente a fin de que subsane lo correspondiente dentro del plazo que le
señale para el efecto.
4.4.
PROPUESTA ECONÓMICA
El proponente deberá presentar propuesta sobre los precios unitarios señalados en el FORMATO – PROPUESTA
ECONÓMICA, es decir, para todos los efectos de la evaluación económica y la UNP procederá a calcular el VALOR
TOTAL DE LA PROPUESTA.
Los valores propuestos no podrán superar el valor techo establecido en el FORMATO – PROPUESTA ECONÓMICA, so
pena de rechazo de la propuesta.
Los valores techo señalados en el FORMATO PROPUESTA ECONÓMICA constituyen presupuestos oficiales de cada
ítem, razón por la cual el proponente en su propuesta no podrá superar los valores techo so pena de rechazo, ni superar el
presupuesto oficial estimado.
El oferente deberá presentar su oferta económica incluyendo la totalidad de los ítems del grupo ofertado, en caso de que
no se presente oferta a la totalidad de los ítems contenidos en el grupo, se rechazará la oferta económica.
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4.5.
FACTORES DE VERIFICACIÓN Y HABILITACIÓN DE LA PROPUESTA
El presente proceso de Selección Abreviada se estructurará bajo un esquema simple de CUMPLE – NO CUMPLE en
estricto apego de los criterios establecidos en el artículo 5º de la ley 1150 en materia de requisitos habilitantes dentro de
los que pueden señalarse los siguientes: capacidad jurídica, condiciones de experiencia, capacidad financiera y de
organización de los proponentes, las cuales no darán lugar al otorgamiento de puntaje, si los documentos aportados no
reúnen los requisitos indicados en el presente pliego de condiciones y en las disposiciones legales vigentes y no se
subsanan dentro del término establecido en la UNP, la propuesta será NO HÁBIL y se descalificara para no continuar en
el proceso de selección.
4.6.
INFORME DE EVALUACIÓN
El informe de evaluación de las propuestas permanecerá a disposición de los participantes en la Secretaría General, ubicada
en la Avenida Calle 26 No. 59 – 41/65, piso 8 de Bogotá, por el término de tres (3) días hábiles contados a partir del día
siguiente al de su publicación, para que dentro de ese término los oferentes presenten las observaciones que estimen
pertinentes. En ejercicio de esta facultad, los proponentes NO PODRÁN COMPLETAR, ADICIONAR, MODIFICAR O
MEJORAR SUS OFRECIMIENTOS.
4.3.1.
ACEPTACIÓN EXPRESA DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS EXCLUYENTES
Las especificaciones técnicas mínimas y excluyentes dentro de este proceso son las que se encuentran contenidas en el
estudio previo y en el alcance al objeto del contrato y por lo tanto son de carácter obligatorio.
Se reiteran las siguientes:
4.3.1.1. Aspectos Financieros















No hay transacciones por recaudos, únicamente son para pagos a terceros
La Fiduciaria deberá realizar la revisión documental de los soportes de pago, con base en las normas legales
vigentes en Colombia.
Valor inicialmente establecido de recursos a entregar: $ 5.000.000.000,00 M/L.
Forma entrega de recursos: Mensualmente de acuerdo a programación PAC.
Fuente de recursos: Desembolsos directos a través de la UNP.
No. promedio de pagos mensuales a terceros como mínimo: 4.500
Vr. Promedio mensual de pagos: $4.000.000.000 M/L. como mínimo.
Modalidad de pagos: Mayoritariamente transferencia electrónica (abonos en cuenta), ocasionalmente cheques
(Cantidad Prevista Máxima de 20 cheques de Gerencia) y cobros por ventanilla.
Ubicación geográfica de pagos: Todo el territorio nacional, principalmente ciudades capitales, incluyendo los
municipios de Jiguamando – Curvarado.
Los recursos se administran en cuenta corriente o cuenta de ahorros.
Los pagos se harán a través de entidades bancarias autorizadas.
Los gastos bancarios generados por las operaciones ESTARÁN A CARGO DE LA FIDUCIARIA E INCLUIDOS
DENTRO DE LA COMISIÓN.
Los recursos son recursos públicos.
Se debe generar relación diaria de pagos, informes semanales de los pagos realizados y presentar informes
financieros mensuales los cuales se presentarán con la misma periodicidad en los comités de fiducia.
No se realizarán pagos de Nómina.
4.3.2.2. Aspectos Jurídicos
Régimen contractual aplicable: Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y Decreto 1510 de 2013.
4.3.2.3. Recursos Administrativos (humano, tecnológico, físico)
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-
-
La Fiduciaria deberá proporcionar un (1) profesional que tenga la calidad de Contador Público, un (1) Coordinador
General del proyecto y un (1) Auxiliar Profesional o estudiante en economía, contaduría, ingeniería de sistemas o
profesiones afines, con dedicación exclusiva. La UNP evaluará las hojas de vida propuestas.
La Fiducia deberá disponer de espacio y equipos tecnológicos requeridos para el desarrollo del contrato de fiducia.
4.3.2.4. Otros aspectos (Servicios que son obligación de la fiducia)
La fiduciaria deberá contar con un sistema de información que permita generar por parte del Fideicomitente los reportes de
las operaciones realizadas.
El proponente acreditará que cumple con las condiciones técnicas mínimas excluyentes de este proceso mediante la
suscripción clara, inequívoca e incondicional del FORMATO – CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA en
donde acepta expresamente las especificaciones técnicas referidas.
La aceptación expresa de las especificaciones técnicas mínimas y excluyentes es de obligatorio cumplimiento por los
oferentes y de llegarse a condicionar por parte del oferente de alguna forma el cumplimiento de estas especificaciones
implicará el incumplimiento de las mismas y su oferta será NO HÁBIL TÉCNICAMENTE.
En caso de que el proponente desee ofrecer una especificación técnica superior o adicional, a la mínima excluyente
requerida por la UNP deberá ofertarlo subsidiariamente en su propuesta, en un escrito separado a la carta de
presentación. Este ofrecimiento no será objeto de puntaje.
Sobre la aceptación del cumplimiento de las especificaciones técnicas mínimas excluyentes no podrá obviarse e en la
presentación de la respectiva oferta, por lo tanto si el FORMATO – CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA no
contiene la clara, inequívoca e incondicional aceptación expresa de las especificaciones técnicas referidas en este estudio,
se requerirá al proponente a fin de que lo aclare lo pertinente dentro del plazo que le señale para el efecto la entidad. En
caso de no hacerlo en el tiempo establecido su oferta será NO HÁBIL TÉCNICAMENTE.
4.3.3.
EXPERIENCIA DEL PROPONENTE
El proponente deberá acreditar experiencia en ejecución de contratos cuyo objeto principal tenga relación directa con el objeto
del presente proceso de contratación y que sean iguales o mayores al cien por ciento (100%) del presupuesto oficial estimado
del proceso.
La experiencia del oferente deberá estar referida, de acuerdo con el Clasificador de Bienes y Servicios, en alguno de los
siguientes códigos:
Segmento
Familia
Clase
Producto
Nombre
93000000
93150000
93151500
93151501
Servicios financieros o de gestión
administrativa de empresas públicas
93000000
93150000
93151600
93151605
Servicios financieros gubernamentales
En el evento en que el objeto contractual involucre actividades diferentes al objeto de la presente contratación, la
certificación deberá especificar lo relacionado al componente específico fiducia pública según corresponda, en cuanto al
valor del componente, pues solo este será objeto de verificación.
4.3.4.
PROPUESTA ECONÓMICA
Los proponentes deberán presentar su oferta de conformidad con los formatos requeridos por la entidad, y en pesos
colombianos, indicando el precio unitario de cada ítem sin centavos, con IVA incluido.
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El proponente deberá presentar propuesta de conformidad con las unidades de costo señaladas en el FORMATO –
PROPUESTA ECONÓMICA. La UNP se reserva el derecho de corregir aritméticamente la propuesta basada en los
valores unitarios propuestos por el oferente
Para efectos de la evaluación económica del proceso, el presupuesto oficial mensual es la suma de TRESCIENTOS
CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($350.000.000,oo) M/L.
4.4.
FACTORES DE VERIFICACIÓN y HABILITACIÓN DE LA PROPUESTA
El presente proceso de selección abreviada se estructurará bajo un esquema simple de PASA – NO PASA en estricto
apego de los criterios establecidos en el artículo 5º de la Ley 1150 de 2007 en materia de requisitos habilitantes dentro de
los que pueden señalarse los siguientes: capacidad jurídica, condiciones de experiencia, capacidad financiera y de
organización de los proponentes, las cuales no darán lugar al otorgamiento de puntaje. Si los documentos aportados no
reúnen los requisitos indicados en el presente pliego de condiciones y en las disposiciones legales vigentes, y no se
subsanan dentro del término establecido por la UNP, la propuesta será NO HÁBIL y se descalificará para continuar en el
proceso de selección.
4.5.
INFORME DE EVALUACIÓN
El informe de evaluación de las propuestas permanecerá a disposición de los participantes en la Secretaría General, ubicada en
la Avenida Calle 26 No. 59 – 41/65, piso 8 de Bogotá, por el término de tres (3) días hábiles contados a partir del día siguiente
al de su publicación, para que dentro de ese término los oferentes presenten las observaciones que estimen pertinentes. En
ejercicio de esta facultad, los proponentes NO PODRÁN COMPLETAR, ADICIONAR, MODIFICAR O MEJORAR SUS
OFRECIMIENTOS.
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5.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
El presente proceso de selección abreviada se estructurará bajo un esquema simple de CUMPLE – NO CUMPLE en
estricto apego de los criterios establecidos en el artículo 5º de la ley 1150 en materia de requisitos habilitantes dentro de
los que pueden señalarse los siguientes: capacidad jurídica, condiciones de experiencia, capacidad financiera y de
organización de los proponentes.
En atención a lo anterior, la primera parte de la evaluación consistirá en la verificación del cumplimiento de los requisitos
habilitantes por parte de las ofertas de los proponentes, para determinar aquellas habilitadas y no habilitadas.
En segundo lugar, las propuestas de los oferentes que de conformidad con los anteriores criterios resulten habilitados,
serán calificadas y ponderadas teniendo en cuenta los factores de selección objetiva establecidos en este estudio para
comparar las propuestas, los cuales obedecen estrictamente a criterios técnicos y económicos como factores evaluables,
de conformidad con lo establecido por la Ley 1150 de 2007,el artículo 88 de la Ley 1474 de 2011 y en el artículo 26 del
Decreto 1510 de 2013. Esta calificación determinara los adjudicatarios de este proceso de selección.
En tercer lugar, definida la ponderación técnica y económica, se determinara de acuerdo con las condiciones señaladas en
este estudio el proponente favorecido.
Para el estudio de las propuestas presentadas, se efectuará una evaluación consistente:
•
•
•
•
Verificación de los requisitos habilitantes
Asignación del puntaje económico y técnico
Asignación de puntajes adicionales
Determinación del proponente adjudicatario
La UNP, previo análisis comparativo de las ofertas que se ciñan a los requisitos establecidos, seleccionará el ofrecimiento
más favorable a la Entidad y a los fines que ella busca, aplicando los mismos criterios para todas ellas, lo que permite
asegurar una selección objetiva, sobre un total de cien (100) puntos, de conformidad con lo establecido en la Ley 1150 de
2007 y su Decreto 1510 de 2013, distribuidos de la siguiente manera:
Verificación Jurídica
Habilitante
Verificación Financiera
Habilitante
Condiciones Técnicas Mínimas
Cumple / No Cumple
FACTORES DE CALIFICACIÓN
El ofrecimiento más favorable se hará teniendo en cuenta los elementos de calidad y precio. La metodología que se
utilizará para calificar, consiste en asignar a cada propuesta que cumpla los requisitos clasificatorios, un puntaje máximo
de mil (1.000) puntos, con base en los criterios que adelante se exponen:
PONDERACIÓN
ECONÓMICA
PONDERACIÓN
TÉCNICA
PUNTAJE ADICIONAL
PROCESO BASE OFRECIDO POR LA ADMINISTRACIÓN (MENOR
VALOR COMISIÓN FIDUCIARIA)
CALIFICACIÓN DE FORTALEZA EN RIESGOS O EN
ADMINISTRACIÓN DE PORTAFOLIOS
MAYOR COBERTURA DE LA PÓLIZA GARANTÍA GLOBAL BANCARIA
TOTAL
PARA BIENES Y SERVICIOS DE ORIGEN NACIONAL
PARA BIENES Y SERVICIOS EXTRANJEROS
HASTA 600
PUNTOS
HASTA 300
PUNTOS
HASTA 100
PUNTOS
1.000
70 PUNTOS
30 PUNTOS
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6.1. PONDERACIÓN ECONÓMICA
El proponente deberá presentar propuesta económica para la totalidad de los ítems a los cuales oferta sobre los precios
unitarios señalados FORMATO – PROPUESTA ECONÓMICA.
El proponente que oferte dentro de su propuesta el menor valor de la comisión de los recursos por administrar, luego de
efectuarse la verificación aritmética, se le asignará un máximo de 600 puntos.
A las propuestas restantes, se les asignará el puntaje aplicando una regla de tres inversas proporcionales, incluyendo un
decimal, así:
PA= (VMN * PMAX) / VA
Donde:
PA
VMN
PMAX
VA
= Puntaje a asignar a la oferta
= Valor de la menor oferta
= Puntaje Máximo (600 puntos)
= Valor de la Oferta a evaluar
Cuando a criterio de LA UNP, alguna de las ofertas económicas, presente algún valor que pueda poner en riesgo el
cumplimiento futuro del contrato, se procederá de conformidad con lo establecido el artículo 28 del Decreto 1510 de 2013.
6.2. PONDERACIÓN TÉCNICA
6.2.1.
Calificación de fortaleza en riesgos o en administración de portafolios.
