Bases - Ayuntamiento Benaguasil

comprobar autenticidad: https://oficinavirtual.benaguasil.com
Identificador: tRQ3 Z2mF EqA6 kYgN iOwi zfJq khM=
EDICTO
Que por esta Alcaldía-Presidencia se ha dictado en fecha 24 de abril de 2015 la
siguiente Resolución, que a continuación se transcribe íntegramente:
“DECRETO 493/2015 - Alcaldía-Presidencia
Benaguasil, a 24 de abril de 2015
del
Ayuntamiento
de
Don José Joaquín Segarra Castillo, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de
Benaguasil, en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 21.1.g de la Ley
7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Visto que es necesaria la creación de una bolsa para nombramiento de personal
laboral interino de conserje del cementerio del Ayuntamiento de Benaguasil para cubrir
con carácter urgente y temporal puestos vacantes o atender necesidades puntuales de
sustitución del personal laboral que se puedan producir a lo largo del periodo de
duración de la presente bolsa.
Visto que para la iniciación de un procedimiento selectivo es necesaria la aprobación
de las bases específicas por las que se va a regir el mismo.
Visto que mediante acuerdo plenario de fecha 8 de octubre de 2010 fueron aprobadas
definitivamente las Bases Generales para la selección de funcionarios interinos y
personal laboral, interino y temporal en el Ayuntamiento de Benaguasil y publicadas en
el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia número 1, de fecha 3 de enero de 2011 y
modificas mediante acuerdo plenario de 24 de julio de 2013 y publicadas en la página
web y extracto en el BOP número 225 de 21 de septiembre de 2013.
Visto que las bases específicas deben ser aprobadas por el órgano competente, esto
es, la Alcaldía-Presidencia, debiendo ser publicadas en el Tabón de Edictos del
Ayuntamiento, en la página web www.benaguasil.com y en la oficina de Agencia de
Empleo y desarrollo Local.
A la vista de ello, RESUELVO
PRIMERO. Aprobar las Bases específicas y convocar el procedimeinto selectivo
correspondiente a la creación de una bolsa para nombramiento de de personal laboral
interino de conserje del cementerio del Ayuntamiento de Benaguasil para cubrir con
Plaza Mayor de la Vila, 17 – 46180 Benaguasil – Tel. 96 273 00 11 - Fax 96 273 72 56
Email: [email protected]
www.benaguasil.com
comprobar autenticidad: https://oficinavirtual.benaguasil.com
Identificador: tRQ3 Z2mF EqA6 kYgN iOwi zfJq khM=
carácter urgente y temporal puestos vacantes o atender necesidades puntuales de
sustitución del personal laboral que se puedan producir a lo largo del periodo de
duración de la presente bolsa, a través del sistema de concurso-oposición,
reproduciéndose éstas íntegramente:
“BASES ESPECÍFICAS REGULADORAS DE LA BOLSA DE EMPLEO TEMPORAL
PARA NOMBRAMIENTOS DE PERSONAL LABORAL INTERINO DE CONSERJES
DEL CEMENTERIO MUNICIPAL.
PRIMERA.- Objeto de la convocatoria.
El objeto de las presentes bases es regular la constitución y funcionamiento de la
bolsa de empleo temporal de conserje del cementerio del Ayuntamiento de
Benaguasil, mediante la contratación de personal laboral. La presente bolsa será de
aplicación para cubrir con carácter urgente y temporal puestos vacantes o atender
necesidades puntuales de sustitución del personal laboral que se puedan producir a lo
largo del periodo de duración de la presente bolsa.
Grupo: Agrupaciones Profesionales Empresariales, Clasificación: Administración
Especial, Subesacala: Subalterna.
SEGUNDA.- Funciones del puesto.
Sin que la siguiente relación signifique una enumeración exhaustiva, referidas a su
ámbito profesional y a las funciones establecidas en el organigrama para cada
Dependencia Municipal a la que está adscrito, y condicionado por las modificaciones
que puedan establecerse en virtud de las atribuciones que en materia de organización
y distribución de trabajo tienen atribuidos los órganos competentes del Ayuntamiento,
las principales funciones inherentes al puesto son:
Se señalan como obligaciones del Conserje:
1º. En lo que a ornato se refiere.
a) Cuidar y velar por la limpieza del recinto procurando que los particulares no
abandonen, objetos, recipientes, flores, etc... ni materiales inservibles, y que sean
retirados por los propios interesados al lugar que se señale.
