disposiciones del Artículo 22-A del Impuesto Sobre la Renta y sus reforma, sino que por lo dispuesto por el Artículo 22 de la Ley en mención. Artículo 8 del Decreto 278-2013 Reglamentado con el Artículo 12 del Acuerdo 462-2014 Artículo 12 del Reglamento del Decreto 278-2013 establece que las empresas del transporte aereo, terrestre y marítimo pagarán un 3% del total de los ingresos brutos anuales de fuente hondureña, cuando la aplicación de las tarifas del Artículo 22 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y sus reformas, resultare menor. Deducciones para determinar la Renta Neta Gravable Persona Jurídica Gastos ordinarios y necesarios del período contributivo debidamente comprobados, que hayan sido pagados o incurridos en la producción de la renta. (Artículo 11 y 12 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta). Tambien se aceptan como deducción las donaciones para instituciones públicas o privadas que trabajan en beneficio del sector de discapacidad (Artículo 36, Decreto 160-2005) y los descuentos concedidos a beneficio de las personas discapacitadas (Artículo 54, Decreto 160-2005). Persona Natural Gastos médicos cuarenta mil Lempiras (L.40,000.00). Deducción de treinta mil Lempiras (L. 30,000.00) para personas mayores de 60 años. Un monto exento para las personas mayores de 65 años de trescientos cincuenta mil Lempiras (L.350,000.00), que hayan pagado el ISR en los cinco años fiscales consecutivos anteriores al ejercicio fiscal exonerado conforme a lo establecido al Artículo 14 del Decreto 199. Cuota del colegio profesional INJUPEMP (Empleados Públicos) IHSS (1% correspondiente a invalidez, vejez y muerte). Cotización del 1.5% RAP. Los gastos incurridos en el ejercicio de una profesión, arte u oficio en la explotación de un taller debidamente comprobado (Profesionales Independientes). Para mayor información comunicarse a los teléfonos: Lugar Administación Centro sur (Tegucigalpa) Administración Nor-occidental (San Pedro Sula) Oficina Tributaria El Progreso Oficina Tributaria Santa Rosa de Copán Oficina Tributaria Santa Bárbara Administración Grandes Contribuyentes Tegucigalpa Administración Grandes Contribuyentes San Pedro Sula Administración Regional Nor Oriental La Ceiba Oficina Tributaria Comayagua Oficina Tributaria Juticalpa Oficina Tributaria Danlí Oficina Tributaria Choluteca Teléfono 2216-5858 ext. 2702, 7211 2216-5858 ext. 5300, 4022 2216-5858 ext. 4700 2662-0228 2643-2925 2561-9385, 2561-9383 2557 5417 2440-0096, 2442-0248 2772-0374, 2772-4189 2785-2831, 2785-2066 2763-2300 2782-3615, 2782-0782 Boleta Estadística período 2014 del BCH Presentarla junto con la Declaración Jurada del Impuesto Sobre la Renta. Para obtenerla puede seguir las siguientes opciones: Forma impresa: solicitándola en BCH, Oficina Principal Tegucigalpa, Edificio Anexo en Comayagüela y sucursales. Forma electrónica: puede descargarse en formato Excel (xls), en las paginas web: www.bch.hn y www.dei.gob.hn en la sección de Asistencia al Contribuyente en la opción Pre-impresos. Departamento de Asistencia al Contribuyente y Orientación Tributaria (DACOT) ABRIL Presentación y Pago del ISR Impuesto Sobre la Renta y otros impuestos con vencimiento al 30 de abril del 2015 Están obligados a la presentación y pago de la Declaración Jurada del Impuesto Sobre la Renta Modalidades de presentación y pago 2. Formularios Pre-impresos. 4. DEI-237,“Contribución por Excedentes de Operaciones Instituciones Educativas” (período anual). Persona Natural 3. Formularios Impresos desde nuestro portal web. Recibo Oficial de Pago Todas las personas individuales que reciban ingresos anuales mayores a L. 110,000.00, es decir con ingresos mensuales superiores a L. 9,166.66, para el ejercicio físcal 2013 y períodos sucesivos. Las Personas Naturales con ingresos mixtos y que el total de los mismos sean mayores a L. 110,000.00. Persona Jurídica Todas las empresas y compañías constituidas legalmente. Las empresas públicas referidas en el Artículo 53 de la Ley General de Administración Pública. Las cooperativas legalmente constituidas. Las naves mercantes que operan con matrícula o bandera hondureña, que navegan en aguas territoriales o perciban ingresos de fuente hondureña. Plazo para la presentación y pago de la Declaración Jurada del Impuesto Sobre la Renta, Activo Neto y Aportación Solidaria El Período para la presentación y pago (cuando es Período Normal) inicia el 01 de enero y vence el 30 de abril o siguiente día hábil. El 30 de abril también vence el plazo de: 1. Declaración del Impuesto Sobre Ganancias de Capital (obligación formal únicamente). 