La sociedad fiduciaria proponente, o los miembros de consorcios o uniones temporales participantes deberán aportar el
documento contentivo de la Calificación de fortaleza en la administración de portafolios o calificación de calidad en la
administración de portafolios otorgada por cualquiera de las calificadoras autorizadas por la Superintendencia Financiera,
el documento debe encontrarse vigente a la fecha de cierre del presente proceso.
La UNP otorgará puntaje a aquellos proponentes o miembros del proponente que cuenten con mejor calificación de
acuerdo con la siguiente tabla:
Calificación de Fortaleza en Riesgos o en Administración de Portafolios
AA o su análoga
AA+ o su análoga
AAA o su análoga
Calificación/
Puntos
100 Puntos
150 Puntos
300 Puntos
Para el caso de uniones temporales este factor se evaluará con la calificación de los miembros con mayor porcentaje de
participación. Para el caso de los consorcios este factor se evaluará con la mejor calificación de sus miembros.
6.2.2. Mayor cobertura de la póliza garantía global bancaría.
El proponente deberá contar póliza de garantía Global Bancaria, copia de la cual se deberá aportar a la propuesta y
estar vigente a la fecha del cierre del proceso, esta póliza será tenida en cuenta como criterio de calificación en cuanto a
calidad y confiabilidad del proponente, para lo cual se otorgará un puntaje de hasta 100 puntos de conformidad con la
siguiente tabla:
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PORCENTAJE DE AMPARO
CALIFICACIÓN PUNTOS
Si el proponente al momento del cierre del proceso
cuenta con póliza global bancaria por un monto igual
a 17.000 S.M.M.L.V.
20 Puntos
Si el proponente al momento del cierre del proceso
cuenta con póliza global bancaria por un monto igual
a 19.000 S.M.M.L.V.
50 Puntos
Si el proponente al momento del cierre del proceso
cuenta con póliza global bancaria por un monto igual
a 22.000 S.M.M.L.V.
100 Puntos
La acreditación de la póliza global bancaria también podrá efectuarse a través de certificación expedida por la Compañía
aseguradora.
6.3. ASIGNACIÓN DE PUNTAJES ADICIONALES - POR ORIGEN DE LOS SERVICIOS
Conforme a lo señalado por Colombia Compra Eficiente como órgano rector de las pautas a nivel de contratación Estatal y
lo señalado en el Decreto 1510 de 2013, le corresponde a la UNP asignar el puntaje previsto con el fin de apoyar a la
industria nacional respecto de los bienes y servicios de a) países con los cuales el país ha suscrito un acuerdo comercial y
b) aquellos países que se encuentren certificados que los oferentes reciben trato adicional. Además los proveedores de
servicios de la comunidad andina de naciones deben recibir este puntaje adiciona. Es procedente señalar que la
cancillería deberá certificar el trato nacional por reciprocidad.
Es procedente señalar que se dará aplicación a lo dispuesto en la Ley 816 de 2013 y que el puntaje se asignara de la
siguiente manera:
Para bienes y servicios de origen nacional se asignaran 70 puntos
Para bienes y servicios extranjeros se asignaran 30 puntos
6.4. OFERTA CON VALOR ARTIFICIALMENTE BAJO
Cuando de conformidad con la información a su alcance la entidad estime que el valor de una oferta resulta artificialmente
bajo, requerirá al oferente para que explique las razones que sustenten el valor por él ofertado. Analizadas las
explicaciones, el comité asesor de que trata el parágrafo 2° del artículo anterior, recomendará el rechazo o la continuidad
de la oferta en el proceso, explicando sus razones.
Procederá la recomendación de continuidad de la oferta en el proceso de selección, cuando el valor de la misma responde
a circunstancias objetivas del proponente y su oferta, que no ponen en riesgo el proceso, ni el cumplimiento de las
obligaciones contractuales en caso de que se adjudique el contrato a dicho proponente.
6.5. CRITERIOS DE DESEMPATE
En caso de empate se dará aplicación a lo señalado en el artículo 33 del Decreto 1510 de 2013 que dispone lo siguiente:
Si al terminar la subasta hay empate, la Entidad Estatal escogerá el oferente que tenga el menor precio inicial conforme lo
señala el numeral 9, artículo 41 del Decreto 1510 de 2013.
Si persiste el empate, la Entidad Estatal debe utilizar las siguientes reglas de forma sucesiva y excluyente para seleccionar
el oferente favorecido, respetando los compromisos adquiridos por Acuerdos Comerciales:
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1. Preferir la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
2. Preferir las ofertas presentada por una Mipyme nacional.
3. Preferir la oferta presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura siempre que: (a) esté
conformado por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento
(25%); (b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la
Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del
Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura.
4. Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos
el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997. Si la
oferta es presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura, el integrante del oferente que
acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente
numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el Consorcio, Unión Temporal o
promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta.
5. Si el empate continúa, se procederá a efectuar el desempate mediante el sistema de balotas, el cual funcionará de la
siguiente manera:
La UNP tendrá dispuesta una urna en la cual se introducirá un número de balotas equivalente al número de propuestas en
situación de empate, una de las cuales, será de color rojo. El Jefe de la Oficina de Control Interno accionará la urna y
sacará las balotas en el orden de la hora de radicación de las propuestas. La propuesta que saque la balota roja será la
adjudicataria.
Para el anterior efecto, el proponente deberá aportar el certificado de Cámara de Comercio donde se acredite que cuenta
con la sede principal, sucursal o agencia en las ciudades señaladas,
Para la acreditación de agencias y/o sucursales en las ciudades antes mencionadas, se requiere una antigüedad mínima
de un (1) mes de haberse matriculado y/o constituido.
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5.
ESTIPULACIONES CONTRACTUALES
6.1. EL PLAZO PARA EJECUTAR EL CONTRATO
El plazo del contrato que se suscriba en virtud de este proceso será hasta el 31 de diciembre de 2015 o hasta el
agotamiento de los recursos, el cual iniciará una vez se suscriba la respectiva acta de inicio y previa expedición del
registro presupuestal y aprobación de las garantías que debe expedir el contratista resultante de este proceso. El plazo de
ejecución del contrato podrá ser modificado o prorrogado por las partes de común acuerdo.
6.2. LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Para efectos del presente proceso de selección, se tendrá como domicilio la ciudad de Bogotá D.C., y el lugar de
ejecución del contrato será a nivel nacional.
6.3. FORMA DE PAGO
El pago de la comisión se liquidará por mes vencido y será realizado dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la
presentación de la factura, a la cual se deberá adjuntar la fotocopia del RUT y la certificación del pago de las obligaciones
fiscales y parafiscales a que haya lugar, en cumplimiento de lo estipulado en las Leyes 80 de 1993 y 789 de 2002. Dicho
pago deberá anexar la autorización de pago elaborada por LA UNP y el cumplido a satisfacción emitido por el supervisor
del contrato.
El pago queda subordinado al PAC y a la ubicación efectiva de los recursos en la entidad, previa presentación de la
factura, a la cual se deberá adjuntar la fotocopia del RUT, la certificación del pago de las obligaciones fiscales y
parafiscales a que haya lugar, de acuerdo con lo establecido por las Leyes 80 de 1993 y 789 de 2002. Para el efecto
deberá anexarse el cumplido a satisfacción y la autorización de pago, emitidos por la supervisión del contrato
Los documentos soporte para los pagos deberán ser avalados por el supervisor del contrato.
PARÁGRAFO PRIMERO: Los desembolsos se realizarán con sujeción al PAC y a la ubicación de fondos efectuada por la
Dirección del Tesoro Nacional en LA UNP, de tal manera que LA UNP no asume responsabilidad alguna por la demora
que pueda presentarse en dichos pagos y, por lo tanto, EL CONTRATISTA cumplirá con sus obligaciones y no podrá
aducir como justificación alguna para su no realización, demora en el pago.
PARÁGRAFO SEGUNDO: RETENCIONES.- LA UNP hará las retenciones a que haya lugar sobre cada pago, de acuerdo
con las disposiciones legales vigentes.
PARÁGRAFO TERCERO.- En caso de terminación anticipada sólo habrá lugar al pago de los servicios efectivamente
prestados, liquidados en forma proporcional a los servicios realizados.
PARÁGRAFO CUARTO.- Los pagos a realizar por parte de la UNP se efectuarán en la Cuenta que se informe.
PARÁGRAFO QUINTO: OBLIGACIONES DE NOTIFICAR LOS PAGOS.- EL CONTRATISTA se compromete, una vez
recibido el valor proveniente del contrato en la cuenta antes mencionada, a notificarlo a la Secretaría General de LA UNP
dentro de los dos (2) días siguientes.
PARÁGRAFO SEXTO: REQUISITOS PARA EL TRÁMITE DE PAGOS.- LA UNP no pagará ninguna suma de dinero a
EL CONTRATISTA mientras éste no haya cumplido previamente con los requisitos de ejecución del contrato que se
celebra.
6.4. SUPERVISIÓN
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La supervisión e interventoría del contrato que se derive de este proceso será ejercida por JESÚS ALBERTO SOSTE
RUIZ, de la Secretaría General de la UNP. Con el fin de vigilar permanentemente la correcta ejecución del objeto
contratado.
La UNP podrá contratar personas jurídicas o naturales a través de los contratos de prestación de servicios con el fin de
apoyar el seguimiento administrativo, técnico, financiero, contable, jurídico que sea requerido.
La UNP no considera conveniente contar con una interventoría externa para el presente proceso como quiera que las
características del servicio a contratar requieren de un control directo y permanente de la entidad
6.5. SOLUCIÓN DIRECTA DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES
Las partes en aras de solucionar en forma ágil rápida y directa las diferencias y discrepancias surgidas de la ejecución del
contrato, acudirán a los mecanismos de solución previstos en la ley, tales como la conciliación y transacción.
6.6. INHABILIDADES, INCOMPATIBILIDADES Y CONFLICTO DE INTERESES
El CONTRATISTA declarará bajo la gravedad del juramento que se entiende prestado con la firma del contrato que no se
halla incurso en alguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad señaladas en la Constitución Política o en la ley,
ni presenta conflicto de interés.
6.7. REQUISITOS DE SUSCRIPCIÓN, PERFECCIONAMIENTO, EJECUCIÓN y LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO
Para la suscripción del contrato el adjudicatario deberá acreditar el pago de los aportes de los empleados a los sistemas
de salud, pensión, ARP, cajas de compensación familiar, ICBF, y SENA, mediante certificación expedida por el Revisor
Fiscal o por el Representante Legal, según sea el caso.
El contrato se perfeccionará con la firma de las partes. Para su ejecución se requiere la aprobación de la Garantía Única,
el registro presupuestal y la suscripción del acta de inicio.
6.8. GARANTÍAS
El proponente deberá constituir la GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA a la que hace referencia el presente pliego
de condiciones.
De conformidad con la normatividad vigente en materia de contratación pública, habida cuenta de los riesgos previamente
establecidos y teniendo en cuenta el valor del contrato a celebrarse, LA UNP debe exigir al contratista una garantía única,
de las consagradas en el Título III del Decreto 1510 de 2013, que contemple los siguientes amparos:
6.8.1.
DE CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES SURGIDAS DEL CONTRATO ESTATAL, con un valor
asegurado del veinte por ciento (20%) del valor del contrato, por su término de duración y seis (6) meses más,
incluyendo en ellas el pago de multas y cláusula penal pecuniaria. El amparo de cumplimiento del contrato
cubrirá a la entidad estatal contratante de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de
las obligaciones nacidas del contrato, así como de su cumplimiento tardío o de su cumplimiento defectuoso,
cuando ellos sean imputables al contratista.
6.8.2.
DE CALIDAD DEL SERVICIO, que cubre a LA UNP de los perjuicios imputables al contratista garantizado que
surjan con posterioridad a la terminación del contrato y que se deriven de la mala calidad del servicio prestado,
teniendo en cuenta las condiciones pactadas en el contrato, con un valor asegurado del diez por ciento (10%)
del valor del contrato, por su término de duración y seis (6) meses más.
6.8.3.
DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES LABORALES al personal vinculado para
la ejecución del contrato, que tenga un valor asegurado igual al cinco por ciento (5%) del valor global del
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contrato, y una vigencia igual a la sumatoria del plazo de ejecución del contrato, más el plazo de liquidación del
mismo, más tres (3) años.
6.8.4.
PÓLIZA GLOBAL BANCARIA: La cual deberá mantenerse vigente desde el momento de la suscripción del
contrato y hasta la suscripción del acta de liquidación del mismo o ejecutoria de la Resolución de liquidación
unilateral, o mantenerse vigente mediante el mecanismo de renovación anual, caso en el cual deberá remitir
anualmente a la UNP, fotocopia de la póliza renovada. Esta póliza deberá amparar los recursos a administrar
contra los siguientes riesgos:
-
-
Actos de falta de honradez, fraudulentos o dolosos y en general actos de infidelidad de los empleados de
la fiduciaria.
Hurto y hurto calificado, engaño, malversación, extravío o desaparición de dichos bienes, incluyendo los
que se produzcan por razón de motines, huelgas y catástrofes, bien sea que dichos bienes se encuentren
en poder de la fiduciaria o sean objeto de movilización o transporte.
Falsificación o adulteración de documentos
Delitos por computador
El valor asegurado de esta póliza deberá ser reajustado teniendo en cuenta el saldo del capital de la fiducia. Dicha póliza
debe tener una suma asegurada en el agregado anual, igual o superior al cien (100%) por ciento, correspondiente al valor
de la fiducia.
PARÁGRAFO: EL CONTRATISTA ampliará los plazos iníciales de los amparos en el evento de extenderse el plazo fijado
para la ejecución del contrato, e incrementará las coberturas de los mismos, de acuerdo con las adiciones que se
efectúen.
6.9. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Además de las obligaciones de orden legal EL CONTRATISTA cumplirá con aquellas que se deriven del objeto
contratado, con obligaciones específicas del contratista todas las estipulaciones contenidas en el numeral 1.1.2, 1.1.3 y
1.1.4 del presente documento, el anexo técnico y el estudio previo del proceso documentos que hacen parte integral del
contrato que se adjudique.