Plaza Mayor de la Vila, 17 – 46180 Benaguasil – Tel. 96 273 00 11 - Fax 96 273 72 56
Email: [email protected]
www.benaguasil.com
comprobar autenticidad: https://oficinavirtual.benaguasil.com
Identificador: tRQ3 Z2mF EqA6 kYgN iOwi zfJq khM=
b) Procurará que como consecuencia de obras, instalación de lápidas, colocación de
flores, no se ensucien lápidas adyacentes al lugar de colocación y si lo hacen procurar
que queden limpias por quienes las ensuciaron
c) Limpieza de todos los elementos comunes del recinto, tales como caminos,
accesos, patios y otros.
d) Mantener en estado de limpieza y aseo las dependencias y salas del recinto.
e) Entretenimiento y cultivo de flores y arbustos plantados por el Ayuntamiento y su
tratamiento (poda, sulfatar, etc.)
2º. En lo referente al público:
a) Tratarle con esmero, cortesía y educación, informándole debidamente cuando se le
requiera, y caso de no poder solucionarlo, orientarles a dónde deben dirigirse.
b) Evitar que el recinto se convierta en algo distinto de lo que debe ser y procura que
los visitantes se comporten debidamente.
3º. En lo referente al servicio:
a) Es obligación del Conserje el tapiar los nichos.
b) Desenterrar y su posterior traslado a otros lugar dentro del cementerio.
TERCERA.- Requisitos de los aspirantes.
GENERALES:
Para poder participar en los procesos selectivos será necesario reunir los siguientes
requisitos generales:
1. Ser español, nacional de Estado miembro de la Unión Europea, persona incluida en
el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la CE y
ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores
o extranjeros, cualquiera que sea su nacionalidad, con relación de parentesco con los
anteriores, en los términos establecidos en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto
Básico del Empleado Público.
Plaza Mayor de la Vila, 17 – 46180 Benaguasil – Tel. 96 273 00 11 - Fax 96 273 72 56
Email: [email protected]
www.benaguasil.com
comprobar autenticidad: https://oficinavirtual.benaguasil.com
Identificador: tRQ3 Z2mF EqA6 kYgN iOwi zfJq khM=
2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas que se establezcan
en las bases específicas.
3. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
4. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatuarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para
empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de
funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del
personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser
nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber
sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los
mismos términos el acceso al empleo público.
5. Poseer la titulación exigida en las bases específicas.
6. Abonar la tasa por derechos de examen establecida en las bases específicas dentro
del plazo de presentación de solicitudes. 7. No padecer enfermedad o defecto físico
alguno que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
ESPECÍFICOS:
Estar en posesión o en condiciones de obtener en el momento de finalización del plazo
de presentación de solicitudes el Certificado de Escolaridad. En el caso de titulaciones
obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su
homologación.
CUARTA.- Personas con discapacidad.
De acuerdo con lo establecido en la Ley 13/1982, de Integración Social de
Minusválidos, y correlativamente en los artículos 55 y 59 de la Ley 7/2007 por la que
se aprueba el EBEP, así como en el artículo 9 del Decreto 33/1999 del Consell, en las
presentes pruebas serán admitidas las personas discapacitadas en igualdad de
condiciones que el resto de los/as aspirantes.
Quienes concurran al presente procedimiento selectivo con alguna discapacidad
reconocida, en el momento de presentar la instancia solicitando tomar parte en la
presente convocatoria, aportarán certificación del órgano competente que acredite tal
Plaza Mayor de la Vila, 17 – 46180 Benaguasil – Tel. 96 273 00 11 - Fax 96 273 72 56
Email: [email protected]
www.benaguasil.com
comprobar autenticidad: https://oficinavirtual.benaguasil.com
Identificador: tRQ3 Z2mF EqA6 kYgN iOwi zfJq khM=
condición, acreditando de forma fehaciente la/s deficiencia/s permanentes que han
dado origen al grado de minusvalía reconocido, así como su capacidad para
desempeñar las tareas correspondientes al puesto objeto de la presente convocatoria.
El Tribunal establecerá, para las personas con discapacidad que así lo soliciten, las
adaptaciones posibles de tiempo y medios para la realización de la prueba. A tal efecto
los interesados deberán presentar la petición correspondiente junto a la solicitud de
participación en la convocatoria.
QUINTA.- Solicitud de inscripción en la bolsa.
