Folio No. REPÚBLICA DE'COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL TOLIMA DE 2015 ACUERDO NUMERO ( , -8 ABR 2u "POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECEN LAS ASIGNACIONES CIVILES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL PARA LA VIGENCIA DEL AÑO 2015 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES . Goncejo ibague EL CONCEJO MUNICIPAL DE IBAGUÉ, En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 6 del artículo 313 de la Constitución Política, Ley 136 de 1994 y la ley 1551 de 2012, ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO: El incremento salarial para la vigencia del año 2015, corresponderá al cuatro punto cinco por ciento (4.5%), como a continuación se establece en los niveles, códigos y grados que conforman la planta de personal de la administración municipal, nivel central: I DESPACHO ALCALDE No. DE " DENOMINACIÓN DEL CARGO CARGOS 1(UNO) \ OFICINA DE 1 (UNO) CÓDIGO j GRADO ASIGNACIÓN SALARIAL 2014 TOTAL ASIGNACIÓN SALARIAL 2015 DECRETO "" 3.933.760 NACIONAL 4.110.780 ~" ALCALDE JEFE DE 005 20 JURÍDICA 006 19 i . "JEFE DE" ' 1 (UNO) L 12(DOCE) OFICINA DE CONTROL INTERNO SECRETARIOS DE DESPACHO 006 19 020 19 3.933.760 4. 1ÍO. 780 3.933.760 4.110.780 2.505.784 2.618.544 2.697.614 2.695.643 2.631.759 2.819.006 2.816.947 2.750.188 1.643.629 "" 1.717.592" 1.217.600 1.272.392 27(VIENTISÍE TE) 1(UNO) 11 (ONCE) 34 (TREINTA Y CUATRO) DIRECTOR ASESOR ASESOR 009 17 105 17 105 16 ASESOR 105 15 "SECRETARIA EJECUTIVA DEL DESPACHO DEL ALCALDE CONDUCTORES j 'I(UNO) 13<TR_ECE) I 438 4 480 3 PLANTA GLOBAL 4 (CUATRO) 1 (UNO) 1 (UNO) COMISARIO DE FAMILIA COMANDANTE DE BOMBEROS ALMACENISTA -^ PROFESIÓN Al UNIVERSITARIO SALARIAL 2014 202 5 203 17 17 215 219 5 1 ASIGNACIÓN SALARIAL 2015 2.218.293 2.318.116 2.697.613 2.819.006 2.697.613 2.819.006 2.218.293 2.318. 116Í/ I I oo uu (OCHENTA Y OCHO) _ ASIGNACIÓN"" r TOTAL" " GRADO ~No. ~ DÉTDENÓMINÁCÍ6Ñ "CÓDIGO" CARGOS DEL CARGO ... / Calle 9a. No. 2 - 5 9 - 2 d o . Piso - Tel.: 2611136 - Fax 2618611 -Alcaldía 1 Folio No. REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL TOLIMA ACUERDO NUMERO V( v Qoncejo municipal llague Y UNO) 18(DIEZY OCHOÍ_ 42 (CUARENTA Y DOS) DE 2015 "POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECEN LAS ASIGNACIONES CIVILES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL PARA LA VIGENCIA DEL AÑO 2015 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES ". PROFESIONAL ESPECIALIZADO CORREGIDOR INSPECTOR DÉ" POLICÍA URBANO TÉCNICO OPERATIVO 17 (DIEZ Y SIETE) 61 (SESENTA O 02 í! O O • O -, un t\M O nui> f- SECRETARIO AUXILIARES ADMINISTRA riV OS AUXILIARES DE SERVICIOS GENERALES BOMBEROS CONDUCTORES MECÁNICOS 222 227 14 4 233 5 314 4 440 3 407 2.550.661 1.643.629 1.717.592 2.218.293 2.318.116 .1.643.629 1.717.592 1.217.600 1.272392" 1.217.600 1.272392" ].217.600 1.272.392 1.217.600 1.217.600 1.272.392 1.272.392 3 470 475 482 2.440.824 3 PARÁGRAFO 1°.: Para cualquier efecto la Escala Salarial 18 tendrá una asignación básica mensual para el año 2015 de: $3.286.228. PARÁGRAFO 2°,: La escaía salarial 20 que incluye el salario del Alcalde será ajustada a lo establecido en el Decreto Nacional para los entes territoriales. PARÁGRAFO 3°.: El incremento salarial establecido en el artículo primero del presente Acuerdo, se aplicará de manera retroactiva y tendrá efectos fiscales a partir del 1° de enero de 2015. PARÁGRAFO 4°.: En caso que el Gobierno Nacional incremente el salario en un porcentaje superior al aquí acordado, el Alcaide Municipal mediante decreto reajustará, de ser procedente, las asignaciones a aumento decretado por el Gobierno Nacional en proporción a lo establecido en e presente