6.10.
OBLIGACIONES DE LA UNP.
6.10.1.
Realizar la supervisión y seguimiento a la ejecución del contrato.
6.10.2.
Pagar oportunamente al CONTRATISTA las sumas estipuladas en el contrato.
6.10.3.
Prestar colaboración constante en la ejecución del contrato, suministrando la información requerida para el logro
del objeto contractual.
6.11.
OBLIGACIONES DE LA SUPERVISIÓN
El supervisor ejercerá las funciones establecidas en las normas legales vigentes, el Manual de Contratación de la UNP, y
en particular las siguientes:
6.11.1.
Ejercer un estricto control para el cumplimiento de la totalidad de las obligaciones del CONTRATISTA.
6.11.2.
Sugerir la adopción de las precauciones necesarias para que los servicios contratados se presten en
condiciones aptas y en forma eficiente, atendiendo las disposiciones legales sobre la materia y la obligación de
protección a cargo del Estado.
6.11.3.
Atender las quejas que afecten el normal funcionamiento del objeto del contrato, o de posibles abusos o faltas
cometidas por los operarios.
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6.11.4.
Efectuar la verificación sobre la vigencia de los permisos, licencias, autorizaciones, contratos y pólizas que el
CONTRATISTA requiera para el desarrollo del objeto del contrato.
6.11.5.
Solicitar informes financieros, logísticos, operativos y administrativos sobre la ejecución del contrato.
6.11.6.
Solicitar información sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias, parafiscales y prestacionales a cargo
del CONTRATISTA.
6.11.7.
Comunicar al Ordenador del gasto con la debida sustentación técnica la elaboración de prórrogas, adiciones y/o
cualquier cambio en el desarrollo del contrato.
6.11.8.
Expedir mensualmente las certificaciones de cumplimiento del objeto del contrato, para efectos del pago
correspondiente.
6.11.9.
Verificar previamente que el CONTRATISTA haya efectuado los aportes a los sistemas de seguridad social en
pensión, salud y parafiscales cuando haya lugar.
6.11.10. Responder por que en el expediente del contrato se encuentre toda la documentación que se produzca durante
la ejecución del contrato y relacionada con su ejecución.
6.11.11. Elaborar el acta de liquidación del contrato y velar porque se suscriba dentro de los plazos legales establecidos
para el efecto, acta que será firmada además por el Ordenador del Gasto o por quien éste delegue para tal
efecto.
6.11.12. Velar por que se mantengan los amparos presupuestales del contrato durante la vigencia contractual.
6.11.13. Las demás que se requieran en desarrollo del objeto contractual.
6.12.
DOCUMENTOS CONTRACTUALES
Los documentos que a continuación se relacionan, se considerarán para todos los efectos parte integrante del contrato y
en consecuencia, producen sus mismos efectos y obligaciones jurídicas y contractuales:






El certificado de disponibilidad presupuestal y las autorizaciones de vigencias futuras y el registro presupuestal.
Los estudios previos con sus anexos.
El pliego de condiciones con sus anexos y adendas.
La propuesta del CONTRATISTA y los documentos adjuntos presentados con la misma.
La resolución de adjudicación.
Los requerimientos técnicos e instrucciones que sean suministradas al CONTRATISTA por la Supervisión.
6.13.
IMPUESTOS
EL CONTRATISTA está obligado a pagar todos los impuestos, tasas y similares que se deriven de la ejecución del
contrato, de conformidad con la ley colombiana.
6.14.
EXCLUSIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL
El proponente favorecido ejecutará el objeto del contrato que se adjudique como resultado del presente Proceso de
Selección con plena autonomía técnica y administrativa, razón por la cual queda entendido que no habrá vínculo laboral
alguno entre La UNP y el CONTRATISTA ni con el personal a cargo del CONTRATISTA destinado a la ejecución del
contrato resultante del presente Proceso.
6.15.NEGATIVA DEL PROPONENTE FAVORECIDO A SUSCRIBIR EL CONTRATO
PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES
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Si el proponente favorecido no suscribe el contrato o no efectúa todos los trámites necesarios para cumplir los requisitos legales
para iniciar su ejecución, dentro de los plazos establecidos para tal fin en el presente pliego de condiciones, se hará efectiva la
garantía de seriedad de la propuesta.
En este evento, La UNP mediante acto administrativo debidamente motivado, podrá adjudicar el contrato dentro de los tres (3)
días siguientes al vencimiento del término para suscribir el contrato o cumplir dichos requisitos, al siguiente proponente mejor
calificado, siempre y cuando su propuesta también sea igualmente favorable para La UNP, conforme con el numeral 12 artículo
30 de la Ley 80 de 1993.
PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES
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FORMATO 1 - CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Bogotá, D.C.
Señores
UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN
Avenida Calle 26 No. 59 – 41/65, piso 8 de Bogotá
Bogotá, D.C.
Ref.: Proceso XXXXXXXXXX
Objeto: XXXXXXXXXXXX.
El suscrito actuando como (Representante Legal de la sociedad )________________; representante del Consorcio
_____________________ o Unión Temporal _____________________, integrado por ___________________________; o
como apoderado de _____________________) según poder debidamente conferido y que adjunto a la presente, de acuerdo
con las condiciones que se establecen en los documentos del Proceso de Selección Pública de la referencia, cordialmente me
permito presentar propuesta para participar en el proceso citado en la referencia.
En caso que esa Entidad me adjudique el Proceso de Selección, me comprometo a suscribir el contrato correspondiente y
efectuar los trámites, la ejecución y legalización del mismo, dentro del término señalado para el efecto en el pliego de
condiciones.
Así mismo declaro:
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Que esta propuesta y el contrato que llegare a celebrarse solo compromete al oferente.
Que ninguna otra persona fuera del proponente tiene interés comercial en esta propuesta ni en el contrato que de ella se
derive.
Que si se nos adjudica el contrato, nos comprometemos a suscribir el contrato dentro de los términos señalados para ello.
Que conozco la información general y especial y demás documentos que integran el pliego de condiciones y acepto los
requisitos en ellos contenidos.
Que me comprometo a proveer los servicios objeto de esta contratación, en caso de resultar adjudicatario del presente
proceso de contratación, los bienes y/o servicios ofrecidos en la presente propuesta, que corresponden a aquellos
solicitados en el Proceso XXXXXX, con las especificaciones, y en los términos, condiciones y plazos establecidos en los
ANEXOS TÉCNICO y ECONOMICO.
Que hemos tenido en cuenta las adendas del proceso (en caso de que surjan dichos documentos).
Que el suscrito afirma bajo la gravedad del juramento, que no existe ninguna causal de inhabilidad, incompatibilidad,
conflicto de interés y/o prohibición, de las señaladas en la Constitución Política, en la Ley, especialmente en el artículo 8º
de la Ley 80 de 1993, y demás normas concordantes, que impidan la participación del oferente en el presente proceso
licitatorio y en la celebración y ejecución del respectivo contrato.
Que afirmo bajo la gravedad del juramento, que el proponente, los socios de la persona jurídica, cada uno de los
integrantes del consorcio o unión temporal, no nos encontramos reportados en el boletín de responsables fiscales
expedido por la Contraloría General de la República.
Que la propuesta consta de_________ folios numerados en forma consecutiva tanto en el original como en la copia.
Que incluimos dentro de nuestra propuesta la aceptación clara expresa e inequívoca de las especificaciones técnicas del
proceso y de los ANEXOS TÉCNICO y ECONÓMICO.
Que la propuesta tiene vigencia de cien (100) días calendario.
Que conozco las obligaciones establecidas para el CONTRATISTA en el pliego de condiciones y en sus anexos y
especificaciones técnicas y me comprometo a cumplir cada una de ellas, en las condiciones señaladas, en caso de ser
adjudicatario.
PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES
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Que he realizado el examen completo y cuidadoso, y que hemos investigado plenamente, las condiciones del
contrato que nos comprometemos a ejecutar, así como los riesgos que del mismo se derivan, y declaramos que se
encuentra bajo nuestra responsabilidad y conocemos detalladamente todos los factores determinantes de los costos
de presentación de la propuesta y de ejecución del contrato a suscribir, los cuales se encuentran incluidos en los
términos de nuestra propuesta.
Que para todos los efectos legales, mi propuesta debe entenderse referida a los pliegos de condiciones, anexo técnico y
estudio previo, teniendo en cuenta su descripción, número y especificaciones técnicas y funcionales, sin modificación o
condicionamiento alguno.
Que conozco y acepto expresamente el contenido de los pliegos de condiciones, de su anexo técnico y del estudio previo
que le sirve de soporte, así como el de cada una de las adendas hechas al mismo.
Que la propuesta que presento es irrevocable e incondicional, y obliga insubordinadamente al proponente que represento
quien acepta todos los requerimientos y obligaciones contenidas en los documentos del proceso contractual.
Que la propuesta cumple con todos y cada uno de los requerimientos establecidos en los pliegos de condiciones, anexo
técnico y en la ley, y cualquier omisión, contradicción o declaración debe interpretarse de la manera que resulte
compatible con los términos y condiciones del proceso de contratación dentro del cual se presenta la misma, y
aceptamos expresa y explícitamente que así se interprete nuestra propuesta.
Que me comprometo a proveer los servicios de objeto de esta contratación, en caso de resultar adjudicatario del presente
proceso de contratación, los bienes y/o servicios ofrecidos en la presente propuesta, que corresponden a aquellos
solicitados en el Proceso XXXXXXXXX, con las especificaciones y en los términos, condiciones y plazos establecidos en
los ANEXOS TECNICO y ECONOMICO.
Reconozco la responsabilidad que nos concierne en el sentido de conocer técnicamente las características,
funcionalidades y especificaciones de los bienes y servicios que nos obligamos a entregar, y asumimos la
responsabilidad que se deriva de la obligación de haber realizado todas las evaluaciones e indagaciones necesarias para
presentar la presente propuesta sobre la base de un examen cuidadoso de las características del negocio. En particular
declaramos bajo nuestra responsabilidad, que los bienes puestos a disposición y servicios que se entregarán a la UNP en
el caso de resultar adjudicataria nuestra propuesta, cumple con todas y cada una de las exigencias de los pliegos de
condiciones, sus anexos técnicos y adendas que llegaren a suscribirse.
En todo caso, acepto y reconozco que cualquier omisión en la que hayamos podido incurrir en la investigación de la
información que pueda influir para la determinación de nuestra propuesta, no nos eximirá de la obligación de asumir las
responsabilidades que nos lleguen a corresponder como contratistas, y renunciamos a cualquier reclamación, rembolsó o
ajuste de cualquier naturaleza por cualquier situación que surja y no haya sido contemplada por nosotros en razón de
nuestra falta de diligencia en la obtención de la información.
Acepto plena, incondicionalmente los términos del contrato que se nos ofrece, conforme a los pliegos de condiciones,
anexo técnico y sus Adendas si hubieren y nos comprometemos a suscribir el contrato sin modificaciones sustanciales o
formales de ninguna naturaleza, por la sola adjudicación que a nosotros se nos haga del contrato, salvo aquellas
modificaciones que determine incluir la Unidad Nacional de Protección.
Los suscritos (Para consorcios y uniones temporales, indicar los integrantes del proponente en el caso de proponente
plural; nombre del proponente, en caso de persona jurídica o natural, adaptando la redacción del párrafo a tal
circunstancia), quienes nos presentamos en calidad de proponentes al presente proceso de selección bajo (indicar forma
o título bajo el cual se presenta la propuesta), declaramos y aceptamos, explícitamente, que asumimos la responsabilidad
plena por los resultados y obligaciones del contrato ofrecido, según las estipulaciones contenidas en el pliego de
condiciones que rigen el proceso de contratación, y reconocemos que nos encontramos vinculados o comprometidos de
manera ilimitada, incondicional, insubordinada y solidaria respecto de todas y cada una de las obligaciones o
responsabilidades derivadas de la presentación de la propuesta, de la correspondiente adjudicación, y de la suscripción
del contrato respectivo, conforme a las condiciones de responsabilidad previstas en la ley.
Atentamente,
NOMBRE Y FIRMA (representante legal de la sociedad; representante del consorcio o unión temporal o apoderado según el
caso)
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C.C. No. ______________ expedida en _____________
NIT _____________
Dirección: ________________
Número de teléfono: ______________
Número de fax: _______________
Correo electrónico: _________.
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FORMATO 2 – OFERTA ECONÓMICA
Bogotá, D.C.
Señores
UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN
Avenida Calle 26 No. 59 – 41/65, piso 8 de Bogotá
Bogotá, D.C.
Ref.: Proceso XXXXXXXXXX
Objeto: XXXXXXXXXXXX.
De conformidad con el proceso de la referencia, me permito presentar la OFERTA ECONÓMICA de la oferta de (la empresa
XXXXXXXXXXXX, consorcio o unión temporal) a la que represento de la siguiente manera:
COMISIÓN FIDUCIARIA MENSUAL
VALOR EN SMLMV
VALOR EN PESOS
La presente oferta incluye todos los gastos directos e indirectos, impuestos, tasas, contribuciones, costos y gastos bancarios en
que se incurra con ocasión de la ejecución del contrato.
Atentamente,
NOMBRE Y FIRMA (representante legal de la sociedad; representante del consorcio o unión temporal o apoderado según el
caso)
C.C. No. ______________ expedida en _____________
NIT _____________
Dirección: ________________
Número de teléfono: ______________
Número de fax: _______________
Correo electrónico: _________.
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FORMATO 3 – COMPROMISO DE TRANSPARENCIA
Los suscritos: .............................................., identificado con cédula de ciudadanía No................... de............................,
domiciliado en............................, actuando en mi propio nombre (o en representación de...) que en adelante se
denominará EL PROPONENTE, manifestamos la voluntad de asumir el presente COMPROMISO DE TRANSPARENCIA
teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
1.