Los/as interesados/as deberán presentar la correspondiente instancia, que se adjunta
a las presentas Bases Específicas como Anexo II, en el Registro de Entrada de este
Ayuntamiento o través de cualquiera de los registro previstos en el artículo 38.4 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales, plazo que
empezará a contar a partir del día siguiente a la publicación del anuncio en el tablón
de anuncios del Ayuntamiento. A la solicitud de participación deberá adjuntarse el
resguardo de pago de la Tasa por Acceso al Empleo Público
Los derechos de examen para tomar parte en el proceso selectivo serán 15 euros, de
conformidad con lo previsto en la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por
Actividad Administrativa de Realización de Pruebas Selectivas de Personal al Servicio
del Ayuntamiento, B-XII, artículo 6. El pago de los derechos de examen se harán
efectivos mediante pago o transferencia bancaria al número de cuenta que esta
Corporación tiene abierta en la entidad bancaria Santander, cuenta: IBAN ES86 0030
3062 5308 7000 0271 en el que se deberá indicar al puesto al que se opta.
En el supuesto que no se presenten en el registro de entrada de este Ayuntamiento las
solicitudes de la participación, los participantes deberán notificarlo mediante el envío
de un fax al número 962737256 o correo electrónico [email protected]
SEXTA.- Admisión de aspirantes.
Finalizado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en un
plazo no superior a 15 días con la lista provisional de admitidos y excluidos, la cual se
publicará en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento, indicando la
Plaza Mayor de la Vila, 17 – 46180 Benaguasil – Tel. 96 273 00 11 - Fax 96 273 72 56
Email: [email protected]
www.benaguasil.com
comprobar autenticidad: https://oficinavirtual.benaguasil.com
Identificador: tRQ3 Z2mF EqA6 kYgN iOwi zfJq khM=
causa de exclusión y concediendo un plazo de tres días hábiles para que puedan
formular reclamaciones o subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión.
Concluido el plazo de reclamaciones y subsanaciones, y resueltas las mismas, la
Autoridad u órgano convocante elevará a definitivas las listas de admitidos y excluidos
mediante resolución que se publicará en el tablón de anuncios y en la página web del
Ayuntamiento. Dicha publicación servirá de notificación a efectos de impugnaciones y
recursos. En la misma resolución se indicará la fecha, lugar y hora de comienzo del
primer ejercicio, que tendrá lugar en un plazo no superior a quince días hábiles.
SÉPTIMA-. Sistema de selección.
La selección de los aspirantes se llevará a cabo mediante el sistema de concursooposición por turno libre y constará de dos fases:
Primera fase: oposición.
La fase de oposición consistirá un único ejercicio que consistirá en la realización de
dos pruebas:
Primera prueba: de carácter obligatorio y eliminatorio. El aspirante deberá contestar
por escrito un cuestionario con un máximo de veinte preguntas y con tres respuestas
alternativas sobre el contenido del temario general que se adjunta como ANEXO I. La
duración máxima de esta prueba será de 60 minutos.
La valoración máxima de esta prueba es de 10 puntos, para superarla será necesario
obtener una nota mínima de 5 puntos.
Segunda prueba: de carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en resolver un
supuesto práctico vinculado con las funciones propias de la plaza a proveer. La
duración máxima de esta prueba será de 60 minutos.
La valoración máxima de esta prueba es de 10 puntos, para superarla será necesario
obtener una nota mínima de 5 puntos.
Total fase de oposición: 20 puntos
Segunda fase: concurso.
Solo podrán participar en la fase de concurso los aspirantes que hayan superado el
ejercicio eliminatorio de la fase de oposición.
Plaza Mayor de la Vila, 17 – 46180 Benaguasil – Tel. 96 273 00 11 - Fax 96 273 72 56
Email: [email protected]
www.benaguasil.com
comprobar autenticidad: https://oficinavirtual.benaguasil.com
Identificador: tRQ3 Z2mF EqA6 kYgN iOwi zfJq khM=
Los méritos alegados por los participantes deberán haber sido obtenidos o
computados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
La puntuación máxima de esta fase será de 6 puntos. La valoración de los méritos
alegados y debidamente acreditados por los aspirantes en la fase de concurso se
ajustará al siguiente baremo:
1.- Experiencia profesional
- Por cada mes completo de servicios prestados en la Administración Local, en plaza
igual o similar a la convocada, 0.15 puntos.
- Por cada mes completo de servicios prestados en la empresa privada o en cualquier
otra Administración Pública en plaza de igual o similares características a la
convocada, 0.05 puntos.
La puntuación máxima a obtener en este apartado será de 4 puntos.
2.- Formación.