Acuerdo, de conformidad con el presupuesto municipal y sin que se superen los topes máximos establecidos por el Gobierno Nacional. PARÁGRAFO 5°.: El incremento salarial para la vigencia del año 2015 para los funcionarios adscritos a la Secretaría de Educación pagados por el Sistema General de Participaciones será el fijado por el Gobierno Nacional para los empleados del nivel nacional. ARTICULO SEGUNDO: Autorízase al Alcalde de Ibagué por el término de dos (2) meses para hacer todos los movimientos presupuéstales necesarios que exijan el cumplimiento de! presente acuerdo. ARTICULO TERCERO; Los Secretarios de Despacho y demás funcionarios del nive directivo, tendrán gastos de representación equivalentes al 100% de la Asignación Básica Mensual- Calle 9a. No. 2 - 59 - 2do. Piso - Tel.: 2611136 - Fax 2618611 -Alcaldía Folio No. REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL TOLIMA ACUERDO NUMERO 002 DE 2015 8 ABR 2015 "POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECEN LAS ASIGNACIONES CIVILES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL PARA LA VIGENCIA DEL AÑO 2015 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES", Gonce/0 ¡bague ARTICULO CUARTO: La Administración Municipal reconocerá una suma equivalente a una asignación básica mensual, a ios funcionarios que una vez retirados de sus cargos, tengan responsabilidad en el manejo de las cuentas bancarias y bienes del municipio y que para tal efecto, hayan constituido fianza o garantía de conformidad con las disposiciones fiscales, cuando su entrega se efectúe con posterioridad a la fecha de desvinculación formal, la cual no podrá ser superior a un (1) mes. La suma que se reconozca para ningún efecto se considerará factor salarial. ARTICULO QUINTO: Las asignaciones y demás beneficios laborales de los trabajadores oficiales que laboran al servicio del municipio, serán establecidas por la convención colectiva y en tal sentido queda facultado el Alcalde Municipal, para realizar los traslados necesarios, en aras de dar cumplimiento al pacto convencional ai que lleguen las partes. ARTICULO SEXTO: Para la vigencia del año 2015 fíjese la escala de viáticos de los funcionarios de! Municipio de Ibagué, de conformidad con lo advertido en el decreto No, 1000-0060 de febrero 12 de 2014, así: COMISIONES DE SERVICIO EN EL INTERIOR DEL PAÍS V I Á T I C O S D I A R I O S HN PL-SOS De De Hasta 8 De .082 O De 292 _De_ De $6.928.88: H astn $320.107 De De Hasta De $592.779 ( O M I S I O N E S DE SERVICIO EN IX EXTE v7AJ_ICOS_pIARIOS liN DOLARES ESTADOUNIDENSES CENTRO AMÉRICA. RL CARIUi; 1 SURAMFR1CA L:\CF PTO BRASIL. CHILt. AlUü-N I INA V PUERTO RICO De De De be $861.280 De De" Calle 9a. No. 2 - 59 - 2do. Piso - Tel.: 2611136 - Fax 2618611 - Alcaldía Folio No. REPÚBLICA DE CQLOMBIA DEPARTAMENTO DELTOLIMA ACUERDO NUMERO 8 Gonce/o Wlut Ibague nu oy ¿nn O 01 o AtsK ¿U¡3 DE 2015 ' "POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECEN LAS ASIGNACIONES CIVILES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL PARA LA VIGENCIA DEL AÑO 2015 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES ". Hasta 3X0 Hasta 445 _Ha_sía 5"10" Hasta 640 PARÁGRAFO 1°.: Una vez el Gobierno Nacional expida para la vigencia 2015 la escala de viáticos para los empleados públicos de conformidad con la ley 4 de 1992, el Alcalde de Ibagué mediante acto administrativo ajustará de ser procedente a los valores allí establecidos para este fin. ARTICULO SÉPTIMO: Los organismos y entidades fijarán el valor de los viáticos según la remuneración mensual del empleado comisionado, la naturaleza de los asuntos que le sean confiados y las condiciones de la comisión, teniendo en cuenta el costo