Que La UNP, adelanta el Proceso XXXXXXXXX con el objeto de: XXXXXXXXXXX.
2.
Que EL PROPONENTE tiene interés en apoyar la acción del Estado Colombiano y de la UNP en el implemento de
mecanismos y normas para el fortalecimiento de la transparencia en los procesos contractuales y en la lucha contra
la corrupción.
3.
Que el PROPONENTE tiene interés en el proceso de selección referido en el primer considerando, y se encuentra
dispuesto a suministrar la información necesaria para la transparencia del proceso, y en tal sentido realiza las
siguientes manifestaciones y compromisos.
DECLARACIONES
PRIMERA: Declaro bajo la gravedad del juramento no encontrarme incurso dentro de las inhabilidades e
incompatibilidades previstas en la Constitución Política ni en el artículo 8º de la Ley 80 de 1993, así como no tener sanción
vigente por la trasgresión de alguna de ellas, para contratar con Entidades Públicas.
SEGUNDA: Declaro que toda la información que suministré y suministraré al UNP es cierta y precisa y que no omití ni
omitiré información que sea necesaria para la transparencia en la celebración y desarrollo del contrato.
TERCERA: Declaro que no he ofrecido, ni ofreceré, no he dado, ni daré, ni directa ni indirectamente, dádiva o beneficio
para obtener una decisión a mi favor, ventaja impropia o para perjudicar a alguno de los proponentes.
CUARTA: Declaro que la propuesta presentada es seria y económicamente ajustada a la realidad, que asegura la
posibilidad de ejecutar el objeto del presente contrato en las condiciones de calidad y oportunidad exigidas en el pliego de
condiciones.
QUINTA: Declaro públicamente que conozco y acepto las reglas establecidas para el presente proceso, las adendas, así
como las aclaraciones que se realizaron a el pliego de condiciones, en condiciones de transparencia, equidad e igualdad.
COMPROMISOS
PRIMERO: Si llegare a sobrevenir una inhabilidad o incompatibilidad prevista en la Constitución o en la Ley, me
comprometo a ceder el contrato, previa autorización escrita de la UNP, y si ello no fuere posible renunciaré a la ejecución
del mismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 9º de la Ley 80 de 1993.
SEGUNDO: Me comprometo a desarrollar todas mis actividades en el marco de principios éticos y a asumir con seriedad y
responsabilidad todos los compromisos relacionados con el presente contrato.
TERCERO: Me comprometo a suministrar a la UNP cualquier información sobre actos de corrupción, soborno,
subjetividad, presión o favorecimiento en el desarrollo del proceso contractual, del que tenga o llegare a tener
conocimiento.
CUARTO: Me comprometo a cumplir todas las obligaciones, cargas y los términos en general, previstos en el pliego de
condiciones y en el contrato.
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QUINTO: Me comprometo a desarrollar todas las actividades en el marco de principios éticos y a asumir con seriedad y
responsabilidad todos los compromisos relacionados con el contrato resultante del Proceso XXXXXXXXX.
En constancia de lo anterior y como manifestación de aceptación de nuestros compromisos y declaraciones incorporadas
en el presente documento, se suscribe en la ciudad de ________ el día ___ de 2015.
EL PROPONENTE
Firma
C.C. No.
Firma
C.C. No.
Firma
C.C. No.
Firma
C.C. No.
NOTA: EN CASO DE CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL ESTE DOCUMENTO DEBE SER DILIGENCIADO POR
TODOS LOS INTEGRANTES.
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FORMATO 4 – COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD
Entre los suscritos, a saber: RICARDO LÓPEZ ARÉVALO, identificado con la cédula de ciudadanía número 79.472.032
de Bogotá, en calidad de Secretario General de LA UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN, NIT 900.475.780-1, entidad
adscrita al Ministerio del Interior, nombrado mediante Resolución No. 0076 del 6 de febrero de 2015 y posesionado
mediante Acta del 6 de febrero de 2015, facultado para suscribir el presente documento de conformidad con la Resolución
0002 del 9 de noviembre de 2011, modificada por las Resoluciones 0068 de 2012 y 0088 de 2015, quien en adelante se
denominará LA UNP o PARTE REVELADORA y; por la otra, XXXXXXXX también mayor de edad y domiciliado en la
ciudad de Bogotá, identificado con la cédula de ciudadanía No XXXXXX, obrando en su calidad de XXXXXXXXXX y quien
en adelante se denominará la PARTE RECEPTORA, con el sentido y alcance en este documento, se ha acordado
celebrar el presente COMPROMISO de CONFIDENCIALIDAD, que se regirá por las cláusulas que adelante se indican,
previas las siguientes:
CONSIDERACIONES:
1.
Que LA UNP o PARTE REVELADORA, ordenó la apertura del proceso de selección, a través de la cual buscan
XXXXXXXXXXXXXX.
2.
Que dicha contratación se realizará con base en los estudios y documentos previos elaborados por LA UNP o PARTE
REVELADORA y con las especificaciones técnicas indispensables para la identificación plena de las características
de los bienes y servicios requeridos.
3.
Que para ello es indispensable conocer información privativa de la parte técnica considerada de reserva, por tratarse
de un proyecto de seguridad y defensa nacional.
4.
Que en desarrollo de las actividades previas que deben cumplirse para celebrar el contrato a que haya lugar, así
como para la ejecución de las labores complementarias que resulten necesarias para la completa ejecución del
contrato, es indispensable contar con el compromiso de confidencialidad de las personas que hayan tenido
oportunidad de acceder a la información técnica de la contratación, que precisamente por tratarse de temas
constitutivos de la seguridad nacional, deben mantenerse en la más cuidadosa y estricta reserva.
5.
Que la RECEPTORA entiende que parte de la información a la cual tendrá acceso por causa o con ocasión del
proceso de contratación descrito en el numeral anterior, se encuentra sujeta a reserva legal por tratarse de
actividades relacionadas con la defensa y seguridad de la Nación.
Que dada la reserva legal y consecuente confidencialidad de la información que se debe mantener durante el proceso de
selección objetiva del contratista, el contractual y post contractual, todas las personas naturales o jurídicas que participen
en la consulta a las especificaciones técnicas, así como quienes posteriormente concurran a la audiencia de aclaración de
los mismos, se obligan mediante este COMPROMISO a no revelar ni divulgar ni hacer uso de la información recibida, la
cual solo puede servir para la presentación de sus ofertas, en caso de constituirse en oferentes dentro del proceso de
selección para XXXXXXXXXXXXXXXXXXX.
6.
Que este mismo compromiso, dada la reserva legal y consecuente confidencialidad de la información que se debe
mantener durante el proceso de contratación, la ejecución del contrato que se derive de él y con posterioridad al
mismo, debe ser asumido por el contratista favorecido con la adjudicación del contrato y todo el personal que vaya a
trabajar en el desarrollo del mismo, quienes además deberán responder por la reserva de la información técnica del
mismo, por lo que se requiere la suscripción de un COMPROMISO de confidencialidad.
Con lo anterior, se pactan las siguientes,
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CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO. El presente COMPROMISO tiene por objeto establecer los términos y condiciones bajo las cuales
las PARTES mantendrán la confidencialidad de la información reservada que se tenga acceso por causa o con ocasión
del proceso de contratación para XXXXXX.
PARÁGRAFO: Las PARTES firmantes del presente documento admiten y consienten que toda la INFORMACIÓN
CONFIDENCIAL que aquí se trata es propiedad exclusiva de la UNP, y que la revelación de la información que se llegare
a realizar deberá contar con la autorización expresa y escrita de esta Entidad.
SEGUNDA.-DEFINICIONES. Para los efectos del presente COMPROMISO, el sentido en que se entenderán los términos
será el siguiente:
a) INFORMACIÓN CONFIDENCIAL: Incluye sin limitación alguna todos los documentos, descripciones, especificaciones
técnicas, esquemas, procesos, fotografías, videos, registros, compilaciones (en medio físico o magnético) o cualquier otro
tipo de información de carácter técnico que tenga relación con la contratación del servicio requerido por el Programa de
Protección de la UNP, con el propósito de salvaguardar la vida, integridad, libertad y seguridad de cada persona en
particular, para LA UNP, incluidos todos los análisis, estudios, notas, recopilaciones, resúmenes, memorandos, informes y
conclusiones o cualquier otro documento preparado por la PARTE RECEPTORA o por la PARTE REVELADORA, que
refleje la información que le haya sido suministrada. Igualmente, aquella que, previamente esté identificada como tal,
suministre la PARTE REVELADORA a la PARTE RECEPTORA de manera escrita o verbal.
La información confidencial no deja de serlo cuando deba revelarse a cualquier Entidad Pública que, en ejercicio legítimo
de actividades administrativas, judiciales o de control y mediando acto de autoridad, solicite su entrega.
-b) INFORMACIÓN DE CARÁCTER TÉCNICO: Comprende taxativamente, en medios físicos y magnéticos, con la
extensión indicada para la INFORMACIÓNCONFIDENCIAL, la siguiente:










Diseños.
Registros fotográficos.
Videos.
Estudio de conveniencia y oportunidad.
Especificaciones técnicas.
Presupuestos y memorias de cálculo.
Contratos.
Actas de iniciación, parciales o de liquidación.
Informes de la PARTE RECEPTORA y oficios de la PARTE REVELADORA.
Y en general todos los documentos que formen parte del proceso de selección objetiva, previo al contrato,
contractual y post contractual en los que se revelen datos sobre las especificaciones técnicas del proyecto.
c) PARTE REVELADORA: La UNP.
d) PARTE RECEPTORA: Cualquier persona que reciba, utilice, distribuya, estudie, organice y que, de cualquier manera
tenga acceso a la información confidencial expuesta o entregada por la PARTE REVELADORA, entre quienes se incluye
sin limitarse, a quien suscriba el presente documento, obrando en calidad de interesado en la contratación, proponente o
contratista, cualquiera de sus representantes, directores, funcionarios, empleados, asesores o agentes o de cualquier
subsidiaria o filial de ésta.
TERCERA.- DURACIÓN. La duración de este COMPROMISO será por el término de vigencia del contrato y un (1) año
más. No obstante la PARTE RECEPTORA no podrá revelar ni utilizar en su beneficio o de terceros la información
confidencial recibida por un término nunca inferior a veinte (20) años.
CUARTA.- OBLIGACIONES DE LA PARTE RECEPTORA. En virtud del presente COMPROMISO, la PARTE
RECEPTORA se obliga, especialmente a:
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1.
Mantener en reserva y no divulgar la información confidencial revelada por LA UNP o PARTE REVELADORA o
por terceros formalmente designados para el efecto.
2.
Mantener en reserva y no divulgar ni utilizar, en provecho propio o de terceros y para fines distintos a los
previstos en el convenio, la información que le sea entregada directamente por LA UNP o PARTE
REVELADORA y/o sus delegados o designados.
3.
Mantener en reserva y no divulgar por ningún motivo la información que personalmente conozca o llegare a
conocer en desarrollo y ejecución de las actividades que le competen por causa o con ocasión del proceso de
contratación o del CONTRATO.
4.
Mantener en reserva y no divulgar la información protegida por derechos de autor o por secreto industrial de
COMPROMISO con la normatividad vigente y que haga parte de la información confidencial.
5.
Reconocer que el recibo de la información confidencial no concede, ni expresa ni implícitamente autorización,
permiso o licencia de uso de marcas, patentes, derechos de autor o de cualquier otro derecho de propiedad
industrial o intelectual de LA UNP o PARTE REVELADORA.
6.
Suscribir con antelación a la revelación de la información confidencial, los COMPROMISOS de Confidencialidad
que se ajusten a todo lo dispuesto en el presente COMPROMISO, con todos sus empleados y/o familiares de los
mismos, contratistas, subcontratistas, proveedores y demás personas naturales o jurídicas que hayan
involucrado, involucren o llegare a involucrar la PARTE RECEPTORA en la ejecución de las actividades que le
corresponden para el cumplimiento del objeto del CONTRATO.
7.
La PARTE RECEPTORA mantendrá una lista de usuarios de la información confidencial que será entregada a la
PARTE REVELADORA cuando ella lo solicite.
8.
Utilizar única y exclusivamente la información confidencial que conozca o llegare a conocer para el desarrollo y
ejecución de lo que le competa en relación con el CONTRATO.
9.
No utilizar la información confidencial que conozca o llegare a conocer, en desarrollo y ejecución del
CONTRATO, en provecho propio o de terceros y para fines distintos a los previstos en el mismo, prohibiéndose
inclusive para fines académicos.
10. Adoptar y mantener mecanismos internos de seguridad adecuados para proteger la confidencialidad de toda la
información que conozca o llegare a conocer en desarrollo del CONTRATO.
11. No usar la información confidencial de modo que pueda ser de alguna manera directa o indirectamente
perjudicial para los intereses de LA UNP o PARTE REVELADORA.
12. No acceder, copiar, reproducir, distribuir o trasmitir por ningún medio conocido o por conocer información
confidencial, en todo o en parte, sin el previo aviso y escrito consentimiento de la PARTE REVELADORA.
13. Cumplir con la confidencialidad en las mismas condiciones y formas, y con el mismo cuidado con que realiza la
protección de la información confidencial propia.
QUINTA.- EXCEPCIONES. El presente COMPROMISO de Confidencialidad no se aplica en los siguientes casos:
1.
Cuando la Información Confidencial haya pasado a ser de dominio público por razones distintas al incumplimiento de
la PARTE RECEPTORA.
2.
Cuando exista mandato de autoridad competente que obligue a la PARTE RECEPTORA a entregar o divulgar la
información confidencial. En este caso la PARTE RECEPTORA: a) Dará aviso previo e inmediato a la UNP o PARTE
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REVELADORA. b) informará de inmediato a la UNP o PARTE REVELADORA sobre el hecho y les consultará sobre
las medidas a tomar, para disminuir o limitar dicha solicitud, en caso de que legalmente ello sea posible.