Por asistencia a cursos, seminarios, congresos o jornadas, organizados por la
Administración Pública u Organismos de ella dependiente, u otras Entidades Públicas
o Privadas en colaboración con la Administración Pública y Organizaciones Sindicales,
con contenido relacionado con la plaza objeto de la convocatoria, debidamente
acreditados:
- De menos de 10 horas lectivas o de 1 día de duración....................0,075puntos
- De 10 a 20 horas lectivas o hasta 3 días de duración......................0,125puntos
- De 21 a 50 horas lectivas o hasta 7 días de duración......................0,175puntos
- De 51 a 80 horas lectivas o hasta 10 días de duración....................0,20puntos
- De 80 a 150 horas lectivas o hasta 20 días de duración..................0,225puntos
- De 151 a 250 horas lectivas o hasta 30 días de duración................0,25puntos
- De más de 250 horas lectivas o más de 30 días de duración..........0,275puntos
La puntuación máxima a obtener en este apartado será de 1 punto.
3.- Conocimiento del valenciano.
Por conocimientos del valenciano acreditado pro la posesión del correspondiente
certificado y homologación expedido por la Junta Qualificado de Coneixementes del
Valencià:
Plaza Mayor de la Vila, 17 – 46180 Benaguasil – Tel. 96 273 00 11 - Fax 96 273 72 56
Email: [email protected]
www.benaguasil.com
comprobar autenticidad: https://oficinavirtual.benaguasil.com
Identificador: tRQ3 Z2mF EqA6 kYgN iOwi zfJq khM=
- Coneixements orals: 0,25 puntos.
- Grau elemental: 0,50 puntos.
- Grau mitjà: 0,75 puntos.
- Grau superior: 1 punto.
La puntuación máxima a obtener en este apartado será de 1 punto. En el supuesto de
poseer varios certificados, solo se valorará el de nivel superior.
Total fase de concurso: 6 puntos
OCTAVA. Calificación definitiva.
La calificación final de los aspirantes que hayan superado las pruebas de la fase de
oposición, se obtendrá de sumar las calificaciones obtenidas en la fase de concurso y
la fase de oposición, teniendo en cuenta la ponderación establecida en la base quinta
de las Bases Generales. (60% fase de oposición ,40% fase de concurso).
En caso de empate en la puntuación, accederá a la plaza el aspirante que tenga más
puntos en la fase de oposición. De persistir el empate tendrá preferencia el que mayor
puntuación hubiese obtenido en experiencia, de continuar el empate, el que mayor
número de puntos obtenga en cursos de formación y así sucesivamente.
NOVENA.- Incidencias.
Le corresponderá dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo del proceso
selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo, calificar las pruebas establecidas y
aplicar el baremo correspondiente establecido por dicho órgano colegiado previo al
inicio de las mismas, teniendo además competencia y plena autoridad para resolver
cuantas incidencias se presenten en el proceso selectivo y no se hallen previstas en
las bases.
DÉCIMA. Publicidad de las bases y la convocatoria.
Las presentes bases, su convocatoria y los sucesivos anuncios se publicarán en el
Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en la página web municipal
(www.benaguasil.com). Las bases de esta convocatoria se encontrarán a disposición
de los interesados en el Departamento de Secretaría del Ayuntamiento de Benaguasil.
Plaza Mayor de la Vila, 17 – 46180 Benaguasil – Tel. 96 273 00 11 - Fax 96 273 72 56
Email: [email protected]
www.benaguasil.com
comprobar autenticidad: https://oficinavirtual.benaguasil.com
Identificador: tRQ3 Z2mF EqA6 kYgN iOwi zfJq khM=
UNDÉCIMA. Efectos de la constitución de nueva bolsa.
La constitución de nueva bolsa producirá la extinción de la precedente. En
consecuencia la presenta bolsa mantendrá su vigencia hasta la constitución de una
nueva.
DUODÉCIMA. Legislación aplicable.
En la presente convocatoria regirán las presentes Bases Específicas, así como las
Bases Generales para la selección de funcionarios interinos y personal laboral, interino
y temporal en el Ayuntamiento de Benaguasil, aprobadas mediante acuerdo plenario
de 8 de octubre de 2010, y publicadas en la página web del Ayuntamiento
(www.benaguasil.com) y extracto de las mismas en el Boletín Oficial de la Provincia
número 1 del 3 de enero de 2011 y modificadas mediante acuerdo plenario de 24 de
julio de 2013 y publicadas en la página web y extracto en el BOP número 225 de 21 de
septiembre de 2013, así como por la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las
bases de Régimen Local y demás disposiciones aplicables a la selección de personal,
entre otras:
-Ley 7/2007 EBEP.