de vida del lugar o sitio donde deba llevarse a cabo la labor, hasta por el valor máximo de las cantidades señaladas en el artículo anterior. Para determinar el valor de los viáticos se tendrá en cuenta la asignación básica mensual, los gastos de representación y los incrementos de salario por antigüedad. Cuando para el cumplimiento de las tareas asignadas no se requiera pernoctar en el lugar de la comisión, sólo se reconocerá el cincuenta por ciento (50%) del valor fijado. ARTÍCULO OCTAVO: El reconocimiento y pago de viáticos será ordenado en el acto administrativo que confiere la comisión de servicios, en el cual se expresa el término de duración de la misma, de conformidad con lo previsto en el artículo 65 del Decreto-ley 1042 de 1978. No podrá autorizarse el pago de viáticos sin que medie el acto administrativo que confiera la comisión y ordene el reconocimiento de los viáticos correspondientes. Queda prohibida toda comisión de servicios de carácter permanente, Parágrafo. Los viáticos estarán destinados a proporcionarle al empleado manutención alojamiento. y No habrá lugar al pago de viáticos o su pago se autorizará en forma proporcional, a criterio de la entidad y con fundamento en los aspectos previstos en el artículo 8° de este Acuerdo, cuando en el caso de otorgamiento de comisiones de servicio para atender invitaciones de gobiernos extranjeros, de organismos internacionales o de entidades privadas, los gastos para manutención y alojamiento o para cualquiera de ellos fueren sufragados por el respectivo gobierno, organismo o entidad. ARTÍCULO NOVENO: Los viáticos para el personal docente y directivo docente se calcularán sobre la asignación mensual que les corresponda según la escala de remuneración sin incluir primas, sobresueldos o bonificaciones adicionales^/ . \e 9a. No. 2 - 59 - 2do. Piso - Tel.: 2611136 - Fax 2618611 -A Folio No. REPÚBLIQADE CQLOMB1A DEPARTAMENTO DEL TOLIMA ACUERDO NUMERO ( u u ¿ DE 2015 -8 ABR 2015 > "POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECEN LAS ASIGNACIONES CIVILES DE LOS DIFERENTES EMPLEOS DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL PARA LA VIGENCIA DEL AÑO 2015 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES". Qoncejo Wlunkipal Ibague PARÁGRAFO: En la Administración Central, sólo se autorizarán pasajes aéreos al Alcalde; no obstante, en aquellos casos en que la diligencia encomendada lo demande por su urgencia e importancia, el Alcalde Municipal podrá autorizarlo a funcionarios del nivel directivo, ARTICULO DÉCIMO: La Personería, La Contraloría, el Concejo Municipal y los entes descentralizados del orden Municipal de conformidad con su presupuesto, ajustarán sus asignaciones civiles hasta los porcentajes fijados en el presente Acuerdo. ARTICULO DÉCIMO PRIMERO: El presente Acuerdo rige a partir de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias Dado en Ibagué, a los veintiséis (26) días del mes de marzo tyel añq\dos mil quince (2.015). DORIS C Secreta ri EDES RUBIANO -esente Acuerdo fue discutido y aprobado en dos (Xj debatas, celebrados en s/siones/de días diferentes. Primer debate llevado a cabo el 21 deViarzo cte\2015. É, marzo 26 de 2015 DORIS CAVÍ Secretaria INICIATIVA: C. PONENTE(S): -" ! ES RUBIANO DR. LUIS HERNANDO RODRÍGUEZ RAMÍREZ- ALCALDE DE IBAGUÉ. EMIRO MURILLO OSPINA - Coordinador, ERNESTO ORTIZ AGUILAR, JORGE LUCIANO BOLÍVAR T. Y LINDA ESPERANZA PERDOMO FÍA •*>. n"X"y *• *t¡f~\9~,'-,'f*\ -J"-o ? ^ !*-*V r^ "í" f "•"• r* *> f'^f^Ti f ..E"V, r"^ "%1 Ü ".;í¿3-3 Ucí cíüUti¡i.iO IÜK-Í estísiCEOncs.^ de! r~; n C.V? f\e 9a. No. 2 - 59 - 2do, Piso - Tel.: 2611136 - Fax 2618611 -Alcaldía
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