SEXTA.- DESTRUCCIÓN DE LA INFORMACIÓN CONFIDENCIAL. A la terminación del presente COMPROMISO la
PARTE RECEPTORA destruirá toda la información confidencial que le haya sido suministrada en desarrollo de este
COMPROMISO. Por tanto, la PARTE RECEPTORA deberá destruir, de acuerdo con las instrucciones de LA UNP O
PARTE REVELADORA, la información confidencial, así como las copias que haya generado por solicitud de este,
teniendo en cuenta que toda la información confidencial es y continuará siendo la propiedad exclusiva de LA UNP O
PARTE REVELADORA. Igualmente, destruirá, de conformidad con las instrucciones que se le impartan, todo otro
documento o material que incorpore o refleje información confidencial y la contenida en computadoras, medios
magnéticos o cualquier otro sistema similar de almacenamiento. De la destrucción de la información confidencial se
expedirá certificación, en caso de ser requerido por LA UNP O PARTE REVELADORA. La información no destruida
continuará sometida íntegramente a lo pactado en el presente COMPROMISO.
SEPTIMA.- EXCLUSIÓN DE RELACIÓN CONTRACTUAL. La PARTE RECEPTORA entiende que el presente
COMPROMISO no pretende crear ningún tipo de relación contractual ni obligaciones diferentes a las aquí contenidas.
Análogamente, ninguna de las Partes será responsable frente a la otra de cualquier decisión, obligación, costos o gastos
en que la otra incurra o adopte como resultado de este COMPROMISO o por el hecho de la revelación de información
confidencial.
OCTAVA.- RENUNCIA. Las obligaciones y derechos de las partes que este contrato confiere a cada una de ellas no serán
considerados como renunciables en virtud de prácticas o costumbres en contrario. La tolerancia de una de las partes en
soportar el incumplimiento de cualquier obligación a cargo de la otra, no podrá ser considerada como aceptación del
hecho tolerado ni como precedente para su repetición; tampoco impedirá o limitará el derecho de la parte cumplida de
hacer valer todas y cada una de las disposiciones de conformidad de los términos de este COMPROMISO.
NOVENA.- AUSENCIA DE LICENCIA. Este COMPROMISO no da derecho, ni constituye licencia a la PARTE
RECEPTORA para utilizar la información confidencial en su propio beneficio u otorgar favorecimiento o beneficio a
cualquier otra persona natural o jurídica, y para ello las partes acuerdan expresamente emplear todos los medios a su
alcance para impedir esa irregular utilización de la información.
DÉCIMA.- CONFIDENCIALIDAD.- Las Partes se obligan a mantener en reserva la existencia y el contenido del presente
COMPROMISO.
UNDÉCIMA.- INDEMNIDAD. La PARTE RECEPTORA se compromete con LA UNP o PARTE REVELADORA a
mantenerlo indemne contra todo reclamo, demanda, acción legal y costo que se cause o surja de reclamaciones como
consecuencia de un incumplimiento de la PARTE RECEPTORA de alguna o algunas de las obligaciones a su cargo en
éste COMPROMISO.
DUODÉCIMA.- CLAUSULA PENAL. En el evento en que la PARTE RECEPTORA incumpla una cualquiera de las
obligaciones previstas en el presente COMPROMISO ser hará acreedora de una sanción penal pecuniaria por el
equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del valor definitivo del contrato, expresado en salarios mensuales mínimos
legales mensuales vigentes, al tiempo de la falta. El pago de la multa no exime a la PARTE RECEPTORA de adoptar
todas las medidas tendientes a suspender los actos constitutivos de la revelación o a mitigar sus efectos. No obstante lo
anterior, la PARTE RECEPTORA acepta y reconoce que el pago de la pena aquí pactada no será suficiente para cubrir
los perjuicios que resulten de la violación del presente COMPROMISO por parte suya. En consecuencia, la UNP o PARTE
REVELADORA podrán perseguir la indemnización de perjuicios y ejercer cualquier medio legal para evitar que se sigan
ocasionando perjuicios como consecuencia de la violación.
DECIMOTERCERA.- DOMICILIO, LEY DEL COMPROMISO Y NOTIFICACIONES. El presente COMPROMISO se regirá
por la Ley colombiana y las partes se obligan a dar cumplimiento estricto y oportuno a todas las disposiciones contenidas
en el ordenamiento jurídico aplicable al presente COMPROMISO.
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Para todos los efectos del presente COMPROMISO se entenderá que el domicilio contractual será la ciudad de Bogotá
D.C. (Colombia), y cualquier comunicación que se derive de este COMPROMISO deberá ser dirigida a las direcciones que
adelante se indican, siendo responsabilidad de cada una de las partes el informar a la otra cualquier cambio que se
suscite en las direcciones, fax, teléfono o e-mail, que a continuación se señalan:
UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN
SECRETARÍA GENERAL
Avenida Calle 26 No. 59 – 41/65, piso 8 de Bogotá
TELEFONO: 2427400/ Ext. 2436
DECIMOQUINTA.- CESION. Este COMPROMISO de confidencialidad no puede ser cedido por una de las partes, sin
autorización expresa y escrita de la otra.
DECIMOSEXTA.- MODIFICACIONES. Este COMPROMISO sólo puede ser modificado mediante documento escrito
firmado por los representantes legales de las partes.
DECIMOSEPTIMA.- INTEGRIDAD DEL CONTRATO. Las partes manifiestan que han leído este COMPROMISO y han
entendido y aceptado los términos, condiciones y estipulaciones contenidos en el mismo, las cuales han sido acordadas
para proteger la información confidencial indicada. No será válida ninguna declaración o escrito, hecho por cualquiera de
las partes, sus funcionarios, empleados o agentes que sean contrarias a las disposiciones de este COMPROMISO.
DECIMOCTAVA.- PERFECCIONAMIENTO. Las partes entienden perfeccionado este COMPROMISO con su firma en
señal de aceptación de lo aquí contenido.
Para constancia, se firma el presente COMPROMISO, a los _ _ _ _ _ (_ _) días del mes de XXXXX de dos mil quince
(2015), en dos ejemplares originales del mismo tenor y para el mismo efecto.
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FORMATO 5 – AUTORIZACIÓN ESTUDIO DE CONFIABILIDAD
Los suscritos: .............................................., identificado (s) con cédula de ciudadanía No................... de............................,
domiciliado en............................, actuando en mi propio nombre (o en representación de...) que en adelante se
denominará EL PROPONENTE, manifestamos la voluntad de autorizar la realización del ESTUDIO DE CONFIABILIDAD
por parte de los organismos del Estado que desarrollen estas actividades, dentro del proceso para
XXXXXXXXXXXXXXXXXX.
En constancia de lo anterior y como manifestación de aceptación de nuestro compromiso incorporado en el presente
documento, se suscribe en la ciudad de ________ el día ___ de
EL PROPONENTE
Firma
C.C. No.
Firma
C.C. No.
Firma
C.C. No.
Firma
C.C. No.
NOTA: EN CASO DE CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL ESTE DOCUMENTO DEBE SER DILIGENCIADO POR
TODOS LOS INTEGRANTES.
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FORMATO 6 – ACREDITACIÓN DE VINCULACIÓN DE EMPLEADOS EN CONDICIÓN DE DISCAPACIDAD PARA
EFECTOS DE APLICACIÓN DE CONDICIONES PREFERENCIALES Y CRITERIOS DE DESEMPATE
Bogotá D.C.,
Señores
UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN
Avenida Calle 26 No. 59 – 41/65, piso 8 de Bogotá
Bogotá, D.C.
Referencia: Acreditación de la vinculación de empleados en condición de discapacidad para criterios de desempate en el
Proceso XXXXXXXXXXX para XXXXXXXXXXX
Yo ______________________ actuando __________________ (indicar según corresponda: en representación legal o
como apoderado) de _____________________ (nombre de la persona jurídica si aplica), identificado como aparece a
continuación, manifiesto que dentro de mi nómina de trabajadores compuesta por ______ (No. de personas que integran
la nómina) tengo vinculados ________ (No. de personas con discapacidad que integran la nómina) trabajadores en
condición de discapacidad.
Asimismo declaró que han sido contratados con por lo menos un año de anterioridad y me comprometo a mantener dicho
personal por un lapso igual al de la contratación.
Por lo anterior, cumplo con lo establecido en el artículo 24 literal a) de la Ley 361 de 1997 para efectos de la aplicación de
condiciones preferenciales y/o factor de desempate de conformidad, por tal motivo allego junto con la oferta la siguiente
documentación que demuestra tal condición:
1. Certificación de la oficina de trabajo de la respectiva zona.
Cordialmente,
__________________________________________________________
Firma del proponente (nombre propio, representante legal y/o apoderado)
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FORMATO 7 – MODELO DE MINUTA DEL CONTRATO
Entre los suscritos, RICARDO LÓPEZ ARÉVALO, identificado con la cédula de ciudadanía número 79.472.032 de
Bogotá, en calidad de Secretario General de LA UNIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN, NIT 900.475.780-1, entidad
adscrita al Ministerio del Interior, nombrado mediante Resolución No. 0076 del 6 de febrero de 2015 y posesionado
mediante Acta del 6 de febrero de 2015, facultado para suscribir el presente documento de conformidad con la Resolución
0002 del 9 de noviembre de 2011, modificada por las Resoluciones 0068 de 2012 y 0088 de 2015, quien en adelante se
denominará LA UNP, Unidad Administrativa Especial del orden Nacional, con personería jurídica, autonomía
administrativa y financiera y patrimonio propio, adscrita al Ministerio del Interior, la cual hace parte del Sector
Administrativo del Interior y tiene el carácter de organismo Nacional de seguridad creada mediante el Decreto 4065 del
31 de octubre de 2011, quien en adelante se denominará LA UNP, por una parte y por la
otra
XXXXXXXXXXXXXXXXXXX, en lo sucesivo denominado EL CONTRATISTA, hemos acordado celebrar el presente
contrato, previas las siguientes:
CONSIDERACIONES:
Que el fin primordial del Estado es respetar y garantizar la efectividad de los derechos humanos. En desarrollo de este
precepto, la Constitución de 1991, en su artículo segundo, ordena a las autoridades de la República proteger a todas las
personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, entre los cuales, la
vida, la integridad, la libertad y la seguridad personal, cobran especial relevancia ya que permiten el disfrute de los demás
derechos.
Que desde 1997, El Gobierno Nacional lidera un Programa de Prevención y Protección a personas con riesgo
extraordinario1 o extremo2 como consecuencia directa del ejercicio de actividades o funciones políticas, públicas, sociales
o humanitarias, o en razón al ejercicio de su cargo, creado por el artículo 81 de la Ley 418 de 1997, prorrogada y
adicionada por las leyes 548 de 1999, 782 de 2002, 1106 de 2006 y 1421 de 2010, en concordancia con el Decreto 4912
de 2011 modificado y adicionado por el Decreto 1225 de 2012. Este Programa fue creado como resultado de un esfuerzo
conjunto entre el Gobierno y la sociedad civil, para enfrentar las consecuencias de la situación de violencia contra grupos
de población especialmente vulnerables, que en sus inicios, protegía a dirigentes sindicales y de ONG’s defensoras de
DDHH.
Que en desarrollo de la Política Pública de Prevención y Protección antes mencionada y en ejercicio de las facultades
extraordinarias otorgadas por los literales e), f) y g) del artículo 18 de la Ley 1444 de 2011, el Gobierno Nacional profirió el
Decreto 4065 del 31 de octubre de 2011 mediante el que creó la Unidad Nacional de Protección – UNP (en adelante UNP)
con el objeto de “articular, coordinar y ejecutar la prestación del servicio de protección” 3 a que se refieren los artículos 3
(numeral 13) y 5 del Decreto 4912 de 2011 “a quienes determine el Gobierno Nacional que por virtud de sus actividades,
condiciones o situaciones políticas, públicas, sociales, humanitarias, culturales, étnicas, de género, de su calidad de
víctima de la violencia, desplazado, activistas de derechos humanos, se encuentren en situación de riesgo extraordinario o
extremo de sufrir daños contra su vida, integridad, libertad y seguridad personal o en razón al ejercicio de un cargo público
u otras actividades que pueden generar riesgo extraordinario, como el liderazgo sindical, de ONG´S y de grupos de
personas desplazadas y garantizar la oportunidad, eficiencia e idoneidad de las medidas que se otorgan”.
Que en procura de ampliar la protección de las personas que se encuentran en situación de riesgo extraordinario o
extremo cuya seguridad debe procurar el Estado, mediante el Decreto 4912 de 2011 el Gobierno Nacional unifico y
organizo la cobertura de personas que podrían ser cobijadas por el “Programa de Prevención y Protección de los derechos
1De
conformidad con lo consagrado en el artículo 16 del Decreto 4912 de 2011, riesgo extraordinario “es aquel que las personas, como consecuencia
directa del ejercicio de sus actividades o funciones políticas, públicas, sociales o humanitarias, o en razón al ejercicio de su cargo, no están obligadas a
soportar y comprende el derecho de recibir del Estado la protección especial por parte del Programa (…)”.
2 Acorde con lo establecido en el artículo 17 del Decreto 4912 de 2011, riesgo extremo “es aquél que se presenta al confluir todas las características
señaladas para el riesgo extraordinario y que adicionalmente es grave e inminente”.
3De conformidad con lo establecido en el numeral 13 del artículo 3 del Decreto 4912 de 2011 el servicio de protección se erige como un “deber del
Estado Colombiano de adoptar medidas especiales para personas, grupos o comunidades en situación de riesgo extraordinario o extremo, que sean
objeto de éste Programa (El Programa de Protección), con el fin de salvaguardar sus derechos”:
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a la vida, la libertad, la integridad y la seguridad de personas, grupos y comunidades del Ministerio del Interior y de la
Unidad Nacional de Protección”.