-RD 896/1991.
-RD 364/1995.
-Ley 10/2010.
-Decreto 33/99
DECIMOTERCERA. Vinculación y recursos.
Las presentes bases vinculan a la Administración, al Tribunal y a quienes participen en
la convocatoria. Contra estas bases y los actos administrativos definitivos que se den,
los interesados e interesadas podrán interponer los correspondientes recursos,
conforme a los casos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento
Administrativo Común.
ANEXO I. Temario.
Tema 1. La Constitución. Significado y clases. La Constitución Española. Proceso
constituyente. Estructura y contenido esencial. Procedimiento de reforma.
Plaza Mayor de la Vila, 17 – 46180 Benaguasil – Tel. 96 273 00 11 - Fax 96 273 72 56
Email: [email protected]
www.benaguasil.com
comprobar autenticidad: https://oficinavirtual.benaguasil.com
Identificador: tRQ3 Z2mF EqA6 kYgN iOwi zfJq khM=
Tema 2. El Municipio. El término municipal. La población y el empadronamiento.
Tema 3. Decreto 39/2005 de 25 de febrero, del Consell de la Generalitat, por el que se
aprueba el Reglamento por el que se regulan las prácticas de policía sanitaria
mortuoria en el ámbito de la Comunidad Valenciana.
Tema 4. Conceptos generales de albañilería. Herramientas, uso y mantenimiento.
Tema 5. Nociones elementales de fontanería.
Tema 6. Nociones elementales de electricidad.
Tema 7. Tareas de mantenimiento de un cementerio.
ANEXO II. Instancia”
SEGUNDO. Ordenar la publicación del edicto de la convocatoria de las bases en el
Tablón de Edictos del Ayuntamiento, en la página web www.benaguasil.com y en la
oficina de Agencia de Empleo y Desarrollo Local, a los efectos de presentar instancias
en el plazo de 10 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación.
Lo decretó el Sr. Alcalde Presidente D. José Joaquín Segarra Castillo. Ante mí el
Secretario general, Don José Luis Vicedo Rubio, a los solos efectos de fedatario
público”
CARLOS BOSCH BENLLOCH
Fecha firma: 27/04/2015
AYUNTAMIENTO DE BENAGUASIL
Plaza Mayor de la Vila, 17 – 46180 Benaguasil – Tel. 96 273 00 11 - Fax 96 273 72 56
Email: [email protected]
www.benaguasil.com
Registro de entrada
SOLICITUD DE ADMISIÓN A LA REALIZACIÓN DE PRUEBAS SELECTIVAS
www.benaguasil.com • [email protected] • Plaça Major de la Vila , 17 • 46180 BENAGUASIL (Valencia) • Tel. 962730011 • Fax: 962737256
DATOS DEL SOLICITANTE
Tipo de Documento de Identificación Número de Documento
Nombre
Primer apellido
Segundo Apellido
En representación de
NIF:
DOMICILIO DEL SOLICITANTE
Provincia
Municipio
País
Dirección/
Teléfono 1
Código Postal/
Teléfono 2
email
DATOS DE LA CONVOCATORIA
Denominación
Turno, en su caso (libre, promoción interna, movilidad, discapacidad…)
En caso de discapacidad, adaptaciones solicitadas.
EXPONE
Que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en las bases genéricas y particulares de la convocatoria
ILMO. SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCLMO. AYUNTAMIENTO DE BENAGUASIL
www.benaguasil.com • [email protected] • Plaça Major de la Vila , 17 • 46180 BENAGUASIL (Valencia) • Tel. 962730011 • Fax: 962737256
SOLICITA
Ser admitido/a al proceso selectivo a que se refiere la presente instancia y se compromete a acreditar, en la
forma que se determina en las Bases tanto generales como específicas y una vez superada, en su caso, la fase
de oposición, los méritos alegados en la instancia que deberá presentar en tal caso y que pretenda le sean
valorados.
DOCUMENTACIÓN A APORTAR
Justificante del pago de la tasa
En el caso de discapacidad:
Certificación del órgano competente que acredite tal condición.
MERITOS ALEGADOS
Fecha (dd/mm/aaaa)/
Data (dd/mm/aaaa)
Firma/
Signatura
ILMO. SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCLMO. AYUNTAMIENTO DE BENAGUASIL