CONDICIONES BÁSICAS DE CONTRATACIÓN DE INMUEBLES

CONDICIONES BÁSICAS DE CONTRATACIÓN
DE INMUEBLES AMOBLADOS
Las siguientes son las condiciones o políticas básicas para efectuar la contratación de
inmuebles amoblados que usted debe aceptar para un proceso exitoso.
1. Se debe firmar con huella dactilar por dos (02) personas un contrato de alquiler de inmueble
amoblado, un pagaré y una carta de instrucciones como respaldo del negocio.
Anexos al contrato de alquiler de inmueble amoblado:
a. Nombres y apellidos completos de las personas dos (02) personas que firman el contrato
de alquiler de inmueble amoblado.
b. Números de cedula de ciudadanía, cedula de extranjería o pasaporte de las personas
dos (02) personas que firman el contrato de alquiler de inmueble amoblado.
c. Fotocopia, escaneo, fotografía de la cedula de ciudadanía, cedula de extranjería o
pasaporte de las personas dos (02) personas que firman el contrato de alquiler de
inmueble amoblado. (Opción enviar por email, Whatsapp).
d. Fotografías digitales de las personas dos (02) personas que firman el contrato de alquiler
de inmueble amoblado. (Opción enviar por email, Whatsapp).
e. Nombres y apellidos completos, números de cedula de ciudadanía, cedula de extranjería
o pasaporte, registro civil de nacimiento (Menores de edad) de todas las personas de
ingresan al inmueble.
f. Fotocopia, escaneo, fotografía de la cedula de ciudadanía, cedula de extranjería o
pasaporte de todas las personas de ingresan al inmueble. (Opción enviar por email,
Whatsapp).
PARAGRAFO 1.- Está información es indispensable para nuestra empresa por cuanto
con base en ella se elabora la carta de autorización de ingreso al inmueble, obligatoria
para ser entregada en la portería o administración de los inmueble sometidos a propiedad
horizontal.
PARAGRAFO 2.- Es de obligatorio cumplimiento en los inmuebles de propiedad
horizontal adicionalmente a la carta de autorización, al ingreso realizar el registro en la
portería del conjunto de todas las personas que ingresan al inmueble presentando la
cedula de ciudadanía, cedula de extranjería o pasaporte. Igualmente es obligatorio este
registro en el caso de los visitantes durante su estadía en el inmueble.
REGISTRO NACIONAL DE TURISMO No. 18601
CONDICIONES DE CONTRATACIÓN PAGINA WEB.docx. Fecha de revisión: 26/11/2014
www.alquilamosamoblados.com
e-mail: [email protected]
Cel.: 310 857 34 80 – 317 381 50 80.
Carrera 22 C No. 35 B - 23. Ed. Santa Cruz de Cañaveral. Apartamento 502. Cañaveral.
Floridablanca. Santander. Colombia.
2. Se debe realizar un depósito reembolsable por posibles daños o pérdidas durante su
estadía. Para contratos inferiores a un millón de pesos moneda corriente ($1.000.000), el
depósito es por cien mil pesos moneda corriente ($100.000). Para contratos iguales o
superiores a un millón de pesos moneda corriente ($1.000.000), el depósito es por ciento
cincuenta mil pesos moneda corriente ($150.000). Para contratos de larga estadía el valor
del depósito varía según el inmueble seleccionado. El depósito máximo a aplicar es de un
millón de pesos moneda corriente ($1.000.000).Para eventos el depósito mínimo es de
doscientos mil pesos moneda corriente ($200.000). El depósito será devuelto el día
miércoles siguiente a su salida del inmueble en contratos de corta estadía y un
mes después a su salida del inmueble en contratos de larga estadía.
3. Se debe cancelar el servicio de aseo para la entrega final del inmueble a su salida, por valor
de cuarenta mil pesos moneda corriente ($40.000).
4. Horario de entrada y salida del inmueble. Es entendido por el arrendatario que el día de
alquiler, está comprendido en el horario de 03:00 p.m. día de entrada, a la 01:00 p.m., del
día de salida. No obstante se podrá, previo acuerdo entre las partes, estipular un horario de
entrada y salida del inmueble, diferente al aquí pactado, si es autorizado por el propietario
del inmueble. Horario del cual se dejará constancia en las observaciones del presente
contrato. PARAGRAFO: Si previa autorización del propietario, se establece un horario de
entrada y salida diferente al estipulado en el presente contrato, el arrendatario está obligado
a establecer dicho horario, a más tardar a las 4:00 p.m. del día anterior a su día de entrada
o día de salida, para que el arrendador pueda coordinar que la persona o personas
encargadas de realizar la entrega o recibo del inmueble se encuentre disponible para realizar
esta labor. El incumplimiento por parte del arrendatario en establecer su horario de entrada
y salida en el término establecido lo hará acreedor a una sanción equivalente al cien por
ciento (100%) del valor total de lo cancelado por concepto de depósito.
5. Para que el inmueble se encuentre formalmente reservado se debe haber cancelado el
cincuenta por ciento (50%) del valor de contrato en la forma acordada. A partir del momento
de la reserva no se acepta reducir el número de días de alquiler. Para la entrega del
inmueble la reserva debe estar cancelada en su totalidad. No se reciben dineros en
los inmuebles a alquilar.
6. Para el ingreso al inmueble en contratos de corta estadía debe estar cancelado previamente
el cien por ciento (100%) del valor del mismo y en contratos de larga estadía debe estar
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cancelado previamente mínimo el valor del primer mes, el depósito y el servicio de aseo
final de entrega del inmueble.
7. Si consigna fuera de la ciudad de Bucaramanga, adicionalmente se debe consignar once
mil cien pesos ($11.100) por costo de servicio financiero de la consignación nacional. Si es
una consignación internacional el valor debe quedar libre de todo descuento por comisiones
o costos de envío.
8. Todos los pagos se deben realizar a la cuenta de ahorros Nº 291 - 49272303 de
Bancolombia a nombre de Enith María López Casas (Representante Legal del
Establecimiento de Comercio); o en dinero en efectivo en nuestras oficinas.
9. Por regla general no se aceptan mascotas, consulte con nuestros asesores comerciales los
inmuebles que lo permiten.
10. Para las reservas comunicarse a los números Móviles Horas de Oficina: 317 308
5357 - 317 308 5367 Móviles fuera de Oficina: 310 857 3480 - 317 381 5080.,
por vía e-mail a [email protected], o directamente en nuestras oficinas
ubicadas en la Carrera 22 C No. 35 B - 23 Ed. Santa Cruz de Cañaveral.
Floridablanca. Santander. Colombia.
11. Ver la totalidad de los detalles en los documentos a firmar.
Nuestra información de contacto:
Página web: www.alquilamosamoblados.com
Facebook: Alquilamos Cabañas Campestres Apartamentos Amoblados
Twitter: @alquilamosac
Canal YouTube: https://www.youtube.com/channel/UCOmMm0VlBlxu7y9O0MqYrfw
Whatsapp: 317 308 5357
- 317 381 5080
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Correos Electrónicos:
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Gracias por utilizar nuestros servicios.
Alquilamos Cabañas Campestres y Apartamentos Amoblados, está sujeta al régimen de
responsabilidad que establece la Ley 300 de 1.996 y los Decretos1075 de 1.997 y 53 de
2.002. Igualmente está comprometida con el cumplimiento del Artículo 17 de la ley 679
de 2.001, que reglamenta la protección de los menores de edad contra la explotación y
violencia sexual. Rechazamos el turismo sexual con menores.
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