Que de conformidad con lo establecido en el Capítulo III del Título I del Decreto 4912 de 2011, se estableció como una
medida de protección, los “ESQUEMAS DE PROTECCIÓN”, compuestos “por los recursos físicos y humanos otorgados a
los Protegidos del Programa para su Protección”, entre los que se distinguen distintas clases especificadas entre los
literales a) al g) del numeral 1 del artículo 11 del Decreto 4912 de 2011.






Recursos físicos de soporte a los esquemas de protección.
Medio de Movilización.
Apoyo de Reubicación Temporal.
Apoyo de Trasteo.
Medios de Comunicación.
Blindaje de inmuebles e instalación de sistemas técnicos de seguridad.
Que al tenor de lo consagrado en los artículos 28 y 40 del Decreto 4912 de 2011 y 4 del Decreto 4065 del mismo año, son
responsabilidades de LA UNP, entre otras, las siguientes:

“Adoptar e implementar las medidas de protección a implementar previa recomendación del CERREM” (viñeta
No. 12 del artículo 28, Decreto 4912 de 2011).

“Adoptar e implementar las medidas de protección contempladas en el artículo 11 del Decreto 4912 de 2011
(numeral 7 del artículo 40 del Decreto 4912 de 2011 y 9 modificado por el Decreto 1225 de 2012).

“Articular y coordinar la prestación del servicio de protección” (numeral 1, artículo 4 del Decreto 4065 de 2011).

“Implementar los programas de protección que determine el Gobierno Nacional, de competencia de LA UNP,
dirigidos a salvaguardar los derechos a la vida, la libertad, la integridad y la seguridad personal” (numeral 3
ibídem). Y,

“Brindar de manera especial protección a las poblaciones en situación de riesgo extraordinario o extremo que le
señale el Gobierno Nacional o se determine de acuerdo con los estudios de riesgo que realice la entidad”
(numeral 5 ajusten).
Que a la luz de las anteriores disposiciones, es claro que, entre otras funciones, la UNP es la entidad pública encargada
de adoptar e implementar las medidas de protección establecidas en el artículo 11 del Decreto 4912 de 2011 a favor de
las personas cobijadas por el Programa, en desarrollo de ello la UNP debe entre todas las operaciones administrativas y
financieras necesarias para realizar los pagos que garanticen el correcto funcionamiento de la entidad.
Que dentro de las operaciones administrativas y financieras requeridas para cada pago se tienen las siguientes:












Recepción de la planilla con sus respectivos documentos soportes
Revisión de la planilla y sus soportes
Crear cuentas bancarias
Expedir CDP Y Compromisos
Crear cada tercero
Elaborar Cuenta por pagar
Elaborar la Obligación
Elaborar la Orden de Pago
Autorización de la Orden de Pago.
Elaboración Orden bancaria
Solicitar al ministerio de hacienda los recursos para situar el dinero
Cancelar la planilla.
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Que el volumen de pagos que debe hacer la UNP en promedio mensual es como mínimo 4.500 medidas (cálculo tomado
del promedio de pagos de los últimos nueve (9) meses). Es decir la entidad debe realizar aproximadamente 225 pagos
diarios, los cuales desbordan la capacidad logística y el recurso humano de la entidad.
Que dado que la estructura actual de la planta de personal y la capacidad instalada de la UNP resulta insuficiente para
garantizar el pago de los bienes y servicios con la agilidad y oportunidad que requiere el Programa, se hace necesario
buscar un mecanismo de fiducia pública que con una adecuada administración y manejo de recursos permita la
disponibilidad de caja de los recursos financieros y procedimientos ágiles que se ajusten a los principios de economía,
transparencia, celeridad y de selección objetiva.
Que dicha contratación se encuentra contemplada en el Plan Anual de Adquisiciones y Contratación de la UNP y fue
aprobada en el Comité de Contratación de la UNP.
Que de acuerdo con el cronograma del Proceso de Selección Abreviada PSA-UNP-_________-2015, la fecha límite para
la presentación de ofertas se cumplió el pasado xxxxxxxxxx, presentándose la oferta de la empresa xxxxxxxxxxxxxxxxx
Previa verificación de los requisitos habilitantes y de acuerdo con los criterios de calificación establecidos en el pliego de
condiciones, dando aplicación a la selección objetiva consagrada en el artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, se determinó
que la oferta presentada cumplía con todos y cada uno de los criterios habilitantes y calificables señalados dentro del
pliego.
Que en consecuencia de lo anterior, el Secretario General de LA UNP, mediante Resolución del xxxxxxxxx de xxxxxxxxxx
de 2015 se adjudicó el contrato a la empresa xxxxxxxxxxx
Que el valor del presente contrato se encuentra respaldado con el certificado de disponibilidad presupuestal No.
xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.
Que el contratista manifestó bajo la gravedad de juramento que no se halla incurso en alguna de las causales de
inhabilidad e incompatibilidad consagradas en la Constitución y en las leyes.
Que el CONTRATISTA certificó en debida forma el cumplimiento de las obligaciones frente a seguridad social integral,
parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, SENA e ICBF), de conformidad con lo previsto en el artículo 23 de la Ley
1150 de 2007. Por lo anterior las partes acuerdan celebrar el presente contrato de prestación de servicios, el cual se regirá
por las siguientes
CLÁUSULAS:
CLÁUSULA PRIMERA.- OBJETO: Contratar una fiducia pública con una persona jurídica, constituida legalmente como
sociedad fiduciaria, consorcio o unión temporal de sociedades fiduciarias, que se encargue de la administración, manejo,
inversión, destinación y pagos de los recursos financieros de carácter público, destinados al Programa de Protección de la
Unidad Nacional de Protección (en adelante UNP) para el otorgamiento de apoyos de transporte, peajes, reubicación y
aquellos gastos relacionados con el fortalecimiento institucional de la UNP requeridos para su óptimo funcionamiento y
toda la reprogramación de estos conceptos cuando haya lugar.
CODIGO UNSPSC
Segmento
Familia
Clase
Producto
Nombre
93000000
93150000
93151500
93151501
Servicios financieros o de gestión administrativa de
empresas públicas
93000000
93150000
93151600
93151605
Servicios financieros gubernamentales
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CLÁUSULA SEGUNDA. – ALCANCE AL OBJETO: En relación con la administración de los recursos objeto del contrato
de Fiducia a suscribir, el contratista se sujetará a lo siguiente, sin perjuicio de las disposiciones legales de carácter
presupuestal, financiero y comercial aplicables para el manejo de recursos públicos.
Los recursos deben ser manejados de la siguiente forma:
2.1.1.1. En cuentas bancarias corrientes o de ahorros.
2.1.1.2. La entidad fiduciaria no podrá invertir los recursos dados en administración en cartera colectiva.
2.1.1.3. La estructura de plazo para las inversiones se establecerá de acuerdo con el flujo de caja de los compromisos
que establezca la UNP, con cargo a los recursos entregados en administración, para establecer los
requerimientos de liquidez a los cuales debe someterse la entidad administradora en la realización de los pagos.
2.1.1.4. Los recursos dados en administración sólo podrán ser colocados en los siguientes tipos de activos financieros,
correspondiéndole a la Administradora de Recursos, bajo su exclusiva responsabilidad, la evaluación y
determinación de cada una de las operaciones individuales de colocación de recursos que se realicen en
desarrollo del contrato.
2.1.1.5. El Contratista deberá presentar una rendición final de cuentas, dentro de los quince (15) días siguientes al
vencimiento del plazo de ejecución del contrato que surja de este proceso de selección, en el que se detallen los
siguientes aspectos:
d. Títulos de Tesorería (TES), adquiridos en el mercado primario o en el mercado secundario.
e. Otros títulos de deuda pública, emitidos o garantizados por la Nación o el Banco de la República,
adquiridos en el mercado primario o en el mercado secundario.
f.
Títulos de deuda emitidos, avalados o garantizados en cualquier forma por establecimientos bancarios
vigilados por la Superintendencia Financiera o por la autoridad que haga sus veces.
2.1.1.6. Límites de Concentración y Calificación de Riesgo. En estas materias se observarán las siguientes reglas:
d. Dentro del Portafolio no podrán mantenerse títulos de un mismo emisor, aceptante o garante que
representen más del cinco por ciento (5%) del total del Portafolio.
e. El total de inversiones que se coloquen en un mismo emisor no podrá sobrepasar el quince por ciento
(15%) del total del patrimonio del emisor en la fecha de la adquisición de la inversión.
f.
Las disposiciones sobre límites de concentración, cupos máximos de endeudamiento y calificación de
riesgo establecidos en este numeral no se aplicarán a las inversiones que con recursos del Portafolio se
efectúen en Títulos de Tesorería (TES), u otros títulos de deuda pública, emitidos o garantizados por la
Nación o el Banco de la República.
2.1.1.7. Prohibiciones Expresas. Con los recursos entregados en administración no se podrán hacer las siguientes
transacciones:
d. Adquisición de papeles de renta variable (acciones o bonos convertibles en acciones), derivativos de
cualquier naturaleza, repos pasivos.
e. La Administradora de Recursos no podrá adquirir papeles emitidos, avalados, garantizados o
administrados por ella o por cualquier entidad del grupo financiero al cual pertenece. Tampoco podrá
invertir en títulos valores de emisiones en los cuales la Administradora de Recursos actúe como
representante legal de los tenedores.
f.
La Administradora de Recursos no podrá adquirir de personas naturales inversiones para el Portafolio.
2.1.1.8. El Contratista debe presentar a la UNP dentro de los primeros diez (10) días calendario de cada mensualidad
vencida, en medio magnético y documentos impresos por duplicado, un informe financiero en el cual se
determine el estado de ejecución presupuestal y financiero del contrato que surja del respectivo proceso de
selección. Además de informar:
n. Valores girados en administración, valor comprometido, valor pagado, discriminado por componente y
fuente y saldos en cuentas bancarias.
o. Valores por desembolsar a cargo de los recursos en administración.
p. El informe en el que se especifique el monto de los rendimientos generados.
q. Rendir y elaborar los informes, conceptos, estudios y demás conceptos que le solicite la UNP y
relacionados con el contrato, en cualquier tiempo y oportunidad, de acuerdo con los requerimientos de
éste.
r.
Suministrar al Supervisor del contrato de fiducia, la información que requiera para desarrollar su labor.
Adicionalmente, presentar los informes que éste le exija de acuerdo con sus actividades y prestar el apoyo
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necesario para el cumplimiento de su función de evaluación y control del encargo fiduciario. Así mismo
elaborar los planes de mejoramiento tendientes a subsanar las observaciones encontradas por la
interventoría o los entes de control, reportando periódicamente los avances logrados.
s. Estados Financieros desagregados conforme a las normas vigentes establecidas por la Contaduría
General de la Nación sobre el manejo de los recursos que la UNP le entregue en desarrollo del contrato
que surja como resultado del proceso de contratación. Los Estados Financieros que debe presentar son a
nivel 6 dígitos y las cuentas se deben homologar al PUC cuenta 7 CUENTAS DE ORDEN FIDUCIARIAS
t.
Información mensual sobre los pagos efectuados por la Fiduciaria, ordenados por beneficiario, en el cual
se indique: Documento de identidad de la persona natural o jurídica, Nombre del Beneficiario, Concepto del
pago, Grupo Objetivo, fecha de pago, Valor, Rubro presupuestal, Estado de Pago.
u. Flujo de Recurso Mensual, Flujo de Recurso Acumulado, Informe Valor Pagado comisión Fiducia, Informe
de Saldos de las cuentas bancarias.
v. Las obligaciones acumuladas pendientes de ejecución (rechazadas y no cobradas). Este informe debe
reflejar los apoyos pendientes a la fecha del informe que no han sido cobrados por ventanilla ni
consignados en la cuenta del beneficiario.
w. Informar diariamente por correo electrónico al Supervisor del Contrato, el reporte de pagos generados el
día anterior.
x. Informar semanalmente, los movimientos de ingresos y egresos con cargo a los recursos entregados en
administración durante los ocho (8) días anteriores a fin de mantener a esta dependencia actualizada del
manejo de los mismos, esta información debe mostrar los pagos efectivamente pagados sean por
ventanilla y por ACH.
y. Copias de las órdenes de giro efectuadas por la Entidad o Administradora en el respectivo período, con los
soportes de pago correspondientes, los cuales podrán ser aportados por medio magnético, físico y/o
electrónico.
z. Cualquier otra información necesaria que requiera la Unidad Nacional de Protección.
2.1.1.9. El Contratista deberá presentar una rendición final de cuentas, dentro de los quince (15) días siguientes al
vencimiento del plazo de ejecución del contrato que surja de este proceso de selección, en el que se detallen los
siguientes aspectos:
f.
El estado de cuenta del contrato de administración.
g. Estados de pagos y desembolsos efectuados por parte de la UNP.
h. Las obligaciones pendientes de ejecución (rechazadas y no cobradas).
i.
Los rendimientos financieros generados, así como de los montos consignados en la Dirección del Tesoro
Nacional sobre los rendimientos de los aportes nacionales.
j.
Otros a juicio del Comité de seguimiento y/o de la UNP.
2.2. PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO
El Proponente es libre para establecer el número de personas a utilizar para el desarrollo de las labores objeto del contrato
que surja del proceso de contratación, de acuerdo con el enfoque de organización que le dé a los mismos. Sin embargo,
para efectos de la propuesta y para el desarrollo del contrato de Fiducia, deberá contar con el personal y los requisitos
mínimos detallados en el siguiente cuadro, sin perjuicio del personal adicional que ofrezca para el desarrollo del contrato a
suscribir:
PERSONAL
Un (1) Coordinador General del Proyecto
Un (1) Contador Público
REQUISITOS MÍNIMOS (Equipo Básico)
Profesional en economía, contaduría, administración de empresas o su
homologación, con experiencia general de seis (6) años y específica de tres
(3) en el manejo de administración de recursos.
Contador público con experiencia de 5 años en registros contables de
encargos fiduciarios.
Un (1) Auxiliar Profesional o estudiante en
Deberá tener experiencia mínima de un (1) año como auxiliar administrativo
economía, contaduría, ingeniería de sistemas o
en administración de recursos financieros.
profesiones afines.