2. Presentación y Pago del Impuesto Cedular Sobre la Renta por Alquiler Habitacional (Persona Natural) 3. Contribución Especial del Sector Cooperativo (3.6% de sus excedentes) 4. Contribución por Excedentes Instituciones Educativas. de Operaciones 1. Declaración Electrónica DET Live. 4. Declaraciones elaboradas en DET Live y presentadas a través de DEI en Línea. Nota Importante: Los contribuyentes categorizados como grandes y medianos, deben cumplir con esta obligación a través del Sistema DEI en Línea y/o de los Servicios de Banca Electrónica que prestan las entidades bancarias certificadas y autorizadas por la DEI. Formularios a utilizar Persona Natural Formularios Electrónico: Modelo DEI-277 “Declaración Jurada de Impuesto Sobre la Renta, Persona Natural” generado por DET Live. Formulario Pre-impreso: DEI-272, “Declaración Jurada de Impuesto Sobre la Renta, Persona Natural”, proporcionado en las Oficinas de Asistencia y Centros de Atención DEI o en nuestro portal web. Persona Jurídica Formulario Electrónico: DEI-357 Versión 3 “Declaración Jurada del Impuesto Sobre la Renta, Activo Neto y Aportación Solidaria”, generado por DET Live, para Período Fiscal 2014 en adelante. DEI-357 Versión 2 “Declaración Jurada del Impuesto Sobre la Renta, Activo Neto y Aportación Solidaria”, generado por DET Live, para Período Fiscal 2013 y períodos anteriores. Formulario Pre-impreso: Modelo DEI-352 “Declaración Jurada Impuesto Sobre la Renta, Activo Neto, Persona Jurídica”. (Este Modelo es sólo para uso de los Pequeños Contribuyentes). Formularios para otros impuestos que vencen el 30 de abril Lugar de la presentación y pago 1. DEI-297, “Ganancias de Capital”, generado por DET Live y en Formulario Pre-impreso DEI-292 (para obligación formal únicamente). 1. Instituciones Bancarias y Financieras debidamente autorizadas por la DEI en todo el país. 2. DEI-387 Impuesto Cedular Sobre la Renta por Alquiler Habitacional (persona natural) generado por DET Live. 2. En nuestro portal www.dei.gob.hn, a través del sistema DEI en Línea. (solo presentación de la Declaración). 3. DEI-344,“Declaración Especial por Sectores ProSeguridad Poblacional”, para sector cooperativo, facilitado por DEI en Línea. DEI-347 generado por DET Live. Todo pago de Impuesto Sobre la Renta, que se realice posteriormente a la presentación de la declaración, deberá efectuarse a través del formulario “Recibo Oficial de Pago” Modelo Electrónico, DEI-257, generado por DET Live. Formulario pre-impreso DEI-252 Formularios Pre-impresos, de nuestro portal web Tarifa del Impuesto Sobre la Renta Artículo 22 Persona Jurídica Pagará la tarifa del 25% sobre el total de la Renta Neta Gravable. Persona Natural Tarifa De L. 0.01 De L. 110,000.01 De L. 200,000.01 De L. 500,000.01 a a a a L. 110,000.00 Exento L. 200,000.00 15% L. 500,000.00 20% en adelante 25% Las personas naturales y jurídicas señaladas en el Artículo 22-A del Decreto 278-2013 Las personas naturales o jurídicas domiciliadas en Honduras pagarán el 1.5% sobre los ingresos brutos iguales o superiores a L.10,000,000.00 del período impositivo cuando la aplicación de las tarifas señaladas en literales a) y b) del Artículo 22 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, resultaren menores al 1.5% de los ingresos brutos declarados. La tasa se reducirá a 0.75% en el caso de los ingresos obtenidos por las personas naturales o jurídicas que produzcan o comercialicen los productos y servicios: Producción y distribución de Cemento; Servicios públicos prestados por las empresas estatales; Los productos y medicamentos farmacéuticos para uso humano, a nivel de productor o importador; y el sector o industria de panadería. Debiendo notificar dicha actividad a la DEI. Artículo 5 del Decreto 290-2013 Los ingresos por producción, venta y distribución de petróleo y sus derivados, no se regirán por las
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