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PSA-UNP-06-2015
El oferente deberá presentar con la propuesta la hoja de vida junto con los soportes que acrediten las condiciones exigidas
para el Coordinador del Proyecto. Así mismo, el oferente seleccionado deberá presentar con anterioridad a la suscripción
del acta de inicio la Hoja de vida y los soportes del Contador Público y del Auxiliar Profesional o estudiante en economía,
contaduría, ingeniería de sistemas o profesiones afines que se dedicaran al desarrollo de las actividades del contrato,
documentación que será verificada por el supervisor del contrato. La experiencia como Profesor de Cátedra, Director de
Proyectos de Tesis o Asesor de Proyectos de Tesis no será tenida en cuenta como experiencia específica.
Así mismo, se deberá indicar la dedicación (horas/hombre/mes) del Coordinador del Proyecto.
El resto del personal descrito anteriormente, deberá ser de dedicación exclusiva y tiempo completo, durante toda la
ejecución del contrato que surja del proceso de contratación y hasta su liquidación final. Durante la ejecución del contrato
este personal no podrá ser reemplazado sin previa aprobación por parte de la UNP.
Por virtud de lo aquí estipulado, el estudio previo y los anexos técnicos del PSA-UNP-______-2015, hacen parte integral
del presente contrato.
CLÁUSULA TERCERA. – OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: En virtud del presente contrato EL CONTRATISTA se
obliga a desempeñar las siguientes actividades:
3.1.
3.2.
3.3.
3.4.
3.5.
3.6.
3.7.
3.8.
3.9.
3.10.
3.11.
Recibir los recursos que se le entreguen y administrarlos con arreglo a lo dispuesto en el contrato a suscribir y
destinarlos única y exclusivamente en cumplimiento del mismo y de acuerdo a las instrucciones de pagos que le
indique el Mandante.
Mantener los recursos transferidos y objeto del contrato en cuenta especial del proyecto, de manera que aseguren
una liquidez suficiente y apropiada para atender los pagos de las obligaciones que surjan del desarrollo del
contrato.
Disponer de la capacidad operativa y técnica necesarias para la administración y ejecución del contrato que se
pretende realizar, de acuerdo con las obligaciones pactadas. El contrato será desarrollado con los recursos
humanos, técnicos y operativos señalados en este documento y los establecidos en la propuesta.
Defender los recursos recibidos para su administración, en orden a asegurar su protección contra actos de
terceros. En caso contrario, deberá responder ante la UNP por la restitución de los recursos que sean pagados o
girados indebidamente como consecuencia de errores o incumplimiento en sus obligaciones.
Efectuar los pagos solicitados por la UNP, con cargo a los recursos del fideicomiso y por los conceptos que se
generen en desarrollo de las actividades propias del contrato, en la fecha en que lo solicite, en un plazo no
superior a dos (2) días hábiles contados a partir del recibo del respectivo documento legal en el cual se registre la
operación financiera a desarrollar.
Liquidar los impuestos que correspondan a los pagos que se realicen a favor de los beneficiarios del Programa de
Protección. La Administradora de Recursos será la responsable ante la Dirección de Impuestos y Aduanas
Nacionales –DIAN por las retenciones a que haya lugar.
Exigir toda la documentación soporte para efectuar los pagos ordenados en el desarrollo del contrato de fiducia.
Llevar con base en el Plan General de Contabilidad Pública una contabilidad en forma separada e independiente
de la propia de los recursos que la UNP, le entregue en desarrollo del contrato y presentar informes periódicos a
solicitud de la UNP.
Llevar un sistema de manejo contable, donde quede discriminado por fuentes y componentes, en la cual se
especifique el monto de los recursos recibidos, comprometidos, desembolsados, saldos por comprometer y saldos
por desembolsar. De tal manera, que en cualquier momento el mandante y los organismos de control puedan
verificar su ejecución, así mismo deberá mantener un registro específico y actualizado de los montos erogados, así
como un estado de cuenta de los ingresos, egresos y saldos de los recursos que reciba para la realización del
objeto del contrato a suscribir. Dicha información se mantendrá constantemente a disposición del mandante y
demás entidades de vigilancia y control. Sin perjuicio de los principios de contabilidad, se deberá llevar un registro
por centro de costos o por grupo de población beneficiada de los Programas de Protección de acuerdo con los
lineamientos que para el efecto trace la UNP.
Mantener la reserva profesional sobre la información que le sea suministrada o que conozca en virtud del contrato
a suscribir.
Definir los delegados que hagan parte del Comité de Seguimiento del contrato que surja de este proceso de
contratación.
PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES
PSA-UNP-06-2015
3.12.
3.13.
3.14.
3.15.
3.16.
3.17.
3.18.
3.19.
3.20.
3.21.
3.22.
3.23.
3.24.
3.25.
3.26.
Asistir a las sesiones del Comité de Seguimiento previstos durante la ejecución del contrato.
Tramitar ante la entidad bancaria en donde se vayan a manejar los recursos de la fiducia, la expedición de una
clave para el funcionario encargado del control financiero en la UNP, con el propósito de poder consultar los saldos
y movimientos realizados en el día.
Realizar conciliaciones mensuales con los encargados de la supervisión y control de los recursos en la UNP, con
el propósito de efectuar cierres mensuales conciliados.
Liquidar y consignar en la Dirección General del Tesoro dentro del mes siguiente a su generación, los rendimientos
financieros que produzcan los recursos entregados, en los términos que establece el Decreto 111 de 1996
(Estatuto Orgánico del Presupuesto).
Trasladar a una nueva fiducia de acuerdo a las instrucciones de la UNP, a la terminación del contrato, los recursos
no ejecutados ni comprometidos en desarrollo del mismo, de conformidad con las normas legales presupuestales.
Realizar de manera diligente todos los actos necesarios para la cumplida ejecución del objeto del contrato y
responder hasta por la culpa leve en el desarrollo de su gestión, excepto caso fortuito – fuerza mayor o por hechos
de terceros.
Permitir y facilitar la práctica de auditorías que en cualquier momento se soliciten por parte de la UNP o por
cualquier entidad parte de los correspondientes organismos de control y vigilancia conforme a la Ley.
Prestar el servicio de envió de mensaje de texto SMS a los diferente beneficiarios de pagos sea estos por ACH o
Ventanilla realizados en el marco del contrato por concepto de Apoyos.
Contar por lo menos con una sede física administrativa en Bogotá D.C, la cual deberá contar para el desarrollo del
contrato, con las siguientes herramientas físicas mínimas: teléfonos (1), fax (1), equipos de cómputo (2), papelería,
correo institucional, suministros y en general deberá contar con el apoyo logístico suficiente para desarrollar el
objeto del contrato.
Poner a disposición una línea directa con la Fiduciaria, para la atención y comunicación de la UNP con la entidad
administradora y contar con un sistema de información que permita la obtención de reportes ágiles que faciliten a
la UNP, organismos de control y público en general toda clase de información.
Contar con una póliza de garantía global bancaria por el equivalente a mínimo el cien por ciento (100%) del valor
total de los recursos a administrar.
Presentar todos los informes que le solicite la supervisión del contrato, en la forma y tiempos requeridos.
Tramitar ante las entidades bancarias las consultas de por lo menos a cuatro (4) usuarios de los portales para
funcionarios que sean autorizados por la UNP.
Al finalizar la ejecución del contrato, adelantar el empalme con el proponente que resulte adjudicado, según
requerimiento de la UNP.
Las demás que deba cumplir de conformidad con las disposiciones legales vigentes y las que se deriven de la
naturaleza del contrato a suscribir y que garanticen su cabal cumplimiento.
CLÁUSULA CUARTA.- VIGENCIA DEL CONTRATO Y PLAZO DE EJECUCIÓN: La duración del contrato será hasta el
treinta y uno (31) de diciembre de 2015, contados a partir de la fecha de cumplimiento de los requisitos de ejecución, es
decir expedición del registro presupuestal y la aprobación de la garantía única por parte de la entidad una vez sea
constituida y presentada en debida forma por parte del contratista.
CLÁUSULA QUINTA.- LIQUIDACIÓN: El presente contrato se liquidará acorde con lo establecido en el Estatuto
General de Contratación de la Administración Pública, y dentro de los plazos allí establecidos.
CLÁUSULA SEXTA.- PRÓRROGAS: El plazo de ejecución del contrato podrá prorrogarse por mutuo acuerdo de las
partes, siempre que se cuente con los recursos económicos requeridos para el efecto por parte de la UNP y dentro de los
límites cuantitativos para el efecto consagrados en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública
CLÁUSULA SÉPTIMA.- TERMINACIÓN: Este contrato se dará por terminado en cualquiera de los siguientes eventos,
cumplidos los cuales deberá iniciarse su liquidación:
7.1.
Por vencimiento del plazo de ejecución o de sus prórrogas, así como por el agotamiento de los recursos.
7.2.
Por mutuo acuerdo de las partes, siempre que con ello no se causen perjuicios a LA UNP.
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7.3.
Por fuerza mayor o caso fortuito que hagan imposible ejecutar el objeto contractual.
CLÁUSULA OCTAVA.- POTESTADES EXORBITANTES: En desarrollo de lo señalado en el artículo 14 de la Ley 80 de
1993, al presente contrato le serán aplicables las potestades excepcionales de interpretación unilateral, modificación
unilateral y terminación unilateral, así como la de caducidad administrativa. Tales potestades podrán ejercitarse por la
UNP dentro del marco legal para ellas consagrado en los artículos 15 a 18 (inclusive) de la Ley 80 de 1993, en
concordancia con lo señalado en el artículo 76 de la Ley 1474 de 2011.
CLÁUSULA NOVENA.- VALOR DEL CONTRATO: El presupuesto oficial para la contratación es de
XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX,00) M/L, Incluidos IVA, y demás gastos directos e indirectos, valor sobre el
cual se celebrará el respectivo contrato.
PARÁGRAFO PRIMERO: Conforme a lo indicado en los pliegos de condiciones del PSA-UNP-06-2015, queda
expresamente entendido y aceptado entre las partes: a) Que la anterior cifra es un valor indicativo establecido como el
máximo contra prestacional que la entidad cancelaría al CONTRATISTA como remuneración a los servicios de seguridad
que llegue a requerir, dentro del marco del programa de Prevención y Protección a su cargo. b) Que LA UNP no garantiza
el pago total del valor aquí señalado al CONTRATISTA, quien solo recibirá como contraprestación el valor unitario
establecido como precio para cada una de las unidades de costos que le sean requeridas por la entidad en atención a sus
necesidades.
PARÁGRAFO SEGUNDO.- El presupuesto asignado para contrato comprende todos los costos directos e indirectos en
que el contratista va a incurrir para cumplir con el objeto del contrato; por lo tanto LA UNP no reconocerá ningún reajuste
de tarifas o precios durante la vigencia del contrato. Estos valores no estarán sujetos a modificaciones por concepto de
inflación, y por ningún motivo se considerarán costos adicionales
CLÁUSULA DÉCIMA. – FORMA DE PAGO: El pago de la comisión se liquidará por mes vencido y será realizado dentro
de los diez (10) días hábiles siguientes a la presentación de la factura, a la cual se deberá adjuntar la fotocopia del RUT y
la certificación del pago de las obligaciones fiscales y parafiscales a que haya lugar, en cumplimiento de lo estipulado en
las Leyes 80 de 1993 y 789 de 2002. Dicho pago deberá anexar la autorización de pago elaborada por LA UNP y el
cumplido a satisfacción emitido por el supervisor del contrato.
El pago queda subordinado al PAC y a la ubicación efectiva de los recursos en la entidad, previa presentación de la
factura, a la cual se deberá adjuntar la fotocopia del RUT, la certificación del pago de las obligaciones fiscales y
parafiscales a que haya lugar, de acuerdo con lo establecido por las Leyes 80 de 1993 y 789 de 2002. Para el efecto
deberá anexarse el cumplido a satisfacción y la autorización de pago, emitidos por la supervisión del contrato
Los documentos soporte para los pagos deberán ser avalados por el supervisor del contrato.
PARÁGRAFO PRIMERO: Los desembolsos se realizarán con sujeción al PAC y a la ubicación de fondos efectuada por la
Dirección del Tesoro Nacional en LA UNP, de tal manera que LA UNP no asume responsabilidad alguna por la demora
que pueda presentarse en dichos pagos y, por lo tanto, EL CONTRATISTA cumplirá con sus obligaciones y no podrá
aducir como justificación alguna para su no realización, demora en el pago.
PARÁGRAFO SEGUNDO: RETENCIONES.- LA UNP hará las retenciones a que haya lugar sobre cada pago, de acuerdo
con las disposiciones legales vigentes.
PARÁGRAFO TERCERO.- En caso de terminación anticipada sólo habrá lugar al pago de los servicios efectivamente
prestados, liquidados en forma proporcional a los servicios realizados.
PARÁGRAFO CUARTO.- Los pagos a realizar por parte de la UNP se efectuarán en la Cuenta que se informe.
PARÁGRAFO QUINTO: OBLIGACIONES DE NOTIFICAR LOS PAGOS.- EL CONTRATISTA se compromete, una vez
recibido el valor proveniente del contrato en la cuenta antes mencionada, a notificarlo a la Secretaría General de LA UNP
dentro de los dos (2) días siguientes.
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PARÁGRAFO SEXTO: REQUISITOS PARA EL TRÁMITE DE PAGOS.- LA UNP no pagará ninguna suma de dinero a
EL CONTRATISTA mientras éste no haya cumplido previamente con los requisitos de ejecución del contrato que se
celebra.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA .- GARANTÍAS: El CONTRATISTA deberá constituir por su cuenta, dentro del día (2)
días hábiles siguientes a la suscripción de este documento, el contratista deberá constituir por su cuenta, una garantía, de
las consagradas en el Título III del Decreto 1510 de 2013, que contemple los siguientes amparos:
12.1.
DE CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES SURGIDAS DEL CONTRATO ESTATAL, con un valor asegurado
del veinte por ciento (20%) del valor del contrato, por su término de duración y seis (6) meses más, incluyendo en
ellas el pago de multas y cláusula penal pecuniaria. El amparo de cumplimiento del contrato cubrirá a la entidad
estatal contratante de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones
nacidas del contrato, así como de su cumplimiento tardío o de su cumplimiento defectuoso, cuando ellos sean
imputables al contratista.
12.2.
DE CALIDAD DEL SERVICIO, que cubre a LA UNP de los perjuicios imputables al contratista garantizado que
surjan con posterioridad a la terminación del contrato y que se deriven de la mala calidad del servicio prestado,
teniendo en cuenta las condiciones pactadas en el contrato, con un valor asegurado del diez por ciento (10%) del
valor del contrato, por su término de duración y seis (6) meses más.
12.3.
DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES LABORALES al personal vinculado para la
ejecución del contrato, que tenga un valor asegurado igual al cinco por ciento (5%) del valor global del contrato, y
una vigencia igual a la sumatoria del plazo de ejecución del contrato, más el plazo de liquidación del mismo, más
tres (3) años.
12.4.
PÓLIZA GLOBAL BANCARIA: La cual deberá mantenerse vigente desde el momento de la suscripción del
contrato y hasta la suscripción del acta de liquidación del mismo o ejecutoria de la Resolución de liquidación
unilateral, o mantenerse vigente mediante el mecanismo de renovación anual, caso en el cual deberá remitir
anualmente a la UNP, fotocopia de la póliza renovada. Esta póliza deberá amparar los recursos a administrar
contra los siguientes riesgos:
-
-
Actos de falta de honradez, fraudulentos o dolosos y en general actos de infidelidad de los empleados de
la fiduciaria.
Hurto y hurto calificado, engaño, malversación, extravío o desaparición de dichos bienes, incluyendo los
que se produzcan por razón de motines, huelgas y catástrofes, bien sea que dichos bienes se encuentren
en poder de la fiduciaria o sean objeto de movilización o transporte.
Falsificación o adulteración de documentos
Delitos por computador
El valor asegurado de esta póliza deberá ser reajustado teniendo en cuenta el saldo del capital de la fiducia. Dicha póliza
debe tener una suma asegurada en el agregado anual, igual o superior al cien (100%) por ciento, correspondiente al valor
de la fiducia.
PARÁGRAFO: EL CONTRATISTA ampliará los plazos iníciales de los amparos en el evento de extenderse el plazo fijado
para la ejecución del contrato, e incrementará las coberturas de los mismos, de acuerdo con las adiciones que se
efectúen.
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA.- INDEMNIDAD:, EL CONTRATISTA acepta su obligación de mantener libre o exento
de daño a LA UNP, de cualquier reclamación proveniente de terceros que tenga como causa las actuaciones de EL
CONTRATISTA o las de sus subcontratistas o dependientes.
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA.- EXCLUSIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL: EL CONTRATISTA obrará por su propia
cuenta y riesgo, con absoluta autonomía e independencia, usando sus propios equipos y herramientas, y no existirá entre
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este, el personal que contrate y LA UNP relación laboral alguna y por tanto no será solidariamente responsable con EL
CONTRATISTA, por el valor de los salarios y de las prestaciones e indemnizaciones a que tengan derecho sus
trabajadores o empleados.
PARÁGRAFO: En concordancia con la cláusula de indemnidad del presente contrato EL CONTRATISTA asume la
especial obligación de defender y mantener indemne a LA UNP en caso de que alguno de sus trabajadores demandare a
estos últimos para obtener el pago de salarios, prestaciones sociales o indemnizaciones emanadas de su relación laboral.
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA.- PROHIBICIONES: EL CONTRATISTA, de manera expresa, se obliga a cumplir las
siguientes reglas y limitaciones:
15.1.
La garantía única y los amparos constituidos en los términos de este contrato no podrán ser modificados sino
por disposición legal o con la autorización previa y escrita de LA UNP.
15.2.
EL CONTRATISTA no podrá iniciar la ejecución del contrato mientras no se cumplan los requisitos de ejecución;
tampoco podrá solicitar pago alguno con cargo a este contrato por servicios prestados sin el cumplimiento de los
requisitos establecidos para ese efecto en este contrato.
15.3.
Las adiciones o prórrogas se acordarán por escrito.
15.4.
EL CONTRATISTA sólo podrá ejecutar las actividades hasta concurrencia del valor y tiempo pactados en este
documento o en las adiciones que se suscriban.
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA. – OBLIGACIONES DE LA UNP: En virtud del presente contrato LA UNP se obliga
5.1.
5.2.
5.3.
Realizar la supervisión y seguimiento a la ejecución del contrato.
Pagar oportunamente las facturas mensuales emitidas por el contratista, previo cumplimiento de los requisitos
legales
Prestar colaboración constante en la ejecución del contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA.- PAGOS PARAFISCALES: EL CONTRATISTA está obligado a cumplir y mantener al
día su compromiso de pago al Sistema de Seguridad Social Integral y demás pagos parafiscales, cuando correspondan,
conforme al artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.
CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA.- MULTAS: Si EL CONTRATISTA se constituye en mora o incumple, total o
parcialmente, las obligaciones que asume en virtud de este contrato, salvo fuerza mayor o caso fortuito, se causarán
multas sucesivas del uno por ciento (1%) del valor del contrato por cada día de retardo, sin perjuicio de que LA UNP
pueda hacer efectiva la sanción pecuniaria por incumplimiento o ejercer las potestades exorbitantes que correspondan. EL
CONTRATISTA autoriza expresamente a LA UNP para deducir directamente el valor de las multas causadas de cualquier
suma que se deba desembolsar a EL CONTRATISTA por razón de este contrato. La suma de los valores por multas
causadas en desarrollo del presente contrato no podrá exceder el diez por ciento (10%) del valor del contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA.- CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA: En caso de incumplimiento o de declaratoria de
terminación unilateral o caducidad, las partes acuerdan como indemnización anticipada de perjuicios a favor de LA UNP,
una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, la que se causará al momento de la expedición
del acto administrativo mediante el que se declare alguna de las anteriores circunstancias, el cual deberá proferirse dentro
del marco de lo señalado en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011. En caso de que EL CONTRATISTA no pague la suma
correspondiente por este concepto, dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de notificación del referido acto
administrativo, LA UNP podrá hacer efectiva la póliza de cumplimiento del contrato o compensar dicho valor de cualquier
cantidad que adeude a EL CONTRATISTA.
PARÁGRAFO: El valor de la cláusula penal que se haga efectivo se considerará como pago parcial de los perjuicios
ocasionados a LA UNP, quedando está facultada para reclamar, por vía judicial o extrajudicial, el valor de los perjuicios
que exceda el monto de la cláusula penal.
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CLÁUSULA VIGÉSIMA.- IMPREVISIÓN: En caso de surgir hechos imprevistos, a los cuales no se pueda resistir, que
impidan parcialmente el cumplimiento por una u otra parte de las obligaciones contractuales contraídas, el plazo de
cumplimiento de las obligaciones será prorrogado en un plazo igual al que duren tales circunstancias hasta que cesen las
mismas. La parte contratante que resulte afectada por tales hechos y que no pueda por ello cumplir con las obligaciones
contractuales, deberá notificar por escrito a la otra parte, inmediatamente al surgimiento y a la terminación de dichas
condiciones. Tal aviso deberá enviarse por escrito a la otra parte, dentro de los dos (2) días siguientes a partir de la fecha
del comienzo de dichas circunstancias. Dentro de un plazo no mayor de diez (10) días desde la fecha de tal aviso, la parte
afectada por el imprevisto deberá enviar una carta certificada anexando el documento de la autoridad competente en el
cual se certifiquen las condiciones arriba mencionadas y las medidas tomadas para evitarlo, de ser ello procedente,
excepto en el evento en que se trate de hechos notorios de público conocimiento. Durante el período en que persistan las
circunstancias arriba mencionadas, las partes están obligadas a tomar las medidas necesarias para reducir los perjuicios
provocados por las mismas. La parte afectada por tales circunstancias, que no le haya sido posible cumplir con las
obligaciones contractuales, deberá informar periódicamente a la otra parte sobre el estado en que está transcurriendo el
imprevisto. Si estas circunstancias duran más de un (1) mes, las partes deberán ponerse de acuerdo con el fin de adecuar
las condiciones del contrato a las nuevas situaciones que se presenten.
CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA.- SUPERVISIÓN: La vigilancia y control del cumplimiento de las obligaciones a cargo
de EL CONTRATISTA, serán ejercidas de conformidad con lo que al efecto se establece en el Manual de Contratación de
la Unidad Nacional de Protección.
CLÁUSULA VIGESIMA SEGUNDA.- SUPERVISIÓN: El supervisor designado para la verificación del cumplimiento de las
obligaciones del CONTRATISTA será JESÚS ALBERTO SOSTE RUIZ, adscrito a la Secretaría General. El supervisor
deberá ejercer las siguientes funciones, en relación con el presente contrato:
7.1.
7.2.
7.3.
7.4.
7.5.
7.6.
7.7.
7.8.
7.9.
7.10.
7.11.
Ejercer un estricto control para el cumplimiento de la totalidad de las obligaciones del contratista.
Adoptar las precauciones necesarias para que los elementos contratados se entreguen en condiciones aptas y
en forma eficiente, atendiendo las disposiciones legales sobre la materia.
Atender las quejas que afecten el normal funcionamiento del contrato.
Efectuar la verificación sobre la vigencia de los permisos, licencias, autorizaciones, contratos y pólizas que el
contratista requiera para el desarrollo del objeto del contrato.
Solicitar informes financieros, operativos y administrativos sobre la ejecución del contrato cada vez que se
requiera.
Solicitar información sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias, parafiscales y prestacionales a cargo
del contratista.
Responder por que en el expediente del contrato se encuentre toda la documentación que se produzca durante
la ejecución del contrato y que esté relacionada con la misma.
Evaluar los servicios prestados y expedir cuando así proceda, las certificaciones de cumplido a satisfacción y
autorizará el pago respectivo.
Elaborar el acta de liquidación del contrato y velar por que se cumpla dentro del plazo establecido para el efecto.
Verificar la ejecución presupuestal del contrato y solicitar oportunamente las adiciones, prórrogas y/o cualquier
modificación que se requiera en la ejecución del contrato, de manera oportuna.
Las demás que estime necesarias para garantizar el cabal cumplimiento del objeto contractual.
PARÁGRAFO: En ningún caso podrá el supervisor exonerar a EL CONTRATISTA, del cumplimiento o responsabilidad
derivada de las obligaciones adquiridas contractualmente o por disposición legal, ni tampoco modificar los términos del
presente contrato.
CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA.- CESIÓN Y SUBCONTRATOS: EL CONTRATISTA no podrá ceder total ni
parcialmente los derechos u obligaciones surgidos de este contrato, sin la autorización previa y escrita de LA UNP. Los
contratos que celebre EL CONTRATISTA para la ejecución del presente contrato se harán por su cuenta y riesgo,
quedando éste como único responsable ante LA UNP por el cumplimiento de las obligaciones del presente contrato.
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CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA.- DOMICILIO CONTRACTUAL Y NOTIFICACIONES: Para todos los efectos legales y
contractuales el domicilio contractual será la ciudad de Bogotá D.C., Colombia. Las partes manifiestan como dirección
para notificaciones, la siguiente:
LA UNP, en la Calle 26 No. 59-41/65 Piso 8 de Bogotá D.C.
EL CONTRATISTA en la XXXXXXXXXXXXXXXXX
CLÁUSULA VIGÉSIMA QUINTA.- SOLUCIÓN DE CONFLICTOS: Las partes acuerdan que para la solución de las
diferencias y discrepancias que surjan de la celebración, ejecución, terminación o liquidación de este contrato, serán
resueltas de conformidad con lo previsto en el artículo 68 de la Ley 80 de 1993.
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEXTA.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Hacen parte integrante del presente contrato los
siguientes documentos: 1. Los estudios y documentos previos del PSA-UNP-06-2015. 2. El pliego de condiciones del PSAUNP-06-2015, y todos sus anexos. 3. La oferta presentada por el contratista. 4. El certificado de disponibilidad
presupuestal y registro presupuestal. 5. Los documentos, actas, acuerdos, comunicaciones y demás actos administrativos
que se produzcan en desarrollo del objeto del contrato, debidamente suscritos por los representantes legales de las
partes.
CLÁUSULA VIGÉSIMA SÉPTIMA.- CUENTA BANCARIA: Los pagos a realizar por parte de LA UNP se efectuarán en la
Cuenta No. XXXXXXXXXXXXXXXXXX.
CLÁUSULA VIGÉSIMA OCTAVA.- OBLIGACIONES DE NOTIFICAR LOS PAGOS: EL CONTRATISTA se compromete,
una vez recibido el valor proveniente del contrato en la cuenta antes mencionada, a notificarlo a la Secretaría General de
LA UNP dentro de los dos (2) días siguientes.
CLÁUSULA VIGÉSIMA NOVENA.- REQUISITOS PARA EL TRÁMITE DE PAGOS: LA UNP no pagará ninguna suma de
dinero a EL CONTRATISTA mientras éste no haya cumplido previamente con los requisitos de ejecución del contrato que
se celebra.
CLÁUSULA TRIGÉSIMA.- REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN, PERFECCIONAMIENTO, EJECUCIÓN Y
LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO: Para la suscripción del contrato EL CONTRATISTA deberá acreditar el pago de los
aportes a los sistemas de salud, pensión, ARP. El contrato se perfeccionará con la firma de las partes y para su ejecución
se requiere la aprobación de la Garantía Única y expedición del registro presupuestal. Para constancia se firma en Bogotá
D.C., a los
RICARDO LÓPEZ ARÉVALO
Secretario General de la Unidad Nacional de Protección
XